LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA COMO SISTEMA
Percy Chocano Núñez• Profesor de Derecho Procesal Penal Universidad Nacional de San Agustín SUMARIO: 1.- Introducción. 2.- Concepto de sistema. 3.- Características de los sistemas. 4.- Tipos de sistemas. 5.- Parámetros de los sistemas. 6.- La administración de justicia como sistema abierto. 7.Cultura y clima organizacional. 8.- Dinámica de sistema. 9.- Epílogo.
1. INTRODUCCIÓN Las sucesivas reformas en la administración de justicia se encuentran fatalmente condenadas al fracaso mientras no se entienda que lo que se pretende es transformar un sistema imbricado con otros sistemas, lo que significa que el sistema de justicia no puede ser modificado sin cambiarse sistemas mayores y menores. Si la tesis es cierta, la reestructuración de la administración de justicia, tal como ha sido permanentemente concebida en el Perú, es imposible porque no es vista como un cambio en el sistema; si no es cierta, la reforma o reestructuración judicial es sólo cuestión de cambiar denominaciones o algunas personas y en consecuencia será un éxito. Para comprender mejor nuestra tesis haremos algunos alcances sobre la Teoría General de los Sistemas. La teoría general de los sistemas (TGS) fue formulada por primera vez en 1950 por el alemán Ludwig von Bertalanffy (1901-1972) y tiene como objetivo producir teorías y formulaciones conceptuales que pueden crear condiciones de aplicación en la realidad empírica, constituyéndose en un mecanismo de integración entre las ciencias naturales y sociales, siendo al mismo tiempo un instrumento básico para la formación y preparación de científicos. Los supuestos básicos de la TGS son: 1.- Existencia de una tendencia hacia la integración de diversas ciencias naturales y sociales. 2.- Esa integración parece orientarse rumbo a una teoría de sistemas. 3.- Dicha teoría de sistemas puede ser una manera más amplia de estudiar los campos nofísicos del conocimiento científico, especialmente en ciencias sociales. 4.- Con esa teoría de los sistemas, al desarrollar principios unificadores que atraviesan verticalmente los universos particulares de las diversas ciencias involucradas, se pretende una aproximación al objetivo de la unidad de la ciencia.
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Director de la Unidad de Postgrado de la Facultad de Derecho de la UNSA.
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La TGS afirma que las propiedades de los sistemas, no pueden ser descritos en sus elementos separados, su comprensión se presenta sólo cuando se estudian globalmente. La TGS se fundamenta en las siguientes premisas básicas: a) Sistemas de sistemas. Cada sistema existe dentro de otro más grande, de modo tal que el sistema menor viene a ser un elemento del sistema mayor. En nuestro caso el Poder Judicial es un sistema que se encuentra dentro del Sistema de Administración de Justicia, el que comprende órganos menores como la policía, el servicio médico legal y en general los peritos, y órganos superiores, como el Poder Judicial, en su condición de órgano juzgador, los abogados, como órgano de defensa y el Ministerio Público como órgano de acusación. A su vez, el Sistema de Administración de Justicia se encuentra dentro del sistema político, el que es contenido en el sistema socio-económico y si se quiere ir más allá podríamos decir que el país también forma parte de otro sistema mayor. b) Los sistemas son abiertos. Cada sistema que se examine, excepto el menor o mayor, recibe y descarga algo en los otros sistemas, generalmente en los contiguos. Los sistemas abiertos se caracterizan por un proceso de cambio infinito con su entorno, que son los otros sistemas. Cuando el intercambio cesa, el sistema se desintegra, esto es, pierde sus fuentes de energía. Esto nos debe llevar a reevaluar la idea de autonomía e independencia del Poder Judicial ya que la interrelación sistemática impide la autarquía, lo que no significa que no puedan respetarse espacios mínimos de poder que diferencian un sistema de otro. Es decir que la autonomía debe entenderse como un espacio dentro de otro y mutuamente influenciado por los sistemas colindantes (Poder Ejecutivo y Poder Legislativo). c) Las funciones de un sistema dependen de su estructura. Para los sistemas biológicos y mecánicos esta función es intuitiva. Los tejidos musculares, por ejemplo, se contraen porque están constituidos por una estructura celular que permite contracciones; en cambio, sistemas como el de Administración de Justicia tienen una estructura que es reflexiva del sistema mayor, es decir que en última instancia este sistema obedece a los estímulos del sistema mayor que es el sistema socio-económico. 