Investigación enfermedades profesionales Asturias 2016

Page 1

Investigaciรณn Enfermedades Profesionales Asturias


INSTITUTO ASTURIANO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Servicio de Salud Laboral Área de Medicina del Trabajo Autores: Dulce María Platero García Carmen Martínez Gómez Revisión: Helena A. Rodríguez González D.L.: AS 02021-2017 Diseño y maquetación: Prisma Gabinete de Diseño


Introducción

Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales

3


Introducción a la Investigación

4

Planificar y poner en marcha políticas eficaces en prevención requiere conocer bien el daño para la salud de origen laboral, conocimiento que, en un porcentaje elevado de los casos se ve obstaculizado por la importante subdeclaración de las enfermedades profesionales. En este sentido, la detección precoz de estos daños a la salud es clave, y su comunicación también, al permitir que se puedan investigar y adoptar las medidas preventivas necesarias para evitar su progresión en el caso concreto y también que se produzcan nuevos casos. El tratamiento de una enfermedad profesional como común supone una importante pérdida económica para el sistema público de salud y para el propio trabajador. Para el sistema público porque asume, sin corresponderle, la totalidad de los costes de las contingencias profesionales que deberían ser asumidos por las mutuas, y para el trabajador porque obtiene unas prestaciones económicas inferiores a las que por ley le corresponderían si se le reconociese la enfermedad como profesional. Para mejorar el reconocimiento y así actuar en prevención, es necesario dotar a los especialistas sanitarios de herramientas de gestión específicas que aporten criterios diagnósticos y pautas de actuación homogéneas, además de formarles para detectar mejor la relación de una enfermedad con las condiciones de trabajo. El primer eslabón para el reconocimiento de una enfermedad profesional es vincular el daño con la exposición. Reconocer es esencial para prevenir. Establecer la relación entre la exposición y el daño no siempre es fácil pero es esencial para demostrar la casualidad de la misma. Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016


El reconocimiento de las enfermedades profesionales favorece que se adopten medidas de prevención para eliminar las causas que las han provocado. Al reconocer el origen profesional de la enfermedad se ponen de manifiesto los factores de riesgo no controlados que la han generado, y la empresa está obligada, por un lado, a revisar la evaluación de riesgos, adoptar las medidas preventivas necesarias para controlar las causas, adaptar el puesto de trabajo y proporcionar la vigilancia de la salud específica. Los servicios de prevención, en su función de vigilancia de la salud, individual y colectiva, tienen asignada la responsabilidad de detectar de manera precoz los daños producidos por las exposiciones a los riesgos laborales y la identificación de las posibles enfermedades profesionales en los trabajadores a su cuidado. Si la exposición laboral a un determinado riesgo descontrolado continúa, la posibilidad de que la enfermedad se agrave es muy elevada, y es muy probable que acabe afectando a más trabajadores. A nivel social, el estudio de las enfermedades profesionales permite a las administraciones, laboral y sanitaria, adoptar las políticas adecuadas para su prevención. El Plan de Salud, Seguridad y Medio Ambiente Laboral del Principado de Asturias 2013-2015, define el marco de actuaciones, en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma, en materia de seguridad y salud laboral, con el objetivo de conseguir la mejora de las condiciones de trabajo y consecuentemente disminuir los índices de siniestralidad, contemplando un conjunto de acciones y líneas específicas de actuación, en cuyos contenidos se han tenido en cuenta los criterios y principios establecidos tanto en la próxima Estrategia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo para 2013-2020 como las actuaciones emprendidas a nivel estatal de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020. En el año 2016, como estaba en fase de elaboración el siguiente Plan Estratégico del IAPRL, se han prorrogado las líneas y objetivos del Plan anterior. A su vez, observando la morbilidad que ciertas patologías presentan, durante el año 2016, nos hemos propuesto ampliar la investigación a todas aquellas patologías catalogadas como enfermedades profesionales pertenecientes al Grupo 4.- Enfermedades profesionales respiratorias causadas por sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados del Cuadro de Enfermedades Profesionales. En este contexto, desde el IAPRL, durante el año 2016, se ha venido desarrollando por parte del Área de Medicina del Trabajo, perteneciente al Servicio de Salud Laboral, el Programa de Investigación de Enfermedades Profesionales que han sido declaradas mediante la aplicación CEPROSS (Comunicación de Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social), con la aplicación de los siguientes criterios: 1. Recaídas, definidas como la reaparición de una misma enfermedad, en el mismo trabajador de la misma empresa, con idéntica localización anatómica y en un periodo no superior a 12 meses desde la fecha del primer y último diagnóstico. Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales

