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ACUERDO Nº 655 (Modificación en Programas Académicos)
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1º Que el Consejo Directivo Universitario consideró y aprobó la creación de algunos programas académicos con imprecisiones en su denominación, en el nombre de los títulos que otorgarían y en su adscripción. 2º Que en sesión del 22 de noviembre de 2017, Acta 873, el Consejo Directivo Universitario aprobó el programa de Maestría en Derecho Laboral y Seguridad Social que otorgaría el título de Magister o Magistra en Derecho Laboral y Seguridad Social. Se propone cambiar el nombre del programa por el de Maestría en Derecho Laboral y de la Seguridad Social que otorgará el título de Magister o Magistra en Derecho Laboral y de la Seguridad Social.
y Seguridad Social, por el de Maestría en Derecho Laboral y de la Seguridad Social que otorgará el título de Magister o Magistra en Derecho Laboral y de la Seguridad Social. ARTÍCULO SEGUNDO - Cambiar el nombre del programa de Especialización en Gerencia de Proyectos y Tecnologías de Información, que otorgaría el título de Especialista en Gerencia de Proyectos y Tecnologías de Información por el de Especialización en Gerencia de Proyectos y Tecnologías de la Información, que otorgará el título de Especialista en Gerencia de Proyectos y Tecnologías de la Información. ARTÍCULO TERCERO - Adscribir el programa de Maestría en Restauración Ecológica, a las Facultades de Ciencias y de Estudios Ambientales y Rurales. Dado en Bogotá, D.C., el 3 de abril de 2018. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo
3º Que en sesión del 22 de noviembre de 2017, Acta 873, el Consejo Directivo Universitario aprobó el programa de Especialización en Gerencia de Proyectos y Tecnologías de Información, que otorgaría el título de Especialista en Gerencia de Proyectos y Tecnologías de Información. Se propone cambiar el nombre del programa por el de Especialización en Gerencia de Proyectos y Tecnologías de la Información, que otorgará el título de Especialista en Gerencia de Proyectos y Tecnologías de la Información. 4º Que en sesión del 6 de diciembre de 2017, Acta 874, el Consejo Directivo Universitario aprobó el programa de Maestría en Restauración Ecológica, el cual quedó adscrito a la Facultad de Estudios Ambientales y Rurales. Se propone cambiar la adscripción de la Maestría a las Facultades de Ciencias y de Estudios Ambientales y Rurales, proponentes del mismo. 5º Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo Universitario “Para la Sede Central de la Universidad aprobar… los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, decidir sobre extensiones y otros programas que el mismo Consejo Directivo Universitario determine”, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO - Cambiar el nombre del programa Maestría en Derecho Laboral y Seguridad Social que otorgaría el título de Magister o Magistra en Derecho Laboral
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ACUERDO N° 656 (Por el cual se otorga el Doctorado Honoris Causa en Historia Colonial Neogranadina al Padre José Del Rey Fajardo, S.J.)
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1º Que el Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales, en sesión del 20 de marzo de 2018 (Acta No. 149), en atención a la propuesta formulada por el Departamento de Historia, aprobó solicitar al Rector de la Universidad, P. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J., según comunicación dirigida con fecha 20 de marzo pasado, por el Decano de la Facultad, Doctor Germán Mejía Pavony; conceder la Distinción Universitaria “Doctor Honoris Causa” al Padre José Del Rey Fajardo, S.J., propuesta sustentada en su destacada trayectoria académica y las altas calidades personales e investigativas que lo distinguen; y en sus invaluables aportes al Archivo Histórico Javeriano “Juan Manuel Pacheco, S.J.”; 2º Que el Padre Del Rey Fajardo, nacido en España y nacionalizado en Venezuela, su patria adoptiva, ingresó a la Compañía de Jesús en 1952, recibió la ordenación sacerdotal el 27 de agosto de 1963, y a lo largo de su vida religiosa ha dado testimonio ejemplar de fidelidad a los ideales trazados por san Ignacio de Loyola; 3º Que realizó estudios de Ciencias Sociales en nuestra Universidad, donde concluyó en 1958 la Licenciatura en Filosofía y Letras, siendo Profesor de Ciencias Sociales en este claustro durante un corto periodo; que posteriormente, en 1960, obtuvo la Licenciatura en Humanidades - Mención en Letras, en la Universidad de Los Andes (Mérida, Venezuela), y la de Ciencias Teológicas en 1964, en la Philosophisch-Theologische Hochschule Sankt Georgen (Frankfurt/M); y años después, en 1969, obtuvo su título de Doctor en Letras en la Universidad de Los Andes (Mérida, Venezuela), y en 1979 el de Doctor en Historia en la Pontificia Universidad Javeriana (Bogotá, Colombia); 4º Que en la Universidad Católica Andrés Bello (Venezuela) desempeñó las siguientes funciones a partir de 1968: Director de la Escuela de Letras, Director de la Escuela de Filosofía, Director del Instituto de Investigaciones Históricas, Decano de la Facultad de Humanidades y Educación, y Vicerrector Académico de la Extensión Táchira; ocupando luego, entre 1982 y 2000, el cargo de Rector de la Universidad Católica del Táchira, en cinco periodos consecutivos;
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5º Que ha sido Miembro investigador del Instituto de Investigaciones Históricas de la Universidad Católica Andrés Bello desde 1965, lo mismo que del Instituto de Administración Local de Madrid, desde 1982; habiendo desempeñado igual función en el Istituto Storico della Compagnia di Gesú (Roma), desde 1972; que también ha sido profesor en la Universidad Católica Andrés Bello, desde 1967; y fue Asesor para Asuntos Históricos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela, entre 1969 y 1983; que por otra parte, ha sido fundador de numerosas revistas y colecciones, fue Director del Diccionario de Historia de Venezuela, y a su cargo está la dirección de la Serie “Maestros Javerianos”, conjuntamente con el Doctor Germán Marquínez Argote; 6º Que es muy amplia la obra escrita del Padre Del Rey Fajardo, tanto en títulos de libros publicados como en artículos aparecidos en revistas, destacándose en su Bibliografía obras como: Relato de las Misiones de los Padres de la Compañía de Jesús en las Islas y en tierra firme de América Meridional, de 1965; Misiones jesuíticas en la Orinoquia, de 1977 y 1992; Las mentalidades en el Nuevo Reino: La Universidad Javeriana, de 1998; La Biblioteca colonial de la Universidad Javeriana de Bogotá, de 2001; Catedráticos Jesuitas de la Javeriana Colonial, de 2002; La enseñanza de las humanidades en los colegios jesuíticos neogranadinos: 1604-1767, de 2005; Libro de Grados de la Universidad y Academia. Actas de la Universidad Javeriana colonial, de 2013; así como estudios de análisis particular como La Facultad de Lenguas de la Universidad Javeriana colonial y la República de las Letras neogranadinas, de 2010; La Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Javeriana 1706-1767, de 2012; y La Facultad de Teología de la Universidad Javeriana (1612-1773), publicada el año pasado; 7º Que su importante labor académica ha sido reconocida con su admisión a diversas academias y corporaciones, como son, en Venezuela, la Academia Nacional de la Historia, la Academia Venezolana de la Lengua y la Sociedad Venezolana de Historia de la Educación; las Academias de Historia de la República Dominicana, Guatemala, Paraguay, Bolivia, y la Real Academia de la Historia, en España; y en nuestro país, la Academia Colombiana de Historia, la Academia Boyacense de Historia y la Academia de la Historia de Cartagena de Indias; 8º Que el Padre Del Rey Fajardo, admitido en la Orden Universidad Javeriana con el grado de Comendador, según Acuerdo No. 307 del Consejo Directivo Universitario, del 17 de julio de 2002, recibió en Venezuela la Orden Andrés Bello en Primera Clase y el Premio
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Nacional de la Historia; así como también ha sido distinguido con el título de Doctor Honoris Causa por la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Centrales “Rómulo Gallegos”; por la Universidad Cecilio Acosta (Maracaibo) y por la Universidad del Zulia (Maracaibo); así como también con el de Doctor Honoris Causa en Criminología, por la Universidad de Los Andes (Mérida, Venezuela); 9º Que el Consejo Directivo Universitario, en sesión realizada el 21 de marzo pasado (acta número 876), consideró la mencionada solicitud de la Facultad de Ciencias Sociales, según lo establecido al respecto en el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO- Otorgar al Padre José Del Rey Fajardo, S.J. la Distinción Universitaria “Doctor Honoris Causa en Historia Colonial Neogranadina”. ARTÍCULO SEGUNDO- Expresar al Padre Del Rey Fajardo la admiración profunda de su Alma Mater, que reconoce complacida y aprecia, no solo su meritoria labor académica y extraordinaria obra escrita; sino también, su inmenso amor a la Iglesia, a la Compañía de Jesús, a la Pontificia Universidad Javeriana y a estas tierras del continente americano donde echó raíces hace ya tantos años y ha vivido la mayor parte de su vida. ARTÍCULO TERCERO- El Rector de la Universidad hará entrega del respectivo diploma, en ceremonia solemne convocada especialmente con este fin. Dado en Bogotá, D.C., el 2 de mayo de 2018. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo
ACUERDO Nº 657 (Política de Protección de Datos Personales)
EL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1º Que es función del Consejo Directivo adoptar a propuesta del Rector, las políticas generales de la Universidad (Estatutos N°. 116, literal a). 2º Que desde el 26 de julio de 2013, la Universidad cuenta con una disposición normativa institucional para garantizar el derecho de protección de datos personales, la cual es actualizada con la expedición de la presente Política que fue preparada por el Comité de Habeas Data, y considerada en la sesión del Consejo Directivo Universitario del día 2 de mayo de 2018. 3º Que la presente Política tiene alcance para la Sede Central, la Seccional Cali y las actividades del programa Javeriana Colombia, ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO – Expedir la siguiente Política de Protección de Datos Personales para la Pontificia Universidad Javeriana, según el texto considerado y aprobado en la reunión del Consejo Directivo Universitario, Acta número 878 del 2 de mayo de 2018: POLÍTICA PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA I. RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: La Pontificia Universidad Javeriana como responsable del tratamiento de datos personales, se identifica de la siguiente manera:
Razón Social
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
Número de Identificación Tributaria
860.013.720-1
Dirección - Domicilio
Car 7 N° 40 - 62 Bogotá
Teléfono:
3208320
Email Sitio Web
usodedatos@javeriana. edu.co www.javeriana.edu.co
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La Pontificia Universidad Javeriana cuenta con una Seccional en la ciudad de Cali: Dirección – Domicilio
Calle 18 No 118-250
Teléfono:
3218200
midatopersonal@javerianacali.edu.co
Sitio Web
www.javerianacali. edu.co
II. DEFINICIONES: Para el adecuado entendimiento de la presente política se acogen las siguientes definiciones: Aviso de privacidad: documento físico, electrónico o en cualquier otro formato, generado por la Pontificia Universidad Javeriana y dirigido al titular del dato, para informarle que le será aplicable la presente Política de Tratamiento de Datos Personales, cómo puede conocer su contenido y cuáles son las finalidades del tratamiento de sus datos personales. Autorización: consentimiento previo, expreso e informado del titular del dato para llevar a cabo el tratamiento de datos personales, el cual puede ser otorgado por escrito, de forma oral o mediante conductas inequívocas que permitan concluir de forma razonable que el titular otorgó la autorización. Base de Datos: es el conjunto organizado de datos personales objeto de tratamiento. Dato Personal: cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o a varias personas naturales determinadas o determinables. Dato Sensible: aquel dato que afecta la intimidad del titular y cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tal como aquel que revela el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos Encargado del Tratamiento de Datos Personales: son las personas naturales o jurídicas que por sí mismas o en asocio con otros, realicen el tratamiento de datos personales por cuenta de la Pontificia Universidad Javeriana.
