DE
MANUAL
CONVIVENCIA DEPARTAMENTO DEL META OFICINA PROMOTORA DE PAZ
AÑO 2010
MANUAL
DE
INSTITUCION EDUCATIVA MANACAL CENTRO EDUCATIVO FRANCISCO DE PAULA SANTANDER CENTRO EDUCATIVO PEÑAS BLANCAS
CONVIVENCIA
INSTITUCION EDUCATIVA SAN JUAN DE ARAMA
La presente publicación es financiada con recursos de Cooperación Internacional “Unión Europea y Gobernación del Meta. Edición DARIO VASQUEZ SANCHEZ Gobernador del Departamento del Neta JOSE LUIS MANUEL RAMIREZ SANCHEZ Jefe Oficina Promotora de Paz SONIA LUZ HERNANDEZ CRUZ Jefe operativa Oficina Promotora de Paz JORGE CIFUENTES PEÑA Profesional Universitario Oficina Promotora de Paz Contextualización DIANA YINETH MOYA SALGADO Personera Municipio San Juan de Arama LUZ AMPARO VILLA ARIAS Ex personera – Municipio San Juan de Arama Colaboradores LUIS POMPEYO RODRÍGUEZ RONDÓN Rector - Institución Educativa San Juan de Arama JAVIER MAURICIO PINILLA AMEZQUITA Rector – Institución Educativa Manacal
VÍCTOR MANUEL DAZA MARÍA ELCY REYES HURTADO FRANK CANO DAGOBERTO OVALLE TELLEZ EDGAR RIVERA ERIKA PATRICIA DAZA INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS DE LAS INSTITUCIONES Y CENTROS EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO.
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DE
FREDDY ALBERT ROSAS GARCÍA Director – Centro Educativo Peñas Blancas
CONVIVENCIA
YURLEYDY AMPARO BLANCO Directora – centro Educativo Francisco de Paula Santander
Rector:
Luis Pompeyo Rodríguez Rondón
SEDES:
Colegio de Bachillerato (urbano) Saturnino Gutiérrez (urbano) La Libertad (urbano) Bella Vista (rural) El Rosal (rural) Monserrate Bajo (rural)
MUNICIPIO:
San Juan de Arama Meta
CARÁCTER:
Oficial
JORNADA:
Continua
CALENDARIO:
A
CLASE:
Mixto
MODALIDAD:
Académica
NUCLEO EDUCATIVO:
Nº 14
RESOLUCIÓN FUSION COMO INSTITUCION EDUCATIVA /CENTRO EDUCATIVO: NIT: Nº 892000697-1 DANE N° 150683000151
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Institución Educativa San Juan de
DE
NOMBRE: Arama
CONVIVENCIA
IDENTIFICACION
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INSTITUCION EDUCATIVA SAN JUAN DE ARAMA VISION La Institución Educativa San Juan de Arama Meta pretende formar personas con calidad humana en valores, destrezas y habilidades, que permitan su desarrollo personal, para contribuir a una mejor calidad de vida y por ende ser competitivos y útiles a la sociedad.
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La Institución Educativa San Juan de Arama imparte educación preescolar, básica, media vocacional y educación para adultos, fortaleciendo el desarrollo cognitivo, afectivo y social enmarcados dentro de una formación integral para la vida en sociedad.
CONVIVENCIA
MISIÓN
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Rector:
Javier Mauricio Pinilla Amezquita
SEDES:
Internado Manacal San Juan Bosco Brasilia Cerritos Palomas Todas Rurales
MUNICIPIO:
San Juan de Arama
CARÁCTER:
Oficial
JORNADA:
Continua
CALENDARIO:
A
CLASE:
Mixto
MODALIDAD:
Académica
NUCLEO EDUCATIVO:
Nº 14
RESOLUCIÓN FUSION COMO INSTITUCION EDUCATIVA CENTRO EDUCATIVO: NIT: . 822001289-8 DANE N° 250 683 000 759
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Institución Educativa Manacal
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NOMBRE:
CONVIVENCIA
IDENTIFICACION
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INSTITUCION EDUCATIVA MANACAL VISIÓN En el año 2010 la Institución Educativa Manacal, será gestora en el ámbito regional, en la formación de líderes con calidad humana, capacidad crítica, competentes en el campo laboral y espíritu empresarial.
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A través del buen ejemplo orientar de manera constante a los estudiantes en el proceso de formación integral, cimentada en valores como el trabajo, la autoestima, el respeto hacia los demás, la convivencia pacífica y la preservación del medio ambiente y en el desarrollo de las competencias laborales generales con criterios claros como la observación, el acompañamiento, la investigación y la participación democrática.
CONVIVENCIA
MISIÓN
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IDENTIFICACION
NOMBRE: Paula Santander
Centro Educativo Francisco de
Directora:
Yuleydy Amparo Blanco
SEDES:
Francisco de Paula Santander Mesa de Fernández Antonio Ricaurte Curia Alto Curia Bajo San José Quebrada Honda
Todas rurales MUNICIPIO:
San Juan de Arama
CARÁCTER:
Oficial
JORNADA:
Continua
CALENDARIO:
A
CLASE:
Mixto
MODALIDAD:
Académica
NUCLEO EDUCATIVO:
Nº 14
RESOLUCIÓN FUSION COMO INSTITUCION EDUCATIVA/CENTRO EDUCATIVO: NIT. 900.148.710-2 DANE N° 250683000783
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CENTRO EDUCATIVO FRANCISCO DE PAULA SANTANDER VISIÓN Formar jóvenes íntegros con espíritu investigativo, útiles a la sociedad, capaces de producir y transformar su entorno.
MISIÓN Mediante una educación integral y la metodología activa, buscamos incentivar en los estudiantes un espíritu investigativo, productivo y creador de estrategias que le permitan transformar positivamente su entorno.
LEMA Con dinamismo formamos hombres íntegros y productivos.
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IDENTIFICACION NOMBRE:
Centro Educativo Peñas Blancas
Director:
Fredy Albert Rosas García
SEDES:
Puerto Gaitán Mira Flores La Glorieta Alto Sardinata El Bosque Bocas del Sanza Peñas Frias Angosturas Todas rurales
MUNICIPIO:
San Juan de Arama
CARÁCTER:
Oficial
JORNADA:
Continua
CALENDARIO:
A
CLASE:
Mixto
MODALIDAD:
Académica
NUCLEO EDUCATIVO:
Nº 14
RESOLUCIÓN FUSION COMO INSTITUCION EDUCATIVA/CENTRO EDUCATIVO DANE N° 250683000686
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CENTRO EDUCATIVO PEÑAS BLANCAS VISIÓN Buscamos hacia él 2010 estudiantes forjadores de cultura y progreso para la región promoviendo los valores la ciencia e investigación.
MISIÓN Formar líderes integrales con calidad humana, sentido de pertenencia e identidad por su región.
LEMA Educación forjadora de progreso CON VALORES PARA LA PAZ.
