LITIGACIÓN ORAL
Y ARGUMENTACIÓN ESCUELA DEFENSORIAL
FUNDACIÓN HACIENDO ECUADOR
¿Quiénes Somos? La Fundación Haciendo Ecuador fue constituida el 25 de enero de 2010, con el Acuerdo Ministerial No. 00000005 otorgado por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES). Trabajamos en proyectos sociales y de incidencia político-ciudadana dentro de cinco ejes de acción:
Liderazgo Democracia Justicia Educación Emprendimiento
Nuestro objetivo:
Potenciar el desarrollo de la sociedad mediante la planificación de programas inclusivos, la canalización de recursos y la generación de alianzas público-privadas-internacionales que beneficien a diversos sectores de la sociedad y al fortalecimiento de la Democracia, la Transparencia y la Gobernabilidad.
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CARTILLA INFORMATIVA #1
TEMAS: 1
Generalidades del sistema adversarial, principios de Litigación Oral y Teoría del Caso.
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Alegatos de apertura y clausura examen directo y contraexamen de testigos y peritos, y objeciones.
PONENTES:
Dr. Juan Pablo Albán
Dr. Pablo Encalada Hidalgo
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Dr. Juan Pablo Albán TEMA: Generalidades del sistema adversarial, principios de Litigación Oral y Teoría del Caso.
La formación de los abogados en el Ecuador no se ha centrado en el desarrollo de destrezas de litigación oral, puesto que, el modelo procesal vigente hasta el año 2001, era un modelo escrito basado en la lógica de la ley de enjuiciamiento civil y penal española.
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LA ESTRATEGIA SUN TZU
CONOCERNOS A NOSOTROS MISMOS Conocer los hechos y la evidencia. Conocer los puntos fuertes y débiles de la hipótesis que se maneja para poder prever las respuestas ante los ataques del adversario. Conocer los intereses del cliente, hasta dónde quiere llegar y qué riesgos aceptará.
CONOCER AL ENEMIGO (CONTRAPARTE)
Conocer los puntos fuertes y débiles. Conocer las posibles respuestas. Conocer hasta dónde está dispuesto a llegar y los riesgos que puede tomar. Conocer los intereses que busca y la psicología que podría usar. CONOCER EL CAMPO DE BATALLA Si es posible elegir el escenario en el que se desarrollará el litigio. Conocer la calidad de la argumentación y la predisponibilidad, prejuicios y posturas que ha tomado la autoridad en casos similares. Conocer las particularidades del procedimiento aplicable.
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LA ESTRATEGIA JURÍDICA
Definir los objetivos específicos dependiendo de las necesidades del cliente y los recursos disponibles. Los ámbitos estratégicos dependen de la importancia del caso y se tutelen los derechos que se intenten proteger. Definir si se debe adelantar un litigio preventivo o litigio correctivo.
Analizar la viabilidad de la ejecución de la decisión adoptada. Determinar la pertinencia de desarrollar acciones paralegales para fortalecer la litis (amicus curiae). Definir un cronograma.
Detrás de las ficciones jurídicas que existen hay personas que luchan por sus derechos, y es por esta razón que se deben identificar los derechos conculcados o a proteger. Identificar las posibles vías jurídicas a emplear. Identificar los presupuestos procesales o requerimientos de prejudicialidad a cumplir. Identificar los posibles argumentos tanto en lo sustantivo como en lo procesal. Identificar posibles precedentes útiles para sustentar nuestros argumentos.
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LA TEORÍA DEL CASO El relato lógico, ordenado, claro y persuasivo que realizan las partes sobre los hechos que sustentan su pretensión. Un relato que tiene como objetivo exponer y convencer al decisor respecto de lo que sucedió en la realidad.
Ahora bien, la teoría del caso tiene dos componentes:
EL CASO: ¿Qué pasó? LA TEORÍA: cas de lo que pasó.