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Responsable del Tratamiento de Datos Personales: es quien decide directamente qué tratamiento le dará a los datos personales según las autorizaciones otorgadas por los titulares. La Pontificia Universidad Javeriana actúa como responsable frente a todos los datos que recolecte y trate. Titular de Datos Personales: Persona natural cuyos datos personales son objeto de Tratamiento por parte de la Pontificia Universidad Javeriana o sus encargados. Tratamiento de Datos Personales: es cualquier operación o conjunto de operaciones sobre los datos personales que realice la Pontificia Universidad Javeriana, o los encargados del tratamiento por cuenta de la universidad, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión. Sede Bogotá: se refiere a las actividades y programas que ofrece y desarrolla la Sede Central. Seccional Cali: se refiere a las actividades y programas que ofrece y desarrolla la Seccional. Javeriana Colombia: se refiere a las actividades y servicios que ofrece y desarrolla la Pontificia Universidad Javeriana en cualquier otra ciudad de Colombia o de manera virtual, los cuales, para efectos de la presente política, se regirán por los procedimientos de la sede Bogotá. III. APLICACIÓN Y MARCO REGULATORIO: La presente política es aplicable a los titulares de los datos personales respecto de los que la Pontificia Universidad Javeriana realiza tratamiento, y debe ser acogida por los empleados de la Pontificia Universidad Javeriana Sede Bogotá, Seccional Cali y Javeriana Colombia, así como por los contratistas y terceros a quienes se encargue el tratamiento de los datos personales que le son suministrados a la universidad. La presente política se establece con el propósito de garantizar y respetar la privacidad de los datos personales sobre los que la Universidad realiza tratamiento, y para cumplir cabalmente con los parámetros establecidos en el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 1581 del 2012, los Decretos Reglamentarios 1377 del 2013 y 886 del 2014 – hoy incorporados en los capítulos 25 y 26 del Decreto Único 1074 del 2015 y las demás normas que regulen la materia. IV. OBJETIVO: La presente Política de Tratamiento de Datos Personales tiene por objetivo regular la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de los datos personales registrados en las bases de datos, archivos físicos o digitales
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de la Pontificia Universidad Javeriana, con el propósito de garantizar los derechos de los titulares, a través de herramientas que favorezcan la autenticidad, confidencialidad e integridad de la información.
11. Actividades tendientes a facturación, recaudo y cobro de cartera vencida.
V. ALCANCE:
13. Atención al Cliente (PQR).
La Política de la Pontificia Universidad Javeriana cubre todos los aspectos administrativos, académicos, organizacionales y de control que deben acatar los directivos, funcionarios, contratistas y terceros que trabajen o tengan relación directa con la universidad.
14. Fines históricos, científicos o estadísticos.
Las principales finalidades para las cuales la Universidad recolecta datos personales son:
17. Video vigilancia.
DE ASPIRANTES Y/O ESTUDIANTES: 1. Realizar el proceso de inscripción, selección y admisión a programas académicos de la universidad. 2. Realizar envíos de información sobre el proceso de admisión, y promoción de programas académicos de la universidad. 3. Generar facturación relacionada con el proceso de admisiones de la universidad. 4. Realizar promoción, ejecución, desarrollo, evaluación de las siguientes actividades académicas, administrativas y de bienestar universitarios: 4.1. Programas y proyectos de formación de personas. 4.2. Desarrollo y creación de conocimiento. 4.3. Aplicación y/o transferencia de conocimiento a la sociedad o a sus sectores. 5. Realizar promoción, ejecución, desarrollo, evaluación de programas de responsabilidad social y apoyo a comunidades vulnerables. 6. Realizar promoción, ejecución, desarrollo, evaluación para lograr la consolidación de la comunidad educativa, incluyendo sus estamentos.
12. Gestión económica y contable.
15. Gestión administrativa. 16. Publicidad propia y de terceros relacionados.
18. Seguridad y control acceso a edificios. 19. Recolección de datos sensibles, para brindar al estudiante servicios de bienestar universitario como lo son la salud, el acompañamiento psicológico y servicios de bienestar social, igualmente la recolección de datos biométricos como la huella e imagen para la expedición de carnet del estudiante que serán usados para su identificación e ingreso a la Universidad. 20. Realizar transferencia internacional, siempre que sea necesario para garantizar la adecuada prestación del servicio de educación. DE EGRESADOS: 1. Realizar promoción, ejecución, desarrollo, evaluación de las siguientes actividades académicas, administrativas y del medio universitario: 2. Programas y proyectos de formación de personas. 3. Desarrollo y creación de conocimiento. 4. Aplicación y/o transferencia de conocimiento a la sociedad o a sus sectores. 5. Realizar eventos y actividades de carácter académico, cultural, social y deportivo.
7. Realizar promoción, ejecución, desarrollo y evaluación de los procesos administrativos que faciliten la actividad y los servicios de la universidad.
6. Realizar promoción, ejecución, desarrollo, evaluación de programas de responsabilidad social y apoyo a comunidades vulnerables.
8. Gestión de Becas y ayudas económicas a estudiantes.
7. Realizar promoción, ejecución, desarrollo, evaluación de actividades para lograr la consolidación de la comunidad educativa, incluyendo sus estamentos.
9. Actividades asociativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales. 10. Crear bases de datos de acuerdo a las características y perfiles de los titulares de los Datos Personales, todo de acuerdo con lo dispuesto en la ley.
8. Realizar promoción, ejecución, desarrollo y evaluación de los procesos administrativos que faciliten la actividad y los servicios de la universidad.
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9. Realizar promoción, ejecución, desarrollo y evaluación de alianzas y convenios comerciales que los beneficien.
Lo anterior sin perjuicio de las finalidades que se incorporen en cada autorización según sea el caso o que se incluyan en el aviso de privacidad.
10. Realizar difusión de convocatorias de emprendimiento, laborales, becas, entre otros relacionados con el bienestar de los egresados;
Esta política se integrará con el Manual de Lineamientos y Procedimientos de Protección de Datos Personales, por tanto, cualquier actividad o proceso que implique el tratamiento de datos por parte de la universidad, deberá ajustarse a estos.
11. Expedir certificaciones de carácter académico y disciplinario. DE PROFESORES Y EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS: 1. Fines históricos, científicos o estadísticos. 2. Seguridad - Video vigilancia, Seguridad y control acceso a edificios. 3. Control de horario. 4. Formación de personal.
VI. DESARROLLO DE LA POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS: La Pontificia Universidad Javeriana durante todas sus actuaciones, tendrá presente el respeto por la protección de datos personales y en consecuencia solicitará, desde el ingreso del dato, la correspondiente autorización para el uso de la información y dará a conocer las finalidades del tratamiento.
6. Prestaciones sociales y prevención de riesgos laborales.
La universidad, acatando los principios establecidos en la ley, atenderá en sus actuaciones y manejo de información de datos personales las finalidades que se deriven de la recolección de los mismos. De la misma forma, informará a todos sus titulares los derechos que se derivan de la protección de datos personales.
7. Promoción y gestión de empleo, promoción y selección de personal.
VII. DERECHOS DE LOS TITULARES DE DATOS PERSONALES:
8. Lograr una eficaz comunicación en lo concerniente a los servicios y otras actividades relacionadas con las funciones propias de la universidad como institución de educación superior y dar cumplimiento a obligaciones contraídas con estudiantes, profesores, contratistas, contratantes, clientes, proveedores, y empleados.
