Módulo 3 Pastoral Social

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Asambleas de Dios Colombia

Calle 68 No. 14A 60 Chapinero, Colombia / Tel.: (1)745 2657 info@adcolombia.org - www.adcolombia.org Diseùado por: SKP Estudio Creativo www.skpestudio.com Impreso por: Panamericana Fromas e Impresos S.A. Todos los derechos reservados 2018 Š



Contenido Marco Referencial ......................... 7 Referente Bíblico ......................... 9 Defensoría e Intervención Social ......................... 11 Lección 1. Defensoría desde la Iglesia Defensoría población Vulnerable

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Lección 2. Protpocolos de Protección ......................... 19 Formación del comité local para la protección de la niñez y adolescencia ......................... 21 Perfil del personal que trabajacon niños, niñas y adolescentes ......................... 22 Intereacción adecuadadel personal que labora con NNA ......................... 22 Requisitos mínimos de seguridad ......................... 24 Planificación de eventos, campamentos y actividades fuera de la iglesia ......................... 26 Transporte de niño, niñas y adolescentes fuera de la iglesia ......................... 27 Lección 3. Ayuda Humanitaria y Voluntariado ......................... 31 Ayuda Humanitaria ......................... 33 Anexos Anexo 1. La declaración Universal de los derechos Humanos ......................... 47 Anexo 2. Ley 1505 de 2012 ......................... 49 Anexo 3. Acta de Compromiso de Voluntarios ......................... 54



MARCO REFERENCIAL

La Biblia reconoce al hombre como una creación especial de Dios, bendecido con ciertos “Derechos Humanos” como la justicia, la dignidad, la protección y la benevolencia. Sin embargo, hoy por hoy, nos encontramos ante un caudal de violaciones de los Derechos Humanos. El plan de Dios, “dador de vida”, es que el hombre esté en un entorno seguro, y la Iglesia debe propender por ello, ya que no hay desarrollo de una comunidad sin respeto por los DDHH (Derechos Humanos). También es cierto que un ambiente seguro favorece la dignificación del ser humano como creación de Dios, de allí que, como actor social, la Iglesia se ve avocada a brindar su apoyo; lo que se conoce como ayuda humanitaria, que no es más que una forma de solidaridad o cooperación, generalmente destinada a las poblaciones pobres o que han sufrido una crisis humanitaria, ​como las provocadas por fenómeno naturales (sismos, tsunamis, etc.) o una guerra. De una u otra manera, la misión del cristiano se ve cumplida en estos escenarios donde puede atender poblaciones vulnerables. Es, en otras palabras, un voluntario que participa activamente en defensa y socorro del prójimo, que se involucra fácilmente en los comités locales de prevención y atención de emergencias como parte de su servicio social, proponiendo y promoviendo soluciones a las necesidades más latentes ante un desastre. Esta cartilla está orientada a estos temas articulados: la defensa de los Derechos Humanos, protocolos de protección, ayuda humanitaria y voluntariado. 7



REFERENTE BÍBLICO La “Teología de la Misión” ha surgido del esfuerzo de muchos teólogos, pastores y líderes eclesiales que, viendo la necesidad de una expresión teológica autóctona y consecuente con el contexto de las necesidades del pueblo, se ha volcado a la tarea de reflexionar sobre el texto bíblico y la aplicación de su verdad a la vida cotidiana contemporánea en todos sus aspectos. Partió del hecho de observar a un pueblo de Dios espiritualizado, culto-céntrico y escapista que, con interpretaciones dualistas sobre su responsabilidad ante el mundo, postergó el accionar del cambio y la apertura de expresiones de esperanza para miles de personas en necesidad. Como diría René Padilla: “El cambio que se requiere para que la idea de la Misión Integral se encarne en la vida de la iglesia tiene que ver con la manera de concebir la relación de la Iglesia con el mundo”. Surge entonces la urgencia de responder bíblicamente a un mundo que gime “esperando la manifestación [libertadora] de los hijos de Dios” (Ro. 8:18-24). Nos damos cuenta de que somos “la esperanza del mundo” solo cuando nos preguntamos, conocemos y respondemos adecuadamente acerca de lo que real y concretamente el mundo espera de nosotros: “luz del mundo”. Se requiere de una relectura bíblica, comenta el mismo Padilla, cuando dice que “poco a poco se va superando la idea de que la misión cristiana puede definirse exclusivamente en términos del mandato a evangelizar con el propósito de “salvar almas y plantar iglesias”. Ya no sorprende que, por lo menos de labios para afuera, en dichos círculos se admita que la misión apunta a la restauración de la creación de Dios en todas sus dimensiones y que consecuentemente incluye lo espiritual y lo material, lo personal y lo social, lo privado y lo público. 9



DEFENSORÍA E INTERVENCIÓN SOCIAL

Esta cartilla desarrolla tres lecciones: Lección 1 Defensoría desde la Iglesia. Esta lección está fundamentada en la acción de favorecer a los más vulnerados. La ley del más débil, quien no tiene poder, lo único que tiene son derechos, recursos y garantías para ser protegido. Lección 2 Protocolos de protección. La intervención de este documento está supeditada en el marco de Protección a los Niños, Niñas y Adolescentes. Lección 3 Ayuda Humanitaria y Voluntariado Describe las acciones básicas en la atención humanitaria.

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LECCIÓN 1

DEFENSORÍA DESDE LA IGLESIA



1. Concepto

Una defensoría es una acción que busca “hacer algo en favor de otro”, o sea defender los derechos que amparan a ese “otro”. Esto implica entonces la condición de vulnerabilidad que exige una acción de “defensa” y protección de sus derechos. En este caso, vale la pena preguntarse qué tan sostenible es hacer algo a favor del “otro”, vulnerado. Existen diferentes modalidades, defensoría “a favor de”, “con” y “por parte de”. Cada modalidad tiene sus propios alcances, desde cambiar una realidad hasta aumentar la participación de la población vulnerada en la transformación de la realidad que le afecta.

2. Defensoría Población vulnerable

La declaración de los Derechos Humanos ha sido la plataforma mediante la cual ciertos organismos internacionales han actuado en favor de la población vulnerable con respecto a diferentes coyunturas históricas y geográficas. Esas acciones merecen el apoyo, acompañamiento e impulso de las iglesias y las organizaciones basadas en la fe. No se puede desconocer que hubo participación de las iglesias protestantes en la redacción de los Derechos Humanos y que el acervo teológico desarrollado en la iglesia nacional le puede permitir la difusión y aplicación de dichos Derechos. Proteger es la acción fundamental de los Derechos Humanos. Acciones de los derechos humanos A. Reconocimiento B. Promoción C. Protección

Anexo 1

Carta de los Derechos Humanos.