2. CONCEPTO DE SISTEMA Un sistema es un conjunto de dos o más elementos (materiales o no) que interactúan, voluntaria o involuntariamente, esto es que tienen una relación dinámica que forma una actividad, orientada a un objetivo, que opera sobre datos/energía/materia, para proveer información, energía o materia. Jacob en 1974 propuso el nombre de “integrón” como sustituto de “sistema” y con mayor éxito Koestler en 1967 y 1978 propuso el nombre de “holón”, llegando Checkland en 1988 a hablar del “pensamiento holónico”1. El principio clave en que se basa la TGS es la noción de totalidad orgánica, mientras que el paradigma analítico-reduccionista, y sus principios mecánico-causales, estaba fundado en una construcción disociada del mundo. La interrelación de las unidades básicas, es lo que permite la existencia de un sistema; en consecuencia, los sistemas siempre son sinergéticos, causales y efectuales, integrados e 1
No está demás recordar que entre los antiguos griegos los estoicos daban al término sistema el significado de orden, particularmente orden cósmico. En función a eso se ha considerado que no sólo los objetos están sometidos a un orden o a leyes, sino también el pensamiento, por lo que el “orden del pensamiento” es paralelo al “orden de cosas”. En ese sentido también Kant sostenía la idea de sistema como un todo del conocimiento ordenado según principios, y definía la arquitectónica como el arte de construir sistemas (Crítica de la razón pura).
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interdependientes. El componente que no actúa en función a los otros elementos del sistema queda fuera de él o se convierte en un “radical libre” con capacidad para destruir el sistema en el que se encuentra y dar paso a un nuevo sistema. En el mundo real lo difícil no es estar dentro del sistema sino salir de él. Adicionalmente vale aclarar que el término 'sistémico' –y vocablos emparentados con él, como 'sistemismo', 'sistémica', 'sistemidad'– puede emplearse para referirse a cualquier sistema o a cualquier estudio relativo a sistemas. Sin embargo, se precisa la distinción entre 'sistémico' y 'sistemático' –así como entre 'sistemismo' y 'sistematismo'; 'sistémica' y 'sistemática; 'sistemidad' y 'sistematicidad'–. La última serie de vocablos, y en particular 'sistemático', se emplean cuando se trata o de la noción de sistema de un modo muy general, o de esta noción tal como ha sido empleada y estudiada en el pasado, particularmente en el tratamiento de cuestiones relativas a la naturaleza de los «sistemas filosóficos»; sistemático también es lo que sigue u obra conforme a un sistema. La primera serie de términos, y en particular 'sistémico', se emplean en todo tratamiento de sistemas dentro de la «teoría general de sistemas». Puesto que la teoría general de los sistemas se ocupa de toda clase de sistemas, el término 'sistémico' es de aplicación general: todo sistema tiene un carácter sistémico y toda consideración de sistemas desde el punto de vista de la referida teoría es sistémica. Sin embargo, se tiende a emplear 'sistémico' especialmente en el caso de ciertos tipos de sistemas. Uno de los más frecuentemente mencionados al respecto es el sistema constituido por elementos que se hallan entre sí en relación funcional tal que se produce una interdependencia de acuerdo con un conjunto de reglas. 3. CARACTERÍSTICAS DE LOS SISTEMAS De lo dicho se desprende que sistema es un todo organizado y complejo; un conjunto o combinación de cosas o partes que forman un todo complejo o unitario; es un conjunto de objetos unidos por alguna forma de interacción o interdependencia. De ahí se deducen dos características: finalidad (u objetivo) y unidad (o totalidad). a) Propósito u objetivo. Todo sistema tiene uno o varios fines. Los elementos (u objetos), como también las relaciones, definen una distribución que trata siempre de alcanzar un objetivo, el que en abstracto, sería, en el caso de la administración de justicia y en términos teóricos la realización de la justicia y no la aplicación de la ley, la que supuestamente sería un medio. b) Unidad o totalidad. Un cambio en uno de los elementos del sistema, produce necesariamente cambios en los otros. El efecto total se presenta como un ajuste a todo el sistema. Hay una relación de causa/efecto. De estos cambios y ajustes, se deriva la dialéctica de la entropía y la homeostasia. Entropía2. Es la tendencia de los sistemas a desgastarse, a desintegrarse, por el relajamiento de los patrones y las contradicciones internas. La entropía puede producirse por el solo discurrir del tiempo ya que todo tiene su período de desarrollo y su período de caducidad.