Los titulares de los datos personales registrados en las bases de datos de la Pontificia Universidad Javeriana tienen los siguientes derechos:
5. Gestión de nómina.
DE PROVEEDORES Y/O CLIENTES:
1. Acceder, conocer, actualizar, suprimir y rectificar sus datos personales frente a la Pontificia Universidad Javeriana, en su condición de responsable del Tratamiento de datos personales. En el caso del derecho de supresión, la Pontificia Universidad Javeriana podrá seguir conservando la información para los fines determinados por la ley.
1. Gestión de proveedores - verificar el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en virtud de la relación o vínculo existente con los proveedores.
2. Solicitar prueba de la existencia de la autorización otorgada a la Pontificia Universidad Javeriana, salvo los casos en los que la Ley exceptúa la autorización.
2. Presentar quejas, denuncias o reportes a las autoridades o entidades competentes en caso de incumplimiento de contratos.
3. Recibir información por parte de la Pontificia Universidad Javeriana previa solicitud, respecto del uso que ha dado a sus datos personales.
3. Crear bases de datos de acuerdo con las características y perfiles de los titulares de Datos Personales, todo de acuerdo con lo dispuesto en la ley.
4. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente.
4. Las demás finalidades que se determine en procesos de obtención de datos personales para su tratamiento, y en todo caso de acuerdo con la ley.
5. Modificar, revocar la autorización y/o solicitar la supresión de los datos personales, cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y ga-
9. Expedir certificaciones de carácter laboral.
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rantías constitucionales y legales vigentes. El derecho de revocar la autorización procede siempre y cuando no genere incumplimiento por parte de la Pontificia Universidad Javeriana con otras obligaciones legales o contractuales, relativas a la permanencia del dato. 6. Tener conocimiento y acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento. VIII. TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES: La Pontificia Universidad Javeriana, podrá realizar el tratamiento de datos personales sensibles siempre y cuando: 1. El titular haya dado su autorización explícita a dicho tratamiento, salvo en los casos que por ley no sea requerido el otorgamiento de dicha autorización. 2. El tratamiento sea necesario para salvaguardar el interés vital del titular y este se encuentre física o jurídicamente incapacitado. En estos eventos, los representantes legales deberán otorgar su autorización. 3. El tratamiento se refiera a datos que sean necesarios para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial. 4. El tratamiento tenga una finalidad histórica, estadística o científica. En este evento deberán adoptarse las medidas conducentes a la supresión de identidad de los Titulares. La Pontificia Universidad Javeriana restringirá el tratamiento de datos personales sensibles a lo estrictamente indispensable y solicitará consentimiento previo y expreso sobre la finalidad de su tratamiento, además de hacerlo bajo las más estrictas medidas de seguridad y confidencialidad. IX. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Cuando la Pontificia Universidad Javeriana realiza tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes, lo hace con el fin de garantizar el derecho a la educación y a la formación integral o de garantizar el bienestar de los hijos menores o adolecentes de los profesores y empleados administrativos. En los casos en que realice tratamiento de los mismos lo realizará siempre y cuando: 1. Se trate de datos de naturaleza pública. 2. El tratamiento realizado por la Pontificia Universidad Javeriana responda y respete el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.
3. El tratamiento realizado por la Pontificia Universidad Javeriana asegure el respeto de sus derechos fundamentales. Una vez cumplidos los anteriores requisitos, el representante legal de los niños, niñas o adolescentes otorgará la autorización, previo ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado, opinión que será valorada teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto. La Pontificia Universidad Javeriana se compromete, en el tratamiento de datos personales, a respetar los derechos prevalentes de los menores. La Pontificia Universidad Javeriana con el fin de garantizar el acceso al derecho a la educación superior de los menores adolescentes1, entiende que es suficiente la autorización de tratamiento de datos privados suministrada por éstos, a quienes no se les solicitara autorización de sus padres, por cuanto el acceso a la educación superior garantiza el interés superior del menor y su desarrollo integral. Queda proscrito el tratamiento de datos personales de menores, salvo aquellos datos que sean de naturaleza pública, siempre que no se ponga en riesgo la prevalencia de los derechos fundamentales de los menores y que inequívocamente responda el tratamiento a la realización de principios de interés superior2. X. PRINCIPIOS RECTORES: De conformidad con la ley los principios por los cuales se regirá el tratamiento de datos personales que realice la Pontificia Universidad Javeriana serán los siguientes: legalidad en materia de tratamiento de datos, finalidad, libertad, veracidad o calidad, transparencia, confidencialidad, acceso y circulación restringida y seguridad. XI. PROCEDIMIENTO DE CONSULTAS Y RECLAMOS: 1. Consulta: A través del mecanismo de consulta, el titular del dato personal o sus causahabientes, pueden solicitar a la Pontificia Universidad Javeriana o al encargado que les permita ejercer el derecho de acceder a las bases de datos en las cuales reposan sus datos personales y revisar el registro individual de su información. Las solicitudes de consulta serán atendidas en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de su recibo. 1. Adolescente: Persona entre 12 y 18 años de edad de acuerdo con el Código de la Infancia y la Adolescencia. 2. Sentencia C – 748 de 2011 pág. 200.
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En caso de imposibilidad de atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado antes del vencimiento de los 10 días, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo. 2. Reclamo: A través del mecanismo de reclamo el titular o sus causahabientes, podrán solicitar a la Pontificia Universidad Javeriana y/o los encargados, que corrijan o actualicen o supriman los datos personales que reposen en sus bases de datos, cuando consideren que se cumplen los parámetros establecidos por la ley o los señalados en el Capítulo XII de la presente Política de Tratamiento de Datos Personales para que proceda la solicitud de corrección, actualización o supresión. En caso de que la reclamación se presente sin el cumplimiento de los anteriores requisitos legales, se solicitará al reclamante dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo, para que subsane las fallas y presente la información o documentos faltantes. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo. El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término. En caso de que la Pontificia Universidad Javeriana no sea competente para conocer del reclamo, deberá enviar en el término de dos días hábiles la solicitud a quien corresponda e informará al reclamante. 3. Requisitos para presentar una consulta o un reclamo: Las solicitudes de consulta o reclamo dirigidas a la Pontificia Universidad Javeriana deberán contener como mínimo la siguiente información:
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•
Nombres completos y apellidos
•
Tipo y número de identificación
•
Dirección de domicilio
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Teléfono de contacto
•
Correo electrónico
•
Brindar la información necesaria para tramitar su solicitud
En caso de que sea un reclamo, debe adjuntar los documentos que desea valer, soportar o probar dicha solicitud. En caso de que el consultante o reclamante sea un menor, deberá realizar dicho trámite de solicitud junto con el adulto responsable, sin que en ningún momento se le niegue el ejercicio de sus derechos. 4. Medios de recepción de solicitudes de consultas o reclamos: Si la actividad o programa con el cual usted tiene relación es con la Pontificia Universidad Javeriana sede Bogotá o Javeriana Colombia, deberá radicar su solicitud en la Carrera 7 N° 40 –62, Bogotá, Colombia o enviar un correo a la dirección electrónica: usodedatos@javeriana.edu.co Si la actividad o programa con el cual usted tiene relación es con la Pontificia Universidad Javeriana Seccional Cali, deberá radicar su solicitud en la calle 18 No 118-250, Cali, Colombia, o enviar un correo a la dirección electrónica: midatopersonal@javerianacali.edu.co 5. Responsable de atender las consultas y reclamos: El responsable de atender las solicitudes de consulta o los reclamos será el/la Oficial de Protección de Datos de la Pontificia Universidad Javeriana, quien recibirá y dará trámite a las solicitudes que se reciban, en los términos, plazos y condiciones establecidos en la Ley 1581 del 2012 y en la presente política y el Manual de Lineamientos y Procedimientos. XII. TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE DATOS PERSONALES: En los casos en que la Pontificia Universidad Javeriana envíe o transfiera datos personales de titulares que reposan en sus bases de datos a otro país, deberá contar con la autorización del titular de la información que es objeto de transferencia. Salvo que la ley diga lo contrario, es presupuesto necesario la existencia de dicha autorización para efectuar la circulación internacional de datos. En este sentido, los obligados a cumplir esta política deberán verificar que se cuenta con la autorización previa, expresa e inequívoca del titular que permita trasmitir sus datos personales. La transferencia Internacional de datos personales se realizará únicamente a terceros con quien la Pontificia Universidad Javeriana, tenga vínculo contractual, comercial y/o legal.
