Manual de Convivencia

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Manual de Convivencia COLEGIO DISTRITAL LOS ROSALES Gustavo Bustos Sánchez Rector Iliana C. Carriazo Julio Coordinadora Nancy Llanos Delgado Psicoorientadora Carlos A. Jiménez Cantillo Personero

2013 Barranquilla, Colombia


“La verdadera generosidad para con el futuro consiste en entregarlo todo al presente” Albert Camus

Llamado a la Convivencia Como Colombianos y miembros activos de una sociedad, nos debemos comprometer con procesos de transformación, donde se vuelvan a vivenciar y se tenga adherencia por los valores y todo aquello que permita una paz espiritual y un sentido hacia la tolerancia para con los demás. Es nuestra convicción que desde el Colegio Distrital Los Rosales, cada persona que hace parte de esta institución es un protagonista importante en la sana convivencia donde el común denominador sea las buenas relaciones interpersonales que se construyen y se cimentan día a día, acompañados de la alegría, la honestidad, la tolerancia, el compañerismo, la amistad, el espíritu de colaboración, el respeto por la vida y la equidad, enmarcándonos en una cultura conciliadora y justa. Los invitamos a que se comprometan y hagan parte de nuestra filosofía, que lleven a la práctica este Manual de Convivencia y se haga evidente la forma efectiva de vivir los principios y valores de nuestra institución.

GUSTAVO BUSTOS SANCHEZ Rector

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“La verdadera generosidad para con el futuro consiste en entregarlo todo al presente” Albert Camus

ACUERDO DIRECTIVO El Consejo Directivo del Colegio Distrital Los Rosales en uso de las funciones que le corresponden y teniendo en cuenta que la convivencia es un elemento central de la formación humana integral, se basa en la normatividad vigente para la construcción del Manual de Convivencia CONSIDERANDO QUE:

a. La Constitución Colombiana en su artículo 41 consagra “El fomento de prácticas democráticas en la formación de principios y valores para la participación ciudadana”.

b. Ley 115 de 1994. Por la cual se expide la ley general de educación. -

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Artículo 73. establece que todos los establecimientos educativos deberán elaborar y poner en práctica UN REGLAMENTO para docentes y estudiantes con el fin de cumplir las disposiciones oficiales. Artículo 87. Reglamento o manual de convivencia. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones, de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo. Artículo 96. Permanencia en el establecimiento educativo. El reglamento interno de la institución educativa establecerá las condiciones de permanencia del estudiante en el plantel y el procedimiento en caso de exclusión. La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte del estudiante, no será causal de exclusión del respectivo establecimiento, cuando no esté asociada a otra causal expresamente contemplada en el reglamento institucional o manual de convivencia. Decreto 1860 de 1994. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. Artículo 17. Reglamento o manual de convivencia. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o manual de convivencia. El reglamento o manual de convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. En particular debe contemplar los siguientes aspectos: 1. Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. 2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos.

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3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. 4. Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto. Deben incluir la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto. 5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y de conciliación. 6. Pautas de presentación personal que preserven a los estudiantes de la discriminación por razones de apariencia. 7. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los estudiantes, incluyendo el derecho a la defensa. 8. Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos previstos en el presente decreto. Debe incluir el proceso de elección del personero de los estudiantes. 9. Calidades y condiciones de los servicios de alimentación, transporte, recreación dirigida y demás conexos con el servicio de educación que ofrezca la institución a los estudiantes. 10. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, tales como periódicos, cartelera, página en el Facebook, que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión. 11. Encargos hechos al establecimiento para aprovisionar a los estudiantes de material didáctico de uso general, libros y uniformes. 12. Reglas para uso de la biblioteca escolar. Artículo 28. Personero de los estudiantes. En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un estudiante que curse el último grado que ofrezca la institución encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes los reglamentos y el manual de convivencia. Resolución 4210 de 1996. Por la cual se establecen reglas generales para la organización y el funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio. Artículo 2.- El servicio social estudiantil obligatorio hace parte integral del currículo y por ende del proyecto educativo institucional del establecimiento educativo. Como tal, debe ser adoptado en los términos establecidos en el artículo 15 del Decreto 1860 de 1994 y para sus modificaciones se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 37 del mismo Decreto. En el reglamento o manual de convivencia deberá establecerse expresamente los criterios y las reglas específicas que deberán atender los educandos, así como las obligaciones del establecimiento educativo, en relación con la prestación del servicio aquí regulado. Decreto 2247 de 1997. Por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones. Artículo 8. El ingreso a cualquiera de los grados de la educación preescolar no estará sujeto a ningún tipo de prueba de admisión o examen psicológico o de

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conocimientos, o a consideraciones de raza, sexo, religión, condición física o mental. El manual de convivencia establecerá los mecanismos de asignación de cupos, ajustándose estrictamente a lo dispuesto en este artículo. Decreto 1286 de 2005. Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados, y se adoptan otras disposiciones. Artículo 2. Derechos de los padres de familia. Los principales derechos de los padres de familia en relación con la educación de sus hijos son los siguientes: Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional. Ley 1098 de 2006: Código de Infancia y Adolescencia. Artículo 45. Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes. Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación formal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar. Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013. Por el cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia. Artículo 21. Manual de convivencia: En el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, y además de lo establecido en el artículo 87 de la Ley 115 de 1994, los manuales de convivencia deben identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos. El manual concederá al educador el rol de orientador y mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones. A los estudiantes, el manual les concederá un rol activo para participar en la definición de acciones para el manejo de estas situaciones, en el marco de la ruta de atención integral.

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El manual de convivencia deberá incluir la ruta de atención integral y los protocolos de que trata la presente ley. Acorde con el artículo 87 de la Ley 115 de 1994, el manual de convivencia define los derechos y obligaciones de los estudiantes y de cada uno de los miembros de la comunidad educativa, a través de los cuales se rigen las características y condiciones de interacción y convivencia entre los mismos y señala el debido proceso que debe seguir el establecimiento educativo ante el incumplimiento del mismo. Es una herramienta construida, evaluada y ajustada por la comunidad educativa, con la participación activa de los estudiantes y padres de familia, de obligatorio cumplimiento en los establecimientos educativos públicos y privados y es un componente esencial del proyecto educativo institucional. El manual de que trata el presente artículo debe incorporar además de lo anterior, las definiciones, principios y responsabilidades que establece la presente ley, sobre los cuales se desarrollarán los factores de promoción y prevención y atención de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.

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El Ministerio de Educación Nacional reglamentará lo relacionado con el manual de convivencia y dará los lineamientos necesarios para que allí se incorporen las disposiciones necesarias para el manejo de conflictos y conductas que afectan la convivencia escolar, y los derechos humanos, sexuales y reproductivos, y para la participación de la familia, de conformidad con el artículo 22 de la presente Ley. Decreto 1965 del 11 de Septiembre de 2013. Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013 que Crea el Sistema Nacional de Convivencia escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la Violencia Escolar.

RESUELVE -

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Artículo 1. Adoptar el presente Manual de Convivencia como el marco de referencia de los deberes, derechos y normas que regirán el proceder de la Comunidad Educativa a partir del 15 de agosto de 2013, el cual estará sujeto a posibles ajustes según la aplicación y evaluación periódica del mismo. Artículo 2. Dar a conocer el presente Manual de Convivencia a toda la comunidad educativa para su interiorización y cumplimiento. Artículo 3. Derogar las anteriores versiones del Manual de Convivencia a las normas y procedimientos que no sean consecuentes con el presente Reglamento. Artículo 4. Este Manual consta de los siguientes contenidos:

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Tabla de contenido

1. CAPÍTULO I – DE LA INSTITUCIÓN ............................... 11 Artículo 1. Justificación .......................................................... 11 Artículo 2. Contexto Institucional .......................................... 13 Artículo 3. Ubicación Geográfica .......................................... 14 Artículo 4. Aspectos Generales ............................................ 14 Artículo 5. Horizonte Institucional ......................................... 15 I. Visión 15 II. Misión 15 III. Valores y Principios Institucionales .................................. 15 a) Valores de la Organización ................................................ 15 c) Valores de los Resultados y el Servicio ........................... 16 d) Principios Institucionales .................................................... 16 Artículo 6. Símbolos Institucionales ..................................... 17 I. Bandera 17 II. Escudo 17 III. Lema Institucional ................................................................ 18 IV. Himno 18 Artículo 7. Objetivos del Manual de Convivencia .............. 18 2. CAPÍTULO II – DE LOS ESTUDIANTES......................... 19 Artículo 8. Condiciones para ser Estudiante Rosalista ..... 19 Artículo 9. Derechos de los estudiantes.............................. 21 I. En el aspecto Formativo ..................................................... 21 II. En el aspecto Académico ................................................... 23 III. En el aspecto Participativo ................................................. 24 Artículo 10. Deberes de los estudiantes................................ 25 I. En el aspecto General ........................................................ 25 II. En el aspecto de Convivencia ........................................... 26 III. En el aspecto Académico ................................................... 28 IV. En el aspecto de Higiene y Salud ..................................... 29 V. En el aspecto de Presentación Personal ......................... 30 VI. En el aspecto de Asistencia ............................................... 32 Artículo 11. Conductas Inapropiadas en la Institución ........ 34 Artículo 12. Uso de Transporte cuando sea necesario ....... 36 Artículo 13. Uso del Laboratorio ............................................. 37 6


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Artículo 14. Uso del Patio ........................................................ 37 Artículo 15. Uso de la Sala de Informática............................ 37 Artículo 16. Descanso .............................................................. 38 Artículo 17. Salidas Pedagógicas ........................................... 38 Artículo 18. Uso de la Tienda Escolar ................................... 39 Artículo 19. Complemento Alimenticio ................................... 39 Artículo 20. Restaurante Escolar ............................................ 39 Artículo 21. Portería .................................................................. 40 Artículo 22. Oficinas.................................................................. 40 Artículo 23. Uso del Servicio de Baño ................................... 40 Artículo 24. Medios de Información........................................ 40 Artículo 25. Zonas verdes, Jardineras, Materas .................. 41 Artículo 26. Uso del Servicio de Biblioteca ........................... 41 3. CAPÍTULO III - PROCEDIMIENTOS................................ 42 Artículo 27. Situaciones que afectan la Convivencia Escolar Artículo 28. Calificación de las Situaciones .......................... 42 I. Situaciones Tipo I: ............................................................... 42 II. Situaciones Tipo II: .............................................................. 44 III. Situaciones Tipo III .............................................................. 45 Artículo 29. Referente Legal para el Debido Proceso ......... 48 I. Ley 1098 de 2006 (Noviembre 8)...................................... 48 II. Sentencia T-435 de 2005 ................................................... 48 III. Constitución Política Nacional, Articulo 29 ...................... 49 IV. Derecho a la Educación...................................................... 49 V. Causales de Atenuación ..................................................... 49 VI. Causales de Agravación ..................................................... 50 VII. Causales de Exoneración .................................................. 50 VIII. Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar 50 IX. Protocolos de los establecimientos educativos, finalidad, contenido y aplicación................................................................. 51 X. Informes o Quejas. .............................................................. 52 Artículo 30. Instancias .............................................................. 53 I. Conducto Regular: ............................................................... 53 II. El Comité de Convivencia Escolar: ................................... 54 III. Recurso de Reposición:...................................................... 54 7

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IV. Recurso de Apelación: ........................................................ 54 Artículo 31. Procedimiento general ........................................ 54 I. Protocolos de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar 55 II. Procedimiento para estudiantes de Transición ............... 55 III. Procedimiento para estudiantes de Primaria y Bachillerato 56 IV. Aplicación del Código de la Infancia y la Adolescencia . 58 V. Procedimiento en caso de tenencia, tráfico o consumo de sustancias Psicoactivas y porte de armas ............................... 59 Artículo 32. Medidas aplicables a los estudiantes ............... 59 I. Mediación de conflictos ...................................................... 59 II. Conciliación .......................................................................... 60 III. Llamado de atención verbal. .............................................. 60 IV. Amonestación Escrita (Acta). ............................................ 60 V. Suspensión del Estudiante................................................. 61 VI. Matrícula en Observación .................................................. 62 VII. Cancelación de Matrícula ................................................... 62 VIII. Pérdida del cupo para el año siguiente: ........................... 63 IX. Recomendaciones para cambio de Institución: .............. 63 Artículo 33. Informe de Convivencia Escolar ........................ 63 4. CAPÍTULO IV - RECONOCIMIENTOS ............................ 64 Artículo 34. Reconocimientos ................................................. 64 I. A los Estudiantes ................................................................. 64 II. A los Docentes. .................................................................... 65 III. Al Personal no Docente. ..................................................... 65 IV. A los Padres De Familia. .................................................... 65 5. CAPÍTULO V - DE LOS PADRES DE FAMILIA ............. 66 Artículo 35. Derechos de los padres de familia y/o acudientes 66 Artículo 36. Deberes de los padres de familia y/o acudientes 67 6. CAPÍTULO VI - DEL DOCENTE ....................................... 69 Artículo 37. Derechos del Docente ........................................ 69 Artículo 38. Deberes del Docente .......................................... 70 7. CAPÍTULO VII - EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ESCOLAR 71 8. CAPÍTULO VIII - DESESCOLARIZACIÓN ...................... 71 8


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Artículo 39. Desescolarización................................................ 71 I. Incapacidad Física ............................................................... 71 II. Embarazo .............................................................................. 72 III. Conveniencia ........................................................................ 72 Artículo 40. Procedimiento a seguir ....................................... 72 9. CAPÍTULO IX - DISPOSICIONES FINALES .................. 72 Artículo 41. Renovación de Matrícula .................................... 72 Artículo 42. Gobierno Escolar ................................................. 73 I. Comunidad Educativa ......................................................... 73 II. Órganos de Participación Escolar ..................................... 73 1. Consejo Directivo......................................................... 73 1.1. Objetivos centrales del estamento ............................ 73 1.2. Funciones del Consejo Directivo ............................... 74 2. Rector. ........................................................................... 74 2.1. Objetivos Centrales del Estamento........................... 74 2.2. Proceso de selección y conformación ...................... 74 2.3. Funciones del Rector .................................................. 74 3. Consejo Académico. ................................................... 75 3.1. Proceso para su Conformación. ................................ 76 3.2. Representantes al Consejo Académico (Artículo 24, Decreto 1860 De 1994). ......................................................... 76 3.3. Funciones del Consejo Académico (Artículo 24, Decreto 1860 De 1994). ........................................................................ 76 4. Comité de Convivencia Escolar................................. 76 4.1. Funciones del Comité de Convivencia Escolar:...... 77 III. Órganos de Participación de los Estudiantes ................. 78 1. Consejo Estudiantil. ..................................................... 78 1.1. Objetivo Central del Estamento ................................. 78 1.2. Proceso de Selección y Conformación .................... 78 1.3. Funciones del Consejo Estudiantil ............................ 78 2. Personero. .................................................................... 79 2.1. Requisitos para ser Personero. ................................. 79 2.2. Funciones del Personero............................................ 79 2.3. Proceso para elegir Personero .................................. 80 9


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3. Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. ................................................................................... 83 IV. Órganos de Participación de los Padres de Familia ...... 83 1. Consejo de Padres y Asociación de Padres de Familia. 83 Artículo 43. Proyectos Pedagógicos ...................................... 83 Artículo 44. Costos educativos y otros cobros ..................... 84 Artículo 45. Vigencia................................................................. 84 Artículo 46. Modificaciones...................................................... 84

Dado en Barranquilla, a los 30 días del mes de Septiembre de 2013 Para constancia firman: Representante docente.

Representante docente.

Representante padres de familia.

Representante estudiantes.

Rector

Representante padres de familia.

Representante de los ex alumnos.

Coordinador

¡Comuníquese y cúmplase!

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CAPÍTULO I – DE LA INSTITUCIÓN

Artículo 1. Justificación El Manual de Convivencia del Colegio Distrital Los Rosales, es producto de la participación activa y efectiva de la Comunidad Educativa. Se fundamenta en el cumplimiento de los Derechos Humanos y se rige por las disposiciones de la Constitución Política de Colombia con la sujeción al Código de Infancia y Adolescencia, la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013, la Ley General de Educación y el Decreto 1860 de 1994, así como el proyecto educativo institucional, para el logro del desarrollo integral de los educandos, dentro de un marco de convivencia pacífica. El contenido de este Manual está relacionado con la resolución de conflictos de manera pacífica, el cumplimiento de los deberes de la comunidad educativa y aspectos que contienen los principios y valores que están establecidos en nuestra institución y se refleja en cada uno de los diferentes procesos del proyecto educativo institucional, adhiriéndose a la necesidad de construir una comunidad enfocada en la sana convivencia. Se busca a través de este Manual la “formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, y de los niveles educativos de preescolar, básica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el 1 embarazo en la adolescencia.” Al tener en cuenta toda la normatividad vigente, es indispensable que se conozca el significado de algunos conceptos enmarcados en la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013 y el Decreto 1965 de Septiembre de 2013, que tienen aplicabilidad en el siguiente Manual, como son: 

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Competencias ciudadanas: Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una

Artículo 1 de la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013

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sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables . Conflicto: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. Agresión escolar: es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión 2 escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y/o electrónica. a) Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. b) Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. c) Agresión gestual: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. d) Agresión relacional: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e) Agresión electrónica: Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. Acoso escolar o bullying: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes. ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.

Artículo 39 del Decreto 1965 de Septiembre del 2013.

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Ciberbullying o ciberacoso escolar: forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. Violencia sexual: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor". Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derecho, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

A través de este Manual nuestra institución está comprometida con la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación -Ley 115 de 1994mediante la creación del sistema nacional de convivencia escolar. Artículo 2. Contexto Institucional En el año 1983 gracias a la iniciativa del Señor Eugenio Begambre Alarcón (presidente de la Junta de Acción Comunal), se gestionó con la comunidad del Suroccidente la edificación de tres aulas para cubrir la necesidad de una escuela en el sector; fue así como nuestra institución tuvo su primer nombre Colegio María Teresa Rosales, desempeñándose en los cargos de Directora y Secretaria las señoras: Idalides Pinto y Rosalba Isaza. En el año de 1988 hace presencia en las comunidades “Plan Padrinos Internacional”, apoyando a los grupos de Educación en estos barrios. Para el año 1990, el Colegio es llamado José María Córdoba, dirigido por Félix Alberto Forero Herrera y ejerciendo las funciones de Secretaria, la Señora Glaumiris Lara Rodríguez. Debido al aumento de la población estudiantil y el reconocimiento ante la comunidad, el colegio se reestructura, recibiendo un nuevo nombre: Unidad Social Educativa “Descubrir”. Para 1994 y ejerciendo en el cargo de Director Fidel Jiménez García, se gestionó el proceso de oficialización del servicio educativo, al oficializarse la institución recibe un cambio en la razón social, recibiendo el nombre de Institución educativa distrital # 206, asumiendo el cargo de Director el Señor Gustavo Bustos Sánchez.