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•La pretensión es el objeto de controversia
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•El Petitum
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•La Causa Petendi
Estos elementos forman parte y se aplican debido a que existen hechos particulares que justifican que podamos pedir, es decir, los fundamentos de hecho; y las normas en el ordenamiento jurídico que avalan lo que se pide, es decir, los fundamentos de derecho.
Las consecuencias jurídi-
Se emplean proposiciones fácticas, es decir, afirmaciones de hecho para convencer al juez y satisfacer un elemento de la teoría jurídica planteada, traduciendo al lenguaje ordinario un elemento legal. La proposición fáctica siempre debe estar respaldada por una prueba que sustente el hecho que se está afirmando. La proposición fáctica debe ser firme para evitar que el oponente pueda usarla para crear una proposición mucho más sólida o creíble que ponga en riesgo los hechos narrados que sustentan la teoría del caso.
El razonamiento que se hace sobre los hechos a partir del ordenamiento jurídico vigente. Una promesa al órgano de decisión sobre aquello que se demostrará y cómo se demostrará.
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LA TEORÍA JURÍDICA
El razonamiento que se hace sobre los hechos del caso a partir del ordenamiento jurídico vigente y aplicable al asunto de que se trate.
Es abstracta y general.
Depende de las proposiciones fácticas que hemos planteado.vigente y aplicable al asunto de que se trate.
•La Causa Petendi
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FASES DE PRESENTACIÓN DE LA TEORÍA DEL CASO
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IDENTIFICAR EL PROBLEMA:
Credibilidad: Creíble, no fantástica.
Descripción fáctica.
Consistencia Lógica: La historia no puede tener aspectos que no compaginen en el relato, debe tener congruencia y correlación entre el relato y la hipótesis jurídica que se plantea.
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PLANTEAR LA HIPÓTESIS:
Simplicidad: Lo más simple posible.
Fuerza Persuasiva: La narración debe ser convincente y siempre conservar la teoría planteada, para demostrar la seriedad del planteamiento.
Reflexionar desde el derecho sobre cómo resolver ese problema. Existen características que debe cumplir la teoría del caso para poder establecerla de forma ade•La Causa Petendi cuada:
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TÉCNICAS PARA NARRAR LA TEORÍA DEL CASO
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Utilizar un esquema organizado por temas
Esto orientará la teoría a una conclusión concreta que se quiere demostrar. Esta técnica dará como resultado un conjunto de proposiciones que deberán ordenarse en función a la conclusión que se tenga que demostrar, así como los medios probatorios y la fuente de prueba que tratarán de demostrar la proposición respectiva.
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La cronología como técnica para visualizar los hechos y la evidencia del caso
Tendrá como resultado un gráfico que permitirá Causa Petendi involucrar de forma visual a los •La interesados sobre cómo han ocurrido los hechos en el tiempo, llegando finalmente a establecer la conclusión que se busca.
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Narración Abierta
Con una historia coherente, escoger los hechos más relevantes para sustentar la tesis planteada y desestimar los sucesos sin importancia. El producto de esta técnica será la narración de una historia que nos permitirá darle sentido, coherencia y persuasión a los distintos hechos que hemos descubierto en nuestra investigación.
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Mapa Lógico y Evidencia del Caso
Permite visualizar los hechos y la hipótesis que se maneja, llegando a la conclusión que se busca. Esta técnica servirá para visualizar si los hechos permiten demostrar, o no, la hipótesis que manejamos del caso. Esta recoge el famoso dicho de que una imagen vale más que mil palabras.
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PRINCIPIOS PARA DESARROLLAR Y EXPONER LA TEORÍA DEL CASO
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Se debe preparar la teoría del caso desde el punto de vista del juez. Escoger los temas y el elemento importante que permita insistir en los aspectos centrales de la tesis planteada. Humanizar el conflicto.
•La Causa Petendi
Enfocarse en las cuestiones controvertidas.
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Dr. Pablo Encalada Hidalgo TEMA: Alegatos de apertura, clausura, examen directo y contraexamen de testigos y peritos, y objeciones.
