Periódico del Viernes 11 de agosto 2017

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Nº 2273

PERIODICO DE INFORMACIONES Y PUBLICIDADES en español, français e italiano

Viernes 11 de agosto del 2017

Muchas expectativas por la rendición de cuenta de la Alcaldía de Las Terrenas Las Terrenas, R.D. El 16 de agosto de cada año, las alcaldías deben hacer su Rendición de Cuentas. Es decir, presentar un informe económico o financiero de su gestión como está establecido en la Ley Municipal 176-07, asimismo en la Constitución de la República Dominicana. En ésta ocasión, en el Municipio de Las Terrenas le tocará al Lic. Antonio García George (Alex), Alcalde, que debe presentar su memoria a partir del 16 de Agosto de 2016 hasta el 16 de Agosto de 2017. El síndico debe presentar a los munícipes un informe financiero de los ingresos y egresos de la alcaldía durante ese plazo de tiempo. Es decir, que recibió por concepto de subvención que asciende a RD$2,350,000.00 mensual, y de arbitrios (Impuestos) considerados ingresos colaterales, entiéndase por uso de suelo, letreros, basuras, restaurantes, entre otros. El Artículo 21, hace referencia a la distribución de los fondos en sus literales A, B, C y D, el Alcalde debe explicarles a los munícipes como fueron distribuidos esos recursos a las diferentes cuentas. Es decir, cuantos ingresaron a las cuentas de Personal (25%), Servicios (31%), Obras o Infraestructuras (40%) y Educación, Género y Salud (4%), al mismo tiempo, como se gastaron. Vale decir, que las alcaldías elaboran un presupuesto proyectado que necesariamente no tienen que cumplirse, por eso se llama proyectado. O sea, un presupuesto es un retrato de lo que usted pretende hacer en un periodo de un año fiscal, es un estimado que depende

de los posibles ingresos que pueda percibir. También, en la Rendición de Cuentas debe presentar un balance de sus Activos Corrientes, entiéndase el balance a la fecha de la cuenta receptora dónde se registra o se deposita todos el dinero que ingresa a la alcaldía, luego, de ahí se transfiere a los 4 capítulos que son cuentas corrientes bancarias. Es decir, debe presentar el balance al corte de la Rendición de Cuentas de cada uno de los capítulos o cuentas corrientes. A su vez, la cuenta receptora y los capítulos deben estar conciliado Libro contra Banco, o sea, deben estar cuadrados. Por otro lado, debe presentar las cuentas por cobrar y a pagar a la fecha de corte de la Rendición de Cuentas, asimismo, el inventario de sus activos fijos, llámese Edificación y Mejora, Mobiliarios y Equipos de Oficinas, equipos de transportes, tales como, los vehículos propios de la alcaldía. Asimismo, la depreciación acumulada y el valor en libro de sus activos fijos. En este caso, la alcaldía tiene pocos vehículos propios para transportar la basura. Sin embargo, debe presentar el gastos de arrendamiento y el costo de mantenimiento, salvo que ése costo lo asuma el propietario del vehículo. En el mismo orden, debe presentar y tener al día el presupuesto ejecutado que se envía trimestral a la Contraloría de la República y a la Cámara de Cuentas, soportados con todos contratos y obras que se hayan ejecutados, por lo menos todas las erogaciones e ingresos. En años anteriores, la alcaldía de Las Terrenas tenía una deuda de la Seguridad Social (TSS) que ascendía a RD$14,000,000.00 millones. En ese entonces, la Dra.Mariana Vanderhorts,


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