Boletín hechos y acciones INC Colombia

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HECHOS Y ACCIONES HECHOS Y ACCIONES

Volumen 6 - Número 2 - Julio de 2014

ISSN: 2011-883X - Bogotá D.C., Colombia

Introducción

1

Objetivos

2

Antecedentes Normativos

2

Atención integral del cáncer en Colombia Hacia una mejor organización de los servicios oncológicos

Distribución actual de los servicios oncológicos en el país

3

Habilitación de servicios oncológicos

8

Acciones prioritarias en el cumplimiento de las metas del plan decenal para el control del cáncer, en torno a la habilitación de servicios oncológicos

Coordinador Grupo de Evaluación y Seguimiento de Servicios Oncológicos

INTRODUCCIÓN

11

Autor Jairo Aguilera López Comité Editorial Carolina Wiesner Ceballos Jesús Alexander Cotes Millán Alejandro Niño Bogoya Diseño, diagramación e impresión Strategy ltda Corrección de Estilo Strategy ltda Periodicidad: Dos números anuales Está permitida la reproducción de los contenidos del Boletín Hechos & Acciones, siempre y cuando se respeten los derechos de autor y se indiquen las referencias de acuerdo con los estándares establecidos.

Instituto Nacional de Cancerología

Jairo Aguilera López

E

l cáncer como enfermedad representa una condición con gran impacto social y económico, donde al año 2020, se estima será la causa de 10,1 millones de muertes (13,6% de la mortalidad total)[1] en todo el mundo. En Colombia, se calcula que el cáncer será la causa básica de muerte de 42.483 defunciones en el país a 2015 [2] y de 51.371 defunciones en el 2020[3].

El cáncer en Colombia hace parte de las enfermedades de alto costo [4], lo que representa para nuestro sistema de salud desafíos importantes a nivel de financiación, de aseguramiento y sobre todo, de la garantía en la prestación de servicios, teniendo en cuenta que el control de esta enfermedad implica tratamientos largos, abordaje multidisciplinario y el empleo de múltiples tecnologías en salud, muchas de ellas exclusivas y costosas. A lo anterior debe considerarse el impacto social que genera la enfermedad en nuestra comunidad indistinta su condición económica, social y cultural.

1


HECHOS Y ACCIONES En nuestro país, la enfermedad oncológica se ha convertido en un problema que ha requerido cada vez mayor atención; no únicamente por el impacto que representa para la salud pública en términos de incidencia, prevalencia y mortalidad, sino también por la enorme carga que para el actual sistema de salud, entraña garantizar, ofertar, atender y sostener la atención. Esto significa que los servicios de oncología del país deben contar y asegurar el cumplimiento de condiciones técnico-científicas que garanticen una atención integral, oportuna y con capacidad resolutiva, durante el curso de la enfermedad.

OBJETIVO

El presente boletín pretende presentar la distribución actual de los servicios oncológicos del país, teniendo en cuenta la información disponible en la base de datos del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud REPS [5], del Ministerio de Salud y Protección Social y describir brevemente el proceso que el Instituto Nacional de Cancerología ha venido apoyando a la gestión del Ministerio de Salud y Protección Social en el contexto de la habilitación de servicios oncológicos con base en el Artículo 58 de la Ley 1348 de 2011.

ANTECEDENTES NORMATIVOS

El Estado colombiano, a través de su Sistema General de Seguridad Social en Salud, durante los últimos años ha procurado mecanismos para asegurar y garantizar el acceso a los servicios de salud a la población con cáncer de manera que la enfermedad pueda tratarse de manera integral, efectiva y con la mayor calidad. El Plan Nacional para el Control del Cáncer en Colombia 2012 - 2021, adoptado mediante la Resolución 1383 del 2013, propone líneas de acción, metas y acciones encaminadas a enfrentar y mitigar el impacto de la enfermedad en el corto, mediano y largo plazo. La promulgación de la Ley 1384 de 2010, la Ley 1388 de 2010, la Ley 1438 de 2011, la Resolución 4504 de 2012 y la Resolución 1419 de 2013, constituyen en conjunto y a la fecha, el marco de referencia que estructura, define y establece el modelo de organización de prestadores de servicios de salud y sus servicios (oncológicos para este caso) con el propósito de asegurar al paciente con cáncer, acceso a los servicios y a las atenciones en salud disponibles en el país en cada fase de su enfermedad.

