GRANADA ROJA 38

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38 nº El PP ha descartado de forma definitiva la posibilidad de aprobar la dación en pago general y retroactiva que pedía la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) en la iniciativa legislativa popular (ILP) que presentó en el Congreso acompañada de casi un millón y medio de firmas, y opta --como ya había anunciado-- por reservar esta opción para determinados colectivos en situación de especial vulnerabilidad. Así consta en el texto refundido de la ILP y del proyecto derivado del decreto ley del Gobierno, que finalmente se titulará Ley de los deudores hipotecarios, de reestructuración de la deuda y del alquiler social, y no llevará el nombre de la iniciativa popular, como en un primer momento se dijo. Se descarta definitivamente aplicar la dación en pago de forma generalizada y retroactiva, y se reserva esta opción únicamente para los colectivos de alta vulnerabilidad según se definen en el Código de Buenas Prácticas. Por otra parte, se incluye en el texto un bloque de modificaciones para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de la Unión Europea (TJUE). En este sentido, se autoriza a tribunales y notarios a paralizar las ejecuciones hipotecarias si detectan cláusulas abusivas, que podrán conllevar la revisión de la deuda pendiente o la anulación del desahucio si está causado por dicha cláusula. También se limitan las costas no podrán superar el 5% de la cantidad reclamada. Asimismo se regula por primera vez el orden de prelación de la deuda si la ejecución resulta insuficiente para satisfacerla en su totalidad. Así, tras pagar los intereses remuneratorios se pagará el principal, los intereses moratorios y las cosas, de tal manera que lo primero que se reduzca sea la deuda original para que el incremento de la deuda como consecuencia de los intereses se vea limitado. Otras previsiones para prevenir el sobreendeudamiento consisten en limitar los préstamos al 80% del valor de tasación de la vivienda --60% si la hipoteca sirve para garantizar otro préstamo-- y que el plazo de amortización sea de 30 años como máximo. Se exigirá firma manuscrita de haber sido informado de los posibles riesgos del contrato, particularmente cuando sean hipotecas de tipo variable con cláusulas techo o suelo, multidivisas o con cobertura del riesgo del tipo de interés. Por otra parte, se mantiene la moratoria de dos años en las ejecuciones hipotecarias que ya se había anunciado, si bien sólo se aplicará a las familias con ingresos que no superen en tres veces el IPREM, en cuatro veces si el deudor está parado y no tiene prestaciones o si hay discapacitados, dependientes o incapacitados; o en cinco veces si el ejecutado sufre parálisis cerebral, enfermedad mental, enfermedad grave o discapacidad intelectual (a partir de 33%) o física o sensorial (a partir del 65%). También las familias numerosas, las monoparentales con dos hijos, las familias con un menor de tres años, las víctimas de violencia de género o aquéllas con algún miembro discapacitado. Por otra parte, se mantienen los cambios anunciados para fomentar la independencia de las sociedades de tasación con respecto a las entidades bancarias, y se autoriza a que los titulares de vivienda protegida estatal no deban devolver las ayudas públicas en caso de reestructuración o quita.

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