Taller No. 1

“En aquellos días unos profetas descendieron de Jerusalén a Antioquía. Y levantándose uno de ellos, llamado Agabo, daba a entender por el Espíritu, que vendría una gran hambre en toda la tierra habitada; la cual sucedió en tiempo de Claudio. Entonces los discípulos, cada uno conforme a lo que tenía, determinaron enviar socorro a los hermanos que habitaban en Judea; lo cual en efecto hicieron, enviándolo a los ancianos por mano de Bernabé y de Saulo”. Hechos 11: 27-30 15


1. ¿De qué manera sabemos si una inundación o sequía vienen pronto? 2. ¿Qué decidió hacer la Iglesia? 3. ¿Solo ayudamos a los cristianos? 4. ¿Hay algún indicio presente de desastres? 5. ¿Qué podemos hacer ante tales calamidades? 6. ¿Somos protectores de Estado o promotores de los derechos de las personas? “Él librará al indigente que pide auxilio, y al pobre que no tiene quien lo ayude. Se compadecerá del desvalido y del necesitado, y a los menesterosos les salvará la vida. Los librará de la opresión y la violencia, Porque considera valiosa su vida”. Salmo 78:12-14

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LECCIÓN 2

PROTOCOLOS DE PROTECCIÓN



El Concilio de las Asambleas de Dios como organización basada en la Fe, está implementando la política de protección a la niñez y adolescencia, en compañía de World Vision y otras instituciones. Esta política se desarrolla a través de los siguientes alcances: 1. Prevención: Todas las acciones encaminadas a promover estrategias, programas, planes y proyectos dirigidos a informar, sensibilizar, socializar y empoderar a la institución frente a situaciones de maltrato, abuso y/o violencia. 2. Detección: Acciones inmediatas que permiten detectar y brindar atención inmediata en el manejo los casos que están siendo expuestos a situaciones de abuso, violencia y/o maltrato, en una ruta o protocolo. 3. Intervención: Asistencia obligatoria por parte de la institución cuando una persona está siendo abusada, violentada o maltratada, bajo la mediación de un equipo interdisciplinario y acercamiento a las instancias pertinentes, bajo la ruta de denuncia y acompañamiento integral al Niño, Niña y Adolescente (NNA).

1. Formación del comité local para la protección de la niñez y adolescencia Cada iglesia e institución debe conformar un comité de protección a la niñez de libre remoción, con la participación del pastor general, el pastor/director del ministerio infantil, pastor/director ministerio de adolescentes, un veedor de carácter externo, que puede ser un representante de los padres de familia o un líder comunitario, y un representante del equipo pastoral/liderazgo, que podría ser un miembro de la junta directiva, un líder o una persona con experiencia y/o conocimiento en los temas de familia. Además, puede integrarse a un psicólogo y a un abogado como apoyo profesional. Este comité tendrá a cargo: 1. Las estrategias para educar, mínimo una vez al año, a la comunidad y a los líderes en la realidad del abuso de NNA, los factores de riesgo que llevan al abuso y la prevención del mismo. 2. La elaboración de protocolos (reglamentos) que permitan proteger al personal y a los voluntarios de falsas acusaciones de abuso. 3. La elaboración de protocolos de seguridad para todas las actividades 21


en las que haya niños(as) y jóvenes involucrados. 4. La elaboración de protocolos para tratar las denuncias de abuso infantil dentro de la comunidad. 5. Vigilar que las instalaciones de las iglesias cumplan los requisitos mínimos de seguridad para los niños, niñas y adolescentes. 6. Realizar el seguimiento al trabajo en red con las personas o instituciones a las cuales se remita la intervención, ya que la Iglesia solo prestará el apoyo en la detección y la orientación espiritual de las víctimas y sus familias.

2. Perfil del personal que trabaja con niños, niñas y adolescentes Cualquier persona que recibe alguna remuneración permanente por parte de la iglesia/ institución o que sea Voluntario (quien se ofrece a realizar cualquier servicio sin recibir remuneración) y trabaja con NNA, debe cumplir con el siguiente perfil:

• • • • •

Mayor de edad, ya que un NNA no puede ser responsable por otro NNA. Miembro activo de la iglesia y/o institución. Una persona sana en su área sexual y emocional. Con habilidad para trabajo con niños. Es necesario que el personal que trabaja con NNA esté capacitado para atender los grupos etáreos, en conocimiento de sus capacidades.

Si dentro del grupo de niños que atienden la iglesia o institución se presenta un caso de un niño con discapacidad, es necesario que exista un tutor especializado para trabajar con él.

2.1. Interacción adecuada del personal que labora con NNA INTERACCIONES APROPIADAS

INTERACCIONES INAPROPIADAS

• Comunicación abierta y constante para conocer el mundo que el NNA vive y con quién se relaciona, en custodia permanente.

• Llevar NNA a su casa sin compañía de sus padres/cuidadores.

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• Invitar a salir a NNA sin compañía de sus padres/cuidadores.


INTERACCIONES APROPIADAS

• H ablar con claridad a los NNA acerca de los riesgos que los rodean y del cuidado de su cuerpo (partes privadas). Nadie tocará sus partes íntimas. • C ontar siempre a sus padres/ cuidadores las situaciones incómodas que el NNA refiera frente al tema de abuso. • E nseñarles a los NNA la diferencia entre secretos buenos y malos, y establecer la confianza para contar los secretos. • I dentificar las personas cercanas al NNA para establecer un ambiente seguro. • S iempre se debe creer a las versiones de un NNA en temas de abuso, sin subestimar, regañar o minimizar. • T ener cuidado con el acceso a los medios de comunicación y redes sociales, para evitar un despertar sexual prematuro.

INTERACCIONES INAPROPIADAS

• Sentar niños en las piernas. • Decir bromas ofensivas, vulgares o de orientación sexual. • Besar, tocar, acariciar, penetrar, decir comentarios obscenos, exponer a material pornográfico. • Demostraciones de cariño en lugares aislados como un closet, pasillos remotos, oficinas cerradas u otro cuarto privado. • Dormir en la misma cama con un NNA que no sea su propio hijo o hija. • Exhibir el cuerpo o presentar material con contenido sexual (sexting). • Acercamiento de un adulto a través de internet para violentar a un NNA (Grooming).

• C apacitar a los padres respecto a protocolos de protección de abuso infantil.

