DOCUMENTO TÉCNICO POLÍTICA PÚBLICA DE JUVENTUD MUNICIPAL SALENTO

Page 1


POLÍTICA PÚBLICA DE JUVENTUD MUNICIPAL “SALENTO PARA LA JUVENTUD” 2017 – 2027

JUAN MIGUEL GALVIS BEDOYA Alcalde Municipal de Salento 2016-2019

GABINETE MUNICIPAL AMANDA TANGARIFE CORREA Secretaría de Gobierno y Asuntos Administrativos MILTON CÉSAR TORRES HERNÁNDEZ Secretario de Planeación Municipal y Desarrollo Económico JOSE JAIME ROA BOSCÁN Secretario de Hacienda ELIANA MARGARITA URREA VELASCO Subsecretaria de Obras Públicas, Alumbrado Público, Vivienda y Desarrollo Económico ALEXANDRA RESTREPO MONSALVE Secretaria (E) de Servicios Sociales, Coordinadora Plan Local de Salud LEIDY JULIANA TORO FERNÁNDEZ Subsecretario de Cultura, Turismo y Deportes PABLO CARDONA CASTRO Subsecretario de Gobierno, Tránsito y Transporte. LAUREN KATHERINE RAMOS TORRES Comisaria de Familia LILIANA ESTER CORREA YEPES Jefe Oficina de Control Interno de Gestión


HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SALENTO 2016-2019

JHON JADER GARCÍA BERNAL Presidente ORFA LILIANA CORREA ROJAS Primera Vicepresidenta GABRIEL ALONSO GAVIRIA ALBORNOZ Segundo Vicepresidente

ARLEX CARMONA Concejal JESUS ALBEIRO BENÍTEZ FRANCO Concejal RODRÍGO GAVIRIA SALAZAR Concejal LUIS CARLOS ARIAS GARCÍA Concejal MAURICIO GONZÁLEZ ATEHORTUA Concejal VICTOR MANUEL PARRA VERA Concejal PAOLA ALEJANDRA ARIAS HOYOS Secretaria ______________________________________________________________________ PERSONERÍA MUNICIPAL DE SALENTO 2016-2020

YESICA TATIANA HERRERA GIRALDO Personera Municipal DIANA IVETH SÁNCHEZ OROZCO Auxiliar Administrativa


PLATAFORMA MUNICIPAL DE JUVENTUD DE SALENTO 2017-2018

JUAN ANTONIO BEDOYA CORREA Primer Presidente Colegiado SANTIAGO CAMACHO CARDONA Segundo Presidente Colegiado SANTIAGO RAMÍREZ FRANCO Tercer Presidente Colegiado JUAN MANUEL VELÁSQUEZ ARAQUE Primer Presidente Comité de Veeduría y Control Interno SARA CAÑAS MARTÍNEZ Segunda Presidenta Comité de Veeduría y Control Interno DEMÁS INTEGRANTES DE LA PLATAFORMA:

CRISTIAN ALEJANDRO AGUIRRE RESTREPO JUAN ANDRÉS ARAQUE CAMACHO SILVANA FRANCO OROZCO JESSICA ALEJANDRA GARCÍA VELÁSQUEZ ALEJANDRA DÍAZ HERRERA GEORGIE JIZETH PRADA HERNÁNDEZ LAYNE IVON QUINTERO GONZÁLEZ DANIELA RAMÍREZ FRANCO YENIFFER VALDÉS ALONSO JUAN ALEJANDRO TORO ARAQUE JHON STEEVEN YARA GALVIS ________________________________________________________________ COMITÉ TÉCNICO DE FORMULACIÓN POLÍTICA PÚBLICA DE JUVENTUD Amanda Tangarife Correa Leidy Juliana Toro Fernández Alexandra Restrepo Monsalve Lauren Katherine Ramos Torres Sebastián Mauricio Rodríguez Padilla Yesica Tatiana Herrera Giraldo Manuel Patiño Nicolás Echeverri Marín Santiago Camacho Cardona

Secretaria de Gobierno Municipal Subsecretaria de Cultura, Turismo y Deporte Secretaria (e) de Servicios Sociales Comisaria de Familia Contratista - Coordinador PIT y Juventud Personera Municipal Jefe Oficina Departamental de Juventud Técnico Oficina Departamental de Juventud Delegado Presidencia Plataforma Juvenil


POLÍTICA PÚBLICA DE JUVENTUD MUNICIPAL “SALENTO PARA LA JUVENTUD” 1. PRESENTACIÓN 2. INTRODUCCIÓN 3. JUSTIFICACIÓN 4. ANTECEDENTES 5. MARCO LEGAL 6. MARCO CONCEPTUAL 7. PRINCIPIOS ORIENTADORES 8. ENFOQUES 9. DIAGNOSTICO SOCIAL SITUACIONAL 10. VISIÓN DE LA POLÍTICA 11. OBJETIVOS 12. ESTRATEGIAS DE DESPLIEGUE 13. PLAN DE ACCIÓN 14. FINANCIACIÓN 15. SEGUIMIENTO Y MONITOREO 16. PARTICIPANTES CONSTRUCCIÓN PPJM


1. PRESENTACIÓN Apreciados jóvenes Salentinos: Al presentar la Política Pública de Juventud Municipal “Salento para la Juventud” 20172027, estamos entregando a nuestra comunidad juvenil una herramienta primordial que busca unificar y aunar esfuerzos para seguir mejorando las condiciones de vida de todos y cada uno de los jóvenes de Salento y de la comunidad en general. Mi preocupación, como Alcalde de los salentinos, es la falta de sentido de pertenencia y la pérdida de identidad, así como la falta de herramientas que, en lo público, conduce a la falta de liderazgo institucional que conlleva al desequilibrio y a la debilidad con la que pretendemos buscar resolver las distintas problemáticas que enfrentan nuestro municipio. En esta Política Pública de Juventud Municipal planteamos la necesidad de promover la movilización social a favor de la juventud salentina y de sus líderes que la promueven, al mismo tiempo de establecer mecanismos de acción que busque acercar a los jóvenes a los espacios a los que tienen derecho, por ejemplo a practicar un deporte, a elegir libremente su carrera universitaria, a formarse y capacitarse para convertirse en empresario e invertir en su pueblo, poder estar integrado a una escuela de formación cultural, entre otras actividades que estamos convencidos que lo ayudará a construir el proyecto de vida de todos y cada uno de los jóvenes salentinos. También es importante establecer acciones y estrategias que nos ayude a conducir a crear conciencia en ellos de proteger y cuidar nuestro territorio. El Patrimonio Cultural y natural, expresada en la memoria histórica, en los elementos inmateriales y materiales y en las tradiciones y expresiones culturales deben tener sus protectores, por estos valores sociales y patrimonio hoy Salento es uno de los destinos turísticos y culturales más importantes de Colombia y del mundo, por esto esta política pública busca promover el cuidado y la salvaguardia de nuestro patrimonio a través de las expresiones y las dinámicas juveniles, lo que traduce en mitigar los efectos dejados por la drogadicción, el alcoholismo, la violencia escolar y juvenil y otros fenómenos que ponen en riesgo la integridad y el normal desarrollo de la población joven. Finalmente quiero agradecer a aquellos jóvenes que, con sus aportes e ideas, aportaron en la construcción y consolidación de esta política pública, así como a la Plataforma Juvenil por su liderazgo y por promover la participación de los líderes juveniles en todos los aspectos y sectores, tanto en la zona urbana como en la rural. De esta manera esta Alcaldía está sentando un precedente para la garantía de los derechos de las juventudes, consagrados en la Ley Estatutaria 1622 de 2013, que nos ayudará a crear una ciudadanía activa, que siente las bases para un nuevo futuro para Salento, porque sabemos lo que tenemos, y creemos en lo que somos: en un Salento para la Juventud.

JUAN MIGUEL GALVIS BEDOYA Alcalde Municipal 2016-2019


2. INTRODUCCIÓN El proceso de formulación de la Política Pública de Juventud Municipal “SALENTO PARA LA JUVENTUD” partió del criterio acerca de cuál debería ser una política pública pertinente y viable para las y los Jóvenes del municipio de Salento, así como de los enfoques y concepciones que la identificaran desde los diferentes actores sociales y juveniles, y de otro lado la mirada y el accionar de las entidades frente al tema de la Política Pública de Juventud. La Alcaldía Municipal proyectó una propuesta en la Mesa de Juventud en el marco de la construcción del Plan de Desarrollo Municipal, realizada en Febrero de 2016, que busca definir, por sectores representativos de la juventud salentina unos ejes estratégicos para orientar la hoja de ruta necesaria para el desarrollo de la política en el territorio municipio. Por ello, en el Acuerdo 004 de 31 de Mayo de 2016, donde el honorable Concejo Municipal aprobó el Plan de Desarrollo Municipal “Creer en lo que Somos” 2016-2019 donde, por primera vez en la historia del municipio, se incorpora el componente de desarrollo social juvenil en un plan de desarrollo municipal. Es así que en la Dimensión 1 “SALENTO TERRITORIO CON MOVILIDAD SOCIAL Y EQUIDAD” y en el eje estratégico 1.5. “SALENTO CUIDA SU POBLACIÓN” se crea el programa 1.5.2. “APOYO A LA JUVENTUD”, donde se busca fortalecer las acciones de apoyo a la población juvenil en los procesos de construcción de identidad y ciudadanía, incentivar el uso adecuado del tiempo libre, trabajar en la prevención de consumo de sustancias psicoactivas y reactivar los emprendimientos juveniles. La Política Pública de Juventud Municipal “SALENTO PARA LA JUVENTUD” se consolida a través de la construcción participativa y el trabajo en equipo, las diferentes problemáticas y acciones de mejora, totalmente validadas por los diferentes espacios y mecanismos de participación que se han creado y consolidado en el territorio municipal, desde las iniciales mesas consultivas con la Mesa Municipal de Juventud, la plenaria de la Plataforma Municipal de Juventud durante el 2016 hasta el primer semestre de 2017, hasta la creación de la mesa de participación juvenil con Personeros Estudiantes y Líderes Escolares, líderes Juveniles independientes, Estudiantes Universitarias, integrantes de las Escuelas de Formación Deportiva y Cultural que dependen de la Subsecretaría de Cultura, Turismo y Deporte y Exconsejeros de Juventud, incluso se han realizado diálogos sociales con los grupos de Voluntariado Juvenil entre ellos la Cruz Roja, Defensa Civil, Vigías del Patrimonio Cultural e integrantes de los Programas Ambientales Escolares (PRAES) de las instituciones educativas. De esta forma, el objetivo de la Política Pública de Juventud Municipal es garantizar el respeto a los derechos y oportunidades de los jóvenes de acuerdo al Artículo 45 de la Constitución Política de Colombia y al Estatuto de Ciudadanía Juvenil (Ley Estatutaria 1622 del 2013), así como velar por el goce efectivo del derecho fundamental a la participación, la inclusión de grupos poblacionales, y con esto, proyectar a los jóvenes como protagonistas del desarrollo económico, político, cultural y social del municipio, la Región y del País. Por lo anterior, se presenta entonces la necesidad de adoptar esta política pública que defina y reúna la oferta institucional y las acciones de desarrollo de propuestas e iniciativas que logre mejorar las condiciones de vida de los jóvenes salentinos generando oportunidades de participación, formación y de inclusión que