2

HECHOS Y ACCIONES

Definiciones

DISTRIBUCIÓN ACTUAL DE LOS SERVICIOS ONCOLÓGICOS EN EL PAÍS

En el contexto del Sistema de Seguridad Social en Salud para Colombia, en los términos de prestación de servicios y la actual norma de habilitación (Resolución 2003 de 2014), los conceptos “servicio de salud” y “prestadores de servicios de salud” deben ser entendidos de manera distinta pero no excluyente.

La base de datos del registro especial de prestadores de servicios de salud REPS (http://201.234.78.38/ habilitacion), administrada por la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria del Ministerio de Salud y Protección Social, contiene la información oficial sobre los servicios de salud actualmente habilitados en el territorio nacional. La

Prestadores de servicios de salud

Se consideran como tales, las instituciones prestadoras de servicios de salud y los grupos de práctica profesional que cuentan con infraestructura física para prestar servicios de salud y que se encuentran habilitados. Para efectos del presente decreto, se incluyen los profesionales independientes de salud y los servicios de transporte especial de pacientes que se encuentren habilitados (Decreto 4747 de 2007, Artículo 3).

Tabla 1. Servicios oncológicos objeto de verificación previa por parte del Ministerio de Salud y Protección Social (Artículo 58, Ley 1438 de 2011, Resolución 2003 de 2014) Grupo de servicios

Código del servicio

Grupo Servicios Quirúrgicos

Servicio de salud

Puede entenderse entonces como la mínima expresión estructural y funcional que hace parte o constituye a un prestador de servicios de salud y que es exclusivo a los procedimientos y atenciones en salud que allí se brinden (ejemplo: servicio de consulta médica general, que debe ofrecer únicamente el acto médico de la consulta propiamente dicha). Existen en el país miles de prestadores de servicios de salud con muchos servicios de salud que hacen parte de él (consultas, hospitalización, cirugía, laboratorio, etc). También pueden haber prestadores de servicios de salud con un único servicio como puede ser el caso de los profesionales independientes (ejemplo: un consultorio médico particular). Un servicio oncológico o un servicio de salud oncológico, es aquel que por las características particulares de la tecnología empleada, los procedimientos, los profesionales y el enfoque clínico específico, está destinado únicamente a la atención del paciente con cáncer.

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información a continuación presentada corresponde a un análisis descriptivo sobre los servicios oncológicos habilitados en el país a fecha de corte 28 de octubre de 2014. Desde el concepto de habilitación, los servicios de salud, se clasifican inicialmente por el grupo de servicios al que pertenecen. Para el caso de los oncológicos, estos grupos son Consulta externa, Quirúrgicos y el Grupo de Apoyo Diagnóstico y Complementación Terapéutica (Tabla 1).

Grupo Consulta Consulta Médica Especializada

Grupo Apoyo Diagnóstico y Complementación Terapéutica

Nombre del servicio

210

Cirugía oncológica

227

Cirugía Oncológica Pediátrica

232

Cirugía de Mama y tumores de tejidos blandos *

237

Cirugía plástica oncológica

217

Otras cirugías*

309

Dolor y cuidados paliativos*

336

Oncología clínica

346

Rehabilitación Oncológica

364

Cirugía de Mama y tumores de tejidos blandos*

370

Cirugía Plástica Oncológica

373

Cirugía Oncológica

374

Cirugía Oncológica Pediátrica

375

Dermatología Oncológica

379

Ginecología Oncológica

381

Oncología y Hematología Clínica

390

Oftalmología Oncológica

391

Oncología y Hematología Pediátrica

393

Ortopedia Oncológica

395

Urología Oncológica

408

Radioterapia

383

Medicina Nuclear*

394

Patología Oncológica

406

Hematología Oncológica

356

Otras consultas*

709

Quimioterapia

711

Radioterapia

715

Medicina Nuclear (PET / Yodoterapia)

Fuente: Resolución 2003 de 2014. Ministerio de Salud y Protección Social *Aplica verificación previa cuando el alcance y descripción del servicio incluye atención a pacientes con cáncer.