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PRESENTACIÓN
El Manual de Convivencia es el conjunto de normas, parámetros y principios encaminados a la búsqueda de una convivencia armónica responsable de cada uno de los miembros que hacen parte de la comunidad educativa, de acuerdo con el entorno físico y social. Dentro de una Comunidad, las personas interactúan constantemente en diferentes acciones de acuerdo a su rol y entorno social; permitiendo compartir así con sus semejantes sus experiencias, saberes, valores, con una concepción de búsqueda de la satisfacción individual y necesidades colectivas. Por lo tanto, es necesario construir medios fundamentados en las normas básicas de convivencia, que concilien y regulen la vida escolar como estructura responsable de control y funcionamiento, lo cual permite un mejoramiento continuo de la institución y sus miembros.
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OBJETIVOS INSTITUCIONALES 1.
Brindar una formación integral en los niveles de educación preescolar, básica y media y educación de adultos de los estudiantes confiados a nuestra institución.
2.
Brindar a la comunidad la oportunidad de formación, con el fin de mejorar la calidad de trabajo y por ello el nivel de vida familiar.
3.
Procurar la integración de las organizaciones de la comunidad a la vida del establecimiento como principal estamento comunitario.
4.
Promover los valores regionales y nacionales, mediante la conservación y enriquecimiento de nuestro patrimonio.
5.
Promover espacios para el desarrollo de las actitudes que satisfagan las aspiraciones de los educandos mediante un proceso permanente de formación y motivación.
6.
Fomentar la solidaridad mediante la participación de los educandos en los proyectos pedagógicos.
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OBJETIVOS INSTITUCIONALES
7.
Desarrollar los hábitos de consulta e investigación dentro y fuera del aula que le permita desarrollar sus capacidades cognitivas y enriquecimiento personal.
8.
Crear las condiciones necesarias para una autentica convivencia, fortaleciendo sus competencias ciudadanas.
9.
Fomentar el interés por el trabajo, mediante el desarrollo vocacional y la formación profesional de acuerdo a las actitudes y aspiraciones de las personas y las necesidades de la sociedad.
10.
Desarrollar en el estudiante la capacidad crítica y analítica del espíritu científico; mediante la adecuada aplicación de los conocimientos en cada una de las áreas.
11.
Orientar a los estudiantes para que identifiquen sus dificultades y descubran sus valores como factor fundamental del desarrollo de la personalidad y el mejoramiento de su convivencia en nuestra sociedad.
12.
Fomentar la adecuada utilización de los recursos naturales y la protección del medio ambiente, para que sean agentes de transformación de nuestra sociedad.
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CAPITULO I
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MARCO LEGAL: El presente Manual de convivencia está regido por la Constitución Política, el marco jurídico vigente para la prestación del servicio educativo, Ley de Infancia y Adolescencia, los Derechos Humanos, el Plan Decenal de Educación, El Proyecto Educativo Institucional, Fundamentado en los siguientes principios: Protección Integral: Reconocimiento de los niños, niñas y adolecentes como sujetos de derechos, garantía y cumplimiento de los mismos. Interés Superior: Los derechos de los niños, niñas y adolecentes prevalecen sobre los demás. Corresponsabilidad: La familia, la sociedad y el estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección. Perspectiva de Género: Se habla del concepto de niño, niña y adolecente. Así mismo se tiene en cuenta diferencia de edad, etnias, sociales, culturales y psicológicas.
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CAPITULO II
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DECALOGO DE LOS PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
1
Establecer las normas, principios y parámetros de convivencia en las Instituciones y Centros Educativos del municipio de SAN JUAN DE ARAMA para convivir dentro de un orden social, democrático y participativo.
2
Contribuir al desarrollo del rol que le corresponda realizar a cada integrante de la Comunidad Educativa.
3
Fomentar virtudes, valores éticos, sociales y culturales como producto de la razón; con el fin de alcanzar una completa formación integral de los estudiantes.
4
Rescatar el respeto por los símbolos patrios e institucionales y los actos públicos.
5
Proyectar una imagen personal positiva a toda la comunidad, reflejando los principios de la cultura institucional.
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Propiciar en la comunidad educativa espacios para fortalecer la identidad y liderazgo.
8
Propender por el fomento de la cultura y el folclor llanero.
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Ofrecer equidad y calidad educativa.
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Posibilitar en la persona la capacidad de generar alternativas productivas e innovadoras en el contexto.
Fomentar, incentivar y apoyar proyectos ambientales, de investigación científica y tecnológica.
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CAPITULO III
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DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1: CONDICION DE ESTUDIANTE. Para tener la condición de estudiante de las Instituciones y Centros Educativos del Municipio de San Juan de Arama, se requiere que la persona haya cumplido los requisitos obligatorios exigidos, y firmado la matrícula junto con uno de sus padres de familia o acudiente y asistir a clases regularmente, y poder ser registrado en el SISTEMA NACIONAL DE MATRICULAS- SIMAT. MATRICULA. REQUISITOS DE INGRESO: El estudiante que ingresa por primera vez, para efectos de matrícula deberá cumplir con los siguientes requisitos: Orden de matrícula 1. Fotocopia del Registro civil. 2. Fotocopia del documento de identidad (a partir de los 7 años de edad). 3. Cuatro fotos de 3x4 4. Carpeta azul colgante nueva. 5. Fotocopia del Carnet de salud o sisben. 6. Boletín o certificados valorativos de los años anteriores. 7. Fotocopia de la cédula del padre de familia y/o acudiente del estudiante. 8. Certificación de RH. 9. Fotocopia carnet de vacunas. 10. Para matricularse por transferencia debe estar liberado del SIMAT, presentar los documentos y cumplir con todos los requisitos exigidos por las Instituciones o Centros Educativos. PARAGRAFO 1.: Los estudiantes transferidos que sean aceptados en las Instituciones y Centros Educativos del municipio de San Juan de Arama deben presentar sus boletines informativos del desarrollo académico de los periodos cursados.
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PARAGRAFO 2.: El aspirante debe presentar como acudiente al padre de familia o una Persona responsable que lo represente y acuda a la institución en la fecha y hora que ésta determine. PARAGRAFO 3: Los estudiantes nuevos o antiguos que presenten antecedentes disciplinarios y académicos pueden ser recibidos con matricula en observación y/o condicional dependiendo del estudio hecho por consejo académico y/o disciplinario y avalado por el consejo directivo. PARAGRAFO 4. El servicio de internado se prestará en la Institución Educativa Manacal a NNA, teniendo en cuenta las siguientes prioridades: Residencia área rural del municipio de San Juan de Arama Residente área Urbana del municipio (NNA en condición de Vulnerabilidad) Residente área rural municipios de la región del Ariari. Residente área urbana municipio de la región del Ariari (NNA en condición de vulnerabilidad. Residentes otros municipio (NNA en condición de vulnerabilidad) UNIFORME Las Instituciones y Centros Educativos del Municipio de San Juan de Arama se acogen a la Resolución Emanada de la Secretaria Departamental de Educación, que regula el diseño, material y color. En consecuencia, será exigido en su totalidad desde el primer día de clases. CARACTERISTICAS DEL UNIFORME Uniforme de diario para los hombres: Camisa blanca de dacrón, manga corta lisa, escudo de la Institución Educativa o centro educativo correspondiente, Adherido en el bolsillo izquierdo y vestida por dentro. Pantalón lino de color azul oscuro Medio color azul colegial. Zapatos negros colegial de amarrar. Correa negra.