permita la construcción y rescate de la identidad juvenil y que permita reactivar también las oportunidades de desarrollo económico y emprendimiento en la juventud. Conforme a lo anterior, el presente documento, consolida y busca unificar los distintos avances que se han dado en los últimos años, al igual que convalida la información consignada en las distintas mesas de trabajas mencionadas anteriormente, y propone una estructura de PLAN DE ACCIÓN PARA LA POLÍTICA PÚBLICA DE JUVENTUD MUNICIPAL1 para la presentación del documento ante el Honorable Concejo Municipal. 3. JUSTIFICACIÓN La formulación de la presente política pública se justifica desde tres (3) Dimensiones, estrechamente articuladas: LA LEGAL, LA ÉTICA Y LA POLÍTICA. Desde el punto de vista legal, el Estatuto de Ciudadanía Juvenil (Ley 1622 de 2013) se establece en el artículo 11, inciso segundo: (…) En cumplimiento de la presente ley, se formularán e incorporarán Políticas de Juventud en todos los niveles territoriales, garantizando la asignación presupuestal propia, destinación específica y diferenciada en los Planes de Desarrollo. De igual forma, el Artículo 15 de la misma Ley, establece que: La competencia para el diseño y ejecución de las Políticas de Juventud, y su asignación presupuestal son responsabilidad en el ámbito de sus competencias de las Entidades Territoriales y de la Nación, de acuerdo con los criterios de autonomía, descentralización y los principios de concurrencia, subsidiariedad y complementariedad. De forma particular, el Artículo 18 establece como competencia explícita de los Departamentos, la formulación de una Política Pública Departamental y un Plan Decenal de Juventud, así como brindar a asistencias técnica y acompañamiento a los municipios para que hagan lo propio. Desde el punto de vista político, la administración municipal se planteó en el Plan de Desarrollo Municipal 2016-2019 “Creer en lo que Somos”, en el programa 1.5.2. “Apoyo a la Juventud” los siguientes indicadores de producto: 1

Gestión de los grupos del Subsistema de Participación contempladas en la ley (CMJ y Plataforma) fortalecida. Jóvenes que participan de las Asambleas Juveniles como espacio de participación directa realizadas. Política Pública de Juventud Municipal adoptada y en implementación. Casa de la Juventud reactivada. Campaña que promueva la protección y respeto de la identidad municipal en los adolescentes y jóvenes realizada. Semana de la Juventud realizada.

Conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 1622 de 2013.


-

Actividades realizadas de promoción de la participación integral juvenil en el desarrollo local en las veredas Proceso de emprendimiento juvenil apoyados.

Desde el punto de vista ético, se tienen identificadas una serie de problemáticas que demandan su resolución. Estas situaciones se enmarcan en el reconocimiento de la necesidad de articular los espacios, procesos y programas sociales dirigidos a la juventud, que busque brindan una mayor cobertura en la oferta institucional destinada para ellos, que sea pertinente y que garantice su calidad de calidad. De hecho, durante el desarrollo de las mesas de trabajo realizado por sectores clave de la juventud salentina, se identificaron una serie de problemáticas que se pueden ver a continuación:


SECTOR IDENTIFICADO DEPORTE

PROBLEMÁTICAS 1. 2. 3. 4. 5. 6.

7. 8. 9. 10.

CULTURA

1. 2. 3. 4. 5. 6.

7. 8.

9. 10. 11. 12.

13.

14. 15.

EDUCACIÓN Y SALUD

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Faltan más espacios deportivos para practicar otros deportes como el atletismo (Pista para entrenar). Adecuar los escenarios deportivos existentes, en especial la iluminación para que sea posible entrenar en las noches. Falta gestión y voluntad para reparar y construir nuevos escenarios deportivos. Se han dado discusiones y diferencias con conductores y comerciantes por el uso de la Plaza para la realización de las prácticas de atletismo. Falta uniformidad en la vestimenta deportiva, donde no existe una identificación clara de los deportistas del municipio (Distintivos y Colores) Falta de apoyo en cuanto al transporte e hidratación de los estudiantes de las escuelas de formación deportiva, tanto en los entrenamientos como en las salidas a competencias fuera de Salento. Falta estrategias para dar seguimiento al rendimiento de los deportistas (Apoyo psicosocial, físico y ayuda nutricional) Falta más implementos deportivos para todas las escuelas de formación e instituciones educativas y discriminarlo por categorías y deporte a practicar. Faltan convenios e intercambio de conocimientos y actividades con clubes y asociaciones deportivas para mejorar el rendimiento del deportista. Falta incentivar comportamientos y estimular los estilos de vida saludable en la población, en especial en la población joven. Faltan más instrumentos para la Banda Marcial e implementos para fortalecer la misma. Faltan más espacios para realizar los ensayos de la Banda Marcial y otro espacio para almacenar y guardar los instrumentos musicales. No hay articulación entre la agenda y la programación de las escuelas de formación artística y cultural para realizar correctamente sus presentaciones. Faltan uniformes para distinguir e identificar las Escuelas de Formación Artística y cultural, para que sean usados en las presentaciones. No hay continuidad en los procesos de formación, en cuanto a presupuestos, voluntad política y nombramiento de monitores encargados de dirigir las escuelas de formación. No hay garantías para brindar asistencia médica, alimentación e hidratación durante las presentaciones de las escuelas de formación de Banda Escuela de Música, Banda Marcial y grupos de chirimía infantil y juvenil. No hay garantías para adecuar un espacio entre las 5 de la tarde a 7 de la noche. Se están perdiendo los espacios culturales y deportivos, ya que estos están destinados para parqueaderos y espacios comerciales y por ende no puede ser utilizados por los jóvenes para desarrollar sus actividades. Las instituciones educativas no están comprometidos con los procesos culturales y deportivos que son ofrecidos desde la administración municipal. No hay garantías para destinar un horario para la formación artística en las sedes educativas y que son necesarios para las actividades de la Jornada única escolar. Faltan más recursos para compra de uniformes e instrumentos para las escuelas de formación cultural. No hay articulación entre las instituciones educativas y las escuelas de formación artística y cultural para estimular el servicio social obligatorio, contemplado en las normas educativas vigentes. Faltan más espacios y proyectos de conservación y salvaguardia del Patrimonio Cultural, indispensable para promover en los demás jóvenes el sentido de pertenencia por nuestro municipio. Falta más capacitaciones y transferencia de conocimiento para conocer los valores de los sitios considerados como patrimonio cultural de Salento. Falta articulación del sector turístico con los gestores cultural y artesanal para promover la salvaguardia de los valores y tradiciones culturales del municipio. Faltan información en temas como intervención psicológica, prevención en el consumo de sustancias psicoactivas SPA y educación en Salud Sexual y Reproductiva. Falta articulación para garantizar la asistencia médica en las instituciones educativas y un seguro estudiantil para protegerlos de accidentes. No hay claridad en los sucederá con la inversión anunciada por la Gobernación sobre la infraestructura del colegio Liceo Quindío. Faltan espacios de participación en las instituciones educativas para garantizar los derechos de los estudiantes. Faltan implementos educativos necesarios para brindar de la mejor manera las clases. Faltan laboratorios de física y química en el colegio Liceo Quindío. Falta articulación, en cuanto a la realización de actividades extracurriculares fuera del


8. 9. 10. 11. 12.

VEREDA BOQUÍA

13. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

VEREDA LA NUBIA

1. 2.

3.

4. 5. 6. 7.

8. 9.

colegio, debido a que la Jornada única escolar no nos da el tiempo para la realización de las mismas. Faltan más salones y recuperar espacios como la Biblioteca y la sala de sistemas del colegio. No se garantiza el acceso a internet en las salas de sistemas y en los salones de clases, en especial para las clases de inglés y matemáticas. Falta motivación de los jóvenes para seguir su carrera universitaria y técnica. Deben haber más subsidios para garantizar el transporte y manutención de los estudiantes universitarios de Salento. Falta articulación entre las empresas de Salento y los estudiantes para las prácticas de sus carreras técnicas. Falta talento humano en las empresas y no hay motivación por capacitarse. Hay ignorancia y desinformación, ya que los jóvenes no les interesa hacer deporte y no hay compromiso de las familias para incentivar las prácticas deportivas. Falta voluntad política para invertir en deporte y cultura en los colegios. Falta infraestructura educativa, ya que a medida de que llegue más estudiantes al colegio son menos los espacios para recibir clases. No hay salón de conferencias, laboratorios, biblioteca y poco acceso a internet en el Colegio de Boquía. Falta de oportunidades en el sector rural, porque ahora las fincas y parcelas son vendidas a empresas y a los extranjeros y no hay apoyo a las familias campesinas. Los empleos en turismo se los dan a las personas de niveles altos y no tienen en cuenta a las personas de escasos recursos. Faltan recursos para promover la producción agropecuaria en las fincas e incentivar el apoyo a las familias campesinas por parte del gobierno. Falta un docente de Educación física, donde les permita realizar actividades deportivas y recreativas en la sede educativa. No hay acompañamiento del gobierno departamental y municipal, en cuanto a los recursos económicos y voluntad política, para la implementación deportiva para las escuelas rurales y la misma sede educativa. No hay proyectos juveniles relacionados con la producción y aprovechamiento del Café e incentivar el turismo hacia las fincas de la vereda para que los visitantes conozcan el proceso del café dentro de la finca y conocer el trabajo de las familias cafeteras, que son parte fundamental del Paisaje Cultural Cafetero. No hay capacitaciones para formular y crear proyectos de emprendimiento rurales y asociados con la cultura cafetera. Faltan docentes en la Escuela de la Nubia, ya que está aumentando el número de estudiantes que acuden a estudiar. Faltan más aulas para garantizar la enseñanza a los niños y jóvenes. Es necesario que se cree la educación media (Décimo y Once) en la Escuela de La Nubia, ya que los que termina noveno se deben desplazar para terminar el bachillerato a Circasia y Boquía. No hay formación y actividades culturales en la Escuela. No hay actividades que incentiven la protección del patrimonio cultural, en especial en promover la protección del Paisaje Cultural Cafetero.