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2.2. Protocolos de seguridad para todas las actividades con NNA. Supervisión de NNA Se adoptará un sistema de identificación para todos los niños y niñas menores de 12 años; con su respectiva hoja de registro. El adulto que entregue a un niño o niña, será la misma persona designada para recogerlo. En ningún momento deben estar NNA solos en un salón. Un adulto debe estar con ellos. Por cada 5 niños en clase debe estar un adulto responsable. NORMAS PARA EL CAMBIO DE PAÑAL Y LA ENTRADA A LOS BAÑOS Para sala cuna y bebés, lo ideal es que los padres o acudientes del niño(a) sean informados para que se hagan cargo del cambio de pañal. Si esto no es posible, esta actividad se realizará en un sitio abierto, asegurando que otro adulto esté presente. Esta misma pauta aplicará cuando un menor ha ensuciado su ropa interior y necesita ser bañado. Para los niños y niñas mayores de 4 años, se respetará la privacidad del(a) niño(a) al entrar al baño. En lo posible, se pedirá a los niños que usen el baño antes y después de las clases.

2.3. Requisitos mínimos de seguridad

Planta física de la institución • Las aulas donde se atiende NNA deben poseer ventanas de cristal que les permitan a otras personas la visibilidad del grupo desde afuera. Si no hay ventanas, la puerta debe tener una ventana que permita ver al grupo. • Los baños y aulas deben ser lugares seguros, en observación de un adulto y donde varios NNA no ingresen a un solo baño. • Se deberá contar con personas que estén revisando permanentemente los sitios grises de las instalaciones mientras los NNA estén allí (baños, oficinas que no están bajo llave, sitios aislados donde no hay acceso frecuente de personas, sitios que no alcanzan a ser identificados por las cámaras de seguridad). 24


Seguridad fuera de las instalaciones de la iglesia/institución, en los eventos y campamentos. El Concilio de las Asambleas de Dios cree que es aceptable reunirse fuera de las instalaciones de la Institución solo cuando sea para el beneficio de los NNA. La edad mínima para llevar a los niños y niñas a campamentos o actividades que están fuera del cuidado de sus padres o acudientes, será cuando el menor pueda realizar su higiene personal solo(a), aproximadamente a los 6 a 7 años. Aun para estas edades, los padres deben estar seguros de que sus hijos(as) pueden llevarlas a cabo para poder enviarlos(as). Para permitir la salida, se solicitará un permiso por escrito de los padres o acudientes de los menores. Cada actividad contará con un plan por escrito que contenga lo siguiente:

• • • • •

La actividad a desarrollar. La fecha y hora de la actividad. El lugar de la misma. Nombres de los niños, niñas y adolescentes involucrados. El propósito de la actividad.

EJEMPLOS DE ACTIVIDADES APROPIADAS FUERA DE LA IGLESIA:

EJEMPLOS DE ACTIVIDADES INAPROPIADAS FUERA DE LA IGLESIA:

• Llevar grupos de NNA a comer. • Llevar grupos de NNA a cine. • Llevar grupos de NNA a jornadas deportivas. • Asistir a eventos en el hogar de uno de los NNA con los padres presentes. • Campamentos para NNA.

• Llevar solo a un NNA de paseo. • Visitar a un NNA en su casa cuando ninguno de los padres o acudientes está presente. • Entretener a un NNA a solas en cualquier otro hogar. • Un NNA pasando la noche solo con un miembro del personal de la iglesia o institución.

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2.4 Planificación de eventos, campamentos y actividades fuera de la iglesia. Se deben seguir estas pautas básicas: Seleccionar a los voluntarios:

• Ealuar a los voluntarios en cuanto a su destreza para participar en • • • • • • • • • • • • • •

• •

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• •

el evento. Considerar su edad, género y capacidad física. Cada uno debe contar con su afiliación a EPS o ARS. Evaluar instalaciones y equipos: Revisar si el lugar tiene iluminación y espacios adecuados para el evento. Acceso para personas discapacitadas. Anticipar riesgos de seguridad potenciales. Suficiente espacio para estacionar vehículos. Kit de emergencias: Botiquín, camilla con inmovilizador de cuello, extintores, alarma sonora, señalización de ruta de evacuación y del punto de encuentro. Preparar al personal para el evento: Comunicar claramente a los participantes los detalles apropiados del evento, incluyendo el comportamiento requerido. Distribuir a los padres/cuidadores de los participantes, información sobre el evento y las reglas de conducta. Recibir el “permiso escrito” de los padres/acudientes para la actividad y para el transporte de los NNA participantes. Comunicar claramente a los voluntarios la forma apropiada y responsable de supervisar el evento o la actividad. Reunir a los voluntarios y discutir los riesgos y procedimientos para resolver problemas y emergencias. Se debe contar con la presencia de un enfermero, médico o persona experta en primeros auxilios para que atienda al menor en caso de requerirse y maneje el botiquín de primeros auxilios. Medidas para las estadías de noche: Debe existir supervisión adulta adecuada que puede variar de acuerdo al tamaño del grupo y la actividad. Se establecerá que para actividades fuera de la iglesia o institución, irán adultos suficientes para que haya uno responsable por cada cuatro a cinco niños. Separar claramente las áreas de dormir de los varones y de las mujeres. En lo posible, los adultos no deben compartir habitación con los


• • • • • • • • .

niños, pueden dormir lo más cerca de las puertas a las habitaciones de los NNA y de una manera que facilite la supervisión. Si se hace necesario, compartirá la habitación con ellos teniendo en cuenta los siguientes parámetros, que serán informados a los NNA, desde el primer día: Nadie se desviste o se viste frente a otro, ni un adulto frente a un NNA. No se bañarán en parejas, ni ningún adulto con un NNA. Cada uno dormirá en su cama, exceptuando los hermanos cuando existan camas dobles y no haya otra opción. Habrá baños tanto para los varones como para las mujeres. En caso de no existir, niños y niñas no deberán estar realizando actividades de higiene personal en el mismo baño o a la vez. Grupos de niños no deberán estar en el baño sin supervisión, ni deberán estar en los baños a la misma vez niños y niñas de edades considerablemente distintas. Definir claramente las áreas donde se permite y no se permite la permanencia de NNA. Se requiere que los miembros del personal y voluntarios se mantengan despiertos hasta que se duerman todos los niños, niñas y/o adolescentes. Cuando el hospedaje se realice en un hotel debe haber la custodia permanente de un adulto.