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Para la transferencia internacionales de datos personales de los titulares, la Pontificia Universidad Javeriana tomará las medidas necesarias para que los terceros conozcan y se comprometan a observar esta Política, bajo el entendido que la información personal que reciban únicamente podrá ser utilizada para asuntos directamente relacionados con la universidad y solamente mientras dure la relación contractual y no podrá ser usada o destinada para propósito o fin diferente. Para la transferencia internacional de datos personales se observará lo previsto en el Artículo 26 de la Ley 1581 del 2012 o demás normas que lo modifiquen. XIII. ACEPTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN PERSONAL: Los titulares de la información que reposa en las bases de datos de la Pontificia Universidad Javeriana aceptan el tratamiento de sus datos personales, conforme a los términos del presente documento y esta podrá continuar realizando el tratamiento de los datos para las finalidades descritas, si no ejercen su derecho de revocar o suprimir. XIV. RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LA POLÍTICA: El comité de Habeas Data, conformado por el Secretario General de la sede Bogotá y de la Seccional Cali, el Director Jurídico de la sede Bogotá y la seccional Cali, el Jefe de Seguridad Informática de la Sede Bogotá y de la Seccional Cali, será el encargado de garantizar el cumplimiento e implementación del programa de protección de datos de la Universidad, dando al Oficial de Protección de Datos Personales los lineamientos para tal efecto.
datos para objetivo diferente a la prestación del servicio y para el ofrecimiento de renovaciones posteriores cuando el servicio tenga esta modalidad. XVII. VIGENCIA DE LAS POLÍTICAS DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Y DE LAS BASES DE DATOS: La presente política de tratamiento de datos personales rige a partir de la fecha de firma del Acuerdo del Consejo Directivo Universitario y se encontrará a disposición de los titulares en la página web: www.javeriana.edu.co y www.javerianacali.edu.co. La presente política deja sin efectos las directrices, reglamentos o manuales especiales que se hubiesen podido adoptar por instancias académicas y/o administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana. Cualquier cambio sustancial en las Políticas de Tratamiento de Datos Personales, se comunicará de forma oportuna a los titulares de los datos a través de los medios habituales de contacto y/o a través del sitio web: www. javeriana.edu.co y www.javerianacali.edu.co ARTÍCULO SEGUNDO - La Política de Protección de Datos Personales de la Universidad entrará en vigencia a partir de la fecha de firma del presente Acuerdo y deroga todas las disposiciones expedidas con anterioridad o que le sean contrarias. Dado en Bogotá, D.C., el 7 de mayo de 2018. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo
XV. REGISTRO NACIONAL DE BASE DE DATOS: De acuerdo con el Art. 25 de la Ley 1581 y sus decretos reglamentarios, la Pontificia Universidad Javeriana deberá registrar sus bases de datos junto con esta Política de Tratamiento de Datos Personales en el Registro Nacional de Bases de Datos administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio. XVI. ALCANCE Y FINALIDAD DE LAS AUTORIZACIONES OTORGADAS POR LOS TITULARES: Por regla general, el término de las autorizaciones sobre el uso de los datos personales se entenderá por el de la relación comercial o de la vinculación a la universidad y mientras se encuentre vigente el desarrollo del objeto social de la misma, o por el término que se acuerde en la autorización, a falta de aquella. Si el titular de Datos personales es un cliente activo de la Pontificia Universidad Javeriana, no se podrán usar sus
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ACUERDO Nº 658
ACUERDO Nº 659
Cambio en la denominación de un Programa Académico
(Manual de Identidad Visual)
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
EL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:
1º Que el Consejo Directivo Universitario, en su sesión del 21 de marzo de 2018 (Acta 876) aprobó el cambio de denominación del programa de Especialización en Salud Ocupacional por el de Especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo, según la justificación presentada por el Vicerrector Académico, doctor Luis David Prieto Martínez.
1º Que el Consejo Directivo Universitario consideró y aprobó el 1° de junio de 2004 un Manual de Identidad Visual Institucional, que tenía como objetivo garantizar la adecuada utilización de los elementos gráficos que la identifican.
2º Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo Universitario “Para la Sede Central de la Universidad aprobar… los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, …”, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO - Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, el cambio de denominación del Programa de Especialización en Salud Ocupacional por el de Especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo. ARTÍCULO SEGUNDO - El título que actualmente se otorga de Especialista en Salud Ocupacional, pasará a ser de Especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo. ARTÍCULO TERCERO - El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios para obtener la inclusión de esta modificación en el SNIES.
2º Que después de 14 años de vigencia de este Manual, se ha visto conveniente su actualización, motivados principalmente por la existencia de medios digitales de comunicación y la necesidad de expresar mejor la identidad visual de la Universidad. 3º Que la Secretaría General de la Universidad, la Dirección de Comunicaciones y la Editorial de la Pontificia Universidad Javeriana elaboraron una propuesta del Manual de Identidad Visual, presentada a consideración del Consejo Directivo Universitario, el 2 de mayo de 2018 (acta 878), propuesta que fue aprobada por dicha autoridad colegiada. 4º Que es función del Consejo Directivo Universitario expedir el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones (Est. N°. 111, literal e); así como aprobar y adoptar las políticas generales de la Universidad (Est. N°. 116 literal a), ACUERDA:
Dado en Bogotá, D.C., el 23 de mayo de 2018.
ARTÍCULO PRIMERO - Aprobar el Manual de Identidad Visual de la Pontificia Universidad Javeriana y reformar en lo que corresponda el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones Universitarias.
Luis David Prieto Martínez Rector (E)
ARTÍCULO SEGUNDO - Este Manual aplicará para la Universidad Javeriana Sede Central y la Seccional Cali.
Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General
ARTÍCULO TERCERO - El Manual de Identidad Visual entrará en vigencia a partir de la fecha de firma del presente Acuerdo y de su promulgación que se entenderá surtida con su publicación en los sitios web de la Universidad de la Sede Central y de la Seccional Cali. Dado en Bogotá, D.C., el 28 de mayo de 2018. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Jairo H. Cifuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo
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RESOLUCIONES RECTORALES
RESOLUCIÓN N° 662
RESUELVE
(Cruz San Francisco Javier para José Alfredo Rodríguez Prieto)
ARTÍCULO PRIMERO - Reconocer con sincera gratitud la labor desarrollada por el Administrador de Empresas José Alfredo Rodríguez Prieto durante cuatro décadas en nuestra Universidad, su especial afecto hacia la Javeriana así como también el respeto a los principios y valores de la Institución, bajo los cuales ha guiado su vida.
EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1° Que José Alfredo Rodríguez Prieto, Administrador de Empresas graduado en nuestra Universidad, se vinculó a la Javeriana en 1977 como Auxiliar de Circulación en la Biblioteca General, unidad en la que permaneció hasta 1991, cuando pasó a hacer parte del equipo de la Dirección Financiera; y que en esta Dirección se desempeñó primero como Auxiliar de Bancos de la Oficina de Tesorería y Matrículas, y a partir de 1995, como Coordinador de Egresos de la misma dependencia; 2º Que a partir de 1987, simultáneamente con sus responsabilidades laborales, emprendió los estudios universitarios, y en 1995 logró obtener su título profesional de Administrador de Empresas, demostrando así, no solo sus capacidades y talentos, sino también su responsabilidad en la atención de los compromisos adquiridos;
ARTÍCULO SEGUNDO - Conceder la Cruz de Oro San Francisco Javier al Administrador de Empresas José Alfredo Rodríguez Prieto. ARTÍCULO TERCERO - El Rector de la Universidad hará imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en acto convocado especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 31 días del mes de enero de 2018.
Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Rector
Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General
3º Que la Vicerrectora Administrativa de la Universidad, Ingeniera Catalina Martinez de Rozo, con fecha 9 de noviembre de 2017, presentó al Rector de la Universidad, P. Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J., la solicitud para otorgar un reconocimiento al Administrador José Alfredo Rodríguez Prieto, por sus años de servicio y entrega a la institución, en los cuales se destacó por su profesionalismo, sus condiciones personales y en particular por su compañerismo; 4° Que la Distinción Universitaria Cruz San Francisco Javier fue creada con el fin de “exaltar y estimular a los Profesores o Empleados Administrativos que hayan sobresalido en el desempeño de sus funciones por sus calidades humanas, su lealtad a la Institución, y su esfuerzo por alcanzar un mayor nivel de excelencia”; y que “para las personas que hayan estado vinculadas por más de 25 años, así no sean continuos, se concederá la Cruz de Oro San Francisco Javier”, según lo dispuesto en el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad;
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RESOLUCIÓN N° 663 (Distinción de Profesores Eméritos y Proclamación de Profesores Titulares)
EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1° Que de acuerdo con el Reglamento del Profesorado (n. 49), cuando “un Profesor de Planta… ha demostrado a través de su trayectoria académica excelencia en su trabajo y un alto compromiso con la Universidad, será declarado por el Rector como Profesor Emérito”. 2º Que de acuerdo con el mismo Reglamento (nn. 36 y 46), podrá ascender a la categoría de Profesor Titular en el Escalafón, “el Profesor con título universitario de doctor que habiendo cumplido el tiempo mínimo de permanencia en la categoría de Profesor Asociado, se ha destacado además, de modo especial, por su labor docente e investigativa, sus resultados y desempeño académicos, y por su producción intelectual”; decisión que corresponde al Vicerrector Académico.
de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas, Eduardo Antonio Restrepo Uribe y Jairo Clavijo Poveda de la Facultad de Ciencias Sociales, Fabiola Cabra Torres de la Facultad de Educación, Fabiola Castellanos Soriano de la Facultad de Enfermería, Alfonso Mariano Ramos Cañón, Daniel Ricardo Suárez Venegas, Jaime Andrés Lara Borrero, Lope Hugo Barrero Solano y Rafael Andrés González Rivera de la Facultad de Ingeniería, Carlos Alberto Cano Gutiérrez y Luis Fernando Jaramillo García de la Facultad de Medicina, y Rolando Enrique Peñaloza Quintero del Instituto de Salud Pública. ARTÍCULO TERCERO - Exaltar y agradecer la labor de este grupo eximio de Profesores de la Universidad, que al ser modelos de excelencia, honran a la institución por sus méritos académicos y su fidelidad a los ideales javerianos. ARTÍCULO CUARTO - Hacer entrega de los Diplomas correspondientes en acto solemne convocado con este fin. Dado en Bogotá, D.C., el 30 de mayo de 2018.
Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Rector
Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General
3º Que al declarar los nuevos Profesores Eméritos y proclamar los nuevos Profesores Titulares, la Pontificia Universidad Javeriana pretende enaltecer de forma perenne los nombres de quienes se han consagrado a la academia y a la formación de los javerianos, y han merecido este reconocimiento por parte de sus colegas y discípulos. 4° Que es deber de la Universidad exteriorizar de manera perdurable la gratitud y aprecio hacia los Profesores que han sobresalido en el ejercicio de sus funciones y han llegado a ser de especial significación para ella, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO - Declarar Profesores Eméritos a los doctores: Luis Alejandro Barrera Avellaneda de la Facultad de Ciencias, Luis Carlos Valencia Sarria de la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, Elcy Corrales Roa, Flor Edilma Osorio Pérez, Francisco González Ladrón de Guevara y Jaime Forero Álvarez de la Facultad de Estudios Ambientales y Rurales. ARTÍCULO SEGUNDO - Proclamar Profesores Titulares a los doctores: Jaime Hernández García de la Facultad de Arquitectura y Diseño, María Olga Piñeros Lara de la Facultad de Artes, Balkys Esmeralda Quevedo Hidalgo de la Facultad de Ciencias, Andrés Rosas Wulfers, Delio Ignacio Castañeda Zapata y Florentino Malaver Rodríguez
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DIRECTRICES EXPEDIDAS POR LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA
CIRCULAR N° 001 - 2018 Vicerrectoría Académica - Dirección Jurídica
Para:
DECANOS DE FACULTAD DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE POSGRADOS PROFESORES DE PLANTA PROFESORES DE CÁTEDRA
De:
VICERRECTOR ACADÉMICO Y DIRECTOR JURÍDICO
Asunto: Recomendaciones para el uso y difusión de material protegido por el derecho de autor Fecha: 15 de enero de 2018 Apreciados Decanos, Directores y Profesores: Reciban un atento saludo. En el marco de las funciones misionales de la Universidad, los miembros de la Comunidad Educativa, suelen utilizar material creado por autores nacionales e internacionales. A efectos de garantizar el adecuado desarrollo de este proceso, es de vital importancia velar por la protección de los derechos de autor. Por regla general, cualquier uso que se haga de obras protegidas, requiere la debida autorización del titular de los derechos patrimoniales. En el contexto académico, es válido citar a un autor transcribiendo los pasajes necesarios, siempre que estos no sean tantos y seguidos, que pueda llegar a configurarse una reproducción simulada de la obra en perjuicio del autor. Tal como lo establece la ley, en cada cita deberá mencionarse el nombre del autor de la obra citada y el título de dicha obra. Sin embargo, el derecho de cita no conlleva la facultad para reproducir o difundir –por cualquier medio– una determinada obra.
2. Hacer uso de los enlaces de los sitios web en donde se encuentra la información que los estudiantes deben consultar y no reproducir la información en la plataforma. 3. Promover la utilización de las bases de datos con las que cuenta la Universidad y remitir a los estudiantes a su consulta. 4. En caso de no contar con los permisos requeridos, evitar reproducir por cualquier medio (incluido el digital), tales obras. Es importante manifestar que estas recomendaciones no tienen como propósito limitar las actividades o el proceso académico que surge entre estudiantes y profesores alrededor de preguntas y problemas. Por el contrario, lo que busca es otorgar mayores criterios para que dicho proceso se siga desarrollando adecuadamente. Esperamos que estas recomendaciones sigan fortaleciendo el trabajo que desde tiempo atrás se ha venido llevando a cabo en la Universidad, con el fin de dar estricto cumplimiento a la normatividad legal vigente y al mismo tiempo, promoviendo la búsqueda por el conocimiento y la verdad. Desde la Dirección Jurídica y la Vicerrectoría Académica estaremos atentos a responder cualquier inquietud. Atentamente, LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico SANTIAGO PINILLA VALDIVIESO Director Jurídico
Teniendo en cuenta la creciente utilización de herramientas tecnológicas y de plataformas virtuales, como espacios para la construcción del conocimiento y los potenciales riesgos que conlleva hacer un inadecuado uso de las mismas, queremos compartirles algunas recomendaciones con el objetivo de garantizar un apropiado uso de estas herramientas que garantice a su vez, la protección de los derechos de autor: 1. Contar con la autorización del titular de los derechos de autor, en los casos en los que se suba material digitalizado a las plataformas virtuales con que cuenta la Universidad.
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CIRCULAR Nº 003 - 2018 Para:
Corresponde a los Decanos, según lo establecido en las circulares No. 12 del 19 de noviembre de 2013 y No. 3 del 6 de febrero de 2014, someter a la consideración de los Consejos de Facultad las postulaciones y presentar a la Vicerrectoría Académica, de manera consolidada, las solicitudes aprobadas como se indica a continuación:
DECANOS DE FACULTAD DIRECTORES DE DEPARTAMENTO E INSTITUTO SECRETARIOS DE FACULTAD
De: VICERRECTORIA ACADÉMICA Asunto: Asignación de cupos para semestre sabático Fecha:
27 de febrero de 2018
Reciban un cordial saludo. Me es grato anunciar el número total de cupos disponibles en cada Facultad, o Unidad Académica no adscrita a Facultad, para la asignación del semestre sabático en el año comprendido entre el mes de julio del año 2018 y el mes junio del año 2019. Cupos totales
Arquitectura y Diseño
2
Artes
1
Ciencias
9
Ciencias Jurídicas
2
Ciencias Sociales
4
Comunicación y Lenguaje
1
Ciencias Económicas y Administrativas
3
Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales.
1
Educación
1
Estudios Ambientales y Rurales
1
Filosofía
2
Ingeniería
5
Medicina
5
Odontología
1
Psicología
1
Teología
2
Instituto de Salud Publica
1
Instituto Pensar
1
Total general
43
Los cupos se han definido en función del número máximo de profesores que pueden acceder a esta oportunidad, como una medida para asegurar que en los próximos seis años se asignen los cupos necesarios para que los profesores que cumplen con las condiciones establecidas tengan la posibilidad de acceder a esta experiencia.
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i. Fecha máxima para la recepción de solicitudes en la Vicerrectoría Académica: 23 de marzo de 2018. ii. Respuesta de la Vicerrectoría Académica a cada Facultad sobre las solicitudes consideradas: 27 de abril de 2018.
Apreciados decanos, directores y secretarios:
Facultad
Para la consideración de semestres sabáticos programados para el periodo julio a diciembre de 2018:
iii. Inicio del semestre sabático de las solicitudes aprobadas: 3 de julio de 2018. iv. Finalización del semestre sabático: 14 de diciembre de 2018. Para la consideración de semestres sabáticos programados para el periodo enero a julio de 2019: i. Fecha máxima para la recepción de solicitudes en la Vicerrectoría Académica: 31 de agosto de 2018. ii. Respuesta de la Vicerrectoría Académica a cada Facultad sobre las solicitudes consideradas: 28 de septiembre de 2018. iii. Inicio del semestre sabático de las solicitudes aprobadas: 10 de enero de 2019. iv. Finalización del semestre sabático: 28 de junio de 2019. Se debe tener presente que se puede asignar hasta un cupo semestral por departamento o instituto. Les recuerdo que son elegibles para optar al semestre sabático los profesores de planta de tiempo completo de la Universidad que cumplan con los siguientes requisitos: a. Tener al menos seis (6) años de vinculación como profesor de planta en el escalafón y permanencia continua como profesor activo en la Universidad. b. Estar en la categoría de profesor asociado o titular. c. Haber obtenido excelente evaluación en el último ejercicio de desempeño académico realizado en su departamento o instituto, siempre que dicho ejercicio haya sido realizado en los últimos dos años. En caso
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contrario, la dirección del departamento o instituto deberá efectuar la evaluación. d. Estar al día con los compromisos previstos en los proyectos de investigación, tutorías de jóvenes investigadores o publicaciones, tanto de financiación interna como externa, a la fecha de presentación de la solicitud. Los Profesores de planta que hayan sido beneficiados por el Programa de Formación en Posgrados deben, adicionalmente, haber cumplido al menos la mitad del tiempo de condonación previsto en el acuerdo de formación. No son elegibles al semestre sabático los profesores que se encuentren adelantando estudios de posgrado con el apoyo del Plan de Formación Permanente del Profesor Javeriano.
CIRCULAR N° 004 -2018 Para:
DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE INSTITUTO DIRECTOR CENTRO DE FORMACIÓN TEOLÓGICA DECANO FACULTAD DE DERECHO CANÓNICO DIRECTORES DE PROGRAMA SECRETARIOS DE FACULTAD
De:
VICERRECTOR ACADÉMICO
Asunto: Glosario de términos sobre el catálogo de asignaturas Fecha:
5 de abril de 2018
Los profesores de planta que se encuentren desempeñando un cargo como directivo académico, de los previstos en el numeral 63 del Reglamento del Profesorado, podrán aplicar para el semestre posterior a la finalización de su designación. En estos casos se dará prioridad en condiciones de igualdad para la asignación del cupo. Para estos casos se requerirá también haber obtenido excelente evaluación por su desempeño como directivo.
Apreciados Directivos,
Atentamente,
Es por ello que, en esta ocasión, me complace compartirles el documento que hemos construido desde la Vicerrectoría Académica, producto de un trabajo liderado por la Dirección de Programas Académicos en estrecha colaboración con el Centro para el Aprendizaje, la Enseñanza y la Evaluación CAE+E y la Oficina de Admisiones y Registro Académico.
LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico
Reciban un cordial saludo. En el marco del proceso de cualificación del Catálogo de Asignaturas en el que nos encontramos desde el año anterior, hemos visto la oportunidad de construir un instrumento de apoyo para todas aquellas personas de la Universidad responsables de su desarrollo y cualificación.