4. ANTECEDENTES Los procesos de participación ciudadana en las juventudes iniciaron en la década de los noventa con el movimiento de la “Séptima Papeleta” que consistía en un colectivo de estudiantes que exigían un nuevo orden jurídico al estado y que este sea garante de los derechos y principios del Ciudadano. Este grupo logró impulsar, con las organizaciones sociales, la realización de una Asamblea Nacional Constituyente quien dio origen a la Constitución Política de Colombia. La nueva constitución permitió que muchos adolescentes y jóvenes pudieran participar de las decisiones que se tomen en el territorio y que tengan total incidencia en su entorno. Para el caso del municipio de Salento se establece los procesos de participación juvenil con las organizaciones y representantes de distintas instituciones educativas y grupos juveniles independiente con base en la ejecución de la primera Ley de Juventud (Ley 375 de 1997), en ese orden de ideas, el municipio organizó el 12 de Noviembre de 2009 la


primera elección del Consejo Municipal de Juventud (CMJ), aunque en anteriores vigencias se intentó conformar el CMJ estos no prosperaron por falta de interés de las administraciones municipales anteriores y de los mismos jóvenes. Luego de la realización de la primera elección del CMJ, inicia oficialmente sus funciones en abril de 2010 y después se han realizado sus sesiones ordinarias y extraordinarias donde se trataron temas de actualidad que en su momento han tenido impacto en la comunidad. En el año 2013 hubo un cambio en el ordenamiento jurídico para la garantía de derechos de los jóvenes y el Congreso de la República, con la aprobación de la honorable Corte Constitucional, se aprueba el Estatuto de Ciudadanía Juvenil (Ley Estatutaria 1622 de 2013) donde se hace claridad en el enfoque de derechos para jóvenes, así mismo al municipio tiene funciones para garantizar el funcionamiento del Sistema Nacional de la Juventud en el ámbito municipal. De esa manera se deja sin validez el CMJ que estaba en funciones. Con el nuevo Estatuto de Ciudadanía Juvenil se crea la Plataforma Municipal de Juventud que luego se constituye como parte del Subsistema de Participación y veeduría ante la Personería Municipal el 7 de Abril de 2014 con la presencia de cerca de 20 jóvenes pertenecientes a procesos y practicas participativas y representativas de este grupo poblacional. Hasta la fecha la Plataforma cuenta con cerca de 15 jóvenes pertenecientes a Grupos Juveniles, Gobiernos Estudiantiles de los colegios, miembros de las Escuelas de Formación Cultural y Deportiva y Jóvenes Independientes. Adicionalmente cuenta con su propio reglamento interno, sus comités de trabajo misional (CTM) y sus representantes ante los consejos y grupos de participación ciudadana y consultivos creados bajo otros marcos jurídicos. Por otra parte, la Casa de la Juventud (ubicada en la Ciudadela Frailejones) se construyó entre los años 1999 y 2000 por donación del gobierno japonés en la época del postterremoto. El Consejo Municipal de Juventud anterior funcionó allí desde los primeros días de actividades, hasta la aprobación del nuevo Estatuto de Ciudadanía Juvenil donde tuvo que dejar de funcionar, posteriormente en el sitio quedó situado el archivo del CMJ, pero en el año 2014, por decisión de la Plataforma Juvenil se tuvo la necesidad de ser trasladado a otros espacios, debido a que no se contaba con las condiciones mínimas para la protección y salvaguardia de los documentos. De esta manera la Plataforma crea el Sistema Documental Juvenil que depende de la Segunda Presidencia de la organización y que se encarga de su cuidado y mantenimiento. Ahora se busca que la Casa de la Juventud sea recuperada en este periodo de gobierno municipal, con el fin de sea un lugar para aprender y crear talentos juveniles y así mismo establecer las oficinas de la Plataforma y del CMJ, este último cuando se haya realizado la respectiva elección. 5. MARCO LEGAL La garantía y protección de los derechos de las y los jóvenes se ampara en las regulaciones nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, es decir, son cubiertos por los tratados, pactos y convenciones que definen los derechos civiles, políticos, económicos, culturales y sociales2.

2

Política Pública Departamental de Juventud (Ordenanza 032 del 2014)


De forma particular, y considerando la especificidad poblacional, se destaca la siguiente normatividad, la cual sirve de marco de referencia jurídico a la puesta en marcha de la Política de Juventud en el municipio de Salento, Quindío. INSTRUMENTO JURÍDICO Constitución Política de Colombia

DESCRIPCIÓN Art. 45 “El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. […] El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud”

Ley 300 de 1996

Art. 36 “De acuerdo con la Constitución Política, el Gobierno Nacional apoyará, con el Viceministerio de la Juventud, los planes y proyectos encaminados a promover el turismo para la juventud. […] Para tal fin el Gobierno Nacional destinará los recursos necesarios del presupuesto nacional. […] PARÁGRAFO. Las Cajas de Compensación Familiar diseñarán programas de recreación y turismo que involucren a la población infantil y juvenil, para lo cual podrán realizar convenios con entidades públicas y privadas que les permitan la utilización de parques urbanos, albergues juveniles, casas comunales, sitios de camping, colegios campestres y su propia infraestructura recreacional y vacacional”

Ley 515 de 1999

Por medio de la cual se aprueba el “Convenio 138 sobre la Edad Mínima de Admisión de Empleo”, adoptada por la 58ª. Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, Ginebra, Suiza, el veintiséis (26) de junio de mil novecientos setenta y tres (1973). Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia. Por medio de la cual se establecen estímulos tributarios y otros, con el fin de adoptar medidas especiales para la rehabilitación e inclusión social de jóvenes con alto grado de emergencia social, pandillismo y violencia juvenil. Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones. Por medio de la cual se promueve, protege y garantiza las modalidades del derecho a participar en la vida política, administrativa, económica, social y cultural, y así mismo a controlar el poder político. Por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar barreras de acceso al mercado de trabajo.

Ley 1098 de 2006 LEY 1577 DE 2012

LEY ESTATUTARIA 1622 DE 2013 Ley 1757 del 2015

Ley 1780 de 2016


Particularmente, la Ley 1622 de 2013, o mejor conocida como Estatuto de Ciudadanía Juvenil, es la herramienta más importante en materia de normatividad para juventudes, ya que define parámetros relacionados con la arquitectura institucional, el catálogo de derechos de los y las jóvenes, las competencias de los niveles territoriales y los mecanismos de participación de la población juvenil, entre otros. El Estatuto de Ciudadanía Juvenil contiene elementos de vital importancia para la población joven en la medida que define y compromete al Estado en temas tan cruciales para esa población, tales como: -

La formación integral de los jóvenes. Reconoce a los jóvenes como sujetos de derechos y actores sociales y políticos importantes para la nación. Promueve la igualdad real y efectiva, y la equidad de género. Crea mecanismos de representación política juvenil. Estimula la intersectorialidad y la Interinstitucionalidad. Reconoce las minorías étnicas y los jóvenes rurales. Promueve el trato preferente a los jóvenes en mayor situación de vulnerabilidad. Establece la Participación e inclusión de grupos poblacionales como derecho fundamental.

En la Ley 1622 de 2013, Joven es toda persona entre 14 y 28 años cumplidos (art. 5°) y los reconoce como titulares de derechos (art. 6°). De igual forma establece una serie de criterios que se deben cumplir para garantizar la materialización de dichos derechos (art. 7°). El catálogo de derechos que se debe garantizar, se establece a partir de cuatro tipos distintos de medidas: de prevención, de protección, de promoción y sanción (art. 8). Así mismo establece los deberes de los jóvenes (art. 10°). El Titulo III recoge los aspectos relacionados con las Políticas Territoriales de Juventud, definiéndolas como “el proceso permanente de articulación y desarrollo de principios, acciones y estrategias que orientan la actividad del Estado y de la sociedad para la promoción, protección y realización de los derechos de las y los jóvenes; así como para generar las condiciones necesarias para que de manera digna, autónoma, responsable y trascendente, ejerzan su ciudadanía mediante la realización de proyectos de vida individuales y colectivos” (Art. 11). De igual forma, se plantea que las políticas de juventud son transversales a la estructura programática y administrativa de la entidad, por lo que no es competencia de un conjunto particular de entidades, y sus propósitos se deben incorporar en las políticas sectoriales (Art. 12). La Ley también establece los principios y enfoques que se deben considerar, y que son retomados en la presente política. Los Artículos 16 al 19 establecen las competencias en materia de juventud, en cada uno de los niveles territoriales. Las competencias que son comunes a todos los Niveles Territoriales son las siguientes (Art 16):


1. Establecer en el nivel departamental y local una estructura organizativa con una dependencia (secretaría, dirección, oficina, etc.) con capacidad política, técnica, financiera y administrativa para coordinar y articular las acciones de política que garanticen el goce efectivo de los derechos de la juventud, y que además esté articulada al sistema de juventud3. 2. Concertar e implementar una agenda política orientada a la garantía de los derechos de las y los jóvenes y su reconocimiento como potenciadores del desarrollo, con la participación de esta población, organizaciones de la sociedad civil, organismos de cooperación y organismos de control. 3. Garantizar la asignación continua y sostenida de recursos físicos, técnicos, humanos especializados y financieros que permitan el funcionamiento del sistema de juventud y de la implementación de políticas públicas, planes, programas y proyectos para el goce efectivo de los derechos de las y los jóvenes. 4. Realizar convenios y alianzas estratégicas para vincular a las y los jóvenes en procesos que permitan cualificar su desempeño técnico y profesional, garantizar sus derechos y mejorar su calidad de vida. 5. Garantizar la organización, promoción y capacitación de las asociaciones juveniles, respetando su autonomía para que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan. 6. Promover, incentivar y fomentar la participación de los jóvenes para que integren los Consejos Municipales de Juventud en el menor tiempo posible, además de disponer de los recursos, para apoyar su efectivo y real funcionamiento. Garantizar la creación y consolidación de las veedurías juveniles al gasto público social en los diferentes ámbitos territoriales. 7. Promover la capacitación, entrenamiento, formación y actualización de sus funcionarios, para que puedan dar cumplimiento a la protección de los derechos de las y los jóvenes. 8. Establecer escenarios de diálogo intergeneracional para que las y los jóvenes fortalezcan su condición e identidad juvenil, recuperen su arraigo territorial, identifiquen y comprendan lecciones aprendidas en los asuntos de juventud y potencien o desarrollen capacidades para la comprensión socio-histórica de su contexto departamental y municipal y su relación con los ámbitos nacional e internacional. 9. Desarrollar acciones diferenciadas para los jóvenes, víctimas del conflicto armado, y jóvenes rurales que permitan el retorno y desarrollo de la juventud que habitaba y/o habita el sector rural.

