Violencia de Género, Aproximaciones
En Ecuador el 65% de las mujeres han sufrido algún tipo de violencia de género, física o sexual, 9 de cada 10 mujeres han sido víctima de violencia psicológica en espacios que creían seguros como sus hogares o establecimientos educativos.
Desde el 01 de enero hasta el 15 de noviembre de 2022, se han ejecutado 272 feminicidios, de los cuales 109 mujeres eran madres y 9 de estas mujeres estaban embarazadas. De estas 272 mujeres; 40 habían reportado antecedentes de violencia, 8 tenían boleta de auxilio y 13 de estas mujeres sufrieron abuso sexual.
¿Ante tanta violencia contra la mujer, existe una respuesta del Estado?
La violencia contra las mujeres es una de las violaciones de derechos más generalizadas y normalizadas de los derechos humanos en este país y el mundo.
Y tiene graves consecuencias físicas, económicas y psicológicas sobre quienes afecta, tanto a corto y largo plazo, lo que muchas veces lleva a frenar o anular su participación en pie de igualdad en la sociedad.
Con la aprobación de la nueva constitución en el año 2008, se reconocen plenos derechos a las mujeres, como el derecho a la libertad en la toma de decisiones, a la igualdad, a la protección especial a las sobrevivientes de violencia de género, a la erradicación del machismo, entre otras.
También dentro del Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano se incluyó el feminicidio como delito diferente del asesinato.
A pesar de esto, los casos de violencia de género siguieron en aumento, con esto quedó demostrado que lo implementado hasta ahora no es suficiente.
Aun así el Estado es responsable de aplicar las medidas necesarias para erradicar la violencia de género y sancionar a quienes la cometen.
Una de las medidas de prevención contra la violencia de género es el conocimiento y entendimiento de cómo opera ésta, sin embargo a pesar de las leyes, a pesar de las voluntades, hasta la fecha al menos en esta provincia, cantón, parroquias, en las instituciones responsables no existen programas que se hayan creado con la intención de empezar por lo menos a visibilizar la violencia de género, mucho menos a tratar de erradicarla.
En esta provincia no existe instituciones que garantice un espacio seguro y cómodo para las sobrevivientes de violencia de género que brinde orientación, asesoría y asistencia jurídica y que construya conjuntamente con ellas espacios de justicia, y sobre todo que le brinde a estas mujeres el acompañamiento y el cuidado de su salud mental.
Debemos tener en cuenta que es necesario que los gobiernos, las comunidades, las personas adoptemos medidas que lleven a cambiar formas de pensar y actitudes perjudiciales, que permitan mejorar la vida de las mujeres, de las niñas, de todas y todos, que permitan crear y fomentar relaciones saludables y de respeto mutuo, en pro de una sociedad incluyente y equitativa.
Todo esto por el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Periodico LA VERDAD 2022 Director: Giovanny Quevedo Editor: Giovanny Quevedo Administración: Mayra Gaona
COLABORADORES
Alejandro Escudero Carmen Troya Fher Salcedo
Diseño y Diagramación: DDE Cobertura: Sucumbíos, Orellana Imprenta: La Verdad
La celebración que duró tres días: desde el viernes 18 de noviembre, día que Loja festeja su independencia política, hasta el domingo 20. El festejo inició con el pregón de fiestas, donde el principal elemento que se destacó en los carros alegóricos fue la presencia del “Guayacán”, árbol famoso por su florecimiento al llegar el invierno a principios de enero de cada año, evento que se da en el cantón de Zapotillo. Carros alegóricos que representaron a los cantones de la provincia del sur y diversas instituciones de Nueva Loja estuvieron con sus carros alegóricos bien adornados para rendir homenaje a la ciudad sureña, en sus 202 años de independencia
El pregón inició desde Banecuador en una caravana interminable de participantes que culminó en el recinto ferial de la ciudad, donde se realizaron todos los festejos: presentación de danzas y una nutrida presencia de carpas, con la deliciosa gastronomía lojana.
El recinto ferial se constituyó en una muestra de todo lo que los residentes lojanos, quisieron mostrar: la feria ganadera, presentación de danzas, ´candidatas a reinado en representación de algunos cantones lojanos y su exquisita gastronomía variada.
Fue un interminable transitar de visitantes al recinto ferial. En la noche presentación de candidatas y elección de la reina. También se dio la gran cabalgata y el 2do aniversario y motoencuentro la hermandad, el sábado en la mañana y tarde. En la noche del sábado se dio la presentación y la presencia de Ricardo Suntaxi,
POR QUÉ LOJA CELEBRA SU INDEPENDENCIA EL 20 DE NOVIEMBRE?
