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Tabla de Contenido
1.
Introducción .................................................................................... 6
2.
Marco Legal ..................................................................................... 6
3.
Definiciones..................................................................................... 7
4.
Descripción General del MGC ................................................................ 8 4.1.
Características .................................................................................. 8
4.3.
Beneficios ................................................................................. 10
4.4.
Comparativo Full Listing y MGC en Colombia ........................................ 12
5.
Mercados reconocidos y listado de valores ............................................... 13 5.1.
Valores extranjeros en MGC ........................................................... 13
5.2.
Mercados reconocidos .................................................................. 13
5.3.
Inscripción y listado en bolsa de valores extranjeros en MGC ..................... 14
5.4.
Cancelación de valores extranjeros listados en MGC............................... 15
6.
Patrocinador de valores extranjeros ...................................................... 16 6.1.
7.
Deberes y Obligaciones ................................................................. 16
Negociación en MGC .......................................................................... 17 7.1.
Operación internacional ............................................................... 17
7.2.
Operación local .......................................................................... 19
8.
Servicios de SAE ............................................................................... 28 8.1.
9.
E-Trading........................................................................................ 28
BackOffice ............................................................................................ 29 9.1.
Complementación ....................................................................... 29
9.2.
Cumplimiento ............................................................................ 32
9.3.
Validación de archivos y respuestas del depósito .................................. 33
9.4.
Adelanto de operaciones ............................................................... 34
9.5.
Compensación y Liquidación .......................................................... 35
10.
Valoración en MGC ......................................................................... 35
11.
Ejercicio de derechos sobre valores listados en MGC ................................. 35
11.1.
Dividendos ............................................................................. 35
11.2.
Derechos patrimoniales.............................................................. 35
11.3.
Ejercicio de los derechos patrimoniales .......................................... 36
11.4. 11.5.
Ejercicio de derechos sociales ...................................................... 37
11.6.
Flujo de eventos corporativos ...................................................... 39
12.
Portal web BVC ............................................................................. 39
12.1.
Consulta de resumen de operaciones.............................................. 39
12.2.
Consulta de volĂşmenes .............................................................. 40
12.3.
InformaciĂłn de mercado ............................................................. 41
13.
Aspectos Tributarios ....................................................................... 46
14.
Tarifas .............................................................................................. 47
14.1.
Tarifa costos transaccionales ....................................................... 47
15.
Contactos .................................................................................... 47
16.
ANEXOS ...................................................................................... 48
1. Introducción En los últimos años, los mercados financieros internacionales han tenido una dinámica de constante innovación y generación de productos, permitiendo la interconexión de los mercados bursátiles y ampliando la oferta de valores a nivel global. Es así como los inversionistas, buscando ampliar sus ofertas de inversión, hoy en día buscan acceder a mercados de valores más líquidos. Ante esta realidad, la Bolsa de Valores de Colombia S.A. -BVC, y el Depósito Centralizado de Valores – Deceval S.A., han desarrollado un sistema de cotización de valores extranjeros denominado Mercado Global Colombiano -MGC, a través del cual el público en general (clientes inversionistas e inversionistas profesionales) podrá comprar y vender valores extranjeros listados en mercados internacionales, a través de una sociedad comisionista de bolsa local y bajo la infraestructura del mercado de acciones colombiano. Dada la relevancia de este producto en el mercado de valores, la BVC pone a disposición del público en general esta guía de producto que tiene por objeto describir de manera detallada, clara y didáctica el funcionamiento del MGC, sus participantes, sus características técnicas, operativas, normativas y el esquema tarifario aplicable.
2. Marco Legal El marco legal que regula las operaciones que se realicen a través del Mercado Global Colombiano, es el siguiente:
Ley 964 de 2005: establece las normas generales así como los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular las actividades de manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público que se efectúen mediante valores emitidos localmente y en el extranjero.
Ley 1328 de 2009: Establece los principios y reglas que rigen la protección de los consumidores financieros en las relaciones entre estos y las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Decreto 2555 de 2010 (modificado por el Decreto 1827 de 2012): Reglamenta el listado de valores extranjeros en los Sistemas de Cotización de Valores Extranjeros, incorpora esos valores en la definición de intermediación y autoriza tanto a clientes inversionistas como inversionistas profesionales a participar en ese mercado.
Resolución 8 de 2000, Decreto 2080 de 2000 y Circular Externa DCIN-83 de 2009: Reglamentación cambiaria aplicable a las operaciones de compra venta de valores extranjeros.
Estatuto Tributario: Normas tributarias aplicables a los valores extranjeros listados en los Sistemas de Cotización de Valores Extranjeros.
Reglamento General y Circular Única BVC: Establecen las normas que dicte la Bolsa en asuntos relacionados con la inscripción de valores, la admisión, desvinculación y actuaciones de sus miembros y de las personas vinculadas a ellos, así como las normas que rigen el funcionamiento de los mercados que administran y la negociación y operaciones que se celebren a través de ellos.
3. Definiciones a.
Custodia internacional: Es un servicio que facilita la administración de los portafolios de inversión de personas naturales o jurídicas sobre títulos emitidos en el exterior a través de convenios adquiridos por el depósito centralizado de valores colombiano - Deceval S.A., con los más importantes custodios internacionales.
b.
Valor extranjero: Se entiende por valores extranjeros, todos aquellos que hayan sido emitidos fuera del país por emisores nacionales o extranjeros bajo la regulación de un país extranjero, siempre y cuando gocen del reconocimiento a que se refiere el Decreto 2555 y se enmarquen dentro del concepto establecido en la Ley 964 de 2005.
c.
Inversionista autorizado: Podrán invertir en valores extranjeros los inversionistas que tengan la calidad de inversionista profesional y cliente inversionista según lo establecido en el artículo 2.15.6.1.8 del decreto 2555 de 2010.
d.
Mercado Global Colombiano (MGC): Es el Sistema transaccional de cotización de valores extranjeros administrado por la Bolsa, que permite a las sociedades comisionistas la realización de operaciones de compraventa de contado sobre valores extranjeros listados en la Bolsa y la divulgación de información al mercado sobre tales operaciones.
e.
Mercado de Cotización Principal: Se refiere al mercado o sistema de negociación principal en el cual cotizan los valores extranjeros listados en el Mercado Global Colombiano. El mercado de cotización principal será el informado por el Patrocinador a la Bolsa al momento del listado del valor extranjero en el Mercado Global Colombiano.
f.
Mercado de Origen: Se refiere al país en el que se encuentra domiciliado el emisor del valor extranjero que se liste en el Mercado Global Colombiano.
g.
Patrocinador: Es la sociedad comisionista miembro de Bolsa que solicita ante la Bolsa, el listado de uno o varios valores extranjeros en el MGC.
h.
Sociedades Comisionistas de Bolsa (SCB): son los intermediarios del mercado de renta variable, a través de los cuales se lleva a cabo la realización de operaciones que tengan por finalidad o efecto el acercamiento de demandantes y oferentes para la adquisición o enajenación de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores, sea que tales operaciones se realicen por cuenta propia o ajena, en el mercado bursátil o en el mercado mostrador, primario o secundario.
i.
Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE): Se refiere al registro administrado por la Superintendencia Financiera de Colombia en el cual se inscriben las distintas clases y tipos de valores, así como los emisores y las emisiones que estos efectúen; también certifica lo relacionado con la inscripción de dichos emisores clases y tipos de valores. La inscripción en este registro es requisito para aquellas entidades que deseen realizar una oferta pública de sus valores o que los mismos se negocien en un sistema de negociación.
j.
Sesión de mercado: consiste en un periodo de tiempo durante el cual el mercado y particularmente los agentes que intervienen en la negociación de un valor, deben someterse a un conjunto de reglas determinadas. Dentro de una sesión de mercado, pueden ocurrir diferentes eventos específicos, que establecen reglas adicionales para la negociación.
4. Descripción General del MGC 4.1. Características En términos generales, el Mercado Global Colombiano se caracteriza por: •
La compra y venta de valores extranjeros de renta variable listados en MGC, podrá realizarse por intermedio de las SCB miembros de la BVC.
•
Los valores extranjeros de renta variable listados en MGC son negociados, compensados y liquidados a través de los sistemas administrados por la Bolsa de Valores de Colombia.
•
La solicitud de listado del valor extranjero ante la BVC podrá efectuarla una SCB que actúe bajo la figura de Patrocinador.