3

Para el caso del Municipio de Salento, esta dependencia es la Subsecretaría de Cultura, Turismo y Deporte, que según la estructura organizacional de la administración municipal está vinculada a la Secretaría de Servicio Social.


El Artículo 19 de la Ley, establece las siguientes competencias para el Nivel Municipal y Distrital: -

Diseñar, implementar, evaluar y rendir cuentas sobre la política pública e inversión social destinada a garantizar los derechos de los y las jóvenes en el respectivo ámbito territorial.

-

Facilitar la participación de jóvenes en la planeación del desarrollo de su municipio o distrito, y en el desarrollo de acciones de política e inversión social destinada a garantizar los derechos de los y las jóvenes en el respectivo ámbito territorial.

-

Investigar, conocer y alimentar el sistema nacional de información sobre juventud a partir de la realidad del municipio o distrito.

-

Investigar y validar en su territorio modelos propios de participación, garantía de derechos de los jóvenes, inclusión en la oferta institucional del Estado, en generación de oportunidades y capacidades en los jóvenes, e informar avances al departamento.

-

Diseñar una oferta programática para los jóvenes en el municipio o distrito a ejecutar directamente o a través de alianzas, convenios con instituciones gubernamentales, no gubernamentales y empresas que desarrollen oferta en el nivel municipal o distrital.

-

Promover la concurrencia efectiva para evitar la duplicidad de acciones entre la nación, el departamento y el municipio o distrito.

-

Implementar estrategias para el fortalecimiento de capacidades de los jóvenes como sujetos de derechos y protagonistas del desarrollo local o distrital.

-

Liderar alianzas municipales o distritales con entidades del sector privado para garantizar los derechos de los jóvenes.

-

Desarrollar un sistema propio de información, seguimiento y evaluación en coordinación con el sistema departamental.

-

Ejecutar programas departamento.

-

Desarrollar pactos municipales de inclusión, de convivencia y de transparencia entre jóvenes e instituciones como referentes éticos para el fortalecimiento del Estado Social de Derecho y la dinamización del sistema municipal o distrital de juventud.

-

Garantizar de manera conjunta con la entidad territorial del orden departamental la elección, creación y fortalecimiento de los consejos municipales o distritales de juventud y del Consejo Departamental de Juventud.

y

proyectos

específicos

en

cofinanciación

con

el


En el Titulo IV de la Ley abarca el Sistema Nacional de Juventudes, define sus funciones y composición. De igual forma establece algunos espacios de participación como lo son los consejos municipales de juventud, las plataformas de juventud y las asambleas juveniles. Adicionalmente hay otras dos normas que son de especial interés para la Política: -

-

Ley 1014 del 26 de enero de 2006 o Ley de Fomento a la Cultura del Emprendimiento, la cual es pertinente para el fomento de emprendimientos jóvenes. Ley 1429 del 29 de diciembre de 2010 o Ley de Formalización y Generación de Empleo - la cual tiene por objeto la formalización y la generación de empleo, teniendo un conjunto de beneficios para aquellos que empleen a población joven.

Otros documentos de política relevantes son los Documentos CONPES: -

-

-

CONPES 3673 de 2010 - Política de prevención del reclutamiento y utilización de niños, niñas, adolescentes por parte de los grupos armados organizados al margen de la Ley, y de los grupos delictivos organizados. CONPES 147 de 2012 - Lineamientos para el desarrollo de una estrategia para la prevención del embarazo en la adolescencia y la promoción de proyectos de vida para los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en edades entre 6 y 19 años. CONPES 173 de 2014 - Lineamientos para la generación de oportunidades para los jóvenes. “Este documento busca generar una serie de acciones que permitan que la población joven del país pueda vincularse más y mejor al sector productivo. Así, se espera potencial el rol de los jóvenes como actores claves en el desarrollo del país y que este rol sea reconocido por los diferentes actores de la sociedad. Finalmente, se busca desarrollar el capital humano de los jóvenes, de tal manera que estén mejor preparados al momento de decidir su futuro profesional y laboral” (Cfr. Colombia Joven).

Por último, el Departamento del Quindío cuenta con una Política Pública de Juventud 2014-2024, la cual tiene como objetivo “posibilitar el ejercicio pleno de la ciudadanía de los hombres y mujeres jóvenes del Quindío, a partir del despliegue máximo de sus capacidades y potencialidades, el fortalecimiento institucional y el protagonismo juvenil”.4 La Política se desarrolla a través de cinco ejes estratégicos: -

Arquitectura Institucional. Atención Integral. Seguimiento, evaluación y control. Gestión del conocimiento. Participación y movilización social.

De esta forma, se da cuenta de un marco legal y normativo que a nivel nacional y local, establece los nortes con referencia al cumplimiento de los objetivos misionales de las

4

Ordenanza 032 del 2014


políticas de inclusión para adolescentes y jóvenes en los diferentes entes territoriales del Departamento.

6. MARCO CONCEPTUAL Los conceptos que serán operados en la implementación de la Política Municipal de Juventud de Salento, Quindío se encuentran definidos en el Estatuto de Ciudadanía Juvenil, y se exponen a continuación5: Ciudadanía Juvenil. Condición de cada uno de los miembros jóvenes de la comunidad política democrática; y para el caso de esta ley implica el ejercicio de los derechos y deberes de los jóvenes en el marco de sus relaciones con otros jóvenes, la sociedad y el Estado. La exigibilidad de los derechos y el cumplimiento de los deberes estará referido a las tres dimensiones de la ciudadanía: civil (derechos civiles y políticos), social (derechos sociales, económicos, culturales y ambientales) y pública (participación y presencia en instancias de decisión)6. Comisiones de Concertación y Decisión del Sistema Nacional de las Juventudes. Las Comisiones de Concertación y Decisión del Sistema Nacional de las Juventudes, serán instancias de concertación y decisión del orden nacional departamental y municipal, a razón de una por cada entidad territorial, las cuales asumirán funciones de planeación, concertación de agendas públicas y generación de los mecanismos de ejecución de las mismas en cada territorio. Estas comisiones son de carácter mixto: representantes de las administraciones territoriales y de los consejos de juventud. Consejos de Juventudes. Los Consejos de Juventudes son mecanismos autónomos de participación, concertación, vigilancia y control de la gestión pública e interlocución de los y las jóvenes en relación con las agendas territoriales de las juventudes, ante institucionalidad pública de cada ente territorial al que pertenezcan, y desde las cuales deberán canalizarse los acuerdos de los y las jóvenes sobre las alternativas de solución a las necesidades y problemáticas de sus contextos y la visibilizarían de sus potencialidades y propuestas para su desarrollo social, político y cultural ante los gobiernos territoriales y nacional. La ley establece el proceso de convocatoria y composición de dichos consejos. Espacios de Participación de las Juventudes. Son todas aquellas formas de concertación y acción colectiva que integran un número plural y diverso de procesos y prácticas organizativas de las y los jóvenes en un territorio, y que desarrollan acciones temáticas de articulación y trabajo colectivo con otros actores, dichos espacios deberán ser procesos convocantes, amplios y diversos, y podrán incluir jóvenes no organizados de acuerdo con sus dinámicas propias.

5

Las definiciones aquí extraídas son las textuales establecidas en el Estatuto de Ciudadanía Juvenil. Estas nociones no sustituyen, y se someten a la definición de ciudadanía consagrada en otros instrumentos Jurídicos. 6


Joven. Toda persona entre 14 y 28 años cumplidos en proceso de consolidación de su autonomía intelectual, física, moral, económica, social y cultural que hace parte de una comunidad política y en ese sentido ejerce su ciudadanía. Juvenil. Proceso subjetivo atravesado por la condición y el estilo de vida articulados a las construcciones sociales. Las realidades y experiencias juveniles son plurales, diversas y heterogéneas, de allí que las y los jóvenes no puedan ser comprendidos como entidades aisladas, individuales y descontextualizadas, sino como una construcción cuya subjetividad está siendo transformada por las dinámicas sociales, económicas y políticas de las sociedades y a cuyas sociedades también aportan. Juventudes. Segmento poblacional construido socioculturalmente y que alude a unas prácticas, relaciones, estéticas y características que se construyen y son atribuidas socialmente. Esta construcción se desarrolla de manera individual y colectiva por esta población, en relación con la sociedad. Es además un momento vital donde se están consolidando las capacidades físicas, intelectuales y morales. Política de Juventud. Por política de Juventud debe entenderse el proceso permanente de articulación y desarrollo de principios, acciones y estrategias que orientan la actividad del Estado y de la sociedad para la promoción, protección y realización de los derechos de las y los jóvenes; así como para generar las condiciones necesarias para que de manera digna, autónoma, responsable y trascendente, ejerzan su ciudadanía mediante la realización de proyectos de vida individuales y colectivos. Procesos y prácticas organizativas de las y los jóvenes. Entiéndase como el número plural de personas constituidas en su mayoría por afiliados jóvenes, que desarrollan acciones bajo un objetivo, y nombre común, cuenta con mecanismos para el flujo de la información y comunicación y establece mecanismos democráticos para la toma de decisiones y cuyo funcionamiento obedece a reglamentos, acuerdos internos o estatutos aprobados por sus integrantes. Estos procesos y prácticas según su naturaleza organizativa se dividen en tres: Formalmente constituidas, informalmente constituidas e informales7. Se reconocerán como espacios de participación entre otros a las redes, mesas, asambleas, cabildos, consejos de juventud, consejos comunitarios afrocolombianos, y otros espacios que surjan de las dinámicas de las y los jóvenes. Sistema Nacional de las Juventudes. Es el conjunto de actores, procesos, instancias, orientaciones, herramientas jurídicas, agendas, planes, programas, y proyectos, que operativizan la Ley y las políticas relacionadas con juventud, mediante la creación y fortalecimiento de relaciones entre el Estado, la Sociedad Civil, la Familia, las entidades públicas, privadas, mixtas y las y los jóvenes y sus procesos y prácticas organizativas 7