Este documento que compartimos en formato electrónico también estará disponible para la comunidad académica a través de la página web de la Vicerrectoría Académica. Los invito a que lo utilicen como un instrumento de referencia que pueda apoyarlos en la gestión del Catálogo. Atentamente, LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico
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CIRCULAR Nº 005 - 2018 Para:
ADMINISTRACIÓN CENTRAL DECANOS DE FACULTAD DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE POSGRADO DIRECTORES DE INSTITUTO SECRETARIOS DE FACULTAD
De:
VICERRECTOR ACADÉMICO
Asunto: Lanzamiento de Enlace Javeriano, nueva oficina de la Vicerrectoría Académica. Fecha:
5 de abril de 2018
Estimados Directivos:
este sentido, quiero solicitar su acostumbrado apoyo y acompañamiento en las acciones lideradas por esta Oficina, las cuales estaremos comunicando a medida que vayan siendo implementadas. Por último, los invito a promover de manera especial este nuevo servicio entre los estudiantes y sus equipos de trabajo. Para tal efecto, contarán con todo el apoyo de la Dirección de Asuntos Estudiantiles y especialmente con el de la Ingeniera Adriana Marcela López Hermosa, coordinadora de Enlace Javeriano y a quien podrán contactar a través del correo electrónico adrianalopez@javeriana. edu.co y a través de las extensiones 3629 y 3632. Atentamente, LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico
En el marco del “Plan de Prevención de la Deserción”, la Vicerrectoría Académica ha venido adelantando un análisis de los diversos factores que tienen incidencia directa en el abandono estudiantil. En concordancia con el Modelo de Desarrollo Estudiantil y como producto de este ejercicio de gran importancia para la Universidad, conjuntamente con diferentes Unidades Académicas, del Medio Universitario y Administrativas, hemos desarrollado varias estrategias enfocadas a brindar un acompañamiento efectivo a través del cual podamos atender oportunamente las necesidades y dificultades actuales de nuestros estudiantes y, de esta manera, lograr avances positivos en la disminución de la deserción. Como parte de este Plan, se consolidó la oficina de Enlace Javeriano, cuyo propósito es acoger, informar y orientar oportunamente a todos los estudiantes en relación con los servicios que se prestan en la Universidad, así como remitir y hacer seguimiento a sus solicitudes e inquietudes para evaluar la efectividad de nuestra atención. Cabe resaltar que Enlace Javeriano funcionará de manera articulada con las diferentes Unidades Académicas, del Medio Universitario y Administrativas, con el fin de fortalecer los mecanismos de acompañamiento ya existentes y de contribuir al éxito académico y a la formación integral de nuestros estudiantes. Adicionalmente, con el propósito de generar una mayor participación estudiantil, Enlace Javeriano será un espacio que promoverá los servicios, apoyos y estrategias de acompañamiento ya existentes en la Universidad. En virtud de lo anterior, me complace hacerlos partícipes del lanzamiento y puesta en marcha de la oficina Enlace Javeriano que se encuentra en el segundo piso del edificio Jorge Hoyos Vásquez S.J. y que iniciará su funcionamiento el próximo lunes 9 de abril de 2018. En
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CIRCULAR Nº 006 - 2018 Para:
DECANOS DE FACULTAD DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE CARRERA SECRETARIOS DE FACULTAD
De:
VICERRECTOR ACADÉMICO
Asunto: Validación de asignaturas a estudiantes procedentes de Colegios de Bachillerato Internacional, Colegios pertenecientes a los Programas de Educación Internacional de Cambridge, estudiantes de Colegios Suizos que hayan presentado la Matura, estudiantes de Colegios con afiliación al College Board a través del Advance Placement (AP) y estudiantes de Colegios Alemanes que hayan presentado el examen Abitur. Fecha:
9 de mayo de 2018
Apreciados Directivos: Como es de su conocimiento la Universidad Javeriana ha promovido una mayor articulación con los colegios que se destacan por su alta calidad en la educación básica y media, con el objetivo de atraer estudiantes con excelentes condiciones académicas y personales a nuestros programas de pregrado. En los últimos años hemos avanzado de manera importante en esta articulación, lo que ha permitido que a los estudiantes provenientes de colegios con reconocimiento de organizaciones internacionales que ingresen a nuestros programas de pregrado, se les valide asignaturas en virtud de los resultados académicos obtenidos en las respectivas pruebas internacionales.
•
Anexo Nº 2: Criterios académicos de validación de asignaturas a estudiantes procedentes de Colegios pertenecientes a los Programas de Educación Internacional de Cambridge (Cambridge Assessment International Education).
•
Anexo Nº 3: Criterios académicos de validación de asignaturas a estudiantes procedentes de Colegios Suizos que hayan presentado “La Matura”.
•
Anexo Nº 4: Criterios académicos de validación de asignaturas a estudiantes procedentes de Colegios con afiliación al College Board a través del Advance Placement (AP).
•
Anexo Nº 5: Criterios académicos de validación de asignaturas a estudiantes procedentes de Colegios Alemanes que hayan presentado el examen Abitur.
Con esta Circular y sus anexos, quedan derogadas todas las disposiciones previas relacionadas con este tema (Circular 09-2013, Circular 06-2014, Circular 07-2014, Circular 04-2016 y Circular 05-2016). Esta información se incluirá dentro del portal de la Universidad para que pueda ser consultada internamente por parte de los colegios y sus estudiantes. Agradecemos nuevamente a las Facultades y a las oficinas del Gobierno General de la Universidad que han hecho posible, con su trabajo, seguir avanzando en este tema que consideramos de gran importancia para la atracción de estudiantes con excelentes condiciones académicas y personales. Cordialmente, LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico
El seguimiento a los resultados de los estudiantes que se han beneficiado de esta medida, y el trabajo continuo de la Universidad, a través de la Oficina de Promoción Institucional, nos permite contar con un nuevo grupo de colegios que se beneficia de esta alianza. Por lo anterior y con el propósito de actualizar la Circular No. 05 de 2016, les estamos haciendo llegar esta nueva Circular que incluye cinco anexos específicos: •
Anexo Nº 1: Criterios académicos de validación de asignaturas a estudiantes procedentes de Colegios pertenecientes a la Organización Bachillerato Internacional.
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CIRCULAR N° 007 - 2018 Para:
DECANO FACULTAD DE DERECHO CANÓNICO DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE INSTITUTO DIRECTOR CENTRO DE FORMACIÓN TEOLÓGICA DIRECTORES DE PROGRAMA SECRETARIOS DE FACULTAD
De:
VICERRECTOR ACADÉMICO
Asunto: Orientaciones sobre actualización del Catálogo de asignaturas y Programación de Clases. Fecha:
20 de junio de 2018
Apreciados Directivos, Reciban un cordial saludo. En el desarrollo de los procesos y actividades académicas que se realizan para cada ciclo lectivo, hemos encontrado oportuno retomar algunas de las directrices dadas previamente por la Vicerrectoría Académica y compartir con ustedes nuevas orientaciones sobre los procesos relacionados con la actualización del Catálogo de Asignaturas y la Programación de Clases, de tal manera que las puedan tener presentes a partir del periodo académico 1830. Sobre la actualización del Catálogo de Asignaturas, cabe recordar que nos encontramos en el proceso de cualificación del mismo, a través del trabajo colectivo que vienen desarrollando las diferentes unidades con el acompañamiento de la Vicerrectoría Académica y el CAE+E. Los aspectos y orientaciones a tener en cuenta en este proceso son los siguientes: 1. Recordar la importancia de la cualificación del sílabo de cada asignatura y de la definición de todos sus elementos con especial atención en los Resultados de Aprendizaje Esperado y en la Evaluación. 2. Revisar y completar la parametrización realizada para cada asignatura en el cuaderno de evaluación (Gradebook). El plazo para ello es el 15 de marzo de 2019 de tal manera que la totalidad de las calificaciones se reporten a través del sistema al culminar el ciclo lectivo 1930. Cabe aclarar que la definición de la evaluación sumativa que se parametriza en el cuaderno de evaluación debe ser consistente con lo expresado en la evaluación consignada en el respectivo sílabo de la asignatura.
3. Culminar el proceso de clasificación de asignaturas entre abiertas y cerradas. El plazo para ello es el 14 de septiembre de 2018. 4. Para aquellas Unidades que aún se encuentran en el proceso de cualificación de su catálogo y cuya actualización se verá reflejada a partir del periodo de inscripciones del ciclo lectivo 1910, el plazo definido para concluir esta labor es el 14 de septiembre de 2018. 5. Con aquellas Unidades que han culminado el proceso de cualificación del Catálogo, se iniciará el proceso de clasificación de las asignaturas por campos de conocimiento de acuerdo con estándares internacionales. Este proceso se llevará a cabo entre junio de 2018 y marzo de 2019 con el acompañamiento de la Dirección de Programas Académicos. 6. Con las unidades mencionadas en el numeral anterior, se adelantará el proceso de traducción al inglés de los campos Nombre corto, Nombre Largo y Descripción, en colaboración con el Departamento de Lenguas de la Facultad de Comunicación y Lenguaje. El plazo definido para desarrollar este proceso es el 15 de marzo de 2019. Con respecto a la Programación de Clases, a partir del análisis que se realiza en conjunto entre la Oficina de Admisiones y Registro Académico y la Vicerrectoría Académica sobre la inscripción de clases en cada ciclo lectivo, les recordamos tener en cuenta los siguientes aspectos a partir del periodo de inscripciones que inicia el próximo 25 de junio: 1. Los criterios y consideraciones definidos para mantener clases abiertas son los siguientes: a. Número de clases programadas en relación con el total de cupos disponibles; b. asignaturas que se encuentren parametrizadas en planes de estudio vigentes; c. número de inscritos en las clases programadas que, en el caso de las asignaturas abiertas de pregrado, de acuerdo con la Directriz Rectoral (No.53/2004) no podrá ser inferior a 15 estudiantes. En aquellos casos especiales de asignaturas abiertas en los que se requiera la conformación de grupos inferiores a este número deberán ser autorizados por el Vicerrector Académico, previa solicitud expresa del Director del Departamento, Instituto o Unidad Oferente. d. probabilidad de alcanzar el número de estudiantes requerido, teniendo en cuenta que en
la primera cita se alcanza una cobertura de estudiantes inscritos cercana al 90%; e. comportamiento histórico de las inscripciones en cada asignatura; f.
