REGIONALES
EL REFORMISTA
Documento de posicionamiento: FRANJA MORADA MESA NACIONAL : NO a la ley Antiterrorista
Todo preso es político… o terrorista Mediante la sanción de la ley 26.734 a fines de Diciembre de 2011 -conocida como “ley antiterrorista”se amplío groseramente el campo de criminalización de la protesta ya inaugurada con la ley 26.268 sancionada en el año 2007 y que tipificaba los delitos de "asociación ilícita terrorista" y "financiación del terrorismo". En este caso se incrementaron al doble el mínimo y el máximo la escala de las penas de cualquier delito tipificado por el Código Penal cuando éstos fueran cometidos con la finalidad de “atemorizar a la población” u “obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”. Al requerir un análisis global, sin una mirada aislada, en razón de que no es una simple ley que afecta a algunos particulares. Sino muy por el contario es una legislación con potencialidad para afectarnos a todos y todas. Nuestra pregunta natural es ¿Cómo atemorizamos a la población? ¿Desde la protesta sindical por la reivindicación de los trabajadores a partir del ejercicio de su derecho a huelga?, ¿desde las marchas del movimiento estudiantil por la defensa de la educación pública en contra del ajuste a la educación?, desde las movilización de los pueblos originarios por la defensa de sus tierras?, ¿ desde las manifestaciones
de las comunidades por la defensa de sus recursos naturales? ¿Con el reclamo de los maestros de nuestras escuelas en las carpas blancas?
como forma de financiamiento para el terrorismo pretende con esta norma controlar todo el movimiento financiero de nuestro país.
La posible privación de libertad por un lapso prolongado, a partir de la imposición de una pena o el dictado de un procesamiento y ser calificado de "terrorista", el ser perseguido con saña por el aparato estatal, el ser demonizado por los medios de comunicación, generan miedo. Como se verá, la Ley Antiterrorista provoca terror y constituye una herramienta de persecución estatal a la lucha tanto en el plano jurídico como simbólico; además, a diferencia de la ley antiterrorista del 2007, esta ley permite sancionar como terrorista no sólo a las acciones de grupos organizados, sino también a acciones individuales o colectivas de personas que no sean el fruto de una organización puntual.
Como organización política que pretende una sociedad justa entendemos que en el marco de un Estado constitucional democrático y social de derecho, una de las garantías esenciales ante el ejercicio de la violencia estatal, se configura con la delimitación precisa y taxativa de las conductas que se intentan castigar cuando se crean delitos y se ejercita la coacción penal.
Esta ley es una disposición más al servicio de los objetivos e intereses del imperialismo ya que además de controlar el accionar de los movimientos sociales en América Latina, supuestamente, es producto de la extorción del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) (organismo supranacional creado en 1989 en París, en la Reunión Cumbre del Grupo de los 7) que bajo el pretexto de prevenir el lavado de activos
Esta ley no protege ningún bien jurídico constitucionalmente relevante e impone una suerte de tipo penal abierto encubierto, como una variante que se encamina hacia el derecho penal de ánimo y peligro en donde el pecado jurídico o la peligrosidad se puede dirigir contra aquellos que piensan distinto a los que gobiernan soslayando a las bases estructurales del Estado constitucional de derecho. Estamos, sin lugar a dudas, en presencia de una legislación, conservadora, que criminaliza la protesta, amenazándola para debilitarla o desorganizarla, y retrocede en la conquista de libertades adquiridas. Así planteado, el tipo penal genera una fuerte colisión con la libertad de expresión, por cuanto uno de
los básicos disparadores que operan sobre el temor son las palabras. Las personas temen especialmente a partir de los dichos, con lo cual la mera expresión podría ser considerada una causal válida para que opere un fuerte agravamiento de las penas. La tutela penal de esta clase de entes colectivos no hace más que acallar voces disonantes al imponer un todo indefinible sobre la subjetividad de las personas proyectada en el ejercicio de sus derechos. Es necesario que el ciudadano de a pie comprenda la virtualidad que puede tener esta normativa en su vida, y ese conocimiento lo lleve a manifestarse en contra de la misma. Entonces, la ley 26.734 es la muestra más evidente de un aparato represivo comandado por el actual régimen de gobierno que intenta castigar mediante el ejercicio del poder estatal al que piensa distinto.
caminadas a su pronta derogación. Es necesario saber articular estas mismas junto a los demás actores sociales afectados y que nos movilicemos a favor de los derechos individuales de todos y todas. Nuestra responsabilidad social y la defensa de la libertad nos obliga a asumir esta lucha a lo largo y ancho de toda nuestra geografía nacional. El colonialismo visible te mutila sin disimulo: te prohíbe decir, te prohíbe hacer, te prohíbe ser. El colonialismo invisible, en cambio te convence de que la servidumbre es tu destino y la impotencia tu naturaleza: te convence de que no se puede decir, no se puede hacer, no se puede ser. Eduardo Galeano - El libro de los abrazos
Nuestra organización define que hacer frente a esta problemática, como instrumentar acciones reales enJunio 2014 - PÁGINA 3