En la Ley esta descripción se encuentra parcialmente exequible mediante Sentencia C-682-12 de la Corte Constitucional de 25 de octubre de 2012, Magistrado Ponente Dr. Alexei Julio Estrada, 'bajo el entendido que la constitución formal de las prácticas organizativas de las y los jóvenes equivale a la obtención de personería jurídica por cualquiera de las formas asociativas reconocidas en el ordenamiento jurídico colombiano, siempre y cuando dicha forma asociativa sea acorde con el objetivo axial de estos procesos y prácticas de las y los jóvenes'.


para la garantía, cumplimiento, goce o restablecimiento efectivo de los derechos de las juventudes, la ampliación de sus capacidades y de sus oportunidades de acceso a un desarrollo integral y sustentable. Plataformas de las Juventudes. Son escenarios de encuentro, articulación, coordinación y concertación de las juventudes, de carácter autónomo asesor. Por cada ente territorial municipal, distrital y local deberá existir una plataforma, la cual será conformada por un número plural de procesos y prácticas organizativas, así como por espacios de participación de los y las jóvenes. Tienen como funciones: 1. Servir de instancia asesora de los Consejos de Juventud, a nivel Municipal, Local y Distrital. 2. Impulsar la conformación de procesos y prácticas organizativas y espacios de participación de las y los jóvenes, atendiendo a sus diversas formas de expresión, a fin de que puedan ejercer una agencia efectiva para la defensa de sus intereses colectivos. 3. Participar en el diseño y desarrollo de agendas locales, municipales, y distritales, departamentales y nacionales de juventud. 4. Realizar veeduría y control social a la implementación de las agendas locales, municipales y distritales territoriales de las juventudes. Asambleas Juveniles. Son el máximo espacio de consulta del movimiento juvenil del respectivo territorio. En este tienen presencia todas las formas de expresión juvenil, tanto asociadas como no asociadas. Tienen como funciones: 1. Servir de escenario de socialización, consulta y rendición de cuentas de las acciones realizadas por los consejos de la juventud en relación a las agendas territoriales de las juventudes. 2. Aquellas que cada territorio defina de manera autónoma en consideración a las agendas, mecanismos e instancias de participación que articula el sistema, contemplados en esta ley.

7. PRINCIPIOS ORIENTADORES. Los principios orientadores corresponden a las normas que enmarcan la actuación y gestión de la política. Se constituyen en postulados a tener en cuenta en todos los momentos del ciclo de la política: 1. INCLUSIÓN. Reconocer la diversidad de las juventudes en aspectos como su situación socioeconómica, cultural, de vulnerabilidades, y su condición de género, orientación sexual, étnica, de origen, religión y opinión. 2. PARTICIPACIÓN. Garantizar los procesos, escenarios, instrumentos y estímulos necesarios para la participación y decisión de los y las jóvenes sobre las soluciones a sus


necesidades y la satisfacción de sus expectativas como ciudadanos, sujetos de derechos y agentes de su propio desarrollo. 3. CORRESPONSABILIDAD. Responsabiliza en forma compartida tanto a los y las jóvenes, como a la sociedad y al Estado en cada una de las etapas de formulación, ejecución y seguimiento de la política. 4. INTEGRALIDAD. Abordar todas las dimensiones del ser joven así como los contextos sociales, políticos, económicos, culturales, deportivos y ambientales donde se desarrollan. 5. PROYECCIÓN. Fijar objetivos y metas a mediano y largo plazo, mediante el desarrollo posterior de planes, programas, proyectos y acciones específicas. Cada ente territorial deberá generar estas acciones de implementación a un período no menor de cuatro (4) años. 6. TERRITORIALIDAD. Establecer criterios para su aplicación en forma diferenciada y de acuerdo con los distintos territorios físicos, políticos, simbólicos y ambientales de donde procedan o pertenezcan los y las jóvenes. 7. COMPLEMENTARIEDAD. Articular otras políticas poblacionales y sectoriales a fin de lograr la integración interinstitucional necesaria para el desarrollo de acciones y metas dirigidas a los y las jóvenes teniendo en cuenta el ciclo de vida, evitando la duplicidad de acciones y el detrimento de los recursos públicos. 8. DESCENTRALIZACIÓN. Regular las acciones para cada nivel de ejecución en la organización del Estado, con el fin de garantizar el uso eficiente de los recursos y la desconcentración de funciones. 9. EVALUACIÓN. Definir herramientas e indicadores de seguimiento y evaluación permanentes, reconociendo al mismo tiempo las externalidades propias del proceso de implementación y la transformación de las necesidades de las y los jóvenes. 10. DIFUSIÓN. Regular los mecanismos necesarios para lograr el conocimiento y apropiación de la política pública por parte de los y las jóvenes, el Estado y la sociedad.

8. ENFOQUES Partiendo de reconocer que los y las jóvenes son titulares de Derechos, esta política tiene el propósito de dar respuesta a la problemática multicausal de la población joven del Municipio de Salento, Quindío, a través de propuestas que permitan su realización como sujetos de derechos, y que permite lograr la realización de sus proyectos de vida individual y social sustentados en las garantías de los Derechos Humanos. Con base en lo anterior, la política pública municipal de juventud se enfocará en la promoción, protección, garantía y en la restitución de los Derechos que el Estado Colombiano constitucionalmente está obligado a garantizar a todos los ciudadanos y ciudadanas, por lo que tomará las medidas necesarias para su cumplimiento.


De igual forma, los enfoques generales están dados por la Ley 1622 de 2013, teniendo en cuenta que se aplican otros asumidos en la normatividad internacional, en especial en los pactos, tratados y convenciones, y la Constitución Política. El Estatuto establece como enfoques propios de las actuaciones con juventud, los siguientes: 1. ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS. En relación con el marco legal que imponen los Tratados Internacionales y la Constitución Política de Colombia. 2. ENFOQUE DIFERENCIAL. Como un principio de actuación y mecanismo de respeto y ejercicio de los derechos desde la diferencia étnica, de géneros, de procedencia territorial, de contexto social, de edad orientación e identidad sexual o por condición de discapacidad. 3. ENFOQUE DE DESARROLLO HUMANO. Bajo el cual se reconocen y promueven las capacidades y potencialidades de las personas a partir de la generación de oportunidades para decidir. 4. ENFOQUE DE SEGURIDAD HUMANA. Bajo el cual se busca garantizar unas condiciones mínimas básicas que generen seguridad emocional, física, psicológica, de las personas y las sociedades y asegurar la convivencia pacífica en cada territorio. 9. DIAGNÓSTICO SOCIAL SITUACIONAL Composición poblacional: El Estatuto de Ciudadanía Juvenil (Ley 1622 del 2013) establece que los jóvenes son todas aquellas personas que se encuentran entre los 14 y 28 años de edad. Para el año 2015, se identifican en el municipio de Salento, Quindío 1783 personas en este rango, lo que corresponde al 25,06% de la población total. Esto significa que la ejecución de la política pública debe redundar en el mejoramiento de la calidad de vida de aproximadamente 1 de cada 4 Salentinos. De estos, el 52,5% son hombres y el 47,5% son mujeres. 2015 AÑO Total 1.783 Hombres 936 Mujeres 847 Gráfico 1. Población por edad y sexo fuente DANE proyección 2015


Grafico 2. Porcentaje por Género, según proyección DANE 2015.

DERECHOS POLÍTICOS Y CIVILES: Con relación a la estructura de indicadores y categorías de derechos que ha sido definida desde la Procuraduría General de La Nación (2015), a fin de establecer los diagnósticos sociales situacionales territoriales frente a la garantía de derechos de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y sus familias, para este componente se hace referencia a una categoría especial del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. La presente categoría, hace referencia a los derechos que protegen las libertades individuales y garantizan la capacidad del ciudadano para participar en la vida civil y política del Estado en condiciones de igualdad y sin discriminación. Mortalidad por causas externas: El municipio de Salento, Quindío cuenta con cifras de mortalidad por causas externas, según registro temporal desde el año 2012 hasta el año 2016, un total de 14 homicidios, 4 accidente de tránsito, 1 suicidio y 5 muertes por diferentes accidentes.

Gráfico 3


Según información obtenida por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en mortalidad juvenil por homicidio, los casos reportados para el Municipio de Salento en el año 2016 fueron 2; el primero, relacionado con una persona de 18 años por arma corto punzante y el segundo con una persona de 27 años por arma de fuego. Para el año 2017 se presentó un caso de suicidio de una persona de 18 años. Según reportes de las autoridades municipales, el hecho genera una alarma con respecto a la capacidad institucional para atender aquellos adolescentes y jóvenes que se encuentran en situación de ausencia por parte de sus padres, además de un aumento de los índices de consumo de SPA. El municipio de Salento, Quindío viene desarrollando un potencial turístico importante en el Departamento, hecho que requiere medidas para prevenir actividades perjudiciales para la juventud, especialmente en lo que tiene que ver con la trata de personas y el consumo de sustancias psicoactivas. Violencia Intrafamiliar: La incidencia municipal de violencia intrafamiliar es, en promedio, de 1 caso por cada 500 habitantes, de los cuales se logra notar que la distribución de los casos por grupos de edad tiene una incidencia mayor por parte del ciclo de vida juvenil. Se notificaron, ante la Comisaría de Familia, cuatro (4) casos de violencia intrafamiliar en el año 2015 en el Municipio de Salento, y para el año 2016 hubo una disminución a tres casos. De igual forma, es importante hacer notar que la tasa de incidencia de la violencia de género en el municipio es de 295,4.

