Aspectos relevantes en los países de la CAN

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ASPECTOS AMBIENTALES RELEVANTES EN LOS PAÍSES DE LA COMUNIDAD ANDINA Elaborado por: El Instituto de Altos Estudios para la Integración y el Desarrollo Legislativo – IDL República de Colombia - Bogotá D.C.

Resumen sobre los Sistemas Jurídicos Ambientales de los países miembros de la CAN: El Desarrollo Ambiental Bolivia: La normativa de Bolivia es muy similar a la de otros países de la región, ya que en sus orígenes se caracteriza por su dispersión asistemática, sectorialización y poco explícita. El eje central de la misma es la Ley 1333 del 27 de abril de 1992, la cual establece el nuevo marco jurídico para la preservación y conservación del ambiente y los recursos naturales. Esta norma amplía el enfoque proteccionista, al correlacionar el desarrollo con la conservación introduciendo el principio de la sostenibilidad y el equilibrio eco sistémico. Se pueden señalar dos componentes en relación al marco legal: Primero: La ley del Medio Ambiente en Bolivia reúne aspectos sobre los recursos naturales renovables y no renovables como patrimonio de la Nación, áreas protegidas, evaluación de impacto ambiental, ordenamiento territorial, así como la tipificación sobre delitos ambientales. Los ejes sobre los que se fundamenta son: a. Calidad ambiental y actividades susceptibles de degradación ambiental. b. Los instrumentos de Planificación ambiental. c. La evaluación de Impacto Ambiental (EIA) Avenida Caracas Nº 70ª – 61 - Piso 4 PBX: (+571) 3483303 – 3142866 e-mail: infoidl@instituto-idl.com www.instituto-idl.com Bogotá, Colombia


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d. e. f. g. h.

Las áreas protegidas. Educación Ambiental El Ordenamiento Territorial Enfoque integral de los recursos naturales. Recursos Hídricos.

Segundo: Compuesto por las anotaciones sobre el marco institucional aplicable a la gestión ambiental: a. b. c. d. e. f.

Principales deficiencia en el marco Institucional anterior. Aspectos preocupantes del actual marco institucional. Fraccionamiento en el tratamiento de los recursos naturales. Recurso Hídrico. Recurso tierra, recursos forestales, biodiversidad y Áreas protegidas. Gestión Ambiental.

La Constitución del Estado Plurinacional de Bolivia (2009), incorpora cuatro generaciones de derechos: derechos individuales, sociales, colectivos y derechos relativos al medio ambiente. Colombia: La Constitución colombiana de 1991 es considerada como una de las más ambientalizada, puesto que provee los mayores instrumentos para la protección del medio ambiente. A partir de la Constitución de 1991, nació un énfasis normativo, que se constituyó como la base de la Ley 99 de 1993 que representa la principal regulación ambiental, cuyos alcances son los siguientes: Desarrolla los principios de Planificación, subsidiaridad y responsabilidad. Crea el Ministerio el Medio ambiente como máximo ente regulador de la Política ambiental en Colombia. Enfatiza la apropiación del enfoque de desarrollo sostenible. Crea el Sistema Nacional Ambiental SINA como conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los principios generales ambientales contenidos en la ley. Avenida Caracas Nº 70ª – 61 - Piso 4 PBX: (+571) 3483303 – 3142866 e-mail: infoidl@instituto-idl.com www.instituto-idl.com Bogotá, Colombia


