La construcción de la democracia

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“LA CONSTRUCCIÓN DE LA DEMOCRACIA EN EL PERÚ DURANTE EL SIGLO XXI Y LA REVOCATORIA DE AUTORIDADES COMO MECANISMO DE PARTICIPACION CIUDADANA” SUMARIO I. BREVE REPASO DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA DEMOCRACIA EN EL PERÚ DURANTE EL SIGLO XXI II. ¿EL PERÚ TIENE UN RÉGIMEN POLIÁRQUICO? III. LA CALIDAD DE LA DEMOCRACIA EN EL PERÚ IV.¿LA REVOCATORIA DE AUTORIDADES ES EJERCIDA PLENAMENTE POR LOS CIUDADANOS EN NUESTRO PAÍS O PRESENTA LIMITACIONES? 4.1. RESUMEN - PALABRAS CLAVE 4.2. INTRODUCCIÓN 4.3. DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN 4.4. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.5, REVOCATORIA DE AUTORIDADES 4.6. CONCLUSIONES 4.7. RECOMENDACIONES V. A MODO DE COLOFON VI. BIBLIOGRAFIA.

“La construcción de la democracia en el Perú está en relación directa con el ejercicio de la ciudadanía, las mismas que están condicionadas por el contexto económico político y sociocultural de la población. En estos procesos, la educación es uno de los elementos que determina la calidad de la ciudadanía y de relaciones democráticas, cuyas deficiencias se estructuran desde las desigualdades económicas y desde el Estado.; Pero que también tienen sus potencialidades y existencia real en la base misma de la sociedad civil: Los ciudadanos y sus organizaciones” I. BREVE REPASO DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA DEMOCRACIA EN EL PERÚ DURANTE EL SIGLO XXI

El término democracia entraña en Perú mucho más que mera preocupación por no haber sido una constante su significado a lo largo de su historia. La cual evidencia, en efecto, la alternancia de períodos de ruptura del orden democrático con formas autoritarias y dictatoriales de gobierno, que distaban del “gobierno del pueblo” al que alude conceptualmente el vocablo. De hecho, ha solido en los últimos años ser también utilizada como slogan en demagógicas luchas en pro de su defensa por parte de políticos del país, que con su accionar contribuían más bien a obstaculizar el camino para alcanzarla; degenerando de este modo en ridícula expresión, irresponsablemente pregonada por quienes suelen ser los primeros en no cumplir con sus requisitos ni dan pruebas de practicarla.


Qué es democracia: Inicialmente el término democracia fue concebido como “autoridad o gobierno del pueblo”, en la antigua Grecia allá por los años 500 a.C., cuando la gente vivía en pequeñas ciudades o “polis” y los ciudadanos eran llamados “demos” o “pueblo”; y podían además opinar acerca de sus leyes, normas y reformas. Hoy engloba a una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y sus relaciones sociales establecidas conforme a mecanismos contractuales; lo que en un sentido estricto significa una forma de gobierno o de organización estatal, donde las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta, que confieren a la vez legitimidad a los representantes. Y aunque la significación etimológica del término es realmente más compleja de lo que parece, se considera que proviene del griego antiguo “δημοκρατ?α” acuñado en Atenas en el siglo V a. C. a partir de los vocablos “δημος” o “demos” traducible como “pueblo”, y de “Κρ?τος” o “krátos” traducible como “poder” o “gobierno”. Sin embargo, todo lo que teóricamente exprese el término democracia, no servirá de mucho sino priman al mismo tiempo conductas de reconstrucción moral y ética que logrando consolidarla; alcancen por otro lado garantizar el libre y eficaz desarrollo de las relaciones económicas, empresariales, sociales, políticas, institucionales, jurídicas y demás en la sociedad. Una mirada a nuestra historia republicana nos muestra muy rápidamente que la democracia en el Perú no ha tenido nunca raíces muy sólidas. Son muchos más los años en que hemos sido regidos por gobiernos impuestos, sean éstos civiles o militares, que por autoridades auténticamente surgidas de la voluntad popular. Son, además, poquísimos los casos en nuestra historia en que los gobernantes civiles han concluido exitosamente sus experiencias de gobierno. Sin ir más lejos, presidentes tan respetables y que habían despertado tanto fervor popular al ser elegidos, como José Luis Bustamante y Rivero y Fernando Belaunde Terry, terminaron víctimas de golpes de estado seguidos de largos gobiernos militares. El Perú es, además, el único país de América Latina donde la generalizada transición a la democracia que tuvo lugar entre fines de los setenta y mediados de los ochenta fracasó abiertamente y fue interrumpida por un golpe civil-militar del que ya todos conocemos. Para lo que puede ser útil esta mirada a las dificultades históricas de la construcción de la democracia en el Perú, es para recordar a quienes ejercerán el gobierno las complejidades y dificultades que habrán de enfrentar; y, asimismo, para que quienes queremos fiscalizar a las nuevas autoridades tengamos una perspectiva más realista de lo que se puede conseguir y exigir. II. ¿EL PERÚ TIENE UN RÉGIMEN POLIÁRQUICO? En primer lugar al responder si el país “X” es una poliarquía es importante distinguir cual es el concepto-matriz de poliarquía, a saber, el país “X” es una democracia política (y no social o económica) o una poliarquía si cuenta con los siguientes requisitos institucionales: 1) funcionarios electos;2) elecciones libres y justas;3) sufragio inclusivo;4) derecho a competir por cargos;5) libertad de expresión;6) fuentes alternativas de información;7)derecho de asociación. Estos requerimientos sirven para la definición conceptual y operacional de la poliarquía. En tal sentido es posible definir variables para una escala de la poliarquía las cuales


