Anal de la PUJ 39

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39 Año: 2017


ACUERDO Nº 627 (Orden Universidad Javeriana para el Profesor Hernando Yepes Arcila)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que “al crear la Orden Universidad Javeriana, la Universidad consideró, por una parte, la necesidad de fomentar con nobles estímulos el espíritu de servicio y adhesión a la Universidad, y exteriorizar en forma perdurable la gratitud y el aprecio de la Universidad para con sus bienhechores y amigos”, según lo recuerda el texto del Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones; 2. Que mediante comunicación del 29 de enero de 2016, el Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Doctor Julio Andrés Sampedro Arrubla, presentó a consideración del Rector de la Universidad, la solicitud aprobada por el Consejo de Facultad, para que se otorgara la Orden Universidad Javeriana al Profesor Hernando Yepes Arcila, Abogado de la Universidad de Caldas, quien se vinculó a nuestra Universidad como catedrático de Derecho Constitucional General y Colombiano en 1992, fue Director del Departamento de Derecho Público desde 2002, Miembro del Consejo de Regentes desde 2011, y terminó recientemente una fecunda y muy ponderada labor académica en la Javeriana, demostrando en todo momento su lealtad y aprecio a la institución; 3. Que su vida en las aulas universitarias se remonta al año 1974 cuando asumió la cátedra de Historia de las Ideas Políticas en la Universidad de Caldas, siendo posteriormente el de Profesor en la Universidad Cooperativa de Manizales y el Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, alcanzando un prestigioso renombre que ha trascendido las fronteras del mundo académico colombiano; 4. Que el profesor Yepes Arcila se ha destacado como genuino servidor público en las diversas funciones que ha desempeñado: Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Superior de la Judicatura, organismo del cual fue su primer Presidente; Conjuez del Consejo de Estado, Miembro de la Asamblea Nacional Constituyente; Ministro de Trabajo y de Seguridad Social; Consejero de la Embajada de Colombia ante el Gobierno Italiano; Gerente de la Central Hidroeléctrica de Caldas, Gerente de

la Industria Licorera de Caldas; Jefe de la Unidad Regional Caldas, Quindío y Risaralda de la Escuela Superior de Administración Pública – ESAP; Secretario General de la Gobernación del Departamento de Caldas y Secretario General de la Universidad de Caldas; 5. Que de igual forma, ha prestado importantes servicios en el sector privado en los diversos cargos que ha ocupado: Director Jurídico de la Federación Nacional de Cafeteros y Subgerente de la Sucursal Manizales del Banco de Colombia; miembro de las Juntas Directivas y Comités de Asesorías en el Grupo de Inversiones Suramericana S.A., Inversura S.A., Jabonerías Hada, Cementos Caldas S.A., FEN - Financiera Eléctrica Nacional S.A., ISA – Interconexión Eléctrica S.A. y Festival Latinoamericano de Teatro; 6. Que es deber de la Universidad expresar su gratitud a las personas que han prestado una significativa contribución a su desarrollo, distinguiéndose por su amor a la Javeriana, su compromiso y dedicación a ella; 7. Que el Consejo Directivo Universitario, en sesión que tuvo lugar el 3 de febrero de 2016, acta No. 851, consideró la mencionada solicitud, sometida a su consideración por el Rector, y la aprobó en virtud de lo establecido en el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Admitir al Profesor Hernando Yepes Arcila, con el grado de Comendador, en la Orden Universidad Javeriana, “comunidad de honor de personas galardonadas por méritos extraordinarios que se relacionan con la vida y progreso de la Pontificia Universidad Javeriana”. ARTÍCULO SEGUNDO – Exaltar la figura del profesor Yepes Arcila, eximio jurista, ciudadano ejemplar y prominente hombre de universidad, que se ha distinguido por sus talentos y virtudes personales; al mismo tiempo que reconocer con gratitud, de manera especial, la encomiable labor realizada en nuestra Universidad. ARTÍCULO TERCERO – El Rector de la Universidad, Gran Maestre de la Orden, hará imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en ceremonia solemne convocada especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 14 días del mes de julio de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

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ACUERDO Nº 628

de Valencia – Venezuela, Mons. Reinaldo del Prette Lissot, y por el Consejo de la Facultad de Teología.

(Aprobación de la renovación de la Afiliación del Seminario Mayor de “Nuestra Señora del Socorro” de Valencia - Venezuela, a los estudios eclesiásticos de Teología de la Facultad de Teología)

ARTÍCULO SEGUNDO – El Rector de la Universidad adelantará las gestiones para el envío al

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

Gran Canciller, por medio del Vice-Gran Canciller, de los documentos necesarios para presentar a la Congregación para la Educación Católica la solicitud de la mencionada renovación de la afiliación.

CONSIDERANDO: 1. Que el Señor Arzobispo de Valencia – Venezuela, Mons. Reinaldo del Prette Lissot, en carta del 19 de febrero de 2016, (Prot. No. 28/II/16), solicitó a la Pontificia Universidad Javeriana que se adelantaran las gestiones necesarias para la renovación de la afiliación del Seminario Mayor de “Nuestra Señora del Socorro” de Valencia - Venezuela, a los estudios eclesiásticos de Teología de la Facultad de Teología de la Universidad.

Dado en Bogotá, D.C., el 18 de julio de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

2. Que el profesor ordinario y ex decano de la Facultad de Teología, P. Hermann Rodríguez Osorio, S.J., realizó una visita para la renovación de la afiliación del Seminario Mayor de “Nuestra Señora del Socorro” de Valencia - Venezuela, y en ella constató la calidad de los procesos académicos, que se cumplen los criterios solicitados por la Congregación para la Educación Católica y se pueden constatar las condiciones que garantizan un alto nivel académico, como es exigido para el Bachillerato Eclesiástico. 3. Que el Consejo de la Facultad de Teología, en su sesión del 20 de abril de 2016, Acta No. 04/16, estudió y aprobó por consenso unánime la solicitud de la mencionada renovación de afiliación. 4. Que en la sesión del 1 de junio de 2016, Acta No. 854, se presentó al Consejo Directivo Universitario el estudio de la solicitud de la renovación de la afiliación del Seminario Mayor de “Nuestra Señora del Socorro” de Valencia - Venezuela, a los estudios eclesiásticos de Teología de la Facultad de Teología. 5. Que es función del Consejo Directivo Universitario: “Decidir sobre extensiones” (Est. 116, h). ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Aprobar la renovación de la afiliación del Seminario Mayor de “Nuestra Señora del Socorro” de Valencia - Venezuela, a los estudios eclesiásticos de Teología de la Facultad de Teología, para un nuevo quinquenio, como fue solicitado por el Señor Arzobispo

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ACUERDO Nº 629

ACUERDA:

(Creación de Programas Académicos: Especialización en Cirugía de Mano y Miembro Superior; Especialización en Neonatología; Maestría en Matemáticas. Cambio en la denominación de Programa Académico: Maestría en Estudios Latinoamericanos. Supresión de Programas Académicos: Licenciatura en Educación Básica con Énfasis en Humanidades y Lengua Castellana; Especialización en Bioquímica Clínica)

ARTÍCULO PRIMERO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la creación de los siguientes programas académicos y el otorgamiento de los correspondientes títulos:

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO:

1. Que la Facultad de Medicina ha preparado los proyectos de los programas de Especialización en Cirugía de Mano y Miembro Superior, y de Especialización en Neonatología; 2. Que la Facultad de Ciencias ha preparado el proyecto de Maestría en Matemáticas; 3. Que la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales ha preparado el proyecto de cambio en la denominación del Programa de Maestría en Estudios Latinoamericanos por el de Maestría en Estudios Contemporáneos de América Latina; 4. Que la Facultad de Educación solicitó la supresión del programa de Licenciatura en Educación Básica con Énfasis en Humanidades y Lengua Castellana; 5. Que la Facultad de Ciencias solicitó la supresión del programa de Especialización en Bioquímica Clínica; 6. Que estas propuestas, después de haber recibido la aprobación correspondiente en los respectivos Consejos de Facultad y en el Consejo Académico, fueron presentados en la reunión del 22 de junio de 2016 (Acta 855) de este Consejo, cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos de la Universidad; 7. Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo Universitario “Para la Sede Central de la Universidad aprobar… los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, decidir sobre extensiones y otros programas que el mismo Consejo Directivo Universitario determine”,

Especialización en Cirugía de Mano y Miembro Superior, la cual queda adscrita a la Facultad de Medicina, y otorgará el título de Especialista en Cirugía de Mano y Miembro Superior.

Especialización en Neonatología, la cual queda adscrita a la Facultad de Medicina, y otorgará el título de Especialista en Neonatología.

Maestría en Matemáticas, la cual queda adscrita a la Facultad de Ciencias, y otorgará el título de Magister o Magistra en Matemáticas.

ARTÍCULO SEGUNDO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, el cambio de denominación del Programa de Maestría en Estudios Latinoamericanos por el de Maestría en Estudios Contemporáneos de América Latina, programa que continuará adscrito a la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, y que otorgará el título de Magister o Magistra en Estudios Contemporáneos de América Latina. ARTÍCULO TERCERO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la supresión de los siguientes programas académicos: •

Licenciatura en Educación Básica con Énfasis en Humanidades y Lengua Castellana.

Especialización en Bioquímica Clínica.

ARTÍCULO CUARTO – El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios para obtener los Registros Calificados de estos programas y los ajustes al mismo, así como su inclusión en el SNIES, según corresponda. Dado en Bogotá, D.C., el 18 de julio de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

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y operación de la Universidad para el beneficio de las actuales y futuras generaciones a perpetuidad, mediante una apropiada diversificación de activos y un perfil de riesgo moderado buscando siempre la maximización de la relación riesgo – retorno.

ACUERDO Nº 630 (Política de inversión del fondo patrimonial)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

Rentabilidad: El Fondo Patrimonial se estructura con el objetivo de obtener una rentabilidad de IPC+4% E.A. en pesos, tasa que permita preservar el valor real del patrimonio y cumplir con la tasa de gasto planeada a perpetuidad.

Horizonte: El Fondo Patrimonial se estructura a perpetuidad teniendo en cuenta que su objetivo es proveer recursos presupuestales para la operación de la Universidad. El desempeño se evaluará en periodos acumulados de 10 años.

CONSIDERANDO: 1º. Que la Vicerrectoría Administrativa ha revisado la política de inversiones financieras vigente en la Universidad, en su Sede Central, y ha propuesto su actualización a partir de buenas prácticas nacionales e internacionales en la materia, así como también su consolidación como política de inversión del fondo patrimonial de la Universidad. 2º. Que el texto propuesto por la Vicerrectoría Administrativa fue considerado y aprobado por este Consejo, en su sesión del 1 de junio de 2016, según consta en el acta 854.

• Riesgo: Perfil moderado de acuerdo con el horizonte de inversión de largo plazo, las bajas necesidades de liquidez y la baja dependencia del presupuesto operacional con respecto a las distribuciones del Fondo Patrimonial.

3º. Que de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Universidad en el numeral 116, literales a) y b), es función del Consejo Directivo Universitario “Adoptar,…, las políticas generales de la Universidad…” y “fijar políticas generales relacionadas con la planeación, organización, dirección y control de las actividades de la Universidad.”

• Liquidez: Los requerimientos de liquidez son mínimos, teniendo en cuenta que el Fondo Patrimonial se estructura con el propósito exclusivo de soportar la operación de la Universidad de acuerdo con la tasa de gasto establecida. •

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Adoptar para la Sede Central de la Universidad, la siguiente Política de inversión del fondo patrimonial: 1. INTRODUCCIÓN

El propósito de este documento es establecer las normas y lineamientos generales que guíen a los responsables de la gestión del Fondo Patrimonial, para lograr generar resultados consistentes y sostenibles en el largo plazo que soporten los objetivos de Docencia, Investigación y Servicio como procesos misionales de la Pontificia Universidad Javeriana.

El Fondo Patrimonial se conforma a partir de los recursos que compromete la Universidad y de las donaciones recibidas de terceros.

2. OBJETIVO DE INVERSIÓN

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El Fondo Patrimonial se estructura con el objetivo de generar ingresos y obtener una rentabilidad del patrimonio en el largo plazo evaluado para periodos acumulados de 10 años, que soporte la misión

Condiciones especiales: Responsabilidad Social, en la estrategia de inversión y en general, en todas las decisiones de inversión, se contemplará la elección de activos y compañías con impacto social o ambiental positivo y buenas prácticas de gobierno corporativo, al tiempo que se limita en lo posible, las inversiones en sectores nocivos para la sociedad o el medio ambiente.

La Pontificia Universidad Javeriana es una institución de educación superior Jesuita y Católica que en la gestión de las inversiones refleja los principios éticos, sociales y morales inherentes a su misión y tradición. En particular se encuentra firmemente comprometida con la promoción de la dignidad del individuo, la libertad y la justicia.

En el caso en que la liquidez operacional no fuera suficiente para cubrir los requerimientos operativos e inversiones en activos fijos de la Universidad, el Rector será el responsable de aprobar un aporte del Fondo Patrimonial, específicamente de los recursos que no provengan de donaciones, previo concepto emitido por el Vicerrector Administrativo. El aporte será transitorio o temporal y reconocerá una tasa de interés al Fondo Patrimonial equivalente al IPC + 4%.

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El objetivo de inversión debe estar presente para la toma de cada una de las decisiones de inversión. 3. COMITÉS Como apoyo para administrar, supervisar y controlar prudentemente el portafolio de inversiones financieras de la Universidad, se cuenta con el apoyo del Comité de Estrategia y el Comité Operativo. Comité

Objetivo

Apoyar la administración prudente del Fondo Estrategia Patrimonial de la Universidad.

Funciones

Integrantes

Aprobar el Asset Allocation del Fondo Patrimonial para el siguiente periodo. Proponer modificaciones a la Política de Inversión del Fondo Patrimonial. Evaluar el impacto de eventos de mercado en el desempeño del Fondo Patrimonial. Discutir sobre nuevas oportunidades de inversión que encajen en la Política de Inversión del Fondo Patrimonial. Debatir sobre los efectos de cambios regulatorios y de normatividad, aplicables a los mercados y con impacto en el Fondo Patrimonial. Definir las medidas de desempeño y los parámetros de medición del Fondo Patrimonial, y cada clase de activo (Benchmark) que lo compone. Aprobar en términos globales los cupos de emisor y contraparte. Efectuar modificaciones sobre los lineamientos de riesgo establecidos en la Política de inversión (ej. Máxima exposición por clase de activo, clase de activos admisibles, y en general todas las restricciones de inversión). Determinar el nivel de apalancamiento, cuando se considere conveniente. Revisar y definir el rango de duración adecuado para el Fondo Patrimonial.

Rector (Preside) Vicerrector Administrativo Vicerrector Administrativo y Financiero Seccional Cali Asesor Vicerrectoría Administrativa Decano Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas Director Financiero Jefe de Inversiones y Tesorería Representante de la Compañía de Jesús Representante Seccional Cali Asesor Externo 1 Asesor Externo 2 Asesor Externo 3 Administrador de Portafolio Analista de Inversiones

Nombramientos

Periodicidad

El Rector es el responsable de nombrar a los asesores externos, previa propuesta Cada 4 Meses del Vicerrector Administrativo de la Sede Central y de la Seccional Cali.

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Comité

Objetivo

Funciones

Efectuar el seguimiento a la ejecución de la estrategia de inversión, aprobada por el Comité de Estrategia. Revisar y aprobar las operaciones semanales. Analizar y decidir sobre oportunidades puntuales de inversión. Estudiar situaciones especiales de mercado, tanto local como global. Evaluar riesgos particulares del proceso de inversiones. Revisar los resultados mensuales de desempeño del Realizar Fondo Patrimonial. seguimiento al Evaluar y recomendar los cumplimiento potenciales Asesores Externos del portafolio para el Comité de Estrategia. Operativo estratégico y Evaluar el Due DIligence de táctico aprobado los diferentes productos de por el Comité de inversión, así como de los Estrategia. gestores o administradores de los mismos. Gestionar las coberturas cambiarias basados en el Portafolio Estratégico y Táctico. Gestionar el nivel de apalancamiento, cuando éste sea definido por el Comité de Estrategia. Monitorear y controlar la duración del Fondo Patrimonial. Decidir el vehículo de inversión, así como el gestor, cuando se trate de mandatos de administración delegada.

4. ASIGNACIÓN DE ACTIVOS (ASSET ALLOCATION) El Fondo Patrimonial se estructura mediante una combinación de teoría académica y visión informada sobre los mercados. Utiliza técnicas estadísticas para contemplar retornos esperados, varianzas y covarianzas y establecer una frontera óptima de inversión ajustada por riesgo. No obstante, las consideraciones cualitativas juegan un papel fundamental en las decisiones de inversión, dado que los supuestos de los modelos cuantitativos son variables y no incorporan factores como iliquidez o eventos de muy baja probabilidad. La responsabilidad de definir la asignación de activos para el Fondo Patrimonial es del Comité de Estrategia, previa presentación de propuesta por parte del Comité

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Integrantes

Nombramientos

Vicerrector Administrativo (Preside) Director Financiero Asesor Vicerrectoría NA Administrativa Jefe de Inversiones y Tesorería Administrador de Portafolio Analista de Inversiones

Periodicidad

Semanal

Operativo; para lo cual se utilizará el Formato Asset Allocation. 5. CONSIDERACIONES DE INVERSIÓN Las decisiones de inversión son soportadas por los siguientes Principios Básicos de Inversión y Factores externos a tener en cuenta al momento de seleccionar y gestionar un activo: Principios Básicos de Inversión a) Diversificación como método para reducir el riesgo. b) Relación riesgo/retorno total (apreciación y flujo de caja) de la inversión, teniendo en cuenta los costos transaccionales.

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c) En caso de no contar con la experiencia o los conocimientos requeridos es necesario delegar a un gestor externo.

d. Alternativos

Incluye pero no limita, fondos de cobertura (hedge funds), incluyendo pero no limitando, estrategias long/short equity, credit, event-driven, macro, CTA’s y fund of funds, fondos de capital privado (private equity), fondos de capital en riesgo (venture capital), activos reales (real assets), incluyendo pero no limitando a los fondos inmobiliarios, infraestructura, petróleo, gas y energía, situaciones especiales de oportunidades de inversión y estrategias similares.

e. Monedas

Incluye cualquiera de las clases de activos relacionados en los numerales anteriores (de 7.1 a 7.4) que se encuentre denominado o tenga exposición a monedas distintas al peso colombiano.

Factores externos a) Condiciones económicas. b) Efectos de inflación y deflación. c) Impacto tributario en las decisiones de inversión. d) Inversiones de la Universidad diferentes a los activos del Fondo Patrimonial. La aprobación de las inversiones se rige por la Matriz de Atribuciones por Cuantía del Manual de Normas y Lineamientos Generales de Contratación (LE-P11-MN01). 6. CLASES DE ACTIVOS (ASSET CLASSES)

a. Renta Variable

f. Instrumentos derivados

Incluye pero no limita, acciones registradas en el RNVE (media y alta liquidez), certificados de depósitos negociables representativos de dichas acciones (ADR’s y GDR’s), ETF’s (por sus siglas en inglés Exchange Traded Funds), fondos de inversión con gestión activa, participación en carteras colectivas abiertas, cerradas o escalonadas, portafolios administrados por terceros incluyendo “Separate Managed Accounts (SMA)” por sus siglas en inglés, bonos convertibles en acciones y otras inversiones o vehículos que inviertan en acciones o se correlacionen con su rendimiento.

Incluye pero no limita, forwards, futuros, opciones, swaps sobre activos subyacentes de acciones, índices, bonos, tasas de interés, monedas o commodities. Esta clase activos puede utilizarse como mecanismos de implementación de las estrategias de inversión o como instrumentos de cobertura.

b. Renta Fija

Incluye pero no limita, títulos de deuda pública interna y externa, emitidos o garantizados por gobiernos o bancos centrales, títulos de deuda pública emitidos por entidades estatales no garantizados por la Nación, bonos corporativos, bonos y títulos hipotecarios, títulos derivados de procesos de titularización, títulos de deuda emitidos, avalados o garantizados por organismos multilaterales de crédito, participación en carteras colectivas abiertas, cerradas o escalonadas, ETF’s, fondos, “Separate Managed Accounts (SMA)” por sus siglas en inglés y otras inversiones o vehículos que inviertan o se correlacionen con el rendimiento de este tipo de títulos.

c. Liquidez o equivalentes

Incluye pero no limita, CDT’s, Time Deposit, bonos grado de inversión con vencimiento a menos de 6 meses, cuentas de ahorro, carteras colectivas, repos, simultaneas, TTV’s y otros instrumentos equivalentes.