5


2. Brotes, definidos como 4 o más partes de enfermedad en una misma empresa en un periodo de dos meses consecutivos. Estudiamos los ocurridos preferentemente en: • Microempresas (< 10 trabajadores). • Pequeñas empresas (<50 trabajadores). 3. Enfermedades profesionales con diagnóstico de confirmación y que correspondan a patologías de la extremidad superior por trastornos músculo-esqueléticos que afectan a las articulaciones del codo y muñeca/mano, cuyos partes cumplan las condiciones que a continuación se mencionan: 4 Partes de enfermedad profesional en estado “cerrado” (la entidad que creó el parte ha procedido a efectuar el cierre). 4 Enfermedades profesionales que causan IT (Incapacidad Temporal). 4 Partes de enfermedad profesional que contengan el diagnóstico CIE-10 (Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y de problemas de salud relacionados.10ª Revisión) en correspondencia con el código y diagnóstico de enfermedad profesional. 6

4 Ocurrencia preferentemente en microempresas y pequeñas empresas. 4. Enfermedades profesionales respiratorias, independientemente del código de enfermedad profesional y de que causen IT. 5. Gravedad, cuando así sea considerado por el médico, dada la entidad clínica del proceso, con especial preferencia a las enfermedades profesionales causadas por agentes cancerígenos, es decir las correspondientes al Grupo 6 del Cuadro de Enfermedades Profesionales. Con fecha 31 de diciembre de 2016, por medio de la aplicación CEPROSS, se ha procedido al cierre del siguiente número de partes de esta forma: • 41 casos se cierran con la calificación de enfermedad común. • 11 casos con la calificación de accidente de trabajo. • 10 casos se cierran con alta con propuesta de incapacidad permanente. • 2 casos se cierran por fallecimiento del trabajador. Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016


• 447 casos se cierran por alta por curación. • 20 casos se cierran por otras causas sin especificar. Ningún caso, en el año 2016, se cierra con propuesta de cambio de puesto de trabajo o con lesiones permanentes no invalidantes.

20

41

11

10

2

7

447

Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales


En el transcurso de la investigación y durante el año 2016, a través de la aplicación CEPROSS, se detectan diversas empresas con alta siniestralidad que corresponden a los criterios establecidos en el sistema de “Alerta” de dicha aplicación, que se detallan en el cuadro siguiente y que debemos tener en cuenta en las investigaciones que se lleven a cabo en ejercicios posteriores.

Tabla n.º 1: Empresas con alta siniestralidad según CNAE-09 y grupo de EEPP en Asturias

8

CNAE09 / CODEP

Empresas distintas

2410 Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones

Grupo 2

Grupo 3

Total General

2D0201

2D0301

2F0201

2L0101

3A0101

1

1

-

-

-

-

1

2529 Fabricación de otras cisternas, grandes depósitos y contenedores de metal

1

1

-

-

-

-

1

4711 Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco

1

1

1

1

-

-

3

8531 Educación secundaria general

1

-

-

-

1

-

1

8610 Actividades hospitalarias

2

-

-

-

-

2

2

TOTAL GENERAL

6

3

1

1

1

2

8

Fuente: Dirección General de la SS. / Observatorio de Contingencias Profesionales. /CEPROSS 2016

DESCRIPCIÓN DE CÓDIGOS DE ENFERMEDAD PROFESIONAL DE LA TABLA N.º1: 2D0201. Enfermedades provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo. Codo y antebrazo: epicondilitis y epitrocleítis; trabajos que requieran movimientos de impacto o sacudidas, supinación o pronación repetidas del brazo contra resistencia, así como movimientos de flexoextensión forzada de la muñeca. Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016


2D0301. Enfermedades provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo. Muñeca y mano: Tendinitis del abductor largo y extensor corto del pulgar (T. de De Quervain), tenosinovitis estenosante digital (dedo en resorte), tenosinovitis del extensor largo del primer dedo: Trabajos que exijan aprehensión fuerte con giro o desviaciones cubitales y radiales repetidas de la mano así como movimientos repetidos o mantenidos de extensión de la muñeca. 2F0201. Enfermedades provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo: parálisis de los nervios debidos a la presión. Síndrome del túnel carpiano por compresión del nervio mediano en la muñeca. Trabajos en los que se produzca un apoyo prolongado y repetido de forma directa o indirecta sobre las correderas anatómicas que provocan lesiones nerviosas por compresión. Movimientos extremos de hiperflexión y de hiperextensión. Trabajos que requieran movimientos repetidos o mantenidos de hiperflexión e hiperextensión de la muñeca, de aprehensión de la mano. 2L0101. Nódulos de las cuerdas vocales a causa de los esfuerzos sostenidos de la voz por motivos profesionales en actividades en las que se precise el uso mantenido y continuo de la voz, como son profesores, cantantes, actores, teleoperadores, locutores. 3A0101. Enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos. Enfermedades infecciosas causadas por el trabajo de las personas que se ocupan de la prevención, asistencia médica y actividades en las que se ha probado un riesgo de infección (excluidos aquellos microorganismos incluidos en el Grupo 1 del RD 664/1997, de 12 de mayo regulador de la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo). Personal sanitario.

Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales

9



Estudio de casos


Estudio de casos

Se han investigado un total de 54 enfermedades profesionales, con la siguiente distribución en función de los criterios de selección de muestra indicados: 12

• Recaídas: 13 trastornos músculo-esqueléticos de miembros superiores, 2 asma bronquial, 1 síndrome de disfunción de la vía respiratória, SDVR, 3 dermatitis de contacto por irritante, 4 nódulos de las cuerdas vocales, 1 lesión meniscal. • Gravedad: 4 neumoconiosis, 1 neumopatía intersticial difusa, 2 dermatitis de contacto por irritantes con alta con propuesta de incapacidad permanente (también contabilizadas en recaídas), 1 tenosinovitis de De Quervein con propuesta de incapacidad permanente, 1 paludismo. • Trastornos músculo-esqueléticos: 10 síndromes del túnel carpiano, 11 epicondilitis, 6 tenosinovitis de De Quervain, 2 dedo en gatillo o resorte, 1 Sd canal de Guyón por compresión del nervio cubital en la muñeca, 1 Sd del canal epitrocleo-oleocraniano por compresión del nervio cubital en el codo, 1 patología meniscal. El 43,75 % de los trastornos músculo esqueléticos son investigados como recaídas. • Enfermedades respiratorias: 13 casos (4 casos corresponden a neumoconiosis, 1 caso neumopatía intersticial difusa, 2 SDVR, 5 asma laboral y 1 caso de rinoconjuntivitis) de los cuales, 2 se incluyen también en recaídas y 4 casos se incluyen como criterio de gravedad, aunque uno de ellos estaba mal codificado. • Enfermedades profesionales del Grupo 1: alergia no especificada, código 1I0101, en la cual no se llegó a diagnóstico de confirmación. Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016


A continuación describimos, con los criterios expresados en cada tabla, como se distribuyen los casos estudiados: Tabla n.º 2. Pertenecen a los siguientes Grupos del Cuadro de Enfermedades Profesionales Grupo 1

EEPP agentes químicos

1

Grupo 2

EEPP agentes físicos

Grupo 3

EEPP agentes biológicos

Grupo 4

EEPP por inhalación de sustancias

Grupo 5

EEPP de la piel

3

Grupo 6

EEPP por agentes carcinógenos

0

36

TOTAL

1 13

54 Tabla n.º 3. Patologías en función del número de casos

13

Epicondilitis

11

Síndrome del túnel carpiano

10

Síndrome de De Quervain

6

Asma laboral

5

Neumoconiosis

4

Nódulos de las cuerdas vocales

4

Dermatitis de contacto por irritantes

3

Dedo en gatillo

2

Síndrome disfunción de la vía reactiva

2

Alergia no especificada

1 Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales


Neumopatía intersticial difusa

1

Paludismo

1

Patología meniscal

1

Rinoconjuntivitis

1

Síndrome canal de Guyón por compresión del nervio cubital en la muñeca

1

Síndrome canal epitrocleo-olecraniano por compresión del nervio cubital en el codo

1

TOTAL

54

Tabla n.º 4: Mutua y/o entidad gestora que cubre la contingencia y realiza el diagnóstico y número de casos 14

Ibermutuamur

15

Asepeyo

12

Fremap

10

Umivale

4

Universal Mugenat

4

Fraternidad Muprespa

3

Intercomarcal

2

Midat Cyclops

2

INSS

1

Montañesa

1

TOTAL

Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016

54


Tabla n.º 5: CNAE-09, descripción de la actividad y número de empresas 0141

Explotación de ganado bovino para la producción de leche

1

0891

Extracción de minerales para productos químicos y fertilizantes

1

1071

Fabricación de pan y de productos frescos de panadería y pastelería

2

1072

Fabricación de galletas y productos de panadería y pastelería de larga duración

1

2222

Fabricación de envases y embalajes de plástico

2

2410

Fabricación productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones

3

2433

Producción de perfiles en frío por conformación con plegado

1

2442

Producción de aluminio

1

2561

Tratamiento y revestimiento de metales

1

2830

Fabricación de maquinaria agraria y forestal

1

2891

Fabricación de maquinaria para la industria metalúrgica

1

2892

Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de la construcción

1

3312

Reparación de maquinaria

1

4121

Construcción de edificios residenciales

1

4311

Demolición

1

4321

Instalaciones eléctricas

2

4399

Otras actividades de construcción especializada n.c.o.p.