posibilidad de ampliación de cupo de acuerdo con la capacidad del salón solicitado y asignado, para aquellas asignaturas que tienen más de un grupo de clase y cuyas inscripciones no se encuentran balanceadas;
g.
posibilidad de balancear los grupos por número de estudiantes;
2. Una vez culmine la primera cita de inscripción, la Dirección de Programas Académicos consolidará la información de cada Unidad oferente, verificará los aspectos descritos en el numeral anterior e informará a cada Unidad sobre las clases que tendrían que ser canceladas y que por tanto no estarían disponibles para la segunda cita de los estudiantes de pregrado. Si existen justificaciones claramente argumentadas de la necesidad de mantener activa alguna clase, el Director de la Unidad oferente puede presentarlas a la Dirección de Programas Académicos desde donde se realizará el respectivo análisis. Finalmente, les recuerdo que esta labor que estamos realizando atiende el eje de aseguramiento de la calidad, como atributo integral y permanente, sobre el cual se basa el modelo para el desarrollo de nuestra oferta académica. Para estos procesos, podrán contar con el acompañamiento permanente tanto de la Dirección de Programas Académicos, el CAE+E y la Oficina de Admisiones y Registro Académico. Atentamente, LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico
ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - PRIMER SEMESTRE - AÑO 2018
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DIRECTRIZ EXPEDIDA POR LA VICERRECTORÍA DEL MEDIO UNIVERSITARIO
CIRCULAR N° 1 - 2018 Para:
TODA LA COMUNIDAD JAVERIANA Y VISITANTES
De:
VICERRECTORIA DEL MEDIO UNIVERSITARIO
Asunto: prohibición de mascotas Fecha:
Enero 16 de 2018
Estimada Comunidad Javeriana y visitantes. El campus de la Pontificia Universidad Javeriana es un espacio académico y formativo que debe garantizar las condiciones necesarias para que se realicen las funciones docentes, investigativas y de servicio. Nuestro Campus no cuenta con las condiciones para recibir e integrar, de manera adecuada, mascotas o animales domésticos, los cuales tienen necesidades de higiene y socialización que no podemos ofrecer. Nuestro Campus recibe cada día más de 30.000 personas a quienes debemos garantizar condiciones de seguridad, higiene y bienestar que no podríamos ofrecer si se acepta la presencia de animales domésticos o mascotas, dado que el comportamiento animal, en un ámbito distinto a su espacio ordinario es, en muchos casos, impredecible lo que puede generar perturbaciones innecesarias. Por otra parte, nuestro Campus por su carácter pedagógico es un Jardín Botánico con especies vegetales delicadas de lento crecimiento que sufren alteraciones con animales domésticos. Teniendo en cuenta estas circunstancias queremos recordarles que no está permitido el ingreso de animales domésticos al Campus, excepto en los casos de perros lazarillo, perros de vigilancia o animales que forman parte de proyectos académicos o eventos debidamente autorizados. Agradecemos su comprensión y colaboración, Atentamente LUIS ALFONSO CASTELLANOS RAMÍREZ, S.J. Vicerrector del Medio Universitario
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DIRECTRIZ CONJUNTA EXPEDIDA POR LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA Y LA VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA
CIRCULAR N° 002 - 2018 Para:
DECANOS DE FACULTAD DIRECTORES DE PREGRADO DIRECTORES DE POSGRADO
De:
VICERRECTORÍA ACADÉMICA VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA
Asunto: Matrículas extraordinarias y apoyo financiero Fecha:
23 de enero de 2018
Estimados Decanos, reciban un cordial saludo. La Vicerrectoría Académica y la Vicerrectoría Administrativa venimos aunando esfuerzos para brindar un acompañamiento y apoyo integral a los estudiantes de pregrado y posgrado que pueden tener dificultades económicas para formalizar su matrícula en los tiempos establecidos dentro del Reglamento de Estudiantes. En este sentido queremos solicitar su acostumbrado apoyo para venir en encuentro de los estudiantes que pueden estar en esta situación y facilitar la normal continuación de sus estudios. Para este efecto les solicitamos tener en cuenta las siguientes orientaciones: La Universidad, a través de la Oficina de Apoyo Financiero, ha desarrollado una serie de alternativas para que los estudiantes puedan cancelar la matrícula de contado o realizar acuerdos de pago con la Universidad. Por lo anterior, agradecemos incentivar en ellos el acceso a estas posibilidades, informándoles que es posible revisar la alternativa de refinanciación para aquellos que se encuentren morosos así como una financiación acorde a los flujos de caja de la respectiva familia. Para posgrado de manera particular existe la opción de omitir el requisito de codeudor a quienes tengan vínculo laboral debidamente soportado con los ingresos correspondientes. Así mismo, se les brindará apoyo para acceder a créditos con entidades externas como AVVillas y SUFI de Bancolombia, que cuentan con créditos de largo plazo y mediano plazo dependiendo de su historial crediticio.
A los estudiantes de Pregrado y Posgrado que se les apruebe la matrícula extraordinaria y que tengan crédito ICETEX en estudio o activo, que se encuentren en mora o no hayan renovado este crédito; y aquellos que tengan beneficios económicos internos o externos (becas, apoyos de fundaciones, empresariales, FNA, etc.), también deben solicitar de manera inmediata en la Oficina de Apoyo Financiero un acuerdo de financiación directa con la Universidad. Una vez obtengan la aprobación de los recursos, se realizará el cruce de cuentas respectivo. Para facilitar el acceso a estos mecanismos de apoyo, el 19 de febrero de 2018, se llevará a cabo la baja de asignaturas a quienes no cumplan con todos los procesos académicos-administrativos de la matrícula. Por tal motivo, les solicitamos amablemente transmitir a los profesores la importancia de una constante revisión de las listas de clase y la remisión a las Direcciones de Programa de aquellos estudiantes que no se encuentran en las listas, con el fin de que en dichas Unidades se revise oportunamente cada caso. Cordialmente, LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico CATALINA MARTÍNEZ DE ROZO Vicerrectora Administrativa
Revisar cada solicitud de matrícula extraordinaria y analizar su viabilidad para que sea estudiada por la Vicerrectoría Académica después de los primeros cinco (5) días hábiles del inicio de las actividades académicas. El propósito es apoyar a nuestros estudiantes para que puedan hacer el pago de la matrícula y continuar sus estudios en completa normalidad. Desde la Vicerrectoría Académica estamos muy atentos a brindarles el acompañamiento y asesoría en esta gestión, a través de la Dirección de Asuntos Estudiantiles.
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DIRECTRIZ CONJUNTA EXPEDIDA POR LA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y LA VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA
CIRCULAR N° 1 - 2018
pueden compartir experiencias útiles para el desarrollo de su investigación.
Para: DECANOS DE FACULTAD DIRECTORES DE DEPARTAMENTO E INSTITUTOS ADSCRITOS A LA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN (VRI) PROFESORES DE PLANTA SECRETARIOS DE FACULTAD De:
VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA
Asunto: Apoyo a viajes para la asistencia a eventos académicos Fecha: 22 de febrero de 2018
Apreciados directivos y profesores: La Vicerrectoría de Investigación (VRI) y la Vicerrectoría Administrativa de la Pontificia Universidad Javeriana informaron, en la jornada de presupuesto del año 2017, que los recursos de apoyo financiero para la participación de los profesores de planta en eventos científicos y académicos serían ejecutados desde las propias unidades académicas a partir del año 2018. Por esta razón, se les solicita por medio de esta circular a los Decanos y Directores de Institutos adscritos a la Vicerrectoría de Investigación que tengan en cuenta las siguientes prioridades para la asignación de estos recursos: •
Facilitar la divulgación de los resultados de proyectos de investigación, innovación y creación artística desarrollados por los profesores de la Universidad.
•
Promover la participación en comunidades académicas internacionales en las cuales los profesores Unidad Académica
Nombre de profesor de planta
Monto Total Apoyo (Pesos corrientes)
$
•
Fortalecer la pertenencia a redes de conocimiento.
