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CAPÍTULO I PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana
Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “JULIO CÉSAR TELLO” Revalidado R.D. Nº 379-2006-ED
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TÍTULO III ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN DE GOBIERNO
CAPÍTULO I PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL
Art. 107° DE LA PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL
Los Institutos, antes de iniciar sus actividades, deberán tener su proyecto educativo institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Educativo Institucional aprobados.
El Consejo Institucional evaluará, en concordancia con las políticas sectoriales de la Región y del Proyecto Educativo Nacional, el Proyecto Educativo Institucional que comprende la misión y visión institucional, el diagnóstico, la propuesta pedagógica y de gestión.
El Consejo Directivo elaborará y aprobará el Plan Anual de Trabajo como documento organizador para la gestión del Proyecto Educativo Institucional; así como el Informe Anual de Gestión que dará cuenta del cumplimiento de lo planificado y del logro de los objetivos previstos.
Art. 108° DEL REGLAMENTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
El Reglamento Interno, es el documento normativo de cada Instituto. Es de cumplimiento obligatorio para los diferentes actores de la comunidad educativa y establece un conjunto de normas sustantivas y procedimentales enmarcadas en la visión y misión institucional. Deberá contener artículos referidos a los siguientes aspectos: a. El desarrollo académico, admisión, matricula, titulación, licencia, traslado y convalidación. b. El desarrollo institucional: planificación, organización, personal, supervisión, monitoreo, evaluación institucional, deberes, derechos,
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana
Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “JULIO CÉSAR TELLO” Revalidado R.D. Nº 379-2006-ED
estímulos, infracciones, sanciones, procesos disciplinarios y presupuesto.
El ejercicios de la docencia en los Institutos, se rige por los artículos 66 a 68 del D.S. N° 004-2010-ED. Reglamento de la Ley 29394; así como también los derechos y obligaciones de los estudiante se rigen por los artículos 69 al 71 del D.S. N° 004-2010-ED. Reglamento de la Ley 29394 Ley de Institutos y Ley de la Escuelas de Nivel Superior y estas funciones de los docentes están desarrolladas en el artículo 99 del Reglamento Institucional y de los estudiantes en el artículo 105.
Art. 109° ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO
La organización de los Institutos se regirá por la Ley de Institutos de Educación Superior y su Reglamento y los lineamientos y normas expedidos por el Ministerio de Educación o los sectores que los hayan creado, adecuándose a las necesidades propias de su región. Los institutos cuentan con los siguientes órganos internos: a. El Consejo Institucional b. El Consejo Directivo c. El Director General
Los Institutos están constituidos por: a. Áreas Académicas: Integradas por cada carrera profesional b. Unidades Académicas: El conjunto de carreras profesionales.