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Actualmente el Magister Gustavo Bustos Sánchez sigue desempeñándose como Rector y gracias a su capacidad de liderazgo, ha logrado posesionarse en un lugar privilegiado en el sur – occidente de Barranquilla, manteniendo una cobertura de 1.400 estudiantes y una planta docente conformada por 40 docentes; En el Cargo de Coordinadora está la Ingeniera Especialista Iliana Carriazo Julio y como Coordinadora (E) Zoraida Ahumada de Aguirre. Contamos con servicio de Orientación y Consejería liderado por Nancy Esther Llanos Delgado, una Técnica operativa Edilsa De la Hoz Blanco y una planta de servicios generales conformada por 2 celadores y 4 aseadoras. Ofrecemos los servicios de merienda, sala de informática, psicorientación y convenios con el Sena para la Media Técnica. En Marzo del 2011, el Rector Gustavo Bustos Sánchez gestionó para que la Institución se incluyera en el programa “Plan Alcalde” de Alex Char y hasta el momento seguimos en el proceso de construcción de las instalaciones de nuestra institución. Esta nueva etapa en nuestro Colegio visiona una reestructuración en la planta física, esperando lograr el proyecto para consolidar una biblioteca, laboratorio de química y física, aula especializada para idiomas y un comedor estudiantil. Nuestra comunidad educativa ha empezado a definir los diferentes procedimientos, gracias a los diversos equipos de gestión, esto con el fin de garantizar nuestros procesos de mejoramiento en la calidad. Actualmente contamos con los Planes de Mejora Continua que busca encaminar nuestra Institución a la calidad en el servicio educativo. Artículo 3. Ubicación Geográfica El Colegio Distrital Los Rosales, cuenta con dos sedes, ubicadas: SEDE N° 1: Calle 98D N° 9J – 23 SEDE N° 2: Cra 9J N° 98B - 40 Artículo 4. Aspectos Generales NIT 900077815-1 CÓDIGO IFCES: 107279 DANE SEDE N° 1: 308001018358 DANE SEDE N°2: 108001079102 MODALIDAD: Académico LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: N° 0438 marzo 28 de 2003 NATURALEZA: Oficial CARÁCTER: Mixto JORNADA: Diurna NIVELES: Preescolar, Básica primaria, Secundaria y Media CALENDARIO: A CONVENIO SENA: Mantenimiento de Hardware Técnico en ventas y servicios

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UNALE: Suroccidente Artículo 5. Horizonte Institucional El Colegio Distrital Los Rosales, acogiéndose a toda la normatividad vigente, planteó junto con la comunidad educativa un proceso a través del cual la institución pudiera definir todo su direccionamiento estratégico, proponiendo y dando respuesta a los siguientes interrogantes:  ¿Cuál es la Institución con la que soñamos?  ¿Qué implica la realización de este sueño?  ¿Qué voy a hacer para lograrlo? Al dar respuesta, logramos determinar cada elemento fundamental del quehacer educativo, que permite la integralidad y articulación de todos nuestros proyectos con el modelo pedagógico definido que es el “SOCIO-CRÍTICO” unido a las Experiencias Significativas. Estos son los elementos fundamentales: I. Visión El Colegio Distrital Los Rosales espera consolidarse en el año 2015 como una Institución Educativa con liderazgo en el Suroccidente de Barranquilla, por sus procesos de formación integral con énfasis en valores y con un alto nivel de aceptación y reconocimiento comunitario por sus resultados en pruebas internas y externas a través de un direccionamiento estratégico e innovaciones pedagógicas y tecnológicas que le permitan posesionarse en el contexto local, regional y nacional. II. Misión Somos una Institución Educativa de carácter oficial que orienta procesos de formación integral en niños, niñas y jóvenes del suroccidente del Distrito de Barranquilla en los niveles de Preescolar, Básica y Media, desarrollando las competencias ciudadanas, laborales y académicas, fortaleciendo los valores como el Respeto, Solidaridad, Amor y Responsabilidad que son las bases necesarias para su desempeño en la sociedad en el ámbito local, regional y nacional. III. Valores y Principios Institucionales El colegio Distrital Los Rosales es una institución que ofrece sus servicios en la modalidad académica orientada y regida por profesionales del sector educativo oficial con formación axiología y experiencia académica demostrada en su desempeño con rigor científico y pedagógico, que centra la labor educativa en una convivencia social del respeto y admiración por los demás dentro de parámetros de libertad, justicia, fraternidad, democracia, compromiso, trabajo en equipo, participación, autonomía y servicio a la comunidad, para responder con optimismo humano a lo que el mundo de hoy está exigiendo. La caracterización de la vivencia de la comunidad educativa, está enmarcada en: a) Valores de la Organización  Liderazgo ante la calidad

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Ética y transformación Compromiso

b)    

Valores de las Personas Amor Responsabilidad Respeto Solidaridad

c) Valores de los Resultados y el Servicio  Mejoramiento Continuo  Innovación d) Principios Institucionales Dentro de los parámetros propios del entorno a la ubicación del colegio en el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I), se han determinado que los principios que deben direccionar nuestra querida institución son los siguientes:  La institución tiene como principios la búsqueda de la moral, la ética, la justicia la paz y la convivencia.  Establecer un proyecto educativo que permita desarrollar en los estudiantes una clara concepción de valores, de tal manera que sean adoptados como una forma de vida como herramientas para salir adelante en la vida diaria sin menoscabo de los derechos del otro.  Formar personas autónomas con vocación de servicios, respetuoso por la dignidad humana y constructores de una sociedad libre y tolerante.  Despertar interés por el análisis y la investigación del conocimiento científico y tecnológico como medio para valorar la naturaleza y la persona humana, colocando la formación académica al servicio de la comunidad.  Formar ciudadanos responsables, respetuoso de la vida, de los derechos humanos los principios democráticos, con una limpia atracción dentro de un marco ético y jurídico, que les permita el ejercicio de la tolerancia, el respecto y la libertad.  Fomentar el conocimiento y reconocimiento de los valores culturales propios de la región y de otra regiones de tal forma que todos los que hacen parte de la comunidad educativa, los acepten, los respeten y los promuevan. Estos Principios y Valores, al igual que el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I), transforman el quehacer educativo, porque articulan la participación, la investigación, las acciones teórica-practica, el sentir del contexto, el pasado, el presente y el futuro de la Institución, buscando conocer, mediante investigación realizada, los intereses, las necesidades e identidad de la comunidad y contribuir de esta manera, en la búsqueda de soluciones a los problemas que afectan la educación, para así lograr en los educandos una verdadera formación integral.

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Artículo 6. Símbolos Institucionales I.

Bandera Símbolo distintivo de toda la Institución Educativa. La bandera del Colegio Distrital Los Rosales presenta dos colores: Azul y blanco.  El Azul: simboliza la riqueza fluvial de la costa atlántica gracias a los tajamares de bocas de ceniza.  El Blanco: simboliza la paz que todos anhelamos en Colombia y la pureza de corazón de los niños, niñas y jóvenes de este país y en especial el de los estudiantes Rosalistas.

II.

Escudo Enmarcado en sus laterales por las banderas de Colombia y Barranquilla porque hacemos parte integral de estos entes territoriales. En el centro resaltado en los colores primarios se destacan las palabras Educación, Cultura y orden como ejes fundamentales de los procesos formativos inmersos en el color blanco que simboliza la paz necesaria en el país y por consiguiente en nuestra institución.

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III.

Lema Institucional

“Fortaleciendo valores construimos excelencia”

IV.

Himno (Letra y Música Lic. Jorge Eliecer Cassiani Borelly) I Vamos adelante vamos a estudiar, presente y futuro debo preparar. Una nueva meta se puede alcanzar, juntos el camino hay que edificar.

III La ciencia y el arte, amor y comprensión, sana convivencia, respeto y valor. Hermosos pilares de la formación, y el conocimiento que adquiriendo estoy.

II C.e.b. comunitario es nuestra razón, ha sido el esfuerzo, motor y corazón. Ahora nuestro sueño hecho realidad, llena de esperanza a la sociedad.

IV Me siento orgulloso se llena mi ser, porque pertenezco al 206. Frutos positivos se cosecharán, más generaciones sabias crecerán.

Coro Ahora que soy parte integral de la institución, voy a luchar para triunfar puedo ser mejor (bis)

Coro Ahora que soy…

Artículo 7. Objetivos del Manual de Convivencia Fortalecer en la comunidad educativa el compromiso hacia una convivencia pacífica, formativa y tolerante que promueva la valoración personal mediante el reconocimiento y el ejercicio de sus derechos y deberes. II. Propiciar canales de comunicación entre la comunidad educativa, con el fin de garantizar que se tenga claridad sobre las pautas de comportamiento que permiten una sana convivencia en el marco de los derechos y deberes que tenemos como seres humanos, promoviendo el desarrollo y la práctica de los valores que orientan el quehacer institucional. III. Reglamentar el funcionamiento del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. IV. Organizar, Socializar, y vivenciar, la participación de estudiantes, padres o acudientes, docentes y directivos en el gobierno escolar, para posibilitar: I.

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o El compromiso y la participación responsable y activa de todos los estamentos de la comunidad educativa. o La vivencia de los principios y valores establecidos en nuestra institución. 2.

CAPÍTULO II – DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 8. Condiciones para ser Estudiante Rosalista El educando que ingresa al Colegio Distrital los Rosales, debe: I. Conocer, aceptar y vivenciar la filosofía institucional, el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I) y el Manual de Convivencia. II. Estar respaldado por sus padres, un acudiente o un tutor, con condiciones éticas, morales, socio afectivas y de responsabilidad, para ser su acudiente en las situaciones que lo requieran y/o cuando la Institución lo solicite. III. Ser responsable del cumplimiento de todos sus deberes, comprometiéndose a cumplir con las tareas encomendadas y a conocer, asumir y aceptar las consecuencias de sus actos. IV. Sobresalir en los valores: Responsabilidad, Respeto, Solidaridad, Honestidad, Liderazgo, Tolerancia, Amor por la vida y la naturaleza, Sentido de pertenencia por la institución, la ciudad, el departamento y su nación. V. Ser persona con capacidad crítica, analítica y propositiva, frente a los problemas o situaciones que se presenten. VI. Haber alcanzado todos los logros previstos en el grado inmediatamente anterior al que aspira. VII. Con la solicitud de matrícula, demostrar su pleno interés y compromiso de hacer parte de la comunidad educativa del Colegio Distrital Los Rosales y aceptar todas las exigencias que ésto plantea. VIII. Para estudiantes nuevos: 1. Adelantar todo el proceso de admisión: si está en otra institución, apartar el cupo para el Colegio Distrital Los Rosales, pedir el traslado. 2. Si el estudiante es para transición, esperar la apertura de las inscripciones para solicitar cupo. 3. Presentar toda la documentación reglamentaria exigida por la Institución: 4. Registro Civil con el correspondiente NIP o NUIP 5. Tarjeta de Identidad para los estudiantes con una edad superior a los 7 años de edad. 6. Boletín final de notas (sin logros pendientes) 7. Certificados de estudios de los años cursados y aprobados, en los que no aparezcan compromisos pendientes. 8. Constancia de buen comportamiento escolar expedida por las directivas de la Institución. 9. Certificado de Familias en Acción si está vinculado. 10. Copia del Carnet de Vinculación a SISBEN o a la EPS a la que pertenezcan. 11. Constancia de Hemoclasificación

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IX. X.

Para legalizar la matrícula debe estar firmada por el estudiante y acudientes, y realizarla dentro de las fechas programadas por el plantel. Edad cronológica cumplida para los Niveles educativos 1. Preescolar Nuestra institución cuenta con el grado de transición (5 o 6 años de edad). Forma los aspectos biológicos, cognitivo, psicomotriz y socio afectivo. 2. Básica i) Básica primaria Comprende 5 grados (primero a quinto), desde los 7 hasta los 11 años de edad. Desarrolla habilidades comunicativas, conocimientos matemáticos, formación artística y en valores, comprensión del medio físico, social y cultural, entre otras. ii) Básica secundaria Comprende 4 grados (de sexto a noveno), desde los 12 hasta los 15 años de edad. Fomenta el desarrollo del razonamiento lógico, el conocimiento científico de las ciencias, la historia y el universo, el desarrollo del sentido crítico, entre otros. 3. Media Comprende 2 grados (décimo y once), 16 y 17 años de edad. Fomenta la comprensión de ideas y valores universales y la preparación para la formación superior y para el trabajo, mediante sus dos modalidades técnica y académica.

XI.

Definiciones Y Plazos 1. Matrícula Ordinaria: Es aquella que se realiza en el tiempo estipulado por la Secretaría de Educación Distrital y acatada por la institución y hasta (1) mes calendario después de iniciadas las clases. 2. Matrícula Extraordinaria: Es aquella que se realiza después del mes calendario de la iniciación de clase y que debe ser autorizada por la Secretaría de Educación Distrital o el Concejo Directivo.

Parágrafo 1: Ningún aspirante a ser Matrículado como estudiante del colegio, podrá ser autorizado para asistir regularmente a clase sin haber realizado el lleno del total de los requisitos de Matrícula Académica. Parágrafo 2: Al legalizar la Matrícula tanto el padre o acudiente, como el estudiante aceptan cumplir todos y cada uno los compromisos determinados en el manual de convivencia y aceptar las disposiciones que en él se consagran de igual manera se compromete con el cumplimiento del proyecto educativo institucional y las obligaciones que éste genere. XII. Expedición de Paz y Salvo, Certificados y Constancia: Para tal efecto el estudiante debe estar a paz y salvo con la Matrícula Académica, aspectos económicos y otras obligaciones contraídas con la institución, contemplados en el manual de convivencia (daños en planta física, muebles y enseres). Debe hacer previa solicitud, y se entregará en dos días. Cuando requiera certificados de notas,

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cancelará en el banco el valor respectivo, reportará el recibo de consignación ante la secretaría del colegio y en ocho días hábiles se realizará la respectiva entrega. XIII. Cancelación de la Matrícula: la cancelación de la Matrícula termina con el contrato de cooperación mutua contraído con la vinculación a la institución y ésta se hará por voluntad de los padres. 1. Exclusión determinada por el comité disciplinario, consejo académico o consejo directivo o por órganos de dirección. 2. Cuando el estudiante faltare al 25% o más de las clases programadas o dejare de asistir por más de quince días efectivos de clases y que incluyan actividades institucionales en forma consecutiva sin causa justificada oportunamente. Artículo 9. Derechos de los estudiantes Los estudiantes del Colegio Distrital Los Rosales, tienen todos los derechos establecidos en la Constitución Nacional, Código de la infancia y la adolescencia, en la Ley General de Educación y demás normas concordantes. Nosotros como Institución promovemos para que ellos participen en la elaboración, ejecución, control y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI). Aquí se describen los correspondientes Derechos a los estudiantes, los cuales se pueden ejercer directamente o a través de su representante legal (Padres de familia y/o acudiente): I. En el aspecto Formativo 1. Recibir, conocer, respetar y dar operatividad al Manual de Convivencia de la institución, una vez esté aprobado por el Consejo Directivo. 2. Ser considerado y tratado como persona, sin distinción de raza, color, sexo, opinión, nacionalidad, posición económica u otra condición. (Art. 6º. 375 de 1997). por toda la comunidad educativa (padres de familia, directivos, profesores, compañeros, empleados de administración y de servicios generales). 3. Recibir la Formación integral, teniendo en cuenta los principios y valores definidos para la comunidad educativa. 4. Disfrutar de un ambiente sano, contribuyendo a la formación integral, ayudando a mantener el equilibrio ecológico y a mejorar la calidad de vida (Constitución Nacional, Arts. 67, 69, Ley 115 de 1994, Art. 14, literal c; Dto. 1860 de 1994, Art. 17, numeral 3). 5. Acudir al conducto regular para proponer y/o resolver sus inquietudes y contar con el debido proceso, cuando se le responsabilice de una falta (disciplina, conducta o de índole académica). 6. Disfrutar de los espacios locativos en el desarrollo de actividades pedagógicas y comunitarias (Ley 115 de 1994, Arts. 32, 73, 87; Dto. 1860 de 1994, Art. 17). 7. Participar activamente en su proceso educativo y democrático: académico, cultural, cívico, convivencial, social, religioso y/o deportivo.

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8. A que se le respeten las diferencias individuales, ser escuchado, elegir, mediar y decidir en las diferentes situaciones que se presentan en el proceso de aprendizaje y/o de desarrollo físico. 9. Conocer, ser atendidos debidamente y emplear los servicios prestados por el personal docente, directivo-docente y administrativo, dentro del horario establecido para la jornada escolar. 10. Recibir y obtener constancias y certificados de estudios, de acuerdo con las normas fijadas por la Institución y el Ministerio de Educación Nacional. 11. Recibir y utilizar oportunamente y dentro de la jornada escolar, los servicios de Psicoorientación, los libros que se le presta a los estudiantes del programa PNLEE, Sala de informática, Servicio de Merienda para los estudiantes de primaria patrocinado por la Alcaldía. 12. Promover y participar en todos los programas institucionales que propicien el bienestar y el crecimiento personal de los estudiantes. 13. En caso de enfermedad, disponer del tiempo de incapacidad para su recuperación y obtener permiso para atender calamidad doméstica grave. 14. Recibir el carnet estudiantil, que le permita identificarse en cualquier lugar como miembro de la Institución. 15. Proyectar su imagen personal y social como miembro de la Institución, respetando la establecida en el Manual de Convivencia. 16. Recibir las clases, los servicio como tienda escolar y demás, en condiciones de higiene, salubridad y seguridad que garanticen al máximo la preservación de su integridad. 17. Disfrutar del descanso, en los diferentes espacios escolares de acuerdo al calendario A (recreación razonable y del período de vacaciones). 18. A que se le respeten los bienes, implementos y pertenencias para su trabajo escolar. 19. Ser respetado en sus ideas y creencias, siempre y cuando su expresión, no atente contra el conjunto de principios y valores que orientan al plantel y que se declaran asumidos con el hecho de la matrícula. 20. Presentar en el Buzón de Sugerencias o ante la oficina administrativa solicitudes o reclamos respetuosos una vez se considere afectado en el ejercicio de sus derechos y obtener respuesta formal a los mismos. 21. Después de haber seguido los conductos regulares en la Institución y agotado este recurso, acudir formalmente ante el Consejo Directivo del Plantel. 22. Ser guiado por docentes que cumplan a cabalidad con sus deberes profesionales, la filosofía del Colegio y los principios y valores planteados en el “Proyecto Educativo Institucional” (PEI). 23. Contar con la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opinión, utilizando los medios de comunicación que el Colegio tiene establecidos (carteleras, Facebook del colegio, entre otros). Su participación debe hacerse respetuosamente, enmarcado dentro de la política del colegio, teniendo en cuenta para ello los derechos que tienen las personas y la institución.

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24. Acudir a Psicoorientación en busca de la orientación necesaria para su crecimiento integral, teniendo en consideración que estos servicios son de naturaleza escolar y que el estudiante y su núcleo familiar pueden ser remitidos a profesionales externos en caso de requerir atención personalizada. 25. Ser respetado en su intimidad personal y familiar, respecto a la información personal que de él tenga la Institución, sujeta al secreto profesional (Art. 15 de la Constitución Nacional). II. En el aspecto Académico 1. El proceso formativo, debe estar encaminado al desarrollo de las capacidades físicas, de análisis y demás habilidades intelectuales y a ser personas críticas, sociales, propositivas y proactivas. 2. Solicitar la aclaración en los temas de clase y evaluaciones, siempre y cuando el estudiante tenga interés y lo haga respetuosamente. 3. Recibir en forma oportuna y veraz, información sobre todo lo relacionado con el proyecto educativo institucional, de sus estrategias, planes, acuerdos y decisiones tomadas por la autoridad competente, con el fin de ser formados de acuerdo a la normatividad. 4. Recibir educación integral conforme a los principios, objetivos, perfil del estudiante, y en general el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del Colegio. 5. Conocer los programas y objetivos para cada asignatura, así como propósitos y las acciones reflexivas para la evaluación de su rendimiento escolar. 6. Contar con una distribución adecuada y graduada de trabajos, tareas, talleres y evaluaciones. 7. Ser evaluado integralmente de acuerdo con los criterios establecidos por la legislación vigente y la normatividad interna del Colegio. 8. Solicitar que se le respeten los resultados académicos ya obtenidos, sin que se le afecten por faltas a este Manual. 9. Conocer previamente las formas de evaluación para cada una de las actividades y propósitos establecidos. 10. Conocer oportunamente los resultados de las evaluaciones, trabajos escolares y procesos de aprendizaje, antes de ser registrados definitivamente. 11. Recibir de manera puntual y completa las clases, de acuerdo con las áreas del currículo y a la intensidad horaria del plan de estudios adoptados por la Institución. 12. Realizar las evaluaciones sin presentar cuando se haya aceptado la excusa correspondiente, para ello dispondrá de tres días hábiles después de su reintegro normal a clase, se tendrá en cuenta la ausencia sólo por incapacidad médica o calamidad doméstica comprobada, de lo contrario quedará bajo la responsabilidad del padre o acudiente. 13. Presentar excusas por ausencia o faltas temporales a la institución, por escrito. La ausencia por más de cinco días hábiles, sin causa justificada se considera Situaciones Tipo II siempre y cuando no se trate de desaparición forzosa.

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14. Continuar los estudios en el plantel, siempre y cuando cumpla con las normas estipuladas en el presente Manual de Convivencia. 15. Conocer las anotaciones que sobre su desempeño se consignen en el Reporte de Evaluación, el observador del alumno o el libro de actas y en caso de desacuerdo, pronunciarse razonablemente y por escrito sobre las mismas. 16. Recibir por parte de la institución, las comunicaciones e informes oportunamente. 17. Disponer de los útiles y materiales necesarios para su proceso de desarrollo. 18. Ser asesorado por los docentes en la ejecución de las actividades curriculares dentro de la jornada escolar. 19. Solicitar a los profesores las orientaciones necesarias para superar las dificultades que se le puedan presentar en cada una de las asignaturas. 20. Presentar reclamación por escrito ante la Coordinación Académica de una forma respetuosa, en caso de presentarse error en el boletín académico. 21. Realizar actividades complementarias que permitan alcanzar los propósitos pendientes, en las fechas asignadas para tal fin. III.En el aspecto Participativo 1. Formar parte del Gobierno Escolar, con derecho a elegir y ser elegidos (as), asumiendo con responsabilidad su liderazgo de acuerdo con lo establecido en el PEI, siempre y cuando se cumpla con las normas de comportamiento de este Manual y con los requisitos definidos por el Comité o Consejo Electoral, para:  Representante de los estudiantes al Consejo Directivo (Art. 143, Ley 115 de 1994).  Personero (a) de los estudiantes (Art. 28 Dec. 1860 de 1994).  Al Consejo Estudiantil (Art. 29, Dec. 1860 de 1994).  Representante de Grupo y/o Monitor de Grupo. Nota: Sólo podrán aspirar a elecciones o designaciones para tales estamentos los estudiantes que demuestren excelente comportamiento social y disciplinario, buen rendimiento académico, buenas relaciones interpersonales y poseer capacidad de liderazgo. 2. Participar en la evaluación sobre la calidad educativa del colegio, aportando sugerencias respetuosas para mejorar el servicio, entregando en el buzón de sugerencias, al director de curso y/o su representante estudiantil sus aportes. 3. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI), teniendo en cuenta los mecanismos que se estipulen para su desarrollo. 4. Participar activa y responsablemente en el programa de prevención y manejo de emergencias. 5. Promover y participar activamente en los diferentes proyectos institucionales, manifestando sus inquietudes, observaciones o iniciativas frente a los mismos.