2.5 Transporte de niños, niñas y adolescentes fuera de la iglesia El transporte para movilizar NNA debe ser de preferencia con una empresa de transporte, la cual garantiza el cumplimiento de las normas de tránsito establecidas a nivel nacional y los pagos de seguro. Sin embargo, si se transportan en vehículo privado se deben tomar las mismas medidas:

• Es necesaria la presencia de dos personas. • Excepto que lo exijan las circunstancias, un adulto nunca estará

• •

solo en un automóvil con un NNA que no sea el suyo. Si esto sucede, será necesario que el menor de edad vaya en la parte de atrás, o por lo menos vayan dos menores de edad acompañados cuando sean transportados por un solo adulto. Transportar a los NNA directamente al destino, sin paradas no autorizadas. Los adultos evitarán cualquier acción inapropiada como fumar, conversar o hablar por teléfono celular, comer o manejar de manera 27


insegura o irresponsable.

• Si se transportan en Autobús o Van, se deben seguir las siguientes indicaciones:

• El conductor del Autobús o Van debe presentar el certificado de • • • • • • • •

manejo defensivo vigente (máximo 1 año) expedido por una entidad certificada. Para el transporte de NNA será necesario la presencia de dos personas. El conductor del vehículo no deberá servir como supervisor de los niños. Los miembros del personal o voluntarios se sentarán al azar a través del vehículo. Los NNA se sentarán por su edad o año escolar. Los adultos no compartirán frazadas con los NNA ni dormirán en el mismo asiento con ellos. Los adolescentes no compartirán frazadas/cobijas/chaquetas… entre ellos tampoco. Cada uno tendrá la suya. Cada puesto debe llevar su cinturón de seguridad y se debe verificar su uso durante el trayecto. Para identificar que es un transporte para niños debe llevar las franjas de transporte escolar.

Nota: Consultar Ley 753 de 2019, Certificado de inhabilidades.

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LECCIÓN 3

AYUDA HUMANITARIA Y VOLUNTARIADO



3.1 Ayuda humanitaria 3.1.1. Concepto

Ayuda o asistencia humanitaria es la que se brinda a la población víctima de un desplazamiento para garantizar el acceso a servicios básicos como alimentación, atención médica, agua o refugio. Las causas del desplazamiento pueden ser desastres naturales, guerras o conflictos armados. Son las llamadas emergencias humanitarias. El programa de ayuda humanitaria consiste en la capacitación de líderes en las iglesias asociadas que operen como multiplicadores en sus respectivas comunidades para el establecimiento de comités comunitarios de prevención y atención de emergencias. Se estructura con el fin de fortalecer el proceso de acercamiento de las iglesias a las comunidades, en apoyo a la conformación de equipos de atención de emergencias a nivel nacional.

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3.1.2. Principios de Protección

La protección se aplica a la seguridad, la dignidad y los derechos de las personas afectadas por los desastres o los conflictos armados.1 En las respuestas humanitarias, estos cuatro principios corresponden a las amenazas más graves que suelen enfrentar las personas en tiempo de conflicto o de desastre, y se derivan del resumen de derechos formulados en la Carta Humanitaria: el derecho a vivir con dignidad, el derecho a la asistencia humanitaria y el derecho a la protección y a la seguridad. PRINCIPIO 1

PRINCIPIO 2

• Evitar exponer a las personas a daños adicionales como resultado de nuestras acciones.

• Velar por que las personas tengan un acceso a una asistencia imparcial.

PRINCIPIO 3

PRINCIPIO 4

• Proteger a las personas de los daños físicos y psíquicos causados por la violencia y la coerción.

• Ayudar a las personas a revindicar sus derechos, obtener reparación y recuperarse de los efectos de los abusos sufridos

Principio 1 (evitar causar daños): está enfocado en los problemas de protección que pueden ser causados o exacerbados por la respuesta humanitaria. Como se expresa en la Carta, los actores que participan en la respuesta humanitaria deben hacer todo lo posible por evitar exponer a las personas afectadas por un desastre o un conflicto armado a daños adicionales, como sería el caso, por ejemplo, si se instalara un asentamiento para personas desplazadas en una zona insegura. Principio 2 (velar porque las personas tengan acceso a una asistencia imparcial): versa sobre la responsabilidad de velar porque se preste asistencia humanitaria a todos los que la necesiten, en particular las personas más 1 Revista Iglesia y Misión, 78

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vulnerables y las que son excluidas por razones políticas o de otra índole. Una preocupación mayor en el ámbito de la protección es que se rechace el acceso a la asistencia a quienes la necesitan. Esto puede incluir, entre otras cosas, que se deniegue el acceso en condiciones seguras a las organizaciones humanitarias que desean prestar asistencia. Principio 3 (proteger a las personas de la violencia): tiene que ver con la protección de las personas frente a los actos de violencia y la protección para evitar que se vean forzadas o inducidas a actuar contra su voluntad (por ejemplo, a tomar las armas), sean expulsadas por la fuerza de un lugar o se les impida dejarlo, y se vean sometidas a castigos o tratos degradantes. Tiene que ver con la prevención o mitigación de daños físicos y psíquicos, incluidas la propagación de temores y la provocación deliberada de una situación de terror o pánico. Principio 4 (ayudar a las personas a reivindicar sus derechos, obtener reparación y recuperarse de los abusos sufridos): se refiere al cometido de las organizaciones humanitarias de ayudar a las personas afectadas a reivindicar sus derechos y obtener una reparación, compensación o restitución de su propiedad. También incluye ayudar a las personas a superar los efectos de violaciones y de abusos físicos y psíquicos, sociales y económicos en general, y a recuperarse de ellos. Junto con sus respectivas notas de orientación, los cuatro principios de protección describen lo que pueden y deben hacer las organizaciones humanitarias para contribuir a proteger a las poblaciones afectadas por un desastre. Pero es esencial destacar que las funciones y responsabilidades de las organizaciones en este contexto son generalmente secundarias. Como lo estipula la Carta, esas funciones han de verse en relación con la obligación primordial del Estado u otras autoridades competentes, por ejemplo, las partes en un conflicto que controlan u ocupan el territorio. Dichas autoridades detentan la responsabilidad oficial y legal del bienestar de la población en el ámbito de su territorio o de su control y, más generalmente, de la seguridad de la población civil en los conflictos armados. En definitiva, dichas autoridades son las que disponen de los medios de acción y disuasión para garantizar la seguridad de la población afectada. La función clave de las organizaciones es alentarlas y persuadirlas para que lo 35


hagan y ayudar a las personas a superar las consecuencias cuando las autoridades no cumplen con su responsabilidad.