7. LINEAMIENTOS DE INVERSIÓN

a. Requisitos de Calificación

Las inversiones en activos emitidos por entidades nacionales, solo pueden realizarse cuando el emisor o la emisión estén calificadas por sociedades calificadoras de valores autorizadas por la Superintendencia Financiera Colombiana y cuenten con una calificación mínima equivalente a AA-. Este requisito no será aplicable a la participación en fondos de capital privado.

En caso de emisiones colocadas en el exterior, serán admisibles cuando cuenten con una calificación no inferior a grado de inversión, asignada por una sociedad calificadora reconocida internacionalmente. En el evento en que para la emisión haya más de una calificación, se debe tener en cuenta la de mayor riesgo.

Se permitirá la inversión en títulos con una calificación por debajo de grado de inversión, únicamente a través de vehículos especializados (delegados) y que no supere el 2% del Fondo Patrimonial total.

Para el caso de emisores colombianos con emisiones internacionales, primará la calificación local.

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b. Evaluación de Gestores externos

La evaluación de gestores externos se realizará a través del Formato Global Investment Manager Analysis, donde se evaluará la estrategia, el equipo profesional involucrado, los activos bajo administración, track record, límites y lineamientos de inversión, entre otros.

• f.

c. Requisitos para vehículos delegados de inversión a) La sociedad administradora y el fondo deben ser aprobados y supervisados y/o vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC). Este requisito aplica únicamente para Colombia. b) El equipo de inversión (o Gestor), debe acreditar un mínimo de (USD 100 millones o su equivalente en otras monedas) en activos administrados de forma discrecional y un mínimo de cinco (5) años de operación en la administración de dicho tipo de activos. c) En el caso de fondos de inversión, se deberá verificar al momento de la inversión que el fondo cuente por lo menos con diez (10) aportantes o adherentes y un monto mínimo de USD 10 millones en activos.

Portafolio Estratégico

Renta Fija

70%

Renta Variable

30%

No podrá adquirirse más del cinco por ciento (5%) de cualquier emisión de títulos en serie o en masa, incluyendo los títulos provenientes de procesos de titularización.

Éste límite no aplica a las inversiones en Certificados de Depósito a Término (CDT) y de Ahorro a Término (CDAT) emitidos por establecimientos de crédito.

Límite de Concentración por Propiedad Accionaria

Dentro del Fondo Patrimonial sólo se puede invertir en acciones o bonos obligatoriamente convertibles en acciones (BOCEAS) de una sociedad hasta el cinco por ciento (5%) de las acciones y hasta el cinco por ciento (5%) de los bonos obligatoriamente convertibles en acciones (BOCEAS) en circulación.

h. Límites de exposición cambiaria

La suma de inversiones en moneda extranjera que se puede tener sin cobertura no podrá exceder el quince por ciento (15%) del valor total del Fondo Patrimonial de la Universidad. La gestión de coberturas la desarrollará el Comité Operativo de Inversiones basado en el portafolio estratégico y el portafolio táctico definidos por el Comité de Estrategia. Para dicha gestión se pueden utilizar los instrumentos derivados mencionados en el numeral 7.6 o créditos denominados en la moneda a cubrir.

Si el valor de los instrumentos derivados de venta de moneda extranjera supera el valor del portafolio en moneda extranjera, este valor neto no podrá exceder el 5% del valor total del Fondo Patrimonial.

El portafolio estratégico de inversión por clase de activo busca garantizar una adecuada diversificación del Fondo Patrimonial y es definido por el Comité de Estrategia. Los parámetros generales son: Clase de activo

Límites Máximos de Inversión por Emisión

g.

d. Parámetros Globales de Inversión

Los depósitos a la vista, que computan con el cincuenta por ciento (50%) de su valor.

e. Límites Individuales de Inversión por Emisor

i. Apalancamiento

La suma de las inversiones en los activos admisibles está sujeta a un límite del veinte por ciento (20%) del valor del Fondo Patrimonial en títulos emitidos por un mismo emisor, incluidas sus filiales y subsidiarias, su matriz y las filiales y subsidiarias de esta. Lo anterior no aplica para títulos emitidos por la Nación o el Banco de la República.

Este límite individual también tendrá en cuenta:

j. Duración

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Para la contraparte por las exposiciones netas en operaciones de reporto o repo, simultaneas y de transferencia temporal de valores (posición activa- posición pasiva).

La Universidad podrá celebrar con los activos del Fondo Patrimonial operaciones reporto pasivo, operaciones simultáneas pasivas, cualquier operación de transferencia temporal de valores o cualquier tipo de operación pasiva en una cuantía no superior al veinte por ciento (20%) del valor del Fondo, para atender requerimientos de liquidez u oportunidades de mercado.

El rango es definido por el Comité de Estrategia (entre 2.5 – 5.5), y controlado por el Comité Operativo teniendo en cuenta el ciclo económico.

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k. Límite por posición

Con excepción de posiciones en renta fija garantizados por el gobierno colombiano o por gobiernos de países desarrollados, una posición en un activo no debe representar más del 5% del Fondo Patrimonial total.

8. EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL FONDO PATRIMONIAL

a. Benchmark

El Equipo de Inversiones deberá presentar al Comité de Estrategia en sus reuniones, la composición y el desempeño del Fondo Patrimonial de la Universidad, con respecto al portafolio modelo definido. El Benchmark está conformado de la siguiente forma: Clase de activo

Renta Fija

Renta Variable

Deuda soberana local

COLTES

Deuda Corporativa global (Concentración local)

Fondo Pensiones Voluntarias Old Mutual Conservador

50%

Local

COLCAP

5% 25%

Internacional

MSCI-All country world

Exposición Cambiaria (USD)

9. INFORMES Y COMUNICACIONES CON LOS ADMINISTRADORES DE INVERSIÓN

a. Reportes

El equipo de inversiones es el responsable de la comunicación con los administradores de inversión, quienes a su vez son responsables de trasmitir la información relevante al Comité Operativo de Inversiones.

Reportes periódicos

Se debe contar con reportes con la mayor frecuencia disponible y deben contener como mínimo la siguiente información:

Portafolio Estratégico

Índice

20%

-

Desempeño individual, frente a pares y frente al benchmark.

-

Características del portafolio.

-

Activos del portafolio, cuando sea posible.

- Valoración.

b. Seguimiento

El Equipo de Inversiones es el responsable de realizar el seguimiento correspondiente a los diferentes administradores de inversión para garantizar que se están cumpliendo con los parámetros definidos y solicitar las explicaciones correspondientes cuando se genere alguna desviación. En caso de requerirse algún cambio, este se pondrá en consideración del Comité Operativo para tomar las decisiones correspondientes.

7.5%

b. Informe de Gestión Anualmente, se realizará la presentación del informe de gestión del Fondo Patrimonial. A esta reunión, convocada por el Rector, asistirán: - Rector

-

Vicerrector Administrativo

-

Director Financiero

-

Jefe Oficina de Inversiones y Tesorería

-

Un directivo de la Seccional de Cali

-

Administrador Provincial Compañía de Jesús

-

Decano de la Facultad Ciencias Económicas y Administrativas (Sede Central)

-

Representante Revisoría Fiscal

-

Representante Auditoría Interna

-

Asesor Externo Comité de Estrategia

Otra persona que el Rector de la Universidad considere como invitado ad-hoc.

-

En el momento de realizar la evaluación del desempeño es importante tener en cuenta que el retorno y la volatilidad en periodos cortos de tiempo pueden desviarse del objetivo de largo plazo.

10. PRINCIPIOS (CONDUCTA Y ÉTICA)

La Universidad gestiona sus inversiones de acuerdo con estos principios de modo que los rendimientos no se deriven de fraudes, abuso de poder, codicia o injusticias.

La Universidad realizará un seguimiento constante al cumplimiento en la aplicación de estos principios en sus prácticas de inversión. Para lo cual dispondrá de mecanismos para realizar un seguimiento periódico para comprobar si se están empleando prácticas que van en contra de los principios éticos, sociales y morales que la guían. Lo que significa que no emprenderá nuevas inversiones en compañías que entren en conflicto con estos principios.

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obsequios) que superen un valor de USD 100. La declaración debe realizarse de forma clara y con la información suficiente para que el Comité Operativo pueda emitir un concepto al respecto. La revelación quedará registrada en el acta del Comité.

El Comité de Estrategia, el Comité Operativo y el Equipo de Inversiones son responsables de gestionar las inversiones de la Universidad justa y prudentemente de acuerdo con esta política.

Confidencialidad

Los empleados de la Universidad deberán mantener la debida reserva sobre los documentos de trabajo y la información confidencial que se encuentre bajo su cuidado. Por lo tanto, deberán controlar y evitar que en cualquiera de las instancias o unidades se haga uso indebido de dicha información o que la misma sea conocida por personas que no tengan autorización para ello o no laboren en la respectiva área.

-

Manejo de la Información privilegiada y no pública. Los integrantes del Comité Operativo que tengan acceso a información privilegiada o no pública que pueda afectar el valor de las inversiones, no deben divulgarla, ni sacar provecho a título propio o de terceros.

Deberes con la Universidad

Velar por la actualización en la administración del Fondo Patrimonial, de acuerdo con las mejores prácticas, las herramientas tecnológicas y la capacitación necesaria, teniendo en cuenta que estos constituyen factores clave de éxito para una gestión adecuada de portafolios de inversiones financieras.

Profesionalismo

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Adecuada conducta. Los integrantes del Comité Operativo no deben haber participado o pretender participar en algún tipo de conducta que represente deshonestidad, fraude o engaño o cualquier acto que afecte negativamente su reputación, integridad o competencia profesional o la de la Institución.

No revelarán, no transferirán a otros empleados que no estén autorizados o a terceras personas las tecnologías, metodologías, know how, secretos estratégicos, informes privados comerciales o estratégicos a los que hayan tenido acceso con ocasión de su cargo.

Actualización

-

-

Conocimiento de la ley y de las normas internas. Los miembros del Comité Operativo deben conocer y cumplir las leyes y normas establecidas por los mercados en los que operen, así como las políticas, normas y lineamientos definidos por la Universidad para el desarrollo de sus funciones incluyendo el Código de Buen Gobierno y la presente política. El miembro que conozca algún tipo de incumplimiento o violación de una de las normas, debe informarlo a su jefe inmediato y al Comité de Auditoría. Cuando se presente normas similares o contradictorias, se aplicará la que represente la mayor severidad.

-

Independencia y Objetividad. Los miembros del Comité Operativo deben tener el debido cuidado y correcto juicio para mantener la objetividad e independencia de sus decisiones, evitando recibir o solicitar algún tipo de beneficio, regalo o compensación que pueda comprometer estos principios. Los miembros del Comité Operativo deben realizar la revelación oportuna de los eventos (e.j. invitaciones,

-

Presentación del desempeño. La presentación de los resultados del desempeño del Fondo Patrimonial y en general de cualquier análisis particular de alguno de sus activos, se debe realizar c on información real, actualizada, comparable y sin ocultar ningún tipo de información relevante.

-

Lealtad. Los empleados de la Universidad deben comportarse con absoluta lealtad frente a ella, de acuerdo a la ética y las buenas costumbres. Cuando un miembro del equipo de inversiones se retire de la Universidad, no debe apropiarse de la información o herramientas de trabajo, debido a que la Universidad es la dueña exclusiva de este material. Cualquier miembro del equipo de inversiones que realice un trabajo paralelo relacionado con las funciones que desempeña para la Universidad, debe revelarlo a través de su jefe inmediato quién se encargará de evaluar y decidir si puede o no afectar el desarrollo de sus funciones en la Universidad.

-

Responsabilidades de supervisión y control. Los responsables de ejercer supervisión y control sobre el manejo del Fondo Patrimonial son: Revisoría Fiscal, Auditoría Interna y el Jefe de la Oficina de Contabilidad. Adicionalmente el Comité de Estrategia y Comité Operativo como autogestión. Los responsables deben establecer los mecanismos adecuados para garantizar el cumplimiento de las políticas, normas y lineamientos definidos por la Universidad.

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Análisis de Inversión, Recomendaciones y Ejecución -

Debida diligencia y Bases razonables. Todos los procesos de evaluación de inversiones, recomendaciones y toma de decisiones deben estar soportados por análisis realizados con la debida diligencia, de forma independiente y minuciosa. Para garantizar que la información recibida es consistente y adecuada, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de evaluación: • Supuestos asumidos. • Rigurosidad del análisis. • Oportunidad y vigencia de la información. • Objetividad e independencia de las recomendaciones.

-

Almacenamiento de soportes de inversión. La información relacionada con los análisis de inversión y la toma de decisiones será archivada por un periodo de dos años. Pasado este periodo la información será enviada al Archivo de segunda edad. La información puede ser almacenada en medio físico o magnético.

Conflicto de Intereses No podrán realizarse operaciones de inversión con entidades financieras o emisores del mercado de valores cuyos socios mayoritarios, representantes legales, miembros de Junta Directiva, ejecutivos de cuenta o representantes comerciales asignados a la Universidad, sean miembros del Comité de Estrategia o tengan grado de parentesco de cónyuges, compañeros permanentes, parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, el segundo de afinidad o el segundo civil con el Rector, el Vicerrector Administrativo y los miembros del Comité Operativo de Inversiones Financieras. ARTÍCULO SEGUNDO – El presente Acuerdo tiene vigencia a partir de su fecha de expedición. Dado en Bogotá, D.C., el 2 de agosto de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

ACUERDO Nº 631 (Política de inversión de la liquidez operativa)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1º. Que la Vicerrectoría Administrativa ha revisado la política de inversiones financieras vigente en la Universidad, en su Sede Central, y ha propuesto su actualización a partir de buenas prácticas nacionales e internacionales en la materia, así como también su consolidación como política de inversión de la liquidez operativa de la Universidad. 2º. Que el texto propuesto por la Vicerrectoría Administrativa fue considerado y aprobado por este Consejo, en su sesión del 1 de junio de 2016, según consta en el acta 854. 3º. Que de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Universidad en el numeral 116, literales a) y b), es función del Consejo Directivo Universitario “Adoptar,…, las políticas generales de la Universidad…” y “fijar políticas generales relacionadas con la planeación, organización, dirección y control de las actividades de la Universidad.” ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Adoptar para la Sede Central de la Universidad, la siguiente Política de inversión de la liquidez operativa: 1. Introducción El propósito de este documento es establecer las normas y lineamientos generales que guíen a los responsables de la gestión de la liquidez operacional, originada de los recursos recibidos por los servicios prestados en docencia, investigación y servicio, así como los gastos relacionados con la operación. 2. Objetivo Garantizar la liquidez suficiente y la disposición de los recursos que permitan atender los gastos operativos de la Universidad, preservando el capital y optimizando la rentabilidad con un horizonte de corto plazo y un perfil de riesgo conservador. Rentabilidad: Optimización a través de la definición de una estructura basada en las rentabilidades disponibles en el mercado, de acuerdo con las clases de activos permitidos y buscando siempre la preservación del capital.

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Horizonte: Corto plazo; activos con vencimiento máximo a 180 días, contados al inicio de cada semestre. Riesgo: Los títulos deben contar con una calificación crediticia mayor o igual a BRC1/F1 y cumplir con los cupos de emisor y contraparte. Liquidez: Los activos deben tener una alta liquidez en el mercado. 3. Responsabilidades Comité Operativo •

Aprobar la estrategia de inversión.

Evaluar fuentes de fondeo ante eventuales necesidades de liquidez operativa.

Cada semestre, al iniciar el ciclo de recaudo, valorar la posibilidad de trasladar un monto al Fondo Patrimonial, en caso que existan excedentes operativos.

Equipo de Inversiones • Estructurar el portafolio óptimo para la liquidez operativa. •

Monitorear las inversiones y presentar los informes correspondientes al Comité Operativo.

4.

Clases de Activos (Asset Classes) -

Renta fija y vehículos de liquidez o equivalentes a nivel local en pesos. Incluye pero no limita, CDT’s y bonos, carteras colectivas, repos, simultaneas, TTV’s y otros instrumentos equivalentes.

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Time Deposit con cobertura a pesos (sintéticos de inversión).

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Cuentas de ahorros o corrientes en dólares con propósitos específicos de pagos y recaudos denominados en esa moneda.

5. Consideraciones generales El capítulo de Principios (Conducta y Ética) de la Política de Inversión del Fondo Patrimonial contenida en el Acuerdo 630 del 2 de agosto de 2016 del Consejo Directivo Universitario, es parte integral de ésta Política. ARTÍCULO SEGUNDO – El presente Acuerdo tiene vigencia a partir de su fecha de expedición. Dado en Bogotá, D.C., el 2 de agosto de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

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ACUERDO Nº 632 (Orden Universidad Javeriana para el Doctor Cristo Rafael Figueroa Sánchez)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que es deber de la Universidad manifestar su gratitud a las personas que han dedicado parte importante de su vida a la Javeriana y que por su compromiso con la institución y la dedicación que ha caracterizado su labor, han dejado una importante huella en el desarrollo institucional; 2. Que “al crear la Orden Universidad Javeriana, la Universidad consideró, por una parte, la necesidad de fomentar con nobles estímulos el espíritu de servicio y adhesión a la Universidad, y exteriorizar en forma perdurable la gratitud y el aprecio de la Universidad para con sus bienhechores y amigos”, según lo recuerda el texto del Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones; 3. Que el Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales en su sesión del 23 y 24 de noviembre de 2015, presidida por el Decano de la Facultad, Doctor Germán Mejía Pavony (Acta No.112) aprobó presentar al Rector de la Universidad, P. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J., la solicitud de otorgar una Distinción Universitaria al Profesor Titular Cristo Rafael Figueroa Sánchez; teniendo en cuenta especialmente lo siguiente: a.

Que el Profesor Figueroa Sánchez, Licenciado en Filosofía y Letras (Especialización en Literatura), Magister en Literatura y Doctor en Literatura de la Universidad Javeriana, ha estado vinculado a su Alma Mater por más de cuatro décadas, periodo en el cual desempeñó los cargos de Director del Departamento y de la Carrera de Literatura, así como el de Decano encargado de la Facultad de Ciencias Sociales;

b. Que durante su larga y reconocida actividad docente, siempre caracterizada por una equilibrada mezcla de frescura y rigor, ha prestado sus servicios en Estudios Literarios y en la Maestría de Literatura de la Facultad de Ciencias Sociales, en la Facultades de Educación y de Comunicación y Lenguaje de la Universidad Javeriana; lo mismo que en la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, la Universidad de La Sabana, la Universidad Externado de Colombia y la Universidad Nacional de Colombia; así como también

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ACUERDO Nº 633

ha dirigido numerosos trabajos de grado y monografías en maestrías, a la vez que ha participado en diversas cátedras y conferencias en otras instituciones de Colombia y del exterior; c. Que es extensa y notable su producción intelectual recogida en ensayos, textos de conferencias, prólogos, artículos publicados en libros y revistas como Universitas Humanística y Cuadernos de Literatura; así como en sus obras Barroco y neobarroco en la narrativa hispanoamericana, Cartografías de la segunda mitad del siglo XX; Germán Espinosa. Señas de amanuense; y Literatura, prácticas críticas y transformación cultural. Jalla 2006; d. Que la destacada actividad académica de este emblemático Profesor de Literatura ha sido reconocida, no solo con su participación como jurado en concursos, premios y becas, sino también con el Diploma de Honor y la Medalla Félix Restrepo, S.J., que le otorgaron, respectivamente, la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca y la Universidad Javeriana; 4. Que el Consejo Directivo Universitario, en sesión que tuvo lugar el 3 de febrero de 2016 (Acta No. 851), estudió y acogió la mencionada solicitud, sometida a su consideración por el Rector, de acuerdo con lo establecido en los numerales 15 y 16 del Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO- Admitir al Doctor Cristo Rafael Figueroa Sánchez, con el grado de Oficial, en la Orden Universidad Javeriana, “comunidad de honor de personas galardonadas por méritos extraordinarios que se relacionan con la vida y progreso de la Pontificia Universidad Javeriana”. ARTÍCULO SEGUNDO- Exaltar las cualidades del Doctor Figueroa Sánchez, en especial, su amor a esta casa de estudios, su sentido de pertenencia y su consagración a la vida académica, así como reconocer su valiosa contribución a la literatura colombiana e hispanoamericana, con la cual ha dado lustre, no solo a su Facultad, sino también a la Universidad. ARTÍCULO TERCERO- El Rector de la Universidad, Gran Maestre de la Orden, hará imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en ceremonia solemne convocada especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 11 días del mes de agosto de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

(Orden Universidad Javeriana para el Doctor Luis Hernán Santacruz Oleas)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que es deber de la Universidad manifestar su gratitud a las personas que han dedicado parte importante de su vida a la Javeriana y que por su compromiso con la institución y la dedicación que ha caracterizado su labor, han dejado una huella significativa en el desarrollo institucional; 2. Que la creación de la Orden Universidad Javeriana respondió “a la necesidad de fomentar con nobles estímulos el espíritu de servicio y adhesión a la Universidad, y exteriorizar en forma perdurable la gratitud y el aprecio de la Universidad para con sus bienhechores y amigos”, según lo recuerda el texto del Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones; 3. Que el Consejo de la Facultad de Medicina en su sesión del 10 de mayo de 2016, presidida por la Decana Académica de la Facultad, Doctora Mary Bermúdez Gómez (Acta No. 317), aprobó presentar al Rector de la Universidad, P. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J., la solicitud de otorgar la Orden Universidad Javeriana al Doctor Luis Hernán Santacruz Oleas, teniendo en cuenta especialmente lo siguiente: a.