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HECHOS Y ACCIONES A la fecha de corte, el país cuenta con 1967 servicios oncológicos habilitados (Tabla 2, Gráfica 1), distribuidos entre 1.121 prestadores de servicios de salud, de los cuales 880 son instituciones prestadoras (hospitales, clínicas, etc) y 241 son profesionales independientes. Tabla 2. Servicios oncológicos habilitados en el país. Distribución por departamento Departamento

Número de Servicios

Bogotá D.C.

472

Valle del Cauca

226

Antioquia

224

Atlántico

174

Medellín concentra el 86% de los 224 servicios del departamento de Antioquia; Barranquilla oferta el 94% de los servicios; Cartagena el 98%; Bucaramanga el 60%, entre otros. Ciudades como Pereira y Cúcuta concentran el 100% de los servicios del departamento y entre menos servicios oncológicos tiene un departamento, cerca del 95% sino el 100%, se concentran únicamente en la respectiva capital.

Gráfica 1. Servicios oncológicos habilitados en el país. Distribución por departamento

Tabla 3. Servicios oncológicos habilitados en el país. Concentración en principales ciudades

0

100

200

300

400

Bolívar

103

Antioquia

Magdalena

72

Atlántico

Risaralda

61

Santander

Nariño

50

Bolívar

Norte de Santander

47

Cesar

44

Córdoba

39

Huila

39

der

Tolima

37

Cesar

Meta

36

Córdoba

Caldas

35

Subre

33

Quindio

32

la Guajira

29

Quindio

28

La Guajira

Cauca

16

Boyacá

Cundinamarca

11

Caquetá

5

Chocó

5

Arauca

4

Arauca

Casanare

2

Casanare

Putumayo

2

Putumayo

Vaupés

2

Valle del Cauca

Magdalena Risaralda Nariño Nte de Santan-

Huila Meta Caldas Sucre

Gráfica 2. Servicios oncológicos habilitados en el país. Naturaleza jurídica 0,7% 11,1%

88,2%

Número de Servicios

Bogotá D.C.

472

Cali

201

Medellín

194

Barranquilla

163

Cartagena

101

Bucaramanga

83

Santa Marta

65

Pereira

61

Pasto

48

Cúcuta

47

Mixta

Privada

Pública

Fuente: Base de datos del registro especial de prestadores de servicios de salud REPS. Ministerio de Salud y Protección Social. Fecha de corte Octubre 28 de 2014.

El 65% de todos los servicios oncológicos habilitados en el país (1291 servicios), pertenece al grupo de consulta externa especializada (Gráfica 3). El 18% son servicios quirúrgicos oncológicos (354 servicios) y el restante 16.4% corresponden a servicios de apoyo diagnóstico y complementación terapéutica (quimioterapia, radioterapia, medicina nuclear*). Gráfica 3. Servicios oncológicos habilitados en el país. Distribución por grupo de servicios

80%

Fuente: Base de datos del registro especial de prestadores de servicios de salud REPS. Ministerio de Salud y Protección Social. Fecha de corte Octubre 28 de 2014.

Cauca

70%

65,6%

60% 50%

Cundinamarca Caquetá Chocó

Vaupés

1967

Fuente: Base de datos del registro especial de prestadores de servicios de salud REPS. Ministerio de Salud y Protección Social. Fecha de corte Octubre 28 de 2014.

Municipios

500

Bogotá D.C.

139

Total

4

Cerca del 24% del total de los servicios del país se concentran en la ciudad de Bogotá, seguida de los departamentos de Valle del Cauca, Antioquia, Atlántico y Santander. Al revisar la concentración de servicios por capital/departamento (Tabla 3), encontramos que Cali concentra el 87% de todos los servicios oncológicos del departamento (201 servicios de 226 encontrados).

Santander

Boyacá

HECHOS Y ACCIONES

Fuente: Base de datos del registro especial de prestadores de servicios de salud REPS. Ministerio de Salud y Protección Social. Fecha de corte Octubre 28 de 2014.

Instituto Nacional de Cancerología

El 88,2% de los servicios se encuentran en instituciones prestadoras de servicios de salud de naturaleza jurídica privada, incluidos los profesionales independientes. Solo el 11% de los servicios oncológicos (216), se concentran en instituciones de naturaleza pública. Menos del 1% están en instituciones de la naturaleza jurídica mixta (Gráfica 2).

