INSTITUTO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
www.compraspublicas.gob.ec
CURSO TALLER
SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
"Escuchas y olvidas, ves y recuerdas, haces y entiendes. Entonces, se aprende haciendo" Lao Tse El Viejo sabio, 694 A.C.
CONTENIDO DEL CURSO TALLER
SNCP
SNCP
• SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
• IDENTIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
• CONDICIONES CONTRACTUALES SNCP
• INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA SNCP
• HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS
La Contratación Pública en el régimen anterior al SNCP Dispersión normativa.
Reglamentación autónoma como regla general.
Sin planificación institucional obligatoria.
Oneroso y complicado para el proveedor.
Registros de proveedores no regulados.
No utilización de la tecnología
Inexistencia de control social
Dirigido a obras, no a bienes y servicios.
Ausencia de una Política Nacional en la Contratación Pública.
Inexistencia de indicadores y reportes
Sin conexión con esquemas de Plan Nacional.
Sin mecanismos de control en la calidad de gasto
Compra pública como acción pública realizada al margen del desarrollo de la economía nacional.
Falta de mecanismos de promoción de producción local, nacional y de PYMES, y ausencia de esquemas antimonopolio
Principales políticas y objetivos que sustentaron la expedición de la LOSNC POLÍTICAS
OBJETIVOS
Eliminar la discrecionalidad y la corrupción en Transparentar los procesos de contratación la contratación pública. pública aplicando tecnologías de información y comunicación; Facilitar la veeduría ciudadana. Convertir a la compra pública en un factor Generar oportunidades del mercado para la dinamizador de la producción nacional y del oferta nacional, especialmente de la micro y desarrollo local. pequeña empresa. Garantizar el uso eficiente y eficaz de los Implementar un sistema nacional de recursos del Estado. contratación pública ágil, seguro y confiable; Asegurar la calidad de los suministrados por las Entidades.
servicios
Visión sistémica de la contratación pública Homologación de toda la contratación pública Institucionalización de la contratación pública Transparentar todo el proceso de contratación Herramientas informáticas para la contratación
Aportes de la LOSNCP a la Contratación Pública
Planificación de la contratación y vinculación con el presupuesto institucional Un registro único para proveedores Participación de la producción nacional en la contratación pública Eliminación de exoneraciones Inclusión de mecanismos de asociatividad y compra corporativa Simplificación y modernización de procedimientos Control y seguimiento del Sistema Nacional
Normativa del SNCP
CONSTITUCIÓN LEYES ORGÁNICAS LOSNCP (R.O. 395 – S, 04/08/2008) LOEP (R.O. 48 –S, 16/10/2009) RGLOSNCP y modificaciones (R.O. 588 – S, 12/05/2009)
RESOLUCIONES INCOP
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
“Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas”
Legalidad Participaci贸n nacional
Trato justo
Publicidad
Igualdad
Transparencia
Calidad
Vigencia tecnol贸gica
Concurrencia
Oportunidad
Garantizar la calidad del gasto público y su ejecución en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo
Objetivos del SNCP
Garantizar la ejecución plena de los contratos y la aplicación efectiva de las normas contractuales Garantizar la transparencia y evitar la discrecionalidad en la contratación pública Convertir a la contratación pública en un ente dinamizador de la producción nacional
Promover la participación de artesanos, profesionales, micro, pequeñas y medianas empresas con ofertas competitivas
Objetivos del SNCP
Agilitar, simplificar y adecuar los procesos de adquisición a las distintas necesidades de las políticas públicas y a su ejecución oportuna Impulsar la participación social a través de procesos de veeduría ciudadana que se desarrollen a nivel nacional Mantener sujeción efectiva y permanente de la contratación con los sistemas de planificación y presupuestos públicos
Modernizar los procesos de contratación pública para que sean una herramienta de eficiencia en la gestión económica de los recursos del Estado
Objetivos del SNCP
Garantizar la permanencia y efectividad de los sistemas de control de gestión y transparencia del gasto público
Incentivar y garantizar la participación de proveedores confiables y competitivos
REGLAMENTO GENERAL LOSNCP Y REFORMAS Decreto 1700, 05-2009 Decreto 1869, 08-2009 Decreto 94, 102009 Decreto 143, 112009 Decreto 401, 072010 Decreto 451, 082010 Decreto 791, 052011 Decreto 841, 082011
Reglamento General LOSNCP Garantía personal para actividades artísticas Construcción vial Negociación en SIE Medicamentos: Contratación directa después de SIE desierta Ejecución vial para la administración central Ejecución anticipo de obra
Menor cuantía obras, Régimen especial y otras.
RESOLUCIONES DEL INCOP Expedidas en 2011 No. Resolución
Fecha expedición
INCOP 054-2011
Noviembre 12, 2011
INCOP 053-2011
Octubre 14, 2011
INCOP 052-2011
Octubre 11, 2011
INCOP 051-2011
Septiembre 09, 2011
INCOP 050-2011
Junio 22, 2011
INCOP 049-2011
Mayo 17, 2011
INCOP 048-2011
Mayo 02, 2011
INCOP 047-2011
Febrero 25, 2011
Asunto
Observacione
Especificaciones y Términos Información relevante a publicarse en el Portal Registro Único de Proveedores, registro de Entidades y registro de incumplimientos Normas complementarias para giro específico del negocio Instructivo Adquisición Vehículos Selección de Proveedores para Convenio Marco Sustitutiva de Casuística de Ínfima Cuantía Procedimiento para realizar Ferias Inclusivas
Deroga Resoluci No. 046-2010
Deroga Resoluci No. 043-2010
ARQUITECTURA INSTITUCIONAL DEL SNCP Políticas, Reformas
Entidades Contratantes
Ley Orgánica del SNCP Reglamento y Resoluciones www.compraspublicas.gob.ec Herramientas Informáticas Registros de Entidades y Proveedores Modelos y Formatos
Proveedores
Organismos del Estado
INCOP
Organismo t茅cnico y aut贸nomo
RECTOR DEL SNCP
Administrador del sistema
Facultad normativa
Persona jurídica que aplicará de manera obligatoria la LOSNCP, Reglamento General y Resoluciones del INCOP Organismos y dependencias de las Funciones del Estado Organismos electorales
Organismos de control y regulación Entidades del Gobierno Seccional Autónomo
ENTIDADES CONTRATANTES
Organismos y entidades que presten servicios públicos o desarrollen actividades económicas asumidas por el Estado Personas jurídicas creadas por acto legislativo seccional para la prestación de servicios públicos Corporaciones, fundaciones o sociedades civiles que pertenezcan a entidades estatales EMPRESAS PÚBLICAS; y en general todo contrato que utilicen recursos públicos en más del 50%
PROVEEDORES
Personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que estén habilitadas en el RUP, para proveer bienes, servicios, consultoría ejecutar una obra, acorde a los requerimientos de una entidad contratante.
Constar en el RUP como proveedor habilitado
Someterse de manera expresa y sin reservas, al contenido del acuerdo de responsabilidad Las entidades públicas contratistas, que a la vez provean de bienes, obras y servicios, respecto de otra entidad contratante, también deben registrase.
USUARIOS HABILITADOS al 31-12-2010 PROVEEDORES
ENTIDADES
TOTAL 2008
23.830
TOTAL 2008
1.692
TOTAL 2009
29.388
TOTAL 2009
2.582
TOTAL 2010
17.503
TOTAL 2010
581
TOTAL PROVEEDORES HABILITADOS
70.721
TOTAL ENTIDADES HABILITADAS
4.855
RESUMEN DE PROCESOS DE CONTRATACIÓN, 2010
TIPO DE PROCESO
Nº DE PROCESOS
PRESUPUESTO $
ADJUDICADO $
REBAJA PRESUPUESTARI $
Catálogo Electrónico
16.119
138.901.701
138.901.701
Subasta Inversa Electrónica
25.597
1.593.338.609
1.259.587.108
333.751.
531
1.521.382.886
1.429.300.531
92.082.
2.409
490.266.173
459.147.765
31.118.
26.188
615.550.432
613.355.698
2.194.
47
37.813.418
39.353.435
- 1.540.
622
77.523.556
75.652.787
1.870.
5.686
94.734.847
92.860.615
1.874.
1
140.000
129.000
11.
3
38.492
38.392
250
69.424.620
58.688.542
10.736.
4.500.213.033 4.028.113.873
472.099.1
Licitación Cotización Menor Cuantía Concurso publico Lista corta Contratación directa Concurso Público por Lista Corta Desierta Lista Corta por Contr. Directa Desierta Licitación de Seguros
TOTAL Publicación
61.334 98.470
1.822.237.250
1.822.237.251
A SEPTIEMBRE 2011
Logros
% de monto adjudicado a MIPES en Contratació Pública 50%
INCREMENTO DE LA PARTICIPACIÓN DE MIPES EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
50%
43%
40% 30%
31%
22%
20% 10% 0%
2008
El fomento a las MIPES es evidente, alcanzando en el presente año el 50% de participación en montos de contratación adjudicados.
2009
2010
2011*
Fuente: Base de datos INCOP *Información actualizada al 30 de junio del 2011 ** En los montos de contratación se excluye al proceso de Publicación, Ya que en dicho proceso no se determina el tamaño proveedor, adicionalmente se excluye aquellos procesos en los q no se haya identificado el tamaño del proveedor.
Logros
% de monto adjudicado a MIPYMES en Contrata Pública
INCREMENTO DE LA PARTICIPACIÓN DE MIPYMES EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
73%
80% 70%
59% 52%
60% 50%
38%
40% 30% 20%
10% 0%
El fomento a las MIPYMES es evidente, que el 2010 bordeó el 73% y el 2011 ya bordea el 60% en montos de contratación adjudicados.
2008
2009
2010
2011*
Fuente: Base de datos INCOP *Información actualizada al 30 de junio del 2011 ** En los montos de contratación se excluye al proceso de Publicación, Ya que en dicho proceso no se determina el tamaño proveedor, adicionalmente se excluye aquellos procesos en los no se haya identificado el tamaño del proveedor.
Logros
MAYOR BASE DE DATOS DE PROVEEDORES DEL PAÍS HABILITADOS PARA PARTICIPAR EN CONTRATACIÓN PÚBLICA
COMPARATIVO DE PROVEEDORES ANTES Y DESPUÉS DE LA PUBLICACIÓN DE LA LOSNCP (AGO/2008) CON CONTRATANET CON COMPRASPUBLICAS Hasta Abril 2008 Hasta Junio 2011
Enidades Habilitadas Proveedores Habilitados Con la LOSNCP se multiplicó el número entidades que publican procesos de contratación y proveedores que participan en ellos
482
5.163
10.684
67.883
Fuente: Contratanet - Base de datos INCOP
FASE PREPARACIÓN PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN
ESTUDIOS
PRESUPUESTO REFERENCIAL
MODELOS Y FORMATOS OBLIGATORIOS
PLIEGOS
INFORMACIÓN TÉCNICA, ECONÓMICA Y LEGAL. SON PÚBLICOS Y DE ACCESO GRATUITO
Exclusivamente el oferente adjudicado, de ser el caso, pagará a la entidad un valor previsto en los pliegos
RESPONSABILIDAD
LA MÁXIMA AUTORIDAD DE LA ENTIDAD CONTRATANTE Y LOS FUNCIONARIOS QUE HUBIEREN PARTICIPADO EN LA ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS, EN LA ÉPOCA EN QUE ÉSTOS SE CONTRATARON Y APROBARON, TENDRÁN RESPONSABILIDAD SOLIDARIA JUNTO CON LOS CONSULTORES O CONTRATISTAS, SI FUERE DEL CASO, POR LA VALIDEZ DE SUS RESULTADOS Y POR LO EVENTUALES PERJUICIOS QUE PUDIERAN OCASIONARSE EN SU POSTERIOR APLICACIÓN.