Para ser un buen litigante, es fundamental la comprensión de la teoría del delito. Siempre debe existir congruencia entre la teoría del derecho y las destrezas de litigación oral.
Por lo que, hay que tener un planteamiento estructurado para mostrar en el juicio, así tenemos: Teoría del caso: teoría general.
La litigación oral tenía la finalidad de que el sistema jurídico deje de abusar de la prisión preventiva, sin embargo, en la práctica sucede lo contrario.
Alegato de apertura.
Una clave en la litigación oral es comprender que la audiencia de juzgamiento es la puesta en escena de todo el trabajo previo.
Valoración de la prueba producida – Alegato de Clausura.
Todas las etapas previas se llevan a cabo con la visión a una audiencia de juzgamiento posterior, en la que se demostrará que se actuó de forma correcta.
Capacidad de hacer la presentación de la información: testigos, peritos, prueba. Control de la información.
El abogado ayuda a solucionar conflictos con otras personas, por lo que, el abogado siempre se debe plantear cuales son las probabilidades reales de resolución del conflicto.
Un buen acuerdo puede tener una gran repercusión de carácter económico. Siempre hay que buscar si existen posibilidades legales para una solución alternativa, así como también, los intereses institucionales que pueden existir en el caso y los intereses sociales para repercutir en la decisión del caso.
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TEORÍA DEL CASO Es la versión de los hechos que será sustentada por el litigante ante el tribunal de juicio; y esta versión de los hechos es una simple, lógica y persuasiva historia sobre lo que realmente sucedió desde nuestro punto de vista. Siempre se contará con una teoría del caso. El litigante puede ser el fiscal, el defensor, el abogado de libre ejercicio. La teoría del caso siempre se va a complementar con la investigación. Se debe elaborar un plan de investigación. La teoría del caso puede cambiar hasta cierto punto, dependiendo el papel que desempeña el abogado, es decir, si se encuentra en el lado de la Fiscalía podrá cambiarse hasta la formulación o reformulación de cargos, pero, si se encuentra en el lado de la defensa se podrá cambiar hasta la audiencia preparatoria de juicio, ya que en est se anuncia la prueba.
La teoría del caso siempre debe estar orientada a un hipotético juicio oral. Debe ser permanentemente revisada. Tiene que ser coherente, clara, simple, creíble, e ir de acuerdo con la tesis planteada. Debe ser única en cuanto a los hechos. Debe ser autosuficiente, que el relato debe ser comprendido por el tribunal. Tiene que ser breve por la limitación de tiempo y la capacidad de concentración de los juzgadores. Tiene que ser flexible y adaptarse al desarrollo del proceso. La teoría del caso debe permitir adoptar decisiones dentro del juicio oral y poder justificarlas. La Teoría del caso debe ser modificada siempre y cuando se disponga de las pruebas para demostrarla. Debe tener suficiencia jurídica.
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¿CÓMO CONSTRUIR LA TEORÍA DEL CASO? No hay nada más importante en la preparación de un caso, que el estudio del mismo; el conocimiento de los hechos es más importante que el conocimiento de cualquier teoría jurídica.
Estudio del caso: conocimiento total de los hechos. Relato de los hechos. Determinar los tres aspectos fundamentales dentro de la teoría del caso: Fáctico, Jurídico y Probatorio. Proposiciones fácticas. Determinación de la teoría jurídica aplicable a través de las proposiciones jurídicas que justifiquen la situación y por lo tanto permitan verificar los hechos. Definir cómo tratar cada una de las proposiciones fácticas a través de los medios probatorios, ya que esto es lo fundamental para poder correlacionar la teoría del caso planteada, así como los hechos y las proposiciones jurídicas empleadas para lograr una buena resolución del caso. Identificar las debilidades en todo momento, lo que permitirá justificar de manera adecuada y relevante los argumentos que la contraparte quiera usar en nuestra contra.