Gráfico 4


Número de jóvenes (18 - 28 años) que han sido diagnosticados con VIH: Según datos del Ministerio de Salud y Protección Social para el Municipio de Salento, Quindío, en el evento del diagnóstico con VIH es de 1 caso confirmado por laboratorio para el 2016, distribuidos por el rango de edad sugerido. Otros indicadores asociados a este perfil epidemiológico en los jóvenes del municipio de Salento, Quindío, son los siguientes: No INDICADOR 149 150 151 152 153

NOMBRE DEL INDICADOR

GRUPO

2016

Porcentaje de gestantes entre 18 y 28 años diagnosticadas con VIH Prevalencia de VIH/SIDA en población entre 18 y 28 años. Tasa de mortalidad (en personas entre 18 y 28 años) asociada a VIH/SIDA Cobertura de tratamiento antirretroviral (en personas entre 18 y 28 años) Mortalidad en jóvenes (18- 28 años) por malaria (Casos)

Juventud

0%

Juventud

1%

Juventud

0%

Juventud

100%

Juventud

0%

Proporción de jóvenes (18-28 años) candidatos sobre el total de personas candidatizadas para las corporaciones públicas (concejos municipales, asambleas departamentales): Según datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Proporción de jóvenes (18 a 28 años) candidatos es de 20% sobre el total de personas candidatizadas para las Corporaciones públicas (Concejos municipales), en este sentido de 56 personas que se han inscrito como candidatos al Concejo Municipal, solo 11 personas están dentro del rango de edad entre los 14 hasta los 28 años.

Gráfico 5


Candidatos electos a Concejo y Alcaldía Municipal: Por otro lado, y de acuerdo con los resultados de las elecciones municipales de 2015, ninguna de las personas inscritas como candidatos a Concejo alcanzó a ser elegidos para estar en esta corporación de elección popular. De igual forma en las elecciones a alcaldía, esto, con respecto a información obtenida por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Porcentaje de Jóvenes en situación de pobreza: Según datos del DANE y del Departamento para la Prosperidad Social del Gobierno Nacional, el municipio de Salento se presenta cerca de 16 casos de personas jóvenes, que están en el rango de edad sugerido, en situación de pobreza extrema. Por su parte 152 personas del mismo rango están en situación de pobreza, esto de acuerdo al cálculo realizado por la totalidad de la población que reside en el municipio.

Gráfico 6 – Fuente: DPS – SISBEN 2016

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES: Con relación a la estructura de indicadores y categorías de derechos que ha sido definida desde la Procuraduría General de La Nación (2015), a fin de establecer los diagnósticos sociales situacionales territoriales frente a la garantía de derechos de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y sus familias, para este componente se derivan todos aquellos asuntos alrededor de los derechos socioeconómicos. Los derechos económicos, sociales y culturales se incluyen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (DUDH) y se desarrolla su protección en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) de 1966. Ejemplos de estos derechos incluyen el derecho a la alimentación, el derecho a la vivienda, y el derecho a la salud. Tasa de desempleo en personas entre 18 y 28 años: Según el DANE, al cierre de 2015 y 2016, la tasa de desempleo a nivel del departamento del Quindío fue del 12,9%, superando la media nacional (La cual está calculada en 9,7%), mientras que para el 2014, fue de 13,5%, estas cifras incluyen al municipio de Salento. Pese a que en comparación con el año 2015, se reportó una leve disminución de 0,6%, el Quindío continúa como la región del país con la de mayor desocupación. Porcentaje de jóvenes (18 - 28 años) afiliados al SGSSS:


Según reporte de la Secretaría de Servicios Sociales, Salento cuenta con 1426 personas entre los 10 y los 29 años afiliados al SGSSS entre los regímenes subsidiados, contributivos y vinculados; lo cual corresponde a una cobertura aproximada del 82,95% según el total de este rango de edad (1.719) dada la composición poblacional de la información estadística8. De 10 a 29 Régimen Subsidiado Salento

De 10 a 29 Cantidad

Régimen Contributivo Salento

1073

De 10 a 29 Cantidad

Vinculados

Cantidad

338

Salento

15

Gráfico 7

Lo anterior sugiere que la media municipal está por debajo de la media Departamental, que es del 86% del rango en mención, 14 a 18 años y aún más la Nacional, que según datos preliminares al 2016 es del 95%9. Embarazo en adolescentes: De acuerdo con la información suministrada por la Secretaría de Salud Departamental, a través de la fuente de estadísticas vitales del Quindío, el número de mujeres menores de 17 años en embarazo que habitan en el municipio de Salento es de 15, entre los años 2014 a 2016. Para el año 2016 fueron 2 casos, según reporte de Comisaría de Familia del Municipio de Salento.

MUNICIPIOS

Total, embarazo en adolescentes

Armenia

596

Buenavista Calarcá

4 210

Circasia Córdoba Filandia

69 15 29

Génova La Tebaida

34 120

Montenegro Pijao

104 10

Quimbaya Salento

72 15

Quindío

1278

Gráfico 8. FUENTE: ESTADISTICAS VITALES, DEPARTAMENTO DEL QUINDIO, 2016 8 9

Fuente DANE proyección 2020 Fuente JUACO Sistema Nacional de Información en Juventud y Adolescencia de Colombia


Gráfico 9

Consumo de spa10: No se tiene información sobre dinámicas de consumo en población entre 14 y 28 años por municipios, sin embargo, al analizar los reportes del Observatorio Nacional de Salud Mental y Droga, para el Quindío, se encuentra que la prevalecía mensual para cualquier tipo de sustancia psicoactiva es de 8.8%.

Gráfico 10. Prevalencia mensual de consumo de sustancias psicoactivas. Fuente: Análisis secundario Observatorio Nacional de Salud Mental y Drogas. 2012

La prevalencia de consumo en los últimos doce meses para cualquier tipo de sustancia asciende a 14,2%. El consumo de alcohol sigue siendo el más frecuente. En cuanto a sustancias ilegales, aumenta el consumo de Dick frente al de marihuana.

10

Sustancias Psicoactivas


Gráfico 11. Prevalencia anual de consumo de sustancias psicoactivas. Fuente: Análisis secundario Observatorio Nacional de Salud Mental y Drogas. 2012

En cuanto a la prevalencia de vida, en sustancias legales sigue siendo el alcohol la más frecuente, seguido de bebidas energizantes. En cuanto a sustancias ilegales, el Dick está por encima de la marihuana. La prevalencia de vida es de 18,7%.

Gráfico 12. Prevalencia vida de consumo de sustancias psicoactivas. Fuente: Análisis secundario Observatorio Nacional de Salud Mental y Drogas. 2

Población Joven en situación de Discapacidad: De acuerdo con datos del Ministerio de Salud y Protección Social, la población joven del municipio de Salento, en situación de discapacidad, alcanza las 39 personas residentes tanto en el sector urbano como en el sector rural, tal como se puede apreciar en el siguiente grafico.


Gráfico 13: Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social.

Cobertura Educación Superior: La Alcaldía Municipal ha implementado un programa de apoyo a los estudiantes de bajos recursos residentes en el municipio de Salento. Este programa consiste en subsidiar el transporte entre el municipio hacia la ciudad de Armenia, municipio donde se encuentran las instituciones de educación superior donde asisten los beneficiarios. Este programa cuenta con 99 estudiantes de diferentes carreras técnicas, tecnológicas y universitarias, así como Educación Especial. MODALIDAD DE FORMACIÓN Educación Especial (Ed. Media) Técnica Profesional Tecnológica Universitaria – Profesional TOTAL BENEFICIADOS

NÚMERO DE ESTUDIANTES 1 14 21 63 99 estudiantes

Gráfico 14: Fuente: Coordinación PIT, Juventud y Patrimonio Cultural - Alcaldía Primer Semestre 2017

Con relación a información reportada por la Universidad del Quindío para el año 2015, del total de jóvenes del municipio de Salento, Quindío, se encuentran inscritos 48 jóvenes distribuidos en diferentes facultades de la Institución universitaria, de las cuales finalmente


25 personas fueron matriculadas para el primer curso o para primer semestre de formación. Para ese mismo año (2015), en otras instituciones como la Universidad La Gran Colombia, ha reportado 2 adolescentes inscritos y matriculados 3 adolescentes en el primer curso del 2016; en la Corporación Universitaria Empresarial Alexander Von Humboldt se han inscrito 3 personas y se ha matriculado una persona y en la Escuela de Administración y Mercadotecnia del Quindío se han inscrito 4 personas y se han matriculado 5 personas. Cobertura Educación técnica y tecnológica: Según reporte del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, a nivel departamental, todos los municipios cuentan con programas de articulación con la media, a través de los cuales los estudiantes inscritos en educación media vocacional se benefician con el acceso a cursos, carreras técnicas y tecnológicas, de los cuales un total de 21858 jóvenes y adultos se encuentran inscritos, en la modalidad de formación Titulada para el año 2015. Por otro lado, en formación complementaria se han inscrito 282.297 personas de todas las edades en ese mismo año, dentro de los inscritos en ambas modalidades se encuentran jóvenes y ciudadanos del municipio de Salento.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: De acuerdo con la información diagnóstica recabada durante el año 2016 y primer semestre de 2017, a través de la recolección de información aplicados desde la Subsecretaría de Cultura, Turismo y Deportes de Salento, Quindío, los y las jóvenes del municipio son una población afectada por problemáticas relacionadas con la falta de actividades y de espacios adecuados para que ellos puedan usar adecuadamente su tiempo libre. Ante la falta de estos espacios se ha aumentado el consumo de sustancias psicoactivas en el territorio municipal y la problemática del suicidio que ha venido en incremento en los últimos años en el Departamento del Quindío. Así mismo, la población juvenil del municipio llama la atención sobre la necesidad de recuperar espacios como la Casa de la Juventud, y la misma inversión en estrategias contundentes que estén encaminadas al aprovechamiento del tiempo libre, el fomento del sentido de pertenencia por la cultura y el patrimonio cultural Salentino y la realización de eventos que convoquen masivamente a este ciclo vital, como ciclopaseos, conciertos, cine en la calle, tardes deportivas, foros participativos, entre otros. De manera adicional, los jóvenes del municipio han planteado sugerencias y recomendaciones a tenerse en cuenta dentro de la Política Pública y que fueron escuchadas durante las 5 mesas de trabajo programadas, así mismo en las conclusiones de la Asamblea Municipal Juvenil 2017-2 realizada el 28 de Julio de 2017, Estas recomendaciones y sugerencias como las siguientes: -

Fomentar el uso de los espacios apropiados para los jóvenes. Realizar más inversiones para fortalecer el área de deporte de la Subsecretaría de Cultura, Turismo y Deporte.