se resumen en : 1)medir elecciones libres y justas;2)derecho de asociación;3)libertad de expresión;4)alternativas de información;5)derecho a sufragio. Segundo, así como la democracia, la poliarquía se refiere a la calidad de un sistema político; pero a diferencia de la democracia (al menos como esta es usualmente concebida), la poliarquía es también una dimensión. En tal sentido, existen grados (0-10) para cada una de las variables de poliarquía, en una escala de ausencia o presencia de poliarquía Tercero, la poliarquía no toma en cuenta distintos grados de democracia en los distintos niveles de política (horizontal o vertical); está concentrada únicamente en el régimen nacional (Dahl 1971: 10-14). Finalmente, no hay un grado particular de igualdad socioeconómica requerido para que un país sea poliarquía. La igualdad socioeconómica es solamente una condición que favorece el desarrollo de la poliarquía. En tal sentido, advirtiendo previamente estas distinciones, podemos afirmar que en el Perú existe un régimen poliárquico. El carácter empírico de la poliarquía no se resume como un instrumento para la “democracia como check list”. III. LA CALIDAD DE LA DEMOCRACIA EN EL PERÚ Luego de la afirmación precedente que en nuestro país existe un régimen poliárquico, abordaré ahora muy sucintamente algo importante y que no se debe perder de vista. Es el hecho de plantear que la clave del problema en el Perú no yace en la conveniencia o no de mantener el modelo económico, sino en la pobre calidad de nuestra democracia. Podríamos decir de este modo que: la desigualdad es la razón de fondo que andamos buscando. No se trata de eso, sino de una desigualdad que se produce como consecuencia de un mal funcionamiento del sistema democrático, es decir, de una desigualdad en términos de oportunidades, marginación y exclusión. Es por ello que resulta muy útil la diferenciación conceptual que la economista española María Teresa Gallo (2009) plantea al respecto, cuando señala que en América Latina la desigualdad es de carácter disfuncional. En una economía de mercado, sostiene Gallo, la desigualdad surge debido a la adopción de riesgos, de la actividad empresarial, de la adquisición de habilidades y el ahorro que llevan a cabo los agentes que actúan dentro del marco lógico del sistema. Estamos en este caso ante una desigualdad funcional, producto de un proceso de diferenciación y especialización –éxito y fracaso, riqueza y pobreza incluidos–, que se desarrolla entre sujetos que compiten en los términos de esta economía de mercado. Pero ¿qué ocurre si una gran porción de la población no tiene posibilidad de participar en esta dinámica? En este caso, que es precisamente lo que estamos viendo, estamos ante una desigualdad disfuncional, y los que la sufren tienen muchos y buenos motivos para confrontar el sistema. Si desde la perspectiva que da el estar ubicados “dentro” del sistema no se alcanza a concebir que quienes sostienen posturas radicales o anti-sistema, son en su gran mayoría las víctimas de una desigualdad disfuncional, y que esta situación representa exactamente lo opuesto a una auténtica democratización de la sociedad, el problema nunca se solucionará: el “sistema” se defenderá manteniendo sus mecanismos de exclusión, creando un círculo vicioso