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Según el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española la voz entropía (del gr. ἐντροπία, vuelta, usado en varios sentidos figurados), tiene las siguientes acepciones: 1) f. Fís. Magnitud termodinámica que mide la parte no utilizable de la energía contenida en un sistema.
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Desde otro punto de vista el paso de la energía libre a energía ligada es lo que constituye la entropía. Se sostiene que la energía existe en dos estados cualitativos: energía disponible o libre, sobre la cual el hombre tiene un dominio casi completo, y energía no disponible o ligada, que el hombre no puede usar de ninguna manera. La energía química contenida en un pedazo de carbón es energía libre, puesto que el hombre puede convertirla en calor o, si así lo desea, en trabajo mecánico. Pero la fantástica cantidad de energía en forma de calor contenida en los mares, por ejemplo, es energía ligada. Los barcos navegan encima de este recipiente lleno de energía, pero para hacerlo necesitan de la energía libre de algún combustible o del viento. Cuando un pedazo de carbón se quema, su energía química ni disminuye ni aumenta. Pero la energía libre inicial se ha disipado tanto en forma de calor, humo y cenizas que el hombre ya no puede usarla. Se ha degradado al estado de energía ligada. En todo caso, cualquier sistema existe sobre la base de sus contradicciones internas y externas en relativo equilibrio o en forma tal, que el factor dominante que caracteriza el sistema mantiene su poder, pero si se rompe el equilibrio o el factor dominante queda subordinado o destruido, se produce la entropía, que no es otra cosa que el paso a un nuevo sistema. No podemos dejar de tener en cuenta que la entropía es un principio de la termodinámica que establece que su crecimiento, es decir, la máxima probabilidad de los sistemas es su progresiva desorganización y, finalmente, su homogeneización con el ambiente, lo que significa que el sistema desaparece como producto de sus contradicciones. Tanto un sistema real como un sistema conceptual, pueden disminuir o retardar la entropía, pero no pueden evitarla indefinidamente, porque esto supondría que el sistema es inamovible y eterno, lo que es un imposible material. Para disminuir o retardar la entropía, la información, juega un papel fundamental. La información tiene un comportamiento distinto al de la energía, pues su comunicación no elimina la información del emisor o fuente. En términos formales, la cantidad de información que permanece en el sistema es igual a la información que existe más la que entra; es decir, hay una agregación neta en la entrada y la salida no elimina la información del sistema, por ello la información es la más importante corriente negentrópica que disponen los sistemas complejos. Con ser considerada la información la más importante no es la única fuente negentrópica, ya que la negentropía, se refiere también a la energía que el sistema importa del ambiente para mantener su organización y sobrevivir. Homeostasia, es el equilibrio dinámico entre las partes del sistema. Los sistemas para lograr su supervivencia (que es su primera obligación) tienen una tendencia a adaptarse con el fin de alcanzar un equilibrio interno frente a los cambios externos. Diversos mecanismos de retroalimentación y de control actúan para mantener constante este estado, caso contrario el sistema se destruye por sus propias contradicciones. Los procesos homeostáticos operan ante variaciones de las condiciones del ambiente, corresponden a las compensaciones internas al sistema que sustituyen, bloquean o
2) f. Fís. Medida del desorden de un sistema. Una masa de una sustancia con sus moléculas regularmente ordenadas, formando un cristal, tiene entropía mucho menor que la misma sustancia en forma de gas con sus moléculas libres y en pleno desorden. 3) f. Inform. Medida de la incertidumbre existente ante un conjunto de mensajes, de los cuales se va a recibir uno solo.