•
La negociación de los valores extranjeros listados en MGC se realizará a través de una rueda independiente, bajo las reglas de negociación y horarios aplicables al mercado local, así como
el proceso de complementación, compensación y liquidación se ajusta a las reglas establecidas para valores locales. •
La custodia y la administración de valores extranjeros están centralizadas en Deceval.
•
La negociación, compensación y liquidación se realizará en pesos colombianos.
•
La sustitución del registro de las inversiones frente al Banco de la República para operaciones realizadas sobre valores extranjeros listados en MGC es realizado por Deceval.
•
Los inversionistas participarán de los eventos corporativos de los emisores de valores en el MGC y ejercerán sus derechos sociales y políticos, a través de las SCB.
•
Los inversionistas podrán realizar la enajenación de los valores extranjeros en el mercado internacional y podrán repatriar los recursos generados por esta operación de acuerdo con las normas cambiarias colombianas.
4.2. Participantes en el MGC Tabla No. 1 Quién Superintendencia Financiera Colombia (SFC)
de
Bolsa de Valores de Colombia (BVC)
Deceval (DVL)
Custodio Internacional
Sociedades Comisionistas de Bolsa como Patrocinador
Función Es la autoridad encargada de: • Reconocimiento de las bolsas de valores o sistemas de negociación de valores internacionales. El listado de bolsas o mercados reconocidos se encuentra en el numeral 5.1., del presente documento. • Autorización de inversionistas para participar en MGC. • Es la entidad encargada otorgar el reconocimiento de los valores extranjeros a ser listados en MGC, así como administrar el listado de valores extranjeros. • Proveer la infraestructura para la negociación, compensación y liquidación de las operaciones realizadas en el MGC. • Es la encargada de proveer de dar el acceso a través de la página web a los Patrocinadores para indicar el link de información relacionada a los eventos corporativos de los valores extranjeros listados en el MGC. Es la entidad encargada de la administración de los valores extranjeros que se transen en el MGC, a través de la cuenta que tendrá con el custodio internacional. Adicionalmente llevará el registro de la titularidad de los valores extranjeros. Custodiará los valores extranjeros y depositará/retirará de la cuenta de Deceval según las instrucciones que reciban de este último, soportado en las transacciones realizadas. I. Patrocinador: i) Solicitar la inscripción en bolsa de los valores extranjeros en el MGC, ii) Publicar oportunamente toda la información relevante sobre el valor y/o el emisor extranjero que representa
iii) Suministrar oportunamente toda la información que la Bolsa o las autoridades le soliciten. iv) Negociar los valores listados en el MGC sobre los cuales sean o no patrocinadores. v) Promover y comercializar los valores extranjeros listados. vi) Cumplir con los deberes y obligaciones como patrocinador, establecidos en el marco legal. Inversionistas
Sociedades Comisionista de Bolsa como Intermediarios de Valores (SCB)
Emisores
Podrán invertir en valores extranjeros los inversionistas que tengan la calidad de inversionista profesional y de cliente inversionista según lo establecido en el Decreto 2555 de 2010. Realizar las operaciones de comisión para la adquisición o enajenación de valores, y la adquisición o enajenación de valores en desarrollo de contratos de mandato. Realizar las operaciones de adquisición o enajenación de valores ejecutadas directamente y por cuenta propia. Emisores nacionales o extranjeros bajo regulación de un país extranjero. No serán responsables por el listado de valores, ni por provisión alguna de información.
4.3. Beneficios El MGC ofrece beneficios tanto para el público inversionista como para los agentes participantes.
Para los inversionistas: Es un mercado al que tiene acceso todo tipo de inversionistas, es decir, tanto los clientes inversionistas como los inversionistas profesionales pueden comprar y vender los valores extranjeros. El MGC brinda a los Inversionistas colombianos amplias posibilidades de diversificar riesgos y un mayor acceso a la oferta global de instrumentos de inversión. Acceso directo a valores internacionales a través del mercado local, sin necesidad de tener que abrir cuentas de trading y de custodia en el extranjero, generando una disminución de costos y optimizando la relación existente con el comisionista local. Los valores extranjeros se encuentran listados en el mercado local por lo tanto, la compra y venta de los mismos se realiza a través de los intermediarios locales; los inversionistas no tienen la necesidad de recurrir a intermediarios extranjeros. La compensación y liquidación de operaciones realizadas sobre valores extranjeros listados en MGC se realiza a través de la BVC y Deceval, siguiendo el ciclo de liquidación local, la custodia de los valores será Deceval a través de Deutsche Bank (en su rol de custodio Internacional de Deceval).
No se requiere la compra y venta de divisas ya que la compensación y liquidación de operaciones locales del MGC se realiza en pesos colombianos. Los inversionistas pueden fondear sus operaciones desde una cuenta local en pesos, sin necesidad de realizar cierres de cambio ni de girar fondos al exterior y por consiguiente, sin necesidad de poseer cuentas abiertas en el exterior, con el ahorro de costos que esto genera. Los inversionistas colombianos que inviertan en el MGC tendrán beneficios impositivos en la enajenación de las acciones respecto a operar estas mismas acciones en el extranjero. Toda información relevante acerca de un emisor y/o el valor extranjero listado en el MGC será publicada en la página web del Patrocinador. Aumento en la oferta de valores en el mercado local, generando oportunidades de diversificación de portafolio y arbitraje. Los inversionistas no tienen la necesidad de realizar el registro de las inversiones en valores extranjeros, ante el Banco de la República. Los dividendos serán entregados a la firma comisionista en dólares, el cliente tendrá la posibilidad de informar como desea recibir los dividendos si en una cuenta del exterior o ser entregados en pesos (COP). Área Apertura cuentas
de
Negociación y ciclo de cumplimiento
Inversión a través de MGC Se realiza a través de una sociedad comisionista local Regulado por normas locales Inversión de cualquier tamaño.
Distribución de información
Moneda
Eventos corporativos Otros
De acuerdo a las reglas y procedimientos del mercado local. Negociación a través de los sistemas administrados por la BVC, garantizando transparencia. Asesoría directa del intermediario local en cualquier momento y en español. El Patrocinador de los valores extranjeros de MGC asume la responsabilidad de mantener informado al mercado y a los inversionistas. Difusión de información en los sitios web del ente regulador, la bolsa de valores y los patrocinadores. La negociación y la liquidación es en pesos colombianos. El inversionista no tiene que efectuar operaciones de compraventa de divisas (FX). No se necesitan cuentas en otras monedas. El inversionista ejerce derechos políticos y económicos a través de las sociedades comisionistas locales y el depósito local. Conocimiento sobre el funcionamiento y reglas del mercado financiero local Conocimiento del marco regulatorio local. Servicios locales ofrecidos por las sociedades comisionistas y por los patrocinadores.
Inversión directa en el exterior El cliente debe ser adoptado por un bróker internacional Regulado por normas internacionales Se tiene en cuenta el tamaño de la inversión.
De acuerdo a las reglas y procedimientos del mercado internacional. Negociación en bolsas extranjeras o en mercados mostrador (OTC). Asesoría a distancia
Información disponible en el mercado extranjero.
La negociación y la liquidación es en moneda extranjera, lo que implica al inversionista la ejecución de operaciones de compraventa de divisas (FX). Se requieren cuentas abiertas en otras monedas, en el exterior El ejercicio de derechos se realiza directamente con el emisor extranjero.
Para los intermediarios de valores:
Conocimiento sobre el funcionamiento y reglas del mercado financiero extranjero Conocimiento del marco regulatorio extranjero. Asesoría no presencial y sujeta a diferencias por zona horaria. Comisiones y cuotas de manejo por las cuentas de trading y de monedas. El idioma puede ser una barrera
Transparencia, equidad y eficiencia en la negociación de valores extranjeros al contar con un sistema transaccional estandarizado y operar bajo un marco regulatorio claro y definido. Aumento de la oferta de valores para sus clientes inversionistas. El MGC le da la oportunidad a cualquier SCB de expandir sus portafolios de servicios a todos sus clientes, inclusive a los de e-trading los cuales a través de la compra o venta de valores extranjeros en la BVC. Las transacciones del MGC se origina con la orden de compra o venta de cualquier cliente la cual se liquidará a través de los mecanismos habituales de operaciones de valores en Colombia. Cualquier SCB puede arbitrar continuamente entre el precio de los valores listados en el MGC frente a su cotización en el mercado de origen. Cualquier SCB podrá participar en las transacciones del MGC, ya sea comprando o vendiendo valores existentes en el mercado secundario en Colombia o bien operándolos vía un broker extranjero en el mercado de origen. En el caso de ser a través de un broker extranjero, el custodio internacional (DBNY) actuará como agente liquidador en el extranjero confirmando al Deceval los cambios en las posiciones globales en custodia. Las SCB pueden ofrecer a sus clientes, ingresar las acciones que poseen en el exterior al MGC y custodiarlas a través de Deceval, lo que proporcionará a los clientes un mayor grado de seguridad y una ventaja impositiva al momento de enajenar las mencionadas acciones. El MGC brinda a las comisionistas la oportunidad de expandir servicios y conocimientos, manteniendo la relación directa con su base de clientes y ofreciéndole a éstos una mayor selección de valores para diferenciar sus productos, incentivando la diversificación de los portafolios de inversión. Utilizar la posición propia de las SCB para la estructuración de nuevos negocios.
