Algunos Nudos Críticos de los Sistemas de Promoción y Protección Integral

Page 1


ALGUNOS NUDOS CRÍTICOS DE

LOS SISTEMAS DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

Autoridades:

Luis Almagro Secretario General OEA

Néstor Méndez Secretario General Adjunto OEA

Verónica Silva Villalobos, Presidenta Consejo Directivo del IIN

Linda Amaya, Vicepresidenta del Consejo Directivo del IIN

María Julia Garcete Yegros, Directora General del IIN

Responsables de la Publicación:

Este documento fue elaborado sobre la base de un material de trabajo interno sobre los nudos críticos en el proceso de implementación de sistemas de promoción y protección integral de derechos de NNA elaborado por el ex Director General Prof. Víctor Giorgi.

Daniela Tupayachi Coordinadora del programa para la consolidación de los sistemas de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes - IIN

Ricardo Güemes Vega Consultor del área de promoción y protección de derechos de NNA - IIN

Sara Cardoso Área de Comunicación e Información- IIN

Analia Coracimo Consultora del Área de Comunicación e Información- IIN

Prólogo - 8

I. Glosario - 11

II. Antecedentes - 12

III. Introducción - 14

IV. Algunas consideraciones desde el marco normativo - 16

IV. Metodología - 28

V. Nudos - 30

N°.1 - La falta de claridad en la definición del lugar de la niñez y adolescencia en las políticas públicas y agenda país - 30

N°.2 - La falta de claridad en el diseño institucional de los Sistemas y Subsistemas de promoción y protección integral de derechos, que entorpece la cohesión y el trabajo interinstitucional - 32

N°.3 - La falta de definición de las responsabilidades, corresponsabilidades y competencias en el ejercicio de las funciones, así como la ausencia de transparencia - 33

N°.4 - La necesidad de contar con recursos para la inversión integral en infancia y adolescencia - 35

N°.5 - La falta de espacios de formación y especialización de recursos humanos en la temática - 37

N°.6 - La falta de información estadística, fiable, accesible y amigable - 38

N°.7 - Falta de mecanismos para incorporar la participación de niñas, niños y adolescentes en el ciclo de las políticas públicas que les impactan de manera directa - 39

VI. En suma - 42

VII. Bibliografía - 43

Prólogo

El desarrollo de sistemas de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes es acompañado por el Instituto desde hace más de una década. Con el seguimiento de los antecedentes en diferentes estados, que, en el proceso de integrar la Convención sobre los derechos del niño, a sus normativas nacionales, han realizado acciones de transformación institucional fundamentales de los sistemas. La impronta de este documento viene dada desde el acompañamiento de la Dirección General que antecede a la actual y desde esta en la firme convicción de dar continuidad a los procesos que favorecen la consolidación de procesos de generación de conocimientos desde la práctica.

Durante el proceso de construcción social de los niveles más altos de las políticas públicas dirigidas a la niñez y adolescencia, hasta los niveles más desagregados de las instancias de implementación de servicios que garantizan la vigencia de los derechos de niñas, niños y adolescentes; se establecen entramados de vínculos institucionales, comunitarios, familiares, de cooperación y de intercambio. Es en este ámbito en el que el instituto encuentra su labor, a fin de reflexionar con los actores clave en la temática, referentes académicos, autoridades, representantes de organizaciones sociales y la lectura de los varios documentos resultantes de las consultas a niñas, niños y adolescentes.

Este año 2024, es en particular especial para el Instituto, ya que inicia su caminar al año centenario de su fundación, con la conmemoración de los cien años de la creación de la Oficina Internacional que antecedió a su creación el 9 de junio de 1927. Se trata de aportar con este documento a la puesta en valor de los procesos y las reflexiones generadas en varias consultas e instancias de debate sobre el proceso de fortalecimiento de los sistemas de protección.

La evolución de los procesos sociales e institucionales en particular, lejos de ser lineales y simétricos, considerados desde un enfoque sistémico, integral e integrador, se plantea más bien como una dinámica en espiral con avances y retrocesos en una escala ascendente. Es en este sentido que identificar y reflexionar sobre los nudos que se van generando en el entramado de experiencias que tejen este sostén de los derechos de niñas, niños y adolescentes, es el aporte que desde el instituto realizamos; compartiendo siete núcleos desde los cuales se puedan plantear nuevos puntos de partida en el trabajo de tejer la red.

Estos nudos tienen que ver con: 1. La definición del lugar de la niñez y la adolescencia en la política pública y agendas de los estados; 2. El diseño institucional de los sistemas para la cohesión y el trabajo interinstitucional; 3. La definición de responsabilidades, corresponsabilidades y competencias en el ejercicio de las funciones; 4. La ausencia de recursos para la inversión en infancia; 5. La falta de espacios de formación y especialización de recursos humanos en la temática; 6. La falta de información estadística, fiable, accesible y amigable y 7. La falta de mecanismos para incorporar la participación de niñas, niños y adolescentes en el ciclo de las políticas públicas que les impactan de manera directa.

Consideramos que será un documento que aporta a otros y enriquecerá los debates e inspiraciones, para la hoja de ruta compartida con las instancias de los estados, los organismos de cooperación, la sociedad civil, las instancias de la academia y sobre todo con las organizaciones de niñas, niños y adolescentes; todos ellos son parte de los 4 Foros Interamericanos sobre los sistemas de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes que se han concretado los últimos años. La posibilidad de generar conocimientos a partir de la observación, análisis, sistematización e intercambio de nuestras prácticas es una de las mejores estrategias para seguir fortaleciendo procesos de desarrollo y fortalecimiento personal, profesional e institucional, así que por ahí vamos caminando, sumando y propiciando estas reflexiones e intercambios, es nuestra invitación a concretar mejores horizontes y realidades para niños, niñas y adolescentes de las Américas.

IIN-OEA

Abril 2024

I. GLOSARIO

CDN: Convención sobre los Derechos del Niño

CIDH: Comisión Interamericana de Derechos Humanos

ENTE RECTOR DE INFANCIA: Institución nacional especializada en la promoción y protección de derechos de niñas, niños y adolescentes.

NUDO CRÍTICO: Aquello que la mayoría de los actores que integran los sistemas reconocen, más allá de las diferencias entre un estado y otro; como retos o desafíos.

SIGLAS DE LOS PAÍSES:

AG- Antigua y Barbuda CR- Costa Rica HN- Honduras VC- San Vicente y las Granadinas

AR- Argentina CU- Cuba JM- Jamaica LC- Santa Lucía

BB- Barbados DM- Dominica MX- México SR- Surinam

BZ- Belice EC- Ecuador NI- Nicaragua TT- Trinidad y Tobago

BO- Bolivia SV- El Salvador PA- Panamá UY- Uruguay

BR- Brasil GD- Granada PY- Paraguay VE- Venezuela

CA- Canadá GT- Guatemala PE- Perú

CL- Chile GY- Guyana DO- República Dominicana

CO- Colombia HT- Haití KN- Saint Kitts y Nevis

II. ANTECEDENTES

• Desde el Programa Interamericano para la consolidación de los sistemas de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes del IIN-OEA se ha trabajado en este documento con los siguientes objetivos:

• Generar un insumo de referencia que identifique los desafíos comunes que afrontan los sistemas y subsistemas de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes de la región.

Círculos de Consulta:

• Plantear orientaciones que permitan visibilizar posibles acciones o medidas concretas ante los desafíos planteados.

• Reconocer los aportes de los Estados, sociedad civil y grupos organizados de niñas, niños y adolescentes en la formulación de recomendaciones sobre la temática.

• Para ello, se elaboró una hoja de ruta que contempló cuatro círculos de consulta, a saber:

Primer círculo de consulta Área de Promoción y Protección de Derechos-IIN OEA integrado por el:

-Programa Interamericano de Participación Infantil y Adolescente

-Programa Interamericano de Promoción y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Entornos Virtuales

- Programa Interamericano para la Consolidación de los Sistemas de Promoción y protección Integral de Derechos.

Segundo círculo de consulta

Enlaces que forman parte de los Conversatorios de Sistemas/Subsistemas Integrales de Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (CESIPP). Integrado por los estados:

-México -Paraguay -Panamá -Colombia -Chile -Uruguay -Perú -Ecuador

Tercer círculo de consulta

Expertos en la temática:

-Víctor Giorgi, coordinador de la maestría de políticas públicas y derechos de infancia de la Universidad de la República Oriental del Uruguay

-Isaac Ravetllat, docente de Planta Regular de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales y Director del Centro de Estudios sobre Derechos de la Infancia y la Adolescencia, de la Universidad de Talca (Chile).

-Lourdes Barboza, abogada especialista en Sistemas Nacionales de Promoción y Protección Integral de Derechos.

-José Ángel Rodríguez, ex integrante del comité de los derechos del niño.

-Rosa María Ortíz, especialista en Derechos Humanos y ex vicepresidenta del Comité de los Derechos del Niño.

Cuarto círculo de consulta

Equipo técnico del IIN-OEA integrado por:

-Área jurídica y de restitución de derechos.

-Programa para la erradicación de la violencia y explotación sexual -Área de promoción y protección de derechos

Diseño y difusión - Área de comunicaciones del IIN

Como resultado de este proceso de consultas y sistematizaciones, se obtuvo el presente documento que no pretende ser un recetario, sino un documento vivo que tenga la finalidad de desafiar, promover el diálogo y la reflexión en busca de soluciones posibles y adecuadas a las realidades singulares de los sistemas y subsistemas existentes en las Américas, sumando como herramienta a otros valiosos documentos preexistentes y otros documentos relevantes generados a partir de los Foros Interamericanos de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, considerados éstos últimos como espacios de encuentro y reflexión de los Estados, Sociedad Civil, Organizaciones Internacionales y colectivos organizados de niños, niñas y adolescentes, que han delineado la agenda en la región.

El presente documento de trabajo se organiza en primer lugar, resaltando algunas consideraciones en torno al eje normativo de los sistemas, a fin de aportar un estado de situación actual en torno a la existencia de sistemas constituidos por ley en la región al día de hoy e identificar aquellos estados que cuentan con subsistemas de promoción y protección integral de derechos, en este punto, cabe señalar que si bien no hacemos foco en torno a los ejes programático e institucional, no debemos olvidar el carácter unitario del sistema tanto en su estructura como en su funcionamiento. En este sentido es muy clara la expresión de los niños, niñas y adolescente cuando señalan: “los ejes/dimensiones normativa e institucional van de la mano, uno elabora la idea, y después los otros la van ejecutando, están ligados y se necesitan para apoyarse. Estructuralmente, debería estar todo junto, y sumar la participación infantil adolescente, esto implica estar presente en todo el ciclo de las políticas públicas.” (Documento orientador, 2018, IIN) 1

1 Fragmento citado del Documento orientador para la revisión y fortalecimiento de los sistemas de promoción y protección integral de derechos de NNA que a su vez recupera lo señalado por la Declaración de Montevideo de 2018.

III. INTRODUCCIÓN

La Convención sobre los Derechos del Niño (en adelante la CDN), es el tratado de derechos humanos más ratificado en el mundo, concentrando en un solo instrumento, tanto los derechos civiles, políticos, como los derechos económicos, sociales, culturales y medioambientales. Igualmente, la Asamblea General de las Naciones Unidas, para fortalecer la protección a la infancia y a la adolescencia, aprobó dos Protocolos Facultativos de la Convención relativos a la participación de los niños en conflictos armados (OPAC) y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (OPSC).

Además, la Asamblea General también aprobó un tercer Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones, que permite a los niños y adolescentes presentar denuncias individuales cuando consideren que sus derechos protegidos por la CDN y sus Protocolos Facultativos han sido vulnerados.

