Ius Puniendi Sistema Penal Integral
Año II, N.° 7, marzo - abril, 2018 ISSN: 2410-5759
La revista IUS PUNIENDI: Sistema Penal Integral es una publicación de periodicidad bimestral. Tiene como finalidades la búsqueda de soluciones profundas a la problemática de la cuestión penal en nuestro país, ofrecer información diversa que pueda contribuir a dar un enfoque panorámico del sistema penal integral, contribuir a la mejora de la discusión académica y profesional en los ámbitos del derecho penal, procesal penal, política criminal, derecho de ejecución penal, derecho penal constitucional y litigación estratégica en el proceso penal.
Consejo editorial Comité institucional Directores: José Antonio Caro John (Director General) / José Luis Castillo Alva (Director General) / Tomás Aladino Gálvez Villegas (Director académico). Editores: Raúl Martínez Huamán / Estéfani Mendoza. Comité editorial Víctor Prado Saldarriaga / Josué Pariona Pastrana / Fidel Segundo Rojas Vargas / Pedro Miguel Angulo Arana / Raúl Pariona Arana / Fernando Ugaz Zegarra / Aldo Figueroa Navarro / César Hinostroza Pariachi / Percy Garcia Cavero / James Reátegui Samchez. Comité consultivo nacional José Neyra Flores / Felipe Villavicencio Terreros / Jorge Luis Salas Arenas / Luis Iberico Castañeda / Germán Small Arana / Mario Rodríguez Hurtado / Frank Almanza Altamirano / Alcides Chinchay Castillo / Alejandro Solís Espinoza / Jorge Rosas Yataco / Víctor Arbulú Martínez / Víctor Burgos Mariños / Vladimir Padilla Alegre / Diana Milla Vásquez / Christian Salas Beteta / Renzo Espinoza Bonifaz / Alejendro Lamadrid Ubillús / Ángel Ugaz Zegarra / Romy Chang Kcomt. Ius Puniendi: Sistema Penal Integral Año II, N.º 7 Edición: marzo-abril, 2018 ISSN: 2410-5759 Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N.° 2014-13565 Tiraje: 2000 Correspondencia: suscripcion@ius-puniendi.com Diseño y diagramación: Melissa Stefany Chirinos Paucar Enrique Martin Tello Paravecino Gerente comercial: Angélica Paola Ayasta Ferré Jr. Azángaro 1075, Of. 704, Cercado de Lima. Cel.: +51 949 050 813 ideas.solucion.editorial@gmail.com Cuidado de edición a cargo de: © Ideas Solución Editorial Jr. Azángaro 1075 - Of. 403, Cercado de Lima. Tlf.: (01) 457 2150 | Cel.: +51 949 050 813 E-mail: ideas.solucion.editorial@gmail.com www.ideassolucioneditorial.com
Comité consultivo internacional Eugenio Raúl Zaffaroni / Carlos Elbert / Urs Konrad Kindhäuser / José Luís Díez Ripollés / Miguel Polaino Orts / Manuel Cancio Meliá / Juan Fernández Carrasquilla / Manuel Miranda Estrampes / Leonardo Moreno Holman / José María Asencio Mellado / Jordi Nieva Fenoll / Jorge Perdomo Torres / Luigi Foffani / Gabriel Anitúa / Enrique Sanz Delgado / Esteban Xavier Juarez Tavares / Carlos García Valdés / Diego Manuel Luzón Peña / Fernando Villamor Lucía / José Nodier Agudelo Betancur. Comité científico asesor externo Andy Carrión Zenteno / Daniel Huamán Castellares / Raúl Ernesto Martínez Huamán / Carlos Pinedo Sandoval / Guillermo Sevilla Gálvez / Ronald Hancco Lloclle / Lyceth Luisa Flor Sánchez Ponce / Juan Humberto Sánchez Córdova / Benji Gregory Espinoza Ramos / Jefferson Gerardo Moreno Nieves / Beyker Chamorro López / Diana Gisella Milla Vásquez / Marcos Galván Ramos / Rodrigo Portillo Acosta / Reiser López Espinoza / José Reynaldo López Viera. Impresión a cargo de: Agencia Brand Perú S.A.C. RUC: 20601221412 Av. Tomas Marsano N.° 3186 Urb. La Castellana, Santiago de Surco – Lima, Perú. Derechos reservados conforme al Decreto Legislativo N.° 822, Ley de Derecho de Autor Prohibida la reproducción de esta revista por cualquier medio, total o parcialmente, sin la autorización escrita de la Editorial Ideas Solución Editorial S.A.C. quedando protegidos los derechos de propiedad intelectual y de autor. Las opiniones vertidas en cada artículo corresponden exclusivamente a sus autores. No comprometen a la revista Ius Puniendi: Sistema Penal Integral. La Editorial Ideas Solución Editorial S.A.C. no comparte necesariamente las opiniones de los autores. Impreso en Perú / Printed in Perú
Editorial Ius Puniendi: Sistema Penal Integral
