DECRETO de Derechos y Deberes del Televidente (Año 2005) Por el cual se expiden normas sobre los derechos y deberes que protegen al televidente. Derechos: 1) el televidente tiene derecho a una televisión que dedique tiempo no tan solo a la parte comercial sino a la parte cultural, por ende los diferentes medios de televisión dedicaran una tercera parte de su programación a la difusión de los ritmos autóctonos de la región geográfica natural en donde residen (ver anexo sobre ritmos musicales autóctonos por región geográfica natural) 2)la televisión debe ser un medio para propagar sin parcialismos la información, en donde no se podrá hablar a favor ni en contra de nada ni nadie en lo absoluto, el televidente solo recibirá la información y es el televidente quien debe elegir sin presiones indebidas por parte de los publicistas del medio en cuestión. 3) la programación de televisión debe ser enteramente familiar o apta para todo publico las 24 horas del día, se prohibirán programas donde la actividad sexual o la insinuación de la misma así sea en videos musicales, quedara enteramente prohibida, pues se considera que la programación de TV es de índole recreativo y por ende debe recrear al publico en general durante el horario en que este transmitiendo, y no dedicarse a crear tensiones en torno a su adecuadibilidad 4) las novelas y programas de entretención deben ser de índole constructiva, se prohibirán novelas y programas en general en que los hechos de la misma hagan apología del dolor ajeno, burla de la integridad de las personas o justificación de actos hirientes, pues el televidente tiene derecho a que la programación le ayude a reafirmar sus valores personales, familiares y regionales y no que la misma se dedique a aculturizarlo sin respetar sus preceptos propios y su derecho a poseerlos. 5) el televidente debe ser atendido en todos sus reclamos por la CNT cuando sienta vulnerados sus derechos a la sana televisión, y la CNT debe entender el punto de vista del televidente, no la interpretación legal o personal que la CNT pueda darle a los términos del televidente, pues el televidente tiene derecho a no ser inquietado ni molestado en su persona por sus posturas ideológicas, sino que mas bien tiene derecho a ser bien entendido por los miembro de la CNT. 6) el televidente también tiene derecho a no ser aculturizado ni tan siquiera por la CNT por ende las propagandas de la CNT deben ser mas respetuosas con la forma de pensar de la gente y menos burletera con las distitintas formas de opinión existentes en el país, por que el televidente tiene derecho a diferir en forma de pensar con la CNT y a no ser molestado por opinar distinto a ella. 7) la CNT en logar de sus acostumbradas propagandas usara esos recursos para que ,actores y productores que aun no son famosos en su ámbito de desenvolvimiento o que no tienen dinero para hacer sus propias producciones lo puedan hacer, por que es un derecho del televidente el ver programación con producciones nacionales
8) los canales de TV deberán dedicar otra tercera parte de sus programación a transmitir programas hechos en Colombia por productores nacionales y en especial en este espacio se le debe dar cabida a los productores menos conocidos y menos famosos: por que el televidente tiene derecho a ver programación con producciones nacionales y de creativos recientes. 9) tanto las programadoras ,productoras y CNT deben revisar la calidad de las obras a conciencia, y evitar yerros que vayan en contra del presente estatuto que es el parámetro y norma que defiende al televidente.por que el televidente tiene derecho a que no se le muestren obras que sean repetidoras de capítulos o contrarias a la sana moral social y cultural 10) el televidente puede demandar a un canal sin tener que pagar gastos de abogado, solo con su presencia ante la autoridad competente, si que esta le ponga en duda ni lo inhabilite por hacerlo, pues todos tenemos derecho a exigir a los canales de TV y productores mas respeto a nuestros derechos 11) entre la programación de novelas deberá volverse a producir novelas regionales ( en todos los canales) y programas de humor al estilo o parecidos a don chinche, don camilo, y dejemosnos de vainas ( no tienen que ser exactamente estos pero si por el mismo corte de estos) se debe prohibir que en los programas de humor , exista burla a los sanos valores:morales,sexuales,sentimentales y musicales, por que es una falta de respeto para con el televidente el que tales cosas se hagan y por que además el televidente tiene derecho a la paz y que no se fomente contra el violencia indebida . 12) el televidente tiene derecho a estar informado por ende los canales de TV deben tener varios noticieros en el día y los mismos deben ser con distintos productores, presentadores y corresponsales pues si fueren los mismos de la(s) edición(es) anterior(es) se podría presentar parcialidad y repetitivismo, y los noticieros deben traernos información actualizada, lo que paso hace poco no lo que paso hace 12 horas atrás. 13) los televidentes tenemos derecho a la imparcialidad y desenvolvimiento de la noticia por ende tenemos derecho a:
a la participación en el
a) que si no estamos de acuerdo con lo que alguien dijo en una noticia bien sobre nosotros como televidentes o ciudadanos o bien sobre las circunstancias que nos rodean, que el noticiero televisivo nos entreviste en igualdad de circunstancia con el entrevistado que motiva la respuesta ciudadana sea que el entrevistado sea un alto funcionario o un clérigo o hasta el mismo presidente de estados unidos, pero que no se nos impida nuestro derecho a la libertad de expresión “por que el derecho a la libertad de información no es tan solo recibirla sino a generarla” y por que no también a controvertirla todas las veces que se haga necesario. b) el entrevistador así aun no lo hayan controvertido deberá buscar siempre que haga una entrevista al posible opositor ideológico de su entrevistado para que así se genere mas posibilidades de libre elección y entendimiento por parte del publico en general. c) los noticieros de TV deben crear una línea para recibir opiniones en público en torno a las noticias del día
vivo del
d) los noticieros deberán preguntar a los entrevistados sobre cosas que hayan oído que opina la gente, pues el publico televidente tiene derecho a saber que opinan y a controvertir a todo entrevistado e inclusive a funcionaros aun no entrevistado en torno a determinados temas. e) los noticieros no deben dedicarse a ensalzar a los personajes, no deben decir por lo tanto “ya llego o esta con nosotros el máximo….” “ya llego o esta con nosotros el inigualable…..” Sino que el periodista debe decir: “contamos hoy con la presencia. O ya llego… y cuéntenos quien es usted…..” por que así sea muy conocido para unos quizás para otros no lo sea y además las personas tenemos derecho a que no se haga ver a determinado alguien o algo como superior al publico televidente que lo está mirando. f) el noticiero no podrá parecer un ente certificador de la reputación e idoneidad de la gente por ende las noticias no podrán decir “ el delincuente” “ el infractor” sino que dirá “ al acusa se le imputa por parte de…. el delito de:” esto con finalidad de salvar la reputación de la persona en caso de que después de mucho tiempo resultare no ser cierto , por que los televidentes tenemos derecho a que no se nos diga que es cierto lo que aun no esta comprobado y recomprobado.
DEBERES: 1) hacer cumplir el presente estatuto 2) cumplir y respetar el presente estatuto