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6.

Participar en todas las actividades programadas, de acuerdo con las indicaciones impartidas por los docentes o el personal de apoyo del plantel, acatando las normas requerida según este Manual. 7. Aprovechar el apoyo del personero estudiantil, para presentar los planes y proyectos que tiendan a formar a los estudiantes en temas relacionados con sus derechos y deberes. 8. Recibir los estímulos y reconocimientos, a los que se haga merecedor, promovidos por la institución. 9. Participar en procesos de resolución de conflictos en pro de la convivencia pacífica. 10. Representar al Colegio en los eventos para los cuales sea elegido, considerando su buen desempeño académico y disciplinario. 11. Participar en todas las programaciones culturales, sociales, cívicas y deportivas organizadas por el colegio, conservando siempre un comportamiento respetuoso. 12. Participar en campañas que busquen el bienestar y superación estudiantil e institucional, mostrando siempre una actitud de compromiso, respeto y solidaridad. 13. Recibir solidaridad de los integrantes de la Comunidad Educativa en el momento requerido. Artículo 10. Deberes de los estudiantes Nuestra Institución desea inculcar en nuestros estudiantes lo importante que es cumplir con los valores y principios que nuestra institución pregona, resaltando el respeto, la honestidad, la ética, la responsabilidad y la lealtad hacia la institución, es por ello que los estudiantes deben cumplir de manera especial los siguientes aspectos o deberes: I.

En el aspecto General 1. Conocer, analizar y llevar a la práctica las normas y principios establecidos en el Manual de Convivencia de la Institución. 2. Tratar a todas las personas (directivos, profesores, compañeros, empleados administrativos y de servicios generales, padres de familia, visitantes del Colegio) con respeto y cortesía. 3. Respetar los derechos y la vida íntima de compañeros y demás miembros de la Comunidad Educativa. 4. Escuchar y atender de manera respetuosa las observaciones que hagan los Directivos docentes, directores de grupos, docentes y psicoorientación. 5. Al entrar a cualquier lugar de la Institución, saludar y dirigirse a las personas en forma respetuosa, solicitando permiso al entrar y salir del lugar y si la ocasión lo amerita pedir el favor y dar las gracias.

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6. Utilizar un lenguaje respetuoso dentro y fuera de la Institución, proyectando una buena imagen como estudiante Rosalista. 7. Al momento del conflicto y/o diferencias, solucionarlo a través del diálogo y conciliación. 8. Demostrar el Sentido de Pertenencia hacia la Institución, respetando: Nombre, Símbolos, Instalación Física, Paredes, Equipos, sillas, escritorios, mesas, Principios y Valores. 9. Cumplir con el Calendario académico asumiendo con responsabilidad las evaluaciones, informes, trabajos, talleres, consultas, exposiciones y otros. Evite las inasistencias prolongadas e injustificadas y en caso de ausencia de clases, presentar por escrito la excusa, comprometiéndose a colocarse al día en cuanto a actividades realizadas. 10. Participar activa y respetuosamente en todas las actividades que contribuyan al crecimiento personal, intelectual y humano. 11. En caso de tener celular, su uso debe ser restringido, apagándolo en horas de clases, izadas de banderas, actos cívicos o culturales; sin escuchar música con audífonos y/o con alto volumen. Al incumplir con el uso adecuado, éste se decomisará durante la jornada académica y será devuelto al finalizar la misma. Al presentarse reiteradamente la falta, se enviará citación al padre de familia o acudiente para hacer los respectivos compromisos. 12. Evitar en horas de clases, estar en la tienda escolar, sacando copias e ir repetidamente al baño. II. En el aspecto de Convivencia Buscando el bienestar de nuestra comunidad educativa y el perfil del estudiante Rosalista, hemos establecido una serie de pautas de convivencia que deben ser conocidas, comprendidas y vivenciadas por los estudiantes y padres de familia, con el fin de garantizar el compromiso que tienen con la institución y los procesos formativos que se siguen para generar armonía y tranquilidad en toda la comunidad. Dentro de los deberes que los estudiantes deben cumplir diariamente para contar con un ambiente adecuado y un sano afecto compartido con todos los miembros de la comunidad educativa, podemos establecer los siguientes: 1. Cuidar y proteger el medio ambiente escolar conservando las zonas verdes, los árboles y las diferentes condiciones que velan por la buena salud física, mental e interior de los miembros de la comunidad educativa. 2. Colaborar en la limpieza e higiene para la conservación de la Institución. 3. Evitar los Juegos que atenten con los espacios físicos en la institución o deterioren la presentación personal (uso inadecuado de: los baños, agua, meriendas, implementos de aseo). 4. Hacer uso adecuado de las canecas, (No dejar tirada basura en los diferentes espacios de la Institución). 5. Cuidar los elementos, muebles y enseres propios de la institución o de las personas que hacen parte de la comunidad educativa, en caso de destruirlos

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o extraviarlos, se sancionará la falta disciplinaria, comprometiendo al estudiante y acudiente a reparar el daño o a restituir el elemento de ser necesario. Si se siguen presentando este tipo de incidentes, se catalogará la falta como muy grave. 6. Informar o denunciar al estudiante que cometa un atentado o daño a un bien o a la parte física de la institución. 7. Cuidar los materiales utilizados para los procesos formativos: libros de apoyo en las diferentes asignaturas, mesas, sillas, computadores, sala de informática, laboratorio. En caso de daño los padres se harán cargo de los costos del arreglo. 8. Respetar el conducto regular y respetar las indicaciones o sugerencias que se den para el buen uso de los servicios que presta la institución. 9. Asumir con responsabilidad las consecuencias de sus actos, teniendo una actitud de escucha, conciliación y respeto. 10. Actuar respetuosamente y de manera responsable al utilizar los servicios que presta la institución (tienda escolar, oficinas, sala de profesores, sala de informática, laboratorio, muebles y materiales de trabajo), cuidando la integridad, seguridad y conservación de los mismos. En caso de ingresar a la sala de informática, laboratorio o tienda escolar, respetar el turno de los compañeros. 11. Responsabilizarse de los útiles y elementos personales de su propiedad, y en caso de que no les pertenezcan, ser solidarios a la hora de presentarse una eventualidad por el irrespeto que tengan otros compañeros hacia los útiles y elementos de un miembro de la comunidad educativa, reportando el hecho. 12. Asumir con responsabilidad las consecuencias de la pérdida de los objetos personales. 13. Al estar con el Uniforme debe portar siempre el carné estudiantil, en especial a la hora de ingresar a la institución o ir a representar el colegio. 14. Como estudiante de la institución debe garantizar un buen comportamiento dentro y fuera del plantel, evitando situaciones que perjudiquen el buen nombre de la institución. De presentarse esta situación, será considerada como una Situaciones Tipo II en especial cuando portan el Uniforme. 15. Todos los estudiantes deben dirigirse a su casa, una vez se termina la jornada escolar. A partir de ese momento los padres y/o acudientes, serán responsables de cualquier situación en la que ellos estén involucrados y de controlar el horario de sus hijos. 16. Entregar a los padres y/o acudientes las comunicaciones, citaciones o informes que la institución envíe. 17. Como miembro de la comunidad educativa se debe reportar a la institución cualquier situación inadecuada o mal comportamiento que tenga un estudiante y que desfavorezcan el buen nombre del colegio, como son expresiones y actitudes inapropiadas. 18. Abstenerse de pertenecer a pandillas o grupos delictivos que realicen acciones de intimidación a la comunidad educativa o actos que dañen el buen nombre de la institución.

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19. Velar porque la presentación personal sea adecuada, limpios, ordenados, pulcros, corte de cabello y peinado formal y en color natural. 20. Evitar utilizar apodos y burlas, saboteo y agresividad hacia cualquier persona que haga parte de la comunidad educativa, promoviendo el irrespeto y dañando las buenas relaciones. 21. Promover el valor de la honestidad al entregar en Coordinación u Oficina Administrativa cualquier objeto o elemento que sea encontrado. 22. Permanecer en los lugares donde se está desarrollando el proceso formativo o de descanso, según los horarios. Los estudiantes deben abstenerse de ir a su casa, pasar a la otra sede o los de Secundaria estar en la sección de transición y primaria y viceversa. 23. Al cambio de clases, preparar el material que le corresponde a la clase siguiente y evitar estar en los pasillos, tienda escolar, baño o con mal comportamiento. 24. Abstenerse de traer al colegio objetos de valor (celular, joyas, juguetes, portátiles, dinero, Tablet, audífonos, etc.), la Institución no responderá en caso de pérdida. Si utiliza el objeto para interferir con el trabajo académico, éste será decomisado y entregado solamente al padre de familia y/o acudiente mediante citación del docente y se hará un acta sobre el incidente y compromiso del estudiante por la falta cometida. 25. Durante las clases es indispensable el buen comportamiento y los buenos modales de los estudiantes, para garantizar el buen desarrollo de las actividades planeadas. 26. En caso de presentarse una situación de consumo, porte o comercio de sustancias psicoactivas, dar a conocer el hecho a la Coordinación, Rector o director de grupo. 27. Abstenerse de cometer fraude, violación de derecho de autor, suplantación o adulteración de tareas, exámenes y/o talleres. En caso de cometerse la falta, se consideraría grave. 28. Durante el descanso es indispensable que los estudiantes permanezcan fuera de los salones de clases y pasillos. Deben permanecer en los sitios autorizados para este horario. 29. Al consumir los alimentos en el horario autorizado, es importante que eviten botarlos o generen juegos bruscos que promuevan la intranquilidad y el desorden. 30. A la hora de utilizar los pasillos o las escaleras, camine conservando su derecha, evite correr o gritar. III. En el aspecto Académico 1. Se debe realizar de manera responsable, toda actividad programada en el calendario académico para el proceso formativo. 2. Permanecer en el aula de clase, según horarios establecidos, con disponibilidad de trabajar, sin interrumpir el desarrollo normal de las actividades.

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3. Ser partícipe de los procesos de convivencia, paz, compromiso social, tolerancia y justicia social, contribuyendo a su formación personal. 4. Llevar oportunamente, a los padres o acudientes, información que se les envíe por intermedio de citaciones, volantes, circulares, informes académicos. 5. Presentar sugerencias respetuosas sobre el mejoramiento o modificación del currículo, y de las diferentes actividades programadas. 6. Cumplir con los requisitos exigidos para promoverse a otro grado y participar activamente en el desarrollo a tiempo de las tareas, investigaciones, talleres y trabajos programados en el calendario académico. 7. Colaborar en el proceso de construcción del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y del ciclo de calidad que se debe cumplir (Planear, Hacer, Verificar, Actuar), a través de sus representantes. 8. Apoyar todos los procesos de Mejora continua que garanticen el bienestar y el crecimiento personal e institucional. 9. Programar y proveerse oportunamente de todos los elementos que se requieran para el normal desarrollo de actividades académicas, culturales, sociales y deportivas que se organizan en la institución. 10. Asistir puntual y responsablemente a las actividades extraescolares, dejando muy en alto el nombre de la Institución. 11. Respetar las opiniones y reflexiones de cualquier miembro de la comunidad educativa, velando por tener siempre una actitud de tolerancia. 12. Diligenciar adecuadamente los talleres y cuadernos de las asignaturas, teniendo en cuenta las instrucciones impartidas por el docente. 13. Evitar cometer actos fraudulentos como: sustraer, adulterar, falsificar o suplantar en cualquier evaluación, taller, trabajo, firmas de comunicados, observador del estudiante, correspondencia, etc. 14. El material de trabajo que la institución solicita, debe estar debidamente marcado y en el transcurso del año escolar, se debe mantener en excelentes condiciones. 15. Es indispensable que se tenga un buen desempeño académico y convivencial, para participar en las diferentes actividades programadas por la institución. 16. Para participar activamente en el proceso formativo, el estudiante debe asistir a la institución con todos sus elementos escolares desde el inicio de la jornada (libros, talleres, cuadernos, útiles, tareas, trabajos). 17. Ubicarse en el salón de clases en el puesto asignado por su director de grupo o docente. IV. En el aspecto de Higiene y Salud 1. Practicar diariamente hábitos de aseo e higiene para poder asistir a la Institución limpio y con buena presentación personal. 2. Presentarse a la Institución en condiciones de salud aceptable, si tienen alguna enfermedad ya sea infectocontagiosa o de otro tipo, se recomienda que sea evaluado por un médico y que regrese a la Institución una vez haya mejorado.

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3. Cuidar, proteger, conservando limpios y funcionales los espacios y medios de aprendizaje así como también los jardines y zonas verdes. 4. Utilizar adecuadamente los baños de la institución, en especial cuando satisfaga una necesidad fisiológica. 5. Afiliarse a un Sistema de Seguridad social en salud, para garantizar el cumplimiento de los deberes en temas relacionados con lo mismo. 6. Recibir las vacunas programadas por las autoridades de salud para promoción y prevención. 7. Proporcionar alimentos sanos en la tienda escolar, poniendo en práctica las normas de higiene. 8. Participar activamente en los programas de prevención y seguridad escolar. 9. Cumplir con las normas de prevención y seguridad establecidas en la institución, para las diferentes situaciones que puedan atentar contra la seguridad. 10. Para cumplir con los protocolos de seguridad, es indispensable que el estudiante asista a los laboratorios de química y biología con bata reglamentaria y tapabocas. 11. Abstenerse de portar objetos peligrosos que puedan atentar contra la integridad física de una persona o puedan causar intimidación. 12. Cuidar y velar por la conservación de los recursos naturales del medio: agua, plantas, árboles, entre otros, para evitar el deterioro del ambiente escolar. 13. Abstenerse de arrojar residuos sólidos en las redes de alcantarillado y aguas lluvias. 14. Evitar jugar, recargarse o sentarse en las barandas de los pasillos y/o realizar juegos bruscos en las escaleras. V. En el aspecto de Presentación Personal El uniforme se constituye la carta de presentación de nuestra Institución, nos da sentido de pertenencia, proporciona sentido de Igualdad entre los estudiantes y es compromiso de todos portarlo correctamente y con orgullo. Somos conscientes que nuestros estudiantes deben asumir el libre desarrollo de su personalidad y que deben tener manifestaciones que forman el carácter, pero es importante que éstas se den al momento de compartir los espacios familiares o en el tiempo libre por fuera del Colegio y sin estar portando el Uniforme de la Institución. Como institución establecemos pautas que posibilitan la sana convivencia, proyectando con el cumplimiento de las mismas, nuestra organización y todo un proceso educativo formal, así: 1. Conservar una excelente presentación e Higiene personal. Evite llevar el Uniforme roto, sucio, sin planchar; el jomper por encima de la rodilla o con dobladillos sujetados con grapas, ganchos o nodrizas al igual que los pantalones entubados. 2. El uso del uniforme es para todas las actividades académicas y cada vez que requiera entrar a la Institución en jornada diferente a la suya, o para cualquier trabajo académico. Deberá llevarse correctamente, tanto el de diario como el de educación física y según los días indicados.

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3. En caso de presentarse algún inconveniente de última hora con el uniforme, se recomienda que se utilice el contrario al obligatorio del día y deberá presentar una excusa escrita firmada por el padre de familia y/o acudiente. Si esta situación es reiterativa se le iniciará el debido proceso. 4. Los estudiantes varones deben estar afeitados, sin barba y sin bigote; el cabello lo deben traer corto y limpio, con su color natural, sin decorados o rapados o con líneas decorativas. Al usar la gomina deben evitarse peinados con figuras extravagantes que llamen la atención empleando escarcha o mirilla. 5. Las estudiantes deben traer el cabello aseado, bien peinado, sin tinturas y/o mechones, con su color natural. Podrán utilizar ganchos, balacas y /o moños de color azul, blanco, gris o negro. 6. El uso del esmalte en las uñas debe ser transparente o color pastel. 7. Abstenerse de usar maquillaje, joyas, manillas y accesorios que dañen la buena presentación del uniforme. 8. Evitar totalmente el uso de pearcing, micro poro en las orejas, cejas, pulseras y collares. Correas con hebillas grandes y de otro color diferente al negro. 9. Las estudiantes deben usar los aretes cortos y pequeños, de color blanco, negro o azul oscuro que combine con el uniforme. 10. El Uniforme de diario de los estudiantes varones es:  Camiseta de diario y camisilla: La camiseta de diario debe ser blanca de cuello camisero y bordes azules tanto en cuello como en puños, con el escudo. Se recomienda usar camisilla y ésta debe ser blanca sin adornos ni estampados.  Pantalón: debe ser clásico, de color azul oscuro, bota con doblez interno. La correa debe ser negra.  Zapatos para el Uniforme de diario: colegiales totalmente negros. 11. El Uniforme de diario de las estudiantes es:  Blusa de diario: debe ser blanca con cuello, la manga corta y con bies del color del jomper.  Ropa Interior: la ropa interior, top o camisilla debe ser blanca, sin adornos o estampados y a la hora de usar la blusa debe estar abotonada.  Jomper: debe ser debajo de la rodilla y el diseño según la muestra exhibida en la cartelera de la institución. Se recomienda que utilicen un short por debajo de la falda.  Zapatos para el Uniforme de diario: colegiales totalmente negros. 12. El Uniforme de educación física es:  Camiseta de educación física: debe ser blanca, con cuello en borde V azul oscuro, con el escudo de la institución a la izquierda.  Ropa Interior: la ropa interior, top (en caso de las niñas) o camisilla debe ser blanca, sin adornos o estampados.

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Sudadera: Azul oscuro con el distintivo de la institución en la pierna derecha  Zapatos: tenis totalmente blancos. 13. Medias: Para el uniforme de diario deben ser de color azul turquí y para el de educación física deben ser de color blanco, en los dos casos sin ser tobilleras. Para el caso de las niñas, estas deben ser Blancas y a media pierna. 14. Bata para laboratorio: Debe ser blanca y de carácter obligatorio para proteger el uniforme. 15. El personal Directivo Docente y los docentes, verificarán la excelente presentación personal del estudiante al portar adecuadamente el Uniforme. 16. La responsabilidad de que los estudiantes cumplan con portar adecuadamente el Uniforme de la Institución es de los Padres de Familia y/o acudientes. En caso de no cumplir con el reglamento de este Manual, deberán adquirir el uniforme en un período no superior a los quince (15) días hábiles. 17. El Uniforme de la “Promoción”, si fue aprobada por la Rectoría, será voluntaria y la portarán solamente los estudiantes que pertenezcan al grado undécimo, en el día que se establezca para cumplir adecuadamente con el reglamento convivencial. Este Uniforme debe armonizar con los colores institucionales. VI. En el aspecto de Asistencia Todos nuestros estudiantes deben asistir puntualmente a la Institución de acuerdo al horario que tiene establecido al momento de Matricularse, debe permanecer en todas las clases y participar en los actos cívicos que el colegio programa a menos que tenga excusa o permiso y de manera escrita.

NIVELES

PREESCOLAR MATINAL PREESCOLAR VESPERTINA PRIMARIA - MATINAL PRIMARIA - VESPERTINA SECUNDARIA Y MEDIA. MATINAL `METODOLOGIA FLEXIBLE (APRENDIZAJE BASICO – ACELERACIÓN) A CRECER

HORARIO DE LUNES A VIERNES HORA DE HORA DE ENTRADA SALIDA 7:30 a.m. 11:30 a.m.

7:00 a.m.

12:00 m.

6:30 a.m.

12:20 m.

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DE LUNES A VIERNES HORA DE HORA DE ENTRADA SALIDA 1:30 p.m.

5:30 p.m.

12:30 m.

5:30 p.m.

12:30 m.

5:30 p.m.

6:00 p.m.

9:00 p.m.