• Fortalecer la internacionalización de la actividad investigativa de la universidad. Se sugiere que el apoyo sea para actividades relacionadas con investigación, innovación o creación artística en proyectos debidamente aprobados y registrados. Los criterios y el procedimiento para la asignación de los recursos deben ser explícitos. Dicho procedimiento debe tener en cuenta los lineamientos administrativos de cualquier gasto de viaje. La compra de los pasajes aéreos y los pagos de alojamiento se deben hacer a Javeturismo, teniendo en cuenta las directrices para la gestión de viajes de la Vicerrectoría Administrativa. (DIRECTRICES PARA LA GESTIÓN DE VIAJES). El procedimiento y el formato establecido para el pago del alojamiento se encuentran en el enlace (http:// www.javeriana.edu.co/of-organizacion-y-metodos/dirserv-univ). Los montos máximos de los gastos de viaje se encuentran estipulados en el Procedimiento Solicitud y Legalización de Anticipos (versión 5 de agosto de 2013), el cual se puede consultar en el siguiente enlace: SOLICITUD Y LEGALIZACIÓN DE ANTICIPOS A EMPLEADOS Finalmente, con el objetivo de hacer un seguimiento y evaluación de este tipo de apoyos, les solicitamos atentamente a los Decanos de Facultad y Directores de Institutos adscritos a la VRI enviar el siguiente cuadro de reporte (con corte a 31 de julio de 2018) a los siguientes correos: viceinv@javeraina.edu.co y vice.administrativa@javeriana.edu.co,
Monto Reintegro (Pesos corrientes)
Motivo de asignación de recursos
Lugar de evento
Mes de evento académico
Observación
$
Divulgación de resultados / Ponencia / Construcción de redes / Fortalecimiento de la internacionalización de la Investigación
País ciudad
Mes
Texto
Cordialmente, LUIS MIGUEL RENJIFO MARTÍNEZ Vicerrector de Investigación CATALINA MARTÍNEZ DE ROZO Vicerrectora Administrativa
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DIRECTRIZ CONJUNTA EXPEDIDA POR LA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN DE LA SEDE CENTRAL Y LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA DE LA SECCIONAL CALI
CIRCULAR N° 2 - 2018 Para: De:
DECANOS DE FACULTAD DIRECTORES DE DEPARTAMENTO E INSTITUTO PROFESORES DE PLANTA SECRETARIOS DE FACULTAD VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN DE LA SEDE CENTRAL Y VICERRECTORÍA ACADÉMICA DE LA SECCIONAL CALI
Asunto: Directrices de Propiedad Intelectual Fecha:
17 de mayo de 2018
Apreciados directivos y profesores: La Vicerrectoría de Investigación de la Sede Central y la Vicerrectoría Académica de la Seccional Cali, informan a la comunidad javeriana que desde el año 2016 se ha venido desarrollando un trabajo mancomunado sobre las Directrices de Propiedad Intelectual, con miras a que estas mismas logren su objetivo de incentivar la producción intelectual al interior de la Pontificia Universidad Javeriana. Como consecuencia de los esfuerzos adelantados y los valiosos aportes realizados por los Consejos Académicos de las dos Sedes, nos complace divulgar el resultado de este trabajo, mediante la expedición de las Directrices de Propiedad Intelectual anexas, las cuales establecen las buenas prácticas que se deben implementar para la gestión de la propiedad intelectual de la Universidad y que, a su vez, contienen las reglas generales que sirven de parámetro para determinar la titularidad y la participación en los beneficios generados por su explotación (esto último se encuentra estipulado en el numeral 13 del adjunto). En caso de inquietud sobre este documento, les agradecemos dirigirse a las siguientes instancias: •
Dirección de Innovación de la Sede Central.
•
Dirección de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Seccional Cali.
Atentamente, LUIS MIGUEL RENJIFO MARTÍNEZ Vicerrector de Investigación Sede Bogotá ANA MILENA YOSHIOKA VARGAS Vicerrectora Académica Seccional Cali
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DIRECTRICES EXPEDIDAS POR LA SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR N° 001 - 2018 Para: De:
COMUNIDAD EDUCATIVA JAVERIANA CLIENTES Y PROVEEDORES DE LA UNIVERSIDAD ENCARGADOS DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES SECRETARIO GENERAL
Asunto: POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Fecha:
24 de mayo de 2018
Apreciados Miembros de la Comunidad Educativa Javeriana, Clientes y Proveedores de la Universidad y Encargados del tratamiento de datos personales: Reciban mi atento saludo. La Pontificia Universidad Javeriana, informa a los aspirantes, estudiantes, egresados, empleados, profesores, proveedores, clientes, encargados del tratamiento de datos personales y en general a todos los titulares respecto de los cuales se realiza tratamiento de datos personales, que mediante Acuerdo 657 del 7 de mayo de 2018 del Consejo Directivo Universitario se aprobó la Política de Protección de Datos Personales mediante la cual se actualizó la normativa de protección de datos del 26 de julio de 2013. Sus principales cambios son: 1. Se incluyó la identificación del responsable, aclarando que la política tiene alcance para la Universidad Javeriana en su Sede Central, la Seccional Cali y el proyecto Javeriana Colombia. 2. Se concretaron las finalidades del tratamiento, las cuales pueden ser actualizadas en el aviso de privacidad. 3. Se incluyó la política de la Universidad frente a la solicitud de autorización de los adolescentes para la prestación del servicio de educación. 4. Se actualizaron los canales de atención de los titulares. 5. Se asignó como responsable de implementar la política al Comité de Habeas Data. 6. La vigencia de la política es desde el 7 de mayo de 2018. El texto completo de la Política podrá ser consultado en las siguientes páginas web: http://www.javeriana.edu.co/documentos/tratamiento_datos_personales.pdf https://www.javerianacali.edu.co/habeas-data JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID Secretario General
CIRCULAR N° 002 - 2018 Para:
COMUNIDAD EDUCATIVA JAVERIANA
De:
SECRETARIO GENERAL
Asunto: Preguntas y respuestas sobre el Manual de Identidad Visual Institucional Feche:
15 de junio de 2018
Apreciados miembros de la comunidad educativa javeriana: Con mi atento saludo, les comparto esta guía de preguntas y respuestas orientada a facilitar la implementación del Manual de Identidad Visual Institucional (MIVI), recientemente expedido por el Consejo Directivo Universitario, acta 659 del 28 de mayo de 2018. Les agradezco de forma anticipada su compromiso con la adecuada implementación de estas importantes disposiciones reflejan, de forma significativa, nuestra identidad. ¿Qué función cumple el Manual? Esta guía normaliza el uso de la imagen de la Pontificia Universidad Javeriana, para conservar y potenciar su identidad. Toda aplicación de los elementos de la imagen de la Universidad debe cumplir con sus lineamientos. ¿Es de obligatorio cumplimiento? Sí. El Manual de Identidad Visual Institucional (MIVI) está vigente y fue aprobado por el Consejo Directivo Universitario, mediante Acuerdo N° 659 del 28 de mayo de 2018. Esto significa que todas las unidades (facultades, centros, oficinas, vicerrectorías, etc.) deben iniciar un camino para trasformar la identidad de marca de la Universidad en nuestro entorno. Este Manual está dirigido a las dos sedes: Central y Seccional Cali. ¿Con qué prioridad deberán las unidades implementar el MIVI? La implementación debe ser prioritaria. A excepción del material que ya está impreso, todas las piezas que se diseñen a partir de este momento deben cumplir con la normatividad del MIVI. Para cumplir nuestra política ecológica y ambiental, las unidades deben agotar todos los insumos de papelería, branding y merchandising que se encuentran en el inventario. ¿Qué tiempos tendrán las unidades para implementarlo? La estandarización de todas las piezas que involucren la imagen institucional será gradual. Sin embargo, la transición deberá culminar el 31 de mayo de 2019.
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¿Qué se debe hacer con el cambio de la señalética y la señalización?
¿Sigue vigente el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones?
Todas las decisiones relacionadas con actualización de avisos de fachada, señalización interna, marcación de oficinas, mapas de evacuación y los mapas del campus, entre otros, deben consultarse con la Oficina de Construcciones, que coordinará estos cambios de manera paulatina. Sin embargo, toda la señalética y señalización de los campus deberán irse transformando para ajustarse al MIVI.
Este documento sigue vigente. Recordemos que allí están descritos, entre otros, los usos del escudo, el sello, la bandera y el lema de la Universidad. Este reglamento se tuvo en cuenta en el desarrollo del MIVI.
¿Puedo esperar a que se agote la papelería? Para dar un uso óptimo a los recursos, las unidades deben agotar todos los insumos que tienen la imagen anterior, antes de solicitar insumos con la nueva imagen. ¿Tendremos asistencia técnica? Por supuesto. A partir del 18 de junio de 2018, dos expertos en el tema estarán prestos a resolver inquietudes hasta el 1° de noviembre de 2018. Podrán enviar sus dudas al correo identidadvisual@javeriana.edu.co o comunicarse al 318-319-2838 en días hábiles de 9:00 a. m. a 12:00 m. Este número también estará disponible a través de la red de mensajería instantánea WhatsApp en el mismo horario.
¿Qué no regula el Manual? El MIVI es el documento que busca cuidar el manejo de la marca de la Universidad en todas sus expresiones gráficas. No es un manual de diseño gráfico; por lo tanto, no se trata de una guía relativa a la estética de las piezas impresas o digitales de la Universidad. La oficina de consultoría técnica no va cambiar o intervenir el diseño; más bien velará por el correcto uso de los símbolos institucionales. Cordialmente, JAIRO H. CIFUENTES MADRID Secretario General
¿Habrá alguna presentación general? La socialización del MIVI se realizará en el mes de julio a través de cuatro talleres, dos en Bogotá y dos en Cali. Oportunamente, la Universidad estará informando sobre los lugares y las fechas de estos talleres. ¿Dónde estarán alojados los insumos y los elementos gráficos? Los insumos están alojados en acceso abierto en la plataforma institucional OneDrive. Todos los miembros de la comunidad javeriana podrán descargarlos con su usuario institucional (@javeriana.edu.co). A partir del 21 de julio, la Universidad contará con una página web, en la que se encontrará el MIVI para consulta y las piezas gráficas, para descarga. ¿En el futuro quién asegurará su cumplimiento? Todos aseguraremos su cumplimiento, en un ejercicio de gran responsabilidad. Además, los expertos prestarán el servicio de asesoría y acompañamiento durante el periodo de implementación. Es importante señalar que este equipo no realizará el diseño de las piezas, sino que se ocupará de acompañarlas en su diseño para que se adecuen a los parámetros establecidos en el MIVI.
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ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - PRIMER SEMESTRE - AÑO 2018