GACETA JUVENIL MUNICIPAL 6

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SUMARIO PLATAFORMA JUVENIL DE SALENTO PRESIDENCIA COLEGIADA DE LA PLATAFORMA: Resolución #003 de 2017 (2 de Febrero) Resolución #004 de 2017 (6 de Marzo) Resolución #005 de 2017 (6 de Marzo)

Martes 7 de Marzo/2017 - Año 1 Número 006 PLATAFORMA JUVENIL DE SALENTO, QUINDÍO Presidencia Colegiada - Sistema Documental Juvenil CONTACTO: grupojuventudsalentina@gmail.com


GACETA JUVENIL MUNICIPAL DE SALENTO – Salento, Quindío, Marzo 7 de 2017 – No. 006

PLATAFORMA JUVENIL DE SALENTO Presidencia Colegiada RESOLUCIÓN #003/2016 (2 de Febrero) POR MEDIO DEL CUAL SE ACEPTA UNA RENUNCIA, SE NOMBRA AL REPRESENTANTE JUVENIL AL CONSEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE SALENTO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. Los integrantes de la Plataforma Juvenil de Salento, Quindío representados en su Presidencia Colegiada, haciendo uso de sus atribuciones legales y constitucionales y las que les confiere el Artículo 45 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 62 del Estatuto de Ciudadanía Juvenil (Ley Estatutaria 1622 de 2013) y del Reglamento Interno de la Organización, y: CONSIDERANDO: 1. Que en el Artículo 74 del Reglamento interno de la Plataforma ha determinado la elección de los representantes juveniles ante distintos grupos o comités de carácter municipal. 2. Que el día 30 de Enero del 2016, mediante petición verbal ante el Comité de Veeduría y Control Interno y a la Presidencia Colegiada de la Plataforma Juvenil, el joven Juan Andrés Araque Camacho, que fungía como Representante Juvenil ante el Consejo Municipal de Cultura (CMC), ha presentado su renuncia indeclinable al cargo designado, alegando que lo hace por motivos personales y familiares. 3. Que es deber de la Presidencia Colegiada y la Plenaria de la Plataforma Juvenil de Salento aceptar la renuncia y al mismo tiempo nombrar a la persona que asuma, en propiedad, a la representación juvenil ante el CMC. 4. Que en desarrollo de las sesiones ordinarias de la Plataforma Juvenil realizadas el Jueves

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2 de Febrero del año en curso, por unanimidad, fue elegido para asumir la representación el joven Santiago Ramírez Franco, ya que ha sido el único postulado ante la presidencia colegiada, para asumir dicho cargo en representación de los jóvenes del municipio de Salento. 5. Que en mérito de lo expuesto. RESUELVE: ARTÍCULO 1: Aceptar la Renuncia en el cargo de Representante Juvenil ante el Consejo Territorial de Planeación Municipal de Salento, Quindío al joven, Juan Andrés Araque Camacho, identificada con Tarjeta de Identidad 1005308948 expedida en Salento, Quindío. ARTÍCULO 2: Reconocer la labor realizada por el consejero saliente por sus actividades y tareas realizadas durante el tiempo que ocupó dicho cargo desde el 3 de Noviembre del año 2017 y destacar como ejemplo de trabajo constante a favor de los intereses comunes de nuestras juventudes Salentinas. ARTÍCULO 3: Nombrar al joven, Santiago Ramírez Franco, identificado con Tarjeta de Identidad 1005094768 de Salento, Quindío; como Representante Juvenil ante el Consejo Municipal Cultura de Salento, Quindío. ARTÍCULO 4: El nuevo Representante Juvenil ante el CMC iniciará sus funciones y actividades cuando la actual Presidencia del Consejo Municipal de Cultura Municipal lo permita y lo considere pertinente legalmente; y finalizará el 31 de Diciembre de 2019. ARTÍCULO 5: Notificar al señor Alcalde, Juan Miguel Galvis Bedoya y al presidente del Consejo Municipal de Cultura del contenido de la presente resolución, en un plazo no mayor a 20 días hábiles. ARTÍCULO 6: Publicar la presente resolución en la Gaceta Juvenil Municipal de Salento y enviar copia de la presente a la Subsecretaría de Cultura. Turismo y Deporte Municipal, la Personería Municipal y demás entidades para su conocimiento.