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n esta oportunidad, la Revista Ius Puniendi presenta su séptimo número (marzo-abril) que cuenta con una sección especial que lleva por título: «La metodología de la investigación en las ciencias penales». Hemos escogido dicha temática con el objetivo de brindar a la comunidad jurídica las pautas y propuestas para realizar una investigación jurídica en Derecho penal. En tal sentido, el Director Académico Tomás Aladino Gálvez Villegas da a conocer los criterios básicos para la elaboración de una tesis universitaria; Carlos Christian Sueiro realiza un estudio sobre los métodos, técnicas y herramientas para desarrollar habilidades que permitan procesar, gestionar y analizar la información en la era de la Revolución digital. Asimismo, el autor Miguel Polaino Navarrete desarrolla en su trabajo el valor de la dogmática jurídico-penal, dado que esta juega un papel imprescindible en los sistemas punitivos de los modernos Estados de Derecho; y por último, Manuel Sánchez Zorrilla propone en su investigación que la hermenéutica jurídica, como un método de interpretación, debe ser utilizado por quienes realizan la investigación jurídica en Derecho penal. Por otro lado, en la sección “Derecho penal - Parte General” Andrés Falcone realiza una crítica al dominio funcional o colectivo del hecho y estudia la coautoría como expresión mancomunada de sentido objetivo. En la misma línea, contamos con el trabajo de Carlos Mir Puig en donde apreciamos su postura crítica sobre la pena de la prisión permanente revisable que fue introducida por la reforma del Código Penal de 2015 (España). En la sección “Derecho penal - Parte Especial” la autora Ángeles Gómez Maiorano realiza un estudio sobre el Registro de datos genéticos vinculado con los delitos contra la integridad sexual y lo analiza mediante el derecho comparado, con la finalidad de determinar si el procedimiento que Ius Puniendi Sistema Penal Integral
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implica dicho registro vulnera o no el derecho a la intimidad u otros derechos de la persona que ha cometido un delito contra la integridad sexual. En la sección “Derecho Procesal Penal” Silvia Barona Vilar reflexiona sobre la cuarta revolución industrial y se pronuncia –de manera especial– por la inteligencia artificial y su paulatina incorporación en el Derecho procesal penal. En la sección “Política Criminal y Criminología” contamos con el autor Miguel Ángel Villalobos Caballero, quien en su trabajo establece que la ética y la política constituyen herramientas democráticas y sociales del poder estatal para salir del subdesarrollo. Por otra parte, Elena de Luis García realiza –en su artículo– una aproximación a la expansión de los derechos ambientales y su influencia sobre la tutela penal del medio ambiente. Por último, hemos seleccionado la jurisprudencia relevante emitida por la Corte Suprema de la República correspondiente al mes de abril del presente año, en donde se han desarrollado las siguientes temáticas “Vulneración del derecho de acceso a la jurisdicción por motivación aparente”; “Aspectos típicos en el delito de desobediencia a la autoridad”; “Requerimiento de impedimento de salida del país en Diligencias Preliminares” y sobre el “Estado de inconsciencia parcial”, pronunciamientos que constituyen un importante aporte en materia penal. Finalmente, expresamos nuestra gratitud a todos los destacados juristas nacionales e internacionales que nos han permitido difundir sus investigaciones en las páginas de la revista Ius Puniendi. Lima, 09 de mayo de 2018
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Guía para la lectura
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uestra revista, a fin de proporcionar una herramienta que facilite la lectura de cada artículo, brinda la siguiente Guía para la lectura, cuya finalidad es orientar a nuestro lector la ubicación rápida y eficiente del tema de su interés. sección de la revista
Ius Puniendi esta formada por 9 secciones especializadas, además de la secciones de entrevista, análisis de sentencia y jurisprudencia relevante. nombre del autor
Renombrados juristas nacionales e internacionales, magistrados y abogados del medio jurídico, analizan diferentes temas de su especialidad.