3.1.3. Ciclo de ayuda humanitaria

Una respuesta humanitaria eficaz se basa en un diagnóstico exhaustivo y contextualizado (evaluación inicial, seguimiento y evaluación posterior) a fin de analizar las necesidades, vulnerabilidades y capacidades en cada situación2.

A. Prevención y preparación3 Prevención: Conjunto de medidas cuyo objeto es impedir o evitar que sucesos naturales o generados por la actividad humana causen desastres. La incorporación de medidas preventivas, puede hacerse a través de: • Planes integrales de desarrollo sobre espacios geográficos urbanos, regionales y nacionales. • Planificación física, para la localización de industria e infraestructura. • Programas de intervención de fenómenos específicos tales como inundaciones, sequías y deslizamientos.

2 Proyecto Esfera, Carta humanitaria y normas mínimos para la respuesta humanitaria. Tercera edición 2011, pg. 12. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/Publicaciones/2011/8206.pdf?view=1 3 El ciclo de los desastres. Oct. 2013. http://desastres.usac.edu.gt/documentos/pdf/spa/doc12256/ doc12256-contenido.pdf

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Preparación: Conjunto de medidas y acciones que se toman para reducir al mínimo la pérdida de vidas humanas y otros daños, organizando oportuna y eficazmente las acciones de respuesta y rehabilitación. Algunos instrumentos comúnmente utilizados en la etapa de preparación son: • Definición de funciones. • Inventario de recursos físicos, humanos y financieros. • Monitoreo y vigilancia de fenómenos peligrosos. • Capacitación de personal para la atención de emergencias. • Definición de estados de alerta y de aviso para la población, la comunidad o la institución. • Información a la comunidad acerca de riesgo y de la forma de reaccionar en caso de desastre. • Determinación y señalización de rutas de evacuación y zonas de refugio. • Localización estratégica de recursos. • Ejercicios de simulación y simulacros de búsqueda, rescate, socorro, asistencia, aislamiento y seguridad. B. Atención Estas actividades son las que se llevan a cabo inmediatamente después de ocurrido el evento, durante el período de emergencia. Estas comprenden: • Comedores móviles. • Triaje atención humanitaria. • Brigadas asistenciales. En la mayoría de los desastres, este período es de corta duración, excepto en casos como sequías, hambrunas y conflictos civiles. C. Mitigación Pretende aminorar el impacto del mismo, con actividades como: • Red de albergues. • Programas de bienestar psicosocial, sanitario. • Asesorías al migrante: jurídicas, aculturación, entre otras. • Corredores humanitarios de abastecimiento fronterizo. • Programa de emprendimiento: capacitación para el trabajo, cooperativas.

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D. 3R: Rehabilitación, Recuperación, reconstrucción La rehabilitación es un período de transición que se inicia al final de la etapa de respuesta, en el cual se restablecen los servicios básicos indispensables a corto plazo. La recuperación inicial es el proceso que sigue a la operación de socorro y conduce a la recuperación a largo plazo. Es sumamente eficaz si se le anticipa y facilita desde el comienzo de una respuesta humanitaria4. La reconstrucción consiste en la reparación de la infraestructura y la restauración del sistema de producción a mediano o largo plazo, con miras a alcanzar o superar el nivel de desarrollo previo al desastre. Se pueden trabajar las siguientes actividades: Restablecimiento de los servicios de salud, programas escolares, de los sistemas de comunicación. • Red de cooperantes. • Programas de emprendimiento asociativos solidarios. • Centros de semillas y tecnologías. • Banca de oportunidades. • Cadena productiva y economía del trueque. • Canalización de recursos y donaciones.

3.2. Voluntariado 3.2.1. Concepto

El voluntariado es expresión del amor enseñado por Dios a través de la Biblia y en Jesús, quién fue modelo de servicio, compasión y solidaridad, especialmente con los oprimidos/más vulnerables. Cuando un individuo o grupo de personas se conmueven y compadecen por la situación de pobreza, violencia o desigualdad del prójimo y deciden realizar acciones que mitiguen la realidad de manera desinteresada, es posible hablar de solidaridad y, por tanto, dar paso al voluntariado. Voluntariado NO ES… • Mano de obra barata • Sustitución de puestos de trabajo 4 Idem. Pág. 11.

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• Prácticas universitarias, servicio, social, pasantías • Acceso a un puesto de trabajo El voluntariado es: “El conjunto de acciones de interés social realizadas por un individuo o un grupo de personas que de manera libre y sin recibir remuneración pone su tiempo, trabajo y talento a servicio de la comunidad. Es la expresión de la participación ciudadana y ejercicio de la solidaridad” - Ley 720, 2001. El Art. 2 de la Ley 1550 de 2012 crea el Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta. Este Subsistema es el conjunto de entidades que realizan acciones voluntarias en primera respuesta a nivel nacional en atención y prevención de desastres, emergencias y eventos antrópicos. El Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta hace parte del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres5.

3.2.2. Diversas formas para trabajar en “evangelismo comunitario en salud”. 1. TENER TODAS LAS COSAS EN COMUN. Hechos 4:32 • Comunidad unida. • Estilo de vida que los caracterice. • Un mismo sentir para la unidad en Cristo. • Unidos para orar. • Identidad propia. • Ayudarse unos a otros.

2. AMONESTACIONES CONTRA LOS JUICIOS INJUSTOS. Salmos 82:3-4. • Defender al débil. • Defender al huérfano. • Ayudar al desvalido. • Hacer justicia al oprimido, afligido y menesteroso. • Salvar a todos estos de las manos de los impíos.

5 Ver anexo 1.

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3. HACER EL BIEN Y AMAR AL PRÓJIMO. TENER UN DESPERTAR DE COMPASIÓN HACIA LA GENTE NECESITADA. Mateo 25:35 – 36. • Tener misericordia. • Dar hospitalidad. • Compartir. • Ser generoso. • Amor sacrificial. • Espíritu de servicio. • Ayudas en la enfermedad. • No abandonarlos cuando estén en la cárcel. 4. CAPACITACIÓN Se capacita. Enseña. Delega. Envía.

• • • •

5. DEBERES CRISTIANOS Misericordia Sacrificio (ofrendas) Adoración Transformación Tener carácter Renovación Ser moldeado por Dios Voluntad (comprobar cuál es la voluntad de Dios).