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Parágrafo1: El cierre de la puerta se hará 15 minutos después del inicio de clases (6:45 a.m. Jornada Matinal y 12:45 p.m. Jornada Vespertina, para el caso de Preescolar y Primaria Matinal el horario es 7:15 a.m. y Preescolar Vespertina 1:15 p.m.). El estudiante que llegue después de la hora estipulada, deberá justificar por escrito la causa de su retardo para iniciar la segunda hora de clase. (Esta justificación no tiene validez de excusa), en caso de asistir después de esta hora debe presentarse a la Coordinación para autorizar el ingreso. 1. Cuando el estudiante llegue tarde se le hará la anotación en el libro de seguimiento y cuando reincide por tres veces consecutivas se citará al padre o acudiente y se sancionará con rebaja en disciplina. La no asistencia a clase y/o demás actividades deberá ser justificada con una excusa escrita. 2. Al abandonar la Institución y/o el salón de clases se debe tener una justificación. Es su deber permanecer en la Institución en la jornada que se le asigne. Entrar y salir de la Institución en los horarios indicados y solamente por las porterías. 3. Solicitar permiso escrito al Coordinador respectivo cuando necesite ausentarse, dicha solicitud será escrita o firmada por los padres o acudientes o en su defecto presentar la respectiva citación medica si fuere el caso. 4. Justificar la ausencia a clases y llegadas tarde respaldada por la presencia de su acudiente y/o una certificación de la Entidad de Salud que lo atendió o por escrito si no fue causa de enfermedad, con la firma y cédula del acudiente. La inasistencia que no sea justificada será considerada una falta. 5. Cumplir con tareas, talleres y demás actividades desarrolladas en su ausencia (estar al día en sus trabajos), de no presentar su excusa todos los trabajos escritos o evaluaciones que se realicen en su ausencia se calificarán con una nota no superada. 6. Cumplir con el Uniforme que corresponde según el horario académico, de presentarse reiteradamente excusas por portar el uniforme contrario al que corresponde (más de 2 en el año), se llamará al acudiente para hacer la respectiva acta. 7. La impuntualidad en la semana (hasta 2 llegadas tarde) sin justificación, implicará la citación al acudiente para analizar las causas por las que se presenta el incumplimiento y firmar un compromiso de convivencia, para que no se siga presentando esta situación. 8. En caso de tener conocimiento que se ausentará por varios días, es indispensable que presente la excusa firmada por el acudiente con su cédula, explicando los motivos por los cuales no podrá asistir el estudiante, quien habrá acordado previamente con los docentes las fechas para cumplir las tareas, talleres, evaluaciones y trabajos, que se realizarán en ese tiempo. La excusa será presentada 24 horas antes, con los respectivos soportes, de lo contrario, se perderá el derecho a las consideraciones académicas correspondientes. 9. Cuando un estudiante se encuentra incapacitado y asiste a la Institución, se solicitará la presencia del acudiente, para que sea retirado y cumpla con el total de la incapacidad.

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10. Para retirarse del Colegio durante el horario de clases, se remitirá a la coordinación para explicar los motivos (enfermedad o llegada del período en caso de ser mujer), para que se deje por escrito en el acta los motivos por los que el estudiante se ausenta de la institución y la hora en la que salió. Si se logra evidenciar que el estudiante se encuentra muy enfermo, se llamará al padre de familia o acudiente para que lo busquen en el colegio. Si es un compromiso externo, el estudiante debe presentar una solicitud escrita por el acudiente justificando el permiso de salida (hora, fecha y persona autorizada para la salida con el estudiante). Parágrafo 2: Es obligación de los padres de familia reportar al colegio la causa de la inasistencia de su hijo(a). Si existen razones de índole familiar que le impidan al estudiante continuar su proceso formativo en la institución, el padre debe oficializar dicho retiro mediante carta, la cual radicará en la oficina administrativa de la Institución. Artículo 11. Conductas Inapropiadas en la Institución La comunidad educativa debe estar enfocada en el cumplimiento de los objetivos del PEI y en la Buena Convivencia en la Institución, por lo que es importante a la hora de desempeñar su Rol abstenerse de estar en situaciones que afectan la convivencia y que al ser Inapropiadas, son consideradas Tipo III: 1. Presentarse en la institución o en el desarrollo de actividades curriculares o extracurriculares bajo efectos de drogas o medicamentos no prescritos, bebidas alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o psicoactivas. 2. Negociar y/o portar fósforos, cigarrillos, encendedores, medicamentos no prescritos, bebidas alcohólicas dentro o fuera de la institución. 3. Negociar artículos (celulares, Ipod, CD´s, controles, etc.)o comestibles, textos o elementos didácticos. 4. Practicar apuestas o juegos de azar con carácter lucrativo dentro y fuera de la institución. 5. Provocar falsas alarmas que promuevan el pánico colectivo, como: estallar objetos, pequeños incendios, generar olores desagradables, soltar animales como sapos, ranas, etc. 6. Irrespetar la libertad de cultos, las creencias y/o prácticas religiosas, la raza o formación cultural de una persona. 7. Practicar el satanismo o espiritismo que atenten contra la dignidad humana y salud mental dentro y fuera de la Institución educativa. 8. Promover, divulgar o negociar libros, folletos, revistas, videos, cd’s que contengan pornografía. 9. Realizar expresiones escritas no autorizadas en las paredes, sillas, mesas, tableros y/o puertas de la Institución (dibujos, grafitis, mensajes). La sanción será independiente de la reparación. Esta falta será considerada muy grave si maneja términos irrespetuosos o amenazantes. 10. Traer juegos que no sean necesarios para el desarrollo de las actividades académicas como pistolas de juguetes, aparatos para hacer bombas de

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jabón, audífonos, juegos electrónicos, Nintendos, elementos de sonidos, cámaras de videos, grabadoras. 11. Realizar grabaciones de las instalaciones de la institución o con acciones indebidas, sin la debida autorización. 12. Usar el servicio de Internet en la Institución para fines diferente a las actividades académicas. 13. Manifestaciones de carácter amoroso que ocasionen distracción en el ambiente escolar o se conviertan en escandalo o mal ejemplo ante la comunidad. 14. Traer elementos como balones, patines, pelotas, caucheras o de otra índole que ocasionen riesgo o violencia en la institución. 15. Jugar en las aulas, pasillos, escaleras o baños con elementos (botellas, basuras, piedras, balones, chicles, jabón) que puedan lastimar, incomodar o poner en riesgo a las demás personas. 16. Causar daño o esconder de forma premeditada los bienes del colegio o elementos de los compañeros y/o docentes. 17. Permanecer fuera de las aulas en horas de clases, sin previa autorización, en especial al acercarse a la tienda escolar en un horario diferente al de descanso. 18. Llegar reiteradamente tarde al colegio, presentándose después del inicio de la jornada académica y teniendo más de un llamado de atención por ese hecho. 19. Salir o entrar a la Institución por lugares diferente a la puerta de acceso durante la jornada escolar. La gravedad de la falta eximirá a la institución de cualquier responsabilidad. 20. Salir o entrar a la institución durante las jornadas escolares o extracurriculares sin previa autorización. 21. Subirse a los árboles, paredes, balcones, placas, techos o rejas de la institución por diversión, poniendo en riesgo su vida o la de cualquier miembro de la comunidad. 22. Abstenerse de consumir alimentos en las horas de clases, y en especial dentro de las aulas. 23. Hacer uso inapropiado del celular o cualquier elemento electrónico en horas de clases, ocasionando desorden y desobediencia ante las indicaciones que da el docente. 24. Firmar documentos por su padre y/o acudiente o utilizar el carnet de otra persona ocasionando suplantación. 25. Evitar dejar materiales o tareas que debió haber tenido preparado para traer al colegio, ocasionando que sea recibido en la puerta en la jornada escolar o pedir permiso para ir a buscarlos. 26. Abstenerse de hacer actividades que sean para recaudar dinero sin previa autorización de las Directivas de la Institución. 27. Abstenerse de celebrar cumpleaños dentro y fuera de la Institución, con el Uniforme, utilizando harina, huevo, tierra, bombas de agua y/o tinta, atentando contra la integridad física y emocional de la persona y de los miembros de la comunidad.

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28. Ingresar a la Institución con sustancias inflamables (aerosoles, desodorantes, perfumes), elementos con pólvora o elementos corto punzantes que perturben la tranquilidad y puedan atentar contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad educativa. 29. Ingresar a la institución con mascotas (gatos, perros, etc.) sin previa autorización, afectando la normalidad académica. 30. Abstenerse de hacer juegos que atenten contra la integridad física y emocional de los estudiantes. Parágrafo 1: Cuando se cometa cualquiera de las anteriores actividades y ésta no afecta directamente la seguridad, integridad física o mental de cualquier miembro de la comunidad, se considerará leve la primera vez. Parágrafo 2: Al realizar acciones por Internet en sitio diferente a las instalaciones del colegio, se debe recurrir a las autoridades competentes para que realicen la debida investigación. Si se diera dentro de las Instalaciones, se desarrollará la investigación de este orden. Parágrafo 3: La Institución no se hace responsable por la pérdida o daño de elementos personales de los estudiantes y que previamente se ha recomendado que no se traigan al colegio o a las aulas. Artículo 12. Uso de Transporte cuando sea necesario Cuando se hacen actividades extracurriculares o que amerita el uso de transporte para los estudiantes, se debe considerar como un espacio formativo en donde prime la armonía y la sana convivencia, por lo que el estudiante debe: 1. Tener un comportamiento adecuado, respetando a las personas que estén a cargo a la hora de acompañarlos en la actividad. En caso de presentarse una actitud de irrespeto, el estudiante será citado ante la coordinación y deberá traer al padre y/o acudiente al siguiente día. 2. Al estar en las actividades y se dé la instrucción de desplazarse al bus, el estudiante debe abordar el vehículo de manera inmediata. Si el estudiante desea retirarse de la actividad deberá hacerlo con previa autorización del Colegio y/o acompañado del padre de familia y/o acudiente. 3. Para abordar o descender del bus, debe portar correctamente el Uniforme, recordando que están representando a la Institución. 4. Abstenerse de salirse de la actividad programada para comprar alimentos y/o artículos, poniendo en riesgo su vida o exponiéndose de quedarse a la hora de abordar el transporte. 5. Saludar a la hora de abordar y bajarse del bus. 6. Abstenerse de levantarse del puesto hasta que se haya llegado al sitio programado o paradero. 7. Al abrir la ventana hacerlo de forma prudente, evitando sacar parte de su cuerpo o arrojar elementos. 8. Conservar la voz baja para evitar molestias y/ o ruido, utilizando un vocabulario respetuoso.

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9. Abstenerse de consumir alimentos en el bus y de botar papeles, bolsas o envases en el piso. 10. Presentarse cumplidamente a la hora estipulada para abordar el bus en el punto de encuentro previamente establecido. 11. Dar uso adecuado de los asientos y demás elementos del vehículo (ventanas, interruptores, canecas, etc.) y responder por los daños causados. 12. Los estudiantes serán dejados en el sitio autorizado o previamente establecido en la institución y los padres de familia. Para los estudiantes de grados inferiores, serán entregados a una persona adulta autorizada. 13. Abstenerse de demostraciones amorosas al momento de abordar el bus y durante el viaje. 14. Acatar y respetar todas las recomendaciones sobre comportamiento y seguridad, de las personas a cargo de acompañarlos durante la actividad. Parágrafo 1: el incumplimiento del uso adecuado del transporte, acarreará las siguientes sanciones:  Llamado de atención por parte del docente y/o Coordinador de la Institución.  Acta con la respectiva sanción  Citación e Información del padre de Familia y/o acudiente. Artículo 13. Uso del Laboratorio 1. Ingresar al laboratorio sólo cuando sea autorizado por las personas competentes. 2. Todo elemento que sea estropeado o extraviado debe ser restituido. 3. Todo estudiante debe observar las normas de seguridad y responsabilidad que requiere la participación en cualquier actividad desarrollada en el laboratorio. 4. Conocer y respetar las normas establecidas para la conservación y utilización de este lugar. Artículo 14. Uso del Patio 1. Permanecer durante los descansos y el tiempo libre, manteniendo el orden, la tranquilidad y los buenos modales, propios de la sana convivencia. 2. Depositar la basura en los recipientes destinados según las indicaciones reciclables, no reciclables. 3. Evitar juegos bruscos y arrojar elementos de los pisos altos. 4. Atender oportunamente los toques de los timbres y desplazarse con precaución. Artículo 15. Uso de la Sala de Informática 1. Cuidar los computadores y demás objetos. 2. Utilizar los equipos sólo cuando hayan recibido la asesoría pertinente. 3. Abstenerse de consumir alimentos en la Sala de Informática y cerca de los equipos. 4. Al salir de la Sala, dejar los equipos debidamente apagados y cubiertos.

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5. Abstenerse de ingresar bolsos, morrales o mochilas. 6. La sala de Informática será un lugar libre de humo, por lo que se debe abstener de fumar cualquier persona que ingrese a ella. 7. Cualquier daño en los equipos debe ser informado inmediatamente al docente, Coordinador o al jefe de servicios generales y la reparación correrá por cuenta de quien lo haya ocasionado. 8. En la sala se realizarán las actividades orientadas por el docente o actividades exclusivamente académicas. 9. Abstenerse de utilizar el equipo y el internet para ingresar a páginas pornográficas. 10. Conocer y respetar las normas establecidas para la utilización de este lugar. Artículo 16. Descanso 1. Abstenerse de correr por los pasillos y escaleras, evitar carreras y juegos bruscos. 2. Salir del aula e Ingresar inmediatamente escuche el timbre que así lo indique. 3. Respetar las actividades realizadas por los demás. 4. Participar del descanso y juego sano y responsablemente, acorde con el espacio disponible. Artículo 17. Salidas Pedagógicas Las Salidas Pedagógicas son espacios pedagógicos brindados por la institución que se realizan por fuera del plantel educativo con el propósito de ampliar la formación integral de los estudiantes en determinada área, asignatura o proyecto pedagógico institucional. Para que los estudiantes puedan desplazarse a otros lugares fuera de la Institución a nivel municipal o departamental, deben cumplir algunos requisitos como son: 1. Presentación por escrito de un proyecto o plan de trabajo planteando la justificación de dicha salida pedagógica por la persona responsable o personas responsables (Docente o Directivo docente). 2. Permiso o autorización por escrito de los padres de familia o acudientes responsables de todos y cada uno de los y las estudiantes. 3. Fotocopia del seguro estudiantil ofrecido por la institución (si lo tiene) o en su defecto de la EPS o SISBEN ACTUALIZADO. 4. Si se requiere de transporte, nombre del conductor con su documento de identidad, Pase, al igual que la identificación completa del vehículo y un teléfono de contacto. 5. Documentos del vehículo exigidos por el Tránsito Municipal, Fotocopia del SOAT y Cédula de Ciudadanía entre otros. 6. Nombres y cargos de los acompañantes (educadores y padres de familia). 7. Al tener toda la información, el Colegio procederá a realizar el respectivo informe a la Dirección del Núcleo Educativo para el Visto Bueno (sin el Vo.Bo. no se autoriza ninguna salida).

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Artículo 18. Uso de la Tienda Escolar 1. Hacer las filas y respetar el turno. 2. Solicitar el servicio con respeto. 3. Hacer los reclamos y/o sugerencias en forma oportuna. 4. No engañar a los pequeños quitándoles el dinero o lo que hayan comprado. 5. Las ventas se harán estrictamente en los descansos y horas de entrada o salida de los estudiantes. 6. Queda prohibida la venta de chicle y de saborizadas congeladas. 7. No se podrá vender a los estudiantes en horas de clase. Salvo agua, útiles escolares, medicamentos y útiles de aseo. 8. Es indispensable la buena presentación de la persona que atienda y del lugar que ocupa. 9. Se debe revisar la fecha de vencimiento de los productos. 10. Se debe dar un trato respetuoso a los usuarios del servicio. 11. Cumplir estrictamente con lo pactado en el contrato de arrendamiento. 12. No se deben sustraer los productos ni estafar o engañar al encargado de la tienda quien es merecedor de respeto y buen trato. 13. Se debe depositar las basura dentro de los recipientes ubicados cerca o en el lugar 14. Acatar las observaciones de los encargados de la disciplina y/o del profesor(a) encargado (a) en ese sitio. 15. Fijar la lista de precios en lugar visible. 16. Suspender las ventas al terminar el descanso. 17. Devolver los envases o colocarlos en el lugar indicado. Artículo 19. Complemento Alimenticio 1. Abstenerse de utilizar las merienda para juegos o bromas. 2. Las meriendas estatales se asignarán a los estudiantes de básica primaria. 3. Las meriendas deben ser entregadas en el salón antes de salir a descanso, para controlar el buen consumo. 4. Si un estudiante hace mal uso de las meriendas, habrá suspensión de los productos hasta por dos días. 5. Las meriendas entregadas por Bienestar Familiar se destinarán a la población en situación de desplazamiento forzado y si quedan disponibles, tendrán prioridad los estudiantes cuya situación económica lo amerite. Artículo 20. Restaurante Escolar 1. Dar un buen trato a las personas que atienden. 2. Organizarse en fila y respetar los turnos de los compañeros, evitando hacer desorden a la hora de comprar el desayuno o almuerzo. 3. Contribuir con el Aseo de la zona destinada como Restaurante Escolar, botando los sobrantes, plásticos, papeles y servilletas en las canecas dispuesta para tal efecto. 4. Abstenerse de desperdiciar los alimentos o utilizarlos para juegos o bromas.

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5. Mantener un ambiente agradable en el Restaurante, evitando los gritos, los juegos y el vocabulario soez. Artículo 21. Portería 1. Los estudiantes deben solicitar el ingreso o salida con el debido respeto. 2. Dar un trato cortés y respetuoso al encargado (a) para esta labor. 3. Respetar el turno de entrada o salida. 4. Los padres de familia sólo podrán ingresar en los horarios indicados por los docentes y/o directivos mediante cita previa. 5. La persona encargada de la portería, no dejará salir a los estudiantes en horas de clase sin presentar el permiso por escrito. 6. La persona encargada no podrá abandonar su puesto para hacer mandados o favores a estudiantes, salvo solicitud expresa de su jefe inmediato. 7. La persona encargada de la portería, deberá tener un vocabulario y trato respetuoso en todo momento. 8. Presentarse a su jornada laboral con el uniforme asignado y en su defecto, con ropa adecuada para su lugar de trabajo. Artículo 22. Oficinas Espacios reservados para los Directivos docentes, Técnicos o secretario(a), allí se debe: 1. Respetar el turno de ingreso y esperar a ser autorizado (a) para ingresar. 2. Dar y recibir un trato amable y cortés. 3. Evitar el Ingreso sin la debida autorización de la persona responsable. 4. La sala de espera es parte de las oficinas, los estudiantes no podrán ingresar y/o permanecer en ella sin el debido permiso. Artículo 23. Uso del Servicio de Baño 1. A los estudiantes sólo se les permitirá hacer uso de los mismos en los descansos, salvo en casos especiales. 2. Abstenerse en la entrada del baño de juegos, diálogos, reuniones y otras actividades diferentes al servicio al que están destinados. 3. Se debe dejar el sanitario limpio después de haberlos utilizado. 4. El papel higiénico y toallas higiénicas deben ser depositadas en las papeleras. 5. Abstenerse de escribir en las paredes, puertas y demás. 6. EI aseo general será función de las aseadoras. 7. Abstenerse de lavarse o mojarse el cabello en los lavamanos. 8. Evitar hacer mal uso del lavamanos al dejar las llaves abiertas. 9. Velar y responder por la conservación en buen estado de los sanitarios. 10. Conservar la infraestructura de los baños en buen estado. Artículo 24. Medios de Información 1. EI cronograma semanal será suministrado a las sedes como mínimo el viernes, con el fin de conocer oportunamente las actividades a realizar.

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2. En lo posible el Rector y las (los) coordinadoras (es) deberán respetar las fechas y actividades programadas. 3. Los educandos no podrán rasgar los boletines o comunicados enviados a padres de familia. 4. Abstenerse de destruir las carteleras o avisos, lo importante es leerlas y poner en práctica las enseñanzas. Se deben elaborar oportunamente y con variedad de temas. 5. Las reuniones con los padres de familia se deben citar con la debida anticipación. 6. Las reuniones con los docentes serán convocadas mínimo con dos días hábiles de anticipación. 7. Se debe respetar las comunicaciones en red que estén relacionadas con la institución (Facebook, correo electrónico, blog). La comunidad educativa se debe abstener de hacer comentarios inadecuados o vulgares en los mismos. Artículo 25. Zonas verdes, Jardineras, Materas 1. Abstenerse de arrojar basuras, plásticos o botellas. 2. Evite sentarse sobre las jardineras, puede dañar la parte ambiental y ecológica en la institución. 3. La persona que haga cualquier daño, debe responder con el arreglo del mismo. 4. Ayudar al mantenimiento y embellecimiento de las zonas verdes, jardineras o materas. Artículo 26. Uso del Servicio de Biblioteca El propósito del Servicio de Biblioteca está enfocado momentáneamente en el PNLE (Plan Nacional Lectura y Escritura), que busca apoyar la mejora en la calidad y excelencia del estudiante y promueve un servicio a la comunidad. Este servicio está para préstamo de libros los días viernes y se regresaran los días lunes o martes. En este sentido podemos decir que este servicio de Biblioteca busca apoyar el desarrollo de nuestro Modelo Pedagógico SOCIO – CRÍTICO unido a la Experiencia Significativa y de nuestro PEI (Proyecto Educativo Institucional), por lo que es importante conservar este servicio teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Dar buen uso a los libros y materiales, dejándolos en el lugar indicado. 2. Abstenerse de sacar libros sin autorización. 3. Dejar los libros personales, cuadernos y demás objetos en el salón de clase. 4. Abstenerse de consumir alimentos cuando estén utilizando los libros que hacen parte de la Biblioteca. 5. Conservar en buen estado los libros y materiales existentes. 6. El préstamo de cualquier material y el uso de este lugar será solicitada a la persona encargada de dicho proyecto en cada sesión. 7. Se prestarán los libros previa presentación del carné escolar o con previa autorización de Rectoría. 8. Retirar y devolver personalmente el libro solicitado. Para renovar el préstamo es indispensable que se haga personal.