Revista ius Puniendi temática esPecial: PRisión PReventiva AbstrAct The supplementary accusation procedure has the characteristic of exceptional with a strict procedure for its origin, this will constitute the guarantees that protect the defendant against the modification of the most important element, the factual element; The respect for the guarantee of criminal procedural legality manifested by the application of article 374 of the Code of Criminal Procedure, the problematic aspects such as its compatibility with an ideal competition of crimes, the lack of express request by the defender on the suspension of The hearing or the need to issue a supplemental indictment, resolve approval, as well as the right to effective defense are the subject of analysis in this humble work.
filiación institucional
Keywords Supplementary accusation Legality procedural Right to defense Ideal competition of crimes Resolve approval
Nombre completo de la institución a la cual pertenece el autor.
Ideas centrales del autor El excepcional procedimiento de acusación complementaria: «El procedimiento de acusación complementaria tiene el carácter de excepcional y es incompatible con un concurso ideal de delitos, ya que este tiene como requisito la unidad de acción, mientras que la acusación complementaria exige como mínimo dos acciones, un hecho objeto de acusación y un hecho nuevo». (p. )
correo
E-mail del autor del artículo.
«(…) un requerimiento fiscal de acusación complementaria no podría sustentarse en que presenta un nuevo hecho y al mismo tiempo asegurar que se trata de un concurso ideal de delitos. El nuevo hecho constituiría una nueva acción no conocida por fiscalía, es decir dos hechos; a) el hecho conocido objeto de acusación en un primer momento; y b) el hecho nuevo desconocido que sustenta el requerimiento de acusación complementaria. Si este fuera el caso, el concurso ideal de delitos no resulta compatible con el procedimiento de acusación complementaria». (p. ) El hecho nuevo como presupuesto del procedimiento de acusación complementaria: «(…) uno de los principales presupuestos de procedencia lo constituye la incorporación de un hecho nuevo en el requerimiento, que tiene como consecuencia la modificación de la calificación legal». (p. )
sumario
Comprende los títulos, subtitulos, conclusiones y referencias bibliograficas.
El límite de procedibilidad de la acusación complementaria ante la variación del hecho en la imputación fiscal: «(…) el profesor y juez supremo San Martin Castro, establece que el límite temporal debe entenderse hasta antes de la conclusión de la actividad probatoria». (p. )
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Año I, N.º 2, Lima, mayo - junio de 2017
resumen ideas centrales del autor
Aquí podrá encontrar la sintesis de todo el contenido del artículo del autor.
Aquí encontrarás algunas ideas centrales que lo ayudarán a comprender fácilmente el contenido del articulo.