4.4. Comparativo Full Listing y MGC en Colombia A continuación se presenta una breve comparación entre la inscripción y listado de un valor extranjero en mercado principal a través de full listing y la inscripción y listado en el MGC. Tabla No. 2 Inscripción en el RNVE Vigilancia por parte de la SFC sobre valores y emisores Listado BVC Plataforma transaccional Requiere Patrocinador
Full Listing SI SI
MGC NO NO
SI Rueda de Contado NO
SI Rueda Independiente SI
Inversionista al que está dirigido
Clientes Inversionistas / Inversionistas Profesionales Responsable de suministrar información periódica Emisor y eventual Ofertas públicas primarias en Colombia SI Moneda de Negociación, Liquidación y Pesos Compensación
Clientes Inversionistas / Inversionistas Profesionales Patrocinador NO Pesos
5. Mercados reconocidos y listado de valores 5.1. Valores extranjeros en MGC Se podrán listar y cotizar valores extranjeros que hayan sido emitidos fuera del país por emisores nacionales o extranjeros bajo la regulación de un país extranjero, siempre que se enmarquen dentro del concepto de “valor” establecido en la Ley 964 de 2005 y que cumplan con las siguientes características: •
Que sean valores emitidos en el extranjero por instituciones u organismos multilaterales internacionales de carácter financiero;
•
Que sean valores emitidos en el extranjero por otras naciones o sus bancos centrales;
•
Que sean valores emitidos en el extranjero con inscripción vigente en un registro público de valores o listados en una bolsa de valores o en un sistema de negociación de valores, internacionalmente reconocidos a juicio de la Superintendencia Financiera de Colombia.
5.2. Mercados reconocidos Teniendo en cuenta que se podrán listar y cotizar en MGC valores que hayan sido emitidos en el extranjero y que se encuentren listados en una bolsa de valores o en un sistema de negociación de valores, internacionalmente reconocidos, la SFC ha otorgado la autorización a los siguientes mercados internacionales:
American Stock Exchange, Inc. (AMEX) – Estados Unidos Bolsa de Comercio de Santiago (SSE) - Chile Bolsa de Madrid (BME)- España Bolsa de Valores de Lima (BVL) - Perú Bolsa Mexicana de Valores (BMV) - México
Alemania: Deutsche Börse A.G. Primer segmento - Alemania Hong Kong Exchanges and Clearing (HKEx) –China Alternative Investment Market (AIM)- Londres London Stock Exchange plc (LSE) - Londres NASDAQ – Estados Unidos NYSE Euronext (NYX) – Estados Unidos Oslo Stock Exchange - Noruega São Paulo Stock Exchange (BVSP) - Brasil Singapore Exchange (SGX) - Singapur SWX Swiss Exchange - Suiza Tokyo Stock Exchange (TSE) - Japón Toronto Stock Exchange (TSX) - Canadá TSX Venture Exchange (TSX-V) - Canadá
Adicionalmente se podrán listar valores provenientes de las bolsas de valores que son miembros de la World Federation of Exchanges WFE. El listado anterior podrá ser consultado en el siguiente enlace https://www.superfinanciera.gov.co/publicacion/listado-de-bolsas-entidades-y-camaras-deriesgo-internacionalmente-reconocidas-10083789
5.3. Inscripción y listado en bolsa de valores extranjeros en MGC Para inscribir en bolsa un valor extranjero en el MGC, el Patrocinador que represente dicho valor deberá dirigir la solicitud a la BVC atendiendo el procedimiento establecido. Para que sea procedente el listado de valores extranjeros en el MGC y su permanencia en el mismo, el Patrocinador deberá cumplir con los requisitos que exijan la ley, el Reglamento General y la Circular Única de la BVC. La Bolsa administrará un registro consolidado de los valores extranjeros listados y de su negociación, en los términos contenidos en su Reglamento, y se entenderá que el listado del valor en dicho registro hará las veces de inscripción. Dicho Patrocinador será el responsable ante la Bolsa y ante terceros, por la veracidad, el contenido, la completitud y la oportunidad de la información pública suministrada a la Bolsa. La inscripción de los valores extranjeros en el MGC se realizará en forma automática, una vez el Patrocinador acredite ante la Bolsa el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento BVC y en la Circular Única, y la Bolsa autorice dicha inscripción. Luego de haberse realizado la inscripción del valor extranjero, se procederá con su listado en el MGC.
La inscripción de valores extranjeros en el MGC no podrá coexistir con la inscripción en el RNVE. En el evento en el cual alguno o algunos de los valores extranjeros que se encuentren listados en el MGC se inscriban en el RNVE, prevalecerá la inscripción de los valores en éste último y se cancelará el listado en MGC de dicho valor extranjero. Cabe recordar que por cada valor extranjero que se liste en el MGC, habrá un solo Patrocinador; pero un mismo Patrocinador podrá listar varios valores extranjeros en el MGC. La Bolsa podrá rechazar por razones de mercado, técnicas o de conveniencia una solicitud de listado de uno o varios valores extranjeros e informará las razones que hubiesen motivado el rechazo.
5.4. Cancelación de valores extranjeros listados en MGC La inscripción de los valores listados en el MGC podrá ser cancelada por decisión propia de la Bolsa o a solicitud de la Superintendencia Financiera, en los siguientes casos: •
• •
•
• •
•
Si los valores extranjeros listados dejan de cumplir las condiciones exigidas en el Decreto 2555 de 2010 o en las normas que lo modifiquen o sustituyan, en el Reglamento General BVC y/o en la Circular Única BVC; Si se cancela el listado o registro del valor extranjero en el Mercado de Cotización Principal o en el Mercado de Origen; Si la inscripción del valor extranjero ha sido objeto de tres (3) o más suspensiones durante el lapso de un (1) año consecutivo, como consecuencia que el Patrocinador omita el suministro de la información a la que está obligado, o bien cuando el Patrocinador proporcione información falsa o que induzca a error sobre la situación financiera, económica, contable, jurídica y administrativa del respectivo emisor o sobre los valores listados; Cuando la Superintendencia Financiera haya revocado el reconocimiento internacional otorgado a un registro público de valores o al listado en una bolsa de valores o un sistema de negociación de valores del extranjero; En el evento en que la negociación, compensación y liquidación de estos valores no sea posible; Cuando se cancele la inscripción del Patrocinador en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores; Cuando se suspenda el valor por más de diez (10) días hábiles debido a que el Patrocinador ha sido objeto de alguna medida como toma de posesión, liquidación forzosa administrativa y o para la ejecución de los institutos de salvamento y protección de la confianza pública previstos en la ley.
Como consecuencia de la cancelación del valor en el MGC, se suspenderá la negociación del mismo impidiendo celebración de operaciones. Los Patrocinadores podrán solicitar en forma voluntaria, la cancelación del listado de los valores extranjeros, cumpliendo el procedimiento y los requisitos establecidos por la BVC.
