Obligaciones societarias y mercantiles 2025

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Obligaciones societarias y mercantiles 2025

SuperSociedades

Presentación de información financiera

Estados financieros de propósito general: entre el 8 de abril y el 13 de mayo de 2025.

Estados financieros combinados o consolidados: hasta el 30 de mayo de 2025.

Presentación

de información NO financiera

Reporte de sostenibilidad: entre el 1 y el 14 de julio de 2025.

Informe 67 - Sociedades BIC: a más tardar el 31 de mayo de 2025.

Informe 75 - SAGRILAFT Y PTEE: entre el 15 y el 28 de julio de 2025.

Consulte el calendario de vencimientos de SuperSociedades aquí.

Cámaras de comercio

Renovación de la matrícula mercantil

Según el artículo 33 del Código de Comercio, todas las sociedades comerciales deben renovar su matrícula mercantil ante la respectiva Cámara de Comercio durante los tres primeros meses de cada año, es decir, antes del 31 de marzo de 2025.

Presentación de estados financieros

Según el artículo 41 de la Ley 222 de 1995, todas las sociedades deben presentar una copia de los estados financieros aprobados por el máximo órgano social, junto con sus notas y el dictamen del revisor fiscal, ante la respectiva Cámara de Comercio dentro del mes siguiente a su aprobación, salvo las entidades sometidas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades.

Reunión de la asamblea general de accionistas o junta de socios

Según el artículo 46 de la Ley 222 de 1995, las sociedades comerciales deberán celebrar la reunión ordinaria de la asamblea general de accionistas o junta de socios a más tardar el 31 de marzo de 2025. La convocatoria debe realizarse con al menos 15 días hábiles de anticipación.

Nombramiento del revisor fiscal

Según el artículo 13 de la Ley 43 de 1990, todas las sociedades comerciales cuyos activos brutos al 31 de diciembre del año anterior sean iguales o superiores a 5.000 SMMLV, o cuyos ingresos brutos sean iguales o superiores a 3.000 SMMLV, deberán nombrar un revisor fiscal. Este nombramiento debe realizarse a más tardar el 31 de marzo de 2025, conforme al artículo 422 del Código de Comercio.

Implementación del SAGRILAFT

Según el numeral 5 del Capítulo X de la Circular Básica Jurídica de la SuperSociedades, las sociedades supervisadas por esta entidad que, al 31 de diciembre de 2024, hayan obtenido ingresos totales o activos iguales o superiores a 40.000 SMMLV, deberán adoptar un Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SAGRILAFT) a más tardar el 31 de mayo de 2025.

Implementación del PTEE

Según la Resolución 100-006261-2020 de la SuperSociedades, las sociedades vigiladas por esta entidad que en el año calendario inmediatamente anterior hayan realizado negocios o transacciones internacionales iguales o superiores a 100 SMLMV y hayan obtenido ingresos o tengan activos totales iguales o superiores a 30.000 SMLMV, deberán implementar un Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) a mas tardar el 31 de mayo de 2025.

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