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Índice General Editorial.................................................................................................... VII Guía para la lectura................................................................................... IX Temática Especial: Metodología de la investigación en las Ciencias Penales Investigación y creación de conocimiento jurídico Tomás Aladino Gálvez Villegas...................................................................
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La investigación y enseñanza del Derecho penal en la era de la revolución digital Carlos Christian Sueiro............................................................................... 77 El valor de la Dogmática en el Derecho Penal Miguel Polaino Navarrete........................................................................... 113 La hermenéutica aplicada a la investigación dogmática en Derecho Penal Manuel Sánchez Zorrilla............................................................................ 137 Derecho Penal - Parte General Crítica al dominio funcional o colectivo de hecho Andrés Falcone........................................................................................... 163 La pena de prisión permanente revisable en el Derecho penal español en la reforma del Código penal de 2015 Dr. Carlos Mir Puig................................................................................... 207 La instigación o inducción Teodorico Claudio Cristóbal Támara.......................................................... 255 Alcances del principio de economía procesal en el proceso penal ordinario José Luis Rivera Villanueva......................................................................... 267
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Revista Ius Puniendi Índice Derecho Penal - Parte Especial Registro nacional de datos genéticos vinculado con los delitos contra la integridad sexual. Una deuda pendiente Ángeles M. Gómez Maiorano...................................................................... 293 Derecho Procesal Penal Reflexiones en torno al 4.0. Y la inteligencia artificial en el proceso penal Silvia Barona Vilar.................................................................................... 313 Prórroga del plazo en la investigación preparatoria Wilfredo Casas Ramírez.............................................................................. 339 ¿Dónde quedan las medidas de protección en la aplicación de un criterio de oportunidad en delitos de lesiones leves por violencia familiar? Karem Vanessa Flores Neira........................................................................ 357 Política Criminal y Criminología Ética y política de la función pública Miguel Ángel Villalobos Caballero............................................................... 373 Aproximación a la tutela penal del medio ambiente en la Unión Europea Elena de Luis García.................................................................................. 387 Academia Ius Puniendi ¿Cuáles son los límites para determinar la competencia funcionarial del agente en el delito de peculado? Milagros Medalit Vásquez Soto................................................................... 413 Jurisprudencia relevante Aspectos típicos en el delito de desobediencia a la autoridad...................... 437 Requerimiento de impedimento de salida del país en Diligencias Preliminares. 445 Estado de inconsciencia parcial.................................................................. 459 Vulneración del derecho de acceso a la jurisdicción por motivación aparente.... 469 Guía para Autores..................................................................................... 475 XII
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TEMÁTICA ESPECIAL Metodología de la investigación en las Ciencias Penales
TEMÁTICA ESPECIAL
Metodología de la investigación en las Ciencias Penales
Investigación y creación de conocimiento jurídico Tomás Aladino Gálvez Villegas
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La investigación y enseñanza del Derecho penal en la era de la revolución digital Carlos Christian Sueiro
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El valor de la Dogmática en el Derecho Penal Miguel Polaino Navarrete
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La hermenéutica aplicada a la investigación dogmática en Derecho Penal Manuel Sánchez Zorrilla 137
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Temática Especial
Investigación y creación de
conocimiento jurídico* Criterios básicos para la elaboración de una tesis universitaria Research and creation of legal knowledge Tomás Aladino Gálvez Villegas** Universidad Nacional Mayor de San Marcos Sumario 1. Introducción. — 2. Criterios epistemológicos y conocimiento científico. — 2.1. Epistemología y metodología de la ciencia en general. — 2.2. El conocimiento científico. — 2.3. Sobre el contenido del Derecho penal en el ejemplo español. — 3. La investigación científica y la investigación jurídica — 3.1. La investigación científica. — 3.2. La investigación jurídica. — 3.3. La dogmática penal. — 4. La investigación jurídica o tesis en derecho. — 4.1. Cuestiones generales. — 4.2. El tema de investigación. — 4.3. El problema de investigación. — 4.4. Los objetivos de la investigación. — 4.5. Justificación de la investigación. — 4.6. Formulación del problema. — 4.7. Las hipótesis de investigación. — 4.8. Las variables. — 4.9. Los indicadores. — 4.10. Marco teórico. — 4.11. Universo y muestra. — 4.12. Criterios metodológicos y técnicas de acopio de la información. — 4.13. Procesamiento y análisis de la información. — 4.14. Las conclusiones. — 4.15. Las recomendaciones. — 4.16. Las propuesta de lege ferenda. — 4.17. Anexos. — 5. Referencias bibliográficas.