1

4520

Mantenimiento y reparación de vehículos de motor

1

4632

Comercio al por mayor de carne y productos cárnicos

1

Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales

15


4673 4711 4722 4778

16

Comercio al por mayor de ferretería, fontanería y calefacción Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco Comercio al por menor de carne y productos cárnicos en establecimientos especializados Otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados

1 1 2 1

5610

Restaurantes y puestos de comidas

3

5629

Otros servicios de comidas

1

5630

Establecimientos de bebidas

2

6110

Telecomunicaciones por cable

1

8121

Limpieza general de edificios

2

8122

Otras actividades de limpieza industrial y de edificios

1

8299

Otras actividades de apoyo a las empresas n.c.o.p.

1

8510

Educación preprimaria

1

8531

Educación secundaria general

3

8532

Educación secundaria técnica y profesional

2

8690

Otras actividades sanitarias

1

8731

Asistencia en establecimientos residenciales para personas mayores

1

8790

Otras actividades de asistencia en establecimientos residenciales

1

9200

Actividades de juegos de azar y apuestas

1

9491

Actividades de organizaciones religiosas

1

9602

Peluquería y otros tratamientos de belleza

3

TOTAL

Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016

54


Tabla n.º 6: Servicios de prevención que realizan la vigilancia de la salud y número de casos Aspy Prevención, S.L.U.

6

Clínica Covadonga

1

Cualtis, S.L.U.

7

FraterPrevención

1

Grupo corporación MPE

1

Integral de Prevención 2000 S.L.

2

MC Prevención, sociedad de prevención, S.L.

1

Nalón Prevención

1

Norprevención, S.L.

1

Premap Seguridad y Salud, S.L.U.

5

Ramazzini, S.L.

1

Rozona, Servicio de Prevención, S.L.

3

Servicio prevención mancomunado del Principado Asturias

3

Servicio prevención propio de empresas

2

Unipresalud

3

Valora Prevención, S.L.U.

2

No consta

14

TOTAL

54

Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales

17


Tabla n.º 7: Especificidad de la vigilancia de la salud y número de casos Específica al riesgo causante de la patología No realizada por renuncia del trabajador/a No consta (1)

(1)

SI

NO

16

4 3 30

Por no envío de documentación o no continuar la investigación al no disponer del diagnóstico de confirmación de la enfermedad o cambio de contingencia.

Tabla n.º 8: Protocolos aplicados del Mº de Sanidad y número

18

Agentes biológicos

3

Asma laboral

6

Dermatosis laborales

9

Manipulación manual de cargas

16

Movimientos repetidos de miembro superior

14

Neuropatías por presión

1

Plaguicidas

1

Posturas forzadas

14

PVD

1

Ruido

14

Silicosis y otras neumoconiosis No consta (2)

1 33

(2)

No se reflejan los protocolos aplicados en los resultados de la VS o no aportación de datos respecto a la misma.

Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016


Tabla n.º 9: Otros protocolos y número Agentes químicos

6

Bipedestación

1

Caída de alturas

8

Conductores

6

Espacios confinados

5

Estrés térmico

4

Manipulador alimentos

1

Metales (Mn)

1

Polvo, humos y/o vapores

5

Posturas estáticas

2

Radiaciones no ionizantes

4

Riesgo eléctrico

2

Turnicidad/nocturnidad

9

Vibraciones

5

Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales

19


Tabla n.º 10: Confirmación diagnóstica y número de casos SI

26

NO

5

No consta (3)

23

(3)

No se prosigue la investigación por falta de información sobre la confirmación del diagnóstico.

Tabla n.º 11: Evaluación de riesgos y número

20

Completa

17

Incompleta

9

No consta (4)

28

(4)

No se aporta la documentación para concluir el estudio del caso.

Tabla n.º 12: Medidas de protección y número Colectivas Individuales No consta

5 Adecuadas

Inadecuadas

No aplica

14

8

1

31

(5)

(5)

Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016

No se adjunta la documentación solicitada.