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ARTÍCULO 7: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en la Plenaria de la Plataforma Juvenil de Salento, Quindío. A los 2 días del mes de Febrero de 2017. JUAN ANTONIO BEDOYA CORREA Primer Presidente Colegiado SANTIAGO CAMACHO CARDONA Segundo Presidente Colegiado LAYNE IVON QUINTERO GONZÁLEZ Tercera Presidenta Colegiada __________________________________________ RESOLUCIÓN #004/2016 (6 de Marzo) POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE UNA AUTORIZACIÓN A LA PRESIDENCIA COLEGIADA DE LA PLATAFORMA JUVENIL DE SALENTO. Los integrantes de la Plataforma Juvenil de Salento, Quindío representados en su Presidencia Colegiada, haciendo uso de sus atribuciones legales y constitucionales y las que les confiere el Artículo 45 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 62 del Estatuto de Ciudadanía Juvenil (Ley Estatutaria 1622 de 2013) y del Reglamento Interno de la Organización, y: CONSIDERANDO: 1. Que en el Artículo 8 del Reglamento interno de la Plataforma ha determinado que la Plenaria de la Plataforma es el máximo órgano de decisión de la organización. 2. Que existe, dentro de los activos de la Plataforma Juvenil, la colección de la Biblioteca del Sistema Documental Juvenil

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compuesta por cerca de 95 libros y publicaciones, pero que actualmente no cuenta con un espacio para la consulta de ese material por la falta de un local o sitio donde funcione la Plataforma. 3. Que el material bibliográfico se encuentra guardado en caja en la vivienda de un integrante de la Plataforma, por lo que este corre riesgo de pérdida y deterioro. 4. Que es deber de la Presidencia Colegiada y la Plenaria de la Plataforma Juvenil de Salento salvaguardar este material y al mismo tiempo ponerlo a disposición de la comunidad interesada. 5. Que la propuesta de la Presidencia Colegiada es entregar este activo perteneciente al Sistema Documental Juvenil a la Biblioteca Pública Municipal, cuya propiedad es del municipio de Salento, para que sea este organismo el responsable por el cuidado y mantenimiento de los libros y publicaciones que componen esta Biblioteca. 6. Que en desarrollo de las sesiones ordinarias de la Plataforma Juvenil realizadas el Lunes 6 de Marzo del año en curso, por unanimidad, la Plenaria y en uso de sus atribuciones concebidas por el Reglamento Interno, aprueba esta propuesta donde se concede autorización para realizar la entrega formal del material bibliográfico al municipio por medio de la Biblioteca Pública Municipal. 7. Que en mérito de lo expuesto. RESUELVE: ARTÍCULO 1: Autorizar a la Presidencia Colegiada de la Plataforma Juvenil de Salento a realizar la entrega voluntaria y sin costo del Activo: Biblioteca del Sistema Documental Juvenil a la Biblioteca Pública Municipal de propiedad del Municipio de Salento.


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ARTÍCULO 2: Realizar la entrega del activo, en un plano no mayor a 50 días hábiles contados a partir de la fecha de sanción de la presente resolución. PARÁGRAFO: Esta entrega debe estar respaldada por el Enlace de Juventud del municipio y por el funcionario encargado del servicio de la Biblioteca Pública Municipal, para tal efecto se deberá firmar un Acta de entrega del activo y con entrega del Inventario de Libros por parte de un delegado de la Presidencia Colegiada de la Plataforma al funcionario de la Biblioteca. ARTÍCULO 3: La Presidencia Colegiada de la Plataforma deberá informar a la comunidad, en los medios de comunicación dispuestos por la organización, sobre la puesta en servicio del material bibliográfico, luego de haberse efectuado la entrega del acto a la institución municipal que lo recibe. ARTÍCULO 4: Notificar a la administración municipal del contenido de la presente resolución, en un plazo no mayor a 10 días hábiles. ARTÍCULO 5: Publicar la presente resolución en la Gaceta Juvenil Municipal de Salento y enviar copia de la presente a la Personería Municipal y demás entidades para su conocimiento. ARTÍCULO 6: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en la Plenaria de la Plataforma Juvenil de Salento, Quindío. A los Seis (6) días del mes de Marzo de 2017. JUAN ANTONIO BEDOYA CORREA Primer Presidente Colegiado SANTIAGO CAMACHO CARDONA Segundo Presidente Colegiado LAYNE IVON QUINTERO GONZÁLEZ Tercera Presidenta Colegiada