Un 18 de noviembre de 1820 el pueblo de Loja se congregó en la histórica Plaza de San Sebastián para proclamar su independencia. El movimiento fue encabezado por Ramón Pinto, José María Peña, Nicolás García, José Picoita y Manuel Zambrano
José Carlos Arias, historiador y miembro de la Academia Nacional de Historia, dice que es un acontecimiento que marca este hecho histórico que se constituye en el grito de libertad, como es el 18 de noviembre de 1820
Loja está conformada por 16 cantones: Loja, Calvas, Catamayo, Celica, Chaguarpamba, Espíndola, Gonzanamá, Macará, Olmedo Paltas, Pindal, Puyango, Quilanga, Saraguro, Sosoranga, Zapotillo
Tiene una población de 511.184 habitantes, según el censo del 2010, en un territorio de 11.066 kilómetros cuadrados
Para el domingo la fiesta continuó hasta las 19 horas, con la misa de acción de gracias, después el concurso de platos típicos,
La bienvenida al nuevo año la da la naturaleza, en el sur del Ecuador en el Festival por el Florecimiento de los Guayacanes, un espectáculo natural único que sucede con las primeras lluvias de "Invierno", en el mes de enero.
En Zapotillo, provincia de Loja, se encuentran las poblaciones de Mangahurco, Bolaspamba y Cazaderos, que están rodeadas por un extenso bosque de guayacanes, el más grande del Ecuador, árboles como por el característico aroma de las flores de guayacán.
Cuando se produce el florecimiento, el bosque cobra un intenso color amarillo. La flor es delicada y una vez que los polinizadores han hecho su trabajo, cae del árbol, dejando en el piso una delicada capa amarilla.
Este evento natural que dura una semana, "es incomparable, produce paz con el espíritu y una conexión armónica con la naturaleza", según ciudadanos que han experimentado este
UN NÚMERO IMPORTANTE DE NEGOCIOS E INSTITUCIONES.
A pocos años de su construcción la Circunvalación, esta avenida se ha vuelto una de las más principales de Nueva Loja, por su facilidad para vehículos para su circulación, la gran cantidad de negocios que se han instalado y una buena parte de instituciones que están en la Circunvalación, desde la avenida Gran Colombia hasta la Gonzalo López Marañón, en un recorrido de tres kilómetros que tiene la Circunvalación
La avenida fue construida en la administración de primer Concejo Municipal de Lago Agrio que lo integró Jorge González Granda como presidente, Augusto Calvopiña vicepresidente, Raimundo Astudillo en Asuntos Sociales, Jorge Añazco en Finanzas y Víctor Torres en Obras Públicas. En el periodo
Un aspecto a destacar es que, parecería que esa avenida es el límite entre la ciudad y la parte periférica: son pocas las calles que pasan de la Circunvalación provistas de asfalto, en la mayoría de las calles se observa que desde esa avenida son solo lastradas, sin aceras y llenas de hierbas
LO QUE HAY EN LA CIRCUNVALACIÓN
Iniciando desde la avenida Gonzalo López están: el centro de atención ciudadana, parque El Transportista, colegio IEBYSA, Escuela de Educación Básica Consejo Provincial de Napo, parque Simón Bolívar, edificio del IESS, gasolinera Masgas, Universidad Particular de Loja.
Además de la presencia y diversidad de negocios en todas sus variedades, servicio de comidas exóticas, como también carpas
Avenidas como 12 de febrero, Jorge Añazco, Colombia, Quito estaban ya consolidados, otras como la 20 de junio por ser hasta donde se extendía la ciudad requerían atención de las autoridades.
Para el arquitecto Marco Haro, la Circunvalación es un eje vial de un proceso de fundación del cantón Lago Agrio desde los primeros trazos que se dejaron implementando con el primer Concejo Municipal.
Fue en la administración de este Concejo Municipal que elaboró un primer plan de desarrollo urbano y a la vez se realizó el primer catastro, con 400 hectáreas y salen los primeros ordenadores de la ciudad.
De hecho la construcción de la Circunvalación fue muy cuestionado porque colindaba con un predio que era la finca del
Para Marco Haro, este anillo vial tiene una respuesta en favor del tráfico vial, específicamente a los tanqueros de petróleo por la OCP, no obstante no ha sido una vía pensada para que funcione como la circunvalación, es decir planteada para uso de vehículos y peatones, dice Haro.
Por ejemplo: la diferencia entre estas dos arterias es que la Circunvalación es una avenida con dos vías: de ida y otra de regreso y cada una de ellas con dos carriles y un parterre que las separa. En tanto que la Jorge Aguilera es una avenida con dos carriles: de ida y de venida.