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UNIFORME DE DIARIO PARA LAS MUJERES: · · · ·
Camisa blanca de dacrón, manga corta lisa, escudo de la Institución Educativa o centro educativo correspondiente, Adherido en el bolsillo izquierdo y vestido por dentro. Falda estilo escocés, sobre la rodilla. Medias blancas colegiales Media - Media. Zapatos negros colegial de amarrar.
UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA: · · · · ·
Camiseta blanca con el escudo fijo al lado izquierdo. Pantaloneta Blanca. Sudadera Blanca según modelo de la secretaria de educación del Meta. Tenis blanco. Medias blancas.
PARAGRAFO 1: Por decisión en pleno de los consejos directivos de las instituciones y centros educativos del municipio, podrá modificarse el uniforme. ARTICULO 2: REQUISITOS PARA SER ACUDIENTE DIFERENTE AL PADRE DE FAMILIA. Las funciones del acudiente como representante del estudiante ante la Institución o centro educativo requiere de máxima seriedad y responsabilidad, por tanto esta persona deberá asumir el papel de padre de familia dentro del proceso educativo lo cual indica que para serlo debe cumplir los siguientes requisitos: 1. 2. 3.
Ser mayor de edad. Presentar justificación donde indique que el padre no puede representar a su acudido en la institución, y es representado por un particular y/o familiar. Cumplir con su responsabilidad consignadas en el manual de convivencia, asumidas en el momento de la matricula.
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ARTÍCULO 3: JORNADA ESCOLAR. El estudiante asistirá a la sede educativa correspondiente: · Estudiantes de preescolar: Cuatro (04) horas diarias de 60 minutos. · Básica primaria: Cinco (05) horas diarias de 60 minutos. · Básica secundaria y media: Seis (06) horas diarias de 60 minutos Media Técnica Siete (07) horas semanales de 60 minutos en jornada contraria · Educación de Adultos: Programa Semipresencial Viernes Cuatro (04) horas de 60 minutos Sábado Seis (06) Horas de 60 minutos Total 10 horas semanales. Programa Transformemos Once (11) horas de 60 minutos semanales ARTÍCULO 4: COSTOS EDUCATIVOS Las instituciones y centros educativos, adoptara mediante acuerdo de los consejos directivos, la resolución que para tal fin emita la secretaria de educación del departamento del Meta.
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CAPITULO IV DE LOS ESTUDIANTES
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ARTÍCULO 5: PERFIL DE LOS ESTUDIANTES Los estudiantes egresados de las instituciones y centros educativos del municipio de San Juan de Arama meta, serán personas: · · · · · ·
Con calidad humana Formadas en el respeto, la espiritualidad, tolerancia y responsabilidad social Lideres emprendedores y competentes. Con sentido de pertenencia e identidad regional Con sentido crítico, analítico, innovador e investigativo. Transformadoras, dinamizadoras, y participativas de los procesos democráticos
ARTICULO 6. DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS ESTUDIANTES Los estudiantes de las instituciones y centros educativos del municipio de San Juan de Arama Meta gozan de los derechos constitucionales, legales e institucionales los cuales serán respetados por los estamentos de la comunidad educativa. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19.
A la vida, calidad de vida y a un ambiente sano. A la Integridad Personal. A la rehabilitación y resocialización. A la Protección. A la Libertad y Seguridad personal. A tener una familia y no ser separado de ella. A la custodia y cuidado personal. A los alimentos. A la identidad. Al debido proceso. A la salud. A la educación. Al desarrollo integral en la primera infancia. A la recreación, Participación en la vida cultural y en las artes. A la participación de los NNA. A la posibilidad de Asociarse y reunirse Al de intimidad. A la información. A la edad mínima de admisión al trabajo y de protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar.
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20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27.
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29. 30.
31. 32. 33. 34.
Al respeto por la diferencia. A las libertades fundamentales (Culto, libre desarrollo, pensamiento, autonomía personal, libertad de conciencia, de creencias, de locomoción, profesión, oficio) Hacer propuestas y sugerencias siguiendo el conducto regular de forma respetuosa y cordial. Ser escuchado y atendido cuando interponga un determinado recurso. Recibir los estímulos establecidos por las instituciones y Centros Educativos cuando tenga derecho a ellos y de acuerdo a las normas establecidas. Obtener respuestas a las solicitudes que presente a cualquier de los estamentos Institucionales. Participar en los eventos institucionales con el fin de poder elegir y ser elegido para el Gobierno Escolar y otros comités representativos. Ser evaluado integralmente y en forma oportuna, racional y técnica, recibiendo los respectivos informes sobre el rendimiento académico en concordancia con el Sistema Institucional de Evaluación y en lo disciplinario con lo pactado en el presente Manual de Convivencia. Participar en: La planeación, organización, coordinación, dirección, control y evaluación de las distintas actividades que tengan que ver con el desarrollo de los procesos educativos. Recibir buen ejemplo y trato de los docentes, compañeros, personal administrativo y de servicios generales. Ser informado de los objetivos contenidos, metodología, criterios de evaluación e indicadores y valoración (cuantitativa y cualitativa), en cada una de las asignaturas del plande estudios al inicio de cada periodo escolar. Usar el conducto regular y el debido proceso cuando considere vulnerados sus derechos. Presentar trabajos y desarrollar procesos de evaluación en casos de ausencias justificadas. Disfrutar de la planta física, sus implementos, sus dependencias y sus servicios de acuerdo a los reglamentos establecidos. Participar en el desarrollo de los proyectos pedagógicos productivos y transversales.
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35.
Recibir oportunamente los documentos que contemplan el Manual de Convivencia y reglamentos institucionales.
ARTICULO 7: RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES. 1. 2. 3. 4. 5.
6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15.
Conocer y llevar a la práctica el Manual de Convivencia y Reglamentos definidos para el funcionamiento de las dependencias y servicios Institucionales. Respetar a todas las personas que laboran en la Institución o Centro Educativo y a quienes ingresen en busca de información. Mantener limpios, ordenados y adecuados los espacios escolares, Demostrar continuamente sentido de pertenencia institucional. Practicar valores de respeto, responsabilidad, tolerancia, honestidad, justicia y servicio; mostrando lealtad para sí mismo, con los demás y con el plantel educativo, dentro y fuera de ella. Responder por los daños que cause dentro de la sede correspondiente. Participar activamente en todos los procesos, proyectos pedagógicos productivos y transversales, eventos y actividades que desarrolle la institución. Participar en clase, cumpliendo con calidad las respectivas actividades académicas. Aceptar las orientaciones y sugerencias de los directivos docentes, docentes, compañeros y demás personal del plantel educativo. Informar sobre el ausentismo, faltas e incumplimientos, y entregar a los padres o acudientes en forma oportuna citaciones a eventos y actividades institucionales. Respetar los símbolos patrios e institucionales y mostrar un comportamiento adecuado en los actos públicos. Llegar puntualmente al plantel educativo en el horario establecido y a donde sea convocado. Participar activamente en la vida democrática institucional. Hacer uso correcto de las instalaciones, materiales e implementos que estén a su servicio. Cuidar sus bienes, útiles y elementos de valor.