Que luego de concluir sus estudios de Medicina en nuestra Universidad en 1964 y de recibir su título profesional, el Doctor Santacruz realizó estudios de especialización en Psiquiatría y Psiquiatría de Enlace en su Alma Mater y que vinculado como profesor a la Facultad de Medicina desde 1974, ha ocupado los cargos de Director del Departamento de Psiquiatría y Jefe de la Unidad de Salud Mental del Hospital Universitario San Ignacio;

b. Que sus alumnos y colegas han valorado su excelencia académica y su compromiso y sentido de pertenencia a la Institución, su trato ético y de gran profesionalismo con los pacientes; lo mismo que su trabajo en el campo de la Salud Mental a nivel nacional e internacional, con una importante producción intelectual, recogida en múltiples ponencias y publicaciones; así como también los aportes significativos en la formación de muchas generaciones de médicos y especialistas javerianos;

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c.

Que con su liderazgo y carisma ha contribuido al reconocimiento del programa de Psiquiatría en el país, y a través de su trabajo ha hecho aportes significativos para mejorar la salud mental de los colombianos;

d. Que graduandos y egresados han considerado al Doctor Santacruz como ese profesor emblemático que refleja la identidad Javeriana y es digno de recordar, por lo cual ha sido escogido reiteradamente para dirigir las palabras en las ceremonias de grado y en los encuentros de egresados;

ARTÍCULO TERCERO- El Rector de la Universidad, Gran Maestre de la Orden, hará imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en ceremonia solemne convocada especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 22 días del mes de agosto de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

e. Que además de haberse desempeñado como Presidente de la Asociación Colombiana de Psiquiatría, ha recibido las siguientes distinciones: Premio Vida y Obra en Psiquiatría, otorgado por la Revista Colombiana de Psiquiatría, 2011; Reconocimiento Hospitalario por más de 30 años de servicio en el Hospital Universitario San Ignacio, 2009; Distinción Ignacio de Loyola, en el marco de la celebración del Día Panamericano del Médico, siendo el único médico que ha merecido esta condecoración, desde su creación en 1990; y en la Universidad Javeriana, Mejor Docente de la Facultad de Medicina, 2007; Cruz de Oro San Francisco Javier, 2000, y Distinción de Profesor Emérito, 2014; 4. Que el Consejo Directivo Universitario, en sesión que tuvo lugar el 1º de junio de 2016 (Acta No. 854), estudió y acogió la mencionada solicitud, sometida a su consideración por el Rector, de acuerdo con lo establecido en los numerales 15 y 16 del Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO- Admitir al Doctor Luis Hernán Santacruz Oleas, con el grado de Oficial, en la Orden Universidad Javeriana, “comunidad de honor de personas galardonadas por méritos extraordinarios que se relacionan con la vida y progreso de la Pontificia Universidad Javeriana”. ARTÍCULO SEGUNDO- Exaltar el talante académico y las condiciones personales del Doctor Santacruz Oleas, en especial, el timbre de excelencia que ha caracterizado su labor científica y su actividad docente, así como su dedicación al Alma Mater y la valiosa contribución que ha realizado al desarrollo del conocimiento en el campo de la Salud Mental, tanto en Colombia como fuera del país.

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ACUERDO Nº 634 (Aprobación de la renovación de la Afiliación del Seminario Diocesano Santo Tomás de Aquino de San Cristóbal - Venezuela, a los estudios eclesiásticos de Teología de la Facultad de Teología)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO:

ARTÍCULO SEGUNDO – El Rector de la Universidad adelantará las gestiones para el envío al Gran Canciller, por medio del Vice-Gran Canciller, de los documentos necesarios para presentar a la Congregación para la Educación Católica la solicitud de la mencionada renovación de la afiliación. Dado en Bogotá, D.C., el 5 de septiembre de 2016. Luis Fernando Álvarez Londoño, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente (E) del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

1. Que el Señor Obispo de San Cristóbal en Venezuela, en carta del 25 de abril de 2016, (No. 120-016), solicitó a la Pontificia Universidad Javeriana que se adelantaran las gestiones necesarias para la renovación de la afiliación del Seminario Diocesano Santo Tomás de Aquino, a los estudios eclesiásticos de Teología de la Facultad de Teología de la Universidad. 2. Que el profesor de la Facultad de Teología, P. Mario Alberto Rivera, S.J., realizó una visita para la renovación de la afiliación del Seminario Diocesano Santo Tomás de Aquino de San Cristóbal en Venezuela, y en ella constató la calidad de los procesos académicos, que se cumplen los criterios solicitados por la Congregación para la Educación Católica y se pueden constatar las condiciones que garantizan un alto nivel académico, como es exigido para el Bachillerato Eclesiástico. 3. Que el Consejo de la Facultad de Teología, en su sesión del 29 de junio de 2016, Acta No. 07/16, estudió y aprobó por consenso unánime la solicitud de la mencionada renovación de afiliación. 4. Que en la sesión del 24 de agosto de 2016, Acta No. 856, se presentó al Consejo Directivo Universitario el estudio de la solicitud de la renovación de la afiliación del Seminario Diocesano Santo Tomás de Aquino de San Cristóbal en Venezuela, a los estudios eclesiásticos de Teología de la Facultad de Teología. 5. Que es función del Consejo Directivo Universitario: “Decidir sobre extensiones” (Est. 116, h). ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Aprobar la renovación de la afiliación del Seminario Diocesano Santo Tomás de Aquino de San Cristóbal en Venezuela, a los estudios eclesiásticos de Teología de la Facultad de Teología, para un nuevo quinquenio, como fue solicitado por el Señor Obispo de San Cristóbal en Venezuela, Monseñor Mario del Valle Moronta Rodríguez, y por el Consejo de la Facultad de Teología.

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ACUERDO Nº 635 (Cambio en la adscripción de Programa Académico: Licenciatura en Filosofía) Cambio en las denominaciones de Programas Académicos: Licenciatura en Educación Infantil y Licenciatura en Lenguas Modernas – inglés y francés. Supresión de Programa Académicos: Licenciatura en Ciencias Religiosas.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que con ocasión de la expedición de los decretos 1753 del 9 de junio de 2015 y 2450 del 17 de diciembre de 2015, de la Resolución 2041 del 3 de febrero de 2016 y de la Circular 14 del 16 de febrero de 2016, del Ministerio de Educación Nacional, la Vicerrectoría Académica acompañó a las Facultades de Educación, de Comunicación y Lenguaje, de Filosofía y de Teología, en una reflexión sobre la calidad y la pertinencia de la oferta académica de la Universidad en educación. 2. Que con ocasión de esa reflexión y para atender lo preceptuado por la nueva normatividad colombiana sobre licenciaturas, la Universidad adelantó, entre otras las siguientes actividades: análisis de la nueva normatividad; identificación de los impactos para la Universidad Javeriana y definición de un plan de trabajo para su atención; elaboración de la propuesta de formación común pedagógica y de prácticas por parte de la Facultad de Educación; reuniones inter- facultades para la articulación del componente pedagógico con el componente disciplinar; construcción de las propuestas de reforma curricular las licenciaturas, cambios de denominación, de adscripción, y de supresión. 3. Que las Facultades de Filosofía y de Educación, elaboraron la propuesta de cambio de adscripción de la Licenciatura en Filosofía. 4. Que la Facultad de Educación preparó la propuesta de cambio de la denominación del programa de Licenciatura en Pedagogía Infantil por el de Licenciatura en Educación Infantil. 5. Que la Facultad de Comunicación y Lenguaje preparó la propuesta de cambio de la denominación del programa de Licenciatura en Lenguas Modernas por el de Licenciatura en Lenguas Modernas – inglés y francés.

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6. Que la Facultad de Teología solicitó la supresión del programa de Licenciatura en Ciencias Religiosas. 7. Que estas propuestas, después de haber recibido la aprobación correspondiente en los respectivos Consejos de Facultad y en el Consejo Académico, fueron presentados en la reunión del 24 de agosto de 2016 (Acta 856) de este Consejo, cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos de la Universidad en su numeral 125 literal d. 8. Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo Universitario “Para la Sede Central de la Universidad aprobar, suprimir… los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, decidir sobre extensiones y otros programas que el mismo Consejo Directivo Universitario determine”, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Aprobar, dentro del ámbito de su competencia, el cambio de adscripción de la Licenciatura en Filosofía, de la Facultad de Filosofía a la Facultad de Educación. ARTÍCULO SEGUNDO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, el cambio de denominación del programa de Licenciatura en Pedagogía Infantil por el de Licenciatura en Educación Infantil, programa que continuará adscrito a la Facultad de Educación y que otorgará el título de Licenciado o Licenciada en Educación Infantil. ARTÍCULO TERCERO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, el cambio de la denominación del programa de Licenciatura en Lenguas Modernas por el de Licenciatura en Lenguas Modernas – inglés y francés, programa que continuará adscrito a la Facultad de Comunicación y Lenguaje, y que otorgará el título de Licenciado o Licenciada en Lenguas Modernas – inglés y francés. ARTÍCULO CUARTO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la supresión del programa de Licenciatura en Ciencias Religiosas. ARTÍCULO QUINTO – El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios así como su inclusión en el SACES, según corresponda. Dado en Bogotá, D.C., el 8 de septiembre de 2016. Luis Fernando Álvarez Londoño, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente (E) del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

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ACUERDO Nº 636

ACUERDO Nº 637

(Creación de la Especialización en Literatura Infantil y Juvenil)

(Aprobación de la Afiliación de la Fundación Universitaria Monserrate, a los estudios eclesiásticos de Teología de la Facultad de Teología)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:

1. Que la Facultad de Ciencias Sociales ha preparado el proyecto del programa de Especialización en Literatura Infantil y Juvenil; 2. Que este proyecto, después de haber recibido la aprobación correspondiente en el Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y en el Consejo Académico, fueron presentados en la reunión del 24 de agosto de 2016 (Acta 856) de este Consejo, cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos de la Universidad. 3. Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo Universitario “Para la Sede Central de la Universidad aprobar… los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, decidir sobre extensiones y otros programas que el mismo Consejo Directivo Universitario determine”,

1.

2. Que el Decano de la Facultad de Teología, P. Luis Guillermo Sarasa, S.J., acompañado de tres profesores de la Facultad, realizó la visita correspondiente a la Fundación Universitaria Monserrate, y en ella constató la calidad de los procesos académicos, que se cumplen los criterios solicitados por la Congregación para la Educación Católica y se pueden constatar las condiciones que garantizan un alto nivel académico, como es exigido para el Bachillerato Eclesiástico. 3.

Que el Consejo de la Facultad de Teología, en su sesión del 29 de junio de 2016, Acta No. 07/16, estudió y aprobó por consenso unánime la solicitud de la mencionada afiliación.

4.

Que en la sesión del 24 de agosto de 2016, Acta No. 856, se presentó al Consejo Directivo Universitario el estudio de la solicitud de Afiliación de la Fundación Universitaria Monserrate, a los estudios eclesiásticos de Teología, de la Facultad de Teología de la Universidad.

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO –Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la creación del programa de Especialización en Literatura Infantil y Juvenil, que otorgará el título de especialista en Literatura Infantil y Juvenil, adscrito a la Facultad de Ciencias Sociales. ARTÍCULO SEGUNDO – El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios para obtener el Registro Calificado del programa, así como su inclusión en el SACES, según corresponda. Dado en Bogotá, D.C., el 12 de septiembre de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

Que el Señor Arzobispo de Bogotá y Primado de Colombia, Cardenal Rubén Salazar Gómez, en carta del 11 de mayo de 2016, (A.C.095/2016), solicitó a la Pontificia Universidad Javeriana que se adelantaran las gestiones necesarias para la Afiliación de la Fundación Universitaria Monserrate, a los estudios eclesiásticos de Teología, de la Facultad de Teología de la Universidad.

5. Que es función del Consejo Directivo Universitario: “Decidir sobre extensiones” (Est. 116, h).

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Aprobar la Afiliación de la Fundación Universitaria Monserrate, a los estudios eclesiásticos de Teología, de la Facultad de Teología de la Universidad, tal como fue solicitado por el Señor Arzobispo de Bogotá y Primado de Colombia, Cardenal Rubén Salazar Gómez, y por el Consejo de la Facultad de Teología. ARTÍCULO SEGUNDO – El Rector de la Universidad adelantará las gestiones para el envío al Gran Canciller, por medio del Vice-Gran Canciller, de los documentos necesarios para presentar a la Congregación para la Educación Católica la solicitud de la mencionada renovación de la afiliación. Dado en Bogotá, D.C., el 16 de septiembre de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

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ACUERDO Nº 638

ACUERDO Nº 639

(Cambio en la denominación de un programa académico)

(Cambio en la denominación de un programa académico)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que el Consejo Directivo Universitario, en su sesión del 24 de agosto de 2016 (Acta 856) aprobó el cambio de denominación del programa de Licenciatura en Lenguas Modernas por el de Licenciatura en Lenguas Modernas – Inglés y Francés, según la propuesta que recibió del Consejo Académico y del Consejo de la Facultad de Comunicación y Lenguaje. 2. Que dicha decisión se consagró en el Acuerdo del Consejo Directivo Universitario número 635 del 8 de septiembre de 2016. 3.

Que al momento de realizar el trámite correspondiente ante el Ministerio de Educación Nacional, esta entidad requirió “eliminar el guion e incluir la palabra “énfasis”, para que la denominación del programa quedará ajustada a las disposiciones legales.

4. Que el Consejo Directivo Universitario, en su sesión del 23 de septiembre de 2016 (Acta 858), consideró y aprobó el requerimiento realizado por el Ministerio de Educación Nacional. 5. Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo Universitario “Para la Sede Central de la Universidad aprobar… los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, …”

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la modificación de la denominación del programa de Licenciatura en Lenguas Modernas – Inglés y Francés, anteriormente llamado Licenciatura en Lenguas Modernas, por el de Licenciatura en Lenguas Modernas con énfasis en Inglés y Francés. Dicho programa otorgará el título de Licenciado o Licenciada en Lenguas Modernas con énfasis en Inglés y Francés, y continuará adscrito a la Facultad de Comunicación y Lenguaje. ARTÍCULO SEGUNDO – El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios para obtener el Registro Calificado del programa, así como su inclusión en el SACES, según corresponda. Dado en Bogotá, D.C., el 23 de septiembre de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

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EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que el Consejo Directivo Universitario, en su sesión del 9 de noviembre de 2016 (Acta 860) aprobó el cambio de denominación del programa de Especialización en Derecho de Mercado de Capitales por el de Especialización en Derecho Financiero y de Mercado de Valores, según la propuesta que recibió del Consejo Académico y del Consejo de la Facultad de Ciencias Jurídicas, cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos de la Universidad. 2. Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo Universitario “Para la Sede Central de la Universidad aprobar… los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, …” ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, el cambio de denominación del programa de Especialización en Derecho de Mercado de Capitales por el de Especialización en Derecho Financiero y de Mercado de Valores. Dicho programa otorgará el título de Especialista en Derecho Financiero y de Mercado de Valores, y continuará adscrito a la Facultad de Ciencias Jurídicas. ARTÍCULO SEGUNDO – El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios así como su inclusión en el SACES, según corresponda. Dado en Bogotá, D.C., el 23 de noviembre de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo

ACUERDO Nº 640 (Valores de matrícula y otros derechos pecuniarios para el año 2017)

Modificado por acuerdo N° 646 del 31 de mayo de 2017.

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RESOLUCIONES RECTORALES



RESOLUCIÓN N° 636

RESUELVE:

(Cruz San Francisco Javier a Carlos Arturo Puente Burgos)

ARTÍCULO PRIMERO- Reconocer los servicios que prestó el Ingeniero Carlos Arturo Puente Burgos a la Universidad por más de 36 años, y destacar sus virtudes personales que honran su condición de javeriano.

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que el Ingeniero Civil Carlos Arturo Puente Burgos, egresado de la Pontificia Universidad Javeriana, prestó sus servicios a la Universidad desde 1978, cuando se vinculó a Consultorías Universitarias de la Facultad de Ingeniería, donde se desempeñó, primero como coordinador auxiliar, luego como monitor, y finalmente como profesor; 2. Que a partir de 1989, en el Sector de Consultorías Universitarias ocupó el cargo de coordinador ambiental del programa de Atención Primaria en Salud y luego, el de coordinador de la Unidad de Desarrollo Municipal; y desde 1999 hasta enero de 2016, estuvo vinculado como profesor del Centro de Proyectos para el Desarrollo- CENDEX;

ARTÍCULO SEGUNDO- Concederle al Ingeniero Carlos Arturo Puente Burgos la Cruz de Oro San Francisco Javier, Distinción Universitaria creada con el fin de “exaltar y estimular a los Profesores o Empleados Administrativos que hayan sobresalido en el desempeño de sus funciones por sus calidades humanas, su lealtad a la Institución, y su esfuerzo por alcanzar un mayor nivel de excelencia”. ARTÍCULO TERCERO- El Rector de la Universidad hará imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en acto convocado especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 7 días del mes de julio de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

3. Que a lo largo de su trayectoria laboral, toda ella realizada en su Alma Mater, desarrolló proyectos de investigación y consultoría, participó en los estudios sobre la Interdisciplinariedad en la Universidad Javeriana y sobre Bienestar Universitario de los Estudiantes; así como también tuvo a su cargo la secretaría de la comisión encargada de preparar la propuesta para la creación del Instituto de Salud Pública; 4. Que en su formación universitaria obtuvo el título de Magister en Saneamiento y Desarrollo Ambiental, en la Pontificia Universidad Javeriana; y el de Doctor en Ciudad y Territorio, en la Escuela Técnica Superior de Arquitectura, Universidad Politécnica de Madrid, estudios que realizó gracias a las becas obtenidas por su alta cualificación académica; 5. Que la excelencia ha sido el sello de la labor realizada por el Ingeniero Puente Burgos, quien se ha destacado especialmente por su calidez humana, su disposición de servicio y un profundo amor a la Universidad; 6. Que con ocasión de su retiro de la Universidad, el Vicerrector Académico, Ingeniero Luis David Prieto Martínez, solicitó al Rector de la Universidad, P. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J., conceder al Ingeniero Puente Burgos la Cruz de Oro San Francisco Javier; 7. Que es deber de la Universidad expresar su gratitud a las personas que han demostrado, en su vida, una especial vinculación con la Alma Mater;

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RESOLUCIÓN N° 637 (Descuento a Estudiantes de la Sede Central de la Universidad en Programa de PRÁCTICAS INTERNACIONALES)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1°.- Que la Pontifica Universidad Javeriana asumió como uno de los objetivos de su Planeación Universitaria el consolidar la dimensión internacional en el desarrollo de sus funciones sustantivas. 2°.- El Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales, construyó y presentó a la consideración del Rector de la Universidad, un programa de fortalecimiento a la internacionalización de la Universidad, consistente en un descuento en la matrícula para los estudiantes de la Universidad en la Sede Central que participen en programas de Prácticas Internacionales homologables a su semestre académico en la Universidad, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO- La Pontificia Universidad Javeriana en Bogotá, en aras de promover activamente la movilidad internacional de sus estudiantes de pregrado, ofrece un descuento del 50 % en el valor de la matrícula de un semestre a estudiantes destacados por su excelente rendimiento académico que deseen realizar un periodo académico de Práctica en el exterior, preferiblemente en un país no hispanohablante y que sea homologable a Créditos de semestre académico en la Universidad. Parágrafo.- Dado que la Universidad se ha propuesto fortalecer la cooperación entre la red de universidades jesuitas en el mundo, se dará prelación en la asignación del descuento a aquellos estudiantes que elijan realizar su práctica en una de las universidades jesuitas o de las obras de la Compañía de Jesús.