-

-

-

Realizar intervenciones psicosociales no solo para los jóvenes, sino también en su núcleo familiar. Fomentar el uso de espacios culturales propios para mostrar las expresiones culturales del municipio. Fomentar oportunidades de empleo para los jóvenes y capacitaciones para la preparación de capital humano para actividades como el Turismo, la Hotelería, la Agricultura y los emprendimientos empresariales y culturales. Realizar actividades para los jóvenes residentes en las veredas del municipio (Juventud Rural). Apoyar los deportistas de alto rendimiento residentes en el municipio e incentivar en los empresarios y comerciantes el apoyo hacia ellos y en la realización de actividades deportivas. Propiciar programas que ayude a los jóvenes con problemas de adicción. Difundir y fomentar el uso de los programas de servicios amigables, debido al desconocimiento de los jóvenes por la existencia de este espacio de salud. Realizar charlas sobre prevención del embarazo y enfermedades de transmisión sexual. Realizar espacios de cine contemporáneo en el municipio, así como incentivar la participación de los jóvenes en la producción de contenidos audiovisuales. Generar sitios y espacios lúdicos para que los jóvenes puedan compartir entre ellos. Reestructurar la organización y la metodología de charlas y asesorías dirigidas para jóvenes y que tengan impacto en la población objeto.


10. VISIÓN DE LA POLÍTICA. Para el 2027, los y las jóvenes del municipio de Salento, Quindío participarán y se beneficiarán de una oferta pública y privada, que actúa de forma articulada, y que contribuye a la garantía de sus derechos, estableciendo condiciones suficientes para el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil y fortaleciendo al máximo sus potencialidades y capacidades, promoviendo nuestra identidad cultural y el sentido de pertenencia por nuestro territorio.


11. OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL Posibilitar el ejercicio pleno de los derechos de la ciudadanía juvenil de Salento, Quindío, a partir del despliegue máximo de sus capacidades y potencialidades y el fortalecimiento institucional. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1- Garantizar los derechos de las y los jóvenes a partir de una oferta pública y privada que brinde servicios y bienes de calidad. 2- Prevenir la vulneración de los derechos de las y los jóvenes con la ejecución de programas especializados. 3 - Contribuir al restablecimiento de derechos de las y los jóvenes a partir de procesos de articulación interinstitucional y el fortalecimiento de la corresponsabilidad social.


12. ESTRATEGIAS DE DESPLIEGUE La presente Política Pública Municipal de Juventud está fundamentada en la Política Departamental de Juventud, así como en la categorización de Derechos establecidos en pactos y acuerdos de índole internacional11, adoptados por la Nación12 y proyectados en la búsqueda de la garantía de derechos de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y sus familias, que en Colombia es seguida y monitoreada por la Procuraduría General de La Nación. Los ejes a continuación propuestos, contribuyen a crear sinergias y facilitar los procesos de coordinación, complementariedad y subsidiariedad en el ente territorial. EJE ESTRATÉGICO 1: Educación. Hace referencia a todas aquellas acciones recomendadas que buscan garantizar medidas que amplíen la cobertura educativa, así como la disminución de la deserción escolar y el mejoramiento de los índices de absorción, es decir, aquellos adolescentes y jóvenes que continúan sus estudios de nivel superior, una vez culminan la media vocacional. EJE ESTRATÉGICO 2: Salud. Hace referencia a todas aquellas acciones recomendadas que buscan garantizar medidas que amplíen al total de la población juvenil, de conformidad con la vinculación al sistema general de seguridad social en salud. De igual forma, se establecen medidas para mejorar los indicadores sobre problemáticas de salud pública, cobertura y difusión de servicios amigables, salud mental y prevención del consumo de sustancias psicoactivas. EJE ESTRATÉGICO 3: Deporte y Recreación. Hace referencia a todas aquellas acciones recomendadas que buscan garantizar medidas que promuevan el acceso de los adolescentes y jóvenes a la oferta recreativa y deportiva, en articulación con los servicios prestados por el municipio, así como de gestión con entidades de nivel Departamental y Nacional. EJE ESTRATÉGICO 4: Arte, Cultura y Patrimonio Cultural. Hace referencia a todas aquellas acciones recomendadas que buscan garantizar medidas que promuevan el acceso de los adolescentes y jóvenes a la oferta cultural y artística, así como al conocimiento y protección de los bienes y manifestaciones tradicionales consideradas como patrimonio cultural, en articulación con los servicios prestados por el municipio, así como de gestión con entidades de nivel Departamental y Nacional. EJE ESTRATÉGICO 5: Participación y Territorio Hace referencia a todas aquellas acciones recomendadas que buscan garantizar y hacer efectivo el derecho fundamental a la participación de los jóvenes, así como la apropiación del territorio por los mismos, promoviendo medidas para la incidencia en la toma de decisiones que afectan a la juventud en el municipio, el departamento y la Nación.

11

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) 1966. Convención Internacional de los Derechos del Niño 1989. 12 Plan Nacional de Desarrollo Ley 1753 del 2014


EJE ESTRATÉGICO 6: Empleo y emprendimiento. Hace referencia a todas aquellas acciones recomendadas tendientes a garantizar medidas de fomento y promoción de la productividad y el emprendimiento, así como la generación de estrategias que estimulen la empleabilidad juvenil y el acceso al trabajo digno, de esta manera se están los requisitos de desarrollo de la capacidad empresarial y generación de empleo, estipulados en los requisitos económicos de la Norma Técnica Sectorial Colombiana de Turismo Sostenible NTS-001-113. ESTRATEGIAS -

EJE ESTRATÉGICO 1: Educación

ESTRATEGIA 1.1. Garantizar acceso y permanencia en cuanto a la oferta educativa. -

EJE ESTRATÉGICO 2: Salud

ESTRATEGIA 2.1. Garantizar la cobertura de servicios de salud -

EJE ESTRATÉGICO 3: Deporte y Recreación

ESTRATEGIA 3.1. Garantizar acceso a la oferta deportiva y recreativa -

EJE ESTRATÉGICO 4: Arte, Cultura y Patrimonio Cultural

ESTRATEGIA 4.1. Garantizar acceso a la oferta artística y cultural -

EJE ESTRATÉGICO 5: Participación y territorio

ESTRATEGIA 5.1. Promover la participación y movilización social juvenil -

EJE ESTRATÉGICO 6: Empleo y emprendimiento

ESTRATEGIA 6.1. Promover el emprendimiento y la productividad ESTRATEGIA 6.2. Promover el trabajo digno y la empleabilidad juvenil

13

Norma Técnica Sectorial Colombiana NTS-TS 001-1 Versión 2014, Destino Turístico - Área Turística, Requisitos de Sostenibilidad.


13. PLAN DE ACCIÓN 2017-2027 Plan de Acción Política Pública Municipal de Juventud 2017-2027 Eje estratégico

Estrategia

Acciones recomendad as

Indicadores

Educación

1

Garantizar acceso y permanencia en cuanto a la oferta educativa

1.1.

Fortalecimien to de la cobertura educativa en básica secundaria y media vocacional

Cobertura educativa básica secundaria y media vocacional

1.2.

Disminución de la deserción escolar en media vocacional

1.3.

1.4.

1.5.

Line a bas e 64%

Meta 2027

Responsab les

>90%

Permanencia y acompañamie nto a estudiantes, de acuerdo a enfoque diferencia

10%

>90%

Estímulos para el acceso y permanencia en la educación superior

Tasa de absorción

7,8 %

>30%

Mejoramiento de la infraestructur a educativa y equipamiento s asociados con accesibilidad (Laboratorios , Bibliotecas, Sala Sistema) Acceso y Garantía de permanencia de población estudiantil con discapacidad

Porcentaje de infraestructur a educativa y equipamiento s asociados con accesibilidad mejorados

10%

>90%

Secretaría de Educación Departamen tal Alcaldía municipal Comisaria de Familia Instituciones Educativas Secretaría de Educación Departamen tal Alcaldía municipal Comisaria de Familia Instituciones Educativas Secretaría de Educación Departamen tal Alcaldía municipal Universidad es – SENA Secretaría de Educación Departamen tal Alcaldía municipal Promotora de Vivienda Departamen tal

Planes Individuales de Ajuste Razonables diseñados e implementado s

0%

100%

Secretaría de Educación Departamen tal Alcaldía municipal Comisaria


de Familia Instituciones Educativas

Salud

2

Garantizar la cobertura de servicios de salud

Docentes capacitados y formados en educación accesible

2%

100%

2.1.

Aumento de la vinculación al SGSSS

Cobertura de afiliación SGSSS

82%

>90%

2.2.

Promoción del acceso a los servicios amigables

N° de adolescentes y jóvenes que se benefician con servicios amigables

PD

10 p. p. por encima de linea base construi da

2.3.

Implementaci ón de planes o políticas de salud mental

Planes o políticas formuladas e implementada s

0

1

2.4.

Prevención del embarazo temprano

N° de embarazos en adolescentes

15

0

2.5.

Implementaci ón de planes o políticas de prevención y protección frente al consumo de sustancias psicoactivas

Planes o políticas formuladas e implementada s

0

1

Secretaría de Educación Departamen tal Alcaldía municipal Comisaria de Familia Instituciones Educativas Secretaría de Servicio Social Alcaldía municipal IPS-EPS Secretaría de Servicio Social Alcaldía municipal IPS-EPS

Secretaría de Servicio Social Alcaldía municipal IPS-EPSInstituciones EducativasGobernació n Secretaría de Servicio Social Alcaldía municipal IPS-EPSInstituciones EducativasICBFGobernació n Secretaría de Servicio Social Secretaría de Familia DptalSecretaria Salud DptalAlcaldía


Deporte y Recreación

3

Garantizar acceso a la oferta deportiva y recreativa

2.6.

