Nº 2173
PERIODICO DE INFORMACIONES Y PUBLICIDADES en español, français e italiano
Miércoles 21 de septiembre del 2016
Alcaldía impone prohibición de colocar desperdicios, escombros y desechos en las zonas urbanas y suburbanas del Municipio En una comunicación pública, la oficina de Planeamiento Urbano del Ayuntamiento de Las Terrenas (OMPU) da conocimiento a la población que la Alcaldía de Las Terrenas, en conformidad con la Ley 83-89, prohíbe la colocación de desperdicios de construcción, escombros y desechos en calles, aceras, avenidas, carreteras y áreas verdes, solares baldíos, plazas y jardines públicos dentro de las zonas urbanas y suburbanas del Municipio. Aclara y advierte que los violadores de la mencionada prohibición serán pasibles de las sanciones previstas en la misma Ley 83-89, que castiga con multa o prisión, o ambas penas a la vez según la gravedad del hecho. Además precisa que en caso de reincidencia será aplicado el máximo de ambas penas. Esta disposición, a nuestro aviso, se aplicada en manera continua y equitativa, podrá ayudar la población a aceptar un cambio en la actitud de comportamiento civil es necesaria para el correcto desarrollo socio-económico-culturalturístico de este Municipio que por demasiado tiempo sigue sin avanzar en esto camino. Valerio del Pezzo – Infos Diario
El limbo fiscal de la alcaldía de Las Terrenas Legalmente, el estado dominicano debe destinar a los ayuntamientos el 10% de la recaudación, sin embargo, no es así, apenas reciben menos del 5%. Que sucede, la nueva alcaldía de Las Terrenas quiere cobrar los impuestos que le corresponde a los Munícipes, eso lo veo muy bien, pero, debe ofrecer el servicio que demanda la
población que son precarios. El sector privado, aparte que le paga a la alcaldía con un servicio deficiente, también, le paga al sector privado para la recogida de basura, es contradictorio porque hay una doble tributación por la incapacidad de la alcaldía. Eso no amerita una explicación porque es muy evidente, el ayuntamiento no tiene camiones ni zafacones para dar el servicio a los usuarios, usted diría es la ley que le da la facultad cobrar los arbitrios, es correcto, pero debe retribuir servicio contra pago, ahí está el verdadero problema, pago mis impuestos y no recibo el servicio. Entonces, qué hago si no cobro los impuestos, no puedo comprar los camiones que necesito para ofrecer el servicio, acudo a un financiamiento, pero estoy endeudado y no tengo capacidad de pago. Conclusión, me voy por el lado del gastos, un plan de austeridad, reduzco las nóminas y gastos superfluos, cómo qué, los viáticos de los concejales y desisto del aumento salarial, esas son buenas medidas fiscales, son