(c) Tener la aprobación de su programa Académico o quien realice el trámite en su facultad, de no tener este proceso establecido en la facultad deberá tener el aval de su Director de Programa. (d) Aprobación del acuerdo o convenio si se firmara por parte de la Dirección Jurídica en cuanto a prácticas se refiere en Universidades o instituciones, laboratorios o empresas que la Facultad apruebe para tal fin. Parágrafo.- Se dará prioridad para el descuento a quienes sean admitidos en una Universidad Jesuita, obra de la Compañía de Jesús o en una Universidad de un país no hispanohablante. ARTÍCULO TERCERO- Se otorgará una excepción del 50% del valor de la matrícula completa de la Pontificia Universidad Javeriana del respectivo programa de pregrado, durante el periodo académico en el cual se realiza la Práctica Internacional. Este apoyo financiero se recibirá sólo una (1) vez por un (1) semestre académico, y no es acumulable con otras becas, descuentos o beneficios que ya tenga el estudiante en la universidad. ARTÍCULO CUARTO- Para acceder al descuento en la matrícula debe realizarse primero el trámite de aceptación a la práctica, la aprobación por su facultad como se mencionó y el aval de la Direccion Jurídica al acuerdo, convenio o aceptación de la práctica según los criterios de cada Facultad. Aquellos estudiantes que se encuentren ya aceptados a la práctica y con aprobación respectiva deberán presentar la documentación requerida en la Coordinación de Movilidad de la Direccion de Asuntos Internacionales quienes determinaran las fechas para la convocatoria donde estarán descritos los requisitos, las fechas, los términos y condiciones para este descuento. Anualmente se otorgarán los cupos de descuento según el presupuesto asignado para tal fin por la Universidad. Dado en Bogotá, a los 7 días del mes de julio de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

ARTÍCULO SEGUNDO- Son requisitos para ser beneficiario del descuento en el valor de la matrícula: (a) Ser estudiante activo de un programa de pregrado de la Universidad Javeriana en Bogotá. (b) Tener un promedio ponderado acumulado igual o superior a 3,8.

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RESOLUCIÓN N° 638 (Cruz San Francisco Javier a los Profesores Carlos Olmar Martínez Solarte, Julio Roberto Montañez Rincón, Pbro., y Carlos Francisco Rojas Rojas)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1°. Que el Profesor Carlos Olmar Martínez Solarte, Doctor en Teología y Doctor en Derecho Canónico de la Pontificia Universidad Javeriana, colaboró en nuestra Universidad por más de 26 años, fue artífice del Consultorio Jurídico-Canónico y su director por un sexenio; que además de su producción intelectual y la labor académica que ha desarrollado también en las Diócesis de Pasto y de Cúcuta, se ha destacado por sus servicios en el Tribunal Superior Eclesiástico de Colombia y en la Curia Arzobispal de Bogotá, donde fue Notario Eclesiástico, Secretario Privado del Arzobispo y Vice-Provisor; 2°. Que el Profesor Julio Roberto Montañez Rincón, Pbro., Licenciado en Filosofía y Ciencias Religiosas de la Universidad Santo Tomás, en Bogotá, Teólogo de la Pontificia Universidad Gregoriana, con Estudios Rotales en la Rota Romana, colaboró en nuestra Universidad por más de 20 años; que además de sus numerosas publicaciones, ha ejercido también la cátedra en el Liceo Nacional “Agustín Nieto Caballero” y el Colegio Seminario de Duitama, donde fue Rector; así como también ha sobresalido por sus servicios en el Tribunal Superior Eclesiástico de Colombia; 3º. Que el Profesor Carlos Francisco Rojas Rojas, Doctor en Derecho Canónico de la Pontificia Universidad Javeriana, colaboró en nuestra Universidad por más de 15 años, donde fue Síndico; que además de su labor docente en la Universidad Católica de Colombia, la Universidad Sergio Arboleda y el Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, se ha desempeñado como Juez del Tribunal Eclesiástico Interdiocesano de Bogotá; ha estado vinculado a entidades como la Caja de Crédito Agrario, Diners Club de Colombia, S.A., la Superintendencia Bancaria y la Federación Nacional de Cafeteros y Almacafé; lo mismo que ha ejercido como profesional del derecho independiente;

5º. Que el Decano de la Facultad de Derecho Canónico, P. Luis Bernardo Mur Malagón, SDB, mediante comunicación del 15 de diciembre de 2015, solicitó al Rector de la Universidad, P. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J., conceder la Cruz San Francisco Javier a los mencionados Profesores, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la sesión del Consejo de Facultad que tuvo lugar el de 2 de diciembre anterior; 6°. Que la Distinción Universitaria Cruz San Francisco Javier fue creada con el fin de “exaltar y estimular a los Profesores o Empleados Administrativos que hayan sobresalido en el desempeño de sus funciones por sus calidades humanas, su lealtad a la Institución, y su esfuerzo por alcanzar un mayor nivel de excelencia”; y que “para las personas que hayan estado vinculadas por más de 25 años, así no sean continuos, se concederá la Cruz de Oro San Francisco Javier, para las demás, la Cruz de Plata San Francisco Javier”, según lo dispuesto en el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO- Reconocer los encomiables servicios prestados a la Universidad, por los Profesores Carlos Olmar Martínez Solarte, Julio Roberto Montañez Rincón, Pbro., y Carlos Francisco Rojas Rojas, quienes han dado testimonio de su excelencia académica y humana. ARTÍCULO SEGUNDO- Conceder la Cruz de Oro San Francisco Javier al Doctor Carlos Olmar Martínez Solarte; y la Cruz de Plata San Francisco Javier al Padre Julio Roberto Montañez Rincón y al Doctor Carlos Francisco Rojas Rojas. ARTÍCULO TERCERO- El Rector de la Universidad hará imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en acto solemne convocado especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 19 días del mes de julio de 2016.

Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

4º. Que estos tres distinguidos Profesores de la Facultad de Derecho Canónico han sobresalido por su consagración a la vida académica, su servicio a la Iglesia y su especial aprecio hacia nuestra Alma Mater;

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Unidos, Alumno de la Escuela de Comando y Estado Mayor en Fort Leavenworth Estados Unidos y Jefe del Comité de Revisión Estratégica e Innovación “CRE-i”, en dos ocasiones, produciendo los planes de guerra Espada de Honor I y II;

RESOLUCIÓN N° 639 (Medalla Félix Restrepo, S.J., al General Alberto José Mejía Ferrero)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1°. Que en el marco del convenio suscrito entre la Pontificia Universidad Javeriana y el Ejército Nacional de Colombia se ha realizado una labor de gran impacto para el país sobre memoria histórica, post-conflicto y educación; lo mismo que con las Fuerzas Armadas se ha desarrollado conjuntamente un trabajo dentro del plan estratégico del Ejército Nacional, que tiene como objetivo consolidar la formación, la capacitación y el entrenamiento de los militares; 2º. Que con motivo del acto de reconocimiento convocado por la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, el Decano de la Facultad, P. Edwin Murillo Amaris, S.J., solicitó al Rector de la Universidad, P. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J., conceder una Distinción Universitaria al Señor General Alberto José Mejía Ferrero, Comandante del Ejército Nacional, quien suscribió dicho convenio y ha respaldado de manera entusiasta estas iniciativas y proyectos; 3°. Que el General Alberto José Mejía Ferrero ingresó a la Escuela Militar de Cadetes “General José María Córdova” en 1978, se graduó como Subteniente del Arma de Infantería en 1981, y fue ascendido al grado de General el 1º de diciembre de 2015; 4º. Que durante su carrera, el Señor General Mejía Ferrero ha ocupado, entre otros cargos, el de Director de la Escuela de Infantería, Jefe de Planeación y transformación del Ejército, y Comandante del Batallón de Fuerzas Especiales No 2; del Batallón de Infantería No. 19 General Joaquín París; de la Escuela de Lanceros; de la Brigada de Fuerzas Especiales; de la Cuarta Brigada; de la División de Aviación Asalto Aéreo; del Comando Conjunto de Operaciones Especiales; y Comandante del Ejército Nacional; 5º. Que además de su formación profesional en Ciencias Militares de la Escuela Militar de Cadetes, hizo estudios de Maestría en Seguridad Internacional, de la Escuela Naval de Postgrados (Monterrey, California, EE.UU.); en Estudios Estratégicos, del Colegio de Guerra del Ejercito de los Estados Unidos (Carlisle, Pensilvania, EE.UU.); y en Seguridad Nacional, de la Escuela Superior de Guerra de Colombia; 6º. Que entre otros cargos, el Señor General Mejía Ferrero ha prestado servicios como: Instructor Invitado en la Escuela de Rangers del Ejército de los Estados

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7º. Que la destacada trayectoria del Señor General Mejía Ferrero ha sido reconocida con numerosas distinciones nacionales, entre las que se destacan las siguientes: Orden de Boyacá (Grado Gran Cruz); Orden de San Carlos (Grado Comendador); Orden Antonio Nariño (Grado Gran Oficial); Orden José María Córdoba (Grado Gran Cruz), Orden al mérito Almirante Padilla (Gran Cruz); Cruz de la Fuerza Aérea Colombiana (Gran Cruz); Orden de la Democracia (Grado Comendador); Servicios Distinguidos en Orden Público (por Sexta vez); Guardián de la Patria (por 2da vez); Cruz al Mérito Policial (por Tercera Vez); Medalla Militar Francisco José de Caldas al Mérito Académico (Tres Ocasiones); y Mejor Alumno Escuela Militar de Cadetes (Dos Ocasiones); 8º. Que de igual forma, ha recibido las siguientes distinciones extranjeras: Mariscal Hermes del Ejército de Brasil (Mérito Académico); Duque de Caxias del Ejército de Brasil (Mérito Académico); Minerva del Ejército de Chile (Mérito Académico); Medalla Legión al Mérito del Ejército de los Estados Unidos; Medalla Army Commendation del Ejército de los Estados Unidos (en dos Ocasiones); Medalla Army Achievement del Ejército de los Estados Unidos; y Medalla de Operaciones Especiales del Comando Conjunto Operaciones Especiales de los Estados Unidos; 9º - Que según el número 25 del Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Pontificia Universidad Javeriana, la Medalla Félix Restrepo, S.J. se concede “a personas que se han distinguido por sus méritos profesionales o por su contribución al progreso de la Universidad”; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO- Conceder la Medalla Félix Restrepo, S.J., al General Alberto José Mejía Ferrero, como expresión de agradecimiento por su contribución a los estrechos vínculos establecidos entre la Pontificia Universidad Javeriana y el Ejército Nacional de Colombia; al mismo tiempo que exaltar su calidad humana y excelencia profesional, reflejadas en una brillante carrera militar de servicio a la patria de quien hoy ocupa el cargo de Comandante del Ejército Nacional. Dado en Bogotá, D.C., el 1 de agosto de 2016.

Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

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RESOLUCIÓN N° 640

excelencia”; y que “para las personas que hayan estado vinculadas por más de 25 años, así no sean continuos, se concederá la Cruz de Oro San Francisco Javier”, según lo dispuesto en el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad;

(Cruz San Francisco Javier al Profesor Jaime Ismael García Saucedo)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1°. Que el Profesor Titular Jaime Ismael García Saucedo, Licenciado en Filosofía y Letras (1966) y Licenciado en Periodismo (1982) de la Universidad de Panamá, recibió el título de Doctor en Filosofía y Letras (1976) en nuestra Universidad, casa de estudios a la que ha estado vinculado por más de 25 años, y donde fue Coordinador del Programa de Intercambio y Director del Departamento de Literatura de la Facultad de Ciencias Sociales; 2°. Que el Profesor García Saucedo ha sido investigador y creador de la asignatura interdisciplinaria “Cine y Literatura”; y que como fruto de su labor en este campo se han publicado cuatro libros entre los cuales se destacan: el primer Diccionario de literatura colombiana en el cine (2003) y La cámara y la tinta (2006), con aportes semiológicos y estructuralistas; cátedra que ha tenido resonancia nacional e internacional;

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO- Reconocer los encomiables servicios prestados a la Universidad por el Doctor Jaime Ismael García Saucedo y su aporte a la Literatura, que son prueba de una vida forjada en la excelencia académica. ARTÍCULO SEGUNDO- Conceder la Cruz de Oro San Francisco Javier al Profesor Titular Jaime Ismael García Saucedo. ARTÍCULO TERCERO- El Rector de la Universidad hará imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en acto convocado especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 11 días del mes de agosto de 2016.

Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

3º. Que en su obra se destacan el cuento Canícula, que en 1980 obtuvo el premio Pablo Neruda otorgado por la Universidad de Panamá; la novela El jardín de los dóberman, que en 1997 obtuvo el Premio Único de la Primera Bienal de Novela Breve del Centro de Escritores de Manizales; sus relatos De lo que no se dijo en las crónicas (1982), Poemario (1981), Cuentos festivos (2007), Plenilunio (Luna de Viernes Santo) itinerario de una lectura (2009), y la novela Los viernes son para Flash Gordon (2008); 4º. Que con ocasión de su retiro de la Universidad, el Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales, en su sesión del 23 y 24 de noviembre de 2015, presidida por el Decano de la Facultad, Doctor Germán Mejía Pavony (Acta No. 112) aprobó presentar al Rector de la Universidad, P. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J., la solicitud de otorgar una Distinción Universitaria al Profesor García Saucedo; 5°. Que la Distinción Universitaria Cruz San Francisco Javier fue creada con el fin de “exaltar y estimular a los Profesores o Empleados Administrativos que hayan sobresalido en el desempeño de sus funciones por sus calidades humanas, su lealtad a la Institución, y su esfuerzo por alcanzar un mayor nivel de

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RESOLUCIÓN N° 641 (Convocatoria y proceso de elección de los egresados miembros de los Consejos de Facultad y del egresado miembro del Consejo Directivo Universitario)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1º Que el Consejo Directivo Universitario en su sesión del 24 de Febrero de 2010 con base en el número 117 de los Estatutos, delegó al Rector de la Universidad las funciones previstas en los parágrafos de los números 112 y 158 de los Estatutos y le encomendó la expedición de directrices para el proceso de elección de los egresados miembros de los Consejos de Facultad y del egresado miembro del Consejo Directivo Universitario. 2º Que en la sesión de dicho Consejo del 12 de mayo de 2010, se presentó para consulta la directriz para la Sede Central y se recibieron observaciones de los consejeros que fueron incorporadas a la propuesta. 3º Que con base en dicha delegación, el Rector de la Universidad expidió las Resoluciones números 545 del 13 de mayo de 2010, 567 del 23 de abril de 2012 y 609 del 28 de abril de 2014, que permitieron la adecuada elección de los egresados miembros de los Consejos de Facultad y del egresado miembro del Consejo Directivo Universitario, para los periodos 2010 a 2012, 2012 a 2014 y 2014 - 2016. 4º Que la experiencia positiva de dichas decisiones hace conveniente confirmar el proceso eleccionario establecido, asegurándole estabilidad a la Universidad en sus modos de proceder. 5° Que en la Pontificia Universidad Javeriana, de conformidad con el número 54 de los Estatutos los “Egresados son las personas que han completado un plan de estudios y han obtenido el grado respectivo en un programa académico de pregrado o posgrado de la Universidad”. RESUELVE:

bre de 2016 – noviembre de 2018, el Rector de la Universidad abrirá a través de la página web de la Dirección de Relaciones con Egresados el proceso de inscripción de aspirantes e informará las condiciones para ser elegible y la fecha de cierre de las postulaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. - De la lista de inscritos en la página web de la Dirección de Relaciones con Egresados, se enviarán los nombres de los candidatos con los datos registrados en el sistema de información de dicha Dirección a los presidentes de los Consejos de Facultad a los cuales pertenezca actualmente el programa del cual egresó el aspirante. ARTÍCULO TERCERO. – Entre el 5 y el 16 de septiembre de 2016, los Consejos de Facultad deberán realizar la sesión formal para proceder a la elección del egresado. En dichos días se deberá informar a la Secretaría General de la Universidad el nombre del egresado elegido. ARTÍCULO CUARTO. - El Rector de la Universidad convocará a los egresados miembros de los consejos de facultad antes del 4 de noviembre de 2016 para llevar a cabo la elección del egresado miembro del Consejo Directivo Universitario. CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD ARTÍCULO QUINTO. - Será indispensable para postularse como aspirante a ser elegido egresado miembro de Consejo de Facultad: 1. Ser egresado de un programa académico de la Universidad Javeriana-Sede Central. Si al momento de realizar la inscripción el programa del cual es egresado no está activo en la Universidad, podrá elegir el Consejo de Facultad al cual desea postularse. 2. En el caso de ser egresado de varios programas académicos, al momento de la inscripción se deberá precisar el Consejo de Facultad al cual se postula. No podrá haber postulaciones a varios Consejos de Facultad. 3. Estar inscrito en el sistema de información de la Dirección de Relaciones con los Egresados.

CONVOCATORIA Y FECHA DE ELECCIÓN

4. No estar vinculado laboralmente con la Universidad Javeriana en la Sede Central (Bogotá) o en la Seccional de Cali.

ARTÍCULO PRIMERO. - Para la elección del egresado miembro del Consejo de Facultad para el período noviem-

5. Podrá ser relegido, por una vez, el egresado miembro del Consejo de Facultad.

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PROCESO DE ELECCIÓN Consejos de Facultad ARTÍCULO SEXTO. - El Presidente del Consejo de Facultad deberá citar a sesión, con una antelación no inferior a tres (3) días hábiles, a todos los miembros del Consejo para deliberar y decidir sobre la elección del egresado miembro de este cuerpo colegiado de gobierno de la Facultad. ARTÍCULO SÉPTIMO. - El quórum para deliberar exigido para este tema será de las dos terceras partes de los miembros del Consejo. ARTÍCULO OCTAVO. - Para ser elegido egresado miembro del Consejo de Facultad se requerirá la mitad mas uno de los votos de la totalidad de los miembros del Consejo. En caso de no lograrse en la primera votación este número, se deberán realizar el número que sea necesario de votaciones hasta que alguno de los aspirantes alcance el número de votos requerido. El voto será nominal y secreto. ARTÍCULO NOVENO. - El acta de la sesión en la cual se realice la elección deberá remitirse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la Secretaría General de la Universidad.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. - Para ser elegido egresado miembro del Consejo Directivo Universitario se requerirá la mitad mas uno de los votos de los egresados miembros de los Consejos de Facultad presentes en la sesión y no será indispensable estar presente en la reunión. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. - Para elegir es indispensable estar presente en la reunión de elección. En caso de no lograrse en el primer escrutinio el número de votos requerido para la elección, se deberán realizar el número de votaciones que sea necesario hasta que se alcance. El voto será nominal y secreto. ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. - El acta de la sesión en la cual se realice la elección deberá elaborarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes por el Secretario General. ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. - En el caso de presentarse vacancia del egresado miembro del Consejo de Directivo Universitario se deberá surtir nuevamente el proceso de elección. Dada en Bogotá D.C., el 16 de agosto de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

ARTÍCULO DÉCIMO. - En el caso de presentarse vacancia del egresado miembro del Consejo de Facultad, será relevado en sus funciones hasta el termino del periodo vigente por quien en la elección haya obtenido el siguiente lugar en número de votos, en el último escrutinio realizado en el Consejo de Facultad para la elección del egresado miembro del Consejo. En el evento de una segunda vacancia, el Consejo de Facultad sesionará sin egresado miembro del Consejo hasta el siguiente periodo. Consejo Directivo Universitario ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- El Rector de la Universidad deberá citar a los egresados miembros de los Consejos de Facultad, con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles, para la elección del egresado miembro del Consejo Directivo Universitario. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. - El quórum requerido para llevar a cabo la elección será de las dos terceras partes de los egresados miembros de los Consejos de Facultad. En caso de no haber el número suficiente de miembros a la hora acordada, se dejará transcurrir media desde la hora inicial y se procederá a la elección con el número plural de egresados miembros de los Consejos de Facultad.