Cuando un Estado se convierte en Estado Parte de estos instrumentos internacionales, acepta la obligación de respetar, proteger y cumplir los derechos que allí se establecen. Por tal razón, entre las diversas medidas que deben adoptar, y tal como lo indica la Observación general N°.5 del Comité de los Derechos del Niño, los Estados deben establecer “una coordinación intersectorial visible para reconocer y realizar los derechos del niño en toda la administración pública, entre los diferentes niveles de la administración y entre la administración y la sociedad civil, incluidos especialmente los propios niños y jóvenes”.

Del mismo modo, la referida Observación general nos señala que esta coordinación intersectorial es indispensable, ya que las decisiones que adoptan múltiples órganos gubernamentales tienen un impacto significativo en las vidas de los niños. Por tanto, es indispensable una supervisión rigurosa en la aplicación de la Convención y sus Protocolos Facultativos en todos los niveles de gobierno. También es importante una vigilancia independiente por parte de las instituciones nacionales de derechos humanos, las ONG y otras partes interesadas en la infancia y adolescencia.

En este sentido, las premisas del N°.27 de la Observación General N°.5, son fundamentales en la medida que hacen referencia al funcionamiento de los sistemas y subsistemas de promoción y protección integral de derechos, siendo el instrumento que utiliza el Comité para evaluar la eficacia de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

Por su parte, en el Sistema Interamericano, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha destacado que lo que se conoce como los “sistemas nacionales de protección de los derechos de la niñez” deberían constituir el elemento central de las estructuras operativas necesarias para la efectiva vigencia, protección y defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Sobre esto último y desde el Programa para la consolidación de los Sistemas, del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes, así como lo ha señalado el Consejo Directivo en su resolución, cuando se refiere a un Sistema de Promoción y Protección Integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, se hace referencia a “[...] Un conjunto de conceptos (derechos, principios, procesos, sujetos, Estado, Sociedad, Familia, Niñas, Niños y Adolescentes) que actúan de forma diferenciada, ordenada, coordinada y complementaria a fin de implementar políticas para el logro de la promoción y protección integral de los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes en todos los ámbitos de la sociedad” (Res 13/97CD IINOEA, 2023).

Asimismo, es importante señalar que dicho sistema de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes estaría integrado por cinco ejes/ dimensiones fundamentales que interactúan entre sí, para su buen funcionamiento, que son: eje normativo, eje programático, eje institucional, eje político, eje comunitario. Dichas dimensiones articulan de modo continuo e intersectorial entre sí, a nivel nacional, regional y local, a fin de promover, proteger y restituir los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

En la misma línea, es importante destacar que “los modelos de sistemas no son uniformes, sino que varían

de país en país dependiendo del contexto y realidad de cada Estado, su Constitución, marco normativo, estructura territorial e institucional, distribución competencial y recursos disponibles. [...] “Los sistemas son además dinámicos y cambiantes, pudiendo introducir modificaciones a lo largo del tiempo a su estructura y funcionamiento para adaptarse mejor a las necesidades de protección de la niñez y la adolescencia”. (CIDH, 2018)

Al respecto, en los últimos ocho años, diferentes Estados de la región (con sistemas o subsistemas nacionales operativos en la promoción y protección integral de derechos), organizaciones de Sociedad Civil, distintos organismos internacionales y colectivos de niños, niñas y adolescentes de la región, han generado recomendaciones, aprendizajes y desafíos en torno a los Sistemas de promoción y protección de derechos, a través de diferentes instancias regionales destacándose los denominados: “Foros sobre los sistemas interamericanos de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, ”que son concebidos específicamente como un espacio de encuentro y reflexión regional para el fortalecimiento de los Sistemas de Protección y Promoción Integral de Derechos de la Niñez y Adolescencia que, a lo largo de los últimos cuatro años, han dejado importantes

precedentes que valen la pena revisar.

El cúmulo de recomendaciones emanadas de los Foros comparten ciertas similitudes en la medida que apuntan a la necesidad de resolver ciertas aristas, que la mayoría de los actores que integran los sistemas reconocen, más allá de las diferencias entre un estado y otro; como retos, desafíos o (como se denomina en este documento): nudos críticos en los procesos de implementación de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

Con base en esto último, y a 34 años de la entrada en vigor de la Convención; este documento de trabajo busca identificar las principales recomendaciones que se hayan generado a raíz de los Foros sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes y otras instancias regionales; así como distintas preguntas que permitan seguir repensando las estructuras y paradigmas de los sistemas.

IV. ALGUNAS CONSIDERACIONES DESDE EL MARCO NORMATIVO

La primera consideración es que la CDN no incluye la terminología ni el concepto sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes en su texto de manera explícita, pero sí genérica, lo que obligó al Comité a redactar diversos Comentarios Generales con base en el artículo 4; el cual señala que los Estados Parte adoptarán todas las medidas administrativas para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención.

En la misma línea, el Comité de los derechos del niño consideró necesario abordar el tema con distintas recomendaciones contenidas en la Observación General N.º 5, a fin de guiar a los Estados en su consolidación y funcionamiento. Como sabemos, estas recomendaciones no tienen carácter vinculante.

La segunda consideración es afirmar que existen importantes brechas entre el reconocimiento jurídico de los derechos de la niñez entre la ley, y la realidad en la que viven muchos niños y niñas [...] “así como brechas entre el mandato legislativo de creación de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes y las responsabilidades que la norma les otorga, con su implantación efectiva y funcionamiento real. Estas brechas además parecen hacerse más profundas a nivel local, y en determinados municipios y zonas geográficas.” (CIDH,2018)

Una tercera consideración sería reflexionar sobre los Sistemas existentes por ley en los Estados de la región, en la medida que la sola denominación del Sistema, por una norma, no supone que el Estado esté cumpliendo a cabalidad con sus obligaciones internacionales en materia de promoción y protección de derechos de niños, niñas y adolescentes de manera articulada e interinstitucional.

Sobre esto último, a partir del estudio “Construyendo sistemas en las Américas: un estudio dialógico de los marcos normativos” (IIN-OEA, 2020) que contiene el relevamiento normativo de 33 de los 35 Estados miembros de la OEA, tanto a nivel del sistema universal, sistema regional en las Américas, así como a nivel nacional de la normativa, es decir, constitución, códigos de infancia, reglamentos y resoluciones; se elaboró una gráfica que presenta el estado de situación actual de la dimensión normativa de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes en las Américas, partiendo del concepto que desde el IIN se impulsa como referencia y teniendo en cuenta que, es un concepto dinámico y tiene distinta implementación en el marco jurídico anglosajón y civil que convive en las Américas.

Gráfica elaborada por el IIN-OEA - Octubre de 2023

Asimismo, y con el objetivo de complementar esta gráfica, a continuación presentamos un cuadro que detalla la información relevada de los 15 Estados que, a la actualidad, cuentan con un sistema de promoción y protección de derechos de niños, niñas y adolescentes, instituido por ley, resaltando en

todo momento, que esta información surge del relevamiento y revisión, basado en la literalidad de la norma, y no presupone un juicio de valor ante el funcionamiento de un sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes tema que merece un desarrollo aparte.

Estados que, a la actualidad, cuentan con un sistema de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, instituido por ley.

N° Estados: Ente Rector de Infancia y Adolescencia:

1. Bolivia Sistema Plurinacional Integral de la Niña, Niño y Adolescente (SIPPROINNA) Consejo de Coordinación

Sectorial e Intersectorial para temas de la niña, niño y adolescente. Ente rector de Infancia.

2. Brasil Conselho Nacional dos Direitos da Criança e do Adolescente.

Secretaria Nacional dos Direitos da Criança e do Adolescente do Ministério da Mulher, da Família e dos Direitos Humanos

Normativa que instaura a los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescente:

Ley núm. 548 que dicta el Código Niña, Niño y Adolescente.

Elementos de interés:

Título II, Sistema Plurinacional De Protección Integral De La Niña, Niño Y Adolescente

Artículo 159. (Alcance).

Artículo 161. (Integrantes Del Sistema).

Ley N° 8,069. Estatuto da Criança e do Adolescente. Elementos de interés:

Título V. Do Conselho Tutelar Capítulo I Disposições Gerais.

Capítulo II. Das Atribuições do Conselho.

Decreto por el que se establece el Programa de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia.

Elementos de interés:

Título Vi-A, Do Programa De Proteção Integral Da Criança E Do Adolescente.

Capítulo I, Da Finalidade Do Programa De Proteção Integral Da Criança E Do Adolescente.

Año de promulgación de la norma:

Publicación: 23 de julio de 2014.

Última reforma: 12 de abril de 2019.

3. Chile Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia de Chile

4. Colombia Sistema Plurinacional Integral de la Niña, Niño y Adolescente (SIPPROINNA) Consejo de Coordinación Sectorial e Intersectorial para temas de la niña, niño y adolescente. Ente rector de Infancia.

Ley Nº 21430

Elementos de interés: Artículo 1, Objeto de la Ley.

Artículo 5, Obligaciones del Estado.

Título III, De la Protección Integral.

Artículo 57.- Definiciones. El Sistema de Garantías y Protección Integral de los DΩerechos de la Niñez y Adolescencia.

Párrafo 3°, De las Oficinas Locales de la Niñez

Ley N° 1098, Código de la Infancia y la Adolescencia. Elementos de interés: Artículo 1, Finalidad.

Libro III, Sistema Nacional De Bienestar Familiar, Políticas Públicas E Inspección, Vigilancia Y Control. Capítulo I. Sistema Nacional De Bienestar Familiar y Políticas. Públicas De Infancia Y Adolescencia. Artículo 205. Sistema Nacional de Bienestar Familiar. Artículo 206. Consejo Nacional de Política Social.

Estatuto da Criança e do Adolescente. Publicación: 13 de Julio de 1990 Última reforma: 3 de enero de 2019. Decreto por el que se establece el Programa de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia.

Publicación: 18 de mayo de 2022. Última reforma:18 de mayo de 2022.

Promulgación, 6 de marzo de 2022.

Publicación: 15 de marzo de 2022.

Publicación: 8 de noviembre de 2006.

Última reforma: 9 de enero de 2018.

5. Costa Rica Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia. Es el ente rector que establece la Ley N° 7739.

Patronato Nacional de la Infancia. Órgano descentralizado de la administración pública

6. Ecuador

Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (SNDPINA)

*El sistema fue creado mediante el Código de la Niñez y Adolescencia. Sin embargo, reformas posteriores, han fragmentado al sistema en las siguientes instituciones:

Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia

Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional Ministerio encargado de los asuntos de inclusión económica y social (Reformado por la Disposición Reformatoria Primera de la Ley s/n, R.O. 283-2S, 7-VII-2014;

Corresponde al “Ministerio encargado de los asuntos de inclusión económica y social”, en su calidad de rector de la política pública de protección social integral):

7. El Salvador Consejo Nacional de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia

Ley N° 7739, Código de la Niñez y la Adolescencia.

Elementos de interés:

Título IV, Sistema Nacional de Protección Integral.

Capítulo I, Conformación del Sistema.

Artículo 169°- Sistema de Protección Integral de los Derechos de la Niñez.

Ley N° 7648, Ley orgánica del patronato nacional de la infancia.

Elementos de interés:

Artículo 1., Naturaleza El Patronato Nacional De La Infancia

Artículo 2.- Principios El Patronato Nacional De La Infancia Será La Institución Rectora En Materia De Infancia.

*No está disponible en su versión completa.

