Análisis del RDL 20/2012

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Análisis de los contenidos laborales del Real Decreto-Ley 20/2012. ¿Hacia dónde va el Estado del Bienestar en España? ¿Hacia dónde le lleva el gobierno? Eduardo Rojo Torrecilla. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Barcelona. 15 de julio de 2012. Texto publicado en el blog del autor. http://eduardorojoblog.blogspot.com.es/

1. Hoy entran en vigor dos nuevos Reales Decretos-Leyes aprobados el viernes por el Consejo de Ministros y publicados ayer en el Boletín Oficial del Estado (no sólo somos campeones europeos en fútbol sino también en número de RDL publicados durante 2012). Se trata del RDL 20/2012 de 13 de julio, ―de medidas para garantizar laestabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad‖, y del RDL21/2012, de la misma fecha, ―de medidas de liquidez de las AdministracionesPúblicas y en el ámbito financiero‖. El propósito de esta entrada del blog es el de efectuar un primer análisis de los contenidos más directamente laborales (aquellos que tienen una incidencia directa en materia de empleo y de Seguridad Social) del primero, aunque no quiero dejar de destacar en esta introducción que el segundo también tiene un impacto indudable sobre el empleo en el sector público; en efecto, la norma crea un mecanismo de apoyo a la liquidez de las Comunidades Autónomas, y aquellas que se acojan al mismo deberán elaborar una amplia documentación para el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que incluirá ―impacto de las medidas de ahorro y medidas de ingresos previstas y calendario previsto de impacto en presupuesto‖, siendo controlado el Plan por el Ministerio. Además, aquellas CC AA que ya disponen de un plan de ajuste, y me remito a anteriores entradas del blog para el análisis de otras medidas adoptadas por el gobierno en esta misma línea, podrán también acogerse a la nueva norma y en tal caso ―deberán realizar las modificaciones necesarias en su plan de ajuste para garantizar en todo caso el cumplimiento de los nuevos compromisos que adquieren‖. Traducido, ello quiere decir que serán necesarios más ajustes (= despidos) en el sector público para acogerse al recién creado ―Fondo de liquidez autonómico‖. 2. Las medidas publicadas en el BOE fueron parcialmente anunciadas por el Presidente del Gobierno, Sr. M. Rajoy, en su intervención en el Pleno del Congreso de losDiputados el miércoles 11, y fueron parcialmente explicadas por el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Sr. C. Montoro, en la rueda de prensaposterior al Consejo de Ministros. También fueron parcialmente explicadas en la referencia de prensa del Consejo publicada en la web de La Moncloa, e insisto en la parcialidad porque en el texto del BOE, el que vale, hay medidas no anunciadas ni el miércoles ni el viernes. Por cierto, quienes tienen una mejor información económica de las medidas adoptadas son la prensa internacional y los organismos públicos europeos e internacionales, ya que a ellos se dirige elresumen en inglés de las medidas adoptadas y en el que se detalla el ahorro económico que supondrán las mismas para el erario público, información no facilitada (al menos hasta donde mi conocimiento alcanza) en


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