interminable. La polaridad persistirá. Nuestra democracia seguirá siendo limitada, pobre, de mala calidad, y nuestro Estado la viva imagen de esta situación. En estas circunstancias, resulta imposible hablar de una adecuada distribución de la riqueza. Se podría decir, ciudadanos de primera, segunda y cualesquiera categoría que se quiera, en la medida en que sólo unos pocos están en condiciones de ejercer plenamente sus derechos humanos, civiles, políticos y económicos, estando una gran mayoría al margen de los escasos beneficios que en estas condiciones puede ofrecer el sistema ya que en el Perú, no hay que olvidar, el aparato estatal no se encuentra en capacidad de ejercer sus funciones básicas tanto en términos de alcance territorial como en la calidad y universalidad de los servicios que debe ofrecer a la población. Por lo tanto, más allá de que los candidatos en carrera se esfuercen en aparecer menos radicales para atraer la mayor cantidad de votos posible del amplio sector de la población que hubiera preferido una opción moderada (pues a la larga son estos los que van a decidir la elección), no se debe perder de vista que la clave del problema en el Perú no yace en la conveniencia o no de mantener el modelo económico, sino en la pobre calidad de nuestra democracia. Esta constatación es la que nos debe imponer la agenda en el futuro inmediato. Siendo finalmente los ciudadanos la esencia y razón de ser de la democracia, deberían coadyuvar al predominio y ejercicio de la moral en todo su ejercicio, mediante los mecanismos de participación que le son inherentes; de este modo contribuir también a una más eficiente y transparente gestión estatal o pública. En tal sentido por ejemplo tenemos como un mecanismo de participación ciudadana al proceso de Revocatoria regulada mediante la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos N° 26300 del 18 de abril de 1994 pero me pregunto: ¿La Revocatoria de Autoridades es ejercida plenamente por los ciudadanos en nuestro país o presenta limitaciones? Expondré un breve estudio al respecto planteándome la interrogante antes evocada. IV. ¿LA REVOCATORIA DE AUTORIDADES ES EJERCIDA PLENAMENTE POR LOS CIUDADANOS EN NUESTRO PAÍS O PRESENTA LIMITACIONES? 4.1. RESUMEN Luego de haber examinado muy brevemente que la participación ciudadana es importante en toda democracia, podemos afirmar que uno de estos mecanismos de participación es el proceso de revocatoria instaurado en nuestro país desde el año 1994. Es así que en el presente ensayo también abordo de manera puntual la revocatoria de autoridades ejercida por el ciudadano, pues en los últimos tiempos se ha abierto paso en el campo constitucional a la democracia participativa para darle al pueblo la oportunidad no sólo de elegir a sus gobernantes sino también la de participar más directa y frecuentemente en la toma de sus decisiones que afecten a la comunidad , la cual tiene lugar en el caso de la revocatoria de autoridades y está consiste en la posibilidad que se le da a los ciudadanos en ciertas circunstancias y cumpliendo ciertos requisitos de revocar el mandato de sus