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16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33.
No presentarse al plantel educativo o donde sea convocado en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias alucinógenas o portando armas. Acudir con prontitud y respeto tan pronto escuche el timbre y/o campana o la voz del llamado de un docente o su delegado. Cumplir con el uniforme establecido por el plantel educativo. portándolo de acuerdo a los eventos programados dentro y fuera de esta. Permanecer dentro del aula de clase durante el desarrollo de las actividades académicas. Cumplir a cabalidad con el aseo de su respectiva aula de clase y espacios institucionales. Participar activamente en las jornadas de embellecimiento del plantel educativo. Cumplir con la elaboración del periódico mural. Cumplir con la totalidad de horas del servicio social. Conservar y preservar el medio ambiente. Emplear adecuadamente el conducto regular dentro de la vida escolar y el debido proceso. Dedicar todo su esfuerzo al cumplimiento de tareas y actividades académicas, culturales y deportivas. Presentar oportunamente las evaluaciones y aprovechar las actividades de acompañamiento y de preparación para las pruebas a saber. Conocer, interiorizar y promover la visión y misión institucional. Guardar pudor dentro y fuera del establecimiento educativo. Abstenerse de participar y propiciar riñas y escándalos dentro o fuera del establecimiento educativo. Abstenerse de ingresar portando el uniforme a sitios públicos donde se expendan bebidas embriagantes o sitios de juegos de azar. Informar oportunamente sobre hechos que perjudiquen la convivencia institucional o coloquen en riesgo su funcionamiento. Presentar propuestas, sugerencias e iniciativas que mejoren la prestación del servicio educativo y el bienestar de la comunidad educativa, siguiendo el conducto regular de forma respetuosa y cordial.
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34.
Hacer buen uso de los canales de comunicación y de las expresiones para con los demás.
35.
Generar acciones tendientes al mejoramiento académico y disciplinario.
36.
Acatar y poner en práctica los mecanismos diseñados para la participación de la comunidad educativa.
ARTICULO 8: ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES. Al cumplir con sus responsabilidades y hacer buen uso de sus derechos el estudiante recibe estímulos de manera verbal y/o escrita, exaltándolo en público por su consagración, ética, moral, esfuerzos académicos, disciplinarios, deportivos, culturales y éxitos, así: 1. 2. 3. 4. 5.
6. 7. 8. 9.
Felicitaciones en público a los estudiantes que sobresalen en una actividad de reconocido mérito. Exaltación en las Izadas de Bandera a los estudiantes destacados en rendimiento académico y disciplinario, destacándose en el cuadro de honor. Representar el plantel en eventos culturales, cívicos, sociales, deportivos y recreativos previo concepto del consejo académico y aval del Consejo Directivo. Exaltación y diploma de honor al mejor bachiller por rendimiento académico, disciplinario y colaboración a los valores que el plantel educativo imparte. Diploma de honor a los mejores estudiantes que hayan tenido participación destacada en eventos deportivos, culturales y sociales en representación del plantel educativo. Diploma de honor a los tres (3) mejores estudiantes de cada grado en rendimiento académico y disciplinario. Mención de honor al estudiante que haya obtenido el mejor puntaje en las pruebas SABER 11º. Diploma de honor a los integrantes del gobierno estudiantil por su capacidad de liderazgo. mención al o los estudiantes que cursaron desde grado transición al grado once y que acceden al título de bachiller.
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ARTICULO 9: PROHIBICIONES A LOS ESTUDIANTES. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17.
18.
Incumplir las normas y responsabilidades contempladas en el manual de convivencia. Retirarse del aula y/o de la institución estudiantil sin permiso. Fomentar riñas, peleas o agredir física y/o verbalmente a profesores o cualquier persona de la comunidad educativa dentro y fuera de la institución. Hurtar elementos a cualquier miembro de la comunidad educativa. Cometer fraudes o falsificación de documentos. Realizar actos de inmoralidad. Destruir elementos al servicio de los estudiantes y/o comunidad educativa. Llegar tarde a la jornada académica y demás actividades institucionales. indisciplina permanente. Trato descortés, vulgar a cualquier persona de la comunidad educativa, dentro y fuera de la institución. Evadir responsabilidades o actividades confiadas por algún superior. Portar cualquier tipo de arma, revistas pornográficas, sustancias embriagantes o estupefacientes. Incitar a los estudiantes al desorden o desacato en las actividades colectivas programadas por la institución educativa. Desacatar los toques de campana o timbre. Usar apodos a cualquier miembro de la comunidad educativa. Realizar actividades no autorizadas o utilizar el nombre de la institución en beneficio particular. Evitar el sacrificio de animales para experimentos y la destrucción de los árboles. Portar dentro de la institución elementos como: radios, walkman, grabadoras, juegos electrónicos (ataris), juguetes, celulares, cachuchas, joyas u objetos de gran valor, maquillaje y prendas diferentes al uniforme. Dentro de la institución educativa se debe mantener el decoro en las relaciones amorosas.
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19.
Participar en los diferentes proyectos pedagógicos que desarrolle la institución.}
20.
Asistir con el uniforme de diario a la ceremonia de grado.
21.
No deben portar el uniforme en horas diferentes a la jornada académica, salvo que estén cumpliendo actividades que representen la institución. Si en algún caso la estudiante resulta embarazada se transferirá automáticamente
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CAPITULO V PROCESO DISCIPLINARIO
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ARTICULOS 10. FALTAS Se entiende por falta, la violación a lo reglamentado y que atentan contra las normas que buscan salvaguardar los valores humanos y la integridad individual y colectiva. Estos comportamientos afectan la armonía y el ambiente propio de la sana convivencia, los procesos académicos, los principios morales, éticos, legales y reglamentarios. El plantel educativo considera que la comisión de una falta por parte de un estudiante está contextualizada, primero que todo, en el momento particular de formación, maduración y consolidación de su proyecto de vida. Existen entonces, una serie de atenuantes o agravantes que serán considerados en el momento de realizar los procedimientos frente a una falta tipificada en el presente Manual de Convivencia y/o Reglamento del Servicio de Internado. Las faltas se clasifican, según la conducta atente contra el orden. De conformidad con el carácter y naturaleza, pueden ser: 1. leves 1. graves. 3. muy graves Las faltas están expresamente indicadas en este Manual y atentan directamente el buen nombre del plantel educativo, su institucionalidad y la integridad física y moral de la comunidad educativa. Para calificar la gravedad a la levedad de la falta se tendrán en cuenta los siguientes criterios: 1. El grado de culpabilidad. 2. La trascendencia de la falta o el perjuicio causado. 3. Las modalidades y circunstancias en que se cometió la falta, para lo cual se considerarán los atenuantes y agravantes aquí señalados. 4. Los motivos determinantes del comportamiento. 5. Cuando en la comisión de la falta intervengan varias personas. Se tendrán en cuenta igualmente circunstancias atenuantes en el momento de tipificar una falta, como las siguientes:
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1. 2. 3. 4. 5.
