3 minute read
RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS
Aspectos administrativos, académicos y docentes
Reconocimiento y Transferencia de Créditos
Advertisement
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
El reconocimiento de créditos se puede producir cuando un estudiante accede a una titulación oficial de grado con asignaturas (créditos) ya superadas en la misma o en otra titulación oficial de grado o en titulaciones universitarias oficiales declaradas a extinguir (licenciaturas, diplomaturas, etc).
Criterios para el reconocimiento de créditos entre estudios de grado:
g
g Cuando una y un estudiante acceda a un título de grado con créditos superados en otros estudios de grado de la misma rama de conocimiento se reconocerán las materias básicas superadas, con la denominación, créditos y calificación de origen. Si una y un estudiante accede a un título de grado de otra rama de conocimiento se reconocerán las materias básicas comunes a ambas ramas de conocimiento.
g
Las materias no básicas (obligatorias u optativas) se reconocerán teniendo en cuenta: - que el número de créditos sea, al menos, el 75% del número de créditos de las asignaturas por las que se quiere obtener el reconocimiento de créditos. - que contengan, al menos, el 75% de conocimientos de las asignaturas por las que se quiere obtener el reconocimiento de créditos. - que confieran, al menos, el 75% de las competencias de las asignaturas por las que se quiere obtener el reconocimiento de créditos.
g
g
g También se reconocerán las materias correspondientes a competencias o conocimientos transversales (en la UA, nivel de idioma extranjero, competencias en nuevas tecnologías y expresión oral y escrita). En todo caso no podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a los Trabajos de Fin de Grado y Máster. Se prevé la posibilidad de reconocer créditos en títulos oficiales de grado por estudios cursados en Formación Profesional de Grado Superior, en Estudios Artísticos y en títulos propios universitarios, no pudiendo ser superior, en su conjunto, al 15% del total de créditos que constituyen el plan de estudios. Igualmente, la experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un título oficial, siempre que confieran, al menos, el 75% de las competencias de las asignaturas por las que se quiere obtener el reconocimiento de créditos.
Criterios de reconocimiento de créditos entre estudios extinguidos (licenciaturas, diplomaturas, etc.) y estudios de grado.
g Se aplicarán las “tablas de adaptación” incluidas en las “memorias” de los títulos de grado cuando una y un estudiante se adapte al título de grado que sustituya a su titulación.
g En el resto de casos, las asignaturas superadas en títulos declarados a extinguir se reconocerán en función de la adecuación entre los conocimientos asociados a las materias y/o asignaturas cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios de grado al que ha accedido (similitud entre las asignaturas).
TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS
Cuando un estudiante acceda a un título de grado, con asignaturas ya superadas en otros estudios universitarios oficiales no finalizados, y éstas no sean objeto de reconocimiento, se podrán transferir a su nuevo expediente, de manera que figuren en los documentos académicos que se le expidan, en especial en el Suplemento Europeo al Título (SET).
SOLICITUDES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS
El alumnado presentará las solicitudes de reconocimiento y/o transferencia de créditos en la secretaría del centro (facultad / escuela universitaria) en el plazo que la Universidad establezca para cada curso académico.
Documentación:
g
g
g Programa/s de la asignatura/s sellado/s por el centro donde se cursó o por el Departamento responsable de su docencia.
Certificado Académico Personal expedido por el centro de origen o fotocopia compulsada. Entre estudios de la
Universidad de Alicante será suficiente la ficha informativa del expediente debidamente sellada por el centro de origen.
Fotocopia de la publicación oficial del plan de estudios. La documentación se puede simplificar cuando se trate de estudios cursados en la propia Universidad de Alicante. Las solicitudes de reconocimiento y transferencia de créditos serán resueltas por Comisiones de Centro creadas al efecto. Normativa UA. Manual de Normativa Académica. sga.ua.es/es/normativa-academica/eees/reconocimiento-ytranferencia/reconocimiento-y-transferencia-de-creditos.html