P
E R I O D I C O
OF
I C I A L
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Directora: María Isabel Luna Marín Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000
TOMO CLVIII
SEXTA SECCIÓN
Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Morelia, Mich., Viernes 28 de Febrero del 2014
NUM. 99
CONTENIDO Responsable de la Publicación
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
Secretaría de Gobierno
L A G E L
FAUSTO VALLEJO FIGUEROA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, a todos sus habitantes hace saber: DIRECTORIO
El H. Congreso del Estado, se ha servido dirigirme el siguiente: Gobernador Constitucional del
DECRETO
Estado de Michoacán de Ocampo "Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
Lic. Fausto Vallejo Figueroa
ELCONGRESO DE MICHOACÁN DE OCAMPO DECRETA:
Secretario de Gobierno
Directora del Periódico Oficial
R O L A V
NÚMERO 292
Lic. José Jesús Reyna García
ARTÍCULO PRIMERO. Se abroga la Ley Estatal de Educación, publicada en la Sección Tercera del Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, el lunes 7 de diciembre de 1998.
María Isabel Luna Marín
ARTÍCULO SEGUNDO. Se expide la Ley de Educación para el Estado de Michoacán de Ocampo, para quedar como sigue: LEY DE EDUCACIÓN PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Aparece ordinariamente de lunes a viernes. Tiraje: 150 ejemplares Esta sección consta de 28 páginas Precio por ejemplar: $ 18.00 del día $ 24.00 atrasado
A I P O C
Para consulta en Internet: www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial www.congresomich.gob.mx Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
N I S
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- La educación que se imparta en el Estado de Michoacán de Ocampo deberá cumplir con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, la Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. La Ley de Educación para el Estado de Michoacán de Ocampo, los reglamentos que de ella emanen y las demás disposiciones aplicables, tienen por objeto regular la educación que imparta el Estado, incluyendo a sus municipios, entidades paraestatales y organismos municipales descentralizados, los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, estableciendo los lineamientos de la política educativa para lograr un sistema educativo estatal de calidad que garantice el derecho a la educación, asegurando la participación activa de todos los involucrados en el proceso educativo, con sentido de responsabilidad social, privilegiando la participación de los educandos, padres de familia y