6. Patrocinador de valores extranjeros 6.1. Deberes y Obligaciones Los Patrocinadores que soliciten la inscripción de valores extranjeros en el MGC, deberán comprometerse a: • Suministrar oportunamente y en las condiciones exigidas, toda la información que la Bolsa le solicite para efectos del listado de los valores extranjeros; así como ampliar o aclarar la información del emisor y/o del valor extranjero que sea pública, en caso de que sea solicitado por la Bolsa; • Publicar y mantener actualizada la información financiera, económica, contable, jurídica y administrativa del respectivo emisor, incluyendo aquella que se considere relevante en el país o en el Mercado Origen, con la misma periodicidad con que allí sea requerida; • Advertir a los inversionistas acerca de las características, derechos, obligaciones, restricciones y riesgos inherentes al tipo de inversión, dar a conocer las reglas de dividendo y del periodo ex dividendo del Mercado de Origen o del Mercado de Cotización Principal; así como los mecanismos para su protección a efectos de ejercer los derechos que dichos valores otorgan; • Promover y comercializar los valores extranjeros listados; • Informar sobre la existencia de acuerdos o convenios para la administración y custodia de los valores extranjeros a listarse, entre los depósitos centralizados de valores locales e internacionales, o entre los primeros y custodios internacionales, según sea el caso; • Cumplir los reglamentos y aceptar las reglas en materia de cancelación y suspensión de la inscripción de los valores extranjeros; • Autorizar de manera irrevocable a la Bolsa para reportar a cualquier entidad que administre bases de datos, el nacimiento, modificación, extinción, manejo y cumplimiento de las obligaciones contraídas. • Informar oportunamente a la Bolsa, cuando los valores extranjeros listados dejen de cumplir las condiciones exigidas en el Decreto 2555 o en las normas que lo modifiquen o sustituyan; o si se cancela el listado o registro del valor extranjero en el Mercado de Cotización Principal o
en el Mercado de Origen; o si se suspende la negociación de los valores extranjeros en el Mercado de Origen o en el Mercado de Cotización Principal; • Informar oportunamente a la Bolsa y a los inversionistas el procedimiento que estos últimos deberán seguir en el Mercado de Origen y/o en el Mercado de Cotización Principal, cuando el listado de dichos valores haya sido cancelado en el Mercado Global Colombiano. • Cumplir con el pago de las tarifas de listado y sostenimiento de valores extranjeros, determinadas por la Bolsa. El Patrocinador estará autorizado para realizar operaciones sobre los mismos valores extranjeros que haya listado en el MGC, siempre y cuando su régimen legal se lo permita. Los Patrocinadores perderán su condición de Patrocinador y, en consecuencia, la inscripción de los valores listados bajo su patrocinio será cancelada en forma automática, cuando: • El valor patrocinado haya sido cancelado debido a que ha sido objeto de tres (3) o más suspensiones durante el lapso de un (1) año consecutivo; • La Superintendencia Financiera de Colombia así lo ordene.
7. Negociación en MGC 7.1. Operación internacional Los inversionistas podrán realizar operaciones de compra y/o venta en el Mercado Origen o de Cotización Principal con el fin de ingresar o retirar del mercado local los valores listados en el MGC.
a.
Flujo de Compra de Valores Extranjeros en MGC
b.
Flujo de Venta de Valores Extranjeros en MGC
7.2. Operación local Los inversionistas podrán realizar operaciones de compraventa de contado sobre los valores listados en el MGC, a través de una rueda independiente habilitada en el sistema transaccional de Acciones (X-Stream). Las operaciones se realizarán por intermedio de una SCB miembro de la BVC, de acuerdo a las reglas y condiciones de negociación que les aplique a los valores extranjeros.
a.
Plataforma transaccional
X-Stream es la plataforma transaccional usada por la BVC para realizar la negociación de los Valores de Renta Variable en Colombia. Esta plataforma transaccional es de alto desempeño desarrollada por NASDAQ OMX. Para MGC se establecerá una rueda exclusiva denominada “MGC”, a través de la cual se podrán ingresar órdenes de compra y venta. A continuación se establece una configuración opcional que permite ver los valores del MGC en una pestaña individual, los usuarios podrán usar esta configuración si lo desean. Los pasos a seguir para establecer la configuración de dicha rueda se detallan a continuación. Paso 1: En la tabla de “Especies” se debe identificar la pestaña que contiene parametrizados los Instrumentos de Alta Liquidez, en donde se debe hacer clic derecho y seleccionar la opción “Pestaña Duplicada”. De esta manera, el usuario podrá configurar una ventana que difunda exclusivamente los valores extranjeros listados en MGC.
Imagen No. 1: Tabla de especies
Paso 2: Una vez efectuado el paso anterior, se deberá hacer clic derecho sobre la pestaña duplicada y seleccionar la opción “renombrar tabla”. El usuario podrá definir el nombre que desee para esta nueva pestaña y que le permita identificarla con facilidad. Por ejemplo, se puede renombrar la pestaña como “MGC”. Imagen No. 2: Tabla de especies
PASO 3: Una vez renombrada la nueva pestaña “MGC” se debe hacer clic sobre el botón “Tabla” el cual se encuentra ubicado en la parte superior izquierda de la tabla “Especies” y efectuar el siguiente procedimiento con el fin de aplicar el filtro para visualizar exclusivamente los valores extranjeros de MGC: a. Hacer clic en la opción “Filtrar…” en el menú desplegado. Imagen No. 3: Filtro en la tabla de Especies
b. Al dar clic en la opción “Filtro…” se despliega una nueva ventana denominada “Filtro”. El Usuario deberá ubicarse en la columna “Campo” para elegir el tipo de parámetro sobre el cual desea aplicar el filtro. Como se muestra en la Imagen No. 4, el parámetro a elegir debe ser “Rueda” y el valor del filtro debe ser “MGC”.
Imagen No. 4: Definición de filtros para la tabla de Especies
Una vez seleccionado el filtro debe marcarse “Aplicar”, para validar que se mostrarán los valores listados en el MGC, y posteriormente dar clic en “OK”. Imagen No. 5: Filtro por Rueda
b.
Rueda y sesiones de mercado
Como se mencionó en la sección anterior, la rueda “MGC” en el sistema de negociación X-Stream Acciones es la rueda en la cual se podrán celebrar Operaciones de compraventa de contado sobre valores extranjeros listados en el MGC. A esta rueda se han asociado los siguientes eventos de negociación, los cuales determinaran las reglas y condiciones aplicables a la negociación de dichos valores. Preparación de Apertura Mercado Abierto con control de Precios Subasta de Cierre. El horario de la rueda MGC será el siguiente:1 Del 1er Domingo de Noviembre al 2do Domingo de Marzo
Preparación Mercado Abierto con Subasta Apertura Control de Precio de Cierre 9:15
9:30
15:55
16:00
Del 2do Domingo de Marzo al 1er Domingo de Noviembre
Preparación Mercado Abierto con Subasta Apertura Control de Precio de Cierre 8:15
8:30
14:55
15:00
Dado que los valores listados en el MGC serán negociados en una rueda independiente, no les serán aplicables los criterios de liquidez o la naturaleza jurídica de la especie definidos para los demás instrumentos de contado.2
7.2.b.1. Sesión de preparación para la apertura 1
El horario para la negociación de la Rueda de Mercado Global Colombiano estará alineado con el horario de la Bolsa de Nueva York y se ajustará conforme a lo establecido en la Ley de Política Energética de Estados Unidos de 2005. Artículo 3.2.1. Horarios para la Celebración de Operaciones de la Circular Única de la BVC. 2
Ver Artículo 3.2.1.1.5. Criterios para clasificación de valores y ruedas de negociación del Reglamento General de la BVC.
Este periodo de tiempo permitirá a los usuarios prepararse para el inicio de la negociación de los valores. Durante esta sesión no se permitirá el ingreso de órdenes al libro público ni el calce de operaciones; solamente se podrán retirar las órdenes permanentes que se encuentren en el mercado que provenían de días anteriores. En caso que el operador ingrese nuevas órdenes de compra o venta, el sistema no aplicará ningún control de precios y serán enviadas al libro privado; en ningún caso serán expuestas en el libro público de órdenes. Una vez comience la sesión de mercado abierto, las órdenes deberán activarse de manera manual. Tipos de órdenes permitidas durante la sesión de preparación para la apertura Características Naturaleza de la Orden Condición de Ejecución Duración de la Orden Especiales Límite Ninguna Inmediata Cantidad Oculta Mercado Fill and Kill Diaria Stop Mercado por lo Fill or Kill Fecha indicada mejor Cantidad Mínima Cancelación Hasta Hora indicada
7.2.b.2. Sesión de mercado abierto con control de precios Durante la Sesión de Mercado Abierto con control de precios, el Sistema adjudicará las Operaciones por medio de la metodología de negociación continua con algoritmo de calce automático. Este criterio consiste en calzar inmediatamente las mejores Órdenes de compra y venta cada vez que sean compatibles teniendo en cuenta las siguientes condiciones: 1. Una Orden de compra será compatible con Órdenes de venta cuando estas últimas tengan igual o menor precio que la Orden de compra. Una Orden de venta será compatible con Órdenes de compra cuando estas últimas tengan igual o mayor precio que la Orden de venta. 2. Orden contraria de mejor precio. En el caso de Órdenes de compra, la mejor Orden será la de mayor precio y en el caso de Órdenes de venta, la mejor Orden será la de menor precio. 3. En el caso en que exista más de una Orden a igualdad de precio, prevalecerá el orden cronológico de ingreso de la Orden al Sistema, teniendo prioridad la Orden de mayor antigüedad. 4. El precio de calce será el de la Orden más antigua compatible.
