Revista comercio exterior

Page 1

Alumna: Indira Garcia Tobar Curso : 4潞B Profesor: Guillermo Santis Toro Asignatura: Gesti贸n en comercio exterior 2015


FACTURA PROFORMA

Es un documento que se envía al comprador, donde se declara el compromiso del vendedor por entregarle los bienes o servicios especificados y a un precio determinado al cliente.

DATOS IMPORTANTES

Es una alternativa que se puede usar como cotización internacional o pre factura, que es entregada por el exportador al importador. En este documento se detallan las mercancías que el vendedor va a enviar y los precios de cada una. Además se declara con exactitud la fecha de entrega, las forma de envío y de pago. En resumen contiene los mismos datos que una oferta en firme, pero no la validez. Además el documento tiene la función de facilitar la obtención de solicitud de licencias y permisos de importación o para abrir la carta de crédito. Este tipo de recibo se utiliza comúnmente para declarar el valor de las mercancías en las aduanas.


FACTURA COMERCIAL DE EXPORTACION

La factura comercial debe ser presentada en original y con un juego de seis copias, todas con firma autógrafa, en inglés o español y con la siguiente información: -Aduana de salida (país de origen) y aduana de entrada (país de destino). -Nombre y dirección del vendedor o del embarcador -Nombre y dirección del comprador o consignatario -Descripción detallada de la mercancía (nombre, calidad, marca,número y/o símbolos utilizados por el fabricante, etc.) -Cantidad, peso y medidas del embarque -Precio de cada una de las mercancías enviadas, especificar el tipo de moneda (de preferencia en moneda de facil conversion) Ejemplo: Dolar Americano, libras, etc.) y señalar su equivalente en moneda nacional sin incluir IVA. -Divisa utilizada -Condiciones de venta establecidos conforme a los INCOTERMS. (Descripción de los montos por concepto de fletes, seguros, comisiones y costo de embalaje)


CERTIFICADO DE ORIGEN

El documento “Certificado de Origen” tiene como principal objetivo acreditar el origen nacional de un producto que se destina a la exportación, de acuerdo con las Normas de Origen pactadas en los respectivos Acuerdos Comerciales.

Conforme a lo anterior y por la inserción de Chile en los mercados internacionales a través de la firma de los convenios suscritos en el marco de ALADI (Acuerdos de Alcance Regional -PAR-, Acuerdos de Complementación Económica -ACE- y del Acuerdo de Alcance Parcial suscrito con India) y los Tratados de Libre Comercio con Canadá, México, Centroamérica, Unión Europea, Corea, EFTA, Estados Unidos, P-4, China, Japón, Australia, Panamá, Malasia, Turquía, Vietnam y Hong Kong, este documento es fundamental para los efectos de acogerse a las preferencias arancelarias que se han alcanzado. Además, como nación considerada en vía de desarrollo, los productos originarios de nuestro país son beneficiados con el mecanismo denominado Sistema Generalizado de Preferencias SGP, otorgado por países de economías desarrolladas.


CERTIFICADO FITOSANITARIO

Dependiendo del tipo de producto, los requisitos fitosanitarios pueden exigir un Certificado Fitosanitario, que en el caso de Chile es emitido por el SAG.

El Certificado Fitosanitario es un documento oficial que emite el SAG para certificar que los productos forestales, amparados por dicho certificado, han sido inspeccionados y/o tratados de acuerdo a determinados procedimientos para la certificación y así cumplir con los requisitos fitosanitarios establecidos por la Organización Nacional de Protección Fitosanitarias (ONPF) u otro organismo oficial del país de destino. TRAMITES A REALIZAR Todo exportador que requiera obtener el Certificado Fitosanitario, debe firmar un Acuerdo Operacional, para dar cuenta del compromiso que adquiere, como participante del proceso exportador. Este acuerdo puede ser firmado en cualquier Oficina Sectorial del SAG. El exportador podrá solicitar directamente la emisión del Certificado Fitosanitario o bien, hacerlo a través de su representante en el punto de salida (agente de aduana, entre otros). Esta actividad debe ser realizada en los puntos de salida.


CONSTANCIA DE INSPECCION

Normalmente los Certificados de Inspección los emiten empresas especializadas en la inspección de mercancías en puertos, como por ejemplo la suiza SGS o la francesa Bureau Veritas, que tienen oficinas en un gran número de países.