La edad cronológica, su desarrollo mental, motriz y afectivo del estudiante. Los antecedentes disciplinarios de buena conducta. La actuación franca, clara transparente en la confesión y aclaración de los hechos que motivaron la falta. El buen desempeño y un alto sentido de pertenencia a la Institución Los conceptos favorables emitidos por los docentes, el personero estudiantil, los coordinadores de Internos, el Coordinador de Convivencia u otra instancia de participación.
En el momento de calificar una falta, se tendrán en cuenta circunstancias agravantes como las siguientes: 1. 2. 3. 4. 5.
La manifiesta falta de compromiso del estudiante y de sus padres de familia o acudientes frente al cumplimiento de sus deberes. La reiterada acumulación de observaciones negativas sobre su comportamiento y desempeño académico, consignadas en su registro académico y de Convivencia. La desatención reiterada a los compromisos adquiridos con los coordinadores y los docentes, ante las acciones preventivas y reeducativas desarrolladas. El bajo desempeño y la evidencia de falta de compromiso y responsabilidad académica y de convivencia. La comisión de una falta por negligencia o por inobservancia de elementales cuidados.
ARTÍCULO 11: FALTAS LEVES 1. 2. 3. 4.
Inadecuada presentación personal y porte del uniforme dentro y fuera del plantel educativo. El incumplimiento de las responsabilidades asignadas y los reglamentos definidos para la prestación de servicios complementarios. Ingresar a dependencias de uso restringido sin previa autorización del funcionario competente. . Fomentar la indisciplina, el desorden y la falta de compostura en el aula de clases, las diferentes dependencias institucionales o durante actividades o eventos programados por el plantel educativo.
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5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24.
Salir del salón o del predio escolar sin permiso. Conocer y omitir información relacionada con faltas cometidas por compañeros. Tomar sin autorización elementos ajenos. Incumplir con los deberes académicos. Alterar el desarrollo de las clases con el toque del timbre o campana en hora indebidas o sin autorización. Llegar a clase después del horario establecido. Mostrar actitudes irrespetuosas frente a los símbolos patrios y del plantel educativo. Escribir en las paredes signos o vocabulario morboso, obsceno o expresiones soeces. Agredir verbalmente a sus compañeros y personal del plantel educativo utilizando frases desobligantes o apodos. Presentarse a clase sin los útiles necesario para sus actividades académicas. Utilizar el nombre del plantel educativo para realizar o participar en actividades no autorizadas. Ocasionar daño a los elementos asignados por el plantel educativo para su desarrollo académico. Presentar manifestaciones indecorosas en interacción con sus compañeros y docentes. No informar a los padres de familia o acudientes sobre las citaciones, reuniones o actividades programadas por el plantel Educativo. Hacer fraude en los procesos de evaluación orientados por el docente. Negarse a firmar los compromisos frente a una falta académica o disciplinaria comprobada. Inasistencia a los actos comunitarios. Permanecer en las aulas en tiempo de descanso. Irrespeto a las creencias o prácticas religiosas de de los demás integrantes de la comunidad educativa. Utilizar equipos tecnológicos de su propiedad o del plantel educativo en forma inadecuada sin autorización del funcionario competente.
ARTICULO 12: Son faltas graves. 1. 2.
Reincidir hasta tres (3) veces en las faltas leves contempladas en el presente Manual de Convivencia. Difamar e injuriar de manera verbal o escrita a las personas que integran la comunidad educativa.
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3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16.
Esconder o hurtar elementos de sus compañeros o de cualquier funcionario del plantel educativo. Ingresar o salir de plantel por lugares diferentes a la puerta asignada de acceso (como paredes, cercas y ventanas, mallas entre otros). Realizar actos de vandalismo como: causar daños a las instalaciones, muebles y enseres del plantel o de cualquier integrante de la comunidad educativa. Promover o participar premeditadamente en actos tendientes a alterar el normal funcionamiento de las actividades institucionales. Atentar contra el entorno ambiental. Agredir física o psicológicamente a compañeros y personal de la comunidad educativa. Alterar o destruir documentos oficiales del plantel educativo. Presentarse al plantel en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas. Consumir o traficar con bebidas embriagantes, sustancias alucinógenas, videos y material pornográfico dentro del plantel educativo. Portar armas blancas o de fuego. participar y propiciar riñas y escándalos dentro o fuera del establecimiento educativo. Pertenecer, practicar y promover la vinculación a grupos o sectas satánicas que alteren los comportamientos normales de los estudiantes. Estar implicados en actos relacionados con violencia sexual e inducir a la prostitución. Extorsionar a cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa.
ARTÍCULO 13 CORRECTIVOS PARA LAS FALTAS. Toda falta que cometa el estudiante estará orientada a la búsqueda de la corrección, utilizando el diálogo y dando oportunidad de superación. 1. Los estudiantes que lleguen retardados a la Institución Educativa no se les permitirá el ingreso a la primera hora de clase, informándosele al coordinador.
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2. A los tres (3) retardos registrados en el libro de asistencia, sin justificación, el coordinador citará al padre de familia para plantear alternativas de solución. 3. Si hay reincidencia de retardos a los cuatro (4) se convertirá en falta grave, en consecuencia se aplicará el debido proceso previsto para las faltas graves. 4. El bajo rendimiento académico obliga al estudiante adelantar acciones de refuerzo que se determine el Consejo Académico y si hay reincidencia pasará al comité de evaluación. 5. Si persiste la insuficiencia en el incumplimiento de los logros e indicadores en cualquier área o varias asignaturas, el consejo académico determinará si el estudiante puede continuar o no dentro del sistema (aplicando el proceso respectivo). ARTÍCULO 14: CORRECTIVOS PARA LAS FALTAS LEVES 1. Concientización y reflexión sobre la falta. 2. Por segunda vez se hará amonestación verbal, dejando constancia escrita. 3. Por tercera vez se hará amonestación escrita y se registrarán en el observador con la respectiva firma del estudiante, el coordinador y padre de familia y/o acudiente. 4. Tres (3) faltas leves de igual o diferente naturaleza, motivan situación e información a padres de familia o acudiente, y conlleva en la próxima a una falta grave; la coordinación de disciplina hace la amonestación firmando el estudiante y acudiente. 5. Si después de citar al padre de familia o acudiente a las tres faltas leves, y si presenta otra falta, se suspenderá al estudiante mediante resolución motivada por rectoría, de uno a tres días, teniendo en cuenta la gravedad de la falta, se registran en el observador y control de disciplina. En esta suspensión temporal asistirá a la sede correspondiente y desarrollará actividades formativas, talleres, exposiciones y/o embellecimiento de la institución. PARAGRAFO 1: Con atención al numeral 5 se aplicará procedimiento para la falta grave si hay reincidencia.