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RESOLUCIÓN N° 642 (Premio Bienal a la Creación Artística Javeriana 2016)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. El 1° de abril de 2016, el Vicerrector de Investigación convocó a los profesores de planta de la Universidad, de la Sede Central y de la Seccional de Cali, para participar en la segunda versión del Premio Bienal a la Creación Artística Javeriana. 2. Los profesores de la Universidad postularon ocho resultados de creación en: arquitectura y urbanismo, artes escénicas, artes visuales y música, de los cuales todos cumplieron con los requisitos de participación y entregaron la documentación solicitada en la fecha establecida. 3. El Vicerrector de Investigación convocó a jurados externos, con trayectoria reconocida en cada una de las áreas creativas en las cuales se recibieron postulaciones. 4. La evaluación se realizó sobre los productos artísticos y creativos presentados en público por los candidatos, entre el 1º de enero de 2011 y el 31 de marzo de 2016. Los documentos de soporte entregados por cada candidato fueron evaluados por los jurados, en una reunión que tuvo lugar el día 3 de agosto de 2016. 5. La evaluación realizada por los jurados fue consignada en acta. A partir de la consideración de dicho concepto, el Vicerrector de Investigación propuso al P. Rector de la Universidad otorgar el premio y la mención, correspondientes. 6. Que se ha cumplido con lo dispuesto en el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad, aprobado por Acuerdo 374 de noviembre 11 de 2004 y modificado por el Acuerdo 597 de 2014 del Consejo Directivo Universitario. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Otorgar las siguientes distinciones universitarias a los profesores de planta de la Pontificia Universidad Javeriana, que se han destacado por las calidades artísticas y creativas de sus propuestas:

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Premio Bienal a la Creación Artística Javeriana a la profesora Carolina Noguera Palau por la composición Furias para violín y piano, obra que hace parte del repertorio de diferentes duetos de reconocida trayectoria y ha sido presentada en el Festival Frontiers del Conservatorio de Birmingham, el Festival de las Américas en Greenwich House Music en Nueva York y el Festival de la Imagen de Manizales, entre otros espacios. La profesora Noguera es Maestra en Música con énfasis en Composición de la Universidad Javeriana. Actualmente es profesora de la Facultad de Artes de la Sede Central. Mención de Honor a los profesores María Sol Barón y Camilo Ordóñez Robayo, por la curaduría: “Con Wilson… Dos décadas vulnerables, locales y visuales”, ganadora en 2014 de la beca para la realización de exposiciones de Idartes y presentada en la Galería Santa Fe entre octubre y noviembre de ese mismo año. El profesor Camilo Ordóñez es Maestro en Artes Plásticas de la Universidad Nacional de Colombia y la profesora María Sol Barón es Maestra en Artes Plásticas de la Universidad de los Andes y Magíster en Historia y Teoría del Arte y la Arquitectura de la Universidad Nacional de Colombia. Ambos conforman el equipo TransHisTor(ia), dedicado a la investigación y creación sobre problemas de la historia del arte en Colombia. Actualmente los dos son profesores de la Facultad de Artes de la sede Central. ARTÍCULO SEGUNDO.- EI Premio Bienal a la Creación Artística Javeriana se otorgarán públicamente en la ceremonia de inauguración del segundo Encuentro Javeriano de Arte y Creatividad en la Pontificia Universidad Javeriana, que tendrá lugar el lunes 12 de septiembre de 2016. ARTÍCULO TERCERO – A la profesora distinguida con el Premio Bienal a la Creación Artística Javeriana, se le entregará una placa, un diploma y un reconocimiento económico de $10’000.000 que se asigna como bonificación ocasional. ARTÍCULO CUARTO.- A los profesores distinguidos con la Mención de Honor se les concederá un diploma y un reconocimiento económico compartido de $3’000.000 que se asigna como bonificación ocasional. Dado en Bogotá, D.C., el 12 de septiembre de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

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RESOLUCIÓN N° 643 (Cruz de Oro San Francisco Javier al Profesor Sergio Muñoz Laverde)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1°. Que el Doctor Sergio Muñoz Laverde, terminó en 1980 sus estudios de Derecho en nuestra Universidad y recibió su título de abogado el 2 de septiembre de 1983; que vinculado inicialmente como Asistente de la Oficina Jurídica en 1978, ha desempeñado en la Javeriana los cargos de Abogado de Contratos, Jefe de la Oficina de Contratos, y Director Jurídico, este último entre 1984 y 1986; 2º. Que también ejerció las funciones de Director del Departamento de Derecho Civil y Comercial, de 1997 a 2001, y del Departamento de Derecho Privado, de 2011 hasta el 31 de diciembre pasado; habiendo recibido en 2014 la Divisa de Honor Javeriana, distinción que otorga la Universidad a quienes han estado vinculados a la institución por más de 25 años; 3°. Que el Doctor Muñoz Laverde, miembro en la Academia Colombiana de Jurisprudencia, por una parte, ha ejercido la cátedra con gran maestría y dedicación, por lo cual ha merecido el respeto y el aprecio tanto de profesores de la Facultad de Ciencias Jurídicas, como de numerosas generaciones de Estudiantes de Derecho en la Javeriana; y por otra, es autor de varios textos sobre su especialidad, entre ellos, • su trabajo de grado “Bases jurídicas para una contrarreforma del régimen de la educación superior del sector privado en Colombia” (1983); •

“Las Instituciones de Utilidad Común” (1986);

• “Personas Jurídicas en el Derecho Civil Colombiano” (1985); • “El Problema de la Consensualidad de la Promesa Mercantil de Celebrar Contrato ‘Veinte años después”, artículo publicado en el libro Estudios de Derecho Económico (2003); •

“Comentarios sobre la Teoría de la Imprevisión Contractual en Colombia”, artículo publicado en el libro Hacia una comprensión humana del Derecho. Estudios en homenaje a Roberto Suárez Franco (2006);

Contemporáneo”, ponencia publicada en Neoconstitucionalismo y Derecho Privado. El Debate. (2008); • “ E l Fa c t o r O b j e t i v o d e a t r i b u c i ó n d e Responsabilidad Civil en Materia Contractual”, ponencia publicada en el libro Tendencias de la Responsabilidad Civil en el Siglo XXI (2009); • “El Principio de Buena Fe y su incidencia en la interpretación del Contrato. Nulidad de las cláusulas abusivas en el Derecho Colombiano”, ponencia publicada entre otras obras, en Realidades y tendencias del Derecho en el siglo XXI (2010); •

“Principios Contractuales en Derecho Privado”, ponencia publicada en el libro Homenaje a Ricardo Luis Lorenzetti (2010);

• y “Equilibrio financiero en los contratos privados. Formas de ruptura y mecanismos de reparación”, estudio publicado en el libro colectivo Modernización de las Obligaciones y los Contratos (2015); 4º. Que en su brillante trayectoria profesional, el doctor Muñoz Laverde fue Conjuez del Consejo de Estado, prestó sus servicios a la Fundación Social como Vicepresidente Jurídico; lo mismo que se ha destacado como abogado litigante y consultor en materia de Derecho Privado, desempeñándose en la actualidad como Conjuez de la Corte Constitucional y Árbitro de la Cámara de Comercio de Bogotá; 5º. Que al concluir su labor como Director de Departmento, el Consejo de la Facultad de Ciencias Jurídicas en su sesión del 13 de enero de 2016, presidida por el Decano de la Facultad, Doctor Julio Andrés Sampedro Arrubla (Acta No. 505), aprobó presentar al Rector de la Universidad, P. Jorge Humberto Peláez Piedrahita,S.J., la solicitud de otorgar una Distinción Universitaria al Profesor Muñoz Laverde, teniendo en cuenta sus méritos académicos y profesionales; 6°. Que la Distinción Universitaria Cruz de Oro San Francisco Javier se concede a los Profesores […] que habiendo estado vinculados por más de 25 años, así no sean continuos, han “sobresalido en el desempeño de sus funciones por sus calidades humanas, su lealtad a la Institución, y su esfuerzo por alcanzar un mayor nivel de excelencia”, según lo dispuesto en el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad;

• “El Postulado de la Autonomía Privada y sus límites frente al Constitucionalismo Colombiano

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RESUELVE:

RESOLUCIÓN N° 644

ARTÍCULO PRIMERO. Expresarle al Doctor Sergio Muñoz Laverde la gratitud de su Alma Mater y exaltar sus magníficas condiciones personales, así como también su prestancia en la actividad académica y en el ejercicio del Derecho que han hecho de él un insigne educador y egregio abogado, ejemplo para las nuevas generaciones de integridad personal, responsabilidad profesional y amor a la Universidad.

(Distinción Cruz San Pedro Claver 2016)

ARTÍCULO SEGUNDO. Conceder la Cruz de Oro San Francisco Javier al Doctor Sergio Muñoz Laverde. ARTÍCULO TERCERO. El Rector de la Universidad hará la imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en acto convocado especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 22 días del mes de septiembre de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1°.- Que el 7 de junio de 2016, el P. Rector de la Universidad, de conformidad con el Acuerdo número 556 del 3 de octubre de 2011 del Consejo Directivo Universitario, convocó a los decanos y directores de programas de pregrado para la presentación de los candidatos a la distinción Cruz San Pedro Claver. 2º.- Que de conformidad con lo dispuesto por el Consejo Directivo Universitario, para cada uno de los programas académicos de pregrado, el Decano y el Director del programa respectivo, escogerán por consenso un candidato a la distinción, entre los estudiantes que a lo largo de su carrera han sobresalido en el desempeño de sus deberes por sus cualidades humanas y su compromiso eficaz con los ideales Javerianos expresados en el Proyecto Educativo Javeriano. 3º.- Que los candidatos deben haber cursado y aprobado en la Universidad al menos el 80% de los créditos académicos de su carrera. 4º.- Que las autoridades personales de gobierno de las facultades presentaron los candidatos a la distinción, por escrito y mediante acta que incluía los motivos que sustentan la candidatura. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO- Otorgar la distinción universitaria Cruz San Pedro Claver a los siguientes estudiantes que a lo largo de su carrera han sobresalido en el desempeño de sus deberes por sus cualidades humanas y su compromiso eficaz con los ideales Javerianos expresados en el Proyecto Educativo Javeriano: NOMBRES Anamaría Valderrama Perdomo Nicolás Almanzar Chiquillo Juan Sebastián Ortega Linares Laura Katherine Aragón Aya

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Programa Arquitectura Diseño Industrial Derecho Ciencias Políticas

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FACULTAD Arquitectura y Diseño Arquitectura y Diseño Ciencias Jurídicas Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales


NOMBRES

Programa

Ana Marcela Contador Balcero

Relaciones internacionales

Juan Camilo Ospina Deaza

Antropología

Camilo José Barreto Villamil

Historia

FACULTAD Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales Ciencias Sociales Ciencias Sociales

Ana Camila Jaramillo Sociología Beltrán

Ciencias Sociales

Angie Lorena Buitrago Mora

Enfermería

Enfermería

Daniel Soler Sandoval

Ingeniería Civil

Ingeniería

Mateo Flórez Álvarez

Ingeniería Electrónica

Ingeniería

Ana María Urrego Torres

Ingeniería Industrial

Ingeniería

Alejandro Rivera Álvarez

Ingeniería de Sistemas

Ingeniería

Daniel Zuluaga Goyeneche

Odontología

Odontología

Harold Esteban Pouchard Castañeda

Artes Visuales

Artes

Eliana Aldana Oyuela

Bacteriología

Ciencias

Claudia Alejandra Pinilla Mendoza

Biología

Ciencias

Lucas Gnecco Heredia

Matemáticas

Ciencias

Paula Nossa Agüero Juliana Caicedo Vela

Microbiología Industrial Nutrición y Dietética Administración de Empresas (Jornada diurna) Contaduría Pública (Jornada nocturna)

FACULTAD

Manuel Cerezo Lesmes

Filosofía

Filosofía

María José Ortega Sierra

Medicina

Medicina

María Alejandra Rodríguez Perdomo

Psicología

Psicología

José Alejandro Torrado Mendoza

Teología

Teología

José Eugenio Fernández Valle

Licenciatura en Teología

Teología

ARTÍCULO SEGUNDO- Hacer entrega del diploma y la imposición de la insignia correspondiente a los galardonados, en ceremonia solemne convocada especialmente para el efecto. ARTÍCULO TERCERO- A cada galardonado, la Universidad entregará también un reconocimiento económico. Dado en Bogotá, D.C., el 30 de septiembre de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

Ciencias

Juan Pablo Cuellar Solano

Economía

Daniel Steven Támara Duarte

Comunicación Social

Edward Alejandro Ruiz Martínez

Lenguas Modernas

Comunicación y Lenguaje

Cindy Paola Ochoa Sánchez

Licenciatura en Pedagogía Infantil

Educación

Nicolás Giraldo Echeverry

Ecología

Estudios Ambientales y Rurales

Sandra Patricia Rubio Aguilera

Programa

Ciencias

Ciencias Económicas y Administrativas Ciencias Económicas y Administrativas Ciencias Económicas y Administrativas Comunicación y Lenguaje

Julián Esteban Galindo Vallejo

NOMBRES

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RESOLUCIÓN N° 645 (Cruz San Francisco Javier para la Señora Sixta Tulia Méndez Buitrago)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1°. Que la Señora Sixta Tulia Méndez Buitrago, Trabajadora Social de la Universidad Externado de Colombia, se vinculó a la Universidad el 2 de febrero de 1981 como Secretaria en la Facultad de Educación, con una dedicación de tiempo completo; en 1998 fue Directora del Centro Regional Territorios Nacionales y a partir de 2004 Coordinadora del Centro Regional Llanos Orientales y Amazonía del Centro de Universidad Abierta;

dado testimonio de excelencia en el servicio a los demás y el amor a la Universidad. ARTÍCULO SEGUNDO- Conceder la Cruz de Oro San Francisco Javier a la Señora Sixta Tulia Méndez Buitrago. ARTÍCULO TERCERO- El Rector de la Universidad hará imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en acto convocado especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 10 días del mes de noviembre de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

2º. Que la Señora Méndez Buitrago terminó su vinculación laboral con la Universidad el 31 de diciembre de 2015, luego de 34 años de servicio en la Facultad de Educación y el programa de Universidad Abierta, en los cuales se destacó especialmente por su compromiso con la institución y el especial cuidado en el manejo de las relaciones del Programa de Universidad Abierta con las regiones de Boyacá, Nariño, Caquetá, Putumayo y Amazonas; 3º. Que el Decano de la Facultad de Educación, P. José Leonardo Rincón Contreras, S.J., mediante comunicación del 19 de julio de 2016, solicitó al Rector de la Universidad, P. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J., conceder la Cruz San Francisco Javier a la Señora Méndez Buitrago, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la sesión del Consejo de Facultad que tuvo lugar el 1º de junio pasado; 4°. Que la Distinción Universitaria Cruz San Francisco Javier fue creada con el fin de “exaltar y estimular a los Profesores o Empleados Administrativos que hayan sobresalido en el desempeño de sus funciones por sus calidades humanas, su lealtad a la Institución, y su esfuerzo por alcanzar un mayor nivel de excelencia”; y que “para las personas que hayan estado vinculadas por más de 25 años, así no sean continuos, se concederá la Cruz de Oro San Francisco Javier”, según lo dispuesto en el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO- Reconocer los méritos y la labor de la Señora Sixta Tulia Méndez Buitrago, quien ha

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RESOLUCIÓN N° 646

RESUELVE:

(Cruz San Francisco Javier para el Doctor Carlos Arturo Gaitán Riveros)

ARTÍCULO PRIMERO- Reconocer los méritos y la labor del Doctor Carlos Arturo Gaitán Riveros, quien ha sobresalido como profesor y directivo universitario, y ha llegado a constituir un modelo en el oficio de ser maestro.

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1°. Que el Profesor Carlos Arturo Gaitán Riveros, Licenciado en Filosofía y Letras de la Pontificia Universidad Javeriana y Doctor en Educación de la Universidad de Costa Rica, se vinculó a su Alma Mater el 15 de enero de 1982 como profesor de la Facultad de Filosofía y Letras; desde 1995 se desempeñó como profesor de la Facultad de Educación; entre 2011 y 2014 ocupó el cargo de Decano Académico de la Facultad de Educación; y luego continuó como profesor del Departamento de Formación de la Facultad de Educación;

ARTÍCULO SEGUNDO- Conceder la Cruz de Oro San Francisco Javier al Doctor Carlos Arturo Gaitán Riveros. ARTÍCULO TERCERO- El Rector de la Universidad hará imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en acto convocado especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 10 días del mes de noviembre de 2016. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

2º. Que el Doctor Gaitán Riveros se desempeñó durante 33 años como profesor de la Universidad, inicialmente en la Facultad de Filosofía y Letras, luego en la Facultad de Educación, hasta el 2 de octubre pasado, destacándose siempre por su serenidad, rigor académico y disposición para la enseñanza y la reflexión con sus estudiantes; así como por su contribución al proyecto de la Facultad de Educación; y que ahora continúa su labor académica en calidad de catedrático; 3º. Que el Decano de la Facultad de Educación, P. José Leonardo Rincón Contreras, S.J., mediante comunicación del 19 de julio de 2016, solicitó al Rector de la Universidad, P. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J., conceder la Cruz San Francisco Javier al Doctor Gaitán Riveros, de acuerdo con las consideraciones expuestas en las sesiones del Consejo de Facultad que tuvieron lugar el 1º de junio y el 6 de julio pasados; 4°. Que la Distinción Universitaria Cruz San Francisco Javier fue creada con el fin de “exaltar y estimular a los Profesores o Empleados Administrativos que hayan sobresalido en el desempeño de sus funciones por sus calidades humanas, su lealtad a la Institución, y su esfuerzo por alcanzar un mayor nivel de excelencia”; y que “para las personas que hayan estado vinculadas por más de 25 años, así no sean continuos, se concederá la Cruz de Oro San Francisco Javier”, según lo dispuesto en el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad;

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DIRECTRIZ EXPEDIDA POR LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA



CIRCULAR N° 005 – 2016 Para:

DECANOS DE FACULTAD DECANA ACADÉMICA DE LA FACULTAD DE MEDICINA DECANO DEL MEDIO UNIVERSITARIO DE LA FACULTAD DE MEDICINA DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE POSGRADOS

De:

VICERRECTOR ACADÉMICO

Asunto: Próximas Festividades Judías Fecha: 31 de agosto de 2016 Reciban un atento saludo. Por petición del Gran Rabino de la Comunidad Israelita de Bogotá, me permito solicitarles dispensar a los alumnos judíos de sus Facultades y Programas, de asistir a las clases los días 3 y 4 de octubre, 11 de octubre a partir de las 3:00 p.m., y 12 del mismo mes, fechas en las cuales celebrarán el ROSH HASHANA (Año Nuevo 5.777), y el YOM KIPUR (Día del Perdón), máximas festividades judías. Atentamente, LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico

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DIRECTRICES EXPEDIDAS POR LA VICERRECTORÍA DEL MEDIO UNIVERSITARIO



CIRCULAR N° 002 - 2016

CIRCULAR N° 002A - 2016

Para: DOCENTES PERSONAL ADMINISTRATIVO

Para:

ESTUDIANTES DE PREGRADO ESTUDIANTES DE POSGRADO

De:

De:

VICERRECTORÍA DEL MEDIO UNIVERSITARIO

VICERRECTORÍA DEL MEDIO UNIVERSITARIO

Asunto: Procedimientos posibles casos de violencia sexual

Asunto: Procedimientos posibles casos de violencia sexual

Fecha:

Fecha:

Julio 25 de 2016

Julio 25 de 2016

Apreciados profesores y personal administrativo

Apreciados estudiantes javerianos.

Buenos días. Por medio de la presente circular deseo actualizar y dar a conocer ampliamente al personal vinculado laboralmente con la Pontificia Universidad Javeriana, los procedimientos que hemos estado utilizando en los posibles casos de violencia sexual. “Los pasos para atención en casos de violencia Sexual” destacan la dignidad y respeto por todos los miembros de la Universidad y se integran en nuestra preocupación institucional por la cura personalis, tan propia y característica en nuestra tradición y por la construcción cercana y fraterna del Medio Universitario.