autoridades pues el objetivo es hacer efectiva la responsabilidad política del elegido frente a sus electores. PALABRAS CLAVE: Revocatoria, Democracia, Ciudadano. 4.2. INTRODUCCIÓN El presente estudio tiene su origen en una sencilla interrogante ¿La Revocatoria de Autoridades es ejercida plenamente por los ciudadanos en nuestro País o presenta limitaciones? La participación persigue disminuir la concentración de poder, superar la escasa participación de los gobernados en los mecanismos de toma decisión , tanto en lo político como en lo económico, establecer un equilibrio socio-político, tomando por base las organizaciones sociales, o sea ocupacionales, a fin que entre el pueblo y el poder exista el mínimo posible de intermediarios. Se analizará los artículos pertinentes de la Constitución Política, así como también la Ley 26300, recurriendo además a la doctrina nacional, por último tomando en cuenta las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional de acuerdo al tema motivo de estudio. 4.3. DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN La democracia como estilo de vida es un modo de vivir basado en el respeto de la dignidad humana, la libertad y los derechos de todos y cada uno de los miembros de la comunidad. La democracia como forma de gobierno es la participación del pueblo en la acción gubernativa por medio del sufragio y del control que ejerce sobre lo actuado por el estado. La Democracia al tener sus objetivos, corolarios se manifiesta de dos maneras: por la democracia mayoritaria y la democracia que busca incrementar el consenso teniendo en consideración, de igual manera, las ideas de la oposición, y esta garantiza la participación en las decisiones de todos los ciudadanos y tiene en consideración el principio de consenso en el gobierno creando un amplio sentido de responsabilidad y de confianza reciproca. De acuerdo a lo expuesto en el acápite anterior se deduce que democracia debería ser gobierno de todo el pueblo, pero, es imposible realizarla de modo directo y pleno, si bien el pueblo no administra porque tal función supone ejercicio continuo de la autoridad, si puede gobernar con un mecanismo racional de participación. Igualdad de derechos políticos, igualdad social con aproximación de los ingresos económicos, alternabilidad en el mando y limitación de la voluntad mayoritaria frente a los derechos humanos fundamentales, tal ideal es la democracia. La participación persigue disminuir la concentración de poder, superar la escasa participación de los gobernados en los mecanismos de toma decisión , tanto en lo político como en lo económico, establecer un equilibrio socio-político, tomando por base las organizaciones sociales, o sea ocupacionales, a fin que entre el pueblo y el poder exista el mínimo posible de intermediarios.


Nuestro país posee un sistema democrático ( así está señalado en los Art.2 inciso 17, Art. 31,32, 35,43,45,46,90,11,176,178,187 de nuestra Constitución Política), la democracia es el sistema por el cual las personas son parte de la sociedad política y ejercen el poder por el hecho de ser ciudadanos (El poder emana del pueblo) porque este es el detentador originario, nadie más que él lo tiene en sus manos, ya origina e orienta el poder. El Estado de Derecho es presupuesto de la democracia, entendida en sentido formal; y la democracia, en tanto dispositivo simbólico, es presupuesto del Estado de Derecho, porque el derecho encuentra en los valores democráticos un ámbito de legitimación externa que lo hace moralmente aceptable. La aplicación que se practique en un Estado de manera eficaz el Principio de Estado Social y Democrático de Derecho se hace presente en un verdadero Estado de Derecho real no aparente, pues no puede simular que en un momento este derecho es respetado y otra veces no, ya que si hay justicia esta debe ser dada para todos bajo los principios de libertad e igualdad. Las constituciones no originan el Estado de derecho, sino que son más bien su expresión y plasmación codificada. La legalidad a la que sus principios dan lugar es una legalidad que ha sido aceptada como valor compartido de la ciudadanía y cuyos principios provienen de las luchas, acuerdos y equilibrios resultantes de la interacción de los sujetos políticos, en consecuencia Y un estado de derecho supone el sometimiento de todos los ciudadanos a la ley y a los tribunales de justicia, otorgando "garantías... que se derivan de la forma democrática de gobierno", no implican solamente una determinada organización política contra la cual es ilegítimo atentar sino la necesidad de que ella está amparada por las garantías judiciales que resulten indispensables para el control de legalidad de las medidas tomadas ya que en una sociedad democrática los derechos y libertades inherentes a la persona, sus garantías y el Estado de Derecho constituyen una tríada, cada uno de cuyos componentes se define, completa y adquiere sentido en función de los otros, puesto que el Estado existe porque es producto del pensamiento del hombre , se tiene que respetar a cada miembro de la sociedad , pues son la esencia de un Estado pues no sería lógico hablar de Estado si esta no se basa en los hombres en sociedad que la componen y a la cual se tiene que velar por su dignidad aplicando el principio de Estado Social y Democrático de Derecho y así se podrá en un futuro conseguir la tan anhelada justicia social.