40% 30% 20%

16,4%

18,0%

10% 0% Apoyo Diagnóstico y Complementación Terapéutica

Consulta Externa

Quirúrgicos

Fuente: Base de datos del registro especial de prestadores de servicios de salud REPS. Ministerio de Salud y Protección Social. Fecha de corte Octubre 28 de 2014.

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HECHOS Y ACCIONES La Resolución 2003 de 2014, define 18 servicios de consulta especializada oncológica. De estos, 1291 servicios de consulta, 181 servicios (19%) corresponden a la consulta por oncología clínica, considerada como la puerta de entrada al proceso

HECHOS Y ACCIONES

de atención del paciente con cáncer. Le siguen la consulta de dolor y cuidados paliativos con un 14%, Ginecología Oncológica con un 12% y la consulta de cirugía de mama y tumores de tejidos blandos con 129 servicios (Gráfica 4)

Gráfica 5. Servicios oncológicos habilitados en el país. Distribución por tipos de cirugía 50% 45%

43%

40% 35%

32%

30%

Gráfica 4. Servicios oncológicos habilitados en el país. Distribución por tipos de consulta

25% 20% 19%

20%

5%

16%

12%

12%

4%

5%

5%

Trasplante de Progenitores Hematopoyéticos

Trasplante Médula Ósea o Células Madre

Cirugía Oncológica Pediátrica

0%

14%

14%

Cirugía Plástica Oncológica

Cirugía Oncológica

Cirugía de Mama y Tumores Tejidos Blandos

10%

10% 8% 6%

6% 4%

0%

11%

10%

18%

2%

15%

1%

1%

1%

a

b

c

2%

2%

2%

d

e

f

3%

3%

3%

3%

3%

g

h

i

j

k

7%

8%

Fuente: Base de datos del registro especial de prestadores de servicios de salud REPS. Ministerio de Salud y Protección Social. Fecha de corte Octubre 28 de 2014.

En el Grupo de los Servicios Quirúrgicos Oncológicos, el mayor número de servicios habilitados pertenecen al l

m

n

o

p

q

r

a. Cirugía Oncológica Pediátrica

g. Cirugía Plástica Oncológica

m. Oncología y Hematología Pediátrica

b. Rehabilitación Oncológica

h. Ortopedia Oncológica

n. Cirugía Oncológica

c. Oftamología Oncológica

i. Urología Oncológica

o. Cirugía de mama y Tumores tejidos blandos

d. Hematología y Oncología Cliníca

j. Patología Oncológica

p. Ginecología Oncológica

e. Dermatología Oncológica

k. Radioterapia

q. Dolor y Cuidados Paliativos

f. Medicina Nuclear

l. Hematología Oncológica

r. Oncología Clínica

Fuente: Base de datos del registro especial de prestadores de servicios de salud REPS. Ministerio de Salud y Protección Social. Fecha de corte Octubre 28 de 2014.

servicio de cirugía de mama y tumores de tejidos blandos (43%), seguido de cirugía oncológica (32%) y cirugía plástica oncológica (11%). Se tuvieron en cuenta los servicios de transplante de progenitores hematopoyéticos y de médula ósea y células madre, ya que el paciente oncológico es potencialmente usuario de estos servicios (9%). Tabla 4. Servicios oncológicos habilitados en el país. Servicios de apoyo diagnóstico y complementación terapéutica Nombre del Servicio

Número de Servicios

Porcentaje

Radioterapia

58

18%

Medicina Nuclear

81

25%

Quimioterapia

183

57%

322

100%

Total

Fuente: Base de datos del registro especial de prestadores de servicios de salud REPS. Ministerio de Salud y Protección Social. Fecha de corte Octubre 28 de 2014.

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HECHOS Y ACCIONES

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HABILITACIÓN DE SERVICIOS ONCOLÓGICOS

Los servicios de radioterapia (teleterapia y braquiterapia) y quimioterapia pueden considerarse como exclusivos y parte integral del tratamiento del cáncer. Los servicios de medicina nuclear dirigidos a paciente oncológico incluyen terapias con Yodo y terapias PET (tomografía con emisión de positrones). La Tabla 4, muestra el número de servicios de quimioterapia, medicina nuclear y radioterapia. El dato de los servicios de medicina nuclear no son oncológicos exclusivos, puesto que la base de datos no permite diferenciar las tecnologías empleadas por servicio.