Código de la Niñez y Adolescencia

Nota: Por Disposición Derogatoria de la Constitución de la República del Ecuador (R.O. 449, 20-X-2008), se abroga la Constitución Política de la República del Ecuador (R.O. 1, 11-VIII-1998), y toda norma que se oponga al nuevo marco constitucional.

Elementos de interés:

Capítulo I, Disposiciones Generales Libro Tercero, Del Sistema Nacional Descentralizado De Protección Integral De La Niñez Y Adolescencia

Art. 190.- Definición y objetivos del sistema.

Art. 192.- Organismos del sistema

Art. 208.- Descripción

Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad

Elementos de interés:

Capítulo II, De La Integración, Designación, Selección, Organización Y Funciones De Los Consejos Nacionales Para La Igualdad.

Art. 6.- Consejos Nacionales para la Igualdad.

Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (La sustituye la Ley Crecer Juntos).

Ley Crecer Juntos

Elementos de interés: Artículo 1. Finalidad. Libro II, Sistema Nacional de Protección Integral de la Primera Infancia, Niñez y la Adolescencia.

Artículo 110. Definición y objetivo del Sistema Nacional de Protección Integral.

Artículo 112. Composición del Sistema de Protección Integral.

Código de la Niñez y la Adolescencia.

Publicado: 1 de junio de 1998. Última reforma: 24 de abril de 2023.

Ley orgánica del patronato nacional de la infancia

Publicado: 12 de septiembre de 1996. Última reforma: 9 de abril de 2021

Código de la Niñez y Adolescencia Publicación:

2 de enero de 2003.

Última reforma: 17 de enero de 2022

Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad Publicación:

7 de julio de 2014. Última reforma: Sin datos oficiales.

Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia

Año de p ublicación: 2009.

Ley Crecer Juntos Entrada en vigor: 1 de enero de 2023.

8. Guatemala Comisión Nacional de la Niñez y la Adolescencia (CNNA). Depende de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia

Para el cumplimiento de su mandato la Secretaría se desglosa en:

Subsecretaría de Preservación Familiar, Fortalecimiento y Apoyo Comunitario.

Subsecretaría de Protección y Acogimiento a la Niñez y Adolescencia.

Subsecretaría de Reinserción y Resocialización de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal

9. Honduras Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia

Sistema Integral de Garantía de Derechos de la Niñez y Adolescencia en Honduras

10. México Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia

Elementos de interés:

ARTÍCULO 1. Objeto de la ley.

Libro II, Disposiciones Organizativas. Título único, Organismos De Protección Integral Capítulo II, Comisión Nacional De La Niñez Y De La Adolescencia

Acuerdo Gubernativo 101-2015

*No está disponible en su versión completa.

11. Panamá Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia

Código de la Niñez y de la Adolescencia

Elementos de interés:

Capítulo I, De la Protección de la Niñez, Adolescencia y Familia.

Capítulo II, De la Creación de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia

Capítulo III, De los Objetivos y Competencias, y Atribuciones de la Dirección.

Decreto Ejecutivo Número PCM-020-2019

12. Paraguay Ministerio de la Niñez y Adolescencia

Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Elementos de interés:

TÍTULO PRIMERO, De las Disposiciones Generales. TÍTULO CUARTO, De la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

Capítulo Primero, De las autoridades; Sección Primera, De la Distribución de Competencias.

Ley Nº 567

Elementos de interés:

Artículo 1. Ámbito de aplicación de la Ley.

Título I, Fundamentos del Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia.

Capítulo IV, Organización del Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia.

Artículo 27. Rectoría. El nivel de rectoría del Sistema de Garantías y Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia.

Ley Nº 1680, Código de la Niñez y la Adolescencia. Elementos de Interés:

Libro II, De las Políticas de Protección y Promoción de los Derechos de la Niñez y Adolescencia.

Título I, Del Sistema Nacional de Protección y Promoción de los Derechos de la Niñez.

Artículo 37° Del Sistema de Protección Integral.

Código de lPublicación: 1 de enero de 2003. Última reforma: sin datos.

Publicación: 6 de junio del 2014. Última reforma: sin datos.

Publicación: 4 de diciembre de 2014.

Última reforma: 26 de mayo de 2023.

Publicación: 22 de febrero de 2021.

Última reforma: 15 de febrero de 2022.

Publicación:30 de mayo de 2001.

Última reforma: 30 de mayo de 2018.

13. Perú Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

Ley Nº 27337, Código de los Niños y Adolescentes. Elementos de interés:

Libro Segundo, Sistema Nacional De Atención Integral Al Niño Y Al Adolescente.

Capítulo I, Sistema Nacional Y Ente Rector. Artículo 27º.- Definición. - El Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente. Artículo 28º.- Dirección del Sistema y Ente Rector.

14. República Dominicana Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia

15. *Venezuela Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños Niñas (IDENNA)

Ley Nº 136-03, Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes

Elementos de interés:

Libro Cuarto, Consejo Nacional Para La Ninez Y La Adolescencia (Conani) Y Medidas De Proteccion Y Restitucion De Derechos.

Título I, Capítulo I, Del Consejo Nacional Para La Niñez Y La Adolescencia (CONANI). Art. 417.-Creación. Art. 418,- Integración.

Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Elementos de interés: Sección Segunda Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Artículo 137, Atribuciones.

Publicación: 8 de enero del 2000.

Última reforma: 23 de agosto de 2022.

Publicación: 8 de julio de 2003.

Última reforma: 27 de abril de 2022.

Publicación: 10 de diciembre de 2007.

Última reforma: Sin datos oficiales.

Cuadro de elaboración propia- IIN-OEA, 2023.

En la misma línea, los 16 estados restantes que no cuentan con un sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, instituto por Ley cuentan, en la mayoría de los casos, con dependencias, entes rectores de infancia o subsistemas de promoción y protección

integral de derechos de niñez y adolescencia que, a su vez se encuentran regidos por diversas normas internas y que nos parece importante enlistar en el siguiente cuadro, con el firme propósito de brindar un panorama completo con base en nuestros últimos relevamientos.

Estados restantes que no cuentan con un sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes instituto por Ley

N° Estados: Ente Rector de Infancia y Adolescencia:

1. Antigua y Barbuda División de Bienestar Ciudadano del Ministerio de Transformación Social.

Unidad de Servicios para la Familia y Protección del Cuidado de Niños

Normativa que instaura a los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescente:

El derecho de Antigua y Barbuda conserva raíces históricas con el derecho inglés. Sin embargo, cuenta con un texto constitucional desde 1981.

No existe un sistema de protección de niños como tal.

Sin embargo, existe una legislación específica sobre la temática:

Children (Care and Adoption) Act

Elementos de interés:

PART II. ADMINISTRATION OF THE ACT, Article 5, Responsibility of the Minister.

CARE AND PROTECTION OF CHILDREN, Article 12. Child in need of care and protection.

Año de promulgación de la norma:

17 de marzo de 2016

2. Argentina Secretaria Nacional De Niñez Adolescencia Y Familia

Ley N° 26.061, Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes

Elementos de Interés:

Título III, Sistema De Protección Integral De Los Derechos De Las Niñas, Niños Y Adolescentes.

Título IV, Órganos Administrativos De Protección De Derechos.

Art. 42. – Sistema de protección integral.

3. Bahamas Early Childhood Development Center El derecho de Bahamas conserva raíces históricas con el derecho inglés. Sin embargo, cuenta con un texto constitucional desde 1973.

No cuenta con un sistema nacional, existe una autoridad nacional que nuclea las responsabilidades y competencias en materia de infancia y adolescencia.

Early Childhood Care Act

Elementos de interés:

Establishment of a Council

Functions of the Council

Publicación: 28 de septiembre de 2005.

Última reforma: Sin información oficial.

17 de julio de 2004

4. Barbados Child Care Board

5. Canadá A nivel institucional, se desagrega las responsabilidades que se ejercen sobre la defensa de los derechos de la niñez e infancia.

Public Health Agency of Canada. Trabajan para combatir el maltrato infantil y colaboran en la recopilación de datos, análisis e interpretación.

A nivel provincial, cada entidad tiene su propia agencia de protección de menores.

Departamento de justicia, trabaja con las provincias en la aplicación del código penal.

6. Dominica Ministry Of Social Services

Social Welfare Division

El derecho de Barbados conserva raíces históricas con el derecho inglés. Sin embargo, cuenta con un texto constitucional desde 1966.

Barbados cuenta con un sistema nacional de promoción y protección de derechos de niños, niñas y adolescentes (aunque no se encuentra desagregado en su territorio), bajo la dirección del Child Care Board.

Child Care Board Act

Elementos de Interés:

Article 4 The functions of the Board

Carta Canadiense de Derechos y Libertades, forma parte de la Constitución canadiense y la mayoría de los asuntos relacionados con los derechos humanos, incluidos los relativos a los niños, se abordan por medio de esta Carta.

Elementos de interés:

Garantías Jurídicas, artículos del 7 al 14.

7. Estados Unidos Administration for Children and Families (ACF), es una agencia perteneciente al gobierno federal.

El derecho de Dominica conserva raíces históricas con el derecho inglés. Sin embargo, cuenta con un texto constitucional desde 1978.

No cuenta con un sistema nacional, de hecho, es difícil nuclear las responsabilidades sobre la promoción y protección de derechos de niños, niñas y adolescente en una sola institución.

Children and Young Persons Act

El derecho de Estados Unidos pertenece, por su estructura, al “Common Law” . Comparte raíces históricas con Inglaterra y por consiguiente con el derecho inglés.

La estructura está precedida por una serie de 10 enmiendas que subyacen de su texto constitucional.

*Estados Unidos no ha ratificado la Convención de los Derechos del Niño. (Único país en el mundo que no la ha ratificado).

No existe una legislación federal que proteja los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Cada estado tiene su propia ley o “act” y son soberanos al definir las prohibiciones y prerrogativas.

1 de octubre de 1983

17 de abril de 1982actualidad.

1990

NA

8. Granada Ministry of Social Development, Housing & Community Empowerment

Child Welfare Authority

9. Haití Instituto del Bienestar Social y de Investigación (IBESR).

Brigada de Protección de Menores (BPM)

10. Jamaica Ministry of Education, Youth and Information

Child Protection and Family Services Agency

El derecho de Granada conserva raíces históricas con el derecho inglés. Sin embargo, cuenta con un texto constitucional desde 1973

Granada cuenta con un sistema nacional de promoción y protección de derechos de niños, niñas y adolescentes.

Child (Protection and Adoption) Act

Elementos de interés:

PART II, ESTABLISHMENT OF CHILD (PROTECTION) AUTHORITY AND CHILD (PROTECTION) BOARD.

7. --(1) There is hereby established a body to be known as the Child (Protection) Authority.

The principal function of the Authority shall be to provide for the care and protection of children by promoting the development and adoption of policies and procedures that accord with the primary purposes of this Act.

Existe un sistema de protección social que nuclea las responsabilidades y competencias de las instituciones en temas de infancia y adolescencia.

Loi relative l’interdiction et à l’élimination de toutes formes d’abus, de violences, de mauvais traitements ou traitements inhumains contre les enfants.

Elementos de interés:

Article 1.- Définitions, Objet et Champ d’application.

Section 3: Protection spéciale des témoins.

El derecho de Jamaica conserva raíces históricas con el derecho inglés. Sin embargo, cuenta con un texto constitucional desde 1962.

No cuenta con un sistema nacional, existe una autoridad nacional que nuclea las responsabilidades y competencias en materia de infancia y adolescencia.