4.4. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA El punto de partida es el Art. 43 de nuestra Carta Magna ya que está disperso en su articulado el principio de manifestación popular, el principio representativo, y también el principio de participación ya que esta expresado en su Art. 2 inciso 17, Art. 31, 32 y 35. Para que se configure una democracia real en un país tiene que estar presente el principio de participación que les permite a los miembros de una determinada sociedad no sólo elegir y ser elegidos en el campo político sino ser fiscalizadores por lo cual el derecho de control de la revocatoria de autoridades permite a los ciudadanos que dieron la confianza a un determinado grupo político juzgar su actuar político, ya que no puede decirse exista una democracia real donde los individuos, aunque vean satisfechas las necesidades materiales básicas para su desarrollo, no cuenten con garantías que le garanticen el ejercicio de participar en la vida


política y esto significaría negarse que son parte de la sociedad y que no son protagonistas de la participación que hay en un estado democrático, es decir, un ciudadano es un individuo o comunidad de individuos, con derechos garantizados por el Estado, con responsabilidades hacia la comunidad política de la que forma parte. Dándose una dimensión pasiva: derechos y una dimensión activa: responsabilidades. Y de acuerdo a esto el Tribunal Constitucional se ha pronunciado manifestando “Derecho a participar en la vida del país. Como derecho y garantía institucional”. En el Artículo 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. 25, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Art. 20 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y el Art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos se protege la revocatoria de autoridades que tienen los ciudadanos como un mecanismo de participación latente que se da en un Estado democrático para intervenir en los ámbitos de la esfera pública lo cual radica en la misma dignidad humana como una garantía indispensable para la realización de otros derechos fundamentales y condición básica para el control de la actuación del Estado, y estos parámetros que debe guiar los procesos electorales nuestro país no es ajeno a esto ya que lo expresa taxativamente en el Art. 17 inciso 2 de nuestra Carta Magna y se relaciona con el Articulo 31 donde los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos , donde las dos normas deben ser interpretadas conjuntamente para dar pleno sentido a la participación popular e interpretando estas normas constitucionales la revocación de autoridades, es un derecho que se ejerce para premiar o castigar a aquellos funcionarios o autoridades municipales, que durante el ejercicio de su función se han desempeñado deficientemente, incurriendo en negligencia inexcusable o han delinquido, desmereciendo en ellos la confianza depositada en ellos. Por todo lo expuesto los ciudadanos tienen el derecho de participar en la vida política en forma activa ya que es un derecho inherente de la persona de elegir a sus autoridades y de revocarlos por su negligencia o irresponsabilidad en su cargo que fueron elegidos por el pueblo que les dio su confianza.

4.5. REVOCATORIA DE AUTORIDADES Consiste en la posibilidad que se le da al pueblo, en ciertas circunstancias y con el lleno de ciertos requisitos, de revocar el mandato de los elegidos, generalmente autoridades. Es el ejercicio de la soberanía popular cuyo objeto es hacer efectiva la responsabilidad política del elegido frente a sus electores. Es el derecho a participar en la vida política del país que tiene todo ciudadano, es reconocerle que es el protagonista de todo, ser parte de algo, por lo que le corresponde asumir y recibir su parte de aquello en lo que participa; es decir, faculta a las personas para intervenir en la formación de la voluntad estatal y en los órganos e instituciones del Estado, lo que corresponde derechos de elegir y ser elegido, así como recurrir a mecanismos de participación directa como es el caso de la revocatoria de autoridades.