Tabla n.º 13: Cambio de contingencia Accidentes de trabajo

1

Enfermedad común

8

Tabla n.º 14: Cambio de puesto Solicitado

no consta

Concedido

1

Adaptación

21

Tabla n.º 15: Incapacidad permanente Total/Absoluta

Concedida

Propuesta

-

3

Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales



Conclusiones


Conclusiones

DATOS RELATIVOS AL PARTE DE COMUNICACIÓN DE ENFERMEDAD PROFESIONAL En los datos aportados por CEPROSS continuamos observando errores de tramitación que reducen la fiabilidad de los datos contenidos en los partes cerrados, lo que obliga a recurrir a otras fuentes de información directa para poder elaborar estadísticas o indicadores socio-laborales fiables. Las deficiencias detectadas en este sistema de declaración se incluyen sistemáticamente en todos los estudios sobre las enfermedades profesionales que realizamos, sin que se haya podido detectar una variación sustancial en la calidad de la información disponible en este sistema. 24

En el año 2016 las deficiencias detectadas continúan siendo prácticamente las mismas que en años anteriores y tampoco se efectúan las correcciones oportunas tras su detección. A continuación se citan algunos ejemplos: • No cumplimentación de la totalidad de los datos de filiación del trabajador/a. • El Código Nacional de Ocupación (CNO-11) del puesto de trabajo actual no consta en la totalidad de los partes, así como tampoco la antigüedad en el puesto actual y cuando consta, no se corresponde con el tiempo real trabajado según la información facilitada por el servicio de prevención sobre la permanencia en dicho puesto. • El Código Nacional de Ocupación del puesto de trabajo anterior y la antigüedad no consta en ninguno de los partes revisados. • Los datos que deben cumplimentarse por parte de la empresa en relación a: la modalidad de organización preventiva adoptada, evaluación de riesgos, reconocimiento médico, información a los representantes de los trabajadores en materia de prevención de riesgos sobre los daños producidos a la salud de los trabajadores e informe relativo a las causas de la enfermedad profesional. No se cumplimentan en su totalidad estos datos que son de suma importancia para realizar la investigación del caso y suponen un inconveniente añadido a la hora de obtener información acerca de la organización preventiva. Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016


Se han detectado varios errores en la codificación de la enfermedad profesional; son especialmente importantes las contradicciones entre el diagnóstico médico según la CIE-10 y la clasificación como EP, sobre todo cuando la etiopatogenia de ambos procesos difiere sustancialmente: • Un parte codificado con el código 4C0200, asbestosis, cuyo CIE-10 figura como mesotelioma, en realidad correspondía a una enfermedad común que fue diagnosticada de mieloma múltiple. • Otro parte, con código 2D0201, epicondilitis y epitrocleítis, estaba asociado a un CIE-10 correspondiente a bursitis del codo. • Un parte con código 2F0301, Síndrome del canal de Guyón por compresión del nervio cubital en la muñeca, se asoció a un CIE-10 de “Síndrome del canal calcáneo”. • Otro caso cuyo código de enfermedad profesional es 2F0101, Síndrome del canal epitrocleo-olecraniano por compresión del nervio cubital en el codo, se asoció a un CIE-10 de “Síndrome del túnel carpiano”. • Una enfermedad profesional con código 5B0101, correspondiente a una enfermedad profesional de tipo dermatológico causada por agentes y sustancias de alto peso molecular, por encima de los 1000 daltons, se asoció a un CIE-10 tipificado como asma mixta. En cuanto al cierre del parte:

25

• Se lleva a cabo en un tiempo superior a los 5 días hábiles siguientes al hecho que motiva la finalización del mismo, contraviniendo el artículo 6 “plazos”, de la Orden TAS/1/2007, de 2 de enero, en una proporción considerable de los casos, que puede superar en ocasiones un tiempo superior a un año e inclusive más para dicho cierre. • La mutua correspondiente, cuando se ha producido un cambio de contingencia, se realiza con demora, de forma que somos conocedores del hecho a través de conversación telefónica con personal de la mutua o del servicio de prevención. Cuando se produce la calificación de la contingencia del proceso por parte del INSS, en consulta a través de la aplicación CEPROSS, figura “este parte está pendiente de calificación”, cuando en realidad ya está calificado, como así consta en las resoluciones emitidas por el INSS y al igual que en el caso anterior somos conocedores del hecho a través de informaciones telefónicas con dicho personal. VIGILANCIA DE LA SALUD REALIZADA POR EL SERVICIO DE PREVENCIÓN La vigilancia de la salud se realiza en una mayoría de los casos por un servicio de prevención ajeno (Tabla nº 6), contratado específicamente para realizar esta actividad preventiva. La actuación de estos servicios se reduce, Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales


en la mayoría de las empresas, a la realización de los reconocimientos médicos iniciales y periódicos, siendo frecuente que se realicen con periodicidad anual para todos los trabajadores. Hemos observado una ausencia sistemática en la realización, mediante la actividad de vigilancia de la salud, de un examen de salud al trabajador tras una baja prolongada antes de reiniciar su actividad laboral, con objeto de poder constatar o detectar, según los casos, que puede incorporarse a su puesto de trabajo en condiciones óptimas, o establecer las limitaciones preventivas adecuadas, si fuera necesario. Tampoco tenemos constancia si se ha realizado la vigilancia de la salud colectiva por los diferentes servicios de prevención. El procedimiento establecido para la realización de estos exámenes de salud está relacionado con los resultados de la evaluación de riesgos y la aplicación de los protocolos de vigilancia sanitaria específicos aprobados por el Ministerio de Sanidad (Tabla nº 8), aunque también se opta por diferentes protocolos elaborados por el servicio de prevención responsable de la vigilancia de la salud (Tabla nº 9).

26

Respecto a la aplicación de estos últimos, desconocemos su contenido y por tanto, si cumplen criterios de validez, fiabilidad, aplicabilidad, reproductibilidad y si tienen una estructura homogénea para evaluar de forma científica y objetiva los resultados de las actuaciones sanitarias. Queremos reseñar que en estos protocolos de índole interna, consta, en numerosas ocasiones, la denominación de los mismos como el daño a la salud producido (ej.: heridas, cortes…) y en otras, como los diferentes aparatos de la sistemática de exploración física realizada (ej.: cardiaco, visual…). Respecto a la aptitud emitida al realizar los exámenes de salud, cuando se trata de dictámenes con “apto con limitaciones o restricciones”, no constan estas medidas preventivas que deben introducirse en el puesto de trabajo y que deben informarse al empresario de forma clara, precisa y coherente con la orientación a sus fines exclusivamente preventivos, teniendo en cuenta las posibles repercusiones de tipo laboral que puedan tener tanto para la empresa como para el trabajador. Hemos observado, con relativa frecuencia, discordancias entre el resultado de las evaluaciones de riesgos y los protocolos de vigilancia de la salud aplicados. En un 29,62 % de los casos la vigilancia de la salud se considera específica al riesgo (Tabla nº 7) identificado en las evaluaciones de riesgo de su puesto de trabajo, aplicando incluso otros protocolos respecto a riesgos no incluidos en la evaluación de riesgos. En 7,4 % de los casos, dicha vigilancia no es específica al riesgo, puesto que el factor causante de la patología no se ha identificado en la evaluación. Consideramos incompleta y al mismo tiempo inespecífica la vigilancia de la salud cuando no se tienen en cuenta todos los riesgos concretos a los que está expuesto el trabajador en su puesto de trabajo. En un 5,5 %, no se realiza la vigilancia de la salud por renuncia del trabajador a su realización. Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016