Child Care and Protection Act

Elementos de interés: PART V. Administration and Enforcement

11. Nicaragua Ministerio de la Familia.

Antes: Consejo Nacional de Atención y Protección

Integral a la Niñez y la Adolescencia

Nicaragua contaba con un Sistema Nacional de Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes establecido por su Código de Niñez. Sin embargo, ha sido desarticulado.

Código de la Niñez y de la Adolescencia.

Elementos de interés:

Título II, Del Consejo Nacional De Atención Y Protección Integral.

Ley 351. Ley de organización del Consejo Nacional de Atención y Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia y la Defensoría de las Niñas, Niños y Adolescentes.

20 de diciembre de 2010

5 de junio de 2003

2004

Publicación: 1998

12.. San Cristóbal y Nieves Ministry of Education, Youth, Social Development, Gender Affairs, Aging and Disabilities.

Secretariat of the Ministry of Youth

El derecho de San Cristóbal y Nieves conserva raíces históricas con el derecho inglés. Sin embargo, cuenta con un texto constitucional desde 1983.

No existe una legislación específica sobre derechos de infancia en el país. Sin embargo, se desagrega en las siguientes legislaciones:

Ley de Trata de Personas.

Ley de Delitos Electrónicos

Ley de Cuidado y Adopción de niños

13. Santa Lucía Ministry of Education, Innovation, Gender Relations and Sustainable Development

Early Childhood Services Unit

14. San Vicente y las Granadinas Ministry of National Mobilisation, Social Development, Local Government, Gender Affairs, Family Affairs, Housing and Informal Settlement

Family Services Division

El derecho de Santa Lucía conserva raíces históricas con el derecho inglés. Sin embargo, cuenta con un texto constitucional desde 1978.

No cuenta con un sistema nacional, existe una autoridad nacional que nuclea las responsabilidades y competencias en materia de infancia y adolescencia.

Child (Care, Protection and Adoption) Act

Elementos de Interés:

PART I, ADMINISTRATION

Division 2, Care and Protection Order, Emergency Protection Order, Assessment Order, Supervision Order and Contact Order.

El derecho de San Vicente y las Granadinas conserva raíces históricas con el derecho inglés. Sin embargo, cuenta con un texto constitucional desde 1979.

No cuenta con un sistema nacional, todo se nuclea en una autoridad central.

Child (Care, Protection and Adoption) Act

Elementos de Interés:

Párt III, Care an Protection of Children

Article 12, Child in need of care and protection.

15. Trinidad y Tobago Children´s Authority, National Family Services Division

El derecho de Trinidad y Tobago conserva raíces históricas con el derecho inglés. Sin embargo, cuenta con un texto constitucional desde 1976.

No cuenta con un sistema nacional per se. Sin embargo, la Children´s Authority nuclea las responsabilidades en la defensa de derechos de niños, niñas y adolescentes.

Ley de Protección del niño, niña y adolescente (Act No. 12 of 2012)

Elementos de interés:

PART IX, PROVISIONS FOR THE SAFETY OF CHILDREN.

24 de octubre de 2018

2010

13 de diciembre de 2010.

16. Uruguay Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay Ley Nº 17.823, Código de la Niñez y Adolescencia Elementos de interés Ley N° 19747 (Modificacion Del Capitulo Xi De La Ley 17.823, Código De La Niñez Y La Adolescencia).

Art 5-(Integración). Art 6- (Cometidos)

Última reforma: 2019. SIPIAV Promulgación: 19/04/2019 Publicación: 03/06/2019

Cuadro de elaboración propia- IIN-OEA, 2023.

Con base en lo expuesto, señalar que al margen de lo normativo que sin duda es una de las dimensiones esenciales de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, hoy en día el problema principal de los sistemas y subsistemas de promoción y protección integral de derechos, radica en su efectiva puesta en marcha y operatividad en la medida que persisten algunos desafíos para garantizar plenamente los derechos de los niños, niñas y adolescentes, más aún con la reticencia al cambio, que aún insiste en mantener estructuras administrativas y judiciales previas a la Convención de los Derechos del Niño versus la construcción de modelos de protección integral con un nuevo enfoque. Esto último, responde a un enfoque de trabajo y paradigma que aún tiene

rezagos de la doctrina de la situación irregular, centrado en responder a las violaciones de los derechos una vez que han ocurrido, en lugar de trabajar fuertemente en lo preventivo para que no ocurran.

Finalmente, a todo esto, se suma la dimensión política que, en pleno ejercicio de la democracia, y con la renovación de puestos gubernamentales en diversas ocasiones conlleva, como consecuencia, a cambios institucionales y de recursos humanos que traen consigo una percepción de incertidumbre y poca certeza obstaculizando peligrosamente el desarrollo adecuado y pleno de las acciones y políticas de promoción y protección en los sistemas.

IV. METODOLOGÍA

El presente documento de trabajo se estructuró a partir del estudio de los Informes del comité de los derechos del niño, las recomendaciones emanadas de los Foros sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes y otras actividades de alcance regional en la materia, documentos y pronunciamientos contenidos en informes, publicaciones, comunicados, etc.

*A estos insumos, se sugiere añadir las recomendaciones emanadas por el Comité de los Derechos del Niño. Gráfica elaborada por el IIN-OEA. Marzo de 2023

En este sentido, a partir de la información recopilada se trabajó de la siguiente manera:

Identificación del “nudo crítico principal”: Estos puntos de apoyo han sido identificados a través de la revisión del documento “Recopilación de recomendaciones del Comité de los derechos del Niño a Informes Nacionales de estados de la región” (IIN, 2023) y de la tarea de recopilación con base en el acompañamiento del IIN a través del programa para la consolidación de los sistemas, de las diversas instancias donde se trabaja y se dialoga sobre la temática, como son los Foros sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes. Cabe señalar, que los siguientes 7 nudos recogen los temas más reiterados por los diversos actores de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes y que, por ende, dan cuenta de las principales rutas críticas de la región en esta materia.

Sugerencias / Recomendaciones para “Fortalecer el nudo”: Estas sugerencias surgen de los documentos y recomendaciones emanados de anteriores foros sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes y pronunciamientos regionales en la temática, han sido agrupadas, de acuerdo con la pertinencia y relación que guardan con cada desafío o nudo crítico; así como su enfoque para fortalecer y avanzar en la consolidación de los Sistemas Nacionales.

Algunas preguntas disparadoras: Estas preguntas están ideadas para seguir reflexionando sobre el nudo o desafío identificado, en la medida que estamos convencidos de que los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes no son estáticos y precisan de una constante revisión, adecuación y diálogo.

V. NUDOS

El documento identifica los siguientes nudos:

1. La falta de claridad en la definición del lugar de la niñez y adolescencia en las políticas públicas y agenda país.

2. La falta de claridad en el diseño institucional de los Sistemas y Subsistemas de promoción y protección integral de derechos, que entorpece la cohesión y el trabajo interinstitucional.

3. La falta de definición de las responsabilidades, corresponsabilidades y competencias en el ejercicio de las funciones, así como la ausencia de transparencia.

4. La necesidad de contar con recursos para la inversión integral en infancia y adolescencia.

5. La falta de espacios de formación y especialización de recursos humanos en la temática.

6. La falta de información estadística, fiable, accesible y amigable.

7. Falta de mecanismos para incorporar la participación de niñas, niños y adolescentes en el ciclo de las políticas públicas que les impactan de manera directa.

La información para cada uno de estos nudos se presenta en las siguientes tablas, una por cada nudo, en al que se presenta el mismo junto con sugerencias y/o recomendaciones para atenderlos (emanadas de recomendaciones internacionales, regionales y de instancias de trabajo), así como algunas reflexiones expresadas en preguntas disparadoras. Información contenida en las siguientes tablas.

N°.1 La falta de claridad en la definición del lugar de la niñez y adolescencia en las políticas públicas y agenda país.

Sugerencias / Recomendaciones para “fortalecer el nudo”:

• Integración adecuada del derecho al interés superior del niño en la legislación nacional, Comité de los Derechos del Niño, 23 recomendaciones a Estados, 23 (AG, BB, CO, CR, EC, SV, GT, GY, HT, HN, JM, MX, NI, PY, PE, DO, KN, VC, LC, SR, TT, UY, VE).

• El Comité de los derechos del Niño recomienda al Estado parte que acelere la reformulación y la aprobación de una política pública para la protección integral de los niños y adolescentes que aborde todos los ámbitos de la Convención y que, a partir de esa política, elabore una estrategia que incluya los elementos necesarios para su aplicación y que cuente con suficientes recursos humanos, técnicos y financieros. También recomienda al Estado parte que, en el proceso de actualización de la política integral y su estrategia de aplicación, realice consultas con organizaciones dirigidas por niños y cuente con la participación de éstas, en particular de organizaciones de niños indígenas u organizaciones que trabajan con ellos, Comité de los Derechos del Niño, (2018), recomendación a Guatemala.

• Dimensión Institucional, Promoción de la participación de NNA en los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes a través del acompañamiento de las organizaciones de la sociedad civil, Declaración de Nuevo León, 2023.

• Recomendación 4, Participación de niños, niñas y adolescentes en la planificación, desarrollo y puesta en práctica de políticas públicas para garantizar el Acceso al Derecho a la Crianza Positiva, Declaración de Nuevo León, 2023.

• Dimensión Programática, Impulsar a niñas, niños y adolescentes como agentes de cambio en la implemezzntación de la política pública en materia de crianza positiva, Declaración de Nuevo León, 2023.

• “Diseñar e implementar una política pública nacional de promoción y protección integral de derechos de niñas, niños y adolescentes, basada en la legislación particular y general en la materia, con la participación de esta población en todo el ciclo de la política.” Orientación III.I.a, Documento orientador,2022

• “Diseñar e implementar una política pública nacional de promoción y protección integral de derechos de niñas, niños y adolescentes, basada en la legislación particular y general en la materia, con la participación de esta población en todo el ciclo de la política.” Orientación III.I.a, Documento orientador, 2022

• “Para la estructura y buen funcionamiento de los sistemas es necesario un enfoque que vea todo”. (Aporte del GOT sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes en el Documento Orientador, 2022).

• La necesidad de que las políticas estén pensadas y planificadas desde el trabajo conjunto, basado en el diálogo entre lo central y lo territorial. Memoria del III Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, 2019

• “La necesidad de visibilizar, construir (agregado) tres indicadores: 1) una filosofía de concepción de la niñez; 2) la direccionalidad de las políticas en niñez y adolescencia y 3) los recursos: sean económicos, materiales y fundamentalmente humanos.” Memoria del III Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

• Garantizar la no regresión de las políticas logradas. Memoria del III Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes

• La necesidad de identificar los derechos no escritos ni positivizados, pero que son sentidos por las nuevas generaciones de niñas, niños y adolescentes. Memoria del III Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

• “Trabajar en el diseño de políticas públicas con enfoque de derechos de niñas, niños y adolescentes, desde la perspectiva de la intersectorialidad e interseccionalidad, que cumplan con los estándares de derechos humanos (...)”. Recomendación 3.2 de la Declaración de Montevideo, 2018

• “Impulsar cambios a nivel institucional que fortalezcan los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, donde se articulan estratégicamente los niveles locales y nacionales.” Recomendación 4.2 de la Declaración de Montevideo, 2018

• “Promover que los actores que conforman los sistemas asuman prácticas colaborativas y sistémicas para garantizar su funcionamiento efectivo.” Recomendación 4.4 de la Declaración de Montevideo, 2018

Algunas preguntas disparadoras:

A. ¿Cuál ha sido el lugar que históricamente se le ha dado a los niños, niñas y adolescentes en la sociedad? ¿Cuáles han sido los avances de esta mirada de cara al siglo XXI?