La Jorge Aguilera, por su distancia de la ciudad, es difícil para las autoridades el dotar al menos de servicios básicos. La preocupación es que todos estos predios se van a llenar de gente que los lotizará para vender a la población lotes y con ello la construcción de barrios sin servicios básicos y la consiguiente problemática para las instituciones de dotar servicios básicos como agua potable, alcantarillado, energía eléctrica y más.
En todo caso la ciudad crece hacia ese sector, por la vía Quito por ejemplo, hay barrios que están cerca de la Jorge Aguilera e incluso el bus de transporte urbano El Puma hace su recorrido por el sector, tomando pasajeros que esperan en la avenida.
En todo caso, en la actualidad, determina un polígono bien determinado en la funcionalidad de la interconexión de la ciudad y convertirse en un eje de desarrollo con una marcada dinámica de desarrollo de la ciudad, todo ese sector se ha densificado, no solo con viviendas habitacionales sino también por su diversificación y movimiento es muy importante.
“EL PODER DE CREAR” POEMARIO DE GERMÁN OBACO, SE DIO SU LANZAMIENTO EN LAGO AGRIO
La niña Emily Sofía Lalangui, leyó una parte del poema “Lago Agrio, oro negro y sol” la noche del sábado 19 de noviembre, cuya texto dice: “Salve, oh Lago Agrio, tierra bendita, a propios y extraños abres tus brazos, con sentido tributo de amor, 20 de junio: tu nacimiento, fecha gloriosa, al recordar la pujanza de tus hijos, que luchó por ver tu hazaña. Cuánta alegría se siente en el alma y yo te canto un poema de amor..”
Germán Obaco, ciudadano lojano de nacimiento e hizo parte de su vida profesional en Lago Agrio, donde desempeñó importantes cargos y fue también diputado por la provincia, en la actualidad radicado en Quito, realizó el lanzamiento de su poemario “El poder de crear”, la noche del sábado 19 de noviembre, con motivo de las festividades de su provincia natal:
nostalgia y amor sensibilizan a quien los lea, sobre todo los dedicados a su “mamita-abuela”, ya que Obaco se quedó solo con su abuela a partir de los dos años.
Germán Obaco Díaz nació en la parroquia Milagros, cantón Pindal. Sus estudios los realizó en su cantón y provincia, donde fue un buen estudiante y desde esos años participó en concursos de ortografía, libro leído y otros. Sus estudios universitarios los hizo en la universidad en Machala, con una licenciatura en sociología
En su estadía en Sucumbíos se desempeñó en cargos importantes como: funcionario en la Dirección de Educación en Sucumbíos, catedrático del colegio a distancia Juan Jiménez, catedrático de la Escuela Politécnica Superior Amazónica, relacionador institucional de la Gobernación de Sucumbíos, diputado de la República en el periodo 2007-2011
La asociación de lojanos, residentes en Sucumbíos se sintió halagada de tenerlo en Nueva Loja a tan ilustre paisano, por lo que en la presentación de la obra el presidente de la asociación subió al escenario, para en nombre de la asociación darle la bienvenida y felicitarlo por la obra que esa noche tuvo su presencia en nuestra ciudad.
Por ello la Asociación de Lojanos residentes en Sucumbíos, le abrió sus brazos y fueron parte de este importante evento, que se dio en el escenario que se armó en el recinto ferial de Nueva Loja, sitio donde los lojanos residentes en Sucumbíos realizaron sus festejos por los 202 años de independencia de Loja. El poemario dedicado a su abuelita (mamita-abuela) para quien van dedicados algunos poemas, recogen recuerdos y pensamientos, de tiempos de la niñez, adolescencia y otros momentos, como el que se refiere a Lago Agrio, cuya sencillez,
Pie de Foto: Exposición de emprendimientos
“RETAZOS DE VIDA”
Y
“POESÍA TE QUIERO” OBRAS QUE TAMBIÉN SON PARTE DE LAGO AGRIO
Las obras más recientes, aunque ya son de algunos años su lanzamiento y salidas a la luz en Lago Agrio, son:
“Retazos de vida”, cuyo autor es el doctor Alberto Rivadeneira, ya fallecido y “Poesía te quiero” del agrónomo Freddy Moreno, también fallecido en la pandemia del covid. Una particularidad de estos escritores, es que los dos mucho tuvieron que ver con la creación de la Casa de la Cultura Benjamín Carrión en Sucumbíos, Rivadeneira en su creación y Moreno fue presidente.
Alberto Rivadeneira, revolucionario por excelencia escribe en uno de sus poemas:
En “A los obreros de Astra”: Como gritar a los vientos/ la injusticia clavada/tantos hogares desechos/ por la ambición del poder/ Cuanta sangre derramada/ tras un ideal de lucha/para tratar de vencer/ al poder del pulpo padre.