Se encuentra regulado en el Artículo 3 inciso a de la Ley de Participación y Control Ciudadano (Ley 26300)donde se puede destituir en sus cargos a Alcaldes y regidores, autoridades regionales que provengan de elección popular (ARTICULO 20) pero al exigir en el artículo 22 que el 25% de los electores de una autoridad, con un máximo de 400,000 firmas debidamente acreditadas, presentan la solicitud de la revocación ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales, es como un requisito que muchas veces no se puede reunir. Es importante señalar que cuando es inadmisible la solicitud de revocatoria por no reunir con el requisito mencionado en el acápite anterior, se tiene que esperar dos años para poder nuevamente revocar al candidato, y qué pasa durante ese tiempo que los electores no se encuentran conformes con la dirección del gobernante que va en contra del bienestar de quienes lo eligieron y le dieron su confianza, en consecuencia, no se respeta la dignidad de la persona humana como eje central de una sociedad por lo cual se debe prestar mayor atención a los mecanismos de participación ciudadana (revocatoria de autoridades) porque muchas veces pedir tanta formalidades aunque así lo mande la ley muchas veces se comete injusticias, en consecuencia si bien en la Constitución se defiende el derecho de participación ciudadana esté debe tener garantías. Además hay que mencionar, no existen normas operativas en la Carta que permitan que el Presidente de la República sea revocado en su mandato y el articulo 134 penúltimo párrafo prohíbe revocar el mandato de los congresistas por otra vía que no sea la disolución del Congreso impulsada por el Poder Ejecutivo , en el caso expresamente autorizado. De acuerdo a lo expuesto, en el mecanismo de participación ciudadana (revocatoria de autoridades) es primordial que en un Estado prime un sistema democrático ya que quienes conviven en la democracia tenga la voluntad y capacidad necesarias como para generar un consenso mínimo o elemental de las cosas y si bien en la democracia como estilo de vida, las decisiones no se imponen, sino que se generan en la discusión o el intercambio de criterios son asumidas en el último de los casos conforme al sustento racional de la regla mayoritaria , pero no la de una mayoría unilateral y caprichosa, sino de aquella que sin dejar de serlo, sepa también respetar y ceder, en aras de que la consabida decisión, sea lo más aproximativa del consenso como objetivo donde el derecho de control de revocatoria de autoridades no se encuentra a capa caída, sino que anda buscando formas más efectivas de compatibilizarse con las exigencias que exige el pueblo pero teniendo en cuenta que si bien, es cierto, que hay requisitos para iniciar un proceso de revocatoria de autoridades no debe ser tan formal sino se debe ver el fin que persigue ese determinado mecanismo de participación ciudadana, puesto que sucede que la democracia representativa tiene muchos vicios y corruptelas, no sólo por los procesos electorales manipulados, muchas veces amañados y hasta fraudulentos, sino que los representantes, sean gobernantes no traducen en sus actos y gestiones la voluntad y los intereses de las mayorías que lo eligieron, sino más bien los intereses de los grupos de poder y de intereses económicos y políticos extranjeros. De ello resulta que la democracia se reduce únicamente, en el mejor de los casos al proceso electoral. Y después las mayorías son olvidadas e incluso traicionadas por sus gobiernos y representantes. 4.6. CONCLUSIONES