No consta la realización de dicha vigilancia de la salud por no disponer de la documentación al respecto en el 55,55 % de casos. EVALUACIONES DE RIESGO REALIZADAS POR EL SERVICIO DE PREVENCIÓN El análisis o definición de tareas incluidas en el puesto de trabajo ocupado por el trabajador afectado, o bien no se había realizado o no se corresponde con la realidad ni en los contenidos, ni en las exigencias físicas, ni en la frecuencia de ejecución. Esta situación nos hace pensar que en la mayoría de las evaluaciones la identificación de los riesgos no es concordante con las tareas del puesto ni su valoración es adecuada, sobre todo en los casos de las enfermedades relacionadas con los trastornos músculo-esqueléticos. En nuestro estudio, el contenido de las evaluaciones correspondientes a los puestos de trabajo ocupados por los trabajadores afectados hemos observado que: Un 16,66 % de las evaluaciones de riesgo (Tabla nº 11) aportadas resultan incompletas puesto que no identifican todos los riesgos presentes en el puesto de trabajo y en ocasiones no se ha evaluado el factor/es de riesgo causante/s de la enfermedad profesional, reflejados en el informe de investigación de las posibles causas que han contribuido al origen de la enfermedad. En el 51,85 % de los casos no disponemos de datos respecto a las evaluaciones de riesgos de los puestos de trabajo efectuadas por los servicios de prevención por no disponer de dicha documentación. En la documentación aportada sobre estas evaluaciones, a veces no consta el tipo de evaluación realizada, si es de tipo inicial o por el contrario se trata de una revisión de la misma como corresponde realizarla cuando se ha detectado un daño a la salud de los trabajadores. La metodología de evaluación más comúnmente utilizada ha sido el método general del INSHT, que se aplica sistemáticamente para la valoración de cualquier factor de riesgo, cuando es preferible el uso de métodos específicos de evaluación de los riesgos; destacamos como ejemplo de inadecuadamente evaluados los riesgos ergonómicos, para los que es necesario utilizar métodos ergonómicos estándares de evaluación, seleccionando en función del factor de riesgo ergonómico, el que mejor se adecúa a las tareas del puesto a evaluar y que nos indicarán tanto el factor de riesgo como las zonas anatómicas que pueden verse afectadas como consecuencia de la exposición a estos riesgos. Respecto al uso de medidas de protección (Tabla nº 12), bien sean equipos de protección individual (EPI), o medios de protección colectiva, debemos señalar que la protección colectiva se ha reflejado en pocos casos, y, en cuanto al uso de EPI, es necesario destacar el elevado número en los que estos resultan inadecuados frente al riesgo a evitar; también nos encontramos con casos en los que no figura ni el tipo ni la marca de los equipos utilizados y en otros no se adjunta la documentación requerida con lo que nos quedamos con la in-

Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales

27


certidumbre respecto de la idoneidad del EPI. No es infrecuente que la ropa de trabajo común, se especifique como EPI. PATOLOGÍAS DETECTADAS Las patologías detectadas (Tabla nº 3), corresponden a recaídas en un 44,44 % de los casos, considerando el resto como procesos nuevos. Se confirma una vez más, en cuanto a los grupos de enfermedades profesionales estudiadas, que el Grupo 2, enfermedades profesionales producidas por agentes físicos, supone el porcentaje más elevado con un 66,66 %, y en concreto, los trastornos músculo-esqueléticos de la extremidad superior que se relacionan con los siguientes diagnósticos: epicondilitis: (11), síndrome del túnel carpiano: (10), tenosinovitis de De Quervain: (6), dedo en gatillo (2), síndrome de Guyón por compresión del nervio cubital en la muñeca: (1), síndrome del canal epitrocleo-olecraniano por compresión del nervio cubital en el codo: (1). Las patologías estudiadas que corresponden a las extremidades inferiores suponen únicamente 1 caso debido a patología meniscal. 28

En cuanto a la posible etiología de estas patologías músculo-esqueléticas hemos constatado, en los casos que se nos ha aportado el documento de investigación de causas que han originado la enfermedad que, la carga física excesiva o desproporcionada, con relación a las exigencias físicas de las tareas, es la causa básica de la mayoría de las enfermedades profesionales diagnosticadas. La realización continuada, de tareas manuales que pueden implicar, movimientos repetitivos sostenidos de los mismos grupos musculares, mantenimiento de posturas estáticas o realización de posturas forzadas asociadas al manejo habitual de herramientas o equipos de trabajo, son las situaciones de riesgo más frecuentemente detectadas y no siempre evaluadas adecuadamente. En nuestro estudio de casos, ocupan el segundo lugar las enfermedades profesionales del Grupo 4, producidas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidas en otros apartados, que durante el año 2016 hemos incluido como criterio de investigación todas aquellas comunicadas en nuestra comunidad autónoma, bien sea con baja o sin baja y que suponen un porcentaje del 24,07 %. Se diagnosticaron un total de 13 procesos patológicos con afectación principal del sistema respiratorio, que corresponden a los siguientes diagnósticos: 4 casos debidos a neumoconiosis, 1 caso a neumopatía intersticial difusa, 2 SDVR, 5 asma laboral y 1 caso de rinoconjuntivitis; de estas patologías, 2 casos se incluyen también en recaídas y 4 como criterio de gravedad, aunque uno de ellos supuso un error en la codificación. A continuación, le sigue con un 5,5 % el Grupo 5, enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados; Por último, con igualdad de porcentaje Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016


