Una característica de la Sociedad Anónima consiste en el mecanismo de división de poderes entre los diferentes órganos sociales, con la finalidad común de administrar de manera eficiente el negocio social. La Ley General de Sociedades establece que la Sociedad Anónima contará con los siguientes órganos sociales:
Administración de la Sociedad, Órganos Sociales