B. ¿Cómo se entienden y asumen las prácticas colaborativas entre los actores que conforman los sistemas?

C. ¿Qué factores imposibilitan a algunos Estados para que no cuenten con un sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes?

D. ¿Cómo fortalecer la institucionalidad de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes en donde ya existen?

E. ¿Cómo se da el proceso de construcción y apropiación de la agenda país, desde el lugar de la niñez y adolescencia?

F. ¿Qué entendemos por dimensión política de los sistemas?

G. ¿Qué debemos hacer para garantizar espacios de participación segura, protagónica y sostenible, de las y los niños, niñas y adolescentes?

H. ¿Cómo se da el proceso de apropiación de la agenda de política pública de niñas, niños y adolescentes entre los diferentes actores gubernamentales y en todos los niveles: local y nacional? ¿Con qué criterios se priorizan los temas de la agenda país?

I. ¿Qué acciones realizan para conocer la opinión de NNA, y cómo pueden mejorarse?

J. ¿Cómo participan las niñas, niños y adolescentes en todo el ciclo de las políticas públicas?

K. ¿Cuál es la idea / ideas de niñez/ niñez y adolescencias construidas en nuestros países y cuáles son los significantes de estas ideas recogidas en el diseño, instalación y funcionamiento de los sistemas?

L. ¿Cuál es el relato del proceso de construcción de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, tanto a nivel central como local, contado más allá de las reformas legislativas que los diseña en las normas?

M. ¿Qué aspectos o demandas consideradas derechos por las nuevas generaciones de NNA, (aunque no estén escritos), deben ser garantizados por los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, en este nuevo tiempo postpandemia?

N°.2 La falta de claridad en el diseño institucional de los Sistemas y Subsistemas de promoción y protección integral de derechos, que entorpece la cohesión y el trabajo interinstitucional.

Sugerencias / Recomendaciones para “fortalecer el nudo”:

• Solicitud de asistencia y asesoramiento técnico a organismos internacionales para elaborar e impulsar medidas y políticas contra los actos de violencia y para protección de niños contra cualquier tipo de violencia, 19 recomendaciones en 2022 a (BZ, BR, CO, DM, SV, GD, HT, HN, NI, PA, PY, PE, DO, KN, VC, SR, TT, UY, VE). Comité de los Derechos del Niño.

• Dimensión Programática, Capacitación y recursos para garantizar la participación de la sociedad civil y las redes de niñas, niños y adolescentes. Declaración de Nuevo León, 2023.

• Dimensión política, Compromiso entre las instancias gubernamentales y la sociedad civil para mantener una colaboración que beneficie a las niñas, niños y adolescentes. Declaración de Nuevo León, 2023.

• “Establecer un espacio priorizado políticamente que cuente con poder de decisión e integrado por sujetos de jerarquía, como un ámbito de articulación y participación de diferentes organismos y ministerios del sector público, del sector privado y sociedad civil nacionales en el marco de la promoción, protección y restitución de los derechos de la niñez y la adolescencia”. Orientación II.I.. aDocumento Orientador 2022

• “Garantizar que este espacio de articulación política tenga su expresión a nivel de los territorios en el contacto directo con niñas, niños, adolescentes y familias. Que a nivel municipal se prevea la existencia de un órgano deliberativo que determine la política de niñez y monitoree su cumplimiento, donde los servicios de atención directa tengan carácter permanente y gratuito, y aseguren que esta población y sus familias accedan a atención especializada en materia de sus derechos en sus comunidades”. Orientación II.I.c - Documento Orientador 2022

• “Fortalecer los sistemas de promoción y protección integral de derechos, mejorando su integralidad, su gestión, articulación y eficiencia jerarquizando su presencia en la región; definiendo rectorías claras y dotándolo de las fortalezas institucionales necesarias para cumplir esa función. En este sentido, la tarea de promoción, protección y restitución de derechos requerirá fuertes alianzas y cooperación multisectorial, fortaleciendo el trabajo interinstitucional, intergeneracional e interdisciplinario”. Pronunciamiento “La Niñez ante todo”. Memoria del III Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

• “La institucionalidad desde lo local deberá estar construida desde el reconocimiento de la riqueza de la diversidad cultural y la singularidad de los sujetos”. Recomendación 4.3 de la Declaración de Montevideo, 2018.

• “La institucionalidad que se articula por medio de los sistemas de protección integral debe incluir los niveles local, nacional y regional. El sistema institucional debe poder funcionar apropiadamente desde la más alta jerarquía hasta el nivel local, que debe reforzarse dado que es donde se da el contacto del niño con las instituciones”. Memoria del I Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, 2017

Algunas preguntas disparadoras:

A. ¿Qué implica ejercer las funciones del ente rector de infancia en un sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes?

B. ¿Fortalecer y revisar el diseño institucional de los sistemas y subsistemas implica únicamente ajustes en la dimensión normativa?

C. ¿Cuáles son las ventajas y desventajas de identificar y reconocer por ley a una institución, ministerio o despacho encargado de supervisar, dirigir, y evaluar a un sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes?

D. ¿Este reconocimiento normativo per se, implica que se cuenta con un sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes a nivel nacional?

E. ¿Qué tanto influye la dimensión política en cada Estado para respaldar esta institucionalidad?

F. El diseño institucional del sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes debería dialogar con los diferentes niveles del estado ¿Qué pasa en los estados federales?

G. ¿Qué entendemos por trabajo interinstitucional en el marco de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes?

H. ¿Cuál es el nivel de coordinación y cooperación de los integrantes del sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes en el territorio?

I. ¿Qué mecanismos de gestión y supervisión se pueden generar y/o fortalecer en torno al eje institucional de los sistemas?

J. ¿Cómo interlocutan los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes con los demás sistemas de protección social existentes en los diferentes países?

K. ¿Cómo se comunican entre sí los niveles locales de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes a nivel regional y/o subregional, sobre todo en países fronterizos?

L. ¿Se tienen protocolos en casos de crisis humanitarias u otras situaciones que vulneren los derechos de las niñas, niños y adolescentes?

M. ¿Cómo se articulan los diferentes niveles de gobierno desde lo central hasta los territorios?

N°.3 La falta de definición de las responsabilidades, corresponsabilidades y competencias en el ejercicio de las funciones, así como la ausencia de transparencia.

Sugerencias / Recomendaciones para “fortalecer el nudo”:

• Establezca un mecanismo de seguimiento para la investigación y la reparación de esos abusos, con vistas a mejorar la rendición de cuentas, la transparencia y la prevención de las vulneraciones de la Convención, recomendación a Jamaica y Santa Lucía, 2022. Comité de los Derechos del Niño.

• Garantice la transparencia, la rendición de cuentas y la armonización con las normas internacionales en los procesos de adopción, entre otras cosas asignando suficientes recursos humanos, financieros y técnicos al Departamento de Adopciones, supervisando su funcionamiento, informando de sus resultados e impartiendo formación al personal, recomendación a República Dominicana, 2022. Comité de los Derechos del Niño.

• Dimensión Normativa, Actividades específicas, Establecer un marco normativo adecuado para garantizar la inclusión y participación de las organizaciones de la sociedad civil dirigida a una vinculación y articulación adecuada con el sector público, así como para el monitoreo y rendición de cuentas de las políticas públicas. Declaración de Nuevo León, 2023.

• Dimensión institucional, Actividades específicas, Crear una agenda de acción con actividades concretas que deriven de acuerdos y del diálogo entre la sociedad civil organizada y el sector público en el marco de los sistemas de protección. Declaración de Nuevo León, 2023

• Dimensión política, Actividades específicas, Asegurar la claridad en los roles y niveles de participación de la sociedad civil en los sistemas de protección para que sus propuestas se eleven a políticas públicas y se garantice la colaboración. Declaración de Nuevo León, 2023.

• Establezca un mecanismo de seguimiento para la investigación y la reparación de esos abusos, con vistas a mejorar la rendición de cuentas, la transparencia y la prevención de las vulneraciones de la Convención, recomendación a Jamaica y Santa Lucía, 2022. Comité de los Derechos del Niño.

• Garantice la transparencia, la rendición de cuentas y la armonización con las normas internacionales en los procesos de adopción, entre otras cosas asignando suficientes recursos humanos, financieros y técnicos al Departamento de Adopciones, supervisando su funcionamiento, informando de sus resultados e impartiendo formación al personal, recomendación a República Dominicana, 2022. Comité de los Derechos del Niño.

• Dimensión Normativa, Actividades específicas, Establecer un marco normativo adecuado para garantizar la inclusión y participación de las organizaciones de la sociedad civil dirigida a una vinculación y articulación adecuada con el sector público, así como para el monitoreo y rendición de cuentas de las políticas públicas. Declaración de Nuevo León, 2023.

• Dimensión institucional, Actividades específicas, Crear una agenda de acción con actividades concretas que deriven de acuerdos y del diálogo entre la sociedad civil organizada y el sector público en el marco de los sistemas de protección. Declaración de Nuevo León, 2023

• Dimensión política, Actividades específicas, Asegurar la claridad en los roles y niveles de participación de la sociedad civil en los sistemas de protección para que sus propuestas se eleven a políticas públicas y se garantice la colaboración. Declaración de Nuevo León, 2023.

• “Promover y afianzar, con enfoque en la promoción de derechos de niñas, niños y adolescentes, la articulación entre sistemas (protección social, salud, educación, justicia, participación, etc.), y niveles de especialización (universal, focalizado y restitución de derechos, entre otros). Para ello, implementar mecanismos de coordinación sistémica e intersectorial de los organismos de ejecución de las políticas públicas y programas que están a cargo de los servicios y atención de niñas, niños y adolescentes a fin de garantizar la protección integral en las diferentes fases de intervención”. Orientación II.III.a - Documento Orientador 2022

• “Además del ente rector, es necesario contar con el trabajo articulado de todas las instituciones que defienden los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Todo va junto, como en filita, cada uno va trabajando a su tiempo y de manera articulada, que entre todos se tomen las decisiones sobre los temas que nos afectan”. Aporte del GOT sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes en el Documento Orientador, 2022

• “Coordinación efectiva entre los sistemas de protección especial e integrales: América Latina aún no logra el cambio de paradigma en donde los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derecho. El poder judicial continúa priorizando y prefiriendo la institucionalización y el sistema aún tiene el reto de identificar mecanismos de diálogo con el poder judicial y con los otros poderes”. Memoria I Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

• “Un sistema de protección integral demanda roles para todos los niveles de gobierno, por lo que la articulación debe fortalecerse desde lo local. Los servicios promocionales y la respuesta a los problemas de atención directa deben contar con el apoyo y articulación hacia lo nacional para la elaboración de diagnósticos participativos y dar así respuestas adecuadas. Para lograrlo, se deberá identificar el presupuesto necesario tanto para la articulación como para la implementación de políticas públicas integrales.” Memoria I Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

• “Algunos elementos para tener en cuenta: ✔ Interinstitucionalidad ✔ Compromiso real de las instituciones ✔ Trabajo sistémico e involucrarse a la comunidad ✔ Corresponsabilidad entre familia, sociedad y estado ✔ Presencia territorial, llegar a niños, niñas y adolescentes ✔ Coherencia conceptual ✔ Categorías de intervención ✔ Transformación de actitudes ✔ Participación de niños, niñas y adolescentes ✔ Diálogos intergeneracionales, entre otros”. Síntesis de los diálogos interamericanos ✔ financiación pública de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes (Agregado).

Algunas preguntas disparadoras:

A. ¿Cómo definimos los niveles de corresponsabilidad?

B. ¿La corresponsabilidad debe abarcar a todas las instituciones del Estado? O ¿Sólo a las que forman parte del Sistema Nacional?