FASE PRECONTRACTUAL Información básica
ETAPA A: Creación del proceso
Categorización Productos
(www.compraspublicas.gob .ec)
Plazos y fechas Anexos (Pliegos)
FASE PRECONTRACTUAL
Preguntas y respuestas
ETAPA B: Interacción entidad contratante oferentes
Entrega de ofertas Convalidación errores
ETAPA C: Evaluación y Adjudicación
Calificación de ofertas Resolución de adjudicación
• Errores de forma: son aquellos que no implican modificación alguna al contenido sustancial de la oferta, tales como:
• Pueden corregirse dentro del término mínimo de 2 días ó máximo 5 días, desde la fecha de notificación. • El pedido será notificado a todos vía Portal. • Los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no modifiquen el objeto de la misma, por lo tanto podrán subsanar las omisiones sobre capacidad legal, técnica o económica.
Metodología de Evaluación de Ofertas
Procedimiento de actividades secuenciales y asociadas para la determinación de las ofertas que presenten el Mejor Costo, en cumpliendo a las condiciones: • Técnicas, • Económicas, y • Legales. Análisis de Integridad de la Oferta
Evaluación Cumple / No Cumple
Evaluación por Puntajes
En los procedimientos de Menor Cuantía no existe Evaluación por Puntajes.
Análisis de integridad de la Oferta FORMULARIOS
+
DOCUMENTOS
Definición de formularios que integran la Oferta. Se enumerarán y describirán conformidad con los Pliegos. La integridad de la oferta es una consecuencia asociada al cumplimiento en la entrega de información y documentación de base.. Producto de la evaluación de la integridad de la oferta y ante un eventual incumplimiento, la consecuencia es el rechazo de la oferta. Pueden incorporarse documentos o requisitos adicionales a los señalados en los Pliegos, siempre y cuando estén directamente asociados al quehacer de la entidad y en el marco de sus atribuciones y competencias.
El análisis de Integridad de la oferta incluye la verificación de la concurrencia en las causales de rechazo.
Elementos para la evaluación de la integridad de la Oferta DESCRIPCIÓN
Menor Cuantía
Cotización
Licitación
Carta de Presentación y compromiso debidamente suscrita por el oferente, representante legal o procurador común según sea el caso.
X
X
X
Tabla de descripción de RUBROS, UNIDADES, CANTIDADES y PRECIOS.
X
X
X
Datos Generales del oferente.
X
X
X
Análisis de Precios Unitarios de todos y cada uno de los rubros del proyecto.
X
X
Situación financiera del oferente. Se incluye la presentación de la declaración del Impuesto a la Renta del año fiscal anterior al correspondiente al proceso.
X
X
Variaciones de la situación financiera del Oferente. Listado del equipo asignado al proyecto.
X X
X
X
Elementos para la evaluación de la integridad de la Oferta DESCRIPCIÓN
Menor Cuantía
Cotización
Licitación
Listado del personal técnico propuesto para el proyecto.
X
X
Hoja de vida del personal técnico asignado al proyecto.
X
X
Listado de proyectos similares ejecutados por el oferente que avalan la experiencia requerida.
X
X
X
Cronograma valorado de trabajos propuesto para el proyecto.
X
X
X
X
X
Metodología de trabajos propuesta para el proyecto. Participación nacional mínima ofertada para el proyecto, propuesta por el oferente.
X
Participación nacional mínima del proyecto.
X
Identificación de Socios, Accionistas, Partícipes mayoritarios del oferente en caso de ser persona jurídica
X
X
X
Evaluación Cumple o No Cumple
Definición de parámetros técnico-económicos con dimensionamiento de mínimos admisibles y de obligatorio cumplimiento.
Cada parámetro debe estar completamente definido y dimensionado de tal modo que no haya duda ni lugar a la interpretación o subjetividad.
Evaluación
Si o No
La Metodología no contempla puntajes ni ponderaciones; es absoluta en su aplicación en afirmativo o negativo.
Solamente aquel oferente que cumpliera TODOS lo parámetros establecidos podrá ser habilitado para l siguiente etapa del proceso.
Únicamente los parámetros que se han establecido en los pliegos se evaluarán; podrá incorporarse o modificarse únicamente cumpliendo previamente la disposiciones para “Modificación de los Pliegos”.
Parámetros de Evaluación Cumple o No Cumple
• Equipo • Personal Técnico • Experiencia General • Experiencia Específica • Experiencia Personal Técnico • Índices Financieros • Metodología y Cronograma • Otros
Parámetros de Evaluación Cumple o No Cumple
Equipo
El listado del equipo mínimo debe estar detallado en los pliegos Se definirá en función de su tipología (no comercial) y especificaciones técnicas No se fijarán condiciones que carezcan de soporte legal o que resultaren excesivas para el tipo de obra a ejecutar Si fuera del caso, se deberá fundamentar debidamente la necesidad de contar con equipamientos especiales tales como plantas de asfalto u hormigón
Parámetros de Evaluación Cumple o No Cumple
Equipo
Se evaluará la disponibilidad del equipo y no su propiedad No se considerará como criterio de admisibilidad de las ofertas o como parámetro de calificación, porcentaje alguno asociado a la propiedad Podrá requerirse matrículas del equipo así como equipo bajo arriendo o compromiso de compraventa La matrícula no se utilizará como instrumento de rechazo o descalificación
Personal Técnico
Parámetros de Evaluación Cumple o No Cumple
Se deberá definir el listado del Personal Técnico mínimo necesario para el proyecto; Para cada uno se debe señalar la posición que ocupará, la formación profesional que deberá acreditar
Se definirá el instrumento por el que se comprometerá su participación.
Experiencia General
Parámetros de Evaluación Cumple o No Cumple Se definirá cuál es la experiencia mínima que deberá acreditar el oferente, ya sea en número de proyectos (obras) o montos contractuales, pudiendo relacionárselos en el tiempo (5/10/15 últimos años).
Se definirá exactamente que tipo de obras se aceptarán como experiencia general;
Se establecerá el instrumento con el que se demostrará la experiencia.
Experiencia Específica
Parámetros de Evaluación Cumple o No Cumple Se definirá cuál es la experiencia específica mínima que deberá acreditar el oferente, ya sea en número de proyectos (obras) o montos contractuales, pudiendo relacionárselos en el tiempo (5/10/15 últimos años).
Se definirá exactamente que tipo de obras se aceptarán como experiencia específica;
Se establecerá el instrumento con el que se demostrará la experiencia.
Personal Técnico
Experiencia
Parámetros de Evaluación Cumple o No Cumple Deberá definirse cuál es la experiencia que cada miembro del personal técnico debe acreditar; ya sea en años, número o monto de proyectos.
Se reconocerá la experiencia adquirida en relación de dependencia; como empleado privado o servidor público en la ejecución de la o las obras.
Para cada caso ha de establecerse el instrumento o medio por el que se comprobará la experiencia adquirida.
Índices Financieros
Parámetros de Evaluación Cumple o No Cumple Especificar cuál(es) es (son) el (los) índice(s) a evaluar y cual el valor mínimo/máximo a justificar en cada caso.
Los índices regularmente aceptados son: Índice de Solvencia (mayor o igual a 1,0); Índice Estructural (mayor o igual a 0,3); Índice de Endeudamiento (menor a 1,5).
Los índices estarán respaldados en la Declaración del Impuesto a la Renta y los balances presentados al órgano de control correspondiente.
Cronograma
Otros
Metodología y
Parámetros de Evaluación Cumple o No Cumple
Se deberá definir los aspectos puntuales que el oferente debe presentar y cumplir como parte de la metodología Ej.: CPM; definición de frentes de trabajo; cronogramas valorados de ejecución / uso de equipo / personal técnico.
Identificar el parámetro, su indicador y el medio de comprobación.
El parámetro deberá estar asociado directamente a la obra a contratar
Evaluación por puntaje
Puntaje
Definición de parámetros técnico-económicos con dimensionamiento de condiciones puntuables a partir del cumplimiento de mínimos admisibles. Un parámetro es puntuable únicamente a partir de la acreditación de mejores condiciones que las fijadas como mínimas o máximas. Cada parámetro debe ser íntegramente definido, debe expresar exactamente que se va a medir (concepto) y como se va a medir (unidad).
Tiene que ser dimensionado; debe señalarse cual es el valor de referencia a partir del cual o por el cual se otorgará puntajes.
Para cada parámetro se debe establecer las condiciones y metodología con las que se asignará o ponderará el puntaje definido para este.
La evaluación de parámetros por puntaje no debe usarse para el rechazo o descalificación de una oferta bajo ningún concepto.
Parámetros de Evaluación Por Puntaje
• Experiencia General • Experiencia Específica • Experiencia Personal Técnico
• Índices Financieros * • Metodología y Cronograma • Oferta Económica
Evaluación por puntaje
Experiencia General/ Específica/ Técnicos
Especificar tipo y dimensión de la experiencia que debe demostrar el oferente y mediante que documentos
Se podrá definir respecto de un período de tiempo y/o asociado a un número, tiempo o montos contractuales, a partir de un mínimo
No se circunscribirá a un período inferior al de los últimos 5/10/15 años. (Ej.: No requerirá determinada experiencia en los últimos 2 años..., el mínimo debe ser 5/10/15 años) y no se fijará un límite superior. Si la experiencia se fija con relación a montos contractuales, se determinará puntualmente el porcentaje a justificar con respecto al monto contractual del proceso o en su defecto se fijará un valor a justificar a partir de la condición de un mínimo. En ningún caso se fijará un límite superior
Experiencia General/ Específica/ Técnicos
Evaluación por puntaje Se establecerá si se la debe acreditar individualmente o de forma acumulada entre varios proyectos. Si fuera acumulable, se fijará el número y/o monto mínimo de los proyectos que podrán considerarse para este procedimiento.
La metodología de evaluación debe señalar cómo se otorgarán los puntajes; a qué condición se otorgará el máximo puntaje y a partir de este, como se otorgará a las demás condiciones acreditadas por los oferentes.
Oferta Económica
Evaluación por puntaje Deberá detallarse la manera como se evaluará y con respecto a qué concepto. Se debe identificar las condiciones para otorgar el máximo puntaje y, a partir de éste, como se ponderarán las calificaciones para las demás ofertas. Debe estar íntegramente desarrollada, de modo que no haya lugar a confusión o discrecionalidad en su aplicación. Debe ser universal y aplicable a cualquier condición de la oferta económica de tal modo que arroje siempre resultados reales y coherentes con la condición evaluada.
En los pliegos se publicará la fórmula de ponderación a utilizar para la valoración, identificando los parámetros que la componen.
ADJUDICACIÓN: Propuesta de “mejor costo”: Mejor Costo en Bienes o Servicios Normalizados:
Mejor Costo en Obras, o en Bienes o Servicios No Normalizados:
• Oferta que cumpla con:
• Mejores condiciones presentes y futuras en:
• Especificaciones técnicas, • Financieras, • Legales; y , • Precio más bajo.
• Aspectos técnicos, • Financieros, • Legales; y, • Sin que el precio más bajo sea el único parámetro de selección.