Resumen El autor explica qué es la epistemología y cuáles son sus dimensiones; luego realiza un estudio sobre el conocimiento científico, la investigación científica y jurídica. En cuanto a la investigación jurídica, da a conocer cómo se debe realizar una investigación en derecho, especialmente cuando se trata de elaborar una tesis universitaria, que viene a ser un proceso de investigación que comprende el tema de investigación, el problema de investigación, los objetivos, la justificación, la formulación del problema, las hipótesis, las variables, los indicadores, el marco teórico, el universo y muestra, los criterios metodológicos y técnicas de acopio de la información, el
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Palabras clave Criterios epistemológicos Conocimiento científico Investigación científica Investigación jurídica
Artículo recibido el 06 de mayo y aprobado para su publicación el 07 de mayo de 2018. Director Académico de la Revista Ius Puniendi. Sistema penal integral. Doctor en Derecho y Ciencias Políticas y Magister en Ciencias Penales por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Magister en Derecho Civil por la Pontificia
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Revista Ius Puniendi Temática especial procesamiento y análisis de la información, las conclusiones, las recomendaciones, las propuestas de lege ferenda y por último, los anexos; cabe resaltar que cada apartado anteriormente expuesto es abordado detalladamente en el presente trabajo. Abstract The author explains what epistemology is and what its dimensions are; then he addresses what is scientific knowledge, scientific and legal research. As for legal research, he explains how to conduct research in law, especially when it comes to developing a university thesis, what is a research process that includes the research topic, the research problem, the objectives, the justification, the formulation of the problem, the hypotheses, the variables, the indicators, the theoretical framework, the universe and sample, the methodological and technical criteria for gathering the information, the processing and analysis of the information, the conclusions, the recommendations, the proposals of lege ferenda and finally, the annexes; It should be noted that each section previously discussed is addressed in detail in this work.
Keywords Epistemological criteria Scientific knowledge Scientific investigation Legal research
Ideas centrales del autor «(…) los criterios epistemológicos (episteme) constituyen el tamiz por el cual debe pasar el conocimiento para adquirir la calidad de científico». (p. 6) «(…) el conocimiento científico se obtiene a partir de la investigación científica, la cual se desarrolla precisamente a través de un método científico, es decir, de una metodología admitida específicamente por la ciencia o disciplina en la cual se desarrolla la investigación». (p. 9) «(…) La investigación jurídica se diferencia de otros tipos de investigación porque su objeto es un fenómeno jurídico, y, claro, este objeto abarca aspectos del ser (realidad objetiva) y del deber ser (mundo ideal constituido por normas y enunciados no contrastables)». (p. 28)
Universidad Católica del Perú, Doctor Honoris Causa por diversas universidades nacionales, profesor de la Unidad de Postgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Fiscal Supremo de la República. Autor de diversos libros sobre Derecho penal, Derecho procesal penal y Política Criminal y más de un centenar de artículos sobre estas disciplinas.