5. Para efectos del calce de Órdenes compatibles, el Sistema respetará las características específicas aplicables al tipo de Orden ingresada al Sistema. Tipos de órdenes permitidos durante la sesión de mercado abierto con control de precios Naturaleza de la Orden Condición de Ejecución Duración de la Orden Características Especiales Límite Ninguna Inmediata Cantidad Oculta Mercado Fill and Kill Diaria Stop Mercado por lo Fill or Kill Fecha indicada mejor Cantidad Mínima Cancelación Hasta Hora indicada
7.2.b.3. Sesión de subasta de cierre En la subasta de cierre el sistema adjudicará las Operaciones utilizando la Metodología de negociación por Subasta, por medio del algoritmo de calce a precio de equilibrio. Para calcular este precio de equilibrio, el Sistema se basa en los siguientes criterios: 1. Determinará como precio de equilibrio aquel al cual se maximiza la cantidad adjudicada en la Subasta. 2. En caso de que exista más de un precio que cumpla con el criterio anterior, se escogerá el precio que generé el menor desbalance. El menor desbalance se entiende como la menor cantidad remanente no adjudicada al precio indicado. 3. Si aún existe más de un precio que cumpla con los criterios 1 y 2 anteriores, se escogerá el precio de adjudicación que satisfaga alguna de las siguientes condiciones: a) En el caso en que la cantidad acumulada de compra sea mayor a la cantidad acumulada de venta se escogerá el mayor precio. Entiéndase cantidad acumulada por compra (o venta) como la suma de todas las cantidades de las Órdenes de compra (o venta) compatibles al precio indicado. b) En el caso en el que la cantidad acumulada de compra sea menor a la cantidad acumulada de venta, se escogerá el menor precio. Entiéndase cantidad acumulada por compra (o venta) como la suma de todas las cantidades de las Órdenes de compra (o venta) compatibles al precio indicado. c) En caso de que un precio cumpla con la condición del literal a) y otro precio cumpla con la condición del literal b), el Sistema calculará un promedio simple aritmético de los precios que cumplen las condiciones redondeado al tick de precio y éste será el precio de equilibrio para la subasta.
Tipos de órdenes permitidos durante la sesión de subasta de cierre Naturaleza de la Orden Condición de Ejecución Duración de la Orden Características Especiales Límite Ninguna Diaria No son admitidas Fill and Kill Fecha indicada Cancelación Hasta Hora indicada Sesión
7.2.b.4. Eventos de mercado •
Subasta de Volatilidad
Los valores que se negocien en la rueda MGC serán susceptibles de subastas de volatilidad. Éstas subasta serán activadas automáticamente en la sesión de mercado abierto con control de precios cuando se genera un potencial calce a un precio igual al de alguno de los límites superior o inferior del rango de precios calculado para cada valor, o por otros eventos especiales tales como posible generación de operaciones sobre un valor en estado inactivo o el levantamiento de la medida de suspensión de un valor.3 El objetivo de la subasta es reajustar el precio de referencia, de acuerdo con las tendencias que esté reflejando el mercado para ese momento. Durante la subasta el precio de referencia se fija al valor del límite de precios sobre el cual se desata la subasta de volatilidad. Sobre este nuevo precio de referencia el Sistema calculará nuevos límites de precios ampliados por un valor de ajuste calculado para cada Especie, los cuales estarán vigentes durante el lapso contemplado para la subasta y rechazará cualquier intento de ingreso de órdenes a un precio por encima del límite superior y de órdenes venta un precio por debajo del límite inferior. Para el cálculo de los límites aplicables a la subasta de volatilidad, se utilizará la siguiente regla: Limite Superior= Precio de Referencia + (Precio de Referencia * n%)* VA Límite Inferior = Precio de Referencia - (Precio de Referencia * m%)* VA Donde: n%= % para fijar el límite superior m%= % para fijar el límite inferior VA = Factor de ajuste, que será un valor numérico para cada Especie m y n son parámetros preestablecidos por la Bolsa en el Sistema y definidos respecto de cada valor, para el caso de MGC es un 10%. 3
Artículo 3.1.1.8. y Articulo 3.4.3.4. del Reglamento General de la BVC.
VA es un parámetro establecido por la Bolsa en el sistema y para las subastas de volatilidad de MGC será de 2,5 veces. Las Órdenes vigentes en el momento de la activación de la subasta podrán participar en ella si se encuentran dentro de los nuevos límites de precios y cumplan con los tipos de órdenes permitidos para el Evento. En caso de que las Órdenes estén por fuera de los nuevos límites de precios, las mismas serán retiradas automáticamente del Libro Público de Órdenes o Profundidad y serán eliminadas del Sistema. Cuando las Órdenes no cumplan con los tipos de órdenes permitidos para el Evento, las mismas cambiarán su estado de activas a aisladas sin perder su prioridad, para que una vez finalice la subasta, las mismas puedan reactivarse automáticamente y continuar en la Sesión de Mercado Abierto con Control de Precios, siempre y cuando se encuentren dentro de los nuevos límites de precios fijados por el Sistema, según corresponda. Dichas órdenes aisladas podrán ser modificadas, caso en el cual se podrá producir su activación automática en la Subasta, siempre y cuando no exista restricción de cruce respecto de las Órdenes objeto de modificación. Tipos de órdenes permitidos durante las subastas de volatilidad Naturaleza de la Orden Condición de Ejecución Duración de la Orden Límite Ninguna Diaria Fill and Kill Fecha indicada Cancelación Hasta Hora indicada
•
Suspensiones
La suspensión de negociación de un valor listado en el MGC podrá proceder, por decisión propia de la Bolsa o a solicitud de la Superintendencia Financiera, cuando se presente alguno de los siguientes eventos:
Por los eventos previstos en el artículo 2.15.6.1.14. del Decreto 2555 de 2010, o en las normas que lo modifiquen o lo sustituyan Se suspenda la negociación del valor correspondiente en el Mercado de Cotización Principal o en el Mercado de Origen; Existan condiciones u operaciones no conformes a sanos usos o prácticas de mercado; El Patrocinador omita el suministro de la información a la que está obligado, o cuando el Patrocinador proporcione información falsa o que induzca a error sobre la situación
financiera, económica, contable, jurídica y administrativa del respectivo emisor o sobre los valores listados; En el Mercado de Cotización Principal o en el Mercado de Origen, se hayan decretado medidas que imposibiliten la conversión de divisas o la transferencia monetaria entre países o que pongan en riesgo los procesos de custodia, administración, transferencia, compensación y liquidación de valores; Por toma de posesión o liquidación forzosa administrativa del Patrocinador. Cuando el Patrocinador deba ejecutar los institutos de salvamento y protección de la confianza pública previstos en la ley.
La Bolsa podrá suspender la negociación de los valores de renta variable inscritos en la Bolsa, cuando el emisor o el Patrocinador incumpla sus obligaciones para mantener la inscripción de su acción o valor de renta variable inscrito en la Bolsa, de acuerdo con la Ley, el Reglamento o la Circular de la Bolsa, o cuando el emisor o el Patrocinador incumpla igualmente sus obligaciones de información frente al mercado o frente a la Bolsa, de acuerdo con las normas vigentes. La Bolsa procederá a levantar la medida una vez se verifique el cumplimiento adecuado de la(s) obligación(es) respectiva(s). Ante la suspensión de un valor extranjero de MGC, su negociación en el sistema se suspenderá de forma individual y no afectará a los demás valores listados. La duración de la suspensión dependerá de los hechos o circunstancias que dieron origen a la medida. Para el caso de suspensiones originadas en eventos que sucedan en el Mercado de Origen o en el Mercado de Cotización Principal respecto de valores extranjeros listados en el MGC, la decisión de levantamiento de la suspensión deberá coincidir con la del respectivo Mercado. Las reglas para la suspensión de la rueda y sus efectos están contemplados en los artículos 3.4.3.3., 3.4.3.4., y 7.1.2.7 del Reglamento General de la BVC.