• • • • • • • •

3.2.3. Deberes y derechos del voluntariado

Deberes: • Cumplir los compromisos adquiridos con la organización, respetando los fines y la normativa de la misma. • Guardar confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de la actividad voluntaria. • Rechazar cualquier contraprestación material que se pudiera recibir, bien del beneficiario o de otras personas relacionadas con la acción. • Respetar los derechos de los beneficiarios de la actividad voluntaria. • Actuar de forma diligente y solidaria. • Participar en las tareas formativas previstas por la organización, de modo concreto para las actividades y funciones confiadas, así como 40


• • •

las que con carácter permanente se precisen para mantener la calidad de los servicios prestados. Seguir las pautas establecidas para el desarrollo de las actividades encomendadas. Utilizar debidamente la acreditación y distintivos de la organización. Respetar y cuidar los recursos materiales de la organización.

Derechos: • Recibir tanto con carácter inicial como permanente, la información, formación, orientación, apoyo y, en su caso, medios materiales necesarios para el ejercicio de las funciones asignadas. • Ser tratados sin discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias. • Participar activamente en la organización, colaborando en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas, de acuerdo con sus estatutos o normas de aplicación. • Ser asegurados contra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente. • Ser reembolsados por los gastos realizados en el desempeño de sus actividades. • Disponer de una acreditación identificativa de la condición de voluntario. • Realizar su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de la misma. • Obtener el respeto y reconocimiento por el valor social de la contribución.

3.2.4. Tipos de voluntariado

• Acción Social: Es aquel en el que se colabora en un proyecto en el • • •

país donde se reside y en campos como la discapacidad, la migración, le exclusión, etc. Ambiental: es aquel relacionado con proyectos de defensa y protección del medio ambiente y animales. Cooperación: es aquel relacionado con proyectos que se desarrollan en una comunidad perteneciente a un país distinto al que se reside. Cultural: es aquel en el que se colabora en la organización de actividades en salas de arte, museos, bibliotecas y otros espacios o entidades 41


relacionadas con la cultura.

• Deportivo: se refiere a la participación en una actividad deportiva a través de una asociación o un club, por ejemplo.

• Eventos: implica la colaboración en la organización de eventos. Según forma de atender la finalidad del voluntariado • Voluntariado asistencialista: alivia las consecuencias de una exclusión, sin buscar formas de cambiar esa situación. • Voluntariado desarrollista: busca un cambio en la exclusión, dotando a las personas que las sufren de herramientas para superarla. • Voluntariado activista: busca un cambio en la exclusión, denunciando las condiciones que la producen y exigiendo que estas desaparezcan. • Voluntariado como mano de obra barata: muchas organizaciones lo utilizan para reducir costos de los proyectos.

3.2.5. Recursos para el voluntariado La comunidad tiene recursos: 1. Humanos. 2. Materiales. 3. Económicos. 4. Instalaciones. COMUNIDAD

HUMANOS

MATERIALES

ECONÓMICOS INSTALACIONES

IGLESIA

Pastores, líderes, profesores de ministerio infantil, personal de aseo.

Biblias, tratados, instrumentos musicales, material didáctico.

Diezmos, ofrendas, donaciones, ayuda de empresas, cursos libres.

Iglesias

ALCALDÍA

Alcalde, secretaria, mensajero, personal de aseo.

libros, papelería en general.

Gobierno, empresa, personas particulares.

Alcaldía

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COMUNIDAD

HUMANOS

MATERIALES

COLEGIOS

Rector, secretaria, profesores, celadores, personal de aseo.

Libros, biblioteca, tableros, pupitres, material didáctico y de Educación Física.

Gobierno, pensiones, donaciones particulares y librería.

Colegios particulares y escuelas.

HOSPITAL

Médicos, enfermeras, instrumenta-doras, bacteriología, personal de aseo.

Consultorio, instrumental, equipos RX.

Gobierno, pago consultas, donaciones exámenes de laboratorio y RX

Hospitales y centros de salud.

papá, mamá, hijo.

Electrodomésticos, alcobas, utensilio de aseo, etc.

Sueldo de padre o madre, ayuda de familiares o amigos.

Casa

CASA

ECONÓMICOS INSTALACIONES

3.2.6. Áreas voluntarias que más ejercen en Colombia

• Salud: Nuestros voluntarios se encuentran ayudando en hospitales, veredas, casas, ancianatos, centros psiquiátricos, etc. • Psicosocial: No solamente se debe dar alimento a las personas sino darles atención psicosocial como es hablar, aprender a escuchar, tratar a la persona con amor, que es una intención que va al corazón de la persona. • Área socio-sanitaria: Entorno que produce la enfermedad.

Nota: Anexo No. 3 acta de Voluntariado

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ANEXOS



ANEXO 1.

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS La redacción de la Declaración en 1948. La Declaración, definida como el «ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse», fue adoptada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General. Sus treinta artículos enumeran los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales básicos con los que deberían contar todos los seres humanos del mundo. Las disposiciones de la Declaración Universal se consideran normas de derecho consuetudinario internacional por su amplia aceptación y por servir de modelo para medir la conducta de los Estados. Los Pactos Internacionales Tras la adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Comisión de Derechos Humanos, principal órgano intergubernamental en la materia dentro de las Naciones Unidas, convirtió estos principios en tratados internacionales para proteger determinados derechos. Dado el carácter inédito de esta tarea, la Asamblea General decidió redactar dos pactos correspondientes a dos tipos de derechos enunciados en la Declaración Universal: los derechos civiles y políticos y los derechos económicos, sociales y culturales. Los Estados Miembros debatieron diversas disposiciones durante décadas para tratar de ratificar explícitamente ciertos aspectos de la universalidad de los Derechos Humanos que no se mencionaban de forma implícita en la Declaración Universal. Entre ellos se encontraba el derecho de los pueblos a la libre autodeterminación, así como la mención de algunos grupos vulnerables como los indígenas y las minorías. Se llegó a un consenso en 1966 y la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el mismo año el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Los preámbulos de los artículos 1, 2, 3 y 5 de estos Pactos son casi idénticos. Los dos preámbulos proclaman que los derechos humanos provienen de la dignidad inherente a los seres humanos. El primer artículo de cada Pacto afirma que todos los pueblos tienen derecho a la libre autodeterminación y que, según este derecho, tienen libertad para elegir su estatus político y lograr su desarrollo económico, social y cultural. 47


En los dos documentos, el Artículo 2 reafirma el principio de no discriminación, que se hace eco de la Declaración Universal, y el Artículo 3 estipula que los Estados deben garantizar la igualdad de derechos de hombres y mujeres a disfrutar de todos los derechos fundamentales. El Artículo 5 de ambos Pactos recoge la disposición final de la Declaración Universal en la que se formulan las garantías que impiden cualquier destrucción o restricción ilegítima de las libertades y derechos fundamentales. Algunas de las disposiciones del Pacto de Derechos Civiles y Políticos se desarrollan con más detalle en los dos protocolos facultativos. Uno de ellos permite a los particulares presentar denuncias y el otro aboga por la abolición de la pena de muerte. Cuando estos dos Pactos Internacionales entraron en vigor en 1976, muchas de las disposiciones de la Declaración Universal adquirieron carácter vinculante para los Estados que los ratificaron. Con la Declaración Universal y los protocolos facultativos, estos dos Pactos Internacionales constituyen la Carta de Derechos Humanos.