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9. Si por algún motivo presenta tardanza en la devolución del libro, se dará lugar a la suspensión del préstamo externo por el doble del tiempo que ha demorado y si reincide se hará la suspensión por el semestre. 10. Todo material extraviado debe ser devuelto con una copia igual. No se acepta dinero como pago del material extraviado. 11. Los estudiantes que dañen el material bibliográfico o se sorprendan sacando ilegalmente material de la biblioteca, serán sancionados con la suspensión del servicio todo un semestre, se citará a los padres de familia y/o acudiente para que se comprometan a reponer el material en caso de daño o pérdida. 3.

CAPÍTULO III - PROCEDIMIENTOS

Artículo 27. Situaciones que afectan la Convivencia Escolar Los estudiantes están en proceso de formación, y uno de nuestros principales compromisos como institución es trabajar con ellos en el saber, saber hacer y saber ser, por lo que cuando se presentan situaciones que afectan la convivencia, tenemos la oportunidad de hacerlos reflexionar y propiciar un cambio de actitud al enfrentarlos a las consecuencias de los actos que se comenten o que perturban. Cuando se trabajan en los procesos formativos enfocados en el saber ser, es necesario que el estudiante se apropie e involucre en la mejora continua. Los procedimientos que se aplican a las Situaciones que afectan la convivencia escolar, buscan que el estudiante asuma las consecuencias de sus acciones y se comprometa al cambio continuo. Artículo 28. Calificación de las Situaciones Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos: I. Situaciones Tipo I: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en 3 ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Entre ellas tenemos: 1. Portar en forma inadecuada o incompleta el Uniforme que corresponde al día. (llevar buzos, camisas, camisetas, medias y demás accesorios que no correspondan al uniforme). Llevar el uniforme sin el largo reglamentario, desabrochado, con la pechera colgando, sin correa o medias. 2. Permanecer en el plantel en horarios diferentes al de la jornada escolar, salvo autorización 3. Llegar tarde a la Institución o al inicio de la clase. 4. Incumplimiento a la hora de presentar las actividades o tareas acordadas. 3

Artículo 40, Decreto 1965 de Septiembre de 2013

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5. Inasistencia injustificada a la Institución. 6. Utilizar un vocabulario grotesco e irrespetuoso hacia cualquier persona, ya sea en forma verbal, escrita o gráfica. 7. Presentarse a la institución sin el Uniforme y sin justificación. 8. Perturbar el normal desarrollo de clases o actividades académicas o culturales, mediante conversaciones inadecuadas, gritos, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos. 9. Circular por el aula, los pasillos o la tienda escolar en horarios diferentes al descanso. 10. Comer en clase y/o acto comunitario. 11. Lanzar objetos que lastimen a sus compañeros (hielo, piedras, sillas, papeles, entre otros). 12. Permanecer fuera del aula en horas de clase, negarse a ingresar a ésta, o ausentarse de la misma sin autorización del docente o directivo docente. 13. Ingresar y permanecer en el aula de clase en momentos de los descansos. 14. Ingresar sin autorización a las áreas o zonas de tránsito restringido, tales como: Rectoría, Secretaría, Coordinaciones, Sala de Profesores, salas de informática, laboratorio, tienda escolar, entre otros. 15. Realizar, participar o propiciar desordenes en clase o actos comunitarios. 16. Irrespetar la individualidad de miembros de la comunidad educativa o comunidad en general, mediante burlas, apodos, comentarios ofensivos o de cualquier otra forma dentro o fuera de la Institución. 17. Dar mal uso a los elementos facilitados por el plantel o por un compañero. 18. Promover o fomentar el desorden e irrespetar el turno en espacios de usos comunitarios como: tienda, restaurante escolar y uso de los baños y/o sanitarios. 19. Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros o condiscípulos. 20. Dejar desaseado y en desorden el aula de clase al terminar la jornada escolar. 21. Negarse a participar en las campañas y turnos de aseo. 22. Desacatar las instrucciones y órdenes que se le imparta por los docentes o directivos docentes de la Institución. 23. Rayar paredes, carteleras y baños de la institución. 24. Manifestar el afecto o la sexualidad de manera exagerada dentro de la Institución. 25. Asistir a clase de educación física con uniforme incompleto o sin él. 26. Practicar juegos violentos. 27. Uso inadecuado de los enseres la planta física de la institución. 28. Ocultar o retener información escrita que se envíe a los padres de familia o acudiente. 29. Negociar con dinero, comestibles, mercancías y/o tareas. 30. Interrumpir o hacer indisciplina en los corredores, cuando se estén realizando actividades en las aulas. 31. Esperar al profesor fuera del aula una vez sonado el timbre para cambio de clase.

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32. Realizar en clase actividades distintas a las asignadas por el educador. 33. Realizar juegos de azar en el establecimiento (dados, cartas, rifas, venta de boletas con interés económico). 34. Masticar chicle en clase o en los actos comunitarios. 35. Utilizar apodos, bromas o chistes de mal gusto que puedan hacer sentir mal a sus compañeros o a cualquier miembro de la institución. 36. Uso de aretes, piercings, gorras y otros. Peinados y tinturas extravagantes. Joyas, maquillajes o accesorios estrafalarios en el cabello. 37. Las Situaciones Tipo I cometidas de manera reiterada, se convierten en Situaciones Tipo II. II.

Situaciones Tipo II: Corresponden a este tipo las situaciones que:  Son cometidas de manera reiterada de Tipo I.  Presenten agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a) Que son de manera repetida o sistemática. b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna 4 para cualquiera de los involucrados. Entre ellas tenemos: 1. Situaciones de Tipo I incurridas en reincidencia, o que por actuarse simultáneamente con otras afecten la tranquilidad, la convivencia, el bienestar común, el ambiente formativo, la academia o el buen nombre del Colegio. 2. Acumular tres (3) amonestaciones escritas en el observador por reincidencia de Situaciones Tipo I o por la comisión de cinco (5) Situaciones Tipo I diferentes. 3. Dañar candados, carteleras, puertas, muebles, equipos, baños y otros enseres de la institución. 4. Agredir y/o amenazar verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa o a cualquier persona perteneciente al entorno escolar. 5. Entorpecer o impedir la comunicación entre la institución educativa y los padres y/o acudientes del estudiante. 6. Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la comunidad educativa. 7. Consumir cualquier clase de bebidas embriagantes y/o sustancias psicoactivas dentro de la Institución o fuera de ella portando el uniforme. 8. Fumar o encubrir fumadores en las instalaciones de la institución. 9. Atentar contra el patrimonio cultural o ecológico de la institución. 10. Escuchar radio u otro tipo de aparatos de reproducción de música durante las clases o en actos oficiales de la Institución; igualmente hacer uso de teléfonos celulares en las mismas circunstancias.

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11. Rebelarse verbalmente y de forma agresiva frente a las instrucciones, observaciones y/o recomendaciones de docentes y directivos docentes de la institución. 12. Programar y participar, dentro o fuera del plantel actividades utilizando el nombre del colegio para su convocatoria sin autorización. 13. Dañar de manera intencional cualquier implemento entregado en custodia o para su uso perteneciente a la institución. 14. Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, o haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros y de la institución. 15. Portar o Ingresar a la institución drogas psicotrópicas o bebidas embriagantes. 16. Presentarse a la institución bajo el efecto de bebidas alcohólicas y/o sustancias alucinógenas, generando con ello indisciplina dentro del plantel. 17. Inducir, manipular u obligar a otra (s) persona (s) a realizar actos indebidos de cualquier tipo. 18. Encubrir o ser cómplice en actos que impliquen comportamientos o conductas dañinas e indeseables para la comunidad educativa. 19. Dejar de asistir o ausentarse de la institución sin la debida autorización de su padre o acudiente. 20. Dar información falsa a los docentes o directivos docentes. 21. Presentar un comportamiento indebido durante las salidas pedagógicas, deteriorando el buen nombre de la institución. 22. Menospreciar o irrespetar los símbolos de la Institución o la Nación, tales como: Bandera, Escudo e Himno. 23. Portar material pornográfico y/o exhibirlo dentro de las instalaciones de la institución. 24. Dibujar grafitis de cualquier tipo. 25. Ingresar a la Institución o salir de ella por sitios diferentes a la puerta de acceso. 26. Inducir o motivar a terceros a cometer cualquier tipo de falta. 27. Utilizar el nombre de la institución para actividades particulares como paseos, rifas u otros. 28. Indisponer al padre de familia contra el plantel llevando información falsa o distorsionada. 29. Frecuentar bares, heladerías, tabernas, salones de juego o demás sitios de diversión portando cualquiera de los uniformes. III. Situaciones Tipo III Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro 5 delito establecido en la ley penal colombiana vigente. Entre ellas tenemos: 5

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1. Faltar y/o reincidir en la comisión de Situaciones Tipo II se convierten en Situaciones Tipo III, por lo tanto se firma matrícula en observación y/o procede la cancelación de matrícula. 2. Reincidir o cometer dos (2) Situaciones Tipo II. 3. Agredir físicamente causando lesiones a cualquier miembro de la comunidad educativa. 4. Portar, usar y/o comercializar cualquier clase de arma de fuego, corto punzante, o de cualquier tipo, que ponga en peligro la vida o integridad personal del portador, o de cualquier miembro de la Comunidad Educativa o el uso de elementos que no siendo tales, se les asemejen y puedan ser usados para intimidar o lesionar. 5. Portar, Consumir o Distribuir a cualquier título (gratuito u oneroso) sustancias alucinógenas, psicotrópicas que causen adicción. (Ver Dcto. 1108 de 1994 Código Nacional y Departamental de Policía) dentro o fuera de la institución y/o en actividades escolares o extraescolares, tales como convivencias, salidas pedagógicas, servicio social, celebraciones y otras. 6. Portar, consumir, incitar, traficar o estimular el consumo de sustancias psicoactivas (lícitas o ilícitas) dentro y/o fuera de la institución, inclusive la llamada dosis personal. 7. Participar en peleas callejeras portando el uniforme de la institución. 8. Ningún estudiante podrá ingresar, ingerir o incitar a otros a consumir bebidas alcohólicas, en el Colegio o fuera de él, en sitio público, portando el uniforme aun siendo mayor de edad o teniendo autorización de los padres. 9. Amenazar o intimidar de hecho a cualquier miembro de la comunidad educativa, o acción intimidante que coarte en otros el asumir las normas o directrices de la Institución. 10. Planear, liderar, estimular, apoyar o participar en actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas dentro de la Institución. 11. Incumplir con los compromisos disciplinarios previamente firmados por él y su acudiente. 12. Actuar deliberadamente participando y/o apropiándose de cualquier clase de objeto (útiles escolares, dinero, loncheras, comestibles, documentos, prendas de uniforme, etc.) de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de un tercero. Dependiendo del daño o perjuicio el rector y los (las) coordinadores (as) estipularan la sanción que amerita. 13. Retener y/o secuestrar a algún miembro de la comunidad educativa. 14. Extorsionar a cualquier miembro de la comunidad educativa. 15. Conformar o hacer parte de pandillas o bandas con fines delictivos o para crear un mal ambiente escolar. 16. Tener relaciones sexuales dentro de la institución. 17. Acosar, provocar, abusar y violar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa. 18. Auspicio de sectas satánicas. 19. Auspiciar el trabajo sexual entre estudiantes del plantel. 20. Fomentar y/o participar de cualquier actividad que afecte la integridad física y/o psicológica de los estudiantes en la institución (brujería, prostitución, entre otros).

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21. Conforme a la constitución política de Colombia, en su art. 11 “el derecho a la vida es inviolable” ningún estudiante podrá ser sometido a agresión física, verbal o psicológica por parte de compañeros, docentes y otras personas dentro y fuera del Colegio. 22. Involucrarse en acciones de irrespeto a compañeros, en especial hacia aquellos con dificultades de aprendizaje, con necesidades educativas especiales o condiciones excepcionales. 23. Hacer parte de amenazas, intimidación, a través de medio escrito, cibernético, telemático, digital, web, verbal mediante terceros o de cualquier otra índole, conocido como matoneo o acoso escolar. 24. Difundir a través de Internet o medio electrónico anuncios a los valores institucionales o mensajes en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa. Es considerado lo más grave la difusión de material pornográfico, que constituya delito o que atente contra la integridad de cualquier miembro de la institución. No es atenuante ni se excusa el hecho de que estas sean difundidos de manera externa. 25. Causar daño deliberado a los bienes del Colegio o de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa. 26. Dejar de asistir al Colegio para cumplir con sus obligaciones escolares y desplazarse a sitios diferentes donde pone en riesgo su integridad física y la imagen de la institución. 27. Interferir con el normal desarrollo de la clase con ruidos, abucheos, aplausos continuos, guerra de papeles, o cualquier otra acción que implique burla, irrespeto, desafío hacia sus compañeros o cualquier figura de autoridad. 28. Realizar acciones para perforarse y/o atentar contra su integridad física o la de sus compañeros con objetos tales como: agujas, ganchos, punzones, tijeras de punta, clips, o cualquier elemento cortopunzante. 29. Apropiarse de los medicamentos personales de los compañeros, para hacer uso de los mismos, de forma irresponsable. 30. Cualquier forma de terrorismo o situación que produzca pánico ficticio o verdadero, como: estallar fulminantes, provocar quemas de basura, enrarecer el ambiente con sustancias de olor desagradable. 31. Cometer fraude en cualquiera de sus formas, tales como suplantar a padres de familia o docentes con la firma o con observaciones puestas sobre cualquier documento. Dar testimonios falsos, realizar copia en evaluaciones y/o trabajos. Reviste especial gravedad la adulteración del observador del alumno, el registro inadecuado de observaciones así como el daño y/o pérdida del mismo. 32. Suplantar a compañeros (as) o hacerse suplantar para evadir responsabilidades disciplinarias o con el objeto de presentar pruebas de carácter académico. 33. Alterar o destruir libros y registros de informes. 34. Cualquier conducta tipificada como delito en el Código Penal Colombiano, salvo por delitos políticos o culposos. Parágrafo 1: Cuando se cometa cualquiera de las anteriores conductas, corresponde adoptar las medidas correctivas y las sanciones que correspondan

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teniendo en cuenta la falta. Para cada caso se debe tener claro las circunstancias de tiempo, modo y lugar, así como los factores atenuantes o agravantes de la responsabilidad del infractor, todo ello enfocado en el respeto y observancia del Debido Proceso. Para ello se hace necesario especificar el concepto de Sanción. Artículo 29. Referente Legal para el Debido Proceso El debido proceso es un conjunto de garantías que protegen a los y las estudiantes, para efectos de asegurar durante el mismo una justa y rápida resolución de un conflicto. En la imposición de sanciones, es el derecho de todo estudiante a que se reconozca y observe el procedimiento previamente definido a la adopción de una sanción contemplada en el Manual de Convivencia. Toda sanción debe ser proporcional a la falta que se comete, y debe partirse de la presunción de inocencia. Para ello, nuestra institución se acoge: I.

Ley 1098 de 2006 (Noviembre 8) La nueva legislación para los menores, consagra de manera expresa la observancia del debido proceso, para los menores de Edad. Textualmente el Art. 26, de la norma indica:  Derecho al debido proceso.- Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados. En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados, los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán derecho a ser 6 escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta.”

II.

Sentencia T-435 de 2005 Para garantizar el debido proceso, es necesario: 1. Tipifica las conductas sancionables al interior de la institución educativa en el Manual de Convivencia. 2. Garantiza la proporcionalidad ante la falta cometida y la sanción a imponer. 3. Garantiza la racionalidad de la sanción, esto es, perseguir un fin constitucionalmente legítimo. 4. Garantiza la necesidad de la sanción ante la falta cometida, esto es, que la conducta del estudiante es tal que impide la convivencia, de modo que no admite otra respuesta que la sanción impuesta. 5. Señala con claridad un procedimiento a seguir, de manera que el implicado pueda ejercer razonablemente su derecho de contradicción y defensa, siempre bajo el presupuesto de la presunción de inocencia.

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Ley 1098 de 2006, Artículo 26

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III. Constitución Política Nacional, Articulo 29 El comportamiento del estudiante será analizado bajo las normas acordadas y establecidas en el presente manual y demás disposiciones legales vigentes-. 1. Ante cualquier falta del estudiante se debe corregir y sancionar pedagógicamente como primera acción. 2. El estudiante será responsable de un acto que afecte la Convivencia Escolar sólo si se demuestra que realmente su comportamiento va en contra de las normas acordadas. 3. El estudiante tiene derecho a presentar pruebas y a controvertir las que se lleguen en su contra de manera directa y representado por sus padres. 4. El estudiante tiene el derecho a la Defensa (a defenderse a probar lo que le corresponda en beneficio a sus intereses). 5. Le debe definir la situación del estudiante a la mayor brevedad posible. 6. El estudiante tiene derecho a reclamar frente a la decisión tomada con respecto a la falta cometida. Debe existir proporcionalidad entre la gravedad de la falta y la sanción aplicada. 7. El estudiante tiene derecho a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho. Se analizará la situación del estudiante con base en la descripción de su comportamiento ante las faltas. IV.

Derecho a la Educación 1. “El Derecho a la educación conlleva dos aspectos: Es un Derecho de la persona, como establece el Art.67 de La Constitución Política, y un Deber que se materializa en la responsabilidad del estudiante de cumplir con las obligaciones impuestas por el centro educativo, tanto en el campo de la disciplina como en el del rendimiento académico (Sentencia T-092 de 1994). Esto significa que es un Derecho-Deber”. Art.95. “... El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Constitución Política implica responsabilidades”. 2. Constitución Política Nacional. “... y en la prevalencia del interés general”. Art.58 CC “... el interés privado deberá ceder al interés público o social”. 3. Constitución Política Nacional. “ ... La familia, la sociedad y el estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos”. V.

Causales de Atenuación Se consideran como causales de atenuación a la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y por ende, en la sanción a imponer, las siguientes: 1. La edad, desarrollo mental y psicoafectivo, sus circunstancias personales, familiares y sociales. 2. Haber tenido buena conducta y disciplina anterior. 3. Reconocer y confesar la falta oportunamente. 4. Al resarcir el daño o compensar el perjuicio causado, antes de iniciarse el respectivo proceso para sí mismo u otros implicados, teniendo en cuenta que fue por iniciativa propia.

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VI.

Causales de Agravación Se consideran como causales de agravación las que inciden en la agravación de la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y, por ende, en la sanción a imponer, las siguientes: 1. La reincidencia en la falta cometida durante el mismo año escolar. 2. La complicidad con otros miembros de la Comunidad Educativa, al cometerse una falta. 3. Cometer la falta, abusando de la confianza que se ha depositado en el estudiante por cualquier miembro de la comunidad educativa. 4. Cometer una falta para ocultar otra. 5. Atribuir la responsabilidad de la falta cometida, a otra persona. 6. La conducta inadecuada que produzca ruido y/o perturbe a la comunidad educativa. 7. La conducta que pueda producir un peligro común. 8. La manifestación clara e inequívoca de obrar de mala fe o la voluntad de querer causar daño. 9. Cometer actos ilícitos con intervención de estudiantes menores al autor o de curso académico inferior.

VII.

Causales de Exoneración Se consideran como causales que inciden en la exoneración de la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante, y, por ende, no habría sanción a imponer, las siguientes: 1. Haber sido inducido y obligado por un superior a cometer la falta. 2. Haber procedido por causas nobles o altruistas, pensando que no causarían consecuencias que afectaran el normal desarrollo académico y/o algún miembro de la comunidad educativa. 3. La exoneración de la sanción no exime al estudiante de responder por los gastos ocasionados con su conducta.

VIII.

Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar El Art. 29 de la Ley 1620 establece que la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario. En el Art. 30 se establecen como mínimo cuatro componentes que son: de promoción, de prevención, de atención y de seguimiento.  El componente de promoción se centrará en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los

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diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades.  El componente de prevención deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el contexto escolar.  El componente de atención deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia u acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo.  El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados. Parágrafo 1: Se deberá informar a las autoridades competentes cualquier situación irregular o que atente contra la integridad física y mental del menor, dando cumplimiento al Código de la Infancia y la Adolescencia. IX. Protocolos de los establecimientos educativos, finalidad, contenido y aplicación El Art. 41 del Decreto 1965 de Septiembre de 2013, establece que: los protocolos de los establecimientos educativos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Estos protocolos deberán definir, como mínimo los siguientes aspectos: 1. La forma de iniciación, recepción y radicación de las quejas o informaciones sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

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2. Los mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas, en los términos establecidos en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia. 3. los mecanismos mediante los cuales se proteja a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra. 4. Las estrategias y alternativas de solución, incluyendo entre ellas los mecanismos pedagógicos para tomar estas situaciones como oportunidades para el aprendizaje y la práctica de competencias ciudadanas de la comunidad educativa. 5. Las consecuencias aplicables, las cuales deben obedecer al principio de proporcionalidad entre la situación y las medidas adoptadas, y deben estar en concordancia con la Constitución, los tratados internacionales, la ley y los manuales de convivencia. 6. Las formas de seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue efectiva. 7. Un directorio que contenga los números telefónicos actualizados de las siguientes entidades y personas: Policía Nacional, del responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno municipal, distrital o departamental, Fiscalía General de la Nación Unidad de Infancia y Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF -Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, de los padres de familia o acudientes de los niños, niñas y adolescentes Matrículados en el establecimiento educativo. Parágrafo 1: La aplicación de los protocolos tendrá lugar frente a las situaciones que se presenten de estudiantes hacia otros miembros de la comunidad educativa, o de otros miembros de la comunidad educativa hacia estudiantes. X.