Buenos días. Por medio de la presente circular deseo actualizar y dar a conocer a nuestros estudiantes de la Pontificia Universidad Javeriana, los procedimientos que hemos estado utilizando en los posibles casos de violencia sexual. “Los pasos para atención en casos de violencia Sexual” destacan la dignidad y respeto por todos los miembros de la Universidad y se integran en nuestra preocupación institucional por la cura personalis, tan propia y característica en nuestra tradición y por la construcción cercana y fraterna del Medio Universitario.

Estas orientaciones necesarias y sencillas nos permitirán seguir trabajando con mayor tranquilidad y seguridad. Del mismo modo, ellas favorecerán la consolidación de nuestra comunidad universitaria en ambientes sanos y protegidos. En el texto adjunto podrán ver los tiempos, personas y acciones para responder mejor en los casos que consideren pertinentes. Muchas gracias por su lectura atenta y apropiación adecuada.

Estas orientaciones necesarias y sencillas nos permitirán trabajar con mayor tranquilidad y seguridad. Del mismo modo, ellas garantizarán la consolidación de nuestra comunidad universitaria en Ambientes sanos y protegidos. En el texto adjunto podrán ver tiempos, personas y acciones para responder mejor en los casos que consideren pertinentes. Muchas gracias por su lectura atenta y apropiación adecuada. Cordialmente,

Cordialmente, LUIS ALFONSO CASTELLANOS RAMÍREZ, S.J. Vicerrector del Medio Universitario

LUIS ALFONSO CASTELLANOS RAMÍREZ, S.J. Vicerrector del Medio Universitario

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ANEXO PASOS PARA LA ORIENTACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN CASOS DE VIOLENCIA SEXUAL PARA ESTUDIANTES

- Protección (comisaría de familia, ICBF para menores de edad). •

El siguiente documento presenta los pasos para la orientación y acompañamiento a los estudiantes afectados por violencia sexual.

- Línea 155: línea nacional de orientación a víctimas de violencias. - Línea púrpura 018000112137: mujeres que escuchan mujeres. Casas de igualdad de oportunidades para las mujeres.

Objetivo: Brindar a los diferentes estamentos de la Universidad un instrumento metodológico para la orientación y acompañamiento a los estudiantes que se han visto afectados por violencia sexual, teniendo en cuenta que siempre se velará por la honra, buen nombre y respeto a los vinculados.

- Comisarías de familia. - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. - Centros comunitarios LGBTI. •

Alcance:

Informa que cuenta con las siguientes opciones para mayor orientación a las víctimas enBogotá:

Empoderar para que tome la decisión de denunciar si es mayor de edad.

Este documento está dirigido a los empleados cuya función inmediata implica atender estos casos, entre otros: decanos, directores de carrera, consejeros académicos y profesionales del CAPS (Centro de Asesoría Psicológica y Salud) y CFICC (Centro de Fomento de la Identidad y Construcción de la Comunidad).

3. En el caso que un estudiante haya sido víctima de violencia sexual y no lo haya reportado a ningún sector (salud, justicia, protección), se debe remitir de inmediato a su servicio de urgencias para la atención médica integral y continuar el manejo al interior de la Universidad.

Pasos para la orientación y acompañamiento: Todos los procesos, deberán quedar por escrito en el módulo de consejería y/o en la hoja de vida de los estudiantes.

4. Ofrecer como una opción de apoyo psicoterapéutico el servicio del Centro de Asesoría Psicológica y Salud, en caso de ser aceptado por parte de la persona, realizar la carta de remisión. Entregar la carta al estudiante.

1. El Consejero Académico al recibir un caso de un estudiante con violencia sexual surtirá los siguientes pasos:

5. Comunicar que debe dirigirse al CAPS para solicitar el proceso y entregar la carta .

Escuchar y contener la situación.

Informar al estudiante que su caso será reportado al director de carrera.

6. El Director de Carrera informa al Decano de la existencia del caso. Si el estudiante es menor de edad, debe informar también, a los padres de familia o acudientes.

Reportar el caso al Director de Carrera.

7. El Decano de Facultad

2. El Director de Carrera al recibir un caso de un estudiante que sea víctima de violencia sexual surtirá los siguientes pasos: •

Recibir y prestar una atención de forma inmediata a quien reporta el caso.

Escuchar y contener la situación.

Indagar si el caso ya fue reportado a los sectores correspondientes. De lo contrario brindar la información de estas posibilidades. - Salud (EPS, IPS, servicios de Urgencias) - Justicia (fiscalía)

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• Cíta a través de una carta a los estudiantes involucrados que se encuentr a n matriculados en su facultad. Si en el caso está involucrado un emp le ado (profesor o personal administrativo) informar a la Directora de Gestión Humana, a través de cualquier vía. • Tiene en cuenta los siguientes pasos para acompañar: - Si el estudiante es la víctima:

-

Escucha y contiene.

-

Indaga por la situación.

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- Informa del procedimiento que se surtirá con el agresor.

- Entregar la carta al estudiante. - Comunicar que debe dirigirse al CFICC para solicitar el proceso y entregar la remisión.

- Determinar si inició proceso en sector salud (CAPS, EPS, servicios de Urgencias), protección (Comisaría de familia, ICBF, Fiscalía) y justicia (Fiscalía). •

- Agresor: - Monitorear los compromisos.

Si el estudiante es el agresor:

- Remitir con carta al CFICC para facilitar el proceso de reparación si fue solicitado por la víctima.

- Escucha y contiene. - Indaga por la situación.

- Entregar la carta al estudiante.

- Invita a la reflexión de lo sucedido, de acuerdo con la valoración del caso.

- Comunicar que debe dirigirse al CFICC para entregar la remisión y realizar el proceso de reparación.

- Establece compromisos por escrito. - Realiza carta de remisión al CFICC para el Acompañamiento Pedagógico, la cual será entregada al estudiante. •

Recibe carta de inicio y/o finalización del Acompañamiento Pedagógico para el agresor. Si no recibe la carta de inicio de los procesos señalados en las siguientes dos semanas de realizada la remisión, tenerlo en cuenta al momento de seguimiento.

8. El Decano de Facultad o a quien este delegue realiza el seguimiento periódico a los casos. Se sugiere realizar mínimo 2 seguimientos con la víctima y con el agresor. •

Primer seguimiento, en los primeros quince días de reportado el caso.

9. Recibe carta de inicio y/o finalización del proceso de Acompañamiento Pedagógico para el agresor y de Reparación para la Víctima. 10. Cierre formal del proceso, el Decano de Facultad: •

Cita a los estudiantes involucrados de manera independiente y socializa el proceso realizado.

Diligencia, archiva en hoja de vida de estudiantes, digitaliza y envía lista chequeo al CFICC, CAPS y estudiantes.

Al interior del CAPS y CFICC •

El CAPS: -

Reporta el caso al CFICC e informa a la persona los pasos pa ra la orientación y acompañamiento a los estudiantes afectados por violencia sexual.

-

Realiza la atención inmediata teniendo en cuenta la “Guía de atención en salud para la violencia y maltrato del CAPS”.

- Víctima: - Monitorear procesos iniciados en los diferentes sectores. - Monitorear el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el agresor. •

- Agresor: - Monitorear los compromisos.

El CFICC: -

Envía un correo electrónico y una carta formal a los Decanos de la facultad con copia a los Directores de Carrera donde se encuentra matriculado el o los estudiantes involucrados con el fin de poner el caso en conocimiento.

-

Coordina un encuentro con los Decanos de Facultad y Directores de Carrera para asesorar el acompañamiento a los estudiantes afectados.

-

Si en el caso está involucrado un empleado (profesor o personal administrativo) informar a la directora de Gestión Humana.

- Determinar si inició el Acompañamiento Pedagógico del CFICC.

• Segundo seguimiento, un mes después de reali- zado el primer seguimiento. - Víctima: - Monitorear procesos iniciados en los diferentes sectores. Monitorear el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el agresor. - Indagar por la necesidad de un Proceso de Reparación, si acepta realizar carta de remisión al CFICC.

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i

Violencia Sexual: La OMS y OPS (2003) defin en la violencia sexual como “todo acto sexual, la tentat iva de consumar un acto sexual, los comentarios o insinuaciones sexual es no deseados, o las acciones para comercializar o utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de un a persona” [9). Es necesario aclarar que no todas las formas en que se man ifiesta la violencia sexual son delitos, aunque la mayoría de ellas han sido recogidas por el Código Penal colombiano. Partiendo de esta definición y del marco normativo internacional y nacional de los derechos humanos es posible definir los subtipos, formas o modalidades en qu e se presenta la violencia sexual así: violación/asalto sexual; abuso sexual; explotación sexual; trata de personas con fines de explotación sexual ; explotación sexual de niñas, niños y adolescentes; acoso sexual; violencia sex ual en el contexto del conflicto a rmado. (Resolución 459 de 2012, Glosario Numeral 1.1)

¿Qué es el Acoso Sexual Laboral (ASL ) ? (Ley 1257 de 2008 y Ley 599 de 2000)

Es un delito en el que alguien por beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fin es sexual es no consentidos, a otra persona.

¿Cuáles son las modalidades de Acoso Sexual Laboral?

Acoso sexual labor al físico: Manoseos, pellizcos, palmaditas, apretones, roces deliberados, miradas lascivas o concupiscentes, comentarios homófobos, gestos con connotación sexual, guiños, emails, mensajes de texto no deseados, chistes sexualmente implícitos por la intranet, tocamientos, contacto físico innecesario, agresión física.

Acoso sexual laboral verbal: Comentarios o insinuaciones sexuales, chistes de carácter sexual, preguntar sobre fantasías eróticas, comentarios homófobos, insultos basados en el sexo de otra persona o calificando su sexualidad, desviar discusiones de trabajo en conversaciones de contenido sexual, favores sexuales con fines de promoción o ascenso.

Acoso sexual laboral no verbal: Exhibición de fotos, calendarios, fondos de pantalla en los ordenadores o computadores u otro material sexualmente explícito, envío de cartas anónimas o silbidos.

Otros tipos de acoso sexual laboral: Obligar a las mujeres a trabajar fuera de los horarios normales con alguna finalidad sexual a través de engaños.

CIRCULAR N° 003 - 2016 Para:

DIRECTIVOS ADMINISTRATIVOS Y DIRECTIVOS ACADÉMICOS

De:

VICERRECTORIA DEL MEDIO UNIVERSITARIO

Asunto: Orientaciones para procedimientos en posibles casos de violencia sexual Fecha:

Agosto 2 de 2016

Apreciados Directivos administrativos y Académicos. Buenos días. Uds. han recibido la circular dirigida a empleados con “Los pasos para atención en casos de violencia Sexual”. En este momento incluyo las orientaciones dirigidas a estudiantes; pues en razón de sus cargos directivos como administrativos o académicos es posible que tengan conocimiento de eventuales casos tanto de empleados como de estudiantes. Eventos escasos pero que para su adecuado acompañamiento es mejor tener presente estos pasos. Igualmente están recibiendo dos circulares: • Ruta para orientación y acompañamiento versión para empleados y, • Ruta para orientación y acompañamiento versión para estudiantes que les ayudará al seguimiento paso a paso de los eventos cuando sea necesario. Los textos estarán disponibles digitalmente en los archivos de las páginas web de los Centros de Fomento de la Identidad y Construcción de la Comunidad, Asesoría Psicológica y Salud y de la Oficina de Gestión Humana. De la misma manera pueden consultar sus inquietudes o solicitar apoyo con la profesional que acompaña estos temas en inclusión@javeriana.edu.co. Muchas gracias por su apoyo y sigan contando con nuestro apoyo solidario en la construcción de nuestra comunidad Educativa Javeriana. Cordialmente, LUIS ALFONSO CASTELLANOS RAMÍREZ, S.J. Vicerrector del Medio Universitario

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ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2016


ANEXO PASOS PARA LA ORIENTACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN CASOS DE VIOLENCIA SEXUAL PARA EMPLEADOS El siguiente documento presenta los pasos para el acompañamiento a los profesores y personal administrativo afectados por violencia sexua!i. Objetivo: Brindar a los diferentes estamentos de la Universidad un instrumento metodológico para la orientación y acompañamiento a los profesores y personal administrativo que se han visto afectados por violencia sexual, teniendo en cuenta que siempre se velará por la honra, buen nombre y respeto a los vinculados.

médica integral y continuar el manejo al interior de la Universidad. 3. Sugerir al empleado el reporte de la situación a la directora de Gestión Humana y/o a su jefe inmediato. 4. Ofrecer como una opción de apoyo psicoterapéutico el servicio del Centro de Asesoría Psicológica y Salud. 5. Informa al empleado que en caso que el agresor sea un estudiante se activarán los “Pasos para la orientación y acompañamiento en casos de violencia sexual para Estudiantes”. Al interior del CAPS y DGH

• El CAPS:

Realiza la atención inmediata teniendo en cuenta la “Guía de atención en salud para la violencia y maltrato del CAPS”.

Empodera al empleado para que reporte de la situación a la directora de Gestión Humana y/o a su jefe inmediato.

Alcance: Este documento está dirigido a las directivas académicas y administrativas, CAPSii y DGHiii. Pasos para la orientación y acompañamiento: Cualquier persona de la Comunidad Educativa Javeriana al recibir un caso de un empleado (profesor o personal administrativo) que sea víctima de violencia sexual surtirá los siguientes pasos:

1. Recibir y prestar una atención de forma inmediata a quien reporta el caso.

• La DGH: Reporta al Decano de la Facultad lo sucedido, si en el caso está involucrado un estudiante y los “Pasos para la orientación y acompañamiento en casos de violencia sexual para Estudiantes”.

- Salud (EPS, IPS, servicios de Urgencias)

i Violencia Sexual: La OMS y OPS (2003) definen la violencia sexual como “todo acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual, los comentarios o insinuaciones sexuales no deseados, o las acciones para comercializar o utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de una persona” [9]. Es necesario aclarar que no todas las formas en que se manifiesta la violencia sexual son delitos, aunque la mayoría de ellas han sido recogidas por el Código Penal colombiano.

- Justicia (fiscalía)

Partiendo de esta definición y del marco normativo internacional y nacional de los derechos humanos es posible definir los subtipos, formas o modalidades en que se presenta la violencia sexual así: violación/asalto sexual; abuso sexual; explotación sexual; trata de personas con fines de explotación sexual; explotación sexual de niñas, niños y adolescentes; acoso sexual; violencia sexual en el contexto del conflicto armado. (Resolución 459 de 2012, Glosar io Numeral 1.1)

¿Qué es el Acoso Sexual Laboral (ASL)? (Ley 1257 de 2008 y Ley 599 de 2000)

Es un delito en el que alguien por beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona.

• Escuchar y contener la situación. • Indagar si el caso ya fue reportado a los sectores correspondientes. De lo contrario brindar la información de estas posibilidades.

- Protección (comisaría de familia) •

Informar sobre la línea 155 para la orientación a víctimas de violencias, en la cual le darán información sobre los canales de actuación en caso que sienta la necesidad de denunciar.

Informar a la persona la existencia de la “Pasos para la orientación y acompañamiento en casos de violencia sexual para Empleados”.

2. En el caso que el empleado haya sido víctima de violencia sexual y no lo haya reportado a ningún sector (salud, justicia, protección), se debe remitir de inmediato a su servicio de urgencias para la atención

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¿Cuáles son las modalidades de Acoso Sexual Laboral?

Acoso sexual laboral físico: Manoseos, pellizcos, palmaditas, apretones, roces deliberados, miradas lascivas o concupiscentes, comentarios homófobos, gestos con connotación sexual, guiños, emails, mensajes de texto no deseados, chistes sexualmente implícitos por la intranet, tocamientos, contacto físico innecesario, agresión física.

Acoso sexual laboral verbal: Comentarios o insinuaciones sexuales, chistes de carácter sexual, preguntar sobre fantasías eróticas, comentarios homófobos, insultos basados en el sexo de otra persona o calificando su sexualidad, desviar discusiones de trabajo en conversaciones de contenido sexual, favores sexuales con fines de promoción o ascenso.

Acoso sexual laboral no verbal: Exhibición de fotos, calendarios, fondos de pantalla en los ordenadores o computadores u otro material sexualmente explícito, envío de cartas anónimas o silbidos.

Otros tipos de acoso sexual laboral: Obligar a las mujeres a trabajar fuera de los horarios normales con alguna finalidad sexual a través de engaños.

ii Centro de Asesoría Psicológica y Salud. ii Dirección de Gestión Humana.


DIRECTRICES EXPEDIDAS POR LA VICERRECTORÍA DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES



CIRCULAR N° 002 - 2016 Para: RECTOR, VICERRECTORES Y ASISTENTES DECANOS DIRECTORES DE PROGRAMA COORDINADORES DE PRÁCTICA De:

LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. VICERRECTOR DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

Asunto: Remisión Resolución No. 637 Fecha:

julio 11 de 2016

La Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales se permite remitir la Resolución Número 637 donde se establece un Descuento – Beca del 50 % en la matrícula para los estudiantes que vayan a realizar una pasantía internacional como parte de su carrera. La convocatoria ya está abierta, puede ser consultada ante la Coordinación de Movilidad de la Dirección de Asuntos Internacionales y establece los siguientes requisitos iniciales: Son requisitos para ser beneficiario del descuento en el valor de la matrícula: a) Ser estudiante activo de un programa de pregrado de la Universidad Javeriana en Bogotá. b) Tener un promedio ponderado acumulado igual o superior a 3,8 c) Tener la aprobación de su programa Académico o de quien realice el trámite en su facultad, de no tener este proceso establecido en la facultad, deberá tener el aval de su Director de Programa. d) Aprobación del acuerdo o convenio si se firmara por parte de la Dirección Jurídica en cuanto a prácticas se refiere en Universidades o instituciones, laboratorios o empresas que la Facultad apruebe para tal fin. Parágrafo. - Se dará prioridad para el descuento a quienes sean admitidos en una Universidad Jesuita, obra de la Compañía de Jesús o en una Universidad de un país no hispanohablante. Los posibles candidatos deberán ser presentados ante la Coordinación de Movilidad de la Dirección de Asuntos Internacionales, en una (1) sola comunicación del Decano con los candidatos Nathalia Piedrahita, nathalia. piedrahita@javeriana.edu.co, Ext: 3007- Coordinadora de Movilidad Internacional. Cordialmente, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales

CIRCULAR N° 003 - 2016 Para:

VICERRECTORES, DIRECTORES Y ASISTENTES DECANOS DIRECTORES CENTROS E INSTITUTOS DIRECTORES DE UNIDADES ADSCRITAS SECRETARIOS DE FACULTAD DIRECTORES DE DEPARTAMENTO GESTORES DE EXTENSIÓN De:

LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. VICERRECTOR DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

Asunto: Procedimiento de gestión actividades de extensión Fecha: agosto 01 de 2016 De conformidad con lo dispuesto en las “Directrices para la Actividad Académica de Extensión en la Pontificia Universidad Javeriana” todo programa de extensión (curso, seminario, taller, diplomado, programa para profesionales, entre otros), al igual que cualquier proyecto de consultoría que sea propuesto por las unidades académicas o por unidades adscritas a la Vicerrectoría Académica o a la Vicerrectoría de Investigación, deberá ser gestionado a través de la Dirección de Educación Continua o de la Dirección de Consultorías. Se excluyen las actividades relacionadas con prestación de servicios por parte de laboratorios y unidades que tiene definidas tarifas y cuyos trabajos se ejecutan a partir de órdenes de prestación de servicios. Según la naturaleza de cada iniciativa de formación o de consultoría, estas serán gestionadas académicamente por el área de gestión de la extensión respectiva y la gestión administrativa por el área de procesos. Los proyectos que lo requieran, serán acompañados también por el área de estructuración de propuestas y la asesoría jurídica de la Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales. De igual manera y según la unidad que tenga la iniciativa, se hará la distribución de excedentes. Para la gestión de este tipo de actividades se han establecido una serie de procedimientos, debidamente documentados en la oficina de Organización y Métodos OYM de la Universidad y los cuales deben seguirse por parte de las Unidades. Para el efecto, recomendamos a las Unidades revisar con detenimiento las “Directrices para la Actividad Académica de Extensión en la Pontificia Universidad Javeriana” y la circular No. 004/2015 de la Vicerrectoría de Extensión

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y Relaciones Interinstitucionales, relacionada con las bonificaciones para los profesores de Planta que desarrollan actividades de Extensión. Agradecemos dar cumplimiento estricto a lo dispuesto en estas directrices y en los procedimientos establecidos por la Universidad para garantizar que los resultados de las actividades de extensión sigan siendo los mejores para todos. Cordialmente, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales


DIRECTRICES EXPEDIDAS POR LA VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA



VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN FINANCIERA CIRCULAR DF N° 03 DE 2016 Para:

DECANOS DE FACULTAD DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DIRECTORES DE INSTITUTO SECRETARIOS DE FACULTAD

De: JOHANNA BOLÍVAR ROJAS DIRECTORA FINANCIERA Asunto: Proceso de liquidación y cobro de asignaturas – segundo periodo académico año 2015 (intersemestral) Fecha: 15 de julio de 2016 La Dirección Financiera informa que a partir de la fecha está habilitado el Sistema de Liquidación de Costo de Asignaturas para realizar el proceso correspondiente al segundo periodo académico del año 2016 (Intersemestral). Sobre las funcionalidades ya existentes se recomienda: 1. Revisar las horas de dedicación de profesores de planta reflejadas en el sistema.