Mejor Costo en Consultoría:
• Criterio de “Calidad y Costo”. • En ningún caso el costo tendrá un porcentaje de incidencia superior al 20%
Expediente
FASE PRECONTRACTUAL
FASE CONTRACTUAL
OBRAS
ADICIONALES A PROCESOS DE:
BIENES INMUEBLES REGIMEN ESPECIAL 57
Expediente Fase Precontractual a) Estudios, diseños o proyectos; b) Estudio de desagregación tecnológica, si es pertinente, c) d) e) f) g) h) i) j)
incluyendo el oficio de no objeción emitido por el INCOP; Certificación presupuestaria para el objeto de contratación correspondiente; Convocatoria o invitación para participar en el proceso, según el caso; Pliego; Resolución de aprobación de pliego e inicio del proceso; Preguntas, respuestas y aclaraciones correspondientes al proceso; Ofertas técnicas emitidas con firma electrónica, si la tuvieren, salvo la información calificada como confidencial por la entidad contratante conforme al pliego; Acta de apertura de las ofertas presentadas por los oferentes; Acta que detalle los errores de forma de la ofertas y por lo cual se solicita la convalidación errores, así como el acta por la cual se han convalidado dichos errores, de ser el caso;
Expediente Fase Precontractual k) Informe de evaluación de las ofertas realizada por las l) m) n) o) p) q) r)
subcomisiones de apoyo a la comisión técnica y/o por la comisión técnica, de ser el caso; Informe de evaluación de ofertas realizada por la comisión técnica, de ser el caso; Cuadro resumen de calificación de las ofertas presentadas; Informe de la comisión técnica en la cual recomienda a la máxima autoridad o su delegado la adjudicación o declaratoria de desierto, según corresponda, del proceso de contratación; Garantías presentadas antes de la firma del contrato; Cualquier resolución de delegación emitida dentro de esta fase por la entidad contratante; Resoluciones de cancelación o declaratoria de proceso desierto, según el caso y de existir; Cualquier reclamo o recurso presentado dentro de esta fase, así como los actos emitidos por la entidad contratante con ocasión de su tramitación.
Procedimientos dinámicos
Compra por Catálogo Subasta Inversa Electrónica Licitación
Procedimientos “comunes”
Cotización Menor Cuantía Concurso público
RÉGIMEN COMÚN
Procedimientos de Consultoría
Lista Corta Contratación Directa Contrato Integral por Precio Fijo Contrataciones en situaciones de emergencia
Compra de bienes inmuebles
Procedimientos especiales
Arrendamiento de bienes inmuebles Feria Inclusiva Seguros
Arrendamiento de bienes muebles
Bienes y servicios normalizados son aquellos cuyas características o especificaciones técnicas han sido estandarizadas u homologadas por la entidad contratante; y en consecuencia, dichas características o especificaciones son homogéneas y comparables en igualdad de condiciones.
BIENES Y SERVICIOS NORMALIZADOS
Los Convenios Marco se realizan a partir de procesos periódicos de selección en base a la normativa que establece la LOSNCP, para determinar bienes y servicios, para su contratación directa sobre la base de la recurrencia de adquisición
Los bienes y servicios normalizados se adquieren, primero mediante procedimientos de Compras por Catálogo, pero en caso de no encontrarse en el Catálogo Electrónicos se los adquiere a través de Subasta Inversa Electrónica; y, sí esta es declarada desierta se optará por los demás procedimientos de contratación de acuerdo con los montos previstos en la LOSNCP
IDENTIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS BIENES Y SERVICIOS NORMALIZADO
NO
SI
COMPRA POR CATÁLOGO
SI
CATÁLOGO ELECTRÓNICO
MENOR CUANTÍA < 47.900,49
N O
ÍNFIMA CUANTÍA
NO
COTIZACIÓN
> 4.790,04
≥ 47.900,49 Y ≤ 359.253,74
SI
LICITACIÓN > 359.253,74 CONTRATACIÓN
SI
ADJUDICA
NO
IDENTIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS OBRAS MENOR CUANTÍA < 167.651,74
COTIZACIÓN
≥ 167.651,74 Y ≤ 718.507,49
LICITACIÓN > 718.507,49
65
CONSULTORÍA SE REFIERE A LA PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ESPECIALIZADOS NO NORMALIZADOS, QUE TENGAN POR OBJETO IDENTIFICAR, AUDITAR, PLANIFICAR, ELABORAR O EVALUAR ESTUDIOS Y PROYECTOS DE DESARROLLO, EN SUS NIVELES DE PRE FACTIBILIDAD, FACTIBILIDAD, DISEÑO U OPERACIÓN COMPRENDE ADEMÁS: - LA SUPERVISION, - FISCALIZACIÓN,
ELABORACIÓN DE ESTUDIOS:
- AUDITORÍA Y EVALUACIÓN DE - ECONÓMICOS Y FINANCIEROS, PROYECTOS EX ANTE Y EX POST, - ORGANIZACIÓN, - EL DESARROLLO DE SOFTWARE O - ADMINISTRACIÓN, PROGRAMAS INFORMÁTICOS - LOS SERVICIOS DE ASESORÍA Y - AUDITORÍA E INVESTIGACIÓN. ASISTENCIA TÉCNICA,
- LA CONSULTORÍA LEGAL 66
IDENTIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONSULTORÍA CONTRATACIÓN DIRECTA ≤ 47.900,49
LISTA CORTA
> 47.900,49 Y < 359.253,74
CONCURSO PÚBLICO ≥ 359.253,74 67
ÍNFIMA CUANTÍA LOS BIENES Y SERVICIOS NORMALIZADOS Y NO NORMALIZADOS, DEBERÁR SER ADQUIRIDOS TOMANDO EN CUENTA LAS SIGUIENTES CIRCUNSTANCIAS, QUE NO DEBEN SER CONCURRENTES: QUE AUNQUE CONSTEN EN EL QUE SU PAC, NO ADQUISICIÓN NO HAYA SIDO QUE NO CONSTEN CONSTITUYAN UN EN EL CATÁLOGO PLANIFICADA, POR REQUERIMIENTO ELECTRÓNICO CONSTANTE Y LO TANTO NO SE RECURRENTE ENCUENTRE EN EL PAC DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 68
ÍNFIMA CUANTÍA EN LO REFERENTE A ALIMENTOS, COMBUSTIBLES Y REPUESTOS, EL CÁLCULO DE LA CUANTÍA SE LO HARÁ INDIVIDUALMENTE, POR CADA COMPRA.
ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS Y REPUESTOS Y BEBIDAS ADQUISICIÓN ACCESORIOS, DESTINADOS A SIEMPRE QUE DE LA NO SEA COMBUSTIALIMENTACIÓN POSIBLE BLES HUMANA Y EMPLEAR ANIMAL RÉGIMEN ESPECIAL
ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
EJECUCIÓN DE OBRAS (REPARACIÓN REFACCIÓN, CONTRATAREMODELACIÓN DEL CIÓN, SERVICIO DE ADECUACIÓN SEGUROS, EN O MEJORA DE CUALQUIERA UNA DE SUS CONSTRUCRAMAS CIÓN O INFRAESTRUCTURA YA EXISTENTE)
69
RESUMEN IDENTIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS
REGIMEN COMÚN Objeto contratación
Procedimientos Compra por catálogo
Ínfima Cuantía
Bienes y servicios
Subasta inversa electrónica
normalizados
Menor cuantía Cotización
Licitación
Bienes y servicios
no normalizados
(Si no es posible aplicar proced. Dinámicos)
(Si no es posible aplicar proced. Dinámicos) (Si no es posible aplicar proced. Dinámicos)
Menor cuantía
≤ $ 4.790,04 Más de $ 4.790,04 < $ 47.900,49
≥ $ 47.900 y ≤ $ 359.253,7 Más de $ 359.253,74 < $ 47.900,49 ≥ $ 47.900 y ≤ $ 359.253
Licitación
Más de $ 359.253,74 < $ 167.651,74
Cotización
≥ $ 167.651 y ≤ $ 718.507
Licitación
Más de $ 718.507,49
Contratación directa
Consultoría
Sin límites
Cotización
Menor cuantía
Obras
Montos
Lista corta Concurso público
≤ $ 47.900,49 > $ 47.900 y < $ 359.253 ≥ $ 359.253,74 70
PROCEDIMIENTO ESPECIAL
CONTRATACIONES EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA
ACCIDENTES TERREMOTOS INUNDACIONES SON AQUELLAS GENERADAS POR ACONTECIMIENTOS GRAVES TALES COMO:
SEQUÍAS GRAVE CONMOCIÓN INTERNA INMINENTE AGRESIÓN EXTERNA GUERRA INTERNACIONAL CATÁSTROFES NATURALES OTRAS QUE PROVENGAN DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
UNA SITUACIÓN DE EMERGENCIA ES
CONCRETA, INMEDIATA, IMPREVISTA, PROBADA Y OBJETIVA
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
ADQUISICIÓN DE INMUEBLES
• Necesidad de declaratoria de utilidad pública o de interés social, inscrita en Registro de la Propiedad. • Búsqueda de acuerdo directo (avalúo comercial según municipio competente; precio no mayor al 10% de tal avalúo. • Sin acuerdo, juicio de expropiación (recepción del precio ofrecido a cuenta del precio final). Avalúo municipal es referencial para el juez. • Entre entidades del Sector Público, si hay acuerdo, no se requiere de declaratoria o insinuación (donaciones). Figuras válidas: compra-venta, permuta, donación, compensación de cuentas, traslado de partidas presupuestarias. Si no hay acuerdo, régimen general.
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES
• Si se requiere arrendar, se publicarán los pliegos vía Portal. Adjudicación a la mejor oferta de entre oferentes inscritos, según cumplimiento de pliegos y canon (valores de mercado).
– Celebración por el plazo necesario, según uso y destino, cabe renovación por igual periodo. • Si se requiere dar en arrendamiento, publicación vía Portal de los pliegos (ubicación, características, condiciones).
– Adjudicación al mejor postor (mejor precio y al menos dos años de vigencia del contrato).
FERIAS INCLUSIVAS Resolución No. 47 del INCOP: PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA REALIZAR FERIAS INCLUSIVAS • Proveedores participantes • • • • •
Convocatoria Cronograma Comisión Técnica Control social Procedimiento
PROCEDIMIENTO ESPECIAL
ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES
SERÁ CONSIDERADO COMO UN SERVICIO NORMALIZADO, POR LO QUE SE DEBERÁ UTILIZAR EL PROCEDIMIENTO DE SUBASTA INVERSA
EN LA NORMALIZACIÓN SE DEBERÁ CONSIDERAR LA NATURALEZA DEL BIEN, COMO LAS CONDICIONES DE SERVICIO EN SÍ MISMA
EN LOS PLIEGOS SE HARÁ CONSTAR: ••••-
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CONDICIONES DEL SERVICIO DURACIÓN CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA PRESTACIÓN DEL MISMO
DISPOSICIONES GENERALES A LOS PROCEDIMIENTOS SOMETIDOS A RÉGIMEN ESPECIAL El Régimen Especial de contrataciones no es un régimen de excepción, las compras no se realizan por fuera del SNCP; las Entidades contratantes deben cumplir las reglas generales previstas en la normativa del SNCP: - Inscribirse en el registro respectivo, - Realizar sus planes anuales de contratación, - Aplicar adecuadamente los márgenes de participación nacional, y; - Publicar los respectivos expedientes de contratación.