• Un gobierno democrático en su origen y antidemocrático en su desenvolvimiento, mal puede reclamar aquella denominación, hasta el último día de su período ni menos las mayorías defraudadas, están obligadas a seguir bajo ese régimen, ya que a mayor participación ciudadana mayor democracia, siendo trascendental el involucrarse en el desarrollo integral de una sociedad donde se respeten el derecho de las minorías. • La revocatoria de autoridades consiste en la posibilidad de que el pueblo, mediante votación, retire de un cargo electivo a quien considera que no es una persona idónea para realizar dicha función o por qué ha incurrido en actos delictivos que van en contra del bien común. • A mi parecer la revocatoria de autoridades es limitado en su ejercicio ya si bien en teoría hay normas que garanticen su ejercicio pero en la práctica tanta formalidad y requisitos no permite que los ciudadanos puedan ejercer su derecho de participación ciudadana, ya que si observamos la realidad hay muchos intereses en juego y se truncan este tipo de proceso. 4.7- RECOMENDACIONES • Se debe implementar mecanismos que permitan coadyuvar a que la finalidad de un proceso de revocatoria de autoridades sea logrado, por lo cual el Estado debe ver esto de manera activa, donde los organismos encargados revisen los presupuestos para poder iniciar este proceso el cual no debe ser tan engorroso. • Hay que impartir una educación cívica a los ciudadanos por parte de las Universidades, y diferentes entes del Estado, para que de esta manera un ciudadano pueda saber en si en que consiste la revocatoria de autoridades para que en el momento debido pueda ejércelo y además dejarles claro que es un derecho que tienen y que no deben tener miedo a ejercerlo. • A los candidatos antes de participen en proceso electoral se debería implementar en la ley respectiva que estos sigan un curso de Ética y Moral y así se sientan comprometidos con los fines de la sociedad. V. A MODO DE COLOFÓN Sí, quisiera terminar este breve ensayo solamente con un artículo de “Tha Economist” que me parece interesante tener en consideración, el artículo se denomina “Perú un País con Democracia Imperfecta” y dice así: “Lima (Peru.com).- El Perú ocupa el puesto 63 del ranking de “democracia imperfecta” en Sudamérica, según un informe de The Economist Intelligence Unit, en el cual se evalúan las condiciones democráticas a nivel global. La puntuación peruana es de 6.40 sobre un máximo de 10. Para determinar el nivel de cada país se tuvieron en cuenta cinco parámetros: proceso electoral y pluralismo, libertades civiles, funcionamiento del gobierno, participación política y cultura política. El ranking define cuatro categorías para ubicar a los países: democracia plena (del puesto 1 al 26), democracia imperfecta (del 27 al 79), régimen híbrido (del 80 al 111) y régimen autoritario (del 112 al final).


En América Latina, además de la uruguaya, existe solamente otra “democracia plena”: Costa Rica. El resto de los países de América Latina se ubica en la categoría de “democracias imperfectas”, a excepción de Bolivia, Ecuador, Venezuela, Nicaragua, Honduras y Haití que son régimenes híbridos. Cuba es considerada un régimen autoritario.” Brasil ocupa el puesto 47, Argentina el 51, Paraguay el 62 y Chile el 34. Los 10 primeros puestos del ranking son ocupados por Noruega, Islandia, Dinamarca, Suecia, Nueva Zelanda, Australia, Finlandia, Suiza, Canadá y Holanda. El informe concluye que la mitad de la población mundial vive bajo algún modo de democracia, pero destaca que ésta forma de gobierno está en declive desde 2008. VI. BIBLIOGRAFIA • BERNALES BALLESTEROS, Enrique. “La Constitución Política de 1993.-Análisis Comparado”, Tercera Edición, 1997, Editora Raos, Lima. • CARRUITERO LECCA, Francisco. “Derecho Constitucional y derechos humanos” .Ediciones Blg:, PERU. 2005. • ORTECHO VILLENA, Víctor. “Democracia, clase política, sociedad civil y libertad de prensa”. Revista Jurídica del Perú, Nº55, marzo-abril 2004,27-31. • RUBIO CORREA, Marcial. “Estudio de la Constitución Política de 1993”, Tomo I, Primera Edición, 1999, Lima-Perù. • TERRAZAS ROJAS, Juan. “Estado de Derecho y Democracia”. Revista Jurídica del Perù, Nº29, diciembre 2001, Pág. 7-14 • SÀENZ DAVALOS, Luis.” El Sentido de la Democracia”. Revista Jurídica del Perú, Nº53, diciembre 2003, 3-11. • VALDIVIA CANO, Ramiro. “Democracia y participación en el Estado de Derecho”. Revista Jurídica del Perù, Nº43, febrero 2003,121-126. • SÀENZ DAVALOS, Luis.” El Sentido de la Democracia”. Revista Jurídica del Perú, Nº53, diciembre 2003, 3-11. • ORTECHO VILLENA, Víctor. “Democracia, clase política, sociedad civil y libertad de prensa”. Revista Jurídica del Perú, Nº55, marzo-abril 2004,27-31. • Legislación Electoral 2006- Volumen I, Jurado Nacional • Tribunal Constitucional: www.tc.gob.pe. (GACETA DEL TRIBUNAL).

de

Elecciones.

• http://www.peru.com/noticias/sgc/portada/2010/12/18/detalle132065.aspx • Joselito Fernández Tapia denominado “La construcción de la ciudadanía protagónica como proceso de construcción de la democracia”


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