El Certificado de Inspección pre-embarque es un documento expedido por una autoridad competente que indica que las mercancías han sido inspeccionados (por lo general de acuerdo con un conjunto de especificaciones del sector, los clientes o el gobierno) antes del embarque, y en el cual se informa de los resultados de la inspección. ESTE DOCUMENTO…..

Éste Modelo de Certificado de Inspección (y Guía de Uso) se dirige a los profesionales del comercio internacional: exportadores, importadores, distribuidores, intermediarios y brokers, agentes de aduanas, empresas de logística y transitarios. También es útil para cámaras de comercio, asociaciones empresariales, consultores, así como profesores y alumnos de cursos de comercio internacional.


CERTIFICADO DE SEGURO

El Certificado de Seguro es un documento establecido para el asegurador en el que se indica que se ha suscrito un seguro y preparado una póliza. En la práctica de los Seguros de Transporte se utilizan Certificados cuando se ha contratado una Póliza Abierta Flotante, o cuando, por razones diversas, la póliza no acompaña al envío, o al vehículo.

SOLICITANTE Exportador o Importador (según los INCOTERMS), Transitario. EMISOR Entidades Aseguradoras, Es aquella por la que en virtud de las características especiales del riesgo (Variabilidad del objeto asegurado, modificación de la cuantía del capital cubierto, etc.) se concede al Asegurado, dentro de unos límites y previo reconocimiento de determinadas condiciones, una garantía "abierta" en la que pueden establecerse aumentos o reducciones. Normalmente, la póliza flotante es consecuencia del deseo de simplificar los trámites administrativos que exigiría la actualización de una póliza en la que el riesgo estuviese sujeto a continuas variaciones.

CONTROLES - El Certificado debe ir siempre firmado y sellado por la Entidad Aseguradora para su validez. - Debe ser emitido sobre la base de la Ley 50/80 de Contrato de Seguro y hacer constar en la misma que se ampara en dicha norma. - Debe estar especificado el riesgo al que se le da cobertura.


DOCUMENTO DE EMBARQUE

Conocimiento de embarque o B/L (por sus iniciales en inglés, Bill of lading) es un documento propio del transporte marítimo que se utiliza en el marco de un contrato de transporte de las mercancías en un buque en línea regular. La finalidad de este documento es proteger al cargador y al consignatario de la carga frente al naviero y dar confianza a cada parte respecto al comportamiento de la otra.

DATOS REQUERIDOS

Este documento que expide el transportador marítimo sirve: 1.-como certificación de que ha tomado a su cargo la mercancía para entregarla, contra la presentación del mismo en el punto de destino, a quien figure. 2.- como consignatario de ésta o a quien la haya adquirido por endoso total o parcial, 3.- como constancia del flete convenido 4.- como representativo del contrato de fletamento en ciertos casos.

En el conocimiento de embarque deben aparecer el nombre, la matrícula del buque, puertos de carga y descarga, nombre del cargador y del consignatario, descripción detallada de las mercancías, la cantidad o el peso, el número de bultos y su estado aparente. También refleja el importe del flete (coste del transporte por vía marítima), la moneda en que se ha calculado esta cifra y si el flete se ha abonado en origen (freight prepaid) o si se trata de un flete pagadero en destino (freight collect).


DIN

DECLARACION DE INGRESOS

Documento mediante el cual se formaliza una destinación aduanera, el que deberá indicar la clase o modalidad de la destinación de que se trate. Ingreso legal de mercancías para su uso o consumo previo pago de derechos, impuestos y demás gravámenes de importación.


DUS

El Documento Único de Salida podrá ser realizado a través de la página del Servicio Nacional de Aduanas o directamente mediante las aplicaciones computacionales de los despachadores. En caso que el DUS sea impreso desde la página WEB del Servicio, la impresión debe ser efectuada en papel bond 24 blanco, tamaño oficio.

DOCUMENTO UNICO DE SALIDA

CODIGO ARANCELARIO

El código arancelario debe consignarse en ocho dígitos, completándose con los dígitos cero si no los contuviere. Cuando la información a consignar en algunos de los recuadros exceda su capacidad, deben indicarse los datos respectivos, en forma abreviada sin que ello imposibilite su lectura o cambie el sentido de la información.

Es importante señalar que cada vez que se consigne una fecha, deberá hacerse en el formato de día/mes/año y todos los valores tienen que ser en dólares. Los decimales requeridos serán especificados en las instrucciones de cada campo.



Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.