BIENES O SERVICIOS ÚNICOS EN EL MERCADO O CON PROVEEDOR ÚNICO
TRANSPORTE DE CORREO INTERNO E INTERNACIONAL CONTRATOS ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS Y SUBSIDIARIAS
REPUESTOS O ACCESORIOS OBRA O ACTIVIDAD ARTÍSTICA, CIENTIFICA O LITERARIA ASESORIA Y PATROCINIO JURIDICO
COMUNICACIÓN SOCIAL
SEGURIDAD INTERNA Y EXTERNA
CONTRATACIONES DE INSTITUCIONES FINANCIERAS Y DE SEGUROS DEL ESTADO
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN
ESPECIAL
EMPRESAS MERCANTILES DEL ESTADO Y SUBSIDIARIAS SECTORES ESTRATÉGICOS
ADQUISICIÓN DE FARMACOS
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
ADQUISICIÓN DE FÁRMACOS
CORPORATIVA SUBASTA INVERSA INSTITUCIONAL
CONTRATACIÓN DIRECTA ADQUISICIÓN DE FÁRMACOS A TRAVES DE ORGANISMOS INTERNACIONALES
MEDICAMENTOS ESPECIALES 79
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
SEGURIDAD INTERNA Y EXTERNA
LAS CONTRATACIONES DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS INCLUIDOS LOS DE CONSULTORÍA, CALIFICADOS POR EL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA COMO NECESARIAS PARA LA SEGURIDAD INTERNA Y EXTERNA, SEGUIRÁ EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO:
LA MÁXIMA AUTORIDAD EMITIRÁ UNA RESOLUCIÓN FUNDAMENTADA, DEMOSTRANDO LA EXISTENCIA DE LA NECESIDAD
LA MÁXIMA AUTORIDAD SOLICITARÁ LA OBTENIDA LA CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN POR FAVORABLE DISPONDRÁ PARTE DEL SEÑOR EL INICIO DEL PROCESO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TRATARSE DE UN PROCEDIMIENTO PRECONTRACTUAL DE BIENES, SERVICIOS, OBRAS Y CONSULTORÍA DESTINADOS PARA LA SEGURIDAD INTERNA Y EXTERNA, NO SERÁ PUBLICADO EN EL PORTAL COMPRASPUBLICAS.
80
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
COMUNICACIÓN SOCIAL
LA CONTRATACIÓN DE ESTUDIOS PARA LA DETERMINACIÓN DE ESTRATEGIAS COMUNICACIONALES E INFORMACIÓN ORIENTADA A GENERAR CRITERIOS DE COMUNICACIÓN, INFORMACIÓN, IMAGEN Y PUBLICIDAD; Y, LA CONTRATACIÓN DE PRODUCTOS, SERVICIOS, ACTIVIDADES Y DE LOS MEDIOS PARA LA DIFUSIÓN DE LOS MISMOS, DESTINADOS A LA INFORMACIÓN DE LAS ACCIONES DEL GOBIERNO NACIONAL O DE LAS ENTIDADEDES CONTRATANTES
COMUNICACIÓN SOCIAL
CONTRATACIÓN DIRECTA PROCESO DE SELECCION 81
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
ASESORÍA Y PATROCINIO JURÍDICO RESOLUCIÓN FUNDAMENTADA
EN LOS PLIEGOS SE DEBERÁ DESCRIBIR DETALLADAMENTE LAS CARACTERÍSTICAS DEL PERFIL PROFESIONAL REQUERIDO, FORMACIÓN O EXPERIENCIA EN LAS ÀREAS MATERIA DEL CONTRATO
ASESORÍA Y PATROCINIO JURÍDICO
INVITACIÓN AL PROVEEDOR PREVIAMENTE SELECCIONADO, CONVOCANDOLO A UNA AUDIENCIA, Y SE SUSCRIBIRÁ UN CONVENIO DE ESTRICTA CONFIDENCIALIDAD
SE REALIZARÁ LA RECEPCIÓN DE LA OFERTA DEL PROVEEDOR INVITADO
MEDIANTE RESOLUCIÓN MOTIVADA ADJUDICARÁ LA OFERTA O DECLARARÁ DESIERTO EL PROCESO 82
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
OBRAS O ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, LITERARIAS O CIENTÍFICAS
RESOLUCIÓN MOTIVADA
PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
OBRAS O ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, LITERARIAS O CIENTIFÍCAS
SE REALIZARÁN DE CONFORMIDAD CON EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO
ENVIAR INVITACIÓN DIRECTA AL PROVEEDOR SELECCIONADO SE LLEVARÁ ACABO UNA AUDIENCIA DE PREGUNTAS Y ACLARACIONES, EN EL TÉRMINO DE 3 DÍAS DESDE SU PUBLICACIÓN
RECEPCIÓN DE OFERTAS DEL PROVEEDOR INVITADO LA MÁXIMA AUTORIDAD ADJUDICARÁ O DECLARARÁ DESIERTO MEDIANTE RESOLUCIÓN MOTIVADA 83
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
REPUESTOS O ACCESORIOS
RESOLUCIÓN POR RAZONES DE FUNCIONALIDAD O NECESIDAD TECNOLÓGICA SE TRATA DE ADQUISICIÓN DE REPUESTOS Y ACCESORIOS CON EL FABRICANTE O DISTRIBUIDOR AUTORIZADO PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
REPUESTOS O ACCESORIOS
PARA: - MANTENIMIENTO - REPARACIÓN Y/O - REPOTENCIAMIENTO DE EQUIPOS
ENVIAR INVITACIÓN DIRECTA AL FABRICANTE O PROVEEDOR AUTORIZADO SELECCIONADO SE LLEVARÁ ACABO UNA AUDIENCIA DE PREGUNTAS Y ACLARACIONES, EN EL TÉRMINO DE 3 DÍAS DESDE SU PUBLICACIÓN RECEPCIÓN DE OFERTAS DEL PROVEEDOR INVITADO ADJUDICACIÓN O DECLARARACIÓN DE DESIERTO MEDIANTE RESOLUCIÓN MOTIVADA 84
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
BIENES Y SERVICIOS ÚNICOS EN EL MERCADO O PROVEEDOR ÚNICO
SE OBSERVARÁ EL MISMO PROCEDIMIENTO PREVISTO PARA REPUESTOS
O ACCESORIOS, PARA LOS PROCESOS DE ADQUISICIÓN DE:
BIENES O SERVICIOS ÚNICOS EN EL MERCADO
QUE TIENE UN SOLO PROVEEDOR, O, QUE IMPLICAN LA CONTRATACIÓN DEL DESARROLLO O MEJORA DE TECNOLOGÍAS YA EXISTENTES EN LA ENTIDAD CONTRATANTE, O LA UTILIZACIÓN DE PATENTES O MARCAS EXCLUSIVAS ,O TECNOLOGÍAS QUE NO ADMITAN OTRAS ALTERNATIVAS TÉCNICAS
85
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
TRANSPORTE DE CORREO INTERNO INTERNACIONAL
RESOLUCIÓN MOTIVADA
PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
CORREOS RÁPIDOS O COURIER
CON EMPRESAS DE CORREOS RÁPIDOS O COURIER, DISTINTOS A LA EMPRESA CORREOS DEL ECUADOR
ENVIAR INVITACIÓN DIRECTA A LOS PROVEEDORES SELECCIONADOS, MÍNIMO 2 Y MÁXIMO 5 SE LLEVARÁ ACABO UNA AUDIENCIA DE PREGUNTAS Y ACLARACIONES, EN EL TÉRMINO DE 3 DÍAS DESDE SU PUBLICACIÓN
RECEPCIÓN DE OFERTAS DEL PROVEEDOR INVITADO ADJUDICACIÓN O DECLARARCIÓN DE DESIERTO MEDIANTE RESOLUCIÓN MOTIVADA 86
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
CONTRATO ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS O SUS SUBSIDIARIAS
EL ESTADO CON ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO, O ESTAS ENTRE SÍ
CONTRATOS ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS O SUS SUBSIDIARIAS
EL ESTADO O LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO CON: ENTRE SI, LAS PERSONAS JURÍDICAS, LAS EMPRESAS O LAS SUBSIDIARIAS DE ÉSTAS, CREADAS O CONSTITUIDAS BAJO CUALQUIER FORMA JURÍDICA, CUYO CAPITAL PERTENEZCA AL ESTADO EN MAYOR AL 50%
EMPRESAS CUYO CAPITAL SUSCRITO PERTENEZCA, POR LO MENOS EN 50% A ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO
LAS EMPRESAS SUBSIDIARIAS DE LAS SEÑALADAS ANTERIORMENTE, O LAS SUBSIDIARIAS DE ÉSTAS
LAS PERSONAS JURÍDICAS, LAS EMPRESAS O LAS SUBSIDIARIAS DE ÉSTAS, CREADAS O CONSTITUIDAS BAJO CUALQUIER FORMA JURÍDICA, CUYO CAPITAL PERTENEZCA AL ESTADO EN MAYOR AL 50%
87
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
INSTITUCIONES FINANCIERAS Y DE SEGUROS DEL ESTADO
CONTRATACIONES DEL GIRO ESPECÍFICO DE SU NEGOCIO
• QUE CELEBREN LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS Y DE SEGUROS EN LAS QUE EL ESTADO O SUS INSTITUCIONES SON ACCIONISTAS ÚNICOS O MAYORITARIOS ESTÁN REGULADAS POR LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO, LEY GENERAL DE SEGUROS Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES PERTINENTES Y AUTORIZADAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS, SIN QUE LES SEA APLICABLE LAS NORMAS CONTENIDAS EN LA LOSNCP NI SU REGLAMENTO.
CONTRATACIONES DISTINTAS AL GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO
• LAS CONTRATACIONES DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS, INCLUIDOS LOS DE CONSULTORÍA, DIFERENTES A AQUELLAS RELACIONADAS CON EL GIRO ESPECÍFICO DE SUS NEGOCIOS QUE CELEBREN LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS Y DE SEGUROS EN LAS QUE EL ESTADO O SUS INSTITUCIONES SON ACCIONISTAS ÚNICOS O MAYORITARIOS, SE DEBERÁN LLEVAR A CABO SIGUIENDO LOS PROCEDIMIENTOS GENERALES O ESPECIALES CONTEMPLADOS EN SU NORMATIVA PROPIA Y ESPECÍFICA.
88
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
EMPRESAS PÚBLICAS
EMPRESAS PÚBLICAS (LOEP)
BIENES, OBRAS, SERVICIOS Y CONSULTORÌA: RÉGIMEN COMÚN, DE LA NORMATIVA DEL SNCP
CONVENIOS O CONTRATOS ASOCIATIVOS: RÉGIMEN ESPECIAL
89
PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN ESPECIAL
SECTORES ESTRATÉGICOS
LAS CONTRATACIONES DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS INCLUIDOS LOS DE CONSULTORÍA, REQUERIDAS PARA LAS ACTIVIDADES DENTRO DE LOS SECTORES ESTRATÉGICOS, PODRÁN LLEVARSE A CABO SIGUIENDO EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO: 1. LA MÁXIMA AUTORIDAD DE LA ENTIDAD CONTRATANTE O SU 2. EL PRESIDENTE DE LA DELEGADO EMITIRÁ UNA REPÚBLICA, DE ACOGER LA RESOLUCIÓN FUNDAMENTADA, SOLICITUD PLANTEADA POR LA DEMOSTRANDO LA EXISTENCIA DE MÁXIMA AUTORIDAD DE LA LA NECESIDAD ESPECIFICA QUE LE ENTIDAD CONTRATANTE, DICTARÁ FACULTA ACOGERSE AL RÉGIMEN LA REGLAMENTACIÓN ESPECÍFICA ESPECIAL Y SOLICITARÁ LA QUE REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO A CALIFICACIÓN POR PARTE DEL SEGUIR EN CADA CASO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA; 90
SUBDIVISIÓN DE CONTRATOS EL OBJETO DE LA CONTRATACION O LA EJECUCIÓN DE UN PROYECTO NO PODRÁN SER SUBDIVIDIDOS EN CUANTÍAS MENORES CON EL FIN DE ELUDIR LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN ESTA LEY
PARA ESTABLECER SI EXISTE SUBDIVISIÓN SE DEBERÁ ANALIZAR SI SE ATENTA A LA PLANIFICACIÓN INSTITUCIONAL
NO EXISTE SUBDIVISIÓN CUANDO AL PLANIFICAR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO O REVISAR TAL PLANIFICACIÓN, SE HUBIERE PREVISTO DOS O MÁS ETAPAS ESPECÍFICAS Y DIFERENCIADAS, SIEMPRE QUE LA EJECUCIÓN DE CADA UNA DE ELLAS TENGA FUNCIONALIDAD Y SE ENCUENTRE COORDINADA CON LAS RESTANTES.