En esencia, la habilitación de un servicio de salud, consiste en el proceso jurídico, técnico y administrativo mediante el cual el Estado certifica que un prestador de servicios de salud cuenta con servicios que cumplen con una serie de estándares mínimos obligatorios que aseguren el menor riesgo posible en la seguridad del paciente que accede y demanda dicho servicio de salud. Una vez habilitado, el prestador puede comenzar a prestar el servicio. Estos estándares y condiciones mínimas están establecidas actualmente desde este, por la Resolución 2003 de 2014.

Gráfica 6. Servicios oncológicos habilitados por año y grupo de servicios

La Gráfica 6, muestra el comportamiento de las habilitaciones de los servicios oncológicos en los últimos años, donde se observa que en los años 2006 (expedición de la Resolución 1043 de 2006) y 2010, se presentó el mayor número de habilitaciones de servicios. Posterior a la expedición de la Ley 1438 de 2011 y la obligatoriedad de la visita de verificación previa a la apertura de los servicios, el número de habilitaciones tuvo un descenso importante, teniendo en 2013, el número más bajo de inscripciones en los últimos 5 años.

250

201%

200

188%

179%

166%

164%

150

122%

100

94%

91%

62%

50

54%

63%

56% 50%

47% 40% 35%

31%

41%

43% 37%

33%

29%

35%

25% 18%

0

1% 4%

2003

La Ley 1438 de 2011 “Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”, estableció en el parágrafo único del Artículo 58, que: “…los servicios oncológicos deberán tener habilitación y verificación previa por el Gobierno Nacional”. Este Artículo modificado por el Artículo 118 del Decreto Ley 0019 de 2012, “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”, estableció que: “…Los servicios oncológicos deberán tener habilitación y verificación previa por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, entidad que para desarrollar estas funciones, podrá celebrar Convenios interadministrativos”.

2005

18% 9%

13% 5%

12%

0%

2006

2007

2008

Apoyo Diagnóstico y Complementación Terapéutica

2009

2010

2011

Consulta Externa

2012

2013

2014

La Resolución N° 1383 del 2 de mayo de 2013, adoptó el Plan Decenal para la Atención Integral del Cáncer en Colombia 2012-2021. Una de las metas de la línea estratégica N°3 de dicho plan, plantea “Desarrollar y consolidar la verificación de los estándares de habilitación del 100% de prestadores de servicios oncológicos, al año 2017”.

Quirúrgicos

Fuente: Base de datos del registro especial de prestadores de servicios de salud REPS. Ministerio de Salud y Protección Social. Fecha de corte Octubre 28 de 2014.

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Instituto Nacional de Cancerología

Instituto Nacional de Cancerología

PLAN DECENAL PARA EL CONTROL DEL CÁNCER EN COLOMBIA 2012 - 2021 Línea estratégica 3: Atención, recuperación y superación de los daños causads por cáncer Metas: • Actualizar los estándares de habilitación y modos de verificación de los servicios oncológicos. • Desarrollar y consolidar la verificación de los estándares de habilitación el 100% de prestadores de servicios oncológicos • Definir los estándares de habilitación de las redes u otras formas funcionales de servicios oncológicos. • Organizar la red de servicios para la atención integral del cáncer en Colombia. • Implementar la política farmacéutica nacional, en lo relacionado con la gestión y control de medicamentos oncológicos. • Contar con un sistema de gestión de la tecnología biomédica, que asegure la disponibilidad de inventarios, el control de la calidad en la operación y uso de tecnologías para la atención integral del cáncer. • Implementar un sistema de monitoreo sobre la calidad de los tratamientos oncológicos en el teritorio nacional.