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complementan estos cambios con el objeto de mantener invariante la estructura sistémica, es decir, hacia la conservación de su forma. El mantenimiento de formas dinámicas o trayectorias se denomina homeorrosis (sistemas cibernéticos). En ese sentido el Sistema de Administración de Justicia se encuentra en una lucha dialéctica entre la entropía y la homeostasia. El desgaste producto de la pérdida de credibilidad por los usuarios y la pérdida de legitimidad de su actividad represiva, se ve amenguado por la capacidad de mimetización que se presenta en la forma de reformas, cambios de individuos y adaptación a las modificaciones en los sistemas mayores por lo que logra sobrevivir tal y como es a cualquier intento de cambiarlo sustancialmente. En última instancia cuando se pierde la “magia” de la credibilidad en la administración de justicia, queda el recurso de la violencia institucionalizada, de manera tal que se crea o no en la legitimidad de las decisiones judiciales, el ciudadano tiene que aceptarlas convirtiéndose de esta manera en una víctima del sistema. 4. TIPOS DE SISTEMAS En cuanto a su constitución, pueden ser físicos o abstractos: a) Sistemas físicos o concretos, son los compuestos por equipos, maquinaria y objetos. b) Sistemas abstractos, son los compuestos por conceptos, planes, hipótesis e ideas. Muchas veces sólo existen en el pensamiento de las personas. En cuanto a su naturaleza, pueden ser cerrados o abiertos: a) Sistemas cerrados, son los que supuestamente no presentan intercambio con el medio ambiente que los rodea, son herméticos a cualquier influencia ambiental. No reciben ningún recurso externo y nada producen que sea enviado hacia fuera. Desde nuestro punto de vista no existen sistemas cerrados. Se da el nombre de sistema cerrado a aquellos sistemas cuyo comportamiento es determinístico y programado y que opera con muy pequeño, o ningún, intercambio de energía y materia con el ambiente. Idealmente se aplica el término a los sistemas completamente estructurados, donde los elementos y relaciones se combinan de una manera peculiar y rígida produciendo una salida invariable, como las máquinas. El Poder Judicial de hecho pretende actuar como un sistema cerrado, pero no lo logra porque ésta es una aspiración imposible. b) Sistemas abiertos, son los que presentan intercambio con el ambiente, a través de entradas y salidas. Intercambian energía y materia con el ambiente. Son adaptativos para sobrevivir. Su estructura es óptima cuando el conjunto de elementos del sistema se organiza, aproximándose a una operación adaptativa. La adaptabilidad es un continuo proceso de aprendizaje y de autoorganización. 5. PARÁMETROS DE LOS SISTEMAS Los principales parámetros de los sistemas son:
a) Entrada, insumo o impulso, es la fuerza de impulso del sistema, que provee el material o la energía para su operación. Generalmente se usa la denominación en inglés input, y es un requerimiento de todo sistema abierto el que por naturaleza necesita de recursos de su ambiente. El input a la importación de los recursos (energía, materia, información) que se requieren para dar propulsión al ciclo de actividades del sistema.
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En nuestro caso serían, las contradicciones sociales, el conflicto de intereses y si se fuera muy concreto, la imputación, la demanda y todo el sistema jurídico.
b) Salida, producto o resultado: es la finalidad para la cual se reunieron elementos y relaciones del sistema. Los resultados de un proceso son las salidas, las cuales deben ser coherentes con el objetivo del sistema. Los resultados de los sistemas son finales, mientras que los resultados de los subsistemas son intermedios. Generalmente se usa el término inglés, output y puede diferenciarse según su destino en servicios, funciones y retroinputs. Este último se refiere a las salidas del sistema que van dirigidas al mismo sistema (retroalimentación). En los sistemas humanos y sociales éstos corresponden a los procesos de autorreflexión. El resultado sustancial del Sistema de Administración de Justicia es el mantenimiento del orden social establecido, es decir, del sistema mayor que es el socioeconómico. Formalmente se expresa en sentencias o resoluciones de menor jerarquía que ponen fin a los conflictos. Tenemos que asumir como retroinputs a las normas y resoluciones orientadas a corregir las conductas erróneas al interior del Sistema de Administración de Justicia, se trate de leyes, o resoluciones sancionatorias a los jueces y personal subalterno, las que pueden ser de carácter jurisdiccional o administrativo. c) Procesamiento, es el fenómeno que produce cambios, es el mecanismo de conversión de las entradas en salidas o resultados. Generalmente es representado como la caja negra, en la que entran los insumos y salen cosas diferentes, que son los productos. Esa caja negra es el procedimiento al interior del Poder Judicial y aunque se predica que es transparente o que se maneja conforme a normas de todos conocidas, en realidad es hermética e impredecible. d) Retroacción, retroalimentación o retroinformación, es la función de retorno del sistema que tiende a comparar la salida con un criterio preestablecido, manteniéndola controlada dentro de aquel estándar o criterio. Por la retroalimentación se recoge información sobre los efectos de las decisiones en el medio, de modo tal que esa información actúa sobre las decisiones sucesivas. La retroalimentación puede ser positiva o negativa. Es positiva cuando indica una cadena cerrada de relaciones causales en donde la variación de uno de sus componentes se propaga en otros componentes del