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ANEXO 2.

LEY 1505 DE 2012 CAPÍTULO I. SUBSISTEMA NACIONAL DE VOLUNTARIOS EN PRIMERA REPUESTA. ARTÍCULO 1º. OBJETO. La presente ley tiene por objeto crear el Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta como parte del Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, así como reconocer y estimular la labor de los voluntarios que hacen parte del mismo y potenciar su formación y competencias ciudadanas. ARTÍCULO 2º. SUBSISTEMA NACIONAL DE VOLUNTARIOS EN PRIMERA RESPUESTA. Créese el Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta. Este Subsistema es el conjunto de entidades que realizan acciones voluntarias en primera respuesta a nivel nacional en atención y prevención de desastres, emergencias y eventos antrópicos. El Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta hace parte del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. ARTÍCULO 3º. INTEGRANTES. El Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta estará integrado por: a) Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana. b) Los voluntarios acreditados y activos de la Cruz Roja Colombiana. c) Los voluntarios acreditados y activos de los Cuerpos de Bomberos. d) Demás entidades autorizadas por el Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres de conformidad con el artículo 16 de la presente ley. ARTÍCULO 4º. VOLUNTARIO. Para efectos de la presente ley en concordancia con la Ley 720 del 2001, se entiende como “voluntario toda persona natural que libre y responsablemente sin recibir remuneración de carácter laboral ofrece tiempo, trabajo y talento para la construcción del bien común” en las entidades que trata el artículo 2º de esta ley. ARTÍCULO 5º. DEBERES DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA. Los integrantes del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta deberán: 1. Crear o fortalecer grupos élites o de avanzada, integrados por aquellos voluntarios operativos con capacidad de intervención inmediata en una emergencia o desastre. 49


2. El Gobierno Nacional, a través del Sistema Nacional de Voluntarios, facilitará que sus integrantes tengan entrenamiento adecuado y actualizado para la prevención y atención de desastres y emergencias; para lo cual promoverá el otorgamiento de becas e incentivos.El Gobierno Nacional tendrá un plazo de seis (6) meses a partir de la promulgación de esta ley para reglamentar esta materia. 3. Estar debidamente acreditados por las instituciones para prestar servicios de primera respuesta ante cualquier emergencia. 4. Apoyar a cualquier integrante del Cuerpo de Primera Respuesta, que previamente se haya hecho presente ante cualquier emergencia, desastre y evento antrópico. 5. Estar entrenados en materia de Primeros Auxilios y Primera Respuesta Médica. 6. Contar con las competencias técnicas, humanas y conceptuales como sensibilidad social, compromiso con los fines de la organización, visión global, habilidades para comunicarse, capacidad para representar a la entidad y otras relacionadas. 7. Dichas competencias técnicas, humanas y conceptuales deben ser evaluadas y valoradas por cada entidad con una periodicidad de cada dos (2) años. 8. Crear y actualizar permanentemente una base única de datos de los voluntarios activos y acreditados y reportar esta información semestralmente al Ministerio del Interior o a la entidad que haga sus veces. CAPÍTULO II. ESTÍMULOS. ARTÍCULO 6º. EDUCACIÓN. Las instituciones de educación superior formal y las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano, tendrán en cuenta la calidad de voluntario activo de la Defensa Civil Colombiana, el Cuerpo de Bomberos y la Cruz Roja Colombiana para otorgar beneficios en las matrículas y créditos, de acuerdo con lo establecido en sus reglamentos internos. ARTÍCULO 7º. VIVIENDA. Podrán acceder de forma prioritaria a los subsidios de vivienda o programas de vivienda de interés social, los hogares en los cuales por lo menos uno de sus integrantes sea un voluntario activo de las entidades que integren el Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta. 50


El subsidio familiar de vivienda se otorgará de conformidad con la normatividad vigente que regula la materia, en cualquiera de sus modalidades. PARÁGRAFO. El Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial en un término no mayor a seis (6) meses contados a partir de la promulgación de la presente ley, reglamentará las condiciones especiales de acceso a los programas del presente artículo. ARTÍCULO 8º. SERVICIOS PÚBLICOS E IMPUESTOS. A iniciativa del Alcalde, los Concejos Municipales y Distritales podrán establecer las tarifas especiales o exonerar del pago de servicios públicos domiciliarios, de gravámenes e impuestos Distritales y Municipales, a los inmuebles destinados como sedes y/o campos de entrenamiento de las entidades que hacen parte del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta. ARTÍCULO 9º. SEGURIDAD SOCIAL. Los voluntarios activos de la Defensa Civil Colombiana, de los Cuerpos de Bomberos de Colombia y la Cruz Roja Colombiana, así como sus parientes dentro del primer grado de consanguinidad o civil, y su cónyuge compañero o compañera permanente, serán afiliados al régimen subsidiado en salud de forma prioritaria; salvo que sean cotizantes o beneficiarios del régimen contributivo. Adicionalmente los voluntarios activos de la Defensa Civil Colombiana, de los Cuerpos de Bomberos de Colombia y la Cruz Roja Colombiana serán afiliados al Régimen de Riesgos Profesionales (ARP) y gozarán de todos sus beneficios. PARÁGRAFO 1º. El Ministerio de Protección Social, en un término no mayor a seis (6) meses contados a partir de la promulgación de la presente ley, reglamentará las condiciones especiales de acceso a los programas del presente artículo. PARÁGRAFO 2º. El cubrimiento de la afiliación de los voluntarios a la ARP será a través de la Dirección de Gestión del Riesgo del Ministerio del Interior y de Justicia. ARTÍCULO 10. PERMANENCIA. Los estímulos establecidos en los artículos 6º y 7º de la presente ley se aplicarán a los voluntarios activos de las entidades que integren el Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta, que acrediten su permanencia continua desde su ingreso a la respectiva entidad por un mínimo de tres (3) años, y una vez se adquiera algún beneficio deberá permanecer como voluntario por un término igual. 51