Con las anteriores normas se ha generado un conjunto de lineamientos de política orientados a la reducción de la morbilidad y mortalidad por cáncer en adultos, niños y niñas de Colombia, buscando que los servicios de oncología cuenten con profesionales de alto nivel científico y con estándares técnicocientíficos mínimos que garanticen una atención integral, oportuna y con capacidad resolutiva. El Decreto 5017 de 2009, por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Instituto Nacional de Cancerología - Empresa Social del Estado, expresa en su Artículo 1o. objetivo “En virtud de lo establecido en la Ley 100 de 1993, el Instituto Nacional de Cancerología - Empresa Social del Estado, tiene como objetivo asesorar y asistir al Ministerio de la Protección Social, a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en el área oncológica que lo requieran y a las demás que se le determinen en el orden nacional y territorial, en el diseño, formulación y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos de

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HECHOS Y ACCIONES investigación, docencia, vigilancia epidemiológica, prevención y atención de las enfermedades neoplásicas y relacionadas….igualmente, el Instituto promueve y organiza la Red Cancerológica Nacional y contribuye con los organismos competentes en los procesos de inspección, vigilancia y control de los servicios oncológicos de carácter asistencial y preventivo, a nivel nacional”. En virtud de lo anterior y de acuerdo con lo establecido en Artículo 118 del Decreto Ley 0019 de 2012, el Ministerio de Salud y Protección Social, han suscrito desde el año 2012, convenios interadministrativos con el objeto de “Apoyar técnicamente al Ministerio de Salud y Protección Social para el desarrollo de las acciones necesarias para realizar la verificación de las condiciones técnico-científicas de habilitación de los servicios oncológicos de conformidad con lo establecido en el artículo 118 del Decreto ley 0019 de 2012, con el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud, con el plan decenal para el control integral del Cáncer en Colombia 20122021 y con las leyes 1384 y 1388 de 2010”. Desde entonces, el papel del Instituto Nacional de Cancerología ha sido únicamente el de apoyar el proceso de verificación de servicios oncológicos que requieren visita previa, en su componente de capacidad tecnológica y científica (Tabla 1). Es el Ministerio de Salud y Protección Social el responsable de la verificación del cumplimiento de las condiciones de habilitación y el que determina finalmente la habilitación o no de un servicio oncológico visitado. Entre octubre de 2012 y noviembre de 2014, el Instituto Nacional de Cancerología ha apoyado al Ministerio de Salud y Protección Social en la verificación previa de condiciones técnico científicas de habilitación de 503 servicios oncológicos en 194 prestadores de servicios de salud en todo el territorio nacional. El proceso de verificación de condiciones técnico científicas de habilitación se realiza sobre los siete estándares que establece la actual Resolución 2003 de 2014[6]: 1. Talento Humano 2. Infraestructura 3. Dotación 4. Medicamentos dispositivos médicos e insumos

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HECHOS Y ACCIONES

5. Procesos prioritarios 6. Historia clínica y Registros, y finalmente 7. Interdependencia. Cada estándar define y describe los criterios mínimos con los que debe cumplir cada servicio para optar por la habilitación. Una vez el Ministerio de Salud y Protección Social ha evaluado el resultado de cada visita de verificación por servicio /prestador, se valora el riesgo para la seguridad del paciente de acuerdo con los hallazgos que determinaron el incumplimiento por criterio – estándar – servicio y determina la habilitación o no del mismo. La propiedad y custodia sobre la información resultado de las visitas es competencia del Ministerio de Salud y Protección Social. El incumplimiento de estándares y la consecuente no habilitación, obliga a que el prestador revise su servicio de cara a la norma y nuevamente inicie el proceso de aplicación a visita previa de verificación de condiciones de habilitación tal y como lo establece la Resolución 2003 de 2014. Los servicios oncológicos que han sido habilitados por las entidades territoriales de salud de cada departamento o distrito, anterior a la expedición de la Ley 1438 de 2011, es decir, antes del 19 de enero de ese año, corresponden al 75% de los servicios oncológicos habilitados a la fecha en el país.

Atendiendo lo definido en la meta 3.1.2., Línea estratégica 3 del Plan Decenal para la Atención Integral del Cáncer en Colombia 2012-2021[7], el país debe “Desarrollar y consolidar la verificación de los estándares de habilitación del 100% de prestadores de servicios oncológicos, al año 2017”. Esto significa que está en manos del Ministerio de Salud y Protección Social, determinar las estrategias y las acciones para dar alcance a la verificación de los servicios oncológicos en el país acerca de 1.470 servicios oncológicos habilitados hasta el año 2011, incluyendo los nuevos servicios que se continuarán inscribiendo. Lo anterior representa un reto importante para el Estado si se tiene en cuenta que las leyes 1384 y 1388 de 2010 propenden por la reformulación del modelo de organización de servicios en oncología hacia el concepto de las Unidades clínicas funcionales y a redes integradas de atención en cáncer.

25,0%

Antes de la Ley

Después de la Ley

Fuente: Base de datos del registro especial de prestadores de servicios de salud REPS. Ministerio de Salud y Protección Social. Fecha de corte Octubre 28 de 2014.

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Potenciar las estrategias de verificación de cumplimiento de condiciones de habilitación en todos los servicios oncológicos del territorio nacional con la formulación, por ejemplo, de un programa nacional verificación de servicios oncológicos.

Reforzar por parte del Ministerio de Salud y Protección Social los mecanismos de asistencia técnica a las entidades territoriales para la eficaz aplicación de la Resolución 2003 de 2014 y normas orientadas al fortalecimiento de los servicios oncológicos en el territorio nacional.

Fortalecer el acompañamiento y seguimiento por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, al cumplimiento de las entidades territoriales frente a las acciones de Inspección Vigilancia y Control delegadas por ley.

Alinear mecanismos orientadas a mejorar la calidad de la información que alimenta la base de datos del registro de prestadores de servicios de salud REPS, en términos de oportunidad y calidad del mismo.

Adelantar las acciones necesarias para lograr en el corto plazo acciones que definan la estructuración de una red nacional de cáncer a través de la implementación de mecanismos que incluyan entre otras, Unidades clínicas funcionales según lo dispuesto en la Ley 1384 de 2010, la Ley 1344 de 2010 y la Resolución 1419 de 2013.

Continuar con la formulación de propuestas y recomendaciones que contribuyan a superar y controlar los problemas de salud pública atribuibles al funcionamiento de los servicios oncológicos en Colombia.

Incorporar estrategias en el corto plazo que permitan evaluar la calidad en la atención de los servicios oncológicos con modelos de evaluación, monitoreo y seguimiento, en concordancia a lo dispuesto por Plan decenal para el control del cáncer 2012 -2021.

UNIDADES FUNCIONALES PARA LA ATENCIÓN EL CÁNCER

Gráfica 7. Servicios oncológicos habilitados antes y después de la Ley 1438 de 2011

75,0%

ACCIONES PRIORITARIAS EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS DEL PLAN DECENAL PARA EL CONTROL DEL CÁNCER, EN TORNO A LA HABILITACIÓN DE SERVICIOS ONCOLÓGICOS

Red de Prestación de Servicios Oncológicos: Es el conjunto de prestadores de servicios de salud que trabajan de manera organizada y coordinada en un proceso de integración funcional orientado por los principios de complementaridad, subsidiariedad y los lineamients del proceso de referencia y contrarreferencia, establecidos por la entidad responsable del pago, para garantizar el acceso, oportunidad, pertinencia, seguridad, continuidad, integralidad, resolutividad y calidad en el control y la atención del cáncer, así como en los procesos de prevención, detección temprana, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos. Unidades Funcionales: Son unidades clínicas habilitadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, o quien este delegue y ubicadas al interior de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, cuya función es evaluar la situación de salud del paciente y definir su manejo, garantizando la calidad, oportunidad y pertinencia del diagnóstico y el tratamiento. En tal sentido, las Unidades Funcionales hacen parte de la Red de Prestación de Servicios Oncológicos.

Instituto Nacional de Cancerología

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HECHOS Y ACCIONES

BIBLIOGRAFÍA [1]Globocan http://globocan.iarc.fr/old/burden.asp?selection_pop=224900&Textp=World&selection_cancer=290&Text-c=All+cancers+excl.+non-melanoma+skin+c ancer&pYear=8&type=1&window=1&submit=%C2%A0Execute [2]Globocan http://globocan.iarc.fr/old/burden.asp?selection_pop=40170&Textp=Colombia&selection_cancer=290&Text-c=All+cancers+excl.+non-melanoma+ski n+cancer&pYear=3&type=1&window=1&submit=%C2%A0Execute [3] http://globocan.iarc.fr/Pages/burden_sel.aspx [4] Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 3974 de 2009, artículo primero. [5] Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud REPS Ministerio de Salud y Protección Social http://201.234.78.38/habilitacion/ [6]http://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/ Resoluci%C3%B3n%202003%20de%202014.pdf [7]http://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/Plan%20 Decenal%20para%20el%20Control%20del%20C%C3%A1ncer.pdf

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Instituto Nacional de Cancerología


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