del 1,85 %, le siguen el Grupo 1, enfermedades profesionales causadas por agentes químicos y el Grupo 3, enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos. Este año queremos destacar que no ha habido ningún parte de enfermedades profesionales del Grupo 6, enfermedades producidas por agentes cancerígenos, teniendo en cuenta que este Organismo por medio del grupo EVASCAP ha tenido conocimiento de 3 casos de cambio de contingencia de enfermedad común a profesional. Un aspecto positivo a destacar es que se ha incrementado, respecto de años anteriores, el número de expedientes que cuenta con informe de investigación de la enfermedad respecto a las causas que la han motivado. Es fundamental establecer una comunicación eficaz entre la empresa, el servicio de prevención y la mutua de accidentes de trabajo y enfermedad profesional que declara la enfermedad. En relación a este apartado, el artículo 16.3 de la LPRL establece que cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores o cuando, con ocasión de la vigilancia de la salud prevista en el artículo 22, aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes, el empresario llevará a cabo una investigación al respecto, al objeto de detectar las causas de estos hechos. De todos nuestros casos investigados tenemos constancia de un caso que se ha realizado cambio de puesto de trabajo y ninguno de adaptación (Tabla nº 14). El artículo 15 de la LPRL, establece la obligación de adaptar el trabajo a la persona y en particular, el de aquellos trabajadores que por sus propias características o estado biológico conocido, sean especialmente sensibles a determinados riesgos, artículo 25.1 de dicha ley. En el caso de declararse una enfermedad profesional y siempre que la adaptación de las condiciones laborales no resulte posible, la empresa está obligada a cambiar al trabajador de puesto de trabajo a otro exento de riesgo. En cuanto a las causas del cierre del proceso en 3 de los casos, 2 dermatitis de contacto de tipo irritativo y 1 tenosinovitis de De Quervain, se han cerrado con alta con propuesta de incapacidad permanente (Tabla nº 15), pero desconocemos el tipo que origina, total o absoluta, así como si tal propuesta se lleva a cabo. En los casos en los que se han producido recaídas de la enfermedad, la mejor manera de frenar su progresión es evitar la exposición al factor/es de riesgo en los puestos de trabajo que han motivado la patología; resulta fundamental impulsar la investigación de las causas de estas enfermedades como actividad preventiva, identificando y evitando la exposición a los factores de riesgo laboral que han originado la aparición de la misma y establecer las medidas preventivas que se deben adoptar para impedir una nueva aparición de la enfermedad. La mayoría de las patologías estudiadas fueron de carácter leve con pronóstico y evolución favorable. Esto se debe a que un número elevado de los casos investigados cursaron mayoritariamente sin baja laboral. Por gravedad, se han investigado 13 casos de enfermedades profesionales, que corresponden a los siguientes códigos de enfermedad profesional:

Asturias 2016 ı Investigación de Enfermedades Profesionales

29


• 1 caso corresponde a una patología músculo-esquelética con código 2D0301, Síndrome de De Quervain, se le da alta con propuesta de incapacidad permanente pero se cierra por extinción de la actividad de la empresa. • 1 caso corresponde a silicosis, con código de enfermedad profesional 4A0101; no se procede a la investigación del caso porque el trabajador es pensionista. • 1 caso de silicosis con código 4A0106, corresponde a un trabajador con un CNO-11: 7311 (moldeadores y macheros) y un CNAE-09: 2410 (fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones). • 1 caso que con código 4C0200, asbestosis, sin correspondencia con el CIE-10, mesotelioma, se cerró como enfermedad común pues se trató de un error en el diagnóstico, que correspondía a un mieloma múltiple. • 1 caso con código 4C0107, asbestosis, se cierra el caso como enfermedad común. • 1 caso con código 4I0818, neumopatía intersticial difusa, no se continuó su estudio por cierre del proceso como enfermedad común. 30

• 2 casos con códigos 5A0129 y 5A0105, dermatitis de contacto por irritantes, que revestían gravedad, se les da alta con propuesta de incapacidad permanente, cerrando el proceso como enfermedad común en el primero de los casos y finalizando el estudio en el segundo. • 1 caso con código 3C0101, paludismo, se cierra y no se prosigue por extinguirse la relación laboral de la trabajadora con la empresa. Causas que impiden la conclusión del informe: • En las patologías del grupo 4 seleccionadas como criterio de gravedad, no se han incluido por falta de aporte documental lo que impide tipificar el proceso. • Cese del trabajador en la empresa, pensionistas, fallecimiento del trabajador, extinción de la actividad de la empresa. • Falta de colaboración de la empresa. • Falta de aporte documental para continuar la investigación del caso. • Por demora en el envío entrega de dicha documentación en el plazo estipulado para ello (plazo: 45 días hábiles) en un porcentaje muy elevado.

Investigación de Enfermedades Profesionales ı Asturias 2016




Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.