PARÁGRAFO. La certificación para acreditar el tiempo de permanencia de los voluntarios activos será expedida por el Ministerio del Interior o quien haga sus veces, a través de la creación de las Bases de Datos Única de Voluntarios pertenecientes al Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta. CAPÍTULO III. DISPOSICIONES VARIAS. ARTÍCULO 11. CONVENIOS. El Gobierno Nacional deberá promover la firma de convenios con las entidades que hacen parte del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta, que les permita tener un campo de acción más amplio y a su vez suscite la vinculación permanente de personal voluntario. ARTÍCULO 12. APOYO LOGÍSTICO. El Ministerio del Interior, en conjunto con otra u otras entidades del orden nacional e internacional, podrá dotar de elementos necesarios para la prevención y atención de desastres, emergencias y fenómenos antrópicos a las entidades integrantes del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta. PARÁGRAFO. El Ministerio del Interior, en un término no mayor a seis (6) meses contados a partir de la promulgación de la presente ley, reglamentará lo estipulado en el presente artículo. ARTÍCULO 13. PERMISO A VOLUNTARIOS. Los empleadores otorgarán permisos para ausentarse del lugar de trabajo, sin que se suspenda la relación laboral y las obligaciones con el empleado, a los miembros del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta cuando se deba atender un desastre, emergencia o evento antrópico, lo anterior de conformidad con las normas que regulen la materia. ARTÍCULO 14. ACCESO A CARGOS PÚBLICOS. Aquellas personas que presten sus servicios como Voluntarios acreditados y activos de las entidades que integren el Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta, con un tiempo no inferior a cinco (5) años acreditados por la respectiva entidad o quien determine la ley, se le reconocerá un puntaje dentro del proceso de selección para acceder a cargos públicos en cualquier entidad del Estado. Lo anterior deberá ser reglamentado por La Comisión Nacional del Servicio Civil en un término no superior a seis (6) meses contados a partir de la promulgación de la presente ley. 52


ARTÍCULO 15. COMUNICACIONES. El Ministerio de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones, en lo referente al uso del espectro electromagnético y frecuencias de radiocomunicaciones utilizadas por el Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta en sus actividades operacionales y administrativas propias del cumplimiento de la misión institucional, exonerará a esa entidad del pago de cualquier tarifa para su adjudicación y uso, sin que por ello pierda la propiedad, control y vigilancia. ARTÍCULO 16. INCLUSIÓN DE NUEVAS ENTIDADES EN EL SUBSISTEMA NACIONAL DE VOLUNTARIOS EN PRIMERA RESPUESTA. El Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres incluirá nuevas entidades en el Subsistema Nacional de Voluntarios de Primera Respuesta con base en los siguientes requisitos: 1. Cobertura Nacional, según Decreto Reglamentario del Sistema Nacional de Voluntarios 4290 de 2005, artículo 17 parágrafo 1o. 2. Tener como mínimo 10 años de funcionamiento y que en su objeto social sea de carácter de primera respuesta para emergencias públicas. 3. Demostrar participaciones en emergencias y desastres ininterrumpidas a lo largo de su existencia. 4. Capacidad Técnica. 5. Capacidad Logística. Los voluntarios de las entidades que se incluyan en el Subsistema gozarán de los beneficios consignados en la presente ley. El Ministerio del Interior reglamentará lo previsto en este artículo en el término de doce (12) meses, contados a partir de la vigencia de la presente ley. ARTÍCULO 17. VIGENCIA. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

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ANEXO 3. ACTA DE COMPROMISO DE VOLUNTARIOS No. 001 Entre los suscritos, de una parte: _________________________________ mayor de edad y con domicilio en Bogotá identificado con cédula de ciudadanía No. ____________________________ de ____________ representante legal de _____________________ quien en adelante se denominará LA ENTIDAD, y de otra parte, ___________________________________, también mayor de edad y con domicilio en Bogotá, identificada con la cédula de ciudadanía No.__________________ de ____________, quien en adelante se denominará EL VOLUNTARIO, hemos acordado suscribir la presente Acta de Compromiso que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO. - La presente Acta de Compromiso tiene por objeto que EL VOLUNTARIO preste sus servicios en las instalaciones de LA ENTIDAD, en cumplimiento de las tareas que más adelante se especifican SEGUNDA: RESPONSABILIDADES DEL VOLUNTARIO. - EL VOLUNTARIO se compromete a prestar sus servicios de conformidad con las tareas que expresamente se acuerden, para lo cual deberá dar cumplimiento a las siguientes normas: 1: _________________________________________________________________ 2: _________________________________________________________________ 3: _________________________________________________________________ TERCERA: RESPONSABILIDADES DE LA ENTIDAD. - LA ENTIDAD se compromete para con EL VOLUNTARIO a: 1) Recibir al VOLUNTARIO en el cumplimiento de sus tareas y permitirle su normal y adecuado desarrollo. 2) Suministrar los espacios, elementos, equipos, materiales e implementos necesarios para el buen desempeño de sus actividades. Anticipadamente coordinados. 3) Asignar un funcionario que supervise las actividades desempeñadas. 4) Otorgar buen trato al VOLUNTARIO. 5) Otorgar certificado de prestación de labores al finalizar las actividades objeto de este compromiso. 6) Refrigerios y almuerzos cuando se requiera de acuerdo al horario de participación. 54


CUARTA: GRATUIDAD. - La labor del VOLUNTARIO en todo momento se entiende es gratuita, por lo tanto, no podrá exigir remuneración alguna por el servicio prestado a LA ENTIDAD, sin embargo se le brindará Un Bono de: ____________________________________________________________________ QUINTA: DURACIÓN. - El tiempo durante el cual EL VOLUNTARIO prestará sus servicios a LA ENTIDAD, es de ________________ ( ) contados a partir de __________ y finalizando el 27 de ____________________. Durante los cuales EL VOLUNTARIO asistirá a las instalaciones de la ENTIDAD ____________________________ SEXTA: CONFIDENCIALIDAD. - Es entendido por las partes que toda la información a que tengan acceso durante el desarrollo de las actividades, tiene el carácter de confidencial y su uso está destinado exclusivamente al desempeño de las actividades propias de cada una de ellas. OCTAVA: DOMICILIOS. - Para efectos de las notificaciones a que haya lugar, LA ENTIDAD tiene su domicilio en ____________________________ y EL VOLUNTARIO en ____________________ Para constancia se firma el presente documento en la ciudad de Bogotá D. C., a ______ ( ) días del mes _______ ______________________________

_____________________________________ NOMBRE: REPRESENTANTE LEGAL,

_____________________________________ NOMBRE: VOLUNTARIA (O)

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