Si existen diferencias en la información del módulo de costos por favor ingrese al módulo de asociación, modifique la información y solicite a la Oficina de Costos y Presupuesto la actualización para que la clase quede correctamente liquidada.

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

Proceso de cobro en lote y generación de información para cobro manual

Oficina de Costos y Presupuesto

FECHA INICIO

01/08/2016

02/08/2016

Liquidación Manual asignaturas pendiente de co- Departamentos e bro y envío de Institutos información para proceso (a)

03/08/2016

19/08/2016

Proceso de cobro manual Oficina de Costos - Afectación y Presupuesto presupuestal y contable

22/08/2016

23/08/2016

(*) El instructivo para el costeo de los servicios académicos se encuentra disponible en la página de la universidad: La Universidad/Vicerrectoría Administrativa/Dir. Financiera/ Of. De Costos y Presupuesto/ Procesos Documentados/ Proceso Costos.

Para iniciar el proceso por favor ingrese a la página http:// www.javeriana.edu.co/servicios-en-linea donde encontrará el Sistema de Costo de Asignaturas. Cualquier inquietud o aclaración será atendida por Claudia Milena Naranjo Ávila (naranjo-c@javeriana.edu.co ext. 3134) y Oscar Javier Becerra Roa (oscar.becerra@ javeriana.edu.co ext. 3041).

2. Revisar la información de costos asociados diferentes a nómina.

Cordialmente,

JOHANNA BOLÍVAR ROJAS Directora Financiera

Es responsabilidad de las unidades hacer la verificación y ajuste de los datos previamente cargados a fin de reflejar el costo real que se debe cobrar a cada programa.

FECHA FINALIZACIÓN

El cronograma de actividades para este proceso es el siguiente:

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

FECHA INICIO

Liquidación y cobro de asignaturas a través del sistema

Departamentos e Institutos

15/07/2016

FECHA FINALIZACIÓN

29/07/2016

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VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA CIRCULAR N° 03 - 2016 Para:

GOBIERNO GENERAL DECANOS DE FACULTAD DECANA ACADÉMICA DECANO DEL MEDIO UNIVERITARIO DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE ESPECIALIZACIÓN DIRECTORES DE MAESTRÍA DIRECTORES DE DOCTORADO DIRECTORES DE INSTITUTO SECRETARIOS DE FACULTAD

De:

CATALINA MARTÍNEZ DE ROZO VICERRECTORA ADMINISTRATIVA

Asunto: Cierre procesos administrativos 2016 Fecha:

5 de octubre de 2016

Con el fin de asegurar el adecuado cierre administrativo del presente año, les pido el favor de consultar el documento Fechas límite de cierre año 2016 - Procesos Administrativos en el siguiente enlace: http://www.javeriana.edu.co/of-organizacion-y-metodos/ pl-unidades/-/asset_publisher/p0CkuyhDEfl8/document/ id/4368238? En este documento encontrarán las fechas de cierre de los procesos del ámbito de la Dirección Financiera, Dirección de Gestión Humana, Dirección de Servicios Universitarios, Dirección de Recursos Físicos y Dirección de Tecnologías de Información. Para acceder al documento deben utilizar su usuario y clave de correo electrónico asignados. Agradezco divulgar esta información entre todo el equipo de trabajo de su unidad, de manera que puedan programar sus actividades y dar cumplimiento a los compromisos. Cordialmente, CATALINA MARTÍNEZ DE ROZO Vicerrectora Administrativa

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DIRECTRIZ CONJUNTA EXPEDIDA POR LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA Y LA SECRETARÍA GENERAL



CIRCULAR N° 007 - 2016 Para:

DECANOS DE FACULTAD DECANA ACADÉMICA DECANO DEL MEDIO UNIVERSITARIO DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE POSGRADO DIRECTORES DE INSTITUTO SECRETARIOS DE FACULTAD

De:

VICERRECTOR ACADÉMICO Y SECRETARIO GENERAL

Asunto: Aplicación del numeral 49 del reglamento de estudiantes Fecha:

10 de noviembre de 2016

Apreciados Decanos, Directores y Secretarios de Facultad: Reciban mi atento saludo. Luego de revisar las actividades que realiza la Oficina de Admisiones y Registro Académico y buscando agilizar y mejorar la respuesta a los requerimientos, les informamos que a partir de la fecha las solicitudes del retiro de asignaturas para ajustar el historial académico, en virtud de lo establecido en el numeral 49 del Reglamento de Estudiantes, podrán ser atendidas directamente desde las Secretarías de Facultad. Por tanto, no será ya necesario realizar este tipo de solicitudes a la Oficina de Admisiones y Registro Académico. Para las solicitudes de cancelación del periodo académico o de retiro de asignaturas del estudiante, derivadas de la aplicación del numeral 49 del Reglamento de Estudiantes, se deberá diligenciar el formato, que está disponible en los procesos documentados de la Universidad a través de la siguiente ruta: www.javeriana.edu.co Servicios Procesos Documentados Organigrama Institucional Rectoría Oficina de Admisiones y Registro Académico: DO-P12-F16 Formato Solicitud de ajuste al historial académico por abandono de asignaturas. Atentamente, LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID Secretario General

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DIRECTRIZ CONJUNTA EXPEDIDA POR LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA Y LA VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA



CIRCULAR CONJUNTA N° 02 Para: RECTOR VICERRECTORES DECANOS DIRECTORES DE DEPARTAMENTO E INSTITUTOS DIRECTORES DE PROGRAMA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN SECRETARIOS DE FACULTAD DIRECCIÓN DE ASUNTOS PROFESORALES DIRECCIÓN FINANCIERA DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN OFICINA DE CONTABILIDAD OFICINA DE ADMISIONES Y REGISTRO ACADÉMICO De:

LUIS DAVID PRIETO VICERRECTOR ACADÉMICO

ING. CATALINA MARTÍNEZ DE ROZO VICERRECTORA ADMINISTRATIVA Asunto: Nuevo sistema de liquidación de costos de asignaturas Fecha: 5 de agosto de 2016

Dentro del plan establecido para este proyecto se ha trabajado en coordinación con varias unidades de las Universidad, dentro de las cuales se encuentran las Direcciones Financiera, de Tecnologías de Información, de Gestión Humana, de Asuntos Profesorales, la Oficina de Admisiones y Registro Académico, la Secretaría de Planeación, entre otras, y se ha estimado que el nuevo sistema estará disponible en producción para el proceso de liquidación del tercer periodo de 2016 (Ciclo 1630). De manera oportuna les estaremos informando sobre el avance del proyecto y otros temas relevantes como: capacitaciones, fechas de despliegue y demás temas relacionados. Agradecemos la participación y apoyo de cada una de las áreas que de alguna manera intervienen en este proceso y que nos permiten asegurar el cumplimiento de los objetivos establecidos. Atentamente, LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico CATALINA MARTÍNEZ DE ROZO Vicerrectora Administrativa

Cordial saludo: En un trabajo conjunto entre la Vicerrectoría Académica y la Vicerrectoría Administrativa, se ha venido avanzando desde el mes de febrero de 2016, en el diseño del nuevo sistema de liquidación de costos de asignaturas para la Universidad, cuyos objetivos principales son: 1. Automatizar el proceso de liquidación para pregrado y posgrado. 2. Realizar el proceso de liquidación a partir de la información origen de programación de clases y asociación y contratación de profesores. 3. Contar con un nuevo sistema que facilite el proceso de liquidación de costos de asignaturas 4. Potencializar el proceso de liquidación para reflejar de una manera más razonable la reasignación de los costos en que incurren los Departamento e Institutos en la prestación de los servicios de docencia. 5. Contar con información más clara, oportuna y confiable para la toma de decisiones.

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DIRECTRIZ CONJUNTA EXPEDIDA POR LA VICERRECTORÍA DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Y LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA



CIRCULAR N° 006 - 2016 Para: De:

DECANOS DE FACULTAD Y DECANA ACADÉMICA DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE INSTITUTO DIRECTORES DE PROGRAMA DIRECTORES DE POSGRADOS SECRETARIOS DE FACULTAD PROFESORES DE PLANTA LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. VICERRECTOR DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ VICERRECTOR ACADÉMICO

Asunto: Lineamientos para el desarrollo de los acuerdos de doble titulación con instituciones nacionales o extranjeras. Fecha: noviembre 11 de 2016 Reciban un atento saludo. La Universidad Javeriana a través del Acuerdo 448 de 2007, definió su política de internacionalización, permitiendo establecer de una manera más ordenada, lazos de cooperación e integración con Instituciones pares en otros lugares del mundo. Durante este proceso de internacionalización, la Universidad ha ganado mayor presencia y visibilidad, nuevos mecanismos de enseñanza e investigación de la educación superior a través de la movilidad académica de estudiantes, docentes e investigadores; la formulación de programas de doble titulación; el desarrollo de proyectos conjuntos de investigación; la conformación de redes internacionales y en general la suscripción de acuerdos de cooperación académica.

Frente a los elementos compartidos en esta Circular, las Vicerrectorías estarán atentas a hacer el acompañamiento necesario a las Facultades, para lo cual podrán contactar a Ana María Guevara (amguevara@javeriana.edu.co) Ext. 2728 de la Dirección de Asuntos Internacionales, y para temas relacionados con el trámite e inscripción del convenio en el sistema. Para temas relacionados con el currículo, Gloria Patricia Cardona (g_cardona@javeriana.edu.co) Ext. 5249, Directora de Asuntos Curriculares estará atendiendo sus inquietudes. Cordialmente, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales LUIS MIGUEL RENJIFO MARTÍNEZ Vicerrector de Investigación ANEXO N°1 LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE LOS ACUERDOS DE DOBLE TITULACIÓN CON INSTITUCIONES NACIONALES O EXTRANJERAS. 1.

Los lineamientos expresados en este documento establecen las pautas académicas, administrativas y financieras que deben seguirse durante el proceso de propuesta, estudio, formalización, implementación y seguimiento de acuerdos de doble titulación para Carreras, Maestrías y Doctorados en la Sede Central de la Pontificia Universidad Javeriana. Estos lineamientos tienen como documentos institucionales de referencia:

En virtud de lo anterior, nos permitimos especificar en el anexo No. 1 de esta Circular, los lineamientos para la internacionalización de los programas académicos de la sede central. Para que estos procesos puedan desarrollarse de manera efectiva, es muy importante que los Decanos, Directores de Departamento, Directores de Programas y profesores responsables de la actividad de internacionalización en cada una de las Facultades, tengan en cuenta que el desarrollo de convenios de doble titulación debe ser coherente con la estrategia y plan de internacionalización de la Facultad. Así mismo, deben tener presente la importancia de los criterios de calidad académica y reconocimiento de las Instituciones Extranjeras con quienes habría interés de colaborar académicamente y la pertinencia para nuestros estudiantes del ofrecimiento que se va a desarrollar.

Objetivo y alcance

2.

Acuerdo No 448. Política para la Internacionalización de la Universidad.

Acuerdo N° 493. Política de Posgrados

Reglamento de Estudiantes

Reglamento de Unidades Académicas

Definiciones y modalidades

Se entiende por doble titulación con instituciones extranjeras, el proceso de cooperación académica internacional que ofrece a los estudiantes de las dos instituciones la posibilidad de desarrollar parte de sus estudios en su Institución de Origen y completarlos en la Institución de Acogida. Al finalizar este proceso, el estudiante obtiene un título oficial de cada una de las dos instituciones, bajo alguna de las siguientes modalidades:

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Doble titulación en niveles de formación equivalentes: cada una de las instituciones participantes en el proceso confiere un título universitario oficial que acredita el cumplimiento de requisitos de graduación en niveles de formación ·equivalentes: (pregradopregrado, maestría-maestría, doctorado-doctorado). Estos títulos oficiales deberán habilitar para el ingreso a niveles superiores de formación en los dos países y para el ejercicio profesional en Colombia. Doble titulación en niveles de formación complementarios: cada una de las instituciones participantes en el proceso confiere un título universitario oficial que acredita el cumplimiento de requisitos de graduación en niveles de formación complementarios (pregrado-maestría, maestría-doctorado). En el caso de doble titulación complementaria pregradomaestría, en el cual la Universidad Javeriana otorgue el título profesional, éste deberá conferirse con anterioridad al título de maestría otorgado por la universidad extranjera.

En cualquier caso, el análisis o formulación deberá incluir una revisión formal del nivel de calidad y del currículo del(os) programa(s) de la Institución extranjera con la que se desea desarrollar el proceso que permita determinar los siguientes aspectos: • Que el título que otorgará la institución extranjera es oficial y convalidable en el mismo nivel de formación en Colombia. • Número mínimo de créditos académicos y procesos a ser aprobados en la Universidad Javeriana tanto para los estudiantes propios como aquellos provenientes de la institución extranjera. • Número mínimo de créditos académicos y procesos a ser aprobados en la universidad extranjera y que serán reconocidos como parte de los requisitos para otorgar el respectivo título de la Universidad Javeriana. •

Identificación de posibles requisitos adicionales que deberán cumplir los estudiantes tanto propios como aquellos provenientes de la Universidad extranjera para obtener el título universitario de las dos instituciones. En el caso de doble titulación en niveles de formación complementarios, en donde la Universidad Javeriana otorgue el título de pregrado, es necesario que este se confiera en fecha anterior al título de la Universidad extranjera.

Identificación del número máximo de estudiantes de ambas instituciones que podrán participar anualmente y las condiciones financieras dentro de las cuales se desarrollará el proceso de doble titulación.

Elementos que deberá contener el “Acuerdo de Aprendizaje” que deberá diligenciarse por cada estudiante que participe en el proceso y en el que deberá constar el plan de estudios a seguir en la Institución de Acogida.

3. Intencionalidad Al definir la doble titulación con instituciones extranjeras como un Proceso de Cooperación Académica Internacional, la Pontificia Universidad Javeriana establece su intención de asumirla como: 3.1. Una forma de internacionalización del currículo que implica la revisión, comparación y reconocimiento de referentes internacionales que enriquecen el conjunto de experiencias formativas de los programas de la Universidad. 3.2. Un reconocimiento internacional del nivel de calidad de los programas académicos de la Universidad, que adquieren la condición de equivalentes con programas de instituciones de educación superior de reconocido nivel de calidad. 3.3. Un estímulo para los estudiantes con un buen desempeño académico que al participar dentro de este proceso podrán incluir referentes internacionales en su proceso de formación. 4.

Formalización de los procesos de doble titulación

4.1. El análisis o formulación de una propuesta de doble titulación y la determinación de la(s) modalidad(es) estará a cargo del(os) directores de los programas académicos y/o de las personas designadas por el Decano Académico o Decano de Facultad para adelantar el proceso. Todas las propuestas que se presenten, deberán contar con el visto bueno del Decano Académico o Decano de Facultad.

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4.2. Los aspectos definidos en el numeral 4.1 deberán ser discutidos por el respectivo Director de Programa y/o persona designada por el Decano Académico o Decano de Facultad, con su homólogo en la Universidad extranjera y presentados para la respectiva formalización ante las instancias correspondientes en cada una de las instituciones. 4.3. La formalización del proceso de doble titulación deberá ser solicitada por el Director del Programa y/o persona designada por el Decano Académico o Decano de Facultad de la Universidad Javeriana una vez concluido el análisis y acuerdos indicados en los

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numerales 4.1 y 4.2. Para este efecto deberá seguir los pasos señalados en el Procedimientos para la Elaboración y Formalización de Convenios de Cooperación Académica con Instituciones Internacionales, el cual se encuentra disponible en http://www.javeriana. edu.co/internacionalizacion/elaboracion-y-formalizacion-de-convenios-internacionales 4.4. La Dirección de Asuntos Internacionales se encargará de coordinar con las instancias respectivas la elaboración y la revisión del respectivo convenio, para obtener los respectivos avales institucionales: •

Análisis Académico de la pertinencia y coherencia de la propuesta de convenio con los objetivos de formación y valor agregado para el programa. Esta actividad se hace entre la Dirección de Asuntos Internacionales y la Dirección de Programas Académicos.

de los estudiantes que participen en el mismo. La presentación de los candidatos será realizada por el Decano de la Facultad a la Dirección de Asuntos Internacionales 5.3. La Dirección de Asuntos Internacionales realizará el acompañamiento a los estudiantes seleccionados para la formalización de su admisión en la universidad extranjera y asume la responsabilidad del acompañamiento administrativo del proceso. 5.4. Anualmente, la Dirección de Asuntos Internacionales junto con los Directores de los Programas de la Universidad involucrados en procesos de doble titulación harán una evaluación del desarrollo del programa considerando todas sus etapas (convocatoria, admisión, desarrollo y titulación). FIN DEL ANEXO

• El análisis Financiero, que igualmente será acompañado por la Dirección de Asuntos Internacionales y la Dirección Financiera, para obtener el aval de la Vicerrectoría Administrativa. • Análisis de pertinencia y coherencia con el Plan de Internacionalización de la Facultad, así como los aspectos jurídicos que se deriven del convenio, el cual se realizará al interior de la Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales. 5 Desarrollo, evaluación y seguimiento de los

procesos de doble titulación

5.1. Una vez formalizado el Acuerdo de Doble Titulación en las dos instituciones, la Dirección de Asuntos Internacionales, de común acuerdo con los Directores de Programa de la Universidad Javeriana definirá un calendario para la convocatoria anual del respectivo proceso de doble titulación. Antes de enviar o acoger estudiantes en el marco de un acuerdo de doble titulación, la Dirección de Asuntos Internacionales verificará con los respectivos Directores de Programa y con la Oficina de Admisiones y Registro que el proceso de reconocimiento de créditos para cada estudiante participante pueda hacerse en forma efectiva bajo los parámetros señalados en el Reglamento de Estudiantes y las Directrices de la Vicerrectoría Académica sobre el tema. 5.2. La selección de los estudiantes que participarán en el proceso de doble titulación será realizada por los· Directores de los respectivos programas, quienes asumen también la responsabilidad de la coordinación académica del proceso y del seguimiento académico

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DIRECTRIZ CONJUNTA EXPEDIDA POR LA VICERRECTORÍA DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Y LA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN



CIRCULAR N° 005 - 2016 Para: DECANOS DE FACULTAD DECANA ACADÉMICA DIRECTORES DE INSTITUTOS DIRECTORES DE DEPARTAMENTO SECRETARIOS DE FACULTAD PROFESORES DE PLANTA De: LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. VICERRECTOR DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES LUIS MIGUEL RENJIFO MARTÍNEZ VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN Asunto: Convenios internacionales y construcción de redes académicas Fecha:

noviembre 10 de 2016

Apreciados todos,

y creación artística que desarrollan los profesores de la Universidad e incentivar la generación de espacios de relacionamiento con la comunidad académica internacional, la VRI cuenta con mecanismos de apoyo que se encuentran descritos más adelante. Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales (VERI) • Cualquier miembro de la comunidad profesoral, directiva o administrativa podrá solicitar el trámite de un acuerdo o convenio –que no sea de investigación- con la respectiva aprobación de su jefe (Decano, Director de Instituto o Vicerrector). Es muy importante que dichas solicitudes respondan a una estrategia coherente con el Plan de Internacionalización de cada programa y unidad académica. Es igualmente importante tener presente la calidad académica y el reconocimiento de las instituciones extranjeras con quienes existe interés de colaborar. •

Reciban un atento saludo. Como parte de su política de internacionalización, la Pontificia Universidad Javeriana suscribe convenios de movilidad, cooperación académica, cultural, científica y de investigación con universidades e instituciones extranjeras de reconocido nivel de calidad, así como con organismos internacionales. Estos acuerdos buscan entablar relaciones de colaboración que promuevan el intercambio académico y cultural de estudiantes, docentes, investigadores y personal administrativo, el posicionamiento de la Universidad a nivel internacional y la realización de proyectos de cooperación conjunta. De esta forma la Vicerrectoría de Investigación (VRI) y la Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales (VERI) comunican con esta circular algunos elementos y procedimientos sobre el establecimiento de convenios internacionales y construcción de redes académicas. En el marco de la política de internacionalización, la Pontificia Universidad Javeriana promueve la firma de convenios específicos de colaboración académica a los cuales se pueda atribuir una acción concreta. Por esta razón, la Universidad no promueve la firma de convenios marco y cuenta únicamente, con un modelo de convenio internacional de colaboración académica que incluye las condiciones para la movilidad estudiantil en intercambios académicos. Los convenios con fines de investigación, se suscriben en el marco de proyectos y su elaboración debe ser solicitada a la VRI. Los convenios con otros fines deben ser solicitados a la VERI con su jefe inmediato. Por otro lado, con el ánimo de facilitar la divulgación de los resultados de proyectos de investigación, innovación

De acuerdo con la Circular No. 5 de 2015 de la VERI, los convenios de intercambio para estudiantes de pregrado y posgrado, docentes e investigadores, los convenios de doble titulación, los convenios de co-tutelas de doctorado y los convenios específicos, deben ser tramitados a través de la Dirección de Asuntos Internacionales de la VERI. Para ello es preciso que el gestor del convenio realice la respectiva solicitud en la página web de la universidad: http:// movilidad.javeriana.edu.co/web/convenios-internacionales/consulta-convenios-internacionales, a través de la cual debe obtener la aprobación online del Decano o Director de la respectiva unidad académica. La reglamentación del procedimiento respectivo, código IT-P10-PR01, se encuentra en : http://www. javeriana.edu.co/internacionalizacion/elaboraciony-formalizacion-de-convenios-internacionales

Vicerrectoría de Investigación •

Los convenios que impliquen movilidad de docentes y se generen en el marco de proyectos de investigación, deben estar previamente inscritos en el Sistema de Información y Administración de Proyectos de Investigación (SIAP), De acuerdo con la circular No. 2 y el procedimiento No. 1, que hacen referencia al apoyo a viajes para la asistencia a eventos académicos, y que pueden ser consultados en: http://www. javeriana.edu.co/investigacion/procedimientos2016.