SI DE LA SUBDIVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN SE DETERMINA UN PERJUICIO AL FISCO, LA CGE REMOVERÁ DEL CARGO A LOS FUNCIONARIOS O EMPLEADOS QUE TOMAREN TAL DECISIÓN, SIN PERJUICIO DE LAS RESPONSABILIDADES CIVILES Y PENALES A QUE HUBIERE LUGAR 92
COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO
93
De no persistir la necesidad (archivo del expediente); Cancelación del procedimiento: 24 horas antes de la fecha de presentación de ofertas
Cuando es necesario introducir una reforma sustancial que cambie el objeto del contrato. (Nuevo procedimiento)
Por violación sustancial de un procedimiento precontractual.
La declaratoria de desierto o cancelación no dará lugar a ningún tipo de reparación o indemnización a los oferente.
Por no haberse presentado ofertas;
Declaratoria de procedimiento desierto. Antes de resolver la adjudicaciรณn, puede ser total o parcial, y se dispondrรก el archivo o reapertura del proceso
Por haber sido inhabilitadas las ofertas presentadas; Por no celebrarse el contrato por causas imputables al adjudicatario, siempre que no sea posible adjudicar el contrato a otro oferente; y, Por considerarse inconvenientes para los intereses nacionales o institucionales.
La declaratoria definitiva de desierto cancelarรก el proceso, y por consiguiente se archivarรก el expediente.
REQUISITOS DEL CONTRATO
Para la celebración de los contratos administrativos regulados por la LOSNCP se requiere:
• • • •
Competencia del órgano de contratación; Capacidad jurídica del adjudicatario; Existencia de disponibilidad presupuestaria; Recursos financieros necesarios para el cumplimiento de las obligaciones • Formalización del contrato observando el debido proceso.
Para la suscripción del contrato será requisito previo la rendición de las garantías correspondientes. En el reglamento general de aplicación a la Ley, son documentos integrantes del contrato los siguientes:
• Pliegos, • Oferta ganadora • Documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados.
FORMAS DE GARANTIAS (Art. 73 de la LOSNCP):
• Garantía incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o institución financiera; • Fianza instrumentada en una póliza de seguros, incondicional e irrevocable, de cobro inmediato, emitida por una compañía de seguros. • Primera hipoteca de bienes raíces, siempre que el monto de la garantía no exceda del sesenta (60%) por ciento del valor del inmueble hipotecado, según avalúo catastral. • Depósitos de bonos del Estado, de las municipalidades y de otras instituciones del Estado, certificaciones de la Tesorería General de la Nación, y afines. • Certificados de depósito a plazo, emitidos por una institución financiera establecida en el país,
Ningún otro documento se considera como hábil para ser presentado como garantía del contrato. Para hacer efectiva las garantías, la entidad tendrá preferencia sobre cualquier otro acreedor, sea cual fuere la naturaleza del mismo y el título en que se funde su pretensión.
En los contratos de obra y en los contratos integrales por precio fijo,
- garantiza el cumplimiento del contrato,
- las obligaciones contraĂdas a favor de terceros,
- la debida ejecuciĂłn de la obra, y - la buena calidad de los materiales. Su objetivo es dar seguridad respecto del cumplimiento del contrato y de las obligaciones que se contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el mismo.
El monto de esta garantĂa es equivalente en todos los casos al 5% del valor de contrato respectivo. 98
No se exigirá este tipo de garantía en los contratos de compraventa de bienes inmuebles y de adquisición de bienes muebles que se entreguen al momento de efectuarse el pago
En los contratos de obras o servicios no normalizados, si la oferta económica
fuese inferior al presupuesto referencial en un porcentaje igual o superior al 10% de éste, la garantía de fiel cumplimiento se incrementará en un monto equivalente al 20% de la diferencia entre el presupuesto referencial y la cuantía del contrato
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
No se exigirá esta garantía en los contratos cuya cuantía sea menor a $ 71.850,75
Con cargo a esta garantía se podrá efectivizar las multas que le fueren impuestas al contratista 99
GARANTÍA POR ANTICIPO
100
101
La garantía de fiel cumplimiento emitida en contrataciones de ejecución de obra, se devolverá al momento de la entrega recepción definitiva, real o presunta.
DEVOLUCION DE GARANTÍAS
La garantía por anticipo se devolverá cuando el desembolso garantizado se haya devengado en su totalidad
La garantía técnica se redimirá según las condiciones establecidas en cada caso. Toda garantía será devuelta cuanto se hayan cumplido las condiciones que motivaron su emisión.
Los contratos cuya cuantía sea igual o superior a la prevista para la licitación, se protocolizarán ante Notario Público.
FORMA Y SUSCRIPCIÓN DE LOS CONTRATOS
Las compras realizadas a través del catálogo electrónico serán formalizadas tan solo mediante la orden de compra y el acta de entrega-recepción correspondientes.
Las contrataciones realizadas a través del procedimiento de menor cuantía podrán instrumentarse a través de la factura correspondiente.
INHABILIDADES O NULIDADES
Las inhabilidades generales: impedimentos de tipo legal, administrativo, de vínculo familiar con funcionarios de la entidad contratante, así como a aquellos ciudadanos que tengan acceso a información privilegiada.
Las inhabilidades especiales: impedimentos de celebrar contratos con personas naturales o jurídicas y autoridades de su respectiva jurisdicción, o que, hayan realizado estudios y proyectos relacionados al objeto de contratación.
Evitar conflictos de interés por la existencia de vínculos entre el proveedor y las máximas autoridades de las entidades contratantes o de funcionarios que por sus competencias posean información privilegiada respecto de un proceso de contratación.
CONSECUENCIAS DE LAS INHABILIDADES O NULIDADES
Si se comprobare la intervención de un oferente inhábil, éste quedará eliminado del respectivo proceso precontractual, sin derecho a reclamo alguno ni indemnización.
Si la celebración del contrato causare perjuicio la Entidad Contratante, serán responsables contratista y los funcionarios que hubieren celebrado el contrato, sin perjuicio de administrativa y penal a que hubiere lugar.
económico a solidarios el tramitado y la sanción
Nulidad del contrato. Debido a las causas generales establecidas por la Ley; por haberse prescindido de los procedimientos y las solemnidades legalmente establecidas y por haber sido adjudicados o celebrados por un órgano incompetente; en tales casos, el Procurador General del Estado demandará la nulidad del contrato.
ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
Los contratos contendrán y expresarán de manera específica estipulaciones relacionadas con las funciones y deberes de los administradores del contrato (Art. 70 LOSNCP)
El administrador del contrato debe ser parte de la Comisión designada para suscribir las actas de recepción provisionales y definitivas (Art.. 124 RLOSNCP)
El administrador y el fiscalizador del contrato son responsables de la toma de medidas necesarias para la correcta ejecución del contrato y el cumplimiento de sus cláusulas (Art. 80 LOSNCP)
En el expediente se hará constar hechos, actuaciones y documentación referente a pagos, contratos complementarios, terminación del contrato, ejecución de las garantías, aplicación de multas, sanciones y recepciones.
CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
CESIÓN DE LOS CONTRATOS EL CONTRATISTA ESTÁ PROHÍBIDO DE CEDER LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES EMANADOS DEL CONTRATO
SUBCONTRATACIÓN EL CONTRATISTA PODRÁ SUBCONTRATAR LA EJECUCIÓN PARCIAL DEL CONTRATO CON PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS REGISTRADAS EN EL RUP, BAJO SU RIESGO Y RESPONSABILIDAD, HASTA EL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO REAJUSTADO; SIEMPRE Y CUANDO LA ENTIDAD CONTRATANTE APRUEBE POR ESCRITO
CONTRATOS COMPLEMENTARIOS La suma total de las cuantías de los contratos complementarios, no podrán exceder del 35 % del valor actualizado o reajustado del contrato principal
El valor de los contratos complementarios de consultoría no podrá exceder del 70 % del valor actualizado o reajustado del contrato principal
Si al ejecutarse la obra de acuerdo con los planos y especificaciones del contrato se establecieren diferencias entre las cantidades reales y las que constan en el cuadro de cantidades estimadas en el contrato, la Entidad podrá ordenar y pagar directamente sin necesidad de contrato complementario, hasta el 25 % del valor reajustado del contrato, siempre que no se modifique el objeto del contrato.
La Entidad podrá disponer, durante la ejecución de la obra, hasta el 10 % del valor actualizado o reajustado del contrato principal, para la realización de rubros nuevos, mediante órdenes de trabajo y empleando la modalidad de costo más porcentaje
En el caso de que fuese necesario ampliar, modificar o complementar una obra o servicio determinado por causas imprevistas o técnicas, debidamente motivadas con su ejecución, la Entidad podrá celebrar con el mismo contratista sin licitación o concurso, siempre que se mantengan los precios de los rubros del contrato original.
No procede la celebración de contratos complementarios para los de adquisiciones de bienes sujetos a esta Ley
En principio, los contratos de ejecución de obra, adquisición de bienes o prestación de servicios cuya forma de pago responda al sistema de precios unitarios, podrán reajustarse.
REAJUSTE DE PRECIOS
Los contratos de consultoría también se pueden reajustar, independientemente de su modalidad de contratación. El Reglamento General de la LOSNCP prevé el derecho a renunciar el percibir el reajuste (Artículo 131, inciso segundo).
Para la aplicación de fórmulas de reajuste, los precios e índices de precios serán los establecidos por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos –INEC-, o por otra entidad previa calificación del INEC.
REAJUSTE DE PRECIOS EN OBRAS
Pr
P
p1
B1 B0
p2
C1 C0
p3
D1 D0
p4
E1 E0
....
pn
Z1 Z0
px
X1 X0
DONDE: Pr : Valor reajustado del anticipo o de la planilla P0: Valor del anticipo o de la planilla calculada con las cantidades de obra ejecutada a los precios unitarios contractuales descontada la parte proporcional del anticipo, de haberlo pagado p1: Coeficiente del componente mano de obra p2, p3, p4 …pn: Coeficientes delos demás componentes principales px: Coeficientes de los otros componentes, considerados como “no principales”, cuyo valor no excederá de 0,200 B0 : Sueldos y salarios mínimos de una cuadrilla tipo, vigentes treinta días antes de la fecha de cierre para la presentación de las ofertas. B1: Sueldos y salarios mínimos de una cuadrilla tipo, vigentes a la fecha de pago del anticipo o de las planillas de ejecución de obra.
REAJUSTE DE PRECIOS EN CONSULTORÍA
Pr
IPC 1 P0 ( ) IPC 0
Donde: Pr = P0 =
Valor reajustado del anticipo o de la planilla Valor del anticipo, o de la planilla de avance descontada la parte proporcional del anticipo IPC0 = Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de presentación de la oferta IPC1 = Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de pago del anticipo o de las planillas de avance
REAJUSTE DE PRECIOS EN CONSULTORÍA
IPC 1 IPC 0
1
Para que sea aplicable el reajuste de precios
En el caso de que algún componente del contrato haya sido negociado como comprobable y reembolsable, este deberá ser excluido del valor P0
Por cumplimiento de las obligaciones contractuales.
TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
Por mutuo acuerdo de las partes Sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo Por las causas generales establecidas en la Ley. Por haberse prescindido de los procedimientos y las solemnidades legalmente establecidas.
Por haber sido adjudicados o celebrados por un órgano manifiestamente incompetente. Por declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del contratista
Por declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del contratista
Por incumplimiento del contratista. Por quiebra o insolvencia del contratista. Si el valor de las multas supera el monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Por suspensión de los trabajos, por decisión del contratista, por más de sesenta (60) días, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito.