Informes o Quejas. En el Artículo 47 del Decreto 1965 de Septiembre del 2013, se establece: Cualquiera de las partes involucradas en una situación que afecte la convivencia escolar, o los padres o madres de familia o acudientes, o cualquier otra persona, pueden informar o presentar queja ante la secretaría de educación municipal, distrital o departamental, a la que pertenezca el establecimiento educativo donde se generó la situación; sobre los casos en los cuales las autoridades educativas o los funcionarios responsables no adelanten las acciones pertinentes, no adopten las medidas necesarias o éstas sean desproporcionadas, o apliquen el protocolo equivocado respecto de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicios de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Recibida la información o la

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queja la entidad adelantará las acciones a que hubiere lugar e informará a las autoridades que se requieran a fin de verificar y solucionar de fondo la situación informada. Artículo 30. Instancias I.

Conducto Regular: Es aquel que se sigue con el fin de resolver cualquier situación de tipo disciplinario y con el objeto de garantizar que el estudiante reciba el debido proceso y el derecho de defensa, se establece el siguiente conducto regular: 1. 2. 3. 4. 5.

Docente Director (a) de grupo Coordinador El Comité de Convivencia Escolar El Consejo Directivo

Parágrafo 1: De acuerdo a la gravedad de la falta y reconocida la necesidad de apoyar al estudiante con psicoorientación, se hará la remisión necesaria y se solicitará el informe respectivo. Parágrafo 2: El Consejo Directivo máxima autoridad, será quien conocerá de las apelaciones a las decisiones del Comité de Convivencia Escolar y cuando sean remitidos casos de gravedad podrá intervenir cuando sea necesario y tomar las decisiones que así lo ameriten. Parágrafo 3: para garantizar que se lleva el debido proceso, se establecen los siguientes pasos que deben seguirse por estudiantes, padres de familia y/o acudientes: 1. Si la falta se presenta en el aula, área o asignatura determinada, se soluciona con el Docente de dicha área o asignatura en primera instancia. 2. Si la falta se presenta en un lugar diferente al aula de clase, se soluciona con el docente o directivo docente conocedor de la situación. 3. Si la falta genera un conflicto que persiste, se debe acudir al Director de Grupo en segunda instancia. 4. En tercera instancia es el Coordinador (a) a quien debe acudirse, si aún no se considera solucionado el problema o la situación inadecuada. 5. Cuando la falta es grave y no se ha podido solucionar en Coordinación, se requiere la Intervención del Rector. 6. Una vez analizada la gravedad de la falta, y ésta es catalogada como grave o gravísima de acuerdo a este manual, se amerita la intervención del Estudiante, Padre de familia, Coordinación y Rector. 7. Cuando la situación presentada es académica y calificada como grave o gravísima, se requiere la intervención del Consejo Académico. 8. Cuando el caso no se ha solucionado en las demás instancias y es delicado por la gravedad que presenta, requiere la Intervención del Consejo Directivo.

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En todos los casos, el Consejo Directivo tiene la última palabra sobre el conflicto a nivel institucional. 9. Cada instancia debe verificar que se esté cumpliendo cada uno de los pasos y registrar sus acciones, acuerdos y decisiones. Algunos de estos pasos pueden llevar a conciliaciones por las partes involucradas donde medien las diferentes instancias competentes para ello en pro de la convivencia escolar. 10. De cada una de las acciones anteriores se dejará constancia por escrito. Parágrafo 4: Cuando se presente recursos de reposición o apelación, la sanción se suspenderá hasta agotar los términos, al cabo de los cuales se cumplirá lo dispuesto. II.

El Comité de Convivencia Escolar: Artículo 12 y 13 de la Ley 1620.

III. Recurso de Reposición: Se interpone ante el estamento o la persona que tomo la decisión y consiste en solicitar a la Institución por escrito, que se aclare o se modifique la sanción. El plazo para interponer el recurso es de 48 horas. Los términos para interponer este recurso corren a partir del momento de la notificación verbal o escrita de la sanción y deberá resolverse por la instancia disciplinaria correspondiente antes de su aplicación, si el recurso de reposición conduce a cambios en la determinación deberá notificarse a quien lo interponga, lo mismo que si la decisión fuere de ratificación. IV.

Recurso de Apelación: El estudiante que razonadamente manifieste que con una medida impuesta se le han desconocido o vulnerado alguno (s) de los derechos consagrados en el Manual de Convivencia, podrá presentar por escrito ante la Institución, que se modifique, se rebaje o se anule la sanción, esto después de la reposición. Este recurso se interpondrá durante los cinco (5) días siguientes al momento en que se le haya notificado una medida, ante la instancia que según el conducto regular establecido, y que haya adoptado la medida en cuestión. La decisión que cause la interposición del recurso deberá resolverse en el término de dos días hábiles, en el primero de los cuales se interpondrá el recurso y en el segundo se resolverá y notificará. No procederá segunda apelación. Artículo 31. Procedimiento general El Objetivo de este artículo es garantizar que se regulen los derechos y obligaciones entre los miembros de la comunidad educativa y la institución educativa, y sea llevado el debido proceso ante las conductas y comportamientos inadecuados que se presenten dentro de los ámbitos y contextos educativos. Al seguir el Conducto Regular se llevará el procedimiento adecuado para el Estudiante. Es competencia del Coordinador con apoyo de la psicoorientadora, el seguimiento o investigación de cada caso, según sea procedente. Los

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procedimientos establecidos reglamentación vigente es: I.

en

esta

institución

teniendo

en

cuenta

la

Protocolos de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir 7 de la aplicación del manual de convivencia. El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia Escolar por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, de oficio por el Comité de Convivencia Escolar o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar. Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán considerar como mínimo los siguientes postulados: 1. La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes involucrados. 2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los generadores de los hechos violentos. 3. Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos. 4. Se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso. Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes de los establecimientos educativos en los niveles de preescolar, básica y media que puedan ser resueltas por las vías que establece el manual de convivencia y se requiera de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el rector de la institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.

II.

Procedimiento para estudiantes de Transición Teniendo en cuenta la edad y el proceso de desarrollo de los estudiantes de Transición, el procedimiento que se aplica al aspecto convivencial no es de la misma manera que en primaria y bachillerato. Sin embargo, la sana convivencia es básica para el orden social y para obtener un aprendizaje óptimo, es esencial para el proceso formativo de los hombres del mañana, por esta razón, es indispensable que 7

Artículo 31, Ley 1620 de Marzo de 2013.

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si se presentan faltas recurrentes tales como: vocabulario inapropiado, agresión a sus compañeros, daños a materiales, equipos e infraestructura o desatención a las normas básicas establecidas dentro de la institución, se realizará el siguiente procedimiento: 1. Diálogo reflexivo por la Directora de grupo y/o docente con el estudiante para aclarar la situación presentada y generar un compromiso de parte del niño y generar un compromiso con ellos. 2. Si se presenta incumplimiento del compromiso por parte del estudiante, tendrá una entrevista con la Coordinadora para recibir una charla formativa. 3. Si el estudiante no corrige su comportamiento y reincide, se firmará un acta de compromiso en compañía de los padres o acudientes y será remitido a psicoorientación, quien asesorará a los padres para realizar un trabajo conjunto y en caso necesario solicitará una terapia extraescolar. III.

Procedimiento para estudiantes de Primaria y Bachillerato 8

a) De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo l: Artículo 42 . Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo I,

deberán desarrollar como mínimo el siguiente

procedimiento: 1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. 2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia. 3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del presente Decreto. Parágrafo 1: Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia. 9

b) De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo II: Artículo 43 . Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo II,

deberán desarrollar como mínimo el siguiente

procedimiento: 8 9

Decreto 1965 de Septiembre del 2013 Decreto 1965 de Septiembre de 2013

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1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia. 3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. 4. Informar de manera inmediata a los padres. madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará constancia. 5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. 6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. 7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965 de Septiembre del 2013. 8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. 9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. Parágrafo 1: Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto 1965 de Septiembre de 2013. 10 c) Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III: Artículo 44. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo III, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 10

Decreto 1965 de Septiembre del 2013

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3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. 5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. 6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. 7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho. IV.

Aplicación del Código de la Infancia y la Adolescencia Teniendo en cuenta el Código de la Infancia y Adolescencia, deberá informarse a las autoridades competentes sobre las situaciones irregulares o de peligro que puedan afectar al menor. Dicho Código dispone en su Art. 15: “Es obligación de la familia, de la sociedad y del Estado, formar a los niños, las niñas y los adolescentes en el ejercicio responsable de los derechos. Las autoridades contribuirán con este propósito a través de decisiones oportunas y eficaces y con claro sentido pedagógico. El niño, la niña o el adolescente tendrán o deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo. En las decisiones jurisdiccionales o administrativas, sobre el ejercicio de los derechos o la infracción de los deberes se tomarán en cuenta los dictámenes de especialistas”. En su Art. 23: “Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que sus padres en forma permanente y solidaria asuman directa y oportunamente su custodia para su desarrollo integral. La obligación de cuidado personal se extiende, además, a quienes convivan con ellos en los ámbitos familiar, social o institucional, o a sus representantes legales.”

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V.

Procedimiento en caso de tenencia, tráfico o consumo de sustancias Psicoactivas y porte de armas Para las faltas que tienen que ver con el consumo de sustancias psicoactivas y porte de armas, la Institución educativa procederá así: 1. Se elaborará un acta describiendo los hechos concretos como se dieron, incluyendo descargos en presencia del Coordinador, Psicoorientación y dos testigos. 2. Psicoorientación citará a padres de familia y/o acudientes, informando sobre la situación. 3. En caso de ser una sustancia Psicoactiva, se hará la toma de examen toxicológico (orina y/o sangre) antes de 24 horas en entidad competente por parte de los padres y/o acudientes. 4. En caso de porte de armas, se solicitará la entrega de ésta y se llamará a los padres de familia y/o acudiente para informar el peligro que representa y hacer el debido proceso al considerarse como una Situaciones Tipo II en la institución. 5. Se comunicará al defensor de familia sobre el caso, en relación con tenencia, tráfico o consumo de sustancias que produzcan dependencia, que expongan al estudiante a caer en la adicción o cuando el estudiante presente graves problemas de comportamiento o adaptación social. 6. Firma de documento de compromiso definiendo las condiciones de retiro de la institución en el caso de consumo de sustancias psicoactivas. 7. Dar cumplimiento al tratamiento sugerido por un especialista y deben presentar al Colegio constancia certificando que se ha dado inicio al tratamiento y que el profesional es reconocido en el área (Toxicología fármaco dependencia). 8. El Colegio podrá considerar nuevamente el cupo cuando el Comité de Convivencia haya recibido el certificado que el estudiante se encuentra rehabilitado y está en capacidad y disposición de reiniciar sus estudios, siempre que se encuentre en el rango de edades establecidas por el plantel para cada grado. Artículo 32. Medidas aplicables a los estudiantes Todas las decisiones de orden académico o disciplinario deben consignarse por escrito, deben ser elaborados de acuerdo con la gravedad de la falta, es decir, la comunicación de las sanciones se harán mediante: Acta, Acuerdo del Consejo Directivo y Resolución Rectoral (Por el coordinador, Rector o Consejo Directivo).

I.

Mediación de conflictos Como Institución Educativa propiciamos la autorregulación tendientes a impulsar actitudes apropiadas para la sana convivencia y la mejor estrategia es fortaleciendo y mediando ante la resolución de conflictos. Es de resaltar que ante los comportamientos observables podemos concluir que las personas actúan de formas diferentes teniendo en cuenta la edad, el entorno, el desarrollo moral y los principios, por lo que para que se empiecen a dar los cambios conductuales, requerimos contar

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con la voluntad y el sentido de pertenencia hacia la institución por parte de la comunidad educativa y por ello debemos enfocarnos en esta estrategia, contando con: 1. El Personero de los Estudiantes (quien actúa como mediador) 2. El Director de Grupo 3. Las coordinaciones 4. Comité de Convivencia Escolar 5. La Rectoría 6. El Consejo Directivo Se cuenta con un protocolo de mediación y conciliación para este fin, donde quedan consignados los testimonios de los involucrados, los motivos que los llevaron a actuar de manera inadecuada, los compromisos y las acciones a seguir. Parágrafo 1: esta mediación de conflictos es una herramienta pedagógica que utiliza nuestra institución, con el fin de trabajar el concepto y apropiación de la conciliación. Este proceso es confidencial y no tiene consecuencias disciplinarias cuando el estudiante voluntariamente solicita ayuda frente a este conflicto. Este proceso se archiva en la instancia mediadora. Si una de las partes no cumple, se procederá a iniciar el debido proceso de acuerdo a la calificación de la falta. II.

Conciliación La conciliación constituye un mecanismo valioso para garantizar la sana convivencia de los miembros de la comunidad educativa. Las instancias disciplinarias y los procesos del mismo tipo estarán encaminado a conciliar o mediar entre las parte comprometidas en acciones o faltas que deterioren o contribuyan al desmejoramiento de las relaciones interpersonales o intergrupales. No se trata de sancionar exclusivamente para crear escarmientos o sentar precedentes autoritarios, se trata de corregir actitudes, fomentar aspectos axiológicos o de valores como tolerancia, solidaridad, el pensamiento, la integridad física y moral del ser humano y de su familia, la conservación del orden y la armonía social. Las sanciones o correctivos contemplados en el presente manual tendrán como recursos la reposición y la apelación.

III. Llamado de atención verbal. Este es emitido por un docente, director de grupo, el coordinador, rector o funcionario que observe una falta a los deberes consagrados en el Manual de Convivencia. Este llamado de atención debe quedar por escrito en el Observador del Alumno, teniendo en cuenta las pautas generales para su diligenciamiento. IV.

Amonestación Escrita (Acta). Es la relación escrita de lo acordado después de haberse planteado los motivos por los que se presentó la falta. En su redacción deben estar contemplados los siguientes puntos:

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• Lugar, fecha y hora de la Reunión. • Identificación de todos y cada uno de los asistentes a la reunión. • Cargos de las personas reunidas. • Tipo de amonestación de acuerdo a la falta. • Hora de la terminación de la reunión. • Se suscribe en un libro para hacer seguimiento de Convivencia a los estudiantes que han presentado esta falta. Esta amonestación escrita la puede hacer un docente, el Director de Grupo o del Coordinador y se da principalmente en los siguientes casos: 1. Reincidencia en una falta e incumplimiento de cualquiera de los deberes siempre que este último conste en el Observador del Estudiante, teniendo en cuenta las pautas generales para su diligenciamiento. Se firmará con un Compromiso de Convivencia. 2. Por incumplimiento deliberado o intencional de alguna de las pautas contempladas en el presente Manual. El estudiante y el padre de familia o acudiente, firmarán un compromiso conjunto en el que se establezcan acciones viables y observables que permitan hacer un seguimiento a la mejora del comportamiento del estudiante. 3. Se puede hacer un Compromiso con los estudiantes, padres o acudientes y la Institución Educativa, acordando las responsabilidades mutuas al ingresar a la Institución Educativa y/o ser parte de la comunidad educativa. 4. Se puede plantear un Correctivo Disciplinario: Acción encaminada a mejorar los comportamientos que afectan la normatividad establecida y que permiten a cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa asumir con responsabilidad las consecuencias de sus actos. Ejemplo: disminuir su nota a nivel convivencial, suspensión por parte de los directivos docentes del resto de la jornada académica o dependiendo de la falta con varios días (hasta por cinco días), llamado al padre de familia y/o acudiente, para informar de la falta. 5. Teniendo en cuenta la falta, se puede plantear un Correctivo Formativo: estrategia que favorece la toma de conciencia sobre las acciones y actitudes que deben ser modificadas para lograr un cambio positivo que contribuya a consolidar su personalidad individual y colectiva. Ejemplo: exposición sobre valores, investigación de un tema en particular, lectura y explicación de un libro, etc. V.

Suspensión del Estudiante. Es una medida de carácter formativo y disciplinario que busca propiciar en el estudiante la reflexión sobre la manera en que su comportamiento le afecta y afecta a la comunidad. Su ejercicio consiste en estar separado de la comunidad para valorarla. Corresponde al padre de familia el acompañamiento adecuado para darle sentido. Es competencia de la coordinación y/o Rector, o pueden delegar al Director de Curso. La medida puede ser aplicada por un máximo de

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cinco (5) días a juicio de la persona que esté encargada y se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. La suspensión se comunicará al padre de familia o acudiente, dejando constancia en el Observador del Alumno o en el libro de Acta Disciplinaria. 2. El estudiante asumirá las consecuencias por las actividades que no realizó en el tiempo de la suspensión. 3. Durante la suspensión, el estudiante deberá realizar una actividad reflexiva en casa con acompañamiento de los padres, para ser presentada en la dirección de grupo una vez se reincorpore a la Institución. Esta Suspensión la puede hacer el Director de Grupo (si ha sido previamente delegado), el Coordinador y/o Rector y se da principalmente en los siguientes casos: 1. Por incumplimiento de los compromisos académicos o de convivencia. 2. Por reincidencia de Situaciones Tipo I y graves. 3. Por una Situaciones Tipo III VI.

Matrícula en Observación Esta sanción se presenta cuando a juicio del Comité de Convivencia Escolar el estudiante haya faltado gravemente a sus deberes o cuando se presente reincidencia en cualquiera de las contravenciones que dieron lugar a suspensión y/o por haber faltado en faltas muy graves. La Matrícula en Observación consiste en un severo llamado de atención al estudiante que reiterada o deliberadamente incumple sus compromisos académicos o disciplinarios. Será impuesta por el Comité de Convivencia Escolar convocado por el Coordinador. La decisión deberá ser presentada por escrito y comunicada al padre de familia y/o a su acudiente (s) por parte del Coordinador o a quien delegue. La constancia queda registrada en el Observador del alumno, en el libro de actas convivencial y en el formato de Matrícula en Observación. El levantamiento de esta amonestación, se hará por decisión del Comité de Convivencia Escolar quien podrá revisar los casos que al finalizar el año escolar, le sean presentados para evaluar la superación de las dificultades académicas o de convivencia que haya presentado el estudiante.

VII.

Cancelación de Matrícula Una vez se hayan agotado los recursos del seguimiento formativo con el estudiante para garantizar una sana convivencia, el Consejo Directivo determinará la Cancelación de la Matrícula. Esta sanción operará de manera directa, y será comunicada por Resolución Rectoral, al incurrir el estudiante en

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cualquiera de las situaciones Tipo II o Tipo III. Algunas de estas situaciones 11 pueden ser : 1. Por reincidencia en el incumplimiento de cualquiera de los deberes o conductas inapropiadas que dieron lugar a la medida de la Matrícula en Observación. 2. Incurrir en el incumplimiento de cualquiera de los deberes o tener conductas inapropiadas consagradas en este manual mientras el estudiante se encuentre bajo Matrícula en Observación. 3. Portar, traficar o estimular el consumo de sustancias psicoactivas (lícitas o ilícitas) dentro y/o fuera de la institución, inclusive la llamada dosis personal. 4. Portar, traficar o estimular el uso de cualquier tipo de arma, entendiéndose por tal todo instrumento que pueda causar daño físico o intimidación a otro, así su peligrosidad sólo sea aparente. 5. Incurrir en conductas inapropiadas calificadas en este Manual como situaciones Tipo III. 6. Actuar deliberadamente, apropiándose, atentando o causando daño a los bienes del Colegio o de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de un tercero. 7. Faltar gravemente, de obra o de palabra, al respeto a los compañeros, docentes, empleados de la administración, cualquier miembro de la comunidad o un invitado estando dentro o fuera del Colegio. 8. Cometer infracción o delito castigado por las leyes penales y/o contravenciones policivas colombianas. VIII.

Pérdida del cupo para el año siguiente: Habrá pérdida del cupo para el año siguiente, cuando el estudiante haya tenido Cancelación de Matrícula.

IX.