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Gálvez Villegas, T. Investigación y creación de conocimiento jurídico 1. Introducción
La ciencia es el conjunto de conocimientos, hipótesis, tesis y axiomas sistematizados y articulados debidamente conforme a criterios metodológicos y epistemológicos que permiten entender debidamente el sector de la realidad natural, social o normativa al cual están referidos, y sobre todo, apreciar el rigor con que se han producido y validado tales conocimientos. Pero no todos los tipos de ciencias o conocimientos sistematizados exigen la misma rigurosidad metodológica y epistemológica, puesto que en algunos casos (ciencias naturales) se requiere de una demostración, comprobación o verificación de cada una de sus premisas o conclusiones (conocimientos) a través de trabajos de contrastación experimental, mientras que en otras solo se requiere de una justificación racional conforme a una argumentación persuasiva y rigurosa. Esto último ocurre principalmente con las ciencias sociales y especialmente las ciencias jurídicas, cuyos conocimientos no obedecen a confrontaciones de los enunciados con la realidad o a demostraciones experimentales de verificación sino a una fina argumentación; amén de que también en las investigaciones jurídicas pueden comprenderse aspectos de la realidad objetiva, en Ius Puniendi Sistema Penal Integral
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cuyo caso se recurrirá a las correspondientes confrontaciones acreditativas. En el presente trabajo, presentamos algunos criterios respecto a la formación del conocimiento en general y especialmente al conocimiento jurídico, y cómo se puede realizar una investigación en derecho especialmente cuando se trata de elaborar una tesis universitaria conducente al correspondiente grado académico, para lo cual empezamos desarrollando criterios sobre el conocimiento, la investigación y el proceso de elaboración del conocimiento jurídico. 2. Criterios epistemológicos y conocimiento científico 2.1. Epistemología y metodología de la ciencia en general
Toda investigación científica o jurídica, en la medida que está orientada a producir conocimiento con pretensión de científico, tiene que seguir criterios epistemológicos que den rigor a la investigación y validen el resultado o conocimiento al que se ha arribado. Hablar de epistemología significa pensar o razonar en torno a circunstancias y criterios históricos, psicológicos y sociológicos que inciden en la obtención del conocimiento, y en los criterios por los cuales se les valida o Año II, N.º 7, Lima, marzo - abril de 2018
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invalida, determinando su grado de verdad, objetividad, realidad o justificación. Ello implica realizar una rigurosa reflexión crítica respecto a cómo se forma el conocimiento, a fin de diferenciar los conocimientos verdaderos (científicos) o rigurosos de los que solamente constituyen opiniones, creencias, o criterios arbitrarios o improvisados. El producto de la investigación rigurosa y reflexiva integra el sistema de conocimientos que conforman las diversas ciencias. En la antigua Grecia a estos conocimientos rigurosos se los conocía como episteme, por oposición al conocimiento común conocido como doxa, por ello es que decimos que los criterios epistemológicos (episteme) constituyen el tamiz por el cual debe pasar el conocimiento para adquirir la calidad de científico. En tal sentido, la epistemología estudia las cuestiones relativas a la producción y validación del conocimiento, a la vez que su utilización en la práctica social o tecnológica; de este modo, opera a nivel de los contextos de descubrimiento, de justificación y de aplicación del conocimiento (del mismo modo que estos contextos son considerados en el ámbito de la argumentación). Igualmente, la epistemología estudia la ciencia, entendida esta en su doble vertien6