sistema, reforzando la variación inicial y propiciando un comportamiento sistémico caracterizado por un autorreforzamiento de las variaciones (circularidad, morfogénesis). La retroalimentación positiva está asociada a los fenómenos de crecimiento y diferenciación. Cuando se mantiene un sistema y se modifican sus metas/fines nos encontramos ante un caso de retroalimentación positiva. En estos casos se aplica la relación desviaciónamplificación. La retroalimentación es negativa cuando la información advierte cambio a los centros decisionales del sistema y éstos toman las medidas necesarias para iniciar acciones correctivas que deben hacer retornar al sistema a su camino original (morfostasis). Mientras que la retroalimentación positiva, permite enmendar rumbos hacia nuevos objetivos, la retroalimentación negativa busca mantener el rumbo hacia un objetivo invariable. En el Poder Judicial, los estándares o criterios que deben servir para el control son las leyes, la jurisprudencia, los principios de derechos humanos y en general la dogmática jurídica; es decir que debe haber una evaluación posterior de las resoluciones para establecer si éstas son conformes al derecho, lo que eventualmente serviría para enmendar rumbos del sistema, sea para mantener la meta si ésta es correcta o para cambiarla si hay una meta mejor. Esto puede no redundar en beneficio del justiciable (el que sería víctima de propiciatoria del sistema) por la
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autoridad de cosa juzgada (salvo las excepciones que dan lugar a la “revisión” o “cosa juzgada fraudulenta”), pero se espera que beneficie al sistema en la búsqueda de legitimación. Esta labor definitivamente no se hace al interior del Poder Judicial, pero sí se realiza externamente por los doctrinarios, los analistas y los abogados en general, que cuestionan permanentemente las sentencias y demás resoluciones; pero peligrosamente el administrador de justicia desdeña esta evaluación impidiendo una retroalimentación que vitalizaría enormemente el sistema. No está demás decir que uno de los efectos de la retroalimentación sería la corrección de errores en función a los parámetros del derecho y el otro sería la separación fundamentada de los actores que persisten en el error. De este modo se corregirían las arbitrariedades del Consejo Nacional de la Magistratura en la destitución infundada e inopinada de magistrados capaces de darle validez al sistema. Consideramos que nuestra opinión es válida sólo si se quiere un Sistema de Administración de Justicia conformado por personas con idoneidad moral e intelectual. La práctica ha demostrado que los procesos de selección y ratificación se dan sobre la base de un sistema corrupto e incapaz de asimilar conocimientos, en consecuencia es casi un requisito para ser incorporado el Sistema de Administración de Justicia la ausencia de capacidad intelectual y moral. Salvamos el hecho que por las imperfecciones propias del sistema corrupto eventualmente pueden incorporarse personas que sí tienen idoneidad intelectual y moral, pero de ninguna manera pueden ser mayoría, porque esto supondría la muerte del sistema corrupto. e) Ambiente. Es el medio que envuelve externamente el sistema, el área de sucesos y condiciones que influyen sobre su comportamiento, en consecuencia, está en constante interacción con él mismo, ya que éste recibe entradas, las procesa y efectúa salidas. La supervivencia de un sistema depende de su capacidad de adaptarse, cambiar y responder a las exigencias y demandas del ambiente externo. Aunque el ambiente puede ser un recurso para el sistema, también puede ser una amenaza. En lo que a complejidad se refiere, nunca un sistema puede relacionarse con el ambiente y seguir conservando su identidad como sistema. La única posibilidad de relación entre un sistema y su ambiente implica que el primero debe absorber selectivamente aspectos de éste. Sin embargo, esta estrategia tiene la desventaja de especializar la selectividad del sistema respecto a su ambiente, lo que disminuye su capacidad de reacción frente a los cambios externos. Esto último incide directamente en la aparición o desaparición de sistemas abiertos. El ambiente en el que se desarrolla el Poder Judicial es el político-social y sus miembros han demostrado que tienen una extraordinaria capacidad de adaptación a los cambios coyunturales, en lo que podríamos llamar la morfogénesis de los operadores judiciales. Lo negativo de esto es que la adaptación no es a los objetivos estratégicos, sino a objetivos tácticos de los titulares transitorios del Poder Ejecutivo, lo que afecta gravemente cualquier proyecto serio de legitimación del Sistema de Administración de Justicia. f) Cibernética. Se trata de un campo interdisciplinario que intenta abarcar el ámbito de los procesos de control y comunicación (retroalimentación) tanto en máquinas como en seres vivos. El concepto es tomado del griego kibernetes que se refiere a la acción de timonear un barco. Un sistema es cibernético cuando dispone de mecanismos internos de autorregulación, autodirección o autocomando de modo tal que reacciona ante informaciones de cambios en el ambiente, elaborando respuestas variables que contribuyen al cumplimiento de los fines instalados en el sistema. Aunque no lo parezca, tanto el Poder Judicial, como el Ministerio Público han sido concebidos como sistemas cibernéticos, puesto que han sido dotados de mecanismos de autorregulación (“autonomía”) y autodirección (“independencia”), pero ninguno de los dos ejerce esa facultad cibernética, por razones internas (incapacidad para actuar con autonomía e independencia) y razones externas (subordinación a los sistemas mayores).