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ARTÍCULO 15: Correctivos para faltas graves 1. Cuando las faltas se consideren graves puede ocasionar una suspensión temporal hasta (5) días, matrícula en observación, cancelación o exclusión de la Institución Educativa según lo considere el Consejo Directivo y/o Académico. 2. El incumplimiento de los padres a una citación por falta cometida por sus hijos ocasiona la suspensión indefinida hasta que se haga presente y se informa a Personería Municipal. 3. La reincidencia en las faltas leves después de una suspensión pasa a ser faltas graves, el consejo directivo tratará las faltas graves, escuchará los descargos del estudiante y acudiente y mediante acuerdo dará lugar a la aplicación de una de los siguientes correctivos. En todo caso se motivará con citación escrita. ARTICULO 16. MATRICULA EN OBSERVACION. Se aplica cuando es una falta grave y tiene reincidencias, surte los siguientes efectos: El estudiante debe modificar su comportamiento en sentido positivo; Si, reincide en faltas a las normas, El Consejo Académico o Directivo solicitará a la Rectoría la cancelación de la matrícula o exclusión de la Institución. ARTICULO 17. PERDIDA DEL CUPO PARA EL AÑO SIGUIENTE O EXCLUSION: Se aplica cuando un estudiante haya cometido una o varias faltas graves, perdiendo el derecho a renovar la matrícula al final del año lectivo y se le da transferencia obligatoria a otra institución, aún habiendo aprobado el grado. ARTICULO 18. PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE. Se pierde el carácter de estudiante de la Institución Educativa por: a. Presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de la matricula ó para resolver otra situación de la vida escolar.
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b. Cancelación voluntaria de la matrícula. c. Inasistencia continua injustificada cuando acumulada resulten superiores a la cuarta parte del tiempo total previsto. d. Ser entregado a los padres o acudientes por incumplimiento reiterado con las condiciones señaladas en el pacto de convivencia. e. Cancelación de matricula sugerida por el consejo directivo al rector. f. Que el acudiente falte reiteradamente a las reuniones o llamados de la institución hasta tres veces consecutivas sin justificación comprobada. g. Cuando exprese desinterés académico en forma reiterada, con previo estudio del caso. ARTICULO 19. CANCELACION DE MATRICULA. Cuando haya cometido una falta grave y tenga matrícula en observación, o cuando es una falta considerada muy grave. PARAGRAFO: El estudiante tiene derecho a la defensa y puede acudir al recurso de apelación ante el rector, consejo directivo y demás instancias dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles de haberse entregado la notificación. ARTICULO 20: CONDUCTO REGULAR PARA HACER PETICIONES, RESOLVER PROBLEMAS ACADÉMICOS Y DISCIPLINARIOS. Cuando un estudiante desea hacer una propuesta o petición debe hacerlo por escrito ante el docente, rector, coordinador o consejo directivo si tiene alguna dificultad académica o disciplinaria, seguirá el siguiente conducto regular: · · · · · · °
Profesor del área Director de Grupo Coordinador Rector Consejo académico (en caso de ser situación académica). Consejo Directivo Otras instancias legales.
PARAGRAFO 1. El personero de los estudiantes puede intervenir en todas las instancias como órgano consultor y asesor.
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CAPITULO VI DE LOS DOCENTES
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ARTÍCULO 21: DERECHOS Los derechos de los docentes están consagrados en los derechos fundamentales que establece la Constitución Política, la Ley general de Educación 115, artículo 10º de la Ley 715, El código Sustantivo y procesal del trabajo, el derecho administrativo, artículo 33 de la ley 734/02 y otras legislaciones vigentes 1. Recibir un trato respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. 2. Al libre ejercicio de su profesión, acorde con las normas constitucionales, y la normatividad vigente. 3. Participar en todas las actividades propias del sector educativo y vincularse en comités, organizaciones sindicales 4. Solicitar permisos, traslados, comisiones, permutas, incapacidades de acuerdo a las disposiciones vigentes. 5. Aplicar estrategias metodológicas innovadoras encaminadas a mejorar la calidad del servicio educativo. 6. Elegir y ser elegido para formar parte del Consejo Directivo, Consejo Académico; y ser tenido en cuenta para conformar las comisiones de evaluación y promoción y los equipos de trabajo que sea necesarios para dinamizar el PEI. 7. Participar en los procesos de formación y actualización, programados por el MEN, la Secretaria de educación y la Institución o Centro Educativo; siempre y cuando tengan relación directa con su desempeño docente. 8. Recibir estímulos cuando se destaque en su desempeño como docente. 9. Disponer de un ambiente propicio y de los elementos básicos necesarios para ejercer su labor como docente. 10 A presentar propuestas o proyectos pedagógicos para que su ejecución sea financiada con recursos del Fose. 1. A que se le respeten sus creencias políticas, filosóficas, religiosas, sociales o raciales 2. Ser informado oportunamente por el rector, director, coordinador personalmente o telemáticamente a cerca de pautas, o directrices dadas por el ministerio de educación, la secretaria y demás autoridades o entidades competentes. 3. Conocer el conducto regular y que se le respete cuando se presente un conflicto. 4. .Ser informado sobre el presupuesto y partidas asignadas por el gobierno a la institución y los ingresos por otro concepto.
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5. Conocer los planes de inversión presentado por el rector o director con la aprobación del consejo directivo. ARTICULO 22: DEBERES. Los deberes de los docentes se rigen de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política, y a la normatividad vigente para el sector educativo oficial :
El goce de los derechos, implica el cumplimiento de los deberes relacionados con el ejercicio de su cargo, para que exista un ambiente de equidad, justicia y eficiencia. 1. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico en coordinación con los padres de familia, coordinador y o rector. 2° Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en coordinación con otros estamentos las soluciones más adecuadas. 3° Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa. 4° Diligenciar los libros de registro, control y seguimiento de los estudiantes a su cargo. 5° Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.
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6° Rendir periódicamente informe de las actividades y programas relacionados con su cargo al rector y o coordinador. 7° Entregar los informes académicos y de comportamiento a los padres de familia, de acuerdo a las fechas programadas en el cronograma de actividades o cuando sean necesario. ARTICULO 23 PROHIBICIONES 1. Ausentarse de sus labores sin causa justificada 2. Suspender la jornada escolar sin autorización de la secretaria de educación o del rector. 3. Organizar actividades con estudiantes como salidas pedagógicas, fiestas o encuentros nocturnos sin autorización del rector. 4. Citar a padres de familia para organizar actividades extracurriculares sin autorización del rector. 5. Promover ventas.
actividades para recolectar fondos; como rifas o
6. Agredir verbalmente o con lenguaje no verbal a estudiantes, docentes directivos, compañeros docentes, personal administrativo o padres de familia. 7. Las prohibiciones de los docentes están consagradas en la Constitución Política, la Ley general de Educación 115, artículo 35 de la ley 734/02.
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CAPITULO VII DE LOS PADRES DE FAMILIA
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El padre de familia es el representante legal y la primera persona responsable de los estudiantes que se matriculen en la Institución o centro educativo. Por lo tanto, de los padres depende que la familia sea la primera educadora y el éxito de la educación integral de los educandos. En ausencia del padre de familia asumirá estas funciones el acudiente que firme la matrícula con la debida autorización por uno de los padres de familia. ARTÍCULO 24: DERECHOS Estos se encuentran establecidos en la Constitución Política de Colombia y la Ley General de Educación y demás normas vigentes. Los Padres de familia o acudientes de los estudiantes de las instituciones o centros educativos de San Juan de Arama tienen derecho: 1. A matricular a sus hijos o acudidos en la Institución o Centro Educativo, previo cumplimiento de los requisitos exigidos. 2. A participar en la Asociación de padres de familia. 3. A recibir información sobre el rendimiento académico, al comportamiento De sus hijos, la marcha de la institución educativa y a participar en las Acciones de mejoramiento. 4. Al recibir orientación sobre la educación de los hijos, la solución de conflictos familiares, de pareja o a la remisión de otras instancias. (Comisaria de familia y personería municipal). 5. A participar en el consejo directivo, asociaciones o comités, para velar por una adecuada prestación del servicio educativo. 6. A solicitar que sus hijos reciban una educación conforme a los fines y objetivos establecidos en la institución o centro educativo, la Ley General de Educación y el Proyecto Educativo Institucional. 7. Ser atendido oportunamente por el funcionario que requiera, en los aspectos educativos y formativos que atañen a su hijo o acudido. 8. A proponer iniciativas o recomendaciones que lleven al mejoramiento de la Institución o centro educativo
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9. En concordancia con los lineamientos establecidos por la Constitución Política. A presentar reclamos justos y respetuosos, por escrito, dentro de los límites fijados por las normas vigentes. 10. A conocer oportunamente las investigaciones o las sanciones que puedan afectar a sus hijos o acudidos. 11. A presentar reclamos por el incumplimiento de las normas vigentes, por escrito, siguiendo el conducto regular, teniendo en cuenta la sede o modalidad y horarios correspondientes de la Institución o centro Educativo. ARTICULO 25: DEBERES Son compromisos adquiridos al firmar la matrícula de sus hijos o acudidos, la fidelidad a estos, ya que contribuyen al desarrollo armónico de las personas y al buen funcionamiento de la Institución o centro Educativo. Los padres de familia o acudientes cumplirán los siguientes deberes: 1. Responsabilizarse de la formación y educación de sus hijos o acudidos, teniendo en cuenta, la Ley General de Educación, La ley infancia y adolescencia y el presente Manual de Convivencia. 2. Matricular personalmente a sus hijos de acuerdo con el calendario y los requisitos previamente establecidos por la institución o centro Educativo. Se requiere una persona que asuma esta función con responsabilidad. PARAGRAFO: En ningún caso se admitirá como acudiente una persona extraña cuando se tenga conocimiento que los padres puedan tomar esta responsabilidad. 3. Contribuir solidariamente con la institución o centro educativo en la formación de sus hijos. 4. Asistir oportunamente a todas las reuniones programadas por los distintos estamentos del Institución o centro Educativo. 5. Estar en permanente comunicación con los profesores para que conozcan las dificultades y aciertos de sus hijos, a fin de brindarles una mayor asesoría.
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6. Fomentar en su hijo, el respeto por la propiedad ajena y la dignidad humana. 7. Estimular y colaborarle a su hijo, para que cumpla estrictamente con sus obligaciones, aprovechando el tiempo libre en su formación integral. (tareas, trabajos, horario, uniforme, aseo, etc.) 8. En caso de inasistencia o deserción escolar del estudiante, los padres deben acercarse personalmente a la coordinación, dirección o Rectoría, con el fin de presentar la justificación respectiva o la cancelación de matrícula. 9. Inculcar el uso adecuado y conservación de las instalaciones y su responsabilidad para reparar los daños ocasionados. 10. Mantenerse a paz y salvo durante el transcurso del año lectivo por todo concepto en la Institución Educativa. 11. Proporcionarle a su hijo los materiales necesarios para el buen desarrollo académico. 12. Cancelar oportunamente los costos educativos como: derechos de grado, exámenes de estado y otros que acarree la estadía de su hijo o acudido en la institución o centro educativo. 13. Abstenerse de hacer comentarios negativos de la institución o centro educativo o de docente alguno, los asuntos pertinentes a la educación se trataran dentro de la institución o centro educativo, en el horario respectivo y siguiendo siempre el conducto regular. 14. Cuando por justa razón el padre de familia no pueda asistir a una reunión o llamado de la institución o centro educativo, debe presentarse dentro de los tres días siguientes (o mandar una persona responsable con autorización escrita). 15. Responder por los daños causados por el estudiante en la Institución o centro Educativo.
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REGLAMENTO GENERAL DEL SERVICIO DE INTERNADO Es una estrategia pedagógica, social y cultural que propende el desarrollo integral de jóvenes a través de la vivencia en un contexto real en el cual se desarrollan competencias de interacción social, comunicativas, laborales y de convivencia, enmarcados dentro de un horizonte institucional. La Institución Educativa Manacal, ofrece el servicio de internado en la sede Escuela Manacal, a niños, niñas y adolescentes, procedentes, especialmente del sector rural o según las prioridades definidas en el parágrafo 4 del artículo 1 de este manual y que cumplan los siguientes requisitos: 1. Tener cumplidos 9 años de edad y no ser mayor de 17 años. 2. No tener condición de discapacidad alguna. 3. Estar representado por padre de familia y/o acudiente. 4. Residir en veredas que no tengan escuela o si la hay, no ofrezca el grado que va a cursar el estudiante; o que está le quede como mínimo a una hora de camino. 5. Cumplir con el calendario de salidas de internos programadas por la Institución Educativa el cuál será de la siguiente manera: a. Salidas ordinarias: Cada ocho o quince días. Los estudiantes que viven a una hora de camino de la escuela deben salir cada ocho días. Los estudiantes que viven a dos horas de camino deben salir cada quince días. b. Salidas generales: Cada cinco (5) semanas. Estas salidas son de carácter obligatorio para todos los estudiantes. 6. Proveerse de la dotación exigida por el plantel. 7. Presentar los documentos exigidos para la matricula o ratificación de la misma. Estos son determinados anualmente por el Consejo Directivo. El servicio de internado que comprende la alimentación (desayuno, refrigerio, almuerzo y comida) el hospedaje, permanencia y
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asistencia de estudiantes durante el tiempo diferente al de las clases, suministro y provisión de los bienes, servicios que contribuyan al desarrollo integral, se subsidiará de acuerdo a los aportes que las entidades Municipales, Departamentales, Nacionales e Internacionales hagan para tal fin, las cuales pueden estar representadas en recursos económicos o en especies. El costo anual del servicio de internado será el del año anterior más el incremento que autorice la Secretaría de Educación Departamental, de acuerdo a los lineamientos determinados para tal fin. En caso necesario que se tengan que incrementar los costos en cuantías superiores a lo establecido por la Ley, solamente se podrá hacer cuando los recursos que se recauden por este concepto, se destinen a la realización de una obra necesaria para prestar o mejorar el servicio; también, en los casos en que las entidades aportantes incumplan con el giro de los recursos asignados para el funcionamiento del internado, en estos casos el Consejo Directivo presentará a la asamblea de padres de familia y/o acudientes el proyecto de la obra a realizar o el informe sobre el inconveniente presentado que justifica el incremento del valor del servicio de internado en las cuantías superiores a las estipuladas inicialmente. El Consejo Directivo determinará anualmente mediante acuerdo los costos de este servicio. A partir del año 2006 el Consejo Directivo de la Institución Educativa Manacal, teniendo en cuenta los requerimientos hechos por la Administración y el Concejo Municipal en cuanto a que los estudiantes procedentes de la jurisdicción de San Juan de Arama pagaran un menor valor por el servicio de Internado ya que el municipio de San Juan de Arama es el único aportante para el funcionamiento del Internado, acordó determinar los costos por el servicio de Internado así: El valor anual que deben pagar los padres de familia y/o acudientes se cancelará en ocho (8) aportes iguales los cuales deben hacerse en las fechas determinadas las cuales se especifican en la primera circular que se entrega al inicio del año escolar. Los estudiantes que proceden de la jurisdicción de San Juan de Arama además del subsidio del departamento del Meta en cumplimiento del Programa de Manutención de Internado se beneficiarán del aporte anual que el municipio destine para beneficiar a los estudiantes de su jurisdicción. Los estudiantes provenientes de otros municipios deben
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pagar un mayor valor anual por el servicio de internado, el cual será el que no cubre el municipio para estos estudiantes. Si un estudiante deja de asistir temporalmente a clases, el valor del lapso de tiempo que estuvo ausente de la institución, no le será descontado del pago del aporte correspondiente. ESTUDIANTE INTERNO. Es el estudiante que está debidamente matriculado, el cual goza de todos los derechos que le confiere la ley, los derechos del niño y el código del menor, acatando el reglamento del servicio de internado y cumpliendo con orientaciones pedagógicas, operativas, recreativas, culturales y sociales, establecidas en la institución, dando así respuesta al desarrollo integral del estudiante. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES INTERNOS Además de los derechos estipulados en el Manual de Convivencia, los estudiantes internos tienen estos otros derechos: 1. Recibir en horarios adecuados los alimentos en buen estado de conservación y preparación, los cuales son: Desayuno, refrigerio, almuerzo y comida. Estos estarán regulados por las minutas del plan nutricional del I.C.B.F. 2. Recibir la cantidad de alimentos proporcionales a su requerimiento nutricional. 3. En los dormitorios, disponer de una cama y dos compartimentos de un locker. 4. Disfrutar del descanso nocturno. 5. Recibir, atención por los profesores y coordinadores asistentes de dormitorios. 6. Recibir la orientación sobre la manera de ordenar la cama y el alojamiento. 7. Participar en las actividades recreativas programadas para los fines de semana.
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8. Recibir la visita de sus padres, acudientes y/o familiares, y atenderla en horario diferente a clases. 9. Salir de la escuela en las fechas acordadas por sus padres y/o acudientes o en las que de manera extraordinaria determine la institución. En caso de salidas en fechas diferentes a las acordadas por los padres de familia, se debe autorizar mediante nota escrita firmada por el acudiente. 10. En caso de enfermedad o accidente, recibir la atención médica acorde a las posibilidades que tenga la institución (Prestación de primeros auxilios) 11. Escoger la participación en el Proyecto Pedagógico Productivo de su predilección. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES INTERNOS Además de los estipulados en el Manual de convivencia, los estudiantes internos tienen los siguientes deberes: 1.
Presentar en el momento de ingresar a la institución todos los elementos exigidos, los cuales deben estar en buen estado y marcados con el nombre y apellido del estudiante, en caso de portar elementos sin marcar, estos le serán decomisados..
2.
Observar un buen comportamiento acorde a las normas de convivencia en el comedor, dormitorios y demás espacios de la institución.
3.
Colaborar con el aseo de la loza y el comedor, como también del dormitorio y las demás dependencias del Internado.
4.
Mantener la cama bien tendida y limpia, lo mismo que los implementos personales.
5.
No usar ropa ajena ni apropiarse de las pertenencias de sus compañeros.
6.
Cuidar de sus pertenencias y las de sus compañeros.
7.
Relacionar en un inventario todos los elementos de uso personal necesarios que trae cuando ingresa al internado.
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El internado no se responsabiliza de elementos que no se relacionan en el ajuar de internado (joyas, dinero, equipos audiovisuales y de comunicación.) 8.
No permanecer en dormitorios, áreas de proyectos productivos u otros sitios cuando no le corresponda.
9.
Informar oportunamente a los profesores asistentes de dormitorios sobre cualquier irregularidad o anomalía que se presente.
10. Sugerir y colaborar en la decoración del dormitorio. 11. Llegar puntualmente al internado. En las salidas ordinarias los domingos hasta las 5 de la tarde, y en las salidas generales hasta las 5 de tarde del día programado para el regreso. Después de las 5 no se recibirán estudiantes en el internado. Nota: Prohibido traer joyas. La Institución Educativa no responderá por la pérdida de joyas, dinero, celulares y demás pertenencias que no sean de uso esencial para su actividad pedagógica. CAUSALES PARA LA INTERNADO
SUSPENSIÓN
DEL SERVICIO DE
El cumplimiento de los deberes y el buen ejercicio de los derechos por parte del estudiante y padres de familia son factores fundamentales para poder hacer uso del servicio de internado. Son causales para la suspensión del servicio de internado las siguientes: 1. El bajo rendimiento académico en dos periodos consecutivos en máximo tres áreas. 2. El robo comprobado. 3. El porte de armas. 4. El homosexualismo y el lesbianismo. 5. La demora de un mes en el pago de aportes por servicio de internado. 6. Huir del internado.
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7. Falsedad en la información suministrada por parte de los padres de familia o acudientes para hacer uso del servicio de internado. 8. El estar en estado de gravidez. 9. Cuando el estudiante es retirado sin previo aviso y sin causa justificada. 10. Cuando el padre de familia ha incumplido reiteradamente con sus deberes. 11. El no tener los elementos necesarios para estar interno. 12. El reiterado incumplimiento y sin justificación expresa por parte de los acudientes en las llegadas puntuales al Internado de sus hijos y/o acudidos. 13. El continúo abandono o desorden con la ropa o demás pertenencias. 14. El incumplimiento de lo acordado en el momento de la matrícula respecto a la asistencia y a las salidas de los hijos y/o acudidos. 15. Establecer relaciones de noviazgo cuando estas interfieran el normal desarrollo de las labores académicas y formativas. 16. La no aprobación del grado que se ha cursado. La suspensión del servicio de internado y según la gravedad de la falta, no implica que al estudiante se le suspenda el servicio de la escuela; por lo tanto el estudiante puede continuar estudiando como externo. Padres de familia, o acudientes y estudiantes, al firmar la matrícula están aceptando este Manual de Convivencia.
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