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te, como actividad (investigación, docencia o aplicación práctica) y el producto de esa actividad (el conocimiento científico). La epistemología presenta tres dimensiones fundamentales: la descriptiva, que nos dice qué es la ciencia o el conocimiento científico; la explicativa, que nos dice por qué la ciencia es como es; y la normativa, prescriptiva o valorativa, que establece cómo debe ser la ciencia o el conocimiento científico. En ese sentido, podemos establecer de manera más clara aún, que la epistemología se encarga de abordar la filosofía y el conocimiento a través de la respuesta a diversas preguntas de vital importancia como las siguientes: ¿qué es el conocimiento?, ¿cómo llevamos a cabo los seres humanos el razonamiento? o ¿cómo comprobamos que lo que hemos entendido es verdad? En general, se considera que la epistemología es la disciplina que se encarga del estudio del conocimiento así como de su validez y justificación. Si ello es así, resulta natural vincular a la epistemología, que se ocupa de las condiciones de producción y validación del conocimiento científico (especialmente de las teorías científicas), con la metodología de la investigación
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científica, que, precisamente, desarrolla estrategias y tácticas para el progreso y expansión de la producción del conocimiento científico, y traza los principios reales de los caminos o métodos que pueden conducir a la realización correcta de la investigación en cada caso; todo lo cual evidencia que también la metodología configura un tema de la epistemología. Obviamente, con ello, queda vinculada a la epistemología no solo la metodología sino también la investigación científica, que es orientada, precisamente, por la metodología. 2.2. El conocimiento científico
Como se ha señalado, la ciencia está constituida por conjunto de conocimientos sistemática y coherentemente organizado. Estos conocimientos se entiende que han superado el tamiz epistemológico 1
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en cuanto a su justificación y validez, determinado por el rigor de los métodos utilizados para su producción y la fuerza persuasiva de los argumentos utilizados. El conocimiento humano ha evolucionado, desde que el hombre no contaba con los medios ni el entendimiento elemental para dominar la naturaleza y tuvo que establecer con esta una relación de dependencia. Luego, a medida que convivía con las dificultades que presentaba la naturaleza, fue percibiendo su forma y esencia y aprendió a dominarla y resolver las dificultades1. Es así como poco a poco fue dominando la naturaleza en la medida en que iba aprehendiendo la realidad objetiva y descubriendo las leyes de su desarrollo2. Con esta relación de “aprehensión” de la realidad objetiva, surge el entendimiento o conocimiento de la natu-
Refieren Rodríguez y otros (1984, p. 18): “La solución de los problemas y dificultades con los que choca el hombre en toda su actividad práctica, siempre han estimulado –y estimulan– el conocimiento científico. Precisamente la solución de las necesidades prácticas, posibilitaron el surgimiento y desarrollo de las ciencias. La matemática, la geografía, la física surgieron sobre la base de resolver las tareas prácticas en que estaba enfrascado el hombre”. “La historia de la humanidad, el desarrollo del conocimiento científico y la propia actividad práctica de los hombres demuestran, sin lugar a dudas, que la dirección consciente de los fenómenos de la naturaleza y de los procesos sociales solo es posible cuando se conocen las leyes del desarrollo que rigen la realidad natural y social. En tanto los hombres desconocían dichas leyes, no solo estaban incapacitados para domeñar las fuerzas de la naturaleza y dirigir con conocimiento de causa la vida social, sino que ni siquiera podían orientarse adecuadamente en el mundo que los circundaba”. (Rodríguez y otros 1984, p. 24).