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Paradójicamente no se espera que la policía sea cibernética, pero comparada con el Poder Judicial y el Ministerio Público es mucho más autónoma e independiente, lo que resulta altamente negativo, por cuanto es un subsistema que sólo puede operar adecuadamente si está subordinado tanto al Poder Judicial como al Ministerio Público. g) Elemento. Se entiende por elemento de un sistema las partes o componentes que lo constituyen. Éstas pueden referirse a objetos o procesos. Una vez identificados los elementos pueden ser organizados en un modelo. Si se habla de una entidad o una cosa en un proceso, se hace alusión a un «sistema real», y si se entiende por él algún concepto, término, enunciado, cabe hablar de «sistema conceptual», «sistema lingüístico», etcétera. Los elementos del sistema de administración de justicia son el Poder Judicial y cada uno de los órganos jurisdiccionales, el Ministerio Público y cada una de las fiscalías, el Ministerio de Defensa, conformado por todos los abogados, a lo que se agrega como elementos auxiliares la policía, peritos, etc. h) Energía. La energía que se incorpora a los sistemas se comporta según la ley de la conservación de la energía, lo que quiere decir que la cantidad de energía que permanece en un sistema es igual a la suma de la energía importada menos la suma de la energía exportada (entropía, negentropía). Las fuentes de energía del Sistema de Administración de Justicia provienen del ambiente que es el sistema socioeconómico. i) Organización. Todo sistema abierto, tiende a la diferenciación, o sea, a la multiplicación y elaboración de funciones, lo que le ocasiona también multiplicación de papeles y diferenciación interna. La organización sistémica se refiere al tipo de relaciones que existen entre sus elementos, dentro de sus múltiples funciones. Cuando se generan elementos que no responden a los objetivos del sistema se produce una hipertrofia, como es el caso de la creación de juzgados especiales para determinados tipo de personas sea para beneficiarlos o para perjudicarlos. Los sistemas abiertos se caracterizan por el principio de “equifinalidad”, o sea que un sistema puede alcanzar, por una variedad de caminos, el mismo estado final, partiendo de diferentes condiciones iniciales, lo que implica las formas de desarrollo procesal y conclusión del proceso, además formas alternativas de solución de conflictos, las que no deben convertirse en un obstáculo para la tutela jurisdiccional efectiva. 6. LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA COMO SISTEMA ABIERTO El Poder Judicial realiza constantes y denodados esfuerzos por ser un sistema cerrado, pero como ya dijimos, esto es en realidad imposible, por lo que inevitablemente es un sistema abierto. El sistema abierto, interactúa constantemente con el ambiente en forma dual, influenciado por el medio ambiente e influye recíprocamente sobre él, alcanzando un equilibrio dinámico en ese sentido. El sistema cerrado no interactúa. El sistema abierto puede crecer, cambiar, adaptarse al ambiente y hasta reproducirse bajo ciertas condiciones ambientales. El sistema cerrado no. Es propio del sistema abierto competir con otros sistemas, no así el sistema cerrado. Los sistemas abiertos necesitan moverse para detener el proceso entrópico y reabastecerse de energía manteniendo indefinidamente su estructura organizacional, en una constante negentropía. Los sistemas cerrados idealmente se autorreabastecen.
