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EDITORIAL
En el Diario Oficial del 24 de febrero de 2020, se publicó la Ley Nº 21.210, que incorporó al sistema tributario un nuevo Régimen Propyme, con el objeto de incentivar la inversión, capital de trabajo y liquidez de las micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes), junto con dotarlas de un régimen simplificado de tributación. El Régimen Pro Pyme, que establece una serie de incentivos especiales, se contiene en la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que reemplaza al régimen de la letra A del artículo 14 ter, derogado a contar del 1º de enero de 2020 y contempla: Un régimen de tributación de los propietarios en base a retiros de utilidades o dividendos, en el Nº 3 de la letra D) del artículo 14; y un régimen opcional de transparencia tributaria para las Pymes cuyos propietarios sean exclusivamente contribuyentes de los impuestos finales, en el Nº 8 de la letra D) del artículo 14. La presente circular tiene por objeto impartir las instrucciones sobre ambos sistemas del Régimen Pro Pyme de la letra D) del artículo 14.
El presente estudio pretende en forma simplificada, explicar y ayudar a la incorporación de los nuevos regímenes tributarios que afectan a las empresas.
Para ello, se utilizó la Ley Nº 21.210 y, además, la circular Nº 62 del año 2020 del SII, ésta última, permite la aplicación operativa de la nueva Ley.
En la próxima publicación del Boletín del trabajo, se incorporarán las últimas resoluciones, circulares, oficios y ordinarios de parte del SII, que afectan y deben considerarse en la aplicación tributaria.