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Jerarquiza la implementación del SINA: Ministerio del Medio Ambiente, Corporaciones autónomas regionales y municipios. Regula las licencias ambientales. Regula sanciones y medidas de policía ambiental. Introduce la temática de la participación ciudadana ambiental. La ley 99 de 1993, se ha convertido en una de las principales herramientas de las autoridades ambientales frente a proyectos o actividades que generen riesgo medioambiental. Esta ley a parte de promulgar la participación ciudadana a través de la conciencia social sobre el medio ambiente, plantea que se deberán realizar consultas a los miembros de las comunidades indígenas y negras, cuando se deba tomar decisiones que involucren la integridad cultural, social y económica de dichas comunidades. La Constitución Política de 1991, hasta antes de las Ecuatoriana y Boliviana recientes era una de las más “ecológica” de la región, por haber incluido esa variable a lo largo de todos sus apartados constitucionales. Ecuador: La normativa Ecuatoriana mantiene el eje en el que se desarrollan las leyes ambientales de los países andinos. Uno de los hechos más relevantes del sistema del Ecuador, es la Ley de prevención y control de la contaminación ambiental del año 1796, hoy reducida a la mínima expresión y cuyo enfoque compete los siguientes puntos: Es deber del Estado Ecuatoriano precautelar la buena utilización y conservación de los recursos naturales del país, en pro del bienestar individual y colectivo. El actual desarrollo industrial en el Ecuador obliga a que se oriente con sentido humano y esencialmente cualitativo la preservación del ambiente. Es preciso y urgente establecer una política a nivel nacional, que arbitre las mediadas de un justo equilibrio entre su desarrollo tecnológico y el uso de los recursos ambientales. Avenida Caracas Nº 70ª – 61 - Piso 4 PBX: (+571) 3483303 – 3142866 e-mail: infoidl@instituto-idl.com www.instituto-idl.com Bogotá, Colombia


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La Constitución reconoce que el Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, la aplicación de las políticas de gestión ambiental de manera obligatoria en todos los niveles del Estado. Además garantiza la participación activa de las comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas en todos los procesos de cualquiera actividad que genere un impacto en el medio ambiente. La Constitución Ecuatoriana faculta el uso de instrumentos de gestión ambiental como: Planificación, Evaluación de impacto ambiental y de control ambiental, Mecanismos de participación ciudadana, Capacitación y difusión y finalmente Instrumentos de aplicación de normas ambientales. La Constitución del 2008, está siendo reconocida como la más “verde” del mundo principalmente por haber incluido los derechos de la naturaleza. Entre los artículos constan: los derechos de la población al ambiente sano, al buen vivir, sumak kawsay, los derechos de la naturaleza o Pacha Mama, así como responsabilidades ambientales ciudadanas. Perú: A partir del Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales CMARN, se asume de manera global el tema ambiental. El CMARN, se constituyó en la fuente de innovación para la normativa peruana, ya que introdujo importantes principios jurídico- ambientales (desarrollo sostenible, enfoque holístico, prevención, legitimación procesal, educación, información y participación, etc.), dimensión internacional, criterios de política ambiental, protección al medio ambiente, planificación ambiental, entre otros enfoques que permiten que el enmarcar el tema medioambiental y manejarlo de manera efectiva. El CMARN, constituyó la base fundamental para el sistema jurídico, el mismo expresó mediante un marco legal en gran medid acorde con las tendencias ambientales modernas, en temas e política y gestión ambiental y sus instrumentos, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, y otros aspectos socio ambientales e infraestructurales.