8. Servicios de SAE 8.1. E-Trading La BVC pone a disposición de las SCB el sistema de enrutamiento de órdenes para el Mercado Global Colombiano, de esta forma los actuales clientes de las SCB podrán ingresar sus órdenes sobre valores listados en el MGC utilizando este servicio
Las SCB podrán ajustar en sus sistemas el mensaje de enrutamiento de órdenes para el MGC el ejemplo para ajustar el sistema se encuentra en el numeral 15.2. Los servicios a los cuales tienen acceso las SCB en el MGC son los siguientes: Enrutamiento S0001: Enrutamiento de órdenes. Información Propia y de Mercados: S0002: Notificación de operaciones. S0072: Precios de mercado (Resumen) S0106: Notificación de órdenes S0128: Mejores Puntas (1 línea) Back Office: S0017: Complementación y Re-Complementación automática. S0047: Notificación de papeletas
9. BackOffice 9.1. Complementación Una vez realizada la operación celebrada sobre un valor extranjero, ésta será enviada en el Back Office, estará disponible para realizar el proceso de la complementación por parte de las Sociedades Comisionistas de Bolsa (SCB) que realizaron la operación. Desde el perfil Afiliado SCB, al ingresar por la ruta Complementar y cumplir / Usuario / Complementa operaciones se pueden seleccionar los siguientes campos de búsqueda: Imagen No. 6: Selección de operaciones
a) Sistema de negociación: en el cual se puede seleccionar MGC, para el Mercado Global Colombiano;
b) Estado de las operaciones: permite seleccionar Sin complementar o todas, c) Número del Folio de la operación con el cual se puede consultar puntualmente la operación para la complementación. Las operaciones se podrán complementar enteras o fraccionadas, tanto por compra como por venta y tendrán el mismo funcionamiento que las operaciones de Acciones. Al seleccionar la operación e ingresar a través de la opción Entera el sistema presentará el formulario de Complementación operación acciones donde se tendrán disponibles los siguientes campos: Imagen No. 7: Complementación de operaciones
a) Sistema de negociación: Identifica el sistema en el cual se efectuó la operación en X- Stream. Para este caso Acciones MGC. b) Rueda: Identifica la rueda en el cual se efectuó la operación en X- Stream. Para este caso será MGC. c) Mercado: Muestra en qué tipo de mercado se está negociando, primario o secundario. Para el caso de operaciones MGC, es mercado secundario.
d) Tipo de operación: Identifica el tipo de operación realizada en X- Stream y en todo caso será “Contado”. e) Folio: Campo de 9 dígitos que corresponde al número de la operación. f)
Nemotécnico: Nombre de la acción objeto de la operación.
g) Cantidad: Número de acciones registradas en la operación. h) Precio: El precio al cual se efectúo la operación. i)
Monto: Especifica el monto de la operación.
j)
Fecha de registro: La fecha en la cual se registró la operación.
k) F. de cumplimiento: Fecha de cumplimiento de la operación. l)
Depósito: Lugar donde se encuentran las acciones. Para todos los casos de las operaciones de MGC la operación será Deceval (DVL).
m) Comisionista: Código de 3 dígitos con el que se identifica el Afiliado SCB ante la bolsa que participó en cada una de las puntas de la operación. n) Código responsable Neg: Código de usuario que realizó la negociación de la operación. Corresponde a los tres últimos dígitos del código del usuario en el sistema de negociación. o) Código responsable Ope: Código del usuario responsable de la operación. Este campo por defecto trae el código del responsable Neg, y el usuario podrá realizar modificaciones en este campo, en todo caso será obligatorio diligenciar un dato. p) Referencia: Campo que recibe el dato ingresado por el operador en el campo “Broker ref” del formulario de la orden de MGC en X-Stream. Este campo podrá ser modificado por el usuario en cualquier momento y puede quedar en blanco ya que no es de obligatorio diligenciamiento. q) Datos del inversionista: El sistema permitirá el ingreso de la información correspondiente a inversionista principal y hasta dos mancomunados. Cada inversionista tiene disponibles tres espacios por incluir inversionista principal y los mancomunados que pueda tener: Código del documento de identidad, número del documento, y código del especial fiduciario (si aplica). Si un Afiliado SCB incluye especial fiduciario el origen de los fondos debe aparecer bajo la modalidad de terceros. r)
Datos depósito DVL: Consta de los siguientes datos:
Código Dep. Directo: Código del Afiliado SCB ante el depósito. Cuenta títulos: número de la cuenta de depósito en el cual se depositan o retiran los saldos negociados.
s) Datos del negocio
t)
Origen/destino: Identifica el origen de los recursos. Existen tres opciones terceros, cuenta propia y carteras colectivas.
Comisión por: El sistema solo permitirá la opción de asignar comisión por porcentaje en la operación.
% Comisión: Porcentaje correspondiente a la comisión.
Valor comisión: Corresponde al valor en pesos de la comisión sobre la operación.
u) Monto neto: Valor en pesos correspondiente al monto de la operación.
9.2. Cumplimiento Desde el perfil Afiliado SCB al ingresar por la ruta Complementar y cumplir/ Cumplimiento/Módulo cumplimiento se puede consultar el formulario “Cumplimiento” donde se podrán consultar en el tipo de operación las operaciones de “Acciones MGC”. Imagen No. 8: Cumplimiento de operaciones
Al seleccionar una operación e ingresar por el botón Opciones se puede consultar el detalle de la operación. Imagen No. 9: Cumplimiento de operaciones
9.3. Validación de archivos y respuestas del depósito Con la orden de envío al depósito por parte del afiliado en la pantalla de cumplimiento el sistema refleja el estado “S” en la bandera CED (Confirmación de envió al depósito). Con la generación del archivo, el sistema debe cambiar el estado “SBC” (Solicitud Bloqueo Comprador) o “STD” (Solicitud Transferencia Directa) de la bandera DEP. Este archivo se genera automáticamente en intervalos de 3 minutos. Imagen No. 10: Cumplimiento de operaciones
Para cada archivo enviado, el sistema del depósito transmite una respuesta de aceptación o de rechazo. Si los datos fueron correctos el sistema refleja los estados “ABC” (Acepta Bloque al
Comprador) o “ATD” (Acepta Transferencia Directa) y si fueron errados los estados “RBC” (Rechaza Bloqueo Comprador) o “RTD” (Rechaza Transferencia Directa) en la bandera DEP.
9.4. Adelanto de operaciones Las operaciones del MGC podrán ser objeto de adelanto, para realizar el adelanto siempre y cuando se cuente con la aprobación de la contraparte. Se deberá seguir la siguiente ruta: Perfil admin./cumplimiento/Módulo cumplimiento/opciones/Adelanto Imagen No. 11: Cumplimiento de operaciones
Imagen No. 12: Cumplimiento de operaciones
9.5. Compensación y Liquidación Para las operaciones celebradas sobre valores listados en el MGC, la compensación y liquidación se realizará en Pesos Colombianos, bajo el mecanismo de compensación y liquidación de entrega contra pago con compensación neta diaria.
10.
Valoración en MGC
La valoración de los títulos listados en el MGC, es realizada por Infovalmer y por PiP Colombia de acuerdo a los procedimientos y prácticas establecidas por cada uno de los proveedores de precios, para mayor información: www.infovalmer.com.co www.piplatam.com
11.
Ejercicio de derechos sobre valores listados en MGC 11.1.
Dividendos
Para los valores listados en el MGC aplicarán las reglas de dividendo y del periodo ex dividendo del Mercado de Origen o del Mercado de Cotización Principal. Estas reglas serán dadas a conocer por el Patrocinador de los valores a los Inversionistas, en la forma establecida en el Reglamento General de la BVC. La distribución y pago de dichos dividendos no se realizará a través de los sistemas administrados por la Bolsa. A continuación se indican los procedimientos establecidos por Deceval, correspondiente al ejercicio de derechos por parte de los inversionistas sobre valores listados en el MGC
11.2.