C. ¿Cuáles son los mecanismos de articulación y coordinación entre instancias de políticas públicas para la efectiva implementación del plan/estrategia/programa en todos los niveles de la administración pública en los países?

D. ¿Cuáles son los retos que se presentan en la articulación con gobiernos locales para un adecuado funcionamiento de los sistemas de protección para niñas, niños y adolescentes?

E. ¿Cómo se integra la participación de la sociedad civil y del sector privado en los sistemas de protección para niñas, niños y adolescentes?

F. ¿Cómo divulgan la información a la población, especialmente a niñas, niños y adolescentes? ¿Es de fácil acceso y el lenguaje es claro?

G. ¿Los grados y mecanismos de articulación, definen las responsabilidades?

H. ¿Cómo avanzan los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes hacia la incorporación a los diferentes modelos de gestión de prácticas innovadoras como las del Gobierno Electrónico, entre otras?

I. ¿Se ha logrado incorporar a la gestión de niveles locales del sistema regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes la participación de representaciones de organizaciones sociales de base o no clásicas del sector (cooperadoras de padres, sindicatos, asociaciones campesinas, asociaciones de productores, cooperativas, clubes, entre otros)?

N°.4 La necesidad de contar con recursos para la inversión integral en infancia y adolescencia.

Sugerencias / Recomendaciones para “fortalecer el nudo”:

• Asigne suficientes recursos humanos, técnicos y financieros a la unidad especial de protección de derechos de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia para que pueda adoptar un planteamiento integral en materia de recuperación, preste eficientemente apoyo psicológico a los niños víctimas y realice investigaciones de los presuntos casos de abuso, maltrato y violencia, recomendación a Panamá, 2023. Comité de los Derechos del Niño.

• Asignación de recursos a instituciones, 8 recomendaciones en 2022 a (AR, AG, CR, PA, VC, TT). Comité de los Derechos del Niño.

• Asegure los recursos humanos, técnicos y financieros adecuados y la coordinación entre las autoridades que se ocupan de la protección de los niños, Recomendación a Costa Rica, 2020. Comité de los Derechos del Niño.

• Proporcionar recursos para una rápida aplicación de la ley de creación del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, reconocer el derecho de los niños a ser protegidos contra la violencia, en especial contra el abuso mental, físico y sexual, y adoptar medidas rápidas y eficaces para prevenir, investigar y sancionar todas las formas de violencia contra los niños, recomendación a Costa Rica, 2020. Comité de los Derechos del Niño.

• Dimensión Institucional, Acceso al Derecho a la Salud, Acciones específicas, Etiquetar específicamente el presupuesto dirigido a garantizar el derecho a la salud de niñas, niños y adolescentes, estableciendo claramente responsables, metas, poblaciones objetivo y montos suficientes para dar cumplimiento. Declaración de Nuevo León, 2023.

• Dimensión programática, Capacitación y recursos para garantizar la participación de la sociedad civil y las redes de niñas, niños y adolescentes: Proporcionar capacitación y recursos técnicos a las organizaciones de la sociedad civil, en especial a las redes de niñas, niños y adolescentes, para que puedan participar de manera efectiva en los procesos de políticas públicas. Declaración de Nuevo León, 2023.

• Dimensión Programática, Acciones específicas, Establecer asignaciones presupuestales que garanticen el derecho a la participación de niñas, niños y adolescentes y el fortalecimiento de los colectivos de sociedad civil organizada. Declaración de Nuevo León, 2023.

• “Revisar permanentemente el presupuesto nacional para niñas, niños y adolescentes, tanto en lo referente a la asignación de recursos, como a su ejecución; y adoptar las decisiones presupuestarias tomando en consideración primordial el interés superior de la niñez, y en especial teniendo en cuenta los grupos de niños en situación de mayor vulnerabilidad”. Orientación II.III.b del Documento Orientador, 2022

• “Evitar la regresión ante situaciones de crisis o reducción presupuestal del Estado mediante la firma de compromisos al más alto nivel.” Orientación II.III.c del Documento Orientador, 2022

• “Los recursos para los derechos de los niños, niñas y adolescentes a veces son limitados, como un río que se hace cada vez más pequeño y no llega a donde debía llegar. Es necesario contar con recursos y un órgano superior que los distribuya”. Aporte del GOT sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes en el Documento Orientador, 2022

• “Desarrollar capacidades institucionales para elaborar mecanismos de articulación intersectorial y con presupuesto incluido implica: avanzar hacia normas más integradoras en la elaboración de los planes de acción, señalar responsabilidades y con presupuestos específicos para cada resultado y empezar a elaborar propuestas de cambios sobre el rol redistribuidor del Estado, donde apoyar un nuevo “contrato social” implique reducir desigualdades, eliminar privilegios y mayor gasto social para los NNA”. Memoria del III Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

• “Para lograr los objetivos de un sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes y los compromisos internacionales adquiridos por los Estados, es necesario contar con presupuestos adecuados con el objetivo de disminuir aquellas brechas entre la ley y el funcionamiento del sistema, no sólo en términos de cantidad, sino también respecto de la calidad de inversión y presupuesto asignado. Los resultados de políticas públicas adecuadas deben verse reflejados en la vida diaria de los niños, niñas y adolescentes”. Memoria del I Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, 2017.

Algunas preguntas disparadoras:

A. El diseño, adjudicación e implementación de los recursos financieros en niñez e infancia implica la atención de una serie de necesidades. ¿Debería ser integral?; ¿Cómo sería la distribución?: ¿Cómo y quién ejecuta esos recursos?

B. ¿Cómo posibilitar la transparencia en la asignación de recursos?

C. ¿Qué debe considerarse al invertir en infancia y adolescencia?

C. ¿Cómo divulgan la información a la población, especialmente a niñas, niños y adolescentes? ¿Es de fácil acceso y el lenguaje es claro?

D. ¿Sería necesario promover la participación de todas las autoridades del Estado (ejecutivo, legislativo y judicial) en las distintas etapas del ciclo presupuestario?

E. ¿Se cuentan con instancias y mecanismos de participación, comunicación o rendición de cuentas eficaces, en los que se incluyan a miembros de la sociedad civil y a los niños, niñas y adolescentes?

F. ¿Qué injerencia tienen los diferentes recursos humanos para incidir en la fiscalización de los recursos, en la transparencia y la rendición de cuentas?

G. ¿Se puede/debe plantear en las leyes nacionales de presupuestos públicos, que los recursos económicos destinados a infancia y adolescencia estén protegidos?

H. ¿Qué mecanismos se tienen para realizar el seguimiento a la inversión que el Estado realiza en materia de infancia y adolescencia?

I. ¿Cómo posibilitar la construcción de la inversión de la infancia desde el plano impositivo, identificando los gravámenes a ser creados e impulsando reformas legislativas necesarias?

J. ¿Se cuentan con experiencias sostenidas de elaboración participativa de presupuestos públicos a nivel central y local?

K. ¿Cuáles han sido los avances en las rendiciones de cuentas públicas de los gobiernos centrales y locales y en la gestión de órganos competentes para la auditoría de recursos en los diferentes niveles del sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes contralorías, auditorías)?

L. ¿Se ha avanzado en el diseño de sistemas informáticos que generen información consolidada que permita discriminar la inversión realizada en la población de NNA?

N°.5 La falta de espacios de formación y especialización de recursos humanos en la temática.

Sugerencias / Recomendaciones para “fortalecer el nudo”:

• Asigne suficientes recursos humanos, técnicos y financieros a la unidad especial de protección de derechos de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia para que pueda adoptar un planteamiento integral en materia de recuperación, preste eficientemente apoyo psicológico a los niños víctimas y realice investigaciones de los presuntos casos de abuso, maltrato y violencia, Recomendación a Panamá, 2023- Comité de los Derechos del Niño.

• Garantice la coordinación y el funcionamiento efectivos de todos los componentes del sistema de protección de la infancia en todo el Estado parte, lo que incluye la asignación de suficientes recursos humanos, técnicos y financieros, recomendación a Perú, 2023. Comité de los Derechos del Niño.

• Velar para que todo el personal y los profesionales que trabajan con niños y para los niños reciban la capacitación y la supervisión necesarias y sean sometidos a las verificaciones de antecedentes oportunas; imparta capacitación sistemática a los agentes del orden, los trabajadores sociales y los fiscales sobre cómo recibir, supervisar, investigar y dar curso judicial a las denuncias teniendo en cuenta las necesidades de los niños y las cuestiones de género y respetando la intimidad de la víctima; y se asegure de que los organismos de protección de la infancia dispongan de recursos humanos y financieros suficientes, recomendación a Haití, 2022. Comité de los Derechos del Niño.

• Dimensión normativa Acciones específicas, Incluir en el marco normativo la obligatoriedad de capacitar y formar al personal docente para que se garantice el derecho a la educación sin discriminación y gratuita, eliminando cualquier barrera cultural, geográfica, de salud, administrativa y de contexto social. Declaración de Nuevo León, 2023

• Dimensión programática, Capacitación y recursos para garantizar la participación de la sociedad civil y las redes de niñas, niños y adolescentes: Proporcionar capacitación y recursos técnicos a las organizaciones de la sociedad civil, en especial a las redes de niñas, niños y adolescentes, para que puedan participar de manera efectiva en los procesos de políticas públicas. Declaración de Nuevo León, 2023.

• “Lo normativo marca qué es lo que las instituciones tienen que cumplir, pero después éstas deben tener el personal cualificado que sepa para qué está y qué tiene que hacer”. Aporte del GOT sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes en el Documento Orientador, 2022.

• “Diseñar, implementar y mantener actualizado un Sistema de Información respecto de la situación actual de la niñez y adolescencia, con datos desagregados por sexo, edad, etnicidad, municipio, etc., y otras variables significativas que visibilicen el grado de acceso a los derechos y las brechas de inequidad”. Orientación III.II.d del Documento Orientador, 2022.

• “Generar y fortalecer las políticas de formación de recursos humanos interdisciplinarios, desde una perspectiva de promoción, protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, acorde con las necesidades de las políticas y agendas nacionales”. Orientación III.II.a del Documento Orientador, 2022.

• “Establecer articulaciones con espacios formativos y académicos con miras a la investigación y producción de conocimientos pertinentes, relevantes y especializados que aporten al diseño de estrategias y dispositivos de intervención desde la perspectiva de derechos conforme a los diferentes contextos”. Orientación III.II.b del Documento Orientador, 2022.

• “Será necesario contar con diagnósticos de recursos humanos adecuados que permitan definir procesos y promover estándares para la profesionalización de equipos multidisciplinarios y contar con mecanismos de control y vigilancia adecuados para evaluar la eficacia del Sistema”. Memoria del I Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

• “Los recursos humanos: Es importante contar con recursos humanos especializados. Por lo tanto, hay que promover la definición de estándares de profesionalización y certificación de los recursos humanos que operan en el marco del sistema de protección, así como la formación continua de los mismos”. Memoria del I Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

• Incorporar de forma transversal a NNA en los procesos de coproducción de conocimiento, es decir, que NNA sean consultados, co-investigadores o lideren procesos investigativos, en aquellos ámbitos que competen a sus vidas cotidianas, como por ejemplo en el diseño de las políticas e instituciones que buscan establecerse como garantes de sus derechos (agregado).

Algunas preguntas disparadoras:

A. ¿Cómo situamos a los centros de formación y especialización en la agenda pública del Estado?

B. ¿Es posible una articulación regional con las Academias y Universidades?

C. ¿Qué papel juega la academia, la producción de investigación en estas temáticas?

D. ¿Se requiere incluir un enfoque de género en los procesos de formación y especialización?

E. ¿Cómo hacer que las políticas de formación de RR.HH. vayan en sintonía con los planes nacionales en materia de infancia y adolescencia?