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La Ley General del Ambiente representa el punto de consolidación y maduración del punto de partida del cual nace el sistema jurídico de 1990 con una perspectiva ambiental clara, como resultado de la aplicación del CMARN. La Constitución de 1993, está influenciada por el proceso de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y de los denominados “Productos de Río”. La normativa se orienta a deberes, derechos y tutelas ambientales, postulando una fórmula resumida puesto que se limita a aludir genéricamente al derecho de gozar de un ambiente sano y no enumera a profundidad los recursos naturales. Venezuela: Con la Ley Orgánica de 1976 da inicio el sistema jurídico ambiental venezolano, provocando la creación de instituciones especializadas, elaboración de estudios jurídicos ambientales y la generación de normas organizadas con base a objetivos definidos. Posteriormente con la Constitución de la República de Venezuela desarrolla más de treinta artículos en materia ambiental, entre ellos: enfoque holístico de los asuntos ambientales, el ambiente como un bien jurídico, el desarrollo sustentable como modelo de desarrollo, los recursos naturales como parte de la soberanía, el ambiente al medio ambiente sano y seguro como derecho fundamental, entre otros. Otra normativa a resaltar es la Ley Orgánica del Ambiente (2007), cuyo objetivo es fijar las disposiciones y principios rectores que permiten una gestión ambiental, teniendo como marco el desarrollo sustentable del Estado y de la sociedad para contribuir a la seguridad y bienestar de la población y al sostenimiento del planeta. El modelo constitucional venezolano enfoca desde sus tres apartados constitucionales los derechos y deberes ambientales, la protección de los recursos naturales, la diversidad biológica, además reconoce las competencias ambientales del Poder Público en todos sus niveles y fija políticas sobre la integridad del territorio con protección ambiental y libre actividad económica con las seguridades ambientales y sociales. El Sistema Jurídico Ambiental de los Países de la CAN a partir de los cuatro ejes centrales de la Agenda Andina: Avenida Caracas Nº 70ª – 61 - Piso 4 PBX: (+571) 3483303 – 3142866 e-mail: infoidl@instituto-idl.com www.instituto-idl.com Bogotá, Colombia


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La Comunidad Andina dentro de su Agenda Ambiental Andina, contempla acciones de carácter subregional en el corto y mediano plazo con lo que: Agregan Valor a los esfuerzos nacionales Contribuyen a fortalecer las capacidades de los Países Miembros en materia ambiental y desarrollo sostenible. Los ejes que se ejecutan dentro de la Agenda son cuatro:

Cambio Climático: La formulación y estructuración de la Estrategia Andina sobre Cambio Climático y su Plan de Acción tiene como objetivo servir de fundamento para la coordinación subregional en los temas prioritarios de los países y de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y del Protocolo de Kyoto. En Bolivia el tema ha sido considerado desde la propia estructura estatal, a través de la elaboración dentro del marco del Plan Nacional de Desarrollo para “vivir bien”, del Programa Nacional de Cambios Climáticos (PNCC). En Colombia se ha diseñado estrategias y acciones para la adaptación y enfrentamiento del Cambio Climático, como en el caso del Instituto Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales de Colombia (IDEAM). El proceso del Cambio Climático en el Ecuador se pude seguir a partir de un esquema en el que entre otros constan los siguientes temas: Principales proyectos Proyecto Ecuador Climate Change Country Study Proyecto Ecuador – Holanda El Comité Nacional del Clima Sistemas de observación y monitoreo climáticos. Perú es considerado uno de los países con mayor riesgo frente al cambio climático y es debido a esta percepción que se ha venido desarrollando políticas y medidas sobre todo en la perspectiva de lo que compete a la adaptación al cambio climático. Avenida Caracas Nº 70ª – 61 - Piso 4 PBX: (+571) 3483303 – 3142866 e-mail: infoidl@instituto-idl.com www.instituto-idl.com Bogotá, Colombia