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_________________________________________ RESOLUCIÓN #005/2016 (6 de Marzo) POR MEDIO DEL CUAL SE DESIGNA UNA TERNA PARA NOMBRAR AL REPRESENTANTE JUVENIL AL CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. Los integrantes de la Plataforma Juvenil de Salento, Quindío representados en su Presidencia Colegiada, haciendo uso de sus atribuciones legales y constitucionales y las que les confiere el Artículo 45 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 62 del Estatuto de Ciudadanía Juvenil (Ley Estatutaria 1622 de 2013) y del Reglamento Interno de la Organización, y: CONSIDERANDO: 1. Que en el Artículo 74 del Reglamento interno de la Plataforma ha determinado la elección de los representantes juveniles ante distintos grupos o comités de carácter municipal. 2. Que a finales de Diciembre de 2016, la Presidencia del Consejo Territorial de Planeación, rechazó la escogencia del Representante Juvenil elegido en una Sesión Plenaria, por considerar que se había desconocido la normativa que los cobija y por eso se dejó sin efecto los artículos 3 y 4 de la Resolución PJS #016 de 2016 mediante la Resolución PJS #020 de ese mismo año. 3. Que en mérito de lo sucedido, la Presidencia Colegiada de la Plataforma Juvenil convocó a una sesión plenaria para definir esta situación mediante la Resolución PJS #001 de 2017 y cuya sesión fue realizada el 2 de Febrero de 2017 4. Que en desarrollo de esas sesiones ordinarias de la Plataforma Juvenil hubo consenso, por unanimidad, para la elección de los elegidos para formar parte de la terna para el proceso de elección del Representante Juvenil del Consejo Territorial de Planeación Municipal.


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5. Que dentro de ese consenso se han designado como parte de la terna las siguientes personas: Jhonatan David Roa Parra y Santiago Ramírez Franco terna que han sido ratificadas en la segunda sesión ordinaria celebrada el 6 de Marzo del 2017. 6. Que en mérito de lo expuesto. RESUELVE: ARTÍCULO 1: Designar la terna para la elección del Representante Juvenil ante el Consejo Territorial de Planeación Municipal en la cual estará conformada por las siguientes personas: Jhonatan David Roa Parra, identificado con Cédula de Ciudadanía 1’098.336.478. Santiago Ramírez Franco, identificado con Tarjeta de Identidad 1005308948 ARTÍCULO 2: Enviar la respectiva terna al Despacho del señor Alcalde Municipal para que se realice la respectiva elección con copia a la Secretaría de Planeación Municipal. Este proceso se realizará en un plazo no mayor a 10 días hábiles contado a partir de la fecha de sanción de la presente resolución. ARTÍCULO 3: Publicar la presente resolución en la Gaceta Juvenil Municipal de Salento y enviar copia de la presente a las entidades municipales antes mencionadas, la Personería Municipal y otras entidades para su conocimiento. ARTÍCULO 4: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en la Plenaria de la Plataforma Juvenil de Salento, Quindío. A los Seis (6) días del mes de Marzo de 2017. JUAN ANTONIO BEDOYA CORREA Primer Presidente Colegiado

SANTIAGO CAMACHO CARDONA Segundo Presidente Colegiado LAYNE IVON QUINTERO GONZÁLEZ Tercera Presidenta Colegiada

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