Se puede solicitar apoyo para facilitar la pertenencia de profesores a redes de conocimiento con comunidades científicas y académicas, con el ánimo de fortalecer la internacionalización de la actividad investigativa de la universidad. La información so-

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bre cómo se debe solicitar este apoyo se encuentra en la Circular No. 2 de 2016 y procedimiento No.1 mencionados anteriormente. •

Otro mecanismo de apoyo a la internacionalización lo constituyen las oportunidades de pasantías de investigación y residencias artísticas para profesores de planta; los procedimientos respectivos se encuentran en la Circular No. 4 de 2014: http://www.javeriana. edu.co/investigacion/circulares-vri-2014

• Los trámites de convenios que se suscriban para realizar proyectos de investigación o de creación, ya sea que impliquen o no movilidad de estudiantes o profesores, deben guiarse por los procedimientos VRI-03 y VRI-04, disponibles en la dirección: http:// www.javeriana.edu.co/investigacion/procedimientos2016 Para cualquier inquietud o ampliación de esta información, están a su disposición la Coordinadora de Convenios Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales, Ana María Guevara Reina (amguevara@javeriana. edu.co), Ext: 2728 y el Asistente de la Vicerrectoría de Investigación, Juan Carlos Cobo Gómez (cobo-j@javeriana.edu.co), Ext: 3438. Cordialmente, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales LUIS MIGUEL RENJIFO MARTÍNEZ Vicerrector de Investigación

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DIRECTRIZ CONJUNTA EXPEDIDA POR LA VICERRECTORÍA DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES, VICERRECTORÍA ACADÉMICA Y LA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN



CIRCULAR N° 007 - 2016 Para:

VICERRECTORES, DIRECTORES Y ASISTENTES DECANOS DIRECTORES CENTROS E INSTITUTOS SECRETARIOS DE FACULTAD DIRECTORES DE DEPARTAMENTO PROFESORES DE PLANTA De:

LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. VICERRECTOR DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ VICERRECTOR ACADÉMICO

LUIS MIGUEL RENJIFO MARTÍNEZ VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN

Asunto: Apoyo a viajes de profesores para asistencia a eventos académicos Fecha: noviembre 28 de 2016 La política de apoyo a viajes de profesores para asistencia a eventos académicos está sujeto a los lineamientos de presupuesto según los cuales los recursos para tales efectos deben ser presupuestados por las facultades de acuerdo a las prioridades de la gestión planificada para el cumplimiento de los objetivos y metas específicas de las unidades académicas.

3. Fortalecer la internacionalización de la actividad investigativa de la universidad. Igualmente, las Vicerrectorías Académica y de Extensión y Relaciones Interinstitucionales, aceptarán únicamente solicitudes que se harán en virtud de lo dispuesto en las “Directrices para la Actividad Académica de Extensión en la Pontificia Universidad Javeriana” en su numeral 3.3.5 sobre excedentes y su distribución. Los Vicerrectores analizarán conjuntamente la solicitud y en caso de dar concepto favorable, autorizarán el uso de excedentes para tal fin. Agradecemos dar cumplimiento estricto a lo dispuesto en esta circular y presentar solicitudes que cumplan la integridad de las condiciones aquí expuestas. Cordialmente, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico LUIS MIGUEL RENJIFO MARTÍNEZ Vicerrector de Investigación

Por lo anterior, las Vicerrectorías Académica, de Investigación y de Extensión y Relaciones Interinstitucionales, solo apoyarán de manera excepcional este tipo de iniciativas cuando hayan surgido por oportunidades posteriores a la fecha de presentación del presupuesto y cuando de manera clara estén asociadas al impulso de las prioridades definidas para el año en que se solicita el apoyo. Para el caso de la Vicerrectoría de Investigación, dichas solicitudes deberán hacerse conforme a lo establecido en las circulares emanadas de la Vicerrectoría de Investigación; y, únicamente para actividades relacionadas con investigación, innovación o creación artística de proyectos debidamente registrados y aprobados en el SIAP, y cuyos propósitos sean fundamentalmente: 1. Divulgación de los resultados de proyectos (investigación, innovación y creación artística) 2. Fortalecer la pertenencia a redes de conocimiento con comunidades científicas y académicas.

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DIRECTRIZ CONJUNTA EXPEDIDA POR LA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA



CIRCULAR N° 003 – 2016 Para: De:

DECANOS DE FACULTAD Y DECANA ACADÉMICA DE LA FACULTAD DE MEDICINA DIRECTORES DE DEPARTAMENTO E INSTITUTO SECRETARIOS DE FACULTAD PROFESORES DE PLANTA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y VICERRECTORÍA ACADÉMICA

Asunto: Responsabilidades de las secretarías de facultad en la actividad académica de investigación que se realiza en facultades Fecha:

Septiembre 29 de 2016

Apreciados todos, Reciban un atento saludo. Con base en el numeral 109 del Reglamento Orgánico1, las Secretarías de Facultad son unidades de apoyo para el desarrollo de las actividades académicas, del medio universitario y administrativas. Ellas tienen un rol estratégico en la articulación de procesos entre las Facultades y el Gobierno General y son el soporte administrativo con el que cuentan los profesores para el desarrollo de proyectos de investigación, innovación y creación artística, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Universidad. En virtud de lo anterior, nos permitimos especificar en el anexo No. 1 de esta Circular, el apoyo que debe brindarse desde las Secretarías de Facultad a los profesores durante el desarrollo de las actividades de investigación, innovación y creación artística.

Gestión de la Investigación investigacion@javeriana.edu.co Gestión de la Innovación dirinnovacion@javeriana.edu.co Gestión de la Creación Artística creartistica@javeriana.edu.co Apoyo a viajes para asistencia a eventos académicos viceinv@javeriana.edu.co Cordialmente, LUIS MIGUEL RENJIFO MARTÍNEZ Vicerrector de Investigación LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico ANEXO N°1 RESPONSABILIDADES DE LAS SECRETARÍAS DE FACULTAD EN EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN LAS FACULTADES 1. Formulación y presentación de las propuestas de investigación: Las Secretarías de Facultad deben brindar apoyo a los profesores durante la etapa de preparación de las propuestas que serán presentadas a financiación interna o externa en: •

Preparación de los presupuestos de las propuestas de investigación e innovación de acuerdo con lo establecido por los financiadores, ya sea en los Términos de Referencia o la Invitación; siempre vigilando que se cumplan la directrices de la Universidad (tales como el cumplimiento al Manual de Compensación para el caso de bonificaciones, la inclusión de los costos indirectos cuando las entidades lo financien, cálculo de contrapartidas, presupuestar estampillas cuando corresponda, impuestos, entre otros).

Diligenciamiento de los formatos o documentos solicitados por los financiadores y que sean requeridos para adjuntar a la propuesta, o para el proceso de contratación.

Gestionar el trámite ante la Vicerrectoría de Investigación, de los documentos de la propuesta que requieran firma del representante legal. Dichos documentos deben ser entregados a la Vicerrectoría completamente diligenciados con los vistos buenos necesarios.

Para que estos procesos puedan desarrollarse de manera efectiva, es muy importante que los Directores de Departamento e Instituto, hagan uso de un criterio de gestión planificada y realicen de manera oportuna las solicitudes, siguiendo los procedimientos institucionales establecidos. Frente a los elementos compartidos en esta Circular, la Vicerrectoría de Investigación estará atenta a hacer el acompañamiento necesario a los secretarios de facultad, profesores, directores de departamento e instituto para lo cual podrán contactar para temas en específico a:

1. Para mayor detalle: http://www.javeriana.edu.co/ documents/10179/48161/ReglamentoOrganico.pdf/ dcbaad1b-6016-49ef-a71d-d9c4c0910499

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Gestionar ante la Dirección Financiera la creación de las entidades financiadoras como cliente cuando se requiera.

2. Legalización de los contratos o convenios de financiación •

Apoyar la gestión de los convenios o contratos de financiación de proyectos de investigación, innovación y creación ante la Vicerrectoría de Investigación para el trámite de firma por parte del representante legal.

• Cuando se requiera, gestionar o facilitar el apoyo logístico que se necesite para el envío de correspondencia para la presentación de propuestas, firma de convenios, envío de informes, entre otros. •

• Tramitar oportunamente ante la Vicerrectoría de Investigación, las cuentas de cobro o solicitud de generación de facturas necesarias para recibir los desembolsos de los recursos por parte de los financiadores de los proyectos de investigación, innovación y creación, de acuerdo con lo establecido en el convenio o la forma de desembolso definida con el financiador. • Apoyar la solicitud ante las dependencias correspondientes de los certificados de parafiscales o certificaciones bancarias cuando las entidades así lo requieran. •

• Verificar que la ejecución de los recursos de proyectos de investigación se realice de acuerdo con el presupuesto aprobado por el financiador y dentro de la vigencia de los mismos. •

Velar por la ejecución del rubro de costos indirectos o administrativos, conforme se indica en el procedimiento de elaboración de informes financieros.

Cuando se lleve a cabo la adición de recursos, apoyar en la elaboración de los presupuestos para dicha adición.

Gestionar ante la Vicerrectoría de Investigación la solicitud de adiciones o reducciones a los códigos presupuestales (cuando aplique).

Solicitar a la Dirección Financiera el traslado de recursos entre rubros (cuando aplique) y se cuente con la aprobación que requiera la entidad financiadora para este fin.

Gestionar ante la Vicerrectoría de Investigación la elaboración de los convenios con las otras entidades ejecutoras o co-ejecutoras que participan en los proyectos cuando se requiera trasladar recursos entre ellas.

Gestionar ante la Dirección Financiera los desembolsos de recursos hacia las otras entidades ejecutoras de los proyectos (cuando aplique).

Diligenciar oportunamente los formatos de apertura de los códigos presupuestales.

• Hacer seguimiento a los códigos presupuestales: verificar que los recursos ingresen al código presupuestal, adelantar la revisión de los saldos de los mismos cuando hay cambio de vigencia, suministrar los saldos disponibles a los profesores cuando lo soliciten, entre otros.

Solicitar ante la Oficina de Tesorería la apertura de las cuentas bancarias específicas para proyectos de investigación, innovación y creación, cuando el financiador lo determine en el convenio o contrato de investigación. Una vez finalizado el proyecto, debe solicitar el cierre de dichas cuentas.

4. Cierre: •

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Brindar todo el apoyo necesario al profesor para que se lleve a cabo la ejecución financiera de los proyectos de investigación, innovación y creación, dando trámite oportuno a las solicitudes de elaboración de contratos y adquisición de materiales y equipos requeridos en el marco de los proyectos.

Elaborar el informe financiero final tanto de proyectos internos como externos.

• Consolidar los soportes de ejecución financiera cuando las entidades financiadoras lo soliciten. •

Apoyar a los profesores en el suministro de información presupuestal que se requiera para atender auditorías o requerimientos realizados por las entidades financiadoras.

Apoyar la revisión presupuestal de las actas de liquidación de convenios o contratos de financiación de proyectos de investigación, innovación y creación (cuando se requiera).

3. Ejecución: •

Elaborar los informes financieros de avance que sean solicitados por las entidades financiadoras o para los proyectos con financiación interna que así lo establezcan. Hacer seguimiento a las fechas de presentación de estos informes para que sean enviados a las entidades oportunamente.

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Realizar los reintegros de recursos no ejecutados o no reconocidos por las entidades financiadoras.

• Apoyar el seguimiento al cierre de los proyectos (liquidación de contratos, cierre de códigos presupuestales, entre otros). 5. Apoyo a viajes para asistencia a eventos académicos: •

Solicitar y legalizar los anticipos de los profesores de su Facultad.

Informar sobre la legalización de los gastos y trasladar a la Vicerrectoría de Investigación los recursos no ejecutados.

Reportar a la ARL la salida del profesor y a la Dirección de Gestión Humana el permiso o licencia otorgada por el Decano o Vicerrector correspondiente.

Fin del anexo.

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ÍNDICE DE LAS ACTAS DEL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO (2016)



ÍNDICE DE LAS ACTAS DEL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO (2016) Primer Semestre ACTA N° 851 Fecha: 3 de febrero de 2016 1. Lectura y aprobación del acta número 850 del 9 de diciembre de 2015 2. Opinión sobre el numeral 53 de las Normas y Procedimientos Generales para los Aspectos Administrativos de la Matrícula de los Programas de Pregrado de la Universidad 3. Informe de la consulta de nombres para Decano de Ciencias Sociales. Integración de la lista de candidatos. 4. Distinciones universitarias solicitadas por la Facultad de Ciencias Sociales 5. Distinciones universitarias solicitadas por la Facultad de Ciencias Jurídicas 6. Propuesta de cierre del Instituto Javeriano de Vivienda y Urbanismo 7. Varios ACTA N° 852 Fecha: 30 de marzo de 2016 1. Lectura y aprobación del acta número 851 del 3 de febrero de 2016 2. Lectura del dictamen del Revisor Fiscal a los Estados Financieros de la Universidad a 31 de diciembre de 2015 3. Presentación de los Estados Financieros de la Universidad a 31 de diciembre de 2015: Seccional de Cali, Sede Central y Consolidados. Propuesta de aplicación de excedentes 4. Aprobación y consideración del Consejo Directivo Universitario de los Estados Financieros de la Universidad a 31 de diciembre de 2015 5. Propuesta de adscripción de la Maestría en Salud Pública al Instituto de Salud Pública. 6. Varios ACTA N° 853 Fecha: 20 de abril de 2016 1. Lectura y aprobación del acta número 852 del 30 de marzo de 2016 2. Presentación del Informe de gestión 2015 del Rector de la Universidad 3. Concepto del Consejo Directivo Universitario sobre el informe de gestión 2015 del Rector de la Universidad

ACTA N° 854 Fecha: 1 de junio de 2016 1. Lectura y aprobación del acta número 853 del 20 de abril de 2016 2. Propuesta de renovación de la afiliación a la Facultad de Teología del Seminario Arquidiocesano “Nuestra Señora del Socorro” de Valencia – Venezuela 3. Propuesta de Programas Institucionales de la Planeación Universitaria 2016 – 2021 – Continuación 4. Propuesta de la Política del Portafolio de Inversiones 5. Distinción Universitaria solicitada por la Facultad de Medicina 6. Varios ACTA N° 855 Fecha: 22 de junio de 2016 1. Lectura y aprobación del acta número 854 del 1 de junio de 2016 2. Propuestas de creación, cambio de nombre y supresión de programas académicos 3. Análisis comparado de Estados Financieros 2014 de las IES. Informe “La Nota.com” 4. Varios Segundo Semestre ACTA N° 856 Fecha: 24 de agosto de 2016 1. Lectura y aprobación del acta número 855 del 22 de junio de 2016 2. Presentación de Estados Financieros de prueba, con corte al 30 de junio de 2016. Sede Central 3. Propuesta de renovación de la afiliación a la Facultad de Teología del Seminario Diocesano Santo Tomás de Aquino de San Cristóbal – Venezuela 4. Propuesta de afiliación a la Facultad de Teología de la Fundación Universitaria Monserrate – Bogotá

Proyecto de consolidación de los programas de licenciatura de la Universidad

5. Proyecto de consolidación de los programas de licenciatura de la Universidad 6. Propuesta de creación del programa de Especialización en Literatura Infantil y Juvenil 7. Presentación de los resultados de la consulta para Decano de la Facultad de Arquitectura y Diseño, y conformación de la lista de candidatos 8. Varios

4. Propuesta de Programas Institucionales de la Planeación Universitaria 2016 – 2021 5. Varios

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ÍNDICE DE LAS ACTAS DEL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO (2016) ACTA N° 857 Fecha: 14 de septiembre de 2016 1. Lectura y aprobación del acta número 856 del 24 de agosto de 2016 2. Presentación de los resultados de la consulta para Decano de la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, y conformación de la lista de candidatos

ACTA Nº 861 - ACTA N°. 258 CONSEJO DIRECTIVO DE LA SECCIONAL DE CALI Fecha: 22 de noviembre de 2016 1. Informe sobre el proceso de Acreditación Institucional Multicampus 2. Informe sobre la Planeación Universitaria: Sede Central y Seccional Cali

3. Propuesta de modificación del numeral 22 del Reglamento del Personal Administrativo

3. Informe: Consolidación del modelo de Medio Universitario a partir de la Reforma Estatutaria

4. Varios

4. Informe: La Javeriana de Cali en clave de reconciliación

ACTA N° 858 Fecha: 21 y 22 de septiembre de 2016 1. Modificación de la denominación del programa de Licenciatura en Lenguas Modernas - Inglés y Francés

5. Varios

ACTA N° 859 Fecha: 12 de octubre de 2016 1. Lectura y aprobación de las actas 857 del 14 de septiembre de 2016 y 858 del 21 y 22 de septiembre de 2016 2. Presentación de las bases de cálculo presupuestal 2017 para la Sede Central

ACTA Nº 862 Fecha: 7 de diciembre de 2016 1. Lectura y aprobación del acta número 860 del 9 de noviembre de 2016 2. Presentación del presupuesto 2017 de la Seccional Cali 3. Propuesta de presupuesto 2017 de la Sede Central 4. Varios

3. Propuesta de Orden Universidad Javeriana de la Facultad de Teología 4. Varios ACTA N° 860 Fecha: 9 de noviembre de 2016 1. Lectura y aprobación de las actas 859 del 12 de octubre de 2016 2. Propuesta de modificación del numeral 22 del Reglamento del Personal Administrativo 3. Propuesta de cambio en la denominación de la Especialización de Derecho de Mercado de Capitales 4. Propuesta de distinciones de la Facultad de Enfermería 5. Elección de un miembro de la Comunidad Educativa Javeriana para integrar el Consejo de Regentes 6. Varios

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