Por haberse celebrado contratos contra expresa prohibición de esta Ley. En los demás casos estipulados en el contrato, de acuerdo con su naturaleza.
Fuerza mayor o caso fortuito comprobados
NORMAS COMUNES A LA RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN
LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO En la liquidación económico contable del contrato se dejará constancia de lo ejecutado, se determinarán los valores recibidos por el contratista, los pendientes de pago o los que deban deducírsele o deba devolver por cualquier concepto, aplicando los reajustes correspondientes.
Los valores liquidados deberán pagarse dentro de los diez días siguientes a la liquidación; vencido el término causarán intereses legales y los daños y perjuicios que justificare la parte afectada.
TERMINACIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES A LA ENTIDAD
117
DENUNCIAS
LA DENUNCIA SOBRE CONTRATOS CELEBRADOS CON PERSONAS INHÁBILES O SOBRE AQUELLOS QUE RECAYERA ALGUNA CAUSA DE NULIDAD, PODRÁ PRESENTARLA CUALQUIER PERSONA AL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO ACOMPAÑANDO LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS DEL CASO, PARA QUE SE ANALICE LA PROCEDENCIA DE DEMANDAR LA NULIDAD DEL CONTRATO SIN PERJUICIO DE QUE SE INICIEN LAS DEMÁS ACCIONES CIVILES O PENALES A LAS QUE HUBIERE LUGAR.
(Art. 66 LOSNCP)
Adjudicatario fallido Es el adjudicatario que no haya suscrito el contrato respectivo; dado este caso, se llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, quien de no comparecer a la firma, también será declarado fallido; además, deberá declararse desierto el proceso de contratación respectivo. La sanción administrativa
Suspensión en el Registro Único de Proveedores por el lapso de tres años, contados a partir de la resolución con la cual la entidad contratante declara al adjudicatario como fallido.
Proveedores incumplidos Son aquellos que hubieren incumplido sus obligaciones contractuales o causado perjuicios económicos, técnicos o legales a la Entidad Contratante. Mediante un proceso administrativo y resolución motivada de la máxima autoridad. La sanción administrativa Suspensión en el Registro Único de Proveedores por el lapso de cinco años, contados a partir de la resolución con la cual la entidad contratante declara al proveedor incumplido.
REGISTRO DE CONTRATISTAS INCUMPLIDOS O ADJUDICATARIOS FALLIDOS
NÚMERO DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC) SOLICITUD ENVIADA POR LA MÁXIMA AUTORIDAD O SU DELEGADO
NOMBRES COMPLETOS Y NÚMERO DE CÉDULA EN CASO DE SER PERSONA NATURAL O DEL REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO PRECONTRACTUAL
REQUERIMIENTO EXPRESO DE INCLUIR EN EL REGISTRO DE CONTRATISTAS INCUMPLIDOS Y ADJUDICATARIOS FALLIDOS AL PROVEEDOR
PROCEDIMIENTO
JUNTO CON LA SOLICITUD ACOMPAÑARÁ LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS
COPIA CERTIFICADA DE LA RESOLUCIÓN EN LA QUE SE DECLARÓ ADJUDICATARIO FALLIDO AL PROVEEDOR O LA TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO Y CONTRATISTA INCUMPLIDO FE DE RECEPCIÓN DE LA NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR CON LA FECHA 121 CORRESPONDIENTE
No suscripción del contrato por parte de la entidad contratante:
Si el contrato no se celebrare por causas imputables a la Entidad Contratante, al adjudicatario podrá demandar la correspondiente indemnización de los daños y perjuicios o reclamar administrativamente los gastos en que ha incurrido, siempre que se encuentren debida y legalmente comprobados.
La Entidad a su vez deberá repetir contra el o los funcionarios o empleados responsables.
BIENES Y SERVICIOS
NORMAS COMUNES A LA RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Una sola recepción definitiva
Una recepción Provisional y una Definitiva
OBRAS
SOLICITUD DEL CONTRATISTA NO ATENDIDA
En los casos en los que ante la solicitud del contratista, la Entidad Contratante no formulare ningún pronunciamiento ni iniciare la recepción dentro de los diez días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o Notario Público, a solicitud del contratista notificará que dicha recepción se produjo.
RETENCIÓN INDEBIDA DE PAGOS
Funcionario que retenga o retarde indebidamente el pago, en los términos del contrato, será destituido de su cargo por la autoridad nominadora y sancionado con una multa.
El INCOP vigilará el cumplimiento de esta disposición.
Expediente Fase Contractual a) Contrato suscrito entre la entidad contratante y el
b) c) d) e) f)
contratista así como sus documentos habilitantes, de ser pertinente; Contratos modificatorios, en caso de que sea necesario enmendar errores de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la LOSNCP; Contratos complementarios, en caso de haberse celebrado acorde con lo dispuesto en el Capítulo VIII del Título IV de la LOSNCP; Notificación de disponibilidad del anticipo, cuando su pago implica que, a partir de este hecho, corren los plazos de cumplimiento de obligaciones por parte del contratista; Ordenes de cambio, de haberse emitido; Documento suscrito por las partes respecto a diferencia en cantidades de obra, de haberse emitido;
Expediente Fase Contractual g) Resolución de aprobación de la entidad contratante para la subcontratación, de ser el caso; h) Garantías presentadas a la firma del contrato; i) Informe provisional y final o actas de recepción provisional, parcial, total y definitiva, debidamente suscritas, según sea el caso; j) Cronogramas de ejecución de actividades contractuales y de pagos; k) Comunicaciones al contratista respecto de la aplicación de multas u otras sanciones; l) Actos administrativos de sanción y multas; m) Cualquier resolución de delegación emitida dentro de esta fase por la entidad contratante; n) Cualquier reclamo o recurso presentado por el contratista, así como los actos emitidos por la entidad contratante con ocasión de su tramitación.
Producci贸n nacional
LOSNCP: preferencia a
Micros, Peque帽as y Medianas Empresas
Producci贸n local
Incrementar la utilización de la capacidad instalada del país
En producción y economía
Mejorar la calidad de los bienes y servicios de origen local y nacional
Reducir la salida de divisas del país Fomentar el emprendimiento de la producción nacional
Objetivos de la Participación Nacional
En condiciones sociales
Generar nuevas fuentes de trabajo Buscar el desarrollo social más equilibrado Viabilizar la ejecución de proyectos de innovación tecnológica
En tecnología nacional
Incorporar nuevas tecnologías de producción Incentivar al desarrollo tecnológico
ENTRE 1 A 9 TRABAJADORES
MICROEMPRESA
VENTAS O INGRESOS BRUTOS INFERIORES A $ 100.000 VOLUMEN DE ACTIVOS DE $ 100.000 ENTRE 10 A 49 TRABAJADORES
Participación Nacional Preferente
PEQUEÑA EMPRESA
VENTAS O INGRESOS BRUTOS Entre $ 100.000 y $ 1’000.000 VOLUMEN DE ACTIVOS Entre $ 100.001 y $ 750.000
ENTRE 50 A 159 TRABAJADORES
MEDIANA EMPRESA
VENTAS O INGRESOS BRUTOS Entre $ 1’000.000 y $ 5’000.000 VOLUMEN DE ACTIVOS Entre $ 750.001 y $ 4’000.000
Mรกrgenes de Preferencia -Origen nacional(MIPRO)
Un bien es de Origen nacional: Cuando el bien incorpore el 40% o mรกs de agregado nacional.
Un servicio u obra es de origen nacional: Cuando incorpore el 60% o mรกs de agregado nacional.
SUSTENTO DEL PORCENTAJE DE AGREGADO NACIONAL
VALOR DE MATERIA PRIMA E INSUMOS
VALOR DE MANO DE OBRA
VALOR DE LA TECNOLOGÍA: GASTOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO Y PROPIEDAD INTELECTUAL SERVICIOS, INCLUIDOS LOS PROFESIONALES, PRESTADOS POR PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS DEPRECIACIÓN DE EQUIPOS INSTALADOS EN LAS PLANTAS INDUSTRIALES EN ECUADOR
132
SUSTENTO DE VALOR AGREGADO NACIONAL (FABRICACIÓN DE UNA PUERTA)
COMPONENTE DEL COSTO
VAN = (B/A)*100
COSTO DE PRODUCCIÓN DEL COMPONENTE (A)
COSTO DE PRODUCCIÓN DEL COMPONENTE DE ORIGEN NACIONAL (B)
COSTO DE PRODUCCIÓN DEL COMPONENTE, DE ORIGEN EXTRANJERO (C)
MATERIA PRIMA, INSUMOS Y MATERIALES DIRECTOS Madera de caoba de 210x90
101,72
101,72
Chapa
85,00
85,00
Bisagras
10,97
10,00
Cola
0,75
0,75
Lija
0,50
0,50
Laca
5,25
Tiñer
0,31
0,31
Clavos
0,12
0,12
5,25
COSTO DE PRODUCCIÓN DEL COMPONENTE (A)
COSTO DE PRODUCCIÓN DEL COMPONENTE DE ORIGEN NACIONAL (B)
Maestro carpintero
8,72
8,72
Ayudante de carpintería
4,56
4,56
VAN = (B/A)*100
COSTO DE PRODUCCIÓN DEL COMPONENTE, DE ORIGEN EXTRANJERO (C)
MANO DE OBRA DIRECTA (FABRICACIÓN DE UNA PUERTA)
SUSTENTO DE VALOR AGREGADO NACIONAL (VAN)
COMPONENTE DEL COSTO
COSTOS INDIRECTOS RELACIONADOS CON EL PRODUCTO OFERTADO Maquinaria y herramientas
28,27
28,27
Luz y agua
1,75
1,75
Arriendo y local
2,88
2,88
Otros gastos
1,00
1,00
A = $ 251,80
B = $ 151,55
TOTAL:
VAN
B A
* 100
VAN
151,55 *100 251,80
60 ,19 %
C = $ 100,25 VAN = 60,19 %
CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO NACIONAL RESPECTO AL COSTO DE PRODUCCIÓN (Desagregado por elemento de costo)
ELEMENTOS DE COSTOS DEL BIEN O SERVICIO
FORMULARIO 6-A
a)
b)
c)
(FABRICACION DE UNA PUERTA) Valor de materia prima e insumos de origen nacional de aplicación directa al bien o servicio.
Valor de mano de obra utilizada en el país para la fabricación del bien o prestación del servicio. Valor de la tecnología de origen nacional aplicada en la elaboración del bien o prestación del servicio: Gastos de investigación, desarrollo y Propiedad Intelectual. (El valor proporcional utilizado para este cálculo será el resultante de aplicar el valor de amortización anual directamente en el período de fabricación del bien o prestación del servicio desarrollado, objeto de la oferta, de acuerdo a de Régimen Tributario Interno y su reglamento)
VALOR AGREGADO NACIONAL (%)
(a/CT) x 100
(103,40 /241,80) x 100 = 42,76 % (b/CT) x 100
(13,28/241,8 0) x 100 = 6,18 % (c/CT) x 100
(9,35/241,80) x 100 = 3,87 %
ELEMENTOS DE COSTOS DEL BIEN O SERVICIO (FABRICACIÓN DE UNA PUERTA)
(d) Servicios, incluidos los profesionales, prestados por personas naturales y
FORMULARIO 6-A
jurídicas nacionales para la fabricación del bien o prestación del servicio.