Implementaci ón de planes o políticas de Educación Sexual y Reproductiva

Planes o políticas formuladas e implementada s

0

1

3.1.

Acceso a la oferta deportiva y recreativa

N° de escuelas deportivas en funcionamient o

6

>8

3.2.

Mejoramiento de la infraestructur a y la implementaci ón deportiva

Porcentaje de infraestructur a educativa y equipamiento s asociados con accesibilidad mejorados

10%

>90%

3.3.

Acceso a asistencia médica, nutricional y psicológica a jóvenes deportistas

Porcentaje de jóvenes deportivas beneficiados de asistencia médica, nutricional y psicológica

0

>90%

3.4.

Articulación entre las Instituciones Educativas y las Escuelas de Formación Deportiva

Porcentaje de Instituciones Educativas y Escuelas de Formación Deportiva articuladas

0

>100%

3.5.

Fortalecimien to de actividades y participación deportiva.

N° de actividades y participacione s deportivas realizadas

3

>15

municipalInstituciones EducativasFiscaliaGobernació n Secretaría de Servicio Social Secretaría de Familia DptalSecretaria Salud DptalAlcaldía municipalInstituciones EducativasIPS- EPS INDEPORT ES – Subsecretar ía de Cultura, Turismo y Deporte INDEPORT ES – Subsecretar ía de Cultura, Turismo y Deporte Promotora de Vivienda Departamen tal INDEPORT ES – Subsecretar ía de Cultura, Turismo y DeporteComisaria de FamiliaIPS Subsecretar ía de Cultura, Turismo y Deporte – Instituciones Educativas INDEPORT ESSubsecretar ía de Cultura,


anualmente

Arte, Cultura y Patrimonio Cultural

Participación y territorio

4

5

Garantizar acceso a la oferta artística y cultural

Promover la participación y movilización social juvenil

Turismo y Deporte – Instituciones Educativas Subsecretar ía de Cultura, Turismo y Deporte Secretaría de Cultura Departamen tal Subsecretar ía de Cultura, Turismo y Deporte Secretaría de Cultura Departamen tal Subsecretar ía de Cultura, Turismo y Deporte Secretaría de Cultura Departamen tal

4.1.

Acceso a la oferta artística y cultural

N°de escuelas culturales y artísticas en funcionamient o

4

>6

4.2.

Fortalecimien to de las expresiones artísticas y culturales

3

>15

4.3.

Promoción, Difusión y Salvaguardia del Patrimonio Cultural Juvenil

N° de eventos de fortalecimient o de expresiones artísticas y culturales realizados anualmente Porcentaje de actividades de promoción, difusión, y salvaguardia del patrimonio cultural juvenil realizadas

5%

>90%

4.4.

Articulación entre las Instituciones Educativas y las Escuelas de Formación Deportiva

Porcentaje de Instituciones Educativas y Escuelas de Formación Deportiva articuladas

0%

>100%

Subsecretar ía de Cultura, Turismo y Deporte – Instituciones Educativas

5.1.

Conformació ny consolidación de espacios de participación juvenil Realización de rendición pública de cuentas y socialización de la política pública de juventud

N° de prácticas organizativas juveniles conformadas

1

>5

Gobernació n del Quindío Alcaldía municipal

N° de asambleas juveniles realizadas

3

>20

Gobernació n del Quindío Alcaldía municipal

5.2.


Empleo y Emprendimie nto

6. 1.

6. 2.

Promover el emprendimie nto y la productivida d

Promover el trabajo digno y la empleabilida d juvenil

5.3.

Promoción de procesos de activismo sociocultural y ambiental

5.4.

Implementaci ón del Sistema de Participación Juvenil en el municipio (Funcionamie nto Subsistemas Institucional y Participación y Comisión de Concertación y Decisión) Fortalecimien to de iniciativas productivas y empresariale s

6.1. 1.

N° de espacios y mecanismos de participación adoptados y fortalecidos en el municipio Porcentaje de implementaci ón del Sistema de participación juvenil en el municipio

0

>5

Gobernació n del QuindíoAlcaldía municipal

20%

>100%

Gobernació n del QuindíoAlcaldía Municipal

N° de proyectos de iniciativas productivas y empresariales apoyadas y asociadas

0

>10

Gobernació n del QuindíoAlcaldía municipalSENAInstituciones educativas Gobernació n del Quindío Alcaldía municipal Universidad es CODECTI Gobernació n del Quindío Alcaldía municipal SENA Universidad es Gobernació n del Quindío Alcaldía municipal SENA Universidad es Cámara de comercio

6.1. 2.

Fortalecimien to de iniciativas científicas e investigativas

N° de ferias de la ciencia realizadas

1

>10

6.1. 3.

Apoyo a iniciativas de emprendimie nto rural

N° de proyectos apoyados que son liderados por jóvenes de origen rural

2

>10

6.2. 1.

Fomento de la asociatividad y generación de ingreso sostenible

N° de iniciativas empresariales apoyadas y asociadas

PD

>10


6.2. 2.

Promoción de estímulos empresariale s tributarios por inserción laboral juvenil

Porcentaje de jóvenes vinculados laboralmente por alguna empresa o negocio del municipio

PD

10 p.p. por encima de línea base construi da

6.2. 3.

Apoyo en la consecución de recursos para financiación y cofinanciació n de proyectos productivos

N° de jóvenes que participan de ruedas de negocio o bolsas de financiación cofinanciación

PD

10 p.p. por encima de línea base construi da

Gobernació n del Quindío Alcaldía municipal SENA Universidad es Cámara de comercio Gobernació n del Quindío Alcaldía municipal SENA Universidad es Cámara de comercio


14. FINANCIACION Las fuentes de financiación que harán posible la Política Municipal de Juventud 20172027, se constituirán con recursos provenientes del sistema general de participación y de regalías del nivel nacional, con recursos propios del Departamento y el municipio de Salento, Quindío, recursos del sector privado, de organismos de carácter mixto y de la cooperación internacional. La planificación de los recursos para esta política se debe llevar a cabo desde la Secretaría de Hacienda y las secretarías responsables de la ejecución, por lo que es necesario que año a año los distintos despachos establezcan las metas a cumplir, los recursos que se deben asignar, y que esto quede debidamente plasmado en los POAI. Los presupuestos se deben definir anualmente, de acuerdo con el avance reportado en el periodo anterior, para realizar los ajustes que sean necesarios para el logro de las metas.


15. SEGUIMIENTO Y MONITOREO Para el seguimiento y monitoreo, en la matriz de planificación se proponen unos indicadores clave que se espera puedan ser revisados periódicamente a fin de establecer el avance de la política. De igual forma se recomienda una evaluación de medio término. Adicionalmente, se espera que se desarrolle un proceso de rendición pública de cuentas, anualmente, proceso en el cual deben participar todos los espacios de participación juvenil. Se recomienda que anualmente se reporten dos informes de seguimiento a la implementación de la política pública en el Consejo Municipal de Política Social (COMPOS), uno al inicio de la vigencia y otro al finalizar la misma. Finalmente se debe garantizar que la política quede explícita en los próximos planes de desarrollo y POAI no sólo para proveer de los recursos necesarios, sino también, para posibilitar que la presente política se incorpore a las dinámicas municipales de seguimiento y monitoreo programático.


16. PARTICIPANTES: INSTITUCIONES PARTICIPANTES: Juan Miguel Galvis Bedoya Amanda Tangarife Correa Leidy Juliana Toro Fernández Alexandra Restrepo Monsalve Lauren Katherine Ramos Torres Sebastián Mauricio Rodríguez Padilla Yesica Tatiana Herrera Giraldo Liliana Jaramillo Cárdenas Manuel Patiño Nicolás Echeverri Marín Felipe Vargas Caicedo Diego Fernando González Castro Pedro Luis Correa Arboleda Eliana Margarita Urrea Velasco Jhon Jader García Bernal Herney Zuluaga Soto Adriana Echeverri González Jorge Humberto Guevara Narváez Ana Lucelly Velasco Jurado Gloria Patricia Nieto Patiño María Nelly Aponte Valencia

Alcalde Municipal. Secretaria de Gobierno Municipal Subsecretaria de Cultura, Turismo y Deporte Secretaria (e) de Servicios Sociales Comisaria de Familia Contratista - Coordinador PIT y Juventud Personera Municipal Secretaria de Familia Departamental Jefe Oficina Departamental de Juventud Técnico Oficina Departamental de Juventud Contratista Oficinal Dptal de Juventud Rector Institución Educativa Liceo Quindío Rector Institución Educativa Boquía Subsecretaria de Obras Públicas Presidente Concejo Municipal Contratista Secretaría de Planeación Mpal. Directora Regional ICBF Quindío Secretario de Turismo Departamental Directora Dptal de Patrimonio Cultural Registradora Municipal del Estado Civil Enlace Municipal Certificación NTS-TS 001-1

JOVENES PARTICIPANTES: PLATAFORMA JUVENIL DE SALENTO: Juan Antonio Bedoya Correa Santiago Camacho Cardona Santiago Ramírez Franco Juan Manuel Velásquez Araque Sara Cañas Martínez Cristian Alejandro Aguirre Restrepo Juan Andrés Araque Camacho Silvana Franco Orozco Jessica Alejandra García Velásquez Alejandra Díaz Herrera Georgie Jizeth Prada Hernández Layne Ivon Quintero González Daniela Ramírez Franco Yeniffer Valdés Alonso Juan Alejandro Toro Araque

Primer Presidente Colegiado Segundo Presidente Colegiado Tercer Presidente Colegiado Comité de Veeduría y Control Interno Comité de Veeduría y Control Interno Personero Estudiantil Liceo Quindío Integrante de la Plataforma Integrante de la Plataforma Comité de Vigías del Patrimonio Personera Escuela Rural La Nubia Rep. Comisión Concertación y Decisión Integrante de la Plataforma Presidenta Comité de Fomento Juvenil Rep. Comisión Concertación y Decisión Presidente Comité Emisora OndaJoven


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.