PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS. Ley 32/2010
Secretaría de Política Sectorial UPTA España
Disposición adicional cuarta de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo-LETA •Informe del Grupo de Expertos de 23 de Diciembre de 2008. •Moción del Congreso de los Diputados 173/55, denominado Plan de Rescate de los Autónomos. •Mesa del Trabajo Autónomo. Acuerdo del 5 de Mayo del 2009. Ministerio de Trabajo.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Prestaci贸n por cese de actividad para los trabajadores aut贸nomos
El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio. Tendrán derecho a la protección y el deber de cotizar, los trabajadores Autónomos que tengan contratada la cobertura por accidente de trabajo y enfermedad profesional. Se incluye a los trabajadores por cuenta propia del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios, SETA, y los del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad emprendedora. 1% de los ingresos obtenidos.
Abono cotización por contingencias comunes
Prestación económica.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Afiliado y en situación de alta Cubierto el periodo de carencia Estar en situación legal de cese de actividad Suscribir compromiso de actividad En caso de trabajadores a cargo: cumplir las garantías de la legislación laboral
No tener edad de jubilación Hallarse al corriente de pago de las cotizaciones
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Inviabilidad de proseguir la actividad económica o profesional. Pérdidas del 30% en 1 año, o 20% en dos años. Ejecuciones de deudas que supongan el 40% de los ingresos. Declaración judicial de concurso. Fuerza mayor determinante del cese. Pérdida de la licencia administrativa. Cese por violencia de género. Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Terminación del contrato. Incumplimiento contractual grave del cliente. Rescisión contractual justificada por el cliente. Rescisión contractual injustificada por el cliente. Muerte, incapacidad o jubilación del cliente.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Inviabilidad de proseguir la actividad económica o profesional. No es necesario el cierre de establecimiento. Fuerza mayor determinante del cese. Pérdida de la licencia administrativa. Cese por violencia de género. Divorcio. Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Motivos económicos: declaración jurada y documentación contable, fiscal, administrativa o judicial . Fuerza mayor: declaración autoridad y declaración jurada. Violencia de género: declaración, orden de alejamiento, o informe del Ministerio Fiscal Pérdida de Licencia: resolución Divorcio o separación: resolución judicial Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Incumplimiento contractual grave del cliente: comunicaciรณn , acta conciliaciรณn o sentencia Finalizaciรณn del contrato: comunicaciรณn al registro SPE y documentaciรณn
Causa justificada/injustificada cliente: comunicaciรณn SPE en 10 dรญas
Acreditaciรณn de la situaciรณn de cese TRADE.
Muerte, incapacidad o jubilaciรณn: resoluciรณn Prestaciรณn por cese de actividad para los trabajadores autรณnomos
DE 12 A 17 MESES
2 MESES
DE 18 A 23 MESES
3 MESES
DE 24 A 29 MESES
4 MESES
DE 30 A 35 MESES
5 MESES
DE 36 A 42 MESES
6 MESES
DE 43 A 47 MESES
8 MESES
MAS DE 48 MESES
12 MESES
Prestaci贸n por cese de actividad para los trabajadores aut贸nomos
DE 12 A 17 MESES
2 MESES
DE 18 A 23 MESES
4 MESES
DE 24 A 29 MESES
6 MESES
DE 30 A 35 MESES
8 MESES
DE 36 A 42 MESES
10 MESES
MAS DE 42 MESES
12 MESES
Prestaci贸n por cese de actividad para los trabajadores aut贸nomos
+Cuota AT Y EP para aquellos que no la tengan contratada
14, 31 euros mensuales con base m铆nima (841,80) Prestaci贸n por cese de actividad para los trabajadores aut贸nomos
BASE REGULADORA: PROMEDIO DE LOS ÚLTIMOS 12 MESES
CUANTÍA : 70% DEL PROMEDIO DE LA BASE REGULADORA 589,26 base mínima, hasta 1.397,84
POSIBILIDAD DE PAGO ÚNICO
Pendiente reglamentación
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Si estando en IT se produce cese de actividad: Se percibe la IT hasta su extinción en la cuantía del cese y se consume esta prestación Si estando en Maternidad/Paternidad se produce cese de actividad: Se percibe la prestación de Maternidad/Paternidad Si estando en Cese de Actividad se produce IT: Por recaída en IT se percibe la cuantía del cese Si no es por recaída en IT se percibe la cuantía del cese y 80% IPREM Si estando en cese de actividad se produce Maternidad/Paternidad Se percibe la prestación de maternidad o paternidad.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Prestaci贸n por cese de actividad para los trabajadores aut贸nomos
Anualmente evaluará el funcionamiento del Sistema de Protección por Cese de Actividad de los Trabajadores Autónomos, y en su caso, podrá solicitar al Gobierno las propuestas de modificación que se estimen pertinentes
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Las MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES son las asignadas para gestionar la prestación económica por cese de actividad. ENTIDAD GESTORA (INSS o ISM), casos subsidiarios en los que el trabajador autónomo tiene cubiertas las contingencias profesionales con estas, en cuyo caso la gestión corresponderá al SPEE o al ISM IMPORTANTE: Se abre un plazo excepcional para contratar la prestación hasta el 6 de Febrero de 2011 Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
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