Derechos patrimoniales
1. Deceval informará oportunamente por escrito y/o a través del SIIDJ a los depositantes directos, aquellos pagos de dividendos en efectivo que decreten los emisores, notificando la mecánica, fechas de corte y de pago establecidas por el emisor. 2. En la fecha de pago el emisor extranjero directamente o a través de un agente de pago realizará el pago en la moneda de origen al Custodio Internacional, liquidando el valor de los dividendos sobre los valores que se encuentran registradas en la cuenta ómnibus a favor de DECEVAL, que corresponden al MGC. 3. El Custodio Internacional abonará a su vez los recursos en la cuenta de efectivo definida para este efecto por DECEVAL en la moneda origen. 4. En la fecha de corte DECEVAL a partir de la información registrada en el SIIDJ determinará los beneficiarios de conformidad a la tenencia de valores de que se trate. 5. Para la entrega de los recursos por parte de DECEVAL a los depositantes directos, se deberá contar con un banco comercial en el exterior y una cuenta abierta a su nombre, en la cual serán abonados el pago en la moneda origen proveniente de los emisores. Esta cuenta debe ser informada a DECEVAL previamente al inicio de las actividades, para poder instruir al Custodio Internacional para el respectivo traslado. 6. Los depositantes directos se encargarán de monetizar o no los recursos, de acuerdo con las instrucciones de sus inversionistas y asumirán los costos por el cambio de moneda 7. Los pagos se realizarán como máximo dentro del día hábil siguiente al recibo de los recursos por parte del Custodio Internacional en forma neta; es decir, el monto en efectivo pagado por DECEVAL a los tenedores con derecho, será el monto abonado por el emisor menos los impuestos descontados por el emisor. Para el pago de dividendos NO se tendrá en cuenta la fecha ex dividendo aplicable al mercado local. Se aplicará la metodología y los periodos establecidos en el país de origen del emisor para el pago de los derechos patrimoniales. 8. DECEVAL no pagará ningún tipo de interés o cargo financiero por mantener retenido el importe de derechos si el depositante no informa oportunamente a qué cuenta y a qué Banco comercial se le debe trasladar los recursos.
11.3.
Ejercicio de los derechos patrimoniales
a) Con base a las fechas de corte y de pago del dividendo en efectivo determinado por el emisor en el mercado origen, DECEVAL dará a conocer a sus depositantes los plazos, horarios y términos en que se recibirá la información relativa a los impuestos aplicados en el exterior.
b) Los derechos se reconocerán de acuerdo con el periodo de corte establecido por el emisor, a favor de los inversionistas que se encuentren anotados en cuenta a esa fecha. c) Los depositantes directos durante este periodo conseguirán de sus clientes los formatos requeridos para la aplicabilidad de impuestos en el exterior. d) El depositante directo deberá preparar un resumen por tipo de formato y nacionalidad de los beneficiarios finales, especificando el número de formatos, monto y número de derechos que ampara cada uno de ellos y en qué cuenta de valores en DECEVAL se encuentran registradas. El depositante entregará a DECEVAL dentro del plazo establecido el resumen y los formatos fiscales. e) DECEVAL concentrará y enviará la documentación a revisión al Custodio Internacional, quien determinará los montos y tasas de retención que le sean aplicables. f)
En una fecha posterior (a más tardar en la fecha de pago) DECEVAL recibirá los resultados de la conciliación adelantada por el Custodio Internacional.
g) Cuando por causas ajenas a DECEVAL, ésta se encuentre impedida para efectuar el abono, deberá conservar el efectivo en la cuenta especial que tenga abierta en la moneda y país de que se trate, sin que a este efecto el depositante directo pueda reclamarle el pago de interés alguno. En tal supuesto el Depositante deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que DECEVAL pueda dar cumplimiento a su obligación. h) DECEVAL por su parte dará a conocer a través del aplicativo SIIDJ el monto que será abonado por concepto de rendimientos a cada uno de los depositantes directos. i)
Para el caso de los dividendos en especie DECEVAL notificará a los depositantes directos la fecha en la que se realizará la anotación en cuenta producto de esta operatividad y tan pronto el Custodio Internacional confirme la recepción de las valores parte de pago.
11.4.
Ejercicio de derechos sociales
La participación en los eventos corporativos, asambleas de accionistas y ejercicio de derechos sociales, se ejecutarán de acuerdo con los procedimientos establecidos por el emisor en su respectivo momento. a) Proxy Voting: Si el emisor dispone de este servicio, el ejercicio de los derechos sociales será ejercido por los inversionistas colombianos remitiendo electrónicamente sus intenciones de voto sobre la agenda de la Asamblea, para ejercer su derecho en el país de origen en donde la Asamblea tenga lugar.
b) El Patrocinador deberá informar de manera oportuna estos eventos al sistema MGC, el Custodio Internacional informará igualmente a DECEVAL del evento corporativo y suministrará las instrucciones correspondientes para participar en el mismo. c) DECEVAL transmitirá la información para el proxy voting a través de un instructivo, indicando los tiempos establecidos para el cumplimiento de este proceso y remitiendo a los Depositantes Directos los formatos que el inversionista o accionista debe diligenciar. d) Con base en esta información, el depositante directo debe gestionar con su cliente, la participación en la asamblea a través de este medio, a su vez debe recopilar las intenciones de voto de cada uno de ellos y presentar a DECEVAL en original el formato o poder debidamente diligenciado por el accionista y un resumen consolidado con la intención de voto. e) DECEVAL será un canalizador de la información y entregará electrónicamente al Custodio Internacional el resultado de las intenciones de voto de los inversionistas que tienen valores de los emisores extranjeros, indicando las acciones a favor o en contra de la decisión o decisiones definidas por el emisor. f)
Los originales de los poderes o los formatos del proxy voting, serán remitidos en original al Custodio Internacional y el resumen consolidado de la intención de voto.
g) DECEVAL emitirá certificados para ejercicio de derechos sociales para asistir a asambleas de tenedores de valores custodiados en el extranjero cuando así se solicite. Sin embargo, el depositante directo deberá cumplir con el proceso de reconocimiento en el respectivo país donde ejercerá los derechos con el fin de que el certificado tenga validez oficial fuera del territorio nacional.
11.5.
12.
Flujo de eventos corporativos
Portal web BVC
La BVC pone a disposición de los inversionistas, SCB y Patrocinadores en su página web, información correspondiente a montos negociados, de los valores listados en el MGC y accesos a páginas web de los patrocinadores con el fin de facilitar la búsqueda de información correspondiente a este mercado.
12.1.
Consulta de resumen de operaciones
En la página principal del portal BVC se podrá visualizar el resumen de operaciones realizadas durante el día.
Imagen No. 13: Portal web bvc
En el cuadro resumen se podrá consultar la siguiente información: Acción: Corresponde al nombre del valor sobre el cual se han realizado operaciones durante el día. Volumen: Corresponde al monto en millones de pesos de las operaciones realizadas sobre el respectivo valor. Precio de cierre: Corresponde al precio de cierre de la jornada de negociación anterior. Variación %: Corresponde a la variación porcentual del precio del valor teniendo en cuenta el precio de cierre de la jornada anterior.
12.2.
Consulta de volúmenes
Corresponde a los volúmenes negociados en el MGC diferenciando el tipo de instrumento, en esta información se muestra el volumen negociado en pesos y el Porcentaje de participación por cada instrumento para el día de consulta: Imagen No. 14: Portal web bvc
12.3.
Información de mercado
En esta información se podrá consultar la información detallada por cada especie negociada durante el día.
El detalle de la información es el siguiente:
Acción: Corresponde al nemotécnico de la especie. Emisor: Corresponde al nombre del emisor.
Cantidad: Número de acciones o unidades negociadas Volumen: Monto en pesos negociado sobre cada especie. Precio de cierre: Corresponde al último precio que ha marcado precio para la respectiva especie. Variación: Corresponde al valor en porcentaje de variación del último precio.
a.
Información por Acción
Cada especie negociada en la rueda MGC mostrará la siguiente información: Imagen No. 15: Portal web bvc
El histórico se podrá descargar hasta un tiempo de 6 meses.
Operaciones Mercado Global: Se mostrará el detalle de las operaciones realizadas en la rueda MGC para cada día de negociación. Imagen No. 16: Portal web bvc
Características de la acción: En este menú se podrá consultar la información detallada respecto al valor, entre los cuales se encuentran: o Acciones en circulación o ISIN o Valor nominal o Cusip
CUSIP (Committee on Uniform Securities Identification Procedures). El número CUSIP identifica a la mayoría de acciones generalmente de compañías de Estados Unidos y Canadá y bonos municipales y de gobierno de Estados Unidos - que pertenecen a la Asociación de Banqueros de América y que operan en Standard & Poor’s- y facilita el proceso de cumplimiento y compensación de los títulos Imagen No. 17: Portal web bvc
Información del emisor: En este menú se podrá consultar la información detallada respecto al Emisor, entre los cuales se encuentran: o País o Razón Social: un link que debe llevar a la información detallada del emisor.