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ACTUACIÓN EN AUDIENCIA DE JUICIO ALEGATO DE APERTURA Versión de los hechos, proposiciones fácticas, anticipación de debilidades. Debe captar la atención del tribunal a través de hechos clave, que indican la dirección en la que va dirigida la audiencia, pero sin intentar probar nada en la primera intervención. La modestia es muy importante para mantener la credibilidad.
La duración debe ser de entre 2 a 5 minutos, ya que, si demora más tiempo tiende a tornarse aburrida y perder la atención del tribunal. Nunca prometer más allá de lo que podemos probar, caso contrario se provocará una desilusión del tribunal, porque aún no se ha presentado la prueba.
Será la primera intervención que dispone el litigante para probar su teoría del caso. Debe contener una introducción que incluya las partes en conflicto, la presentación del abogado, una breve descripción de los hechos y el titular del caso de forma que capte la atención. Puede ser relevante pero no obligatorio, que el alegato de apertura inicie con una frase. El trabajo previo es fundamental para poder sustentar el alegato de apertura.
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ACTUACIÓN EN AUDIENCIA DE JUICIO PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN Producción de la prueba por cada una de las partes. Siempre debe existir una prueba eje, que es la que pueda dar soporte a todo el caso. Dar un orden a las pruebas que se van a presentar, con la finalidad de dar valor a la información. Demostrar todas las proposiciones fácticas, a través de las pruebas periciales, testimoniales y documentales.
Nunca hay que cambiar la verdad, pero se la debe adaptar de la forma correcta a nuestra teoría del caso para que tenga relevancia al momento de presentarla a través del testigo. Es importante que el litigante guíe el desarrollo del testimonio. Realizar el control de la información. Identificar los puntos débiles en todo momento.
Clasificar nuestra información en bloques, para poder empezar con las pruebas relevantes de manera que capten la atención del tribunal desde el inicio y toda la recopilación de datos que se logre sea relevante para la resolución del caso. En el caso del testigo, éste debe familiarizarse previamente con el caso, procurar anticipar qué tipo de preguntas le pueden realizar, respaldarlo en todo momento y brindarle la confianza suficiente para que se sienta seguro de su participación.
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ACTUACIÓN EN AUDIENCIA DE JUICIO ALEGATO DE CLAUSURA Valoración de la información. Debe ser pensado y elaborado como un borrador de la sentencia, ya que debe demostrar que las pruebas han sido suficientes para probar todas las proposiciones fácticas y los alegatos de la contraparte. No convertirlo en un alegato de apertura. No convertirlo en una clase magistral, la discusión jurídica se la puede usar siempre y cuando exista un punto de derecho que sea controvertido. No intentar que el tribunal asuma una posición determinada sin presentar los elementos necesarios. No confrontar personalmente. No hacer relación nunca al expedito. Dependiendo de las circunstancias pueden tomar un tiempo de 15 minutos en adelante.
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CÓMO ELABORAR UN ALEGATO DE CLAUSURA
1. TÍTULO 2. RELATAR LA AUDIENCIA, CLASIFICANDO LAS ACCIONES SUSCITADAS
3. CUÁLES FUERON LAS PROPOSICIONES FÁCTICAS Y CUÁLES FUERON LAS PRUEBAS QUE LAS DEMUESTRAN
4. DEMOSTRAR CÓMO LA CONTRAPARTE NO PUDO SUSTENTAR SU ARGUMENTO
ORGANIZ
5. CÓMO LOS HECHOS ENCAJAN EN LA TEORÍA JURÍDICA PLANTEADA
6. MANIFESTAR CLARAMENTE LA PRETENSIÓN
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CARTILLA
INFORMATIVA #1 ORGANIZADO POR:
CON EL AVAL
plataforma POR el acceso a la justicia TUTELA JUDICIAL EFECTIVA
R:
plataforma POR el acceso a la justicia
TUTELA JUDICIAL EFECTIVA
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CON EL APOYO DE: