3&qroíjlíca be Colombia.
ANALES GE INGENÍEBÍA.
ORGANO D E L A SOCIEDAD COLOMBIANA DE INGENIEROS. La Sociedad, como Cuerpo Científico, no responde por las opiniones individuales de sus socios. Yol. I.
Bogotá, Setiembre 1.° de 1887.
Núm. 2.
SECCION EDITORIAL. LA. LEY 121 DE 1887.
Estaraos actualmente en época de reorganización. Tal es la idea predominante en el espíritu público, y tal el hecho que, de más ó menos cerca, todos vemos realizarse. Esta reorganización, como hija de fenómenos políticos, se determina y manifiesta principalmente en la política; y, partiendo de ese centro, se esparce por todas las arterias del cuerpo social, y abarca todos los ramos cuyo conjunto constituye la vida del país. Respecto de la reorganización política, no podemos ni debemos decir una palabra, por ser materia prohibida por nuestros Estatutos. Reconocemos que la política es causa determinante de la buena ó mala suerte de los pueblos, y elemento que afecta todos los resortes de la máquina económica; mas hemos prometido hacer prescindencia de tal elemento, y cumpliremos con fidelidad nuestra consigna. La política es para nosotros el aire que respira el trabajador en el campo, en la selva, en la mina, en el camino. Verdad es que no puede vivir sin él, y que percibe sus aromas ó sus miasmas; pero sea como fuere, el trabajo no se paraliza. En algunas ocasiones deseará la conservación del medio, en otras anhelará por el cambio, y en todas observará la higiene y tomará precauciones ; mas el cultivo de ese campo, la tala de esa selva, la riqueza de esa mina, ó las ventajas de esa vía son las materias de su estudio, las ilusiones de su vida y las causas principales de su afán. En iguales circunstancias estamos nosotros : cualquiera que sea la atmósfera reinante, tienden nuestros actos á que la industria se desarrolle y prospere ; y consiste nuestra conducta en la observancia de lo que pudiéramos llamar la higiene pública, cuyo resumen es el respeto al derecho y el acatamiento á la ley. Sobre esta base, tomamos un asunto de actualidad, y de grandísima importancia para el porvenir de la nación. Es la fundación de Escuelas de Artes y Oficios, decretada por la ley 121 de 11 de Julio del presente año. Inspirados por el deseo de prestar un servicio á la República, vamos á hacer sobre este tema algunas consideraciones. 3