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Los sistemas vivos reciben como insumos, materiales conteniendo energía que se transforman por el trabajo hecho. También reciben información, proporcionando señales sobre el ambiente. La entrada de información más simple es la retroalimentación negativa, que permite al sistema corregir sus desvíos con relación al objetivo propuesto. Las partes del sistema envían información de cómo operan a un mecanismo central y mantiene así la dirección preestablecida. Si dicha retroalimentación negativa es interrumpida, el estado firme del sistema desaparece. El proceso de codificación permite al sistema reaccionar selectivamente respecto a las señales de información para las cuales esté programado. Es un sistema de selección de entradas a través del cual, los materiales son rechazados o aceptados e introducidos a su estructura. Si en el Poder Judicial no hay una permanente corrección de los desvíos del objetivo propuesto esto se debe tanto a la falta de retroalimentación negativa como a la presencia de factores externos, como la corrupción en todos los niveles, las fallas psicológicas, las lacras estructurales, los prejuicios, la falta de capacidad de análisis y muchas veces la ignorancia inexcusable, todos los cuales se encuentran amparados por la irresponsabilidad o la impunidad. En el mismo sentido, el temor a perder el puesto, la ambición por el ascenso (lo que conlleva a mejor remuneración, con menos trabajo y responsabilidad personal) son factores perturbadores de la capacidad de corrección que debe tener el Sistema de Administración de Justicia, salvo que deliberadamente se quiera un sistema débil y en permanente estado de colapso. Los sistemas abiertos se caracterizan por un estado firme, ya que existe un influjo continuo de energía del exterior y una exportación constante de los productos del sistema. La tendencia más simple del estado firme es la homeostasis, pero su principio básico es la preservación del carácter del sistema, o sea, un equilibrio casi estacionario. Los sistemas reaccionan al cambio o lo anticipan por intermedio del crecimiento que asimila las nuevas entradas de energía en la naturaleza de sus estructuras. La homeostasis es en ese sentido un mecanismo regulador. El Poder Judicial recibe un influjo de energía del exterior que puede no ser bastante, pero definitivamente la exportación que realiza es de productos de mala calidad, lo que desmotiva el mejoramiento del influjo de energía exterior. El Poder Judicial debe entender que la mejor manera de sobrevivir es dejar de pretender ser un sistema cerrado (o actuar como si lo fuera) y debe asumir su posición de sistema francamente abierto. Los sistemas abiertos evitan el aumento de la entropía y pueden desarrollarse en dirección a un estado de creciente orden y organización (entropía negativa). Los sistemas abiertos restauran su propia energía y reparan pérdidas en su estructura. Esto en concreto se traduciría en la aceptación de jueces legos en derecho (jurados), presencia significativa de personas ajenas al Poder Judicial en los órganos de gobierno y control, y elección de magistrados por voto universal, secreto o por lo menos por un colegio electoral ampliamente representativo. 7. CULTURA Y CLIMA ORGANIZACIONAL Toda organización crea su propia cultura o clima, con sus propios tabúes, costumbres y usos. El clima o cultura del sistema refleja tanto las normas y valores del sistema formal como su reinterpretación en el sistema informal, así como las contradicciones internas y externas de los tipos de personas que la organización atrae; de sus procesos de trabajo y distribución física; de las modalidades de comunicación y del ejercicio de la autoridad dentro del sistema. Dichas creencias y sentimientos colectivos, se transmiten a los nuevos miembros del grupo, en unidades
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a las que se ha denominado “memes”3 de modo tal que en Sistema de Administración de Justicia corrupto es también corruptor. 8. DINÁMICA DE SISTEMA Para mantenerse, las organizaciones recurren a la multiplicación de mecanismos, ya que les falta la estabilidad de los sistemas biológicos. Así, crean estructuras de recompensas para vincular a sus miembros al sistema (mejor remuneración y ascenso y quien lo preserva mejor), establecen normas, valores y dispositivos de control. Mientras que en la teoría de los sistemas se habla de homeostasia dinámica (o mantenimiento del equilibrio por ajuste constante y anticipación), se usa el término dinámica de sistema en las organizaciones sociales: el sistema principal y los subsistemas que lo componen hacen que se vuelve cada vez más aquello que básicamente es. Para sobrevivir (y evitar la entropía), la organización social debe asegurarse de una provisión continua de materiales y hombres (entropía negativa). Contrariamente a lo que se piensa, el sistema de administración de justicia trata de garantizar que la provisión de hombres tengan las características básicas de los que ya conforman el sistema es decir que el perfil del potencial magistrado debe tener las anomalías morales e intelectuales del magistrado saliente; como se asume, por experiencia, la posibilidad de error, de manera tal que eventualmente pueden ingresar personas con calidad intelectual y moral, para evitarlo, en lo posible, se crean organismos como el Consejo Nacional de la Magistratura, el que tiene como tarea seleccionar a quienes corresponden al perfil del magistrado vigente y en caso de equívoco (nombramiento de personas con capacidad intelectual y moral) está facultado para hacer depuraciones a través de un poder ciego e irrestricto llamado “ratificación”, que no es otra cosa que la rectificación que hacen de la decisión de nombrar a quien no se deja corromper y obra conforme al derecho la justicia y los hechos. La eficiencia del Consejo Nacional de la Magistratura se relaciona con la necesidad de supervivencia de la organización en la misma forma y sustancia como ha sobrevivido durante décadas. El Sistema de Administración de Justicia, como todo sistema, cumple con su tarea principal que es la de sobrevivir y en consecuencia cualquier cambio que pudiera ser substancial lo asume como la muerte del sistema y lo rechaza. Como todos los organismos que aprenden a mimetizarse el Poder Judicial simula autocorregirse, autocastigarse para engañar a quienes quieren el cambio de manera tal que se mimetiza para conservarse tal y como es, lo que causa gran decepción en los usuarios crédulos que siempre esperan el cambio.