Recomendaciones para cambio de Institución: Se hará recomendación para cambio de Institución a los estudiantes que presenten cualquiera de los siguientes eventos: 1. Haber terminado el año escolar con Matrícula en Observación. 2. Cometer reiteradamente faltas en el año, que afecten la sana convivencia. 3. Incumplir alguna de las condiciones para ser estudiante Rosalista. 4. Repetir el año por tercera vez. 5. No tener la edad cronológica para los niveles educativos. Artículo 33. Informe de Convivencia Escolar 1. El Comportamiento social será evaluado de forma descriptiva. Al finalizar cada periodo será entregado un informe sobre la Convivencia escolar, a los padres de familia o acudientes que evidencie el cumplimiento o no de lo estipulado en el Manual de Convivencia. El informe empleará para ello ítems que se registrarán en el Informe escolar. 11

Manual de Convivencia Escolar, Corporación Educativa Minuto de Dios 2013

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2. El informe llevará el encabezamiento: COMPORTAMIENTO SOCIAL O DISCIPLINA, para diferenciarlo del Informe Académico. 3. Este informe se generará en la reunión de los docentes que tienen clases en cada grado bajo la orientación de la coordinación de la Institución. El director de grupo será quien con el consolidado de la reunión elaborará la sistematización (ingresará en medio magnético los códigos de los ítems ya establecidos) para entregar a la coordinación de la Institución.

I.

4. CAPÍTULO IV - RECONOCIMIENTOS Artículo 34. Reconocimientos Se harán los siguientes reconocimientos de distinción y si es el caso de los estudiantes, la anotación respectiva en el Registro Escolar, de acuerdo con su participación en las actividades del Colegio o en su representación: A los Estudiantes 1. A los estudiantes que durante el año lectivo hayan observado excelente rendimiento académico, cultivo de valores éticos, personales y excelente comportamiento se le otorgaran mención de honor a la excelencia durante el acto de clausura. 2. A los estudiantes monitores, que por su colaboración, espíritu de servicio hayan contribuido al crecimiento educativo de la institución se les otorgará una placa de reconocimiento al finalizar el año durante el acto de clausura. 3. A los estudiantes que se distingan por su espíritu cívico y sentido de pertenencia con la institución, que tenga una hoja de vida escolar intachable y mayores logros académicos y de formación personal, se les otorgará una mención en especial durante la ceremonia de graduación. 4. Se le otorgará una medalla durante la ceremonia de graduación, al mejor estudiante de undécimo grado que obtenga los mejores resultados en las pruebas SABER O ICFES. 5. Se otorgará una medalla durante la ceremonia de grado al estudiante que al culminar undécimo grado se distinga por su excelente rendimiento académico y disciplinario, evidenciando los valores institucionales a lo largo de su permanencia en la institución. 6. Serán exonerados de las pruebas finales de cada asignatura los estudiantes de undécimo grado que obtengan en dichas áreas puntajes sobre 70, en las pruebas del estado. 7. Se otorgará mención de honor al mejor estudiante de cada grado en rendimiento académico y comportamiento social observados durante el año. 8. Un estudiante podrá representar a la Institución en actividades deportivas y culturales a nivel ínter colegiado, distrital y nacional. 9. Reconocimiento en privado o reconocimiento público a los estudiantes que se destaquen en actividades deportivas, artísticas y de creación literaria dejando constancia en el observador del alumno. 10. El estudiante que tenga un buen desempeño académico, podrá Eximirse de la presentación de evaluaciones.

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11. Los mejores estudiantes en comportamiento social y rendimiento académico de cada curso tendrán derecho a izar el pabellón nacional y portar la bandera de la institución. También izarán bandera los estudiantes que logren una notable recuperación tanto en su comportamiento social como en rendimiento académico. 12. Los (las) estudiantes que se hayan distinguido por su buen comportamiento tendrán derecho a representar a la institución en eventos recreativos, deportivos y culturales. Si él o la estudiante seleccionado (a) incurre en una situación que afecte la convivencia Tipo II o Tipo III hasta una semana antes del evento, no podrá presentarse a ninguno de los eventos para los cuales haya sido seleccionado (a). 13. Se otorgará mención de Superación y esfuerzo a los (las) estudiantes que determinen los respectivos directores de grupo con los demás profesores que impartan clases en ese grupo, según los informes académicos del año. 14. Los estudiantes cuya permanencia en la Institución haya sido de preescolar al grado 11º, se le otorgará una medalla por su permanencia y reconocimiento público durante la ceremonia de grado. II.

A los Docentes. 1. Representar a la Institución en actividades deportivas y culturales a nivel ínter colegiado, distrital y nacional. 2. Reconocimiento en privado o reconocimiento público por el cumplimiento de sus deberes éticos y profesionalidad. 3. Participación en Capacitaciones y Seminarios. 4. Homenaje en el Día del Educador y al finalizar el año. 5. Tarjeta de felicitación a los docentes que en el semestre sobresalgan por una actividad en especial. 6. Ser elegido como representante en los diferentes comités. 7. Condecoración con la Medalla Rosalista a los que demuestren:  Vivencia de los valores institucionales.  Trabajos pedagógicos para el mejoramiento de su quehacer.  Puntualidad en su jornada laboral.  Sentido de pertenencia. 8. Jornada de integración para todos los docentes.

III.

Al Personal no Docente. 1. Celebración del día del Trabajador. 2. Condecoración de Medalla Rosalista a los que demuestren:  Sentido de pertenencia.  Responsabilidad en su labor.  Espíritu de servicio 3. Jornada de integración al finalizar el año para resaltar la labor realizada.

IV.

A los Padres De Familia. 1. Mención y publicación en cartelera a los padres que demuestren:

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  

Responsabilidad en las tareas asignadas. Sentido de pertenencia con la institución. Acompañamiento en el buen rendimiento académico y de comportamiento social de su hijo (a).  Apoyo en las actividades programadas por la institución. 2. Celebración del Día de la Familia para integrar a padres, madres e hijos. 5.

CAPÍTULO V - DE LOS PADRES DE FAMILIA

El padre de familia del Colegio Distrital los Rosales es una persona con sentido de pertenencia institucional, para quien la formación ética y académica de su representado (a) debe ser lo primordial. Conocedor de la visión, misión y propósitos educativos de la institución. Comprometido con todos los procesos de formación y participación que se dan en la vida institucional y consciente de la necesidad de su acompañamiento en los mismos para el buen logro de las metas planteadas. Artículo 35. Derechos de los padres de familia y/o acudientes 1. Participar activamente en el proceso de construcción del PEI, adoptarlo, ejecutarlo, evaluarlo y revisarlo, a través de sus representantes o directamente cuando sean convocados. 2. Reconocer al personal que hace parte de la Institución (Docentes, Directivos Docentes, Servicios Generales, Técnico). 3. Informar de oportuna sobre el proceso de desarrollo de sus hijos o acudidos. 4. Recibir colaboración eficiente y oportuna, por parte de los diferentes miembros de la institución, en especial para estar informado de las oportunidades de mejora de los estudiantes. 5. Recibir periódicamente los informes del rendimiento académico de su hijo y/o acudido. 6. Contar con garantía de continuidad en los estudios para su hijo(a) o acudido(a) en las condiciones que regularmente ha establecido el Colegio, en especial si no ha dado lugar a situaciones que afecten la convivencia de Tipo III. 7. Participar en la elección de Junta Directiva, Consejo de Padres de Familia, Comités y Consejo Directivo a través de sus representantes. 8. Participar en las diferentes actividades de formación y/o capacitación que la Institución brinde para la mejora de convivencia en la comunidad. 9. Presentar reclamos y/o quejas personalmente con respeto y siguiendo el conducto regular, en los horarios y espacios establecidos. (En caso de ser por escrito debe identificarse y no se hará por vía telefónica). 10. “Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

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11. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo. 12. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo. 13. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus 12 hijos cuando éstos sean agredidos.” Artículo 36. Deberes de los padres de familia y/o acudientes 1. Cancelar los costos de derechos de grado, exámenes de estado, convivencias, salidas pedagógicas y guías de trabajo, dentro de los plazos establecidos. 2. Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato de prestación de servicio educativo. 3. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas. 4. Cumplir con las condiciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas. 5. Conocer y asumir el Manual de Convivencia. 6. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad. 7. Defender el buen nombre de la Institución donde se educan sus hijos y no generar comentarios malintencionados que afecten su prestigio. 8. Leer el Manual de Convivencia con su hijo y preferiblemente en familia, analizar e interiorizar su contenido. 9. Colaborar con el colegio para que su hijo cumpla con todas las normas del Manual de Convivencia. Recordar que padres de familia e institución, hacemos conjuntamente un trabajo de formación integral a los estudiantes. 10. Apoyar al Colegio con firme autoridad, exigiendo a sus hijos cumplir con la obligación de estudiar y prepararse diariamente para la presentación de evaluaciones, tareas, trabajos, etc. 11. Determinar algún tipo de correctivo, al observar desinterés e irresponsabilidad en la parte académica. 12. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 13. Ser padres comprometidos, presentes en el proceso formativo de sus hijos y con un alto grado de honestidad en la información presentada.

12

Artículo 22 Decreto 1965 de Septiembre de 2013

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14. Brindar amor y atención a sus hijos ayudándoles a superar las dificultades propias de su edad. 15. Seguir el conducto regular para expresar su desacuerdo en los diferentes servicios que brinda el Colegio. 16. Los padres de familia y/o acudientes no están autorizados para ingresar a la institución con trabajos, tareas, materiales, útiles escolares, onces, dinero, etc. Recordemos que el sentido de responsabilidad y cumplimiento se inicia desde el hogar y en la medida en que se cumplan las normas sus hijos lo reflejarán. 17. Responsabilizarse de la educación y formación de su hijo y/o acudido en concordancia con los lineamientos establecidos por la Constitución Política, Artículo 67; la Ley General de Educación Art. 7º. literales c, d, f; Código de la Infancia y Adolescencia (art. 17, 22, 23, 39) el PEI y el Manual de Convivencia. 18. Valorar, apoyar y aceptar las decisiones que la institución tome en cuanto a la asignación de curso para su hijo (a), ya que toda decisión que se toma busca el mejoramiento del proceso de formación que se brinda en la institución. 19. Participar en la conformación del Consejo de Padres, comités y Consejo Directivo mediante la elección democrática de sus representantes. 20. Asistir puntualmente a las reuniones programadas por el Colegio, cuando se requiera su presencia y cuando lo considere necesario. De no asistir, se suspenderá al estudiante hasta tanto no cumpla el padre de familia con dicha citación, salvo inasistencia justificada en la que se enviará una nueva citación antes de proceder a la suspensión del estudiante. 21. Justificar personalmente y/o por escrito, ante la coordinación, los retrasos forzosos de su hijo(a) al Colegio. 22. Asistir a los espacios de formación de la Escuela para Padres programados por el equipo de Gestión Comunitaria. 23. Asistir a las citas individuales convocadas por Psicoorientación, asumiendo las recomendaciones sugeridas por el profesional. En caso de requerir un proceso terapéutico externo, el padre de familia está en la obligación de asumirlo e informar los avances del mismo. 24. Mantener una permanente comunicación con las directivas e informar oportunamente cualquier anomalía, aportando datos concretos para facilitar la investigación correspondiente. 25. Hacer entrega de los elementos que no pertenezcan a su hijo(a) en la coordinación y/u Oficina Administrativa. 26. Dar un trato respetuoso y cordial a todos los miembros de la comunidad educativa. En caso de presentarse una situación de irrespeto, se les citará en la Institución para presentar excusas por su actitud. La constancia quedará en el observador del Alumno. 27. Acercarse personalmente a solicitar permiso por su hijo o acudido y presentar excusas por fallas o retardos, en el momento en que el estudiante se reintegre a las labores académicas. 28. Promover y apoyar todo tipo de actividades que propicien el bienestar y la superación estudiantil e institucional.

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29. Asumir los costos de la reparación de los daños ocasionados por sus hijos o acudidos, respondiendo de manera inmediata por los mismos. 30. En caso de retiro definitivo o temporal del estudiante, el Padre de Familia deberá informar por escrito a Rectoría y a la Administración. 6.

CAPÍTULO VI - DEL DOCENTE

El docente Rosalista es un líder que se caracteriza por: tener sentido de pertenencia con el Colegio identificándose con su misión, visión, su proyecto educativo, principios y valores. Que vive su profesión con vocación de servicio, disciplina, orden, puntualidad, tolerancia, respeto, análisis crítico. Un docente que inspire confianza por su sentido de responsabilidad, manejo de grupo y buen trato para sus estudiantes, compañeros y demás personas de la comunidad, por poseer autoridad ética y moral con su buen ejemplo y comportamiento, justo y honesto, comprometido con un proceso permanente de autoformación. Artículo 37. Derechos del Docente 1. Conocer la Filosofía, principios, valores y Modelo Pedagógico (Socio – Crítico unido a la Experiencia Significativa) de la Institución. 2. Participar en la construcción, desarrollo e innovación y transformación del PEI. 3. Recibir los beneficios prestacionales, de seguridad, capacitación, bienestar y estabilidad, de conformidad con la Constitución Política Colombiana, la Ley General de Educación y el Código Sustantivo del Trabajo. 4. Ser tratado con respeto y acorde a los principios y valores asumidos por la institución. 5. Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones legales y el reglamento interno de trabajo (de manera escrita). 6. Hacer uso del conducto regular para resolver las situaciones que se le presenten. 7. Tener autonomía para el ejercicio de la docencia según asignación académica y principios institucionales. 8. Ejercer el derecho democrático de elegir y/o ser elegido para representar a sus compañeros ante los diferentes órganos del gobierno escolar. 9. Disponer de los medios, recursos, servicios y comodidades para el adecuado desempeño laboral. 10. Expresarse y ser escuchado en cualquier eventualidad en la que se halle involucrado. 11. Tener acceso a los recursos pedagógicos, físicos, didácticos y tecnológicos con que cuenta la Institución. 12. Recibir capacitación y actualización, de acuerdo con los programas y planes de estudio institucionales. 13. A no ser discriminado, de acuerdo con los derechos constitucionales. 14. A recibir un trato digno, respetuoso y cortés de sus superiores y demás miembros de la Comunidad Educativa en todas las circunstancias.

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15. Participar en foros, seminarios, talleres programados y organizados por Secretaría de Educación, Institución Educativa y Sindicato de Educadores. 16. Recibir cinco días de permiso por duelo en caso de muerte de un familiar de primer grado de consanguinidad y uno por familiar de segundo grado. Artículo 38. Deberes del Docente 1. identificarse y actuar de acuerdo con la filosofía, visión y misión institucional. 2. Apoyar en el proceso para hacer cumplir las normas y disposiciones que contempla el presente Manual de Convivencia. 3. Asumir, desarrollar y evaluar el PEI, participando activamente en su innovación y mejoramiento. 4. Cumplir con las responsabilidades laborales de conformidad con la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación, el Código Sustantivo del Trabajo, el Reglamento Interno de Trabajo y su propio contrato de trabajo. 5. Cumplir con la jornada laboral, la asignación académica y participar en todas las actividades de acuerdo con el contrato laboral. 6. Cumplir con un horario de atención a padres e informar el sitio de atención en la Oficina Administrativa del Colegio. 7. Cumplir de manera responsable con el acompañamiento en descansos, salidas pedagógicas, jornadas culturales o deportivas, convivencias y demás actividades programadas por la Institución. 8. Llegar puntualmente a la jornada laboral y demás actividades programadas por la Institución. 9. Emplear el conducto regular para solicitar y obtener permisos y asistir al evento que indica en su solicitud. 10. Presentarse a su trabajo apropiadamente vestido, las docentes sin escotes pronunciados ni faldas o shorts por encima de la rodilla, así como también un maquillaje discreto, los docentes con sus medias y camisillas, sin gomina en el cabello, de tal manera que se conviertan en ejemplos a imitar por nuestros estudiantes. 11. Seguir el conducto regular para resolver las situaciones que se le presenten en la Institución. 12. Desempeñar las labores a su cargo con ética, reserva y profesionalismo. 13. Dar un trato justo, respetuoso y equitativo a todos los estudiantes. 14. Leer y cumplir el presente Manual de Convivencia y participar en el proceso de acompañamiento convivencial. 15. Hacer uso responsable del ejercicio democrático de elegir y/o ser elegido. 16. Hacer un uso adecuado del celular. Recordemos que los docentes son ejemplo de vida para sus estudiantes y por lo tanto en la medida en que se cumplan las normas evitaremos enfrentamientos con los mismos. 17. “Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos

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11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 18. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 19. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. 13 20. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. “ 7.

CAPÍTULO VII - EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ESCOLAR

“La evaluación es una gran oportunidad, no sólo para validar el aprendizaje de nuestros estudiantes, sino también para reflexionar en qué aspectos debemos mejorar nuestros procesos de enseñanza” "Evaluar es comparar lo esperado con lo alcanzado" "El alumno o educando es el centro del proceso educativo y debe participar activamente en su propia formación integral" (Ley 115 Art. 91). Parágrafo 1: Todos los miembros de la comunidad educativa (padres o acudientes, estudiantes, docentes, directivos docentes), deben acceder al documento: Sistema Institucional de Evaluación Colegio Distrital Los Rosales, para tener conocimiento del sistema de evaluación que nos rige. 8.

CAPÍTULO VIII - DESESCOLARIZACIÓN

Artículo 39. Desescolarización Se presenta cuando el estudiante no tiene la posibilidad de realizar el proceso académico formal establecido por la institución bajo los siguientes parámetros: I. Incapacidad Física Por tratamientos médicos que impliquen aislamiento o dificultad para desplazamiento asumiendo riesgos.

13

Artículo 19 del Decreto 1965 de Septiembre de 2013. Responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar

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II.

III.

Embarazo Nuestra Institución se preocupa por la integridad física y emocional de la madre y su hijo, y sugiere evitar los posibles riesgos que se puede presentar dentro de las instalaciones de la Institución, por lo que se solicitará a la Estudiante o a su Acudiente presentar los soportes médicos correspondientes y luego de su oficialización, la estudiante podrá continuar su proceso académico en el programa de desescolarización. Conveniencia Cuando circunstancias especiales de convivencia o seguridad ameriten la adopción de este procedimiento.

Artículo 40. Procedimiento a seguir La desescolarización es un procedimiento aplicable a cualquiera de los grados y deberá efectuarse de la siguiente manera: 1. Solicitud escrita a Rectoría con copia a la Coordinación y Comité de evaluador del respectivo grado. 2. La Directiva Docente asignará a los estudiantes en tal condición horario de atención para desarrollo de tutorías, entrega de trabajo y presentación de evaluaciones. 3. Deberán cumplir en su totalidad con los programas, propósitos establecidos en el plan de estudios, así como las evaluaciones que se tengan que desarrollar. Para ello asistirán al Colegio según el horario para tal actividad. 4. Esta actividad se desarrollará por el tiempo que dure la correspondiente incapacidad y luego de ella el estudiante podrá reintegrarse normalmente al proceso académico. Para el caso de Conveniencia, si es por convivencia o seguridad, terminará el año escolar bajo este procedimiento y de ser necesario, se recomendará cambio de institución. 5. La desescolarización podrá ser adoptada de oficio por el plantel y comunicada al estudiante mediante notificación de Resolución Rectoral. 9.

CAPÍTULO IX - DISPOSICIONES FINALES

Según sentencias de la Corte Constitucional se manifiesta lo siguiente:  Se vulnera el derecho a la educación por pérdida de año (T092-311-94).  Se vulnera el derecho a la educación por sanciones al mal rendimiento académico (T569-XII-94).  Se vulnera el derecho a la educación por normas que exijan rendimiento y disciplina (T316-12-VII-94). Artículo 41. Renovación de Matrícula Al estudiante se le renovará la matrícula bajo las siguientes condiciones: 1. Haber terminado el año escolar sin MATRÍCULA EN OBSERVACIÓN.

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2. La no promoción del estudiante por más de dos años en el mismo grado 3. 4.

5.

determina hablar con el padre de familia para recomendar cambio de institución. Haber cumplido con todos sus deberes consagrados en el Manual de Convivencia, particularmente los referidos a oportunidades para cancelación de matrícula y pensiones. Cuando los padre(s) o acudiente(s) reiteradamente incumplen cualquiera de los deberes consagrados en el Manual de Convivencia, la Institución se reserva el derecho de no renovar el contrato de prestación de servicios educativos. Legalizar la matrícula en las fechas establecidas por el plantel para tal fin. La no renovación oportuna de la matrícula implica pérdida del cupo.

Artículo 42. Gobierno Escolar El Gobierno Escolar de la Institución será organizado conforme a este Manual y lo estipulado en el capítulo IV del Decreto 1860 reglamentario de la Ley General de Educación. Haciendo uso de la autonomía escolar el Consejo Directivo aprobará modificaciones en este proyecto en cuanto a su aplicación y funcionalidad institucional. I. Comunidad Educativa La Comunidad Educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y por las que de otra forma participan en la vida del Colegio Distrital Los Rosales: Estudiantes Matrículados, padres de los estudiantes o sus acudientes, los docentes vinculados a la institución educativa, los directivos docentes, Secretaria, celadores, aseadores (as) y egresados. II. Órganos de Participación Escolar 1. Consejo Directivo. Está integrado por el (la) Rector (a) quien lo preside, el Coordinador, dos (2) representantes del grupo de padres de familia designados en los términos establecidos en el decreto 1286/05, dos (2) representantes de los docentes elegidos en Asamblea General; un (1) representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes entre los estudiantes de último grado; un (1) representante del grupo de egresados. 1.1. Objetivos centrales del estamento  Participar en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo Institucional.  Fortalecer el proceso democrático y participativo entre los estudiantes que Integran la comunidad Educativa y acompañar al Rector en la toma de decisiones de carácter financiero, administrativo y técnico pedagógico en la Institución.