F. ¿Qué mecanismos existen para realizar un acompañamiento permanente en la profesionalización de los técnicos que pasarán a formar parte de los sistemas?

G. ¿Qué acciones toman para no caer en adultos centrismos?

H. ¿Cómo vinculamos la obligatoriedad de la formación y especialización con la gestión de servidores públicos en los diferentes niveles del sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes?

I. ¿Cómo se construye un currículo básico imprescindible para el servicio público en los diferentes niveles del sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes y un ascenso en el escalafón centrado en competencias?

N°.6 La falta de información estadística, fiable, accesible y amigable.

Sugerencias / Recomendaciones para “fortalecer el nudo”:

• Elaborar y aplicar sistemáticamente sistemas nacionales de recopilación de datos e investigación, recomendación a Paraguay 2023. Comité de los Derechos del Niño.

• Cree una base de datos nacional para reunir sistemáticamente información y datos desglosados por edad, sexo, tipo de violencia y relación entre la víctima y el autor en todos los casos de violencia contra los niños en las familias, las escuelas y las instituciones de cuidados, y realice un análisis completo del alcance, las causas y la índole de dicha violencia; recomendación a Ecuador, 2022. Comité de los Derechos del Niño.

• El Comité recomienda al Estado parte que promueva el acceso de los niños a información apropiada de diversas fuentes y refuerce los programas de sensibilización de los niños, los padres y los docentes sobre la seguridad en Internet, en particular en relación con el ciberacoso y el hostigamiento criminal por parte de adultos con fines sexuales, recomendación a El Salvador, 2022. Comité de los Derechos del Niño.

• Facilitación y registro de estadísticas y datos desglosados sobre niñas, niños y adolescentes en situación de movilidad humana (número actual, situación, casos de violencia, desapariciones, indicadores socioeconómicos y otros, 10 recomendaciones en 2020 a (AR, CL, CO, GT, HT, HN, JM, MX, LC, VE), Comité de los Derechos del Niño.

• Dimensión Política, Compromiso entre las instancias gubernamentales y la sociedad civil para mantener una colaboración que beneficie a las niñas, niños y adolescentes: Crear un compromiso al interior de los sistemas de protección de niñas, niños y adolescentes para fortalecer los lazos de cooperación entre las dependencias gubernamentales y las organizaciones de la sociedad civil garantizando que los mecanismos de participación Las instancias gubernamentales y las organizaciones de la sociedad civil deben trabajar juntas de manera proactiva en la planificación, implementación y evaluación de políticas, programas y proyectos relacionados con niñas, niños y adolescentes. Declaración de Nuevo León, 2023.

• “Crear y/o fortalecer sistemas de información estadística sobre niñez y adolescencia con miras a obtener datos actualizados, desglosados, de calidad y desagregados que permitan un análisis de información del estado de la garantía de sus derechos, que den visibilidad a las inequidades y sirvan de base para la formulación de políticas específicas y adecuadas a sus necesidades”. Orientación III.III.c del Documento Orientador, 2022.

• Establezca un mecanismo de seguimiento para la investigación y la reparación de esos abusos, con vistas a mejorar la rendición de cuentas, la transparencia y la prevención de las vulneraciones de la Convención, recomendación a Jamaica y Santa Lucía, 2022. Comité de los Derechos del Niño.

• Garantice la transparencia, la rendición de cuentas y la armonización con las normas internacionales en los procesos de adopción, entre otras cosas asignando suficientes recursos humanos, financieros y técnicos al Departamento de Adopciones, supervisando su funcionamiento, informando de sus resultados e impartiendo formación al personal, recomendación a República Dominicana, 2022. Comité de los Derechos del Niño.

• Dimensión Normativa, Actividades específicas, Establecer un marco normativo adecuado para garantizar la inclusión y participación de las organizaciones de la sociedad civil dirigida a una vinculación y articulación adecuada con el sector público, así como para el monitoreo y rendición de cuentas de las políticas públicas. Declaración de Nuevo León, 2023.

• Dimensión institucional, Actividades específicas, Crear una agenda de acción con actividades concretas que deriven de acuerdos y del diálogo entre la sociedad civil organizada y el sector público en el marco de los sistemas de protección. Declaración de Nuevo León, 2023

Algunas preguntas disparadoras:

A. ¿El sistema de información deberá ser autónomo del ente rector?

B. ¿Cómo posibilitar la autonomía e independencia en el trabajo de generación de indicadores, sistemas de información, monitoreo de cumplimiento de derechos de las políticas públicas?

C. ¿Qué plataformas o mecanismos se tienen disponibles para la transparencia de estos datos estadísticos?

D. ¿Esta información es amigable y accesible?

N°.7 Falta de mecanismos para incorporar la participación de niñas, niños y adolescentes en el ciclo de las políticas públicas que les impactan de manera directa.

Sugerencias / Recomendaciones para “fortalecer el nudo”:

• Inclusión de la participación de niñas, niños y adolescentes en la elaboración de políticas públicas, 19 recomendaciones en 2022 a (AR, BO, CA, CL, CR, CU, EC, GT, GY, HT, HN, JM. NI, PA, LC, SR, VC, UY). Comité de los Derechos del Niño.

• El Comité recomienda al Estado parte que prosiga y fortalezca los esfuerzos para aplicar el artículo 12 de la Convención y fomente el respeto de las opiniones del niño de cualquier edad en los procedimientos administrativos y las actuaciones judiciales. El Comité recomienda también al Estado parte que promueva la participación de los niños y el respeto de sus opiniones en todas las cuestiones que los afecten en la familia, la escuela, otras instituciones dedicadas a la infancia y la comunidad. Recomendación al estado de Granada, 2010, Comité de los Derechos del Niño.

• Recomendación 1 y 2, Participación de niños, niñas y adolescentes en la planificación, desarrollo y puesta en práctica de políticas públicas para garantizar el Acceso al derecho a la salud y a la educación. Declaración de Nuevo León, 2023.

• Dimensión programática, Garantizar el derecho a la participación de la sociedad civil en la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes: Revisar y actualizar las leyes y reglamentos para garantizar que se reconozca explícitamente el derecho a la participación de la sociedad civil en los asuntos relacionados con los derechos de niñas, niños y adolescentes. Se deben establecer desde las leyes los mecanismos concretos y accesibles que permitan a las organizaciones de la sociedad civil, incluidas aquellas lideradas por niñas, niños y adolescentes, participar activamente en la formulación, implementación y evaluación de políticas y programas relacionados con la infancia y adolescencia. La participación de la sociedad civil en asuntos relacionados con los derechos de niñas, niños y adolescentes es un derecho fundamental reconocido por la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. Declaración de Nuevo León, 2023.

• Dimensión institucional, Promoción de la participación de NNA en los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes a través del acompañamiento de las organizaciones de la sociedad civil: Retomar la experiencia y motivación de las organizaciones de la sociedad civil organizada para acompañar y promover la participación de NNA en los consejos consultivos de los SIPINNAs difundiéndolos como espacios en los cuales se va a garantizar una escucha activa y respetuosa a sus opiniones y se tomarán en cuenta sus propuestas por parte de las autoridades. Declaración de Nuevo León, 2023.

• Dimensión programática, Acciones específicas, Fortalecer los mecanismos de participación, como los diálogos intergeneracionales, para desarrollar las capacidades de NNA sobre el reconocimiento de sus derechos, en el marco de los sistemas de protección. Declaración de Nuevo León, 2023.

• Dimensión Política, Adecuar, abrir y fortalecer espacios seguros con metodologías adaptadas a las realidades comunitarias para garantizar la participación de la sociedad civil y de las niñas, niños y adolescentes, legitimando de esta forma la implementación de políticas públicas dirigidas a esta población. Declaración de Nuevo León, 2023.

• “Las leyes permiten a las sociedades organizarse y ayudan a las instituciones a saber de dónde partir para garantizar nuestros derechos. Sabemos que solo por existir una ley no es suficiente para que se cumplan nuestros derechos, pero al menos nos ayuda a tenerlos y exigirlos. A su vez, es importante que nos escuchen, es un sin sentido que los adultos se encarguen del mundo y de las situaciones de los niños, las niñas y adolescentes sin escuchar nuestras opiniones e intereses. Está claro, que nosotros no vamos a hacer el trabajo de los adultos, ellos no comprenden muchas de nuestras problemáticas, es por ello por lo que necesitamos más espacios de diálogos intergeneracionales. Nada de nosotros sin nosotros”. Aporte del GOT sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes en el Documento Orientador, 2022.

• “Instalar y/o fortalecer estructuras, mecanismos y escenarios legales e institucionales que promuevan la participación de niñas, niños y adolescentes, de acuerdo con su autonomía progresiva”. Orientación IV del Documento Orientador, 2022.

• “Se debe seguir reflexionando sobre la coparticipación, no sólo en la participación. Añadió que hablar de coprotagonismo, coparticipación es una responsabilidad porque implica rendir cuentas de qué fue lo que se hizo con la opinión de los representantes de los niños, niñas y adolescentes en todo este tiempo”. Síntesis III Foro sobre los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

• “Promover mecanismos formales, accesibles, financiados y efectivos de participación como acciones que favorezcan el ejercicio de ciudadanía, reconocimiento de la autonomía progresiva y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Los espacios de participación deberán conformarse en función de sus necesidades y de acuerdo con las formas de participación que estos quieran darse”. Recomendación 4.5. de la Declaración de Montevideo, 2018.

• “Para que un sistema funcione no se debe perder de vista la capacidad de los técnicos/as que trabajan en servicios esenciales, y junto a ello, el fortalecimiento de los procesos de participación de niños, niñas y adolescentes, para poder sumarlos en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas”. Síntesis de los diálogos interamericanos.

“Es necesario promover la participación y el trabajo en colaboración de la sociedad organizada, considerando los beneficios que de ello se obtiene:

1) Cuenta con una mirada crítica, externa, neutral y de manera constructiva que ayude a definir metas e indicadores de progreso.

2) Difunde las actividades de los sistemas de protección y resalta la importancia de un sistema nacional de protección, así como de mecanismos de protección especial.

3) Emite mensajes de sensibilización y participación mediante la demanda social para exigir cambios.

4) Favorece el desarrollo de metodologías de trabajo, experiencias, buenas prácticas y de articulación, que pueden enriquecer los sistemas de protección.

5) Facilita la participación de los niños, niñas y adolescentes, así como de la ciudadanía de forma más amplia.

6) Asegura que la participación no son ejercicios de simulación”

Memoria del I Foro sobre los sistemas interamericanos de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, 2017.

• Superar, o al menos cuestionar, la clásica división existente entre la calificada como participación social de NNA – realizada habitualmente a través de determinadas supraestructuras coordinadas por entidades públicas -- y el reconocimiento, a título particular, de NNA como agentes activos de cambio personal y comunitario. En otras palabras, debe acercarse la primera de las dimensiones, en cualquiera de sus manifestaciones, al reconocimiento de NNA como sujetos con capacidad de actuación autónoma en determinadas esferas de su vida. Únicamente empoderando a NNA en su círculo de intervención más íntimo, en la toma de decisiones personales, se logrará fortalecer sus actuaciones a nivel más colectivo o grupal. De no ser así, el riesgo de crear proyectos participativos sin incidencia práctica alguna aumenta de manera exponencial (Recomendación IIN).

Algunas preguntas disparadoras:

A. ¿Qué mecanismos se tienen para que la participación de niños, niñas y adolescentes sea accesible, inclusiva, equitativa e igualitaria?