VALOR AGREGADO NACIONAL (%) (d/CT) x 100
(5/241,80) x 100 = 2,07 %
(e) Depreciación
de equipos instalados en las plantas industriales en (e/CT) x 100 Ecuador empleados para la fabricación del bien, o prestación del servicio, (18,27/241,8 0) x 100 de acuerdo a los siguientes criterios: = 7,56 % Para la fabricación de bienes o prestación de servicios, la depreciación no podrá ser realizada en un tiempo menor de diez (10) años para herramientas, maquinarias, equipos e instalación. El valor de depreciación será el valor histórico en libros. En caso que no exista valor de depreciación, este concepto se lo realizará según avalúo de activos. El valor proporcional utilizado para este cálculo, será el resultante de aplicar el valor de depreciación anual obtenido de la maquinaria, equipos o instalaciones en el período realmente utilizado directamente en la fabricación del bien o prestación del servicio objeto de la oferta.
TOTAL COMPONENTE NACIONAL
62,44 %
MÁRGENES DE PREFERENCIA
EN RELACIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL
PRODUCCIÓN NACIONAL (Obras, bienes, servicios y consultoría) De Empresa Nacional Grande De Empresa Nacional Mediana
De Empresa Nacional Micro y Pequeña De Empresa Local Micro y Pequeña (A los artesanos se los considera como Micro empresarios)
MARGEN DE PREFERENCIA FRENTE A:
Requisitos de valor agregado nacional
Producción Nacional
Producción Extranjera
--------
10 %
5 % de Grande
15 %
>40% en bienes >60% en obras y servicios >40% en bienes >60% en obras y servicios
20 %
>40% en bienes >60% en obras y servicios
25 %
>40% en bienes >60% en obras y servicios >15% de agregado local
5 % de Mediana 10% de Grande 5% de MYPES 10% de Mediana 15% de Grande
137
DESAGREGACIÓN TECNOLÓGICA Etapa 1: Definición del objeto de contratación y descripción de la estructura general en cuanto a sus componentes fundamentales y características
Etapa 2: Identificación de los ítems o rubros de cada componente y categorización respecto al Clasificador Central de Productos, CPC.
Etapa 4: Identificación de los proveedores nacionales que estarían en capacidad de suministrar los componentes del objeto de contratación
Etapa 3: Debe fijarse un valor estimado para cada uno de los proyectos, información que podría disponerse del estudio de consultoría previo, o de investigaciones de mercado específicas.
Etapa 5: Estimación de las posibilidades de participación de productores nacionales en el suministro de los rubros analizados
Etapa 6: Recomendaciones de la Desagregación Tecnológica en los pliegos, con la estimación de la participación nacional mínima
Base de datos
Sistema Nacional de Contratación Pública
SISTEMA INFORMÁTICO DEL SNCP PROCESOS COMUNES
PROC. DINÁMICOS
CONSULTORÍA
- Menor Cuantía - Cotización -Contratación directa - Licitación -Lista Corta - Bienes Inmuebles, Arrendamiento -Concurso Público - Emergencias - Regímenes especiales
- Compras Por Catálogo - Subasta Inversa
REGISTRO UNICO DE PROVEEDORES (RUP)
REGISTRO DE ENTIDADES CONTRATANTES
MOTOR DE FLUJOS DE TRABAJO Publicar
Invitar Aclarar Ofertar Convalidar Calificar
Pujar Negociar Adjudicar Contratar
SISTEMA DE INDICADORES DE GESTION SEGURIDAD, AUDITORIA Y PARAMETRIZACIÓN
PORTAL INFORMATIVO (WWW.COMPRASPUBLICAS.GOV.EC) Normativa Pliegos
Manuales
Noticias
Data Warehouse
Consultas
Estadísticas
Producción
Resoluciones Capacitac.
Respaldo / Réplicas / Cluster
INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA Contamos con: ♗ ♗ ♗ ♗
4 servidores SUN Solaris 1 Servidor HP ML370 2 Servidores DELL con doble procesador y 16 Gb memoria Herramientas de seguridad y optimización del portal (Firewall de red, IPS-IDS, Antivirus, balanceo de carga, compresión, caché, firewall de aplicación)
Instalación para operación del Sistema: ♗ Servidores con tecnología BLADE, y plataforma LINUX ♗ Sistema de Almacenamiento (96 TB) ♗ Sistema de Respaldos (librería robótica) ♗ Infraestructura completamente redundante ♗ Ancho de banda de 15 MBPS
142
SOFTWARE El portal informativo desarrollado con: Portal Joomla, con PHP y base de datos MySQL
La fase transaccional desarrollado con: Lenguaje de Programación PHP y Java Base de datos PostgreSQL versión 8.2 Apache como servidor de aplicaciones
Manejo de cuatro ambientes con un estricto control de versionamiento: De producción
De desarrollo De prueba De capacitación
Procedimientos
dinámicos
Compras por Catálogo
Subasta Inversa Electrónica Menor cuantía B y S
HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS TRANSACCIONALES
Procedimientos “comunes”
Menor cuantía Obras Cotización Licitación Contratación Directa
Consultoría
Lista Corta Concurso Público
Entidades Contratantes Registro
Proveedores Publicación Especial
HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS NO TRANSACCIONALES
Publicación
Publicación de Emergencia
Ínfima Cuantía Plan Anual de Contratación Identificación, Demanda y Oferta
Producción Nacional Capacidad Nacional de Consultoría
Registro como Entidad
Registro como Proveedor
REQUISITOS PARA RECATEGORIZARSE 1. Solicitud dirigida al INCOP de incremento de códigos, renovación o
2. 3. 4. 5. 6. 7.
reimpresión, firmada por el proveedor. Original del Registro Único de Proveedores, RUP. Copia del Registro Único de Contribuyentes, RUC. Copia del nombramiento del representante legal, inscrito en el Registro Mercantil (De ser persona Jurídica). Copia de la Cédula de Ciudadanía del representante legal actualizado, o copia de la cédula de identidad o del pasaporte y visa, en caso de ser extranjero. Copia de la papeleta de votación vigente del representante legal, de ser ecuatoriano con obligación a votar. Estar al día en sus obligaciones tributarias (Lista Blanca SRI)
En caso de pérdida o extravío del Documento original RUP, es necesario el documento que justifique la ausencia del mismo.
PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN
• Objetivos del Plan Nacional de Desarrollo • Objetivos y necesidades institucionales • De conformidad al presupuesto institucional • Publicación hasta el 15 de enero • Aprobación y reformas por la máxima autoridad Procesos de contratación CONTENIDO DEL PAC
Objeto de contratación (categorización)
Presupuesto estimativo Cronograma de implementación
153
PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN El Sistema reconocerá el tipo de RUC ingresado, es decir si se maneja con esigef o sin él (Base de Datos Ministerio de Finanzas e INCOP).
PASO 1
PASO 2
PASO 3
Ingresar Año, Descripción y Presupuesto Total, luego subir el archivo con el detalle del Plan (con esigef o sin esigef dependiendo de la Entidad Contratante).
El sistema exportará la información ingresada en el archivo. Si dicha información tiene errores el sistema no lo subirá y generará un Informe de los errores que se deben corregir
En Anexos, se subirá la Aprobación del PAC por la máxima autoridad, y en los casos en que existan reformas se subirán las Resoluciones motivadas de los cambios. 154
PUBLICACIÓN ESPECIAL
157
INTERACTIVIDAD EN EL SISTEMA
VERIFICACIÓN PRODUCCIÓN NACIONAL
Herramienta informática “Producción nacional”
Preguntas y respuestas entre proveedores y entidades
Manifestaciones de interés de los proveedores
Generación del Certificado de Producción Nacional
COMPRAS POR CATÁLOGO ELECTRÓNICO
Tiempo mínimo del proceso de contratación (1 ó 2 días)
Adquisición directa de bienes y servicios normalizados, de mayor demanda Disminuye los costos de inventarios
Propiedades Disminuye el plazo de entrega Precios mas bajos del mercado, para todas las entidades y empresas del Estado Servicio disponible las 24 horas, los 365 días
161
COMPRAS POR CATÁLOGO
CONVENIOS MARCOS VIGENTES PROGRAMA DE LICITACIÓN DE CONVENIOS MARCO CATÁLOGOS ELECTRÓNICOS: TIENDA VIRTUAL MANUAL DE USUARIOS
162
4._Convertir la contratación pública en un elemento dinamizador de la producción nacional; 5.- Promover la participación de artesanos, profesionales, micro, pequeñas y medianas empresas con ofertas competitivas, en el marco de esta Ley
Art. 25 LOSNCP
Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas
Art. 9 LOSNCP
Art. 288
ANTECEDENTES SUBASTA INVERSA Los Pliegos contendrán criterios de valoración que incentiven y promuevan la participación local y nacional, mediante un margen de preferencia para los proveedores de obras, bienes y servicios, incluidos la consultoría. de origen local y nacional, de acuerdo a los parámetros determinados por el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO)
Origen nacional de un bien: cuando el valor agregado nacional sea igual o superior del 40 por ciento del costo de producción. Origen nacional de un servicio u obra: si el oferente es una persona natural o jurídica domiciliada en el país donde ejerza sus actividades sustanciales, y más o igual al 60% de su oferta represente el valor agregado nacional.
MÁRGENES DE PREFERENCIA ORIGEN DEL BIEN O SERVICIO
TAMAÑO DEL PRODUCTOR NACIONAL
MÁRGENES DE PREFERENCIA RESPECTO A: SERVICIOS EXTRANJEROS
BIENES NACIONALES
-----
-----
-----
NACIONAL
GRANDE
10 %
-----
NACIONAL
MEDIANO
15 %
• 5 % RESPECTO PROVEEDOR NAC. GRANDE
NACIONAL
MYPE
20 %
• 5 % RESPECTO PROVEEDOR NAC. MEDIANO • 10 % RESPECTO PROVEEDOR NAC. GRANDE
EXTRANJERO
CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS La Entidad Contratante deberá ser crítico en el valor que presenta el Proveedor como Porcentaje de Agregado Nacional, información que deberá registrar durante la etapa de calificación.
CASO
NÚMERO DE CALIFICADOS
CASO 1
UNO
ORIGEN DEL BIEN NACIONAL
NEGOCIACION
EXTRANJERO
NEGOCIACION
BIENES
NACIONAL Y EXTRANJERO
CASO 2
VARIOS
ACCION
NACIONAL
EXTRANJERO
Elimina los extranjeros y se realiza puja con márgenes de preferencia (por tamaño)
Puja con márgenes de preferencia (por tamaño)
Puja sin márgenes de preferencia
ESPECIAL
Si sólo un habilitado presenta oferta económica inicial - negociación Si sólo un habilitado presenta oferta económica inicial - negociación Si sólo un habilitado presenta oferta económica inicial - negociación
CASO
NÚMERO DE CALIFICADOS
SERVICIOS
CASO 1
ORIGEN DEL SERVICIO NACIONAL
NEGOCIACION
EXTRANJERO
NEGOCIACION
ESPECIAL
UNO
NACIONAL Y EXTRANJERO
CASO 2
ACCION
VARIOS
NACIONAL
EXTRANJERO
Puja con márgenes de preferencia (por tamaño y origen)
Si sólo un habilitado presenta oferta económica inicial - negociación
Puja con márgenes de preferencia (por tamaño)
Si sólo un habilitado presenta oferta económica inicial - negociación
Puja sin márgenes de preferencia
Si sólo un habilitado presenta oferta económica inicial - negociación
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
CASOS DE NEGOCIACIÓN ÚNICA (REFORMAS REG. DECRETO 143)
SI EXISTE UNA SOLA OFERTA TÉCNICA CALIFICADA
SI, LUEGO DE LA CALIFICACIÓN TÉCNICA UN SOLO PROVEEDOR HABILITADO PRESENTA LA OFERTA ECONÓMICA INICIAL
NEGOCIACIÓN EN SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA PRECIOS DE ADJUDICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS SIMILARES REALIZADOS A TRAVÉS DEL PORTAL
EN EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN SE DEBERÁ TOMAR EN CUENTA LOS SIGUIENTES ELEMENTOS:
PROFORMAS DE OTROS PROVEEDORES DEL BIEN O SERVICIO A CONTRATAR
INFORMACIÓN SOBRE EL PRECIO DEL BIEN O SERVICIO QUE SE PUEDA OBTENER DE OTRAS FUENTES COMO CÁMARAS O BOLSAS DE PRODUCTOS, INTERNET, ENTRE OTRAS
EL OFERENTE DEBERÁ REBAJAR SU OFERTA ECONÓMICA EN AL MENOS EL 5 % DEL PRESUPUESTO REFERENCIAL
PLAZOS EN SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Mínimo
Máximo
Fecha de Publicación
Art.