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1.2. Funciones del Consejo Directivo 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad. 2. Servir de instancia para resolver conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes del establecimiento educativo, después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia. 3. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando algunos de sus miembros se sientan lesionados. 4. Aprobar el plan anual de actualización académico del personal docente presentado por el Rector y – o consejo académico. 5. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa. 6. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante. 2. Rector. 2.1. Objetivos Centrales del Estamento  Representar legalmente al establecimiento ante las autoridades competentes.  Dirigir técnica, pedagógica y administrativamente la labor de un establecimiento educativo.  Ejecutar las decisiones del Gobierno Escolar. 2.2. Proceso de selección y conformación EI Rector o Director de las Instituciones Educativas Públicas es designado por concurso y nombrado mediante Decreto y dentro de la planta de personal aprobada por el Municipio. 2.3. Funciones del Rector 1. “Liderar el comité, escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11',12 Y 13 de la presente Ley. 2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los

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protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento 14 a dichos casos.” 5. Dirigir la preparación del proyecto educativo institucional con la participación de los distintos actores de la Comunidad Educativa. 6. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar. 7. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la Comunidad Escolar. 8. Formular con el apoyo de los equipos de gestión y el consejo directivo POA y POAI así como los planes de mejoramiento de la calidad y dirigir su ejecución. 9. Dirigir y apoyar el trabajo de los equipos de gestión, estableciendo contactos interinstitucionales para el logro de las metas propuestas. 10. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo; y presentar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación Municipal. 11. Distribuir con el apoyo del (la) coordinador (a) las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo de conformidad con las normas sobre la materia. Y hacer conocer a la comunidad dicha información. 12. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos, docentes y administrativos a su cargo. 13. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno de conformidad con las normas vigentes. 14. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación. 15. Suministrar información oportuna al departamento, Núcleo o Municipio, de acuerdo con sus requerimientos. 16. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su Institución. 17. Rendir un informe contable al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses. Y a la comunidad en general por la menos una vez al año. 18. Administrar el fondo de servicios educativos y los recursos que por incentivos se le asignen en los términos de la presente Ley. 3. Consejo Académico. El Consejo Académico es el responsable de los procesos investigativos y pedagógicos que tengan relación con el diseño, desarrollo y organización del Currículo y/o la propuesta de formación de la institución educativa. Este Consejo se reunirá periódicamente.

14

Artículo 18 del Decreto 1965 de Septiembre de 2013

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3.1. Proceso para su Conformación. El Consejo Académico está integrado por el Rector quien lo preside, los (las) Coordinadores (as), un docente por cada una de las áreas según el Plan de Estudios. En Asamblea de docentes convocada y precedida por el Rector, los docentes se reunirán por áreas y elegirán entre ellos el docente que los representará ante el Consejo Académico para el año lectivo en curso. De ello quedará evidencia escrita (Formato apropiado para la elección) además del Acta de Conformación. Los elegidos serán los responsables por cada área ante la institución y el Consejo Académico. 3.2. Representantes al Consejo Académico (Artículo 24, Decreto 1860 De 1994). Los representantes al Consejo Académico serán elegidos por voto secreto de los educadores por cada área definida en el Plan de Estudios, un representante por grado en los Niveles de Preescolar, Básica y media. Y el director de cada equipo de área. 3.3. Funciones del Consejo Académico (Artículo 24, Decreto 1860 De 1994). Se establecen como funciones del Consejo Académico en concordancia con el Decreto 1860 de 1994, las siguientes: 1. Servir de órgano consultor al Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional. 2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en el Decreto. 3. Organizar el Plan de Estudios y orientar su ejecución. 4. Participar en la evaluación institucional anual. 5. Integrar las comisiones de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los estudiantes y para la promoción, asignar sus funciones y supervisar el proceso general de la evaluación. 6. Liderar la orientación pedagógica de la institución. 7. Recibir reclamos sobre aspectos de la práctica evaluativa por parte de los estudiantes o cualquier miembro de la comunidad educativa. 8. Recomendar políticas para la dotación del material y medios auxiliares de enseñanza. 9. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional (PEI). 4. Comité de Convivencia Escolar Teniendo en cuenta el Artículo 12 de la Ley 1620, el comité escolar de convivencia estará conformado por:  El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.  El personero estudiantil  El docente con función de orientación  El coordinador cuando exista este cargo

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 El presidente del consejo de padres de familia.  El presidente del consejo de estudiantes  Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Parágrafo 1: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. 4.1. Funciones del Comité de Convivencia Escolar: Teniendo en cuenta el Artículo 13 de la Ley 1620, son funciones del Comité: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

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8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. Parágrafo 1: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. III.

Órganos de Participación de los Estudiantes 1. Consejo Estudiantil. 1.1. Objetivo Central del Estamento Asegurar y garantizar el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. 1.2. Proceso de Selección y Conformación 1. EI Rector o sus delegados para este fin, deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico la conformación del Consejo Estudiantil. 2. Si la institución cuenta con varios grupos por grado, cada grupo elegirá un representante en la fecha señalada (Asamblea de grupos) precedidas por los directores de grupo. 3. Los elegidos a su vez, en fecha posterior a ésta y definida por el Rector o sus delegados, se reunirán y elegirán los candidatos por grado. 4. El representante e integrante oficial del Consejo Estudiantil para el año lectivo en curso, serán los voceros de los estudiantes, ante todos los demás compañeros. 5. Para tal cometido serán convocados cuando el Consejo Estudiantil así lo decida o lo requiera. 1.3. Funciones del Consejo Estudiantil 1. Generar su propia organización. 2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento educativo para dar cumplimiento a la Ley. 3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presentan iniciativa sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 4. Trabajar mancomunadamente con el Personero en la promoción del ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la normatividad educativa. 5. Escuchar y analizar las propuestas presentadas por los estudiantes y ayudarlos en el proceso de aprobación ante la autoridad competente y su puesta en marcha en la institución. 6. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuye el Manual de Convivencia.

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2. Personero. Es el representante de todos los estudiantes ante todos los estamentos del Gobierno escolar. Debe ser un estudiante que esté cursando el grado Once (11) y estará encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Colombiana, las leyes y reglamentos y en este Manual de Convivencia. 2.1. Requisitos para ser Personero. El Personero de la Institución debe cumplir con los siguientes requisitos, además de los estipulados en el artículo 94 de la Ley 115 de 1994:  Estar Matrículado en el grado 11º de la Institución.  Tener buen rendimiento académico.  Tener buen comportamiento y disciplina. Además una excelente presentación personal.  No tener áreas pendientes de grados anteriores.  Tener aceptación dentro del grupo de estudiantes.  Ser emprendedor de programas en bien de la institución.  Conocer a cabalidad y promover el cumplimiento del Manual de Convivencia, en especial derechos y deberes, a través de la práctica de buenas relaciones entre directivas, docentes, estudiantes y padres de familia.  Tener disponibilidad de tiempo sin afectar las actividades académicas.  Tener cualidades y capacidad de liderazgo.  Distinguirse por la práctica de los valores de la institución.  Ser elegido por la mayoría de los estudiantes.  Tener capacidad de análisis, crítica, equilibrio y objetividad para afrontar problemas, tomar decisiones y asumir riesgos. 2.2. Funciones del Personero 1. Promover y motivar el conocimiento y ejercicio de los derechos y deberes, especialmente el derecho de petición, de defensa y debido proceso consagrados en la Constitución Colombiana, las Leyes y reglamentos y en el presente Manual de Convivencia. 2. Asesorar a los estudiantes en todos los casos en donde tengan inquietudes. 3. Promover campañas tendientes a obtener la convivencia y solución pacífica de los conflictos. 4. Desarrollar y ejecutar el Proyecto de la Personería. El cual debe ser dado a conocer con anticipación a sus compañeros. 5. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes. 6. Interponer recurso contra las decisiones de los docentes, directores de grupo o directivas. 7. Representar a la Institución, asistiendo a los talleres o reuniones que programe la administración Municipal.

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2.3. Proceso para elegir Personero Parágrafo 1: Convocatoria para elegir personero de los estudiantes. El Rector de la Institución convocará a través de la comisión encargada del Gobierno Escolar a elección de Personero Estudiantil dentro de los 30 días calendario siguiente a la iniciación de clases del período lectivo anual. La convocatoria se debe hacer mediante Resolución Rectoral, 30 días antes de la elección, con el fin de que los candidatos se inscriban, hagan sus campañas y presenten sus proyectos. El proceso de votación es un conjunto de actividades que cumplen los estudiantes Matriculados en la institución para elegir el personero. Parágrafo 2: Instalación de mesa de votación. Los jurados estarán integrados por los estudiantes, delegando principales y sus correspondientes suplentes. Los principales podrán convenir con los suplentes el cumplimiento de la función alternándose entre sí. Los testigos electorales pueden presenciar desde la iniciación del proceso las votaciones hasta su conclusión y entrega de resultados al registrador institucional. La jornada para la elección de personero iniciará a las 8:00 a.m. y se cerrará a las 4:00 pm. En caso de no estar completos los jurados (3 en total), procederán a informar a la autoridad electoral, delegado o registrador, para que provea los que faltan. Acto seguido, los jurados verificarán la existencia de los siguientes elementos: Urna, cubículos, tarjetas para el personero de los estudiantes, sobre con destino a delegados del rector, sobre para depositar las tarjetas electorales no utilizadas o inservibles, bolsa plástica, bolígrafos negros y uno rojo, lápices. Si la elección del Personero es virtual, se procede a tener disponibles las salas de informática con el tarjetón de los candidatos a Personería, con el fin de hacer buen uso de los medios tecnológicos más avanzados. Parágrafo 3: Lista de formularios de votación. Los jurados deben verificar la existencia de los formularios así:  Lista de jurados.  Lista de votantes.  Lista de registro de votantes.  Acta de instalación y constancia.  Actas de escrutinio de jurados. En caso de que falte algún elemento, se procederá a avisar a los registradores o a su delegado. Siendo la hora señalada se cerrará la urna o salas de informática y se colocarán los correspondientes sellos agregando el formulario con lista de jurados en la parte superior. Parágrafo 4: Iniciación de votaciones. Los jurados en número de tres (3) iniciarán a las 8:00 a.m., y a la 1:00 p.m. en punto, las votaciones en cada jornada.

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Parágrafo 5: Pasos a seguir en la votación.  A partir de las ocho (8:00 a.m.) podrá votar el primer estudiante de la jornada de la mañana hasta las 12:00 m. y a partir de la una (1:00 p.m.) y hasta la cuatro (4:00 p.m.) la jornada de la tarde, bien sea en las urnas o en forma virtual.  Cuando se acerca el estudiante a votar, se procederá a verificar su calidad de estudiante en el listado correspondiente.  Se busca el nombre en la lista de votantes, se marca con una X anotando en el registro de votantes el número de orden, los apellidos y el nombre del elector en las casillas correspondientes.  Se entrega al votante el bolígrafo y la tarjeta electoral del personero de los estudiantes el cual se firmará previamente por uno de los jurados.  El estudiante se dirige a los cubículos o recinto aislado o computador y marca cada tarjeta con una X, en el espacio del candidato de su preferencia o señala la casilla en blanco.  El votante dobla la tarjeta de modo que no estén a la vista los candidatos, mostrando al jurado el lugar donde firmó para probar que fue entregada por éste.  El estudiante deposita en la urna la tarjeta electoral debidamente doblada, o señala en el computador el candidato de su preferencia. Se recibe del estudiante el bolígrafo y se devuelve el carné. Parágrafo 6. Prohibición a los jurados. Los jurados no pueden hacer insinuaciones ni indicar candidato alguno a los electores ni efectuar marcaciones en la tarjeta electoral que entregan al estudiante.  Casos especiales: o Si el estudiante marca equivocadamente una tarjeta, el jurado anota la palabra inservible, la introduce en el sobre destinado para tal final y en su reemplazo le entregará una nueva tarjeta, si es en la urna, y si es virtual dará al computador la orden correspondiente para anular el voto y proceder nuevamente a votar. o Si el estudiante se abstiene de introducir en la urna una tarjeta tiene obligación de devolverla. En este caso, los jurados deberán colocar a la tarjeta la palabra inservible y depositarla en el sobre para las tarjetas NO UTILIZADAS E INSERVIBLES. El jurado debe solicitar al rector o registrador o su delegado el llamado de atención y la exigencia de compostura o incluso el retiro de los infractores, así sea en forma virtual. Parágrafo 7: Voto de Jurado.  Los jurados de votación principales y secundarios deberán sufragar en la mesa donde prestan el servicio por lo cual se anota el número del carné en la lista de votantes en los espacios asignados para este fin y el nombre, con el registro de votantes.

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 El jurado que ha votado en la respectiva mesa en donde prestó su concurso no podrá votar en ninguna otra so pena de hacerse acreedor a las sanciones de conducta según el Manual de Convivencia Parágrafo 8: Comisiones en la lista de votantes. Cuando un estudiante se acerque a votar y no figure en la lista, se le devuelve y se le indica acudir al registrador o delegado para que este funcionario, verifique el error de omisión y autorice el sufragio. El jurado marca la casilla correspondiente, en el formulario, lista y registro de votantes, previa verificación de la autorización para votar en la respectiva mesa. Parágrafo 9: Cierre de votaciones.  La votación se cierra a las 12:00 m., y 4:00 p.m. respectivamente según la jornada.  Por ningún motivo se permite sufragar después de esta hora aun cuando se encuentren estudiantes haciendo fila para hacerlo.  Cerrada la votación y antes de abrir la urna o pantalla, los jurados deben introducir las tarjetas electorales no utilizadas e inservibles en el sobre destinado para este fin y luego se sella.  A continuación uno de los jurados lee en voz alta el total de los votantes que se anota en el formulario de registro de votantes en el espacio correspondiente del formulario a las actas de escrutinio de los jurados. Parágrafo 10: Conteo de votos: Se abre la urna y pantalla y los jurados proceden a:  Seleccionar las tarjetas electorales o votos virtuales.  Contar las tarjetas electorales que conforman cada grupo.  Verificar que la cantidad de tarjetas electorales por urna coincidan con el número de votantes. Si es mayor se revisa el registro de votantes, y el número de votantes y si la diferencia persiste se introducen las tarjetas del grupo afectado en la urna o pantalla.  A continuación se mueve la urna con las tarjetas para alterar la colocación y se saca a la suerte tantas tarjetas cuantas sean las excedentes, y sin desdoblarlas se incineran inmediatamente. De este hecho queda constancia en el acta de escrutinio. Parágrafo 11: Revocatoria. En caso de no cumplir satisfactoriamente con las funciones asignadas, presentar mal comportamiento dentro o fuera de la institución o tener bajo rendimiento académico, podrá ser revocada su elección, en primera instancia por el Consejo de Estudiantes, con la aprobación del Consejo Directivo. En su reemplazo será nombrado el estudiante que al momento de la elección haya obtenido la segunda mayoría de votos. Parágrafo 12: Posesión. Acto especial ante la comunidad educativa o sus representantes que se realizará máximo una semana después de las elecciones, donde se le tomará juramento al nuevo personero (a) acompañado por las directivas de la institución y precedido por la Rectoría.

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“La verdadera generosidad para con el futuro consiste en entregarlo todo al presente” Albert Camus

3. Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Parágrafo 1: Los estudiantes de preescolar a tercero, elegirán un vocero que los represente. La forma de hacerlo la definirán los coordinadores de la institución con las sugerencias de los directores de grupo y/o las personas delegadas por el Rector. Parágrafo 2: El Consejo Estudiantil, conformado por un representante por grado, se reunirá para elegir entre los estudiantes de once el Representante al Consejo Directivo. IV.

Órganos de Participación de los Padres de Familia 1. Consejo de Padres y Asociación de Padres de Familia. Su fundamentación se encuentra en el Decreto No 1286 del 27 Abril de 2005 el cual establece las normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos formativos de los establecimientos educativos. Para su aplicación se procederá así:  El Rector y los (las) coordinadores (as) en las tres primeras semanas de clase convocarán a reuniones generales de padres de familia en cada una de las secciones de la institución (Asamblea de Padres de Familia). De ellas saldrán 2 o 3 padres de familia representantes por cada uno de los grupos.  Estos padres de familia serán citados a una reunión en donde se elegirán los padres de familia que conformarán el Consejo de Padres según lo estipulado en el decreto en mención.  Los padres de familia representantes igualmente, podrán entrar a conformar la Asociación de Padres de Familia correspondiente al nuevo año lectivo. Artículo 43. Proyectos Pedagógicos 1. “Los proyectos a que se refiere el numeral 1 del artículo _15 de la Ley 1620 de Marzo del 2013, deberán ser desarrollados en todos los niveles del establecimiento educativo, formulados y gestionados por los docentes de todas las áreas y grados, construidos colectivamente con otros actores de la comunidad educativa, que sin una asignatura específica, respondan a una situación del contexto y que hagan parte del proyecto educativo institucional o del proyecto educativo comunitario. 2. Los proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad, que tienen como objetivos desarrollar competencias en los estudiantes para tomar decisiones informadas, autónomas, responsables, placenteras, saludables y orientadas al bienestar; y aprender a manejar situaciones de riesgo, a través de la negativa consciente reflexiva y crítica y decir no a propuestas que afecten su integridad física o moral, deberán desarrollarse gradualmente de acuerdo con la edad, desde cada una de las áreas obligatorias señaladas en la Ley 115 de 1994, relacionados con el cuerpo y el desarrollo humano, la reproducción humana, la salud sexual y reproductiva y los métodos de anticoncepción, así como las reflexiones en torno a actitudes, intereses y habilidades en relación con las emociones, la construcción cultural de la sexualidad, los comportamientos culturales de género, la diversidad sexual, la sexualidad y los estilos de vida sanos, como

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elementos fundamentales para la construcción del proyecto de vida del estudiante. 3. La educación para el ejercicio de los derechos humanos en la escuela implica la vivencia y práctica de los derechos humanos en la cotidianidad escolar, cuyo objetivo es la transformación de los ambientes de aprendizaje, donde los conflictos se asumen como oportunidad pedagógica que permite su solución mediante el diálogo, la concertación y el reconocimiento a la diferencia para que los niños, niñas y adolescentes desarrollen competencias para desempeñarse como sujetos activos de derechos en el contexto escolar, familiar y comunitario. Para esto, el proyecto pedagógico enfatizará en la dignidad humana, los derechos humanos y la aceptación y valoración de la diversidad y las diferencias. 4. En el currículo, el establecimiento educativo deberá hacer explícito el tiempo y condiciones destinadas a los proyectos, acorde con lo señalado en los artículos 76 a 79 de la Ley 115 de 1994 en relación con el currículo y planes de estudio. Parágrafo 1: En todos los casos se deberán respetar las garantías constitucionales en torno a los derechos fundamentales establecidos en el 15 Título II Capítulo 1 de la Constitución Nacional.” Artículo 44. Costos educativos y otros cobros Cobros periódicos: Son la suma que pagan periódicamente los padres y/o acudientes de manera voluntaria: manual, guías copias, transporte cuando sea necesario. El Colegio no ofrece directamente los servicios especiales de transporte sino a través de terceros. Cuando se requiera de estos servicios se debe aceptar las condiciones que se tienen establecidos. Otros cobros: Son las sumas que se pagan por servicios del establecimiento tales como: certificados, constancias, derechos de grado, salidas pedagógicas, convivencias, papelería, talleres, material didáctico (guías). Artículo 45. Vigencia El presente Manual de Convivencia entrará en vigencia a partir de su aprobación por parte del Consejo Directivo y permanecerá vigente mientras no sea modificado parcial o totalmente. Artículo 46. Modificaciones Las propuestas de modificación a cualquier punto del presente Manual, serán presentadas al Consejo Directivo, por cualquier miembro de la comunidad, de manera escrita y debidamente soportadas.

Publíquese y cúmplase. Dado en Barranquilla en el mes de Septiembre de 2013.

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Artículo 20 de la Ley 1620 de Marzo de 2013

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COLEGIO DISTRITAL LOS ROSALES Año Lectivo ______________

Nosotros _____________________________________________________, Padre de Familia y/o Acudiente del Estudiante ________________________________________ del grado_____________, recibimos, aceptamos y nos comprometemos libremente con el respeto a las buenas costumbres y a lo dispuesto por la ley y el Manual de Convivencia del Colegio Distrital Los Rosales, que entró a regir a partir del año lectivo ______________ y como integrantes de la Comunidad Educativa, estamos dispuestos a cumplirlo y hacerlo cumplir. Entendemos que es una herramienta propicia y fundamental para la sana convivencia, la formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar y es el marco de referencia de nuestros derechos y deberes, de la resolución de conflictos y dificultades que eventualmente se puedan presentar, además de que hace parte del Contrato de Matrícula. En constancia firmamos,

Padre de Familia y/o Acudiente

Estudiante

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