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raleza o del fenómeno social (realidad), y de este modo se internaliza en la mente del sujeto el fenómeno objetivo; y surgen así las ideas de los fenómenos. Esta internalización mental o aprehensión del fenómeno se logra fundamentalmente a través de los sentidos, es decir, a través de la experiencia; pero también surgen ideas y entendimiento a partir de fenómenos y objetos ideales propios de las estructuras mentales, las cuales se realizan a través de las propias ideas que ya se tienen de los fenómenos y aplicando las reglas lógicas del pensamiento3. Pero este dominio no se produjo a partir de la experiencia de un solo hombre o de una sola generación de hombres, sino del conjunto de aprendizajes de todas las generaciones precedentes, de tal forma que con la experiencia de generación tras generación se logró acumular tal cantidad de aprendizaje o conocimiento (ideas) que fue necesario ordenarlo y sistematizarlo para poder aprovecharlo adecuadamente 3 4
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y evitar su olvido. Así nace la articulación o sistematización metódica que dio lugar al llamado “conocimiento científico”, a partir del cual surgió y se desarrolló la ciencia4. Al existir un conocimiento científico, el desarrollo de este ya no podía lograrse únicamente sobre la base de la experiencia sensible o el pensamiento aislado del sujeto cognoscente, sino mediante un proceso metodológico llamado investigación científica. De este modo, la epistemología, al tratar de las formas de producción del conocimiento, se vincula directamente con la metodología observada, precisamente en las investigaciones llevadas a cabo para la formación del conocimiento científico. Pues, desde Descartes, se ha considerado que la ciencia se desarrolla y genera a través del seguimiento de un método para alcanzar la certeza del conocimiento, y también bajo la tesis de lograr un control sobre la realidad. Pero claro, para poder sistematizar el conocimiento logrado a par-
“La lógica no es nada más que la ciencia que estudia las reglas y las leyes que rigen los pensamientos; es el estudio mismo del pensar; es el estudio de los pensamientos en cuanto tales, en el acto mismo de ser pensados”. (Ghirardi, 1993, p. 18). “La ciencia comienza a formarse como sistema de conocimientos y forma de conciencia social solamente en una determinada etapa del desarrollo de la sociedad humana, cuando ya se había acumulado un mínimo indispensable de conocimientos y cuando las necesidades de la actividad práctica de los hombres, en primer lugar de toda la producción social, impusieron categóricamente el estudio continuado de los fenómenos del mundo material”. (Ghirardi, 1993, p. 8) ISSN: 2410-5759
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Gálvez Villegas, T. Investigación y creación de conocimiento jurídico
tir de la investigación científica, de tal forma que se puedan aprovechar sus beneficios, se hizo necesario recurrir al soporte de un lenguaje a través del cual las personas que no intervinieron en la investigación, y, en general, toda la comunidad científica (y en su caso, la comunidad en general), tengan acceso a él. Es por ello que el conocimiento necesariamente está unido de manera indisoluble a una estructura lingüística a partir de la cual cobra objetividad. Es así que si asumimos el criterio expresado por Afanasiev (1975, p. 221), podemos afirmar que: “El conocimiento consiste en la asimilación espiritual de la realidad, indispensable para la actividad práctica, en el proceso del cual se crean los conceptos y las teorías. Esta asimilación refleja de manera creadora, racional y activa los fenómenos, propiedades y las leyes del mundo objetivo, y tiene una existencia real en forma de sistema lingüístico”. Asimismo, y de manera más genérica, podemos agregar que el conocimiento viene a ser la “relación-correlación establecida entre dos elementos: el sujeto que conoce y el objeto conocido. Entre estos dos entes el objeto puede ser cualquier cosa (concreta o abstracta, real o ideal, individual o genérica, etc.; el sujeto en cambio tan solo un ser consciente” (Manrique, 1983: 73). Ius Puniendi Sistema Penal Integral
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El conocimiento científico surge a partir del desarrollo especializado del conocimiento común; allí donde este conocimiento no ofrece alternativas o soluciones a una dificultad o a un problema, se desarrolla el conocimiento científico, precisamente para lograr la solución del problema surgido o planteado. El conocimiento científico aprovecha el conocimiento común, y sobre la base de este desarrolla sus construcciones científicas. Consecuentemente, este conocimiento no tiene por qué ser contrario al conocimiento ordinario, pues ambos pretenden alcanzar el mayor grado de objetividad y racionalidad dentro de sus correspondientes niveles de profundidad y especialización. Como ya se adelantó, el conocimiento científico se obtiene a partir de la investigación científica, la cual se desarrolla precisamente a través de un método científico, es decir, de una metodología admitida específicamente por la ciencia o disciplina en la cual se desarrolla la investigación. Son rasgos fundamentales del conocimiento científico: su carácter sistemático, es decir, se desarrolla formando una unidad orgánica orientada por criterios o principios rectores de la ciencia específica a la cual está referido. Debe desarrollar un lenguaje o discurso Año II, N.º 7, Lima, marzo - abril de 2018
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