Norma
INICIO
Fecha límite de Preguntas
1 día
3 días
2 Resolución 20
Fecha límite de Respuestas
1 día
3 días
3 Resolución 20
Mínimo 7 días
Fecha máxima entrega de oferta técnica
Fecha límite convalidación
para
solicitar
Fecha límite de respuesta de convalidación
Mínimo 2 días máximo 5, contados desde la Fecha de notificación
Fecha límite de Calificación
23 Reglamento 23 Reglamento 45 Reglamento
ENVIO DE OFERTA ECONOMICA Fecha inicio de puja Fecha fin de puja Fecha Estimada de Adjudicación
El mismo día, mínimo de tiempo 15 minutos y máximo 60 minutos
46 Reglamento 46 Reglamento 48 Reglamento
En este proceso de contratación únicamente podrán participar los proveedores que manifiesten su interés de participar en el proceso, y se adhieran de manera total al objeto de la contratación y a las condiciones establecidas en los pliegos
Sin perjuicio de que la Entidad contrate bienes y/o servicios a través del proceso de menor cuantía, se podrá aplicar criterios de selectividad
previos, que garanticen la idoneidad del proveedor. En este caso la Entidad contratante deberá respaldar en el respectivo expediente de contratación, el criterio de selectividad utilizado
MENOR CUANTIA DE BIENES Y SERVICIOS Mínimo
Máximo
Fecha de Publicación
Art.
Norma
INICIO
Fecha límite Aceptación de Propuesta
1día
2días
58
Reglamento y Resolución 39
Fecha máxima de envío de ofertas
1día
2días
58
Reglamento y Resolución 39
58-6
Reglamento y Resolución 39
CALIFICACIÓN OFERTAS Fecha Estimada de Adjudicación
1día
MENOR CUANTIA DE OBRAS Mínimo
Máximo
Fecha de Publicación
Fecha límite de Respuestas
Fecha límite de Propuestas
Norma
INICIO
Fecha de Aceptación de Propuestas Fecha límite de Preguntas
Art.
2 días 3 días máximo en el termino de 5 días a partir de la fecha de invitación
59
Reglamento
11
Resolución 39
12
Resolución 29
59
Reglamento
23
Reglamento
23
Reglamento
Fecha de Apertura de ofertas
Fecha límite para solicitar convalidación Fecha límite para solicitar respuesta de convalidación
Mínimo 2 días máximo 5, contados desde la Fecha de notificación
CALIFICACION OFERTAS-SORTEO Fecha Estimada de Adjudicación
59
Reglamento
Máximo 5 días
de
COTIZACIÓN Mínimo
Máximo
Fecha de Publicación Fecha límite de Preguntas
Art.
Norma
INICIO 2 días
2
Resolución 39
3 días
3
Resolución 39
20 días
57
Reglamento
Fecha de Apertura de ofertas
57
Reglamento
Fecha límite para solicitar convalidación
23
Reglamento
23
Reglamento
Fecha límite de Respuestas Fecha límite de entrega de propuestas
Fecha límite para solicitar respuesta de convalidación
7 días
Mínimo 2 días máximo 5, contados desde la Fecha de notificación
CALIFICACION OFERTAS
Desde la convocatoria hasta la apertura de las ofertas.
LICITACIÓN Máximo
Máximo
Fecha de Publicación
Art.
Norma
INICIO
Fecha límite de Preguntas
4 días
4 Resolución 22
Fecha límite de Respuestas
6 días
5 Resolución 22
Fecha límite de entrega de propuestas Fecha de ofertas
Apertura
10 días
30 días
de
Fecha límite para solicitar convalidación
Fecha límite para solicitar respuesta de convalidación
CALIFICACION OFERTAS Fecha de Adjudicación
52 Reglamento 53 Reglamento
Mínimo 2 días máximo 5, contados desde la Fecha de notificación
Mínimo 10 días máximo 30 días (bienes y servicios
23 Reglamento 23 Reglamento
55 Reglamento 8 Resolución 22
No mayor a 10 días y máximo 15 por complejidad
CONSULTORÍA SE REFIERE A LA PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ESPECIALIZADOS NO NORMALIZADOS, QUE TENGAN POR OBJETO IDENTIFICAR, AUDITAR, PLANIFICAR, ELABORAR O EVALUAR ESTUDIOS Y PROYECTOS DE DESARROLLO, EN SUS NIVELES DE PRE FACTIBILIDAD, FACTIBILIDAD, DISEÑO U OPERACIÓN COMPRENDE ADEMÁS: - LA SUPERVISION, - FISCALIZACIÓN,
ELABORACIÓN DE ESTUDIOS:
- AUDITORÍA Y EVALUACIÓN DE - ECONÓMICOS Y FINANCIEROS, PROYECTOS EX ANTE Y EX POST, - ORGANIZACIÓN, - EL DESARROLLO DE SOFTWARE O - ADMINISTRACIÓN, PROGRAMAS INFORMÁTICOS - LOS SERVICIOS DE ASESORÍA Y - AUDITORÍA E INVESTIGACIÓN. ASISTENCIA TÉCNICA,
- LA CONSULTORÍA LEGAL 184
CONSULTORÍA RESPONSABILIDAD DE LOS CONSULTORES SON LEGAL Y ECONÓMICAMENTE RESPONSABLES DE LA VALIDEZ CIENTÍFICA Y TÉCNICA DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS Y SU APLICABILIDAD
SI POR CAUSA DE LOS ESTUDIOS ELABORADOS POR LOS CONSULTORES, OCURRIEREN PERJUICIOS TÉCNICOS O ECONÓMICOS EN LA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS
LOS CONSULTORES QUE ELABORARON LOS ESTUDIOS DEFINITIVOS Y ACTUALIZADOS SI EL PRECIO DE IMPLEMENTACIÓN DE LOS MISMOS SUFRIERE UNA VARIACIÓN SUSTANCIAL A LA PREVISTA, POR CAUSAS IMPUTABLES A LOS ESTUDIOS
PRESCRIBE EN EL PLAZO DE CINCO AÑOS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DEFINITIVA
SUSPENSIÓN DEL RUP POR EL PLAZO DE CINCO AÑOS, SIN PERJUICIO DE LAS DEMÁS SANCIONES APLICABLES
185
CONSULTORÍA
186
CONSULTORÍA
Forma de pago en fiscalización de obra Los oferentes deberán detallar en su oferta económica los costos unitarios requeridos para la prestación de sus servicios. En consecuencia, el valor del contrato de consultoría para la fiscalización de una obra estará en directa relación con el costeo presentado, sin que en ningún caso la oferta económica o el consecuente monto y forma de pago del contrato de fiscalización de obra pueda estar referido o fijado como un porcentaje del valor de la obra a ser fiscalizada.
El pago se realizará en proporción directa con el avance de la obra que se fiscaliza. En consecuencia, no será posible establecer formas de pago distintas o por periodos fijos de tiempo El monto del contrato de fiscalización de obra se dividirá para el monto del contrato de obra, obteniéndose una relación en virtud de la cual se determinará el porcentaje que será aplicado sobre el monto de cada planilla de ejecución de obra: el valor resultante de esta última operación será el que corresponda pagar por concepto del servicio de fiscalización de obra.
CONSULTORÍA
188
FÓRMULA PARA CALIFICACIÓN DE CONSULTORES EN CONSULTORÍA PARA EVALUAR LA OFERTA ECONÓMICA SE REQUIERE QUE EL CONSULTOR HAYA OBTENIDO UNA CALIFICACIÓN EN LA OFERTA TÉCNICA EN AL MENOS EL 70% .
EVALUACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA
Pei
100 M
M d
Donde: Pei = Puntaje de evaluación económica del oferente i M = Media aritmética de la oferta económica ofertada d = Diferencia en valor absoluto entre el precio propuesto por cada ofertante y la media aritmética M
d
PPO
M
PPO = Precio Propuesto por cada Ofertante
FÓRMULA PARA CALIFICACIÓN DE CONSULTORES ORDEN DE PRELACIÓN
PTOi
C1 Pt i
C 2 Pei
Donde: PTOi Pti Pei C1 C2
= Puntaje Total del Oferente = Puntaje evaluación técnica = Puntaje de evaluación económica = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica
0,80
C1
0,90
0,10
C2
0, 20
C1 C2
1
En caso de empate, para obtener el orden de prelación se priorizará al que haya obtenido el mayo puntaje en la oferta técnica
sorteo
CONTRATACION DIRECTA Mínimo Fecha de Publicación Fecha Límite de Preguntas Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones Fecha Límite Entrega de Oferta TécnicaEconómica * Fecha Apertura Oferta Técnica Fecha Límite para solicitar Convalidación de Errores Fecha límite para Convalidar Errores Fecha de Inicio de evaluación Fecha Publicación Resultados Finales Oferta Técnica-Ecómica Fecha estimada de adjudicación
Máximo
Art.
NORMA
INICIO 6 días Inicio hasta 6 días
36 Reglamento
1 hora 2 horas 2 días 1min 8 horas Fecha apertura hasta 3 días
36 Reglamento 23 Reglamento No reglado 36 Reglamento 36 Reglamento
3 días
LISTA CORTA Mínimo Fecha de Publicación Fecha Límite de Preguntas Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones
Máximo
Art.
NORMA
INICIO 3 días 3 días
6 días 6 días
Fecha Límite Entrega de Oferta Técnica y Inicio a 10 días Inicio a 20 días Económica 1 hora Fecha Apertura Oferta Técnica Fecha Límite para solicitar Convalidación de Durante los 10 Durante los 10 días Errores * días Fecha límite para Convalidar Errores 2 días 5 días 1 min Fecha de Inicio de evaluación Fecha Publicación Resultados Finales Oferta menos de 10 Fecha apertura hasta Técnica días 10 días Fecha estimada de adjudicación 2 dias x cada oferta
4 Resolución 21 4 Resolución 21
10 a 20 días
37 5 23 6 23
10 días
Reglamento Resolución 21 Reglamento Resolución 21 Reglamento No reglado
7 Resolución 21 40 Reglamento
CONCURSO PÚBLICO Mínimo Fecha de Publicación Fecha Límite de Preguntas Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones
Máximo
Art.
NORMA
INICIO 3 días 3 días
6 días 6 días
Fecha Límite Entrega de Oferta Técnica y Inicio a 15 días Inicio a 30 días Económica 1 hora Fecha Apertura Oferta Técnica Fecha Límite para solicitar Convalidación de Durante los 10 Durante los 10 días Errores * días Fecha límite para Convalidar Errores 2 días 5 días 1 min Fecha de Inicio de evaluación Fecha Publicación Resultados Finales Oferta menos de 10 Fecha apertura hasta Técnica días 10 días Fecha estimada de adjudicación 2 dias x cada oferta
4 Resolución 21 4 Resolución 21
15 a 30 días
39 5 23 6 23
10 días
Reglamento Resolución 21 Reglamento Resolución 21 Reglamento No reglado 39 Reglamento 7 Resolución 21 40 Reglamento