B. ¿Revisar si se contempla el acompañamiento familiar en los procesos participativos de niños, niñas y adolescentes y su rol en estos?

C. ¿Cómo se debe trabajar la representación y representatividad de los niños, niñas y adolescentes en el ejercicio de su derecho a participar?

D. ¿Qué mecanismos han resultado valiosos y que logran la inclusión de la perspectiva de niñas, niños y adolescentes en los procesos de diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas que les confiere?

E. ¿Cuáles son los obstáculos que se presentan para incluir a niñas, niños y adolescentes en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas?

F. ¿Qué roles deben cumplir los diversos actores: Estado, sociedad civil y Organismos internacionales para acompañar y garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes?

G. ¿Se cuentan con indicadores que midan la efectiva participación e incidencia de la participación de niñas, niños y adolescentes?

VI. EN SUMA:

● Por una parte, debemos abordar un necesario triple cambio de paradigmas con niveles de complejidad, dificultad diferentes y complementarios, que permitan la progresiva instalación a nivel social, institucional y familiar del: paradigma de niño/a, adolescente, sujeto de derecho, paradigma de adulto/a garante o responsable de derechos y el nuevo paradigma institucional que busca promover relaciones de convivencia y ejercicio de derechos, enfrentado al viejo paradigma de control y protección.

● El cambio de paradigma al que se hace referencia es necesario, en la medida que posibilite la consolidación de los sistemas nacionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes. Este ajuste deberá ser progresivo y no excluyente de las voces críticas de quienes pueden brindar aportes superlativos a la mejora continua de los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes

● Corresponsabilidad de los garantes en la promoción y protección integral de la carta de derechos de niños, niñas y adolescentes en todos los niveles de gobierno. La esfera jurídica de derechos deberá siempre salvaguardarse ante cualquier acto contrario al interés superior de la niñez y adolescencia. Por otra parte, se debe trabajar en la corresponsabilidad de los garantes de derechos (Estado, Sociedad y Familias), acompañado de un mayor empoderamiento y participación de los niños, niñas y adolescentes, a fin de lograr una verdadera articulación y trabajo interinstitucional.

● La articulación de las instituciones rectoras de infancia y adolescencia en el sistema nacional deberá estar regida por la interdisciplinariedad, interinstitucionalidad, intersectorialidad e interseccionalidad al momento de trabajar en conjunto. Es por ello por lo que, resulta de sustantiva importancia que el grado de cohesión contemple la división administrativa del Estado.

● La coordinación entre los niveles, formas y estructura gubernamental debe orientarse desde lo nacional a lo local y viceversa, considerando la participación de cada uno de los actores que integran los sistemas de promoción y protección integral de derechos. En este sentido, el equilibrio entre los lineamientos centrales y las situaciones particulares en los diferentes territorios es de vital importancia. Priorizando así, la efectivización

de la primera atención ante cualquier vulneración de derechos humanos; como herramienta fundamental para el funcionamiento del sistema nacional.

● La articulación entre el sistema nacional y los subsistemas debe perseguir una transversalización en el grado de especialización que tienen los técnicos de infancia y adolescencia para lograr una restitución plena de derechos.

● Es necesario retomar el análisis de aspectos conceptuales y doctrinarios que permitan resignificar los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes como estrategia por excelencia para garantizar derechos de niñas, niños y adolescentes en los países, a la luz del tiempo transcurrido y las experiencias acumuladas. Por otro lado, pero en igual sentido, es pertinente analizar la reforma legislativa que se ha desarrollado en los países en relación con la creación de sistemas similares al sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes para otras materias y sujetos, como así también la implementación de estas normas y su complementariedad o su oposición a los regulado para el sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes. De modo tal a propiciar la articulación en la gestión de todos ellos en los diversos niveles.

● “La participación ciudadana en el amplio sentido de la expresión resulta fundamental para los sistemas regionales de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes Para garantizar especialmente la participación de niños, niñas y adolescentes, es necesario evaluar los mecanismos con los que se cuenta para ello y su mayor o menor dificultad de uso”.

● Aquellos Estados en los cuales aún no exista un sistema regional de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, deberán de asumir el compromiso para qué en el menor tiempo posible, se pueda implementar en correspondencia con la Convención sobre los Derechos del Niño, otros instrumentos internacionales propios y las leyes nacionales regulares; para todo ello, la participación de niñas, niños y adolescentes será primordial.

VII. BIBLIOGRAFÍA

● Bolivia, Ley N° 548 del 2014. Disponible en: https:// siteal.iiep.unesco.org/sites/default/files/sit_accion_ files/siteal_bolivia_0248.pdf

● Brasil, Estatuto da Criança e do Adolescente de 1990. Disponible en: https://www.gov.br/mdh/ pt-br/navegue-por-temas/crianca-e-adolescente/ publicacoes/eca-2023.pdf

● Carolina Andion, Aghata Karoliny Ribeiro y Thiago Gonçalves Magalhães. (2023). 30 años de direitos da criança e do adolescente: uma análise da trajetória da política pública no Brasil. Enlace de acceso: https://www.cesop.unicamp.br/vw/1I8TwSK8wNQ_ MDA_0a4fb_/9-%2030%20anos%20de%20direitos. pdf

● Casar, Ma. Amparo y Maldonado Claudia (2008), Formación de agenda y procesos de toma de decisiones: una aproximación desde la ciencia política. Documento de trabajo del CIDE. No. 207. División de Administración Pública. México: CIDE.

● Chile, Ley 21430 del 2022. Disponible en: https:// www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1173643

● Colombia, Decreto 2388 de 1979. Disponible en: https://www.icbf.gov.co/programas-y-estrategias/ direccion-snbf/que-es-el-snbf

● Comité de los Derechos del Niño. (2003). Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño (Quinta, Vol. 1) [Electrónico]. https://sitios1. dif.gob.mx/procuraduriaDIF/docs/Ligas_5.pdf

● Comité de los Derechos del Niño. (2016, 21 julio). Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño. Plataforma de Infancia. Recuperado 2 de noviembre de 2023, de https:// www.plataformadeinfancia.org/wp-content/ uploads/2015/11/GC19_DRAFT_11_06_15_ESP_ traduccion_no_oficial.pdf

● Costa Rica, Código de la Niñez y la Adolescencia N° 7739 de 1998. Disponible en: https://cnna.go.cr/ wp-content/uploads/2021/11/Codigo-de-la-Ninez-yla-Adolescencia.pdf

● El Salvador, Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia del 2020. Disponible en: https:// escuela.fgr.gob.sv/wp-content/uploads/Leyes/ Leyes-2/LEY-DE-PROTECCION-INTEGRAL-DE-LANI%C3%91EZ-Y-ADOLESCENCIA.pdf

● Foro Interamericano de Sistemas de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes #NNA. (2017, abril 24). Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Recuperado 22 de marzo de 2023, de https://www.gob.mx/sipinna/articulos/forointeramericano-de-sistemas-de-proteccion-integralde-ninas-ninos-y-adolescentes-nna?idiom=es

● Giorgi, Victor (2020) Nudos críticos en el proceso de implementación de los Sistemas de promoción y protección de derechos de NNA Documento de trabajo interno IIN-OEA

● Gobierno de Paraguay. (2020, diciembre). Memoria de los sistemas interamericanos de promoción y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes . Documento de Google. Recuperado 22 de marzo de 2023, de https://docs.google.com/document/ d/15Waig0BUUGFcWl77lWQG5HGpq3hs_ igZRiIdvB85V1c/edit

● Guatemala, Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia del 2003. Disponible en: http://www.odhag.org.gt/wordpress/wp-content/ uploads/2021/01/LEPINAvdidactica.pdf

● Henríquez Galindo, Sergio. (2022). Ley de Garantías y protección integral de la niñez y la adolescencia, análisis normativo crítico. In Ley de Garantías y protección integral de la niñez y la adolescencia, análisis normativo crítico, Tomo I. (1.0, p. 60) [Computer software]. Sergio Henríquez Galindo. https://doi.org/10.5281/zenodo.6508402. Enlace de acceso: https://zenodo.org/record/6508402

● Honduras, Código de la Niñez y de la Adolescencia del 2013. Disponible en: https://www.acnur.org/ fileadmin/Documentos/BDL/2016/10640.pdf

● Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. (2018, octubre). Declaración de Montevideo. Avances hacia los Sistemas Nacionales de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes. INAU. Recuperado 2 de noviembre de 2023, de https://www.inau. gub.uy/documentacion/item/1764-declaracion-demontevideo-avances-hacia-los-sistemas-nacionalesde-proteccion-integral-de-ninas-ninos-y-adolescentes

● Instituto del Niño y Adolescentes del Uruguay. (2018, octubre). Declaración de Montevideo. Avances hacia los Sistemas Nacionales de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes. Documentación. Recuperado 22 de marzo de 2023, de https://www. inau.gub.uy/documentacion/item/1764-declaracionde-montevideo-avances-hacia-los-sistemasnacionales-de-proteccion-integral-de-ninas-ninos-yadolescentes

● Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescente & Gobierno de México. (2022). Documento orientador para la revisión y fortalecimiento de los sistemas de promoción y protección integral de derechos de NNA (Primera edición, Vol. 1) [Electrónico]. https://www. gob.mx/cms/uploads/attachment/file/765854/DOC.

ORIENTADOR_ESP.pdf

● Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (Ed.). (2020). Construyendo Sistemas en las Américas: Un estudio dialógico de los Marcos Normativos: Vol. TOMO I: América del Sur (Primera edición) [Electrónico]. http://www.iin.oea.org/ pdf-iin/publicaciones/2021/Tomo%20I%20-%20 América%20del%20Sur.pdf

● Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (Ed.). (2020). Construyendo Sistemas en las Américas: Un estudio dialógico de los Marcos Normativos: Vol. TOMO II: Centro América y México (Primera edición) [Electrónico]. http://www.iin.oea. org/pdf-iin/publicaciones/2021/Tomo%20II%20-%20 Centroamerica.pdf

● Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (Ed.). (2020). Construyendo Sistemas en las Américas: Un estudio dialógico de los Marcos Normativos: Vol. TOMO III: América del Norte y Caribe (Primera edición) [Electrónico]. http://www.iin.oea. org/pdf-iin/publicaciones/2021/Tomo%20III%20-%20 América%20del%20Norte%20y%20Caribe.pdf

● Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes. (2023). Recopilación de Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño a Informes Nacionales de Estados de la Región. En Publicaciones-IINOEA. Recuperado 3 de octubre de 2023, de http://iin.oea. org/pdf-iin/publicaciones/Recopilacio%CC%81n%20 Recomendaciones%20del%20Comite%CC%81%20 a%20los%20Estados%202023_.pdf

● México, Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, (reformada 23 marzo de 2022). Disponible en: https://www.gob.mx/sipinna/ documentos/ley-general-de-los-derechos-de-ninasninos-y-adolescentes-reformada-20-junio-2018

● Morlachetti, A. (2022). Sistemas Nacionales de Promoción Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia en América Latina: Estado de aplicación y desarrollo.

● Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2003, octubre). Observación General No 5. Distr. GENERAL. Recuperado 12 de octubre de 2023, de https:// docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler

Agradecimientos a

Equipo técnico del IIN y enlaces de los estados de: Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú y Uruguay que integran el Conversatorio de Enlaces de Sistemas y Subsistemas de Promoción y Protección de Derechos del IIN (CESIPP).

Luis Albernaz, Isaac Ravetllat, Lourdes Barboza, José Angel Rodriguez, Rosa María Ortíz.

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.