En esta opción se podrá consultar el detalle de cada emisor, la información disponible es: Información del Emisor: Corresponde al detalle de la dirección física y dirección electrónica del emisor. Así mismo tendrá disponible la información correspondiente al Nemotécnico, País de origen del emisor, Sector, Bolsa de valores de cotización principal, Sector al que pertenece, Capitalización Bursátil y fecha de listado en la BVC. Otras Sedes: Corresponde a la dirección de otras sedes físicas que tenga disponible el emisor. Patrocinadores: Corresponde a la información del patrocinador del valor en Colombia, estará disponible la dirección, teléfono, página web, persona de contacto y correo electrónico. Links correspondientes a información financiera, características generales e información relevante y eventos corporativos: Estas opciones permite a los inversionistas tener acceso a la información disponible por parte de los patrocinadores.
La gráfica diaria e histórica por cada especie permite identificar el comportamiento individual y frente a otros valores.
b.
Listado de Acciones
Dentro de esta opción, se podrá realizar la búsqueda de las acciones y ETF’s listadas en el Mercado Global, las opciones de búsqueda serán:
Tipo: donde se podrá escoger “Acciones” o “ETF’s” Fecha de inscripción: búsqueda por fecha Patrocinador: selección de patrocinador que se quiera ver en el listado. Nombre: Se podrá digitar el nombre del emisor o del ETF con la opción de auto completar. Cotización principal: Se podrá escoger una Bolsa de cotización del listado País de Origen: se podrá escoger el país de origen de las acciones a consultar.
Imagen No. 18: Portal web bvc
c.
Listado de Emisores
En este link se podrรก ver la lista detallada de los emisores que tienen acciones listadas en el MGC. Imagen No. 19: Portal web bvc
13.
Aspectos Tributarios
Los inversionistas que participen en operaciones en el MGC podrán disfrutar de los beneficios tributarios que actualmente se tiene para el mercado de renta variable. En primer lugar el beneficio tributario sobre la utilidad en la enajenación de acciones, el Estatuto Tributario Artículo 36-1. Utilidad en la Enajenación de Acciones. “De la utilidad obtenida en la enajenación de acciones o cuotas de interés social, no constituye renta ni ganancia ocasional, la parte proporcional que corresponda al socio o accionista, en las utilidades retenidas por la sociedad, susceptibles de distribuirse como no gravadas, que se hayan causado entre la fecha de adquisición y la de enajenación de las acciones o cuotas de interés social.” “Inciso modificado por el artículo 9 de la Ley 633 de 2000: No constituyen renta ni ganancia ocasional las utilidades provenientes de la enajenación de acciones inscritas en una Bolsa de Valores Colombiana, de las cuales sea titular un mismo beneficiario real, cuando dicha enajenación no supere el diez por ciento (10%) de las acciones en circulación de la respectiva sociedad, durante un mismo año gravable.” “Inciso adicionado por el artículo 67 de la Ley 223 de 1995: A los socios o accionistas no residentes en el país, cuyas inversiones estén debidamente registradas de conformidad con las normas cambiarias, las utilidades a que se refiere este artículo, calculadas en forma teórica con base en la fórmula prevista por el artículo 49 de este Estatuto, serán gravadas a la tarifa vigente en el momento de la transacción para los dividendos a favor de los no residentes.” De esta forma las operaciones de compraventa realizados en la BVC sobre valores que se encuentre en el MGC contarán con este beneficio tributario. Con el marco normativo existente las SCB podrán ofrecer a sus clientes ingresar sus portafolios de acciones al MGC obteniendo el beneficio tributario al enajenarlas en el mercado local.
14.
Tarifas 14.1.
Tarifa costos transaccionales.
Aplican las mismas tarifas de una operación de compraventa del mercado local.
15. Contactos Con el fin de facilitar la resolución de dudas las SCB podrán comunicarse a los siguientes números y contactos.
Para listado de valores, negociación local, cumplimiento y liquidación con la Bolsa de Valores de Colombia: Servició al cliente: +57 (1) 6068666 Para custodia local, ejercicio de derechos sociales en el Depósito Centralizado de Valores – Deceval: Número de Teléfono: Persona a cargo: Correo electrónico: Para custodia internacional con Deutsche Bank: Número de Teléfono: Persona a cargo: Correo electrónico:
16. ANEXOS 16.1. Procedimiento de carga de información por parte del Patrocinador en Portal bvc A continuación se indica el procedimiento que debe seguir un patrocinador para realizar el cargue de información sobre los valores en el portal web de bvc. El patrocinador ingresará su usuario y contraseña en el Portal web de bvc como se muestra a continuación: Imagen No. 21: Login del Patrocinador en Portal web bvc
Al ingresar al sistema, el patrocinador deberá llenar la siguiente información para que quede cargada en el Portal:
Imagen No. 22: Login del Patrocinador en Portal web bvc
La información que deberá cargar el Patrocinador es:
Combo información a cargar: el patrocinador podrá escoger entre información relevante o eventos corporativos, de acuerdo a la información que quiera cargar. Combo Emisor: Seleccionar el emisor al cual le va a cargar la información. En esta opción se podrá escoger sólo entre los emisores que tiene este patrocinador. Combo tema: El tema que el Patrocinador vaya a cargar en el Portal, irá de acuerdo a la selección que haya hecho en el combo información a cargar (Información relevante / Eventos Corporativos). Resumen: El patrocinador podrá cargar un texto donde indicará el resumen de la información o la información relevante a ser comunicada.
Anexo: El patrocinador tendrá la opción de anexar archivos. Esta opción no es obligatoria. Respecto de la publicación de archivos anexos, los mismos deberán estar en formato .pdf e incluir firma digital. Adicionalmente, tendrán la posibilidad de comprimir en un archivo .zip cuando se requiera anexar 2 ó más archivos. El tamaño máximo permitido por archivo adjunto será de 1 Megabyte.
Los campos que tengan “*”, serán campos obligatorios en el momento de cargar la información.
16.2. Estructura de mensajes de SAE A continuación se muestra un ejemplo de mensajes para enrutamiento de órdenes tanto del Mercado Local como para MGC (S0001 – Ingreso, modificación y cancelación): Orden Mercado Local: <?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?> <SOAP-ENV:Envelope xmlns:SOAP-ENV="http://schemas.xmlsoap.org/soap/envelope/"> <SOAP-ENV:Body> <Order xmlns="http://www.fixprotocol.org/FIXML-5-0" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" ID="123" Side="1" Px="5200" TxnTm="2012-10-01T08:08:16-05:00" Typ="2" TmInForce="0" MinQty="0" actionOnLogoff="2" ExpireTm="2012-10-18T00:00:00" Action="0"> <Hdr SSub="098" TSub="060017" OrigSnt="2012-10-01T08:08:16-05:00" SID="FOF" Snt="2012-10-01T08:08:16-05:00" TID="AyD" MdlMsg="ORDEN" /> <Pty ID="098005" R="55" /> <DsplyInstr DisplayQty="0" /> <Instrmt Sym="ECOPETROL" SecTyp="CS" Board="EQTY" /> <OrdQty Qty="1000" /> <Info InfoID="S" InfoTyp="92" /> <Info InfoID="S" InfoTyp="93" /> </Order> </SOAP-ENV:Body> </SOAP-ENV:Envelope> Orden Mercado Global: <?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?> <SOAP-ENV:Envelope xmlns:SOAP-ENV="http://schemas.xmlsoap.org/soap/envelope/"> <SOAP-ENV:Body>
<Order xmlns="http://www.fixprotocol.org/FIXML-5-0" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" ID="123" Side="1" Px="520" TxnTm="2012-10-01T08:08:16-05:00" Typ="2" TmInForce="0" MinQty="0" actionOnLogoff="2" ExpireTm="2012-10-18T00:00:00" Action="0"> <Hdr SSub="098" TSub="060017" OrigSnt="2012-10-01T08:08:16-05:00" SID="FOF" Snt="2012-10-01T08:08:16-05:00" TID="AyD" MdlMsg="ORDEN" /> <Pty ID="098005" R="55" /> <DsplyInstr DisplayQty="0" /> <Instrmt Sym="AAPL" SecTyp="CS" Board="MGC" /> <OrdQty Qty="1000" /> <Info InfoID="S" InfoTyp="92" /> <Info InfoID="S" InfoTyp="93" /> </Order> </SOAP-ENV:Body> </SOAP-ENV:Envelope>