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Desde el ámbito de la semiología se empieza a señalar que la transmisión cultural se sustenta en procesos que impregnan el conjunto del tejido social y que van más allá de las consabidas presiones de los medios de comunicación. El neologismo “memes” fue creado por Dawkins por su semejanza fonética al término “genes”' (introducido en 1909 por Wilhelm Johannsen para designar las unidades mínimas de transmisión de herencia biológica) y, por otra parte, para señalar la similitud de su raíz con memoria y mímesis. Según Dawkins, nuestra naturaleza biológica se constituye a partir de la información genética articulada en genes, y nuestra cultura se constituye por la información acumulada en nuestra memoria y captada generalmente por imitación (mímesis), por enseñanza o por asimilación, que se articula en memes. Otros autores han señalado una idea semejante y han otras palabras para designar estas unidades mínimas de información cultural. Así, por ejemplo, E.O. Wilson y C.J. Lumsden han propuesto el término “culturgen”, y aunque en las obras de dichos autores hay un más amplio tratamiento cuantitativo de la transmisión de los culturgenes, se ha acabado imponiendo la terminología de Dawkins, aunque no todos los defensores de la teoría “memética” compartan todas las tesis de dicho autor.
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En términos sustanciales el Sistema de Administración de Justicia, y en consecuencia los jueces individualmente considerados, logran la homeostasis adaptándose a las pretensiones de los detentadores del poder, más allá de toda ley y de todo principio de derecho, a eso le llaman eficacia; pero usan un lenguaje encubridor y múltiples formas, con la intención de proyectar la idea que se actúa conforme a normas de aplicación universal, a procedimientos minuciosamente establecidos y calculados día a día y a principios que constituyen una dogmática jurídica garantizadora de los derechos de todos por igual en lo que no son eficaces, a juzgar por la opinión generalizada de los usuarios. Entre la eficacia en el servicio al poder y la ineficacia en la venta de imagen pública debe haber, después de todo, un equilibrio, porque sino el sistema ya habría colapsado. 9. CONCLUSIÓN En conclusión, el Poder Judicial es un sistema que está dentro de otros sistemas mayores y contiene sistemas menores; y como todo sistema su principal preocupación es garantizar su supervivencia, en consecuencia se debate entre la entropía y la homeostasia. Para lograr su supervivencia el Poder Judicial tiene que compatibilizarse con los otros sistemas y en consecuencia comparte sus características, además de la retroalimentación negativa que debe realizar con la ayuda de otros órganos. Una verdadera reestructuración del Poder Judicial significaría la muerte del sistema en la forma vigente (con todas sus taras, corrupción, ignorancia, etc.), para dar paso a uno nuevo sistema con efecto multiplicador en todos los otros sistemas, de manera tal que se produciría un cambio real en toda la sociedad y como esto es muy difícil (por no decir imposible en las circunstancias históricas actuales), el sistema de administración de justicia sólo simulará reestructurarse como una forma de retroalimentación negativa, pero supervivirá por tiempo indeterminado. La realidad nos dará o no la razón. Bibliografía Bertalanffy Von, L.: TEORÍA GENERAL DE LOS SISTEMAS, Fondo de Cultura Económica, México, 1976. Johannsen, O.: INTRODUCCIÓN A LA TEORÍA GENERAL DE SISTEMAS, Facultad de Economía y Administración, Universidad de Chile, 1975. Wiener, N.: CIBERNÉTICA Y SOCIEDAD, Sudamericana, Buenos Aires, 1979.