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Por su parte Venezuela plantea su estrategia en los siguientes puntos: Conciencia a todos los niveles, investigación, reforzamiento de sistemas, desarrollo y protección ambiental, plan de acción para el cambio climático entre otros. Biodiversidad: La Estrategia Regional de Biodiversidad es uno de los primeros pasos para alcanzar el desarrollo de una plataforma integral para la acción comunitaria, promoviendo la cooperación entre los países miembros con proyección internacional. Al mismo tiempo se proyecta como una herramienta fundamental para que los pueblos andinos tomen conciencia sobre la importancia de su patrimonio. En Bolivia a pesar de la existencia de una normativa ambiental, este tópico aún no ha sido desarrollado de manera integral, ya que ninguna de las leyes que se utilizan desglosa a fondo el tema de la biodiversidad y sus componentes en especial lo que a recursos genéticos se refiere. El marco legal de Colombia en el tema de biodiversidad es muy completo ya que tiene como soporte la Constitución de 1991, la Ley de 1994, así como la Política Nacional de Biodiversidad. El objetivo de esta normativa es promover la conservación, conocimiento y uso sostenible de la biodiversidad. Ecuador es uno de los 17 países megadiversos con mayor riqueza de animales, plantas y microorganismos en el planeta, así como de gran diversidad étnica y cultural. En 1996 el Ecuador ratificó la Decisión 391 de la CAN, y con ello llegó al país la obligación de reglamentar el Acceso a los Recursos Genéticos. Por otro lado el actual marco legal constitucional genera un conjunto de instrumentos, conceptos e instituciones en la línea de proteger y dar valor a la biodiversidad biológica. Perú en el año de 1993 constitucionalizó la responsabilidad del Estado por promover la conservación de la Diversidad Biológica, esto fundamentado en su condición de país Megadiverso. La ley de Venezuela del 2000 sobre la Diversidad Biológica sienta sus bases sobre los siguientes términos:

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Establecer principios para la conservación. Declara utilidad pública la conservación y el uso sustentable de la diversidad. Los alcances fundamentales de la conservación de la diversidad. Recursos Hídricos: La Agenda Ambiental Andina contempla la gestión integrada de los recursos hídricos en la subregión y promueve un mayor acceso de la población a los servicios de agua y saneamiento. Pilar fundamental de la estrategia de Bolivia es la creación del Ministerio del Ambiente y del Agua, cuyo fin es realizar una gestión que permita aprovechar de manera más eficiente este recurso escaso. La herramienta necesaria para la buena labor del Ministerio es la Ley de Medio Ambiente, que para esta competencia plante como prioridad nacional la planificación, proyección y conservación de las aguas. La normativa hídrica en Colombia mantiene el enfoque de sostenibilidad sobre la materia, impulsando la planificación y gestión integral del recurso hídrico. En Ecuador se ha planteado la necesidad de una nueva autoridad cuyo rol esté directa y únicamente relacionado con el tema hídrico y fundamentado en la constitución ecológica, a pesar de la Ley de Aguas ya existente. La normativa de Perú regula el uso y gestión de los recursos hídricos diferenciando entre las aguas dulces continentales y marinas. Venezuela ha enfatizado la importancia del recurso agua no soto a través de la Ley Orgánica del Ambiente sino además a través de la creación de un Vice ministerio, los vuales buscan regular los recursos naturales y abordan aspectos como la Gestión integral del Agua. Prevención y Atención de Desastres: Varias decisiones han sido adoptadas por la CAN, sustentándose en la experiencia que han acumulado en temas correspondientes al trabajo intracomunitario en la prevención de desastres.

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La ley del Medio Ambiente de Bolivia articula temas sobre desastres, en particular para lo relacionado con la conexión antropogénica. Esta ley enfoca además los problemas ambientales derivados de desastres nacionales. La Constitución Colombiana de 1991, se refiere a las emergencias ecológicas, la misma contempla un marco legal del sistema nacional para la atención y prevención de desastres. En Ecuador tiene una sección especial sobre la Gestión de Riesgos dentro de su Constitución cuyos Artículos 389 y 390, se enfocan en la protección de las personas, colectividades y la naturaleza y ademán en la gestión de los riesgos. En este tema la Constitución de Perú no destina ningún artículo específico a este tema, sino que simplemente menciona la temática correspondiente a los estados de emergencia. La reducción del riesgo de desastres está contemplada en Venezuela, dentro de políticas, estrategias y normativas. Además los temas de prevención de desastres están enmarcados dentro del Sistema Nacional de Protección Civil y Gestión del Riesgo, en el cual mediante un proceso multidisciplinario y multisectorial plantea la incorporación de la gestión de riesgos en la planificación del desarrollo social y económico del país.

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