En “A la memoria del “CHE”” (Guevara) Rivadeneira dice: Camarada Ernesto Guevara/ solo pronunciar tu nombre/me sabe a silbido de metralla/El leve sonido de tu serena voz/ hace temblar hasta hoy/al traidor, al gamonal, al vende-patria. Moreno, romántico y enamorada de la vida tiene su matiz, escribe:
Si mi ternura alcanza para amarte/ si tu calentura alcanzara para amarme/ si la paz que me da tu cuerpo fuera para toda la vida/ sabes? Se acabaría mi timidez/ no deambularía cabizbajo/ ni andaría ilusionando simplezas/ ah! Pero la crisis.
Es la leyenda que lleva este hombre en su pequeña carga de ilusiones. Lo corroboran las figuras cómicas de la maleta como también los animalitos de plásticos de las vitrinas.
El hombre al que le vamos a llamar Emilio, es uno de las personas que a diario vemos en el centro de la ciudad. Emilio camina con sus zapatos sin cordones y la lengua salidas de los mismos, a veces parecería que los zapatos se le salen, está cansado pero sigue caminando por la calle Francisco de Orellana, hacia la avenida Quito. Llega a una esquina y observa a las personas y quiere ofrecer su mercadería, algo le dice y él continúa su camino.
Al parecer lleva yucas o algo parecido, ellos acostumbren a llevar algo a la ciudad para ofrecerlo a quienes les compren y con eso ya tienen para reunirse con sus amigos para reír, charlar y pasar el día en esas condiciones hasta que les llega el sueño y se dan tiempo también para dormir, en la esquina o vereda que sea, generalmente el sector del mercado central es el preferida
El Orejas es serio y es enojón, por eso casi no le toman en cuenta y menos si no pone la cuota.
Es que ahora han tomado sus precauciones para tener segura la compra de su preferida guanchaca, que la encuentran en algunos sectores de calle Petrolera, donde les sueltan una botellita de medio litro por 1.50 o la de litro por 3.00 dólares, esos vendedores tienen provisiones suficientes para sus clientes: abre la llave de un tanque grande y de una llenan la botella.
Sin embargo, para Emilio, al parecer, la suerte no le ha favorecido ese día, por más que habla, ofrece, ruega, nadie le toma en cuenta. El sol de ese día quema y nuestro amigo parece agotado. Hasta que llega al Centro Comercial Popular y decide tomar un descanso, porque desde que cambio a su carga de posición no le ayudó en mucho.
Qué alivio, sentarse en la baldosa, parece reconfortarle, pero sobre todo tomará su descanso. No obstante la preocupación de vender su mercadería es lo que prima.
Un poco más tarde lo encontramos en la Francisco de Orellana, está dormido pero asegurando su mercadería a la que puso de cabecera, mientras sus amigos los libradores conversan y ríen. Entre ellos está a quien vamos a llamarle Jacinto. También es un cuotidiano ambulante de ese sector. Acostumbre a llevar limones, palo santo y otras cosas que no deja ver en su misteriosa maleta, también dominado por la dulce costumbre y vida de reunirse con sus amigos, para Jacinto no es problema cuando siente sueño, darle gusto a su cansancio, él suele dejar sus botas a un lado y dormir a placer, suele estar por la 12 de febrero cerca del municipio y también por el parque, es el más alegre del grupo.
De hecho, estos personajes tienen años de vivir en esas circunstancias, muchos de ellos ya no están y por ello son muy conocidos por la gente. Antes a toda persona que pasaba junto a ellos le pedían “una monedita”. Ingeniero regale una monedita, doctor regale una monedita, licenciado no sea malito regale una monedita, papá una monedita por favor y si alguien les daba se ponían felices. “Mira, mira cuánto nos falta para comprar”, decían con los ojos llenos de curiosidad.
Esos tiempos se acabaron y la ciudadanía dejó de darles. “Si fuera para algo bueno no habría problema, pero darles para el vicio, hasta uno está pecando”
Por eso ahora se proveen de cualquier producto, con la finalidad de venderlo y tener para sus encuentros. Incluso algunos de ellos se dieron a la costumbre de pedir productos a las señoras vendedores del sector: “vecina regale dos tomatitos, dos platanitos, dos colsitas, para el almuerzo” visitando algunos puestos, pero hasta que se dieron cuenta que solo llevaban para venderlos y tener para el vicio, cuenta una casera del mercado. Ahora ya no les damos, “cómo vamos alcahuetearles para sus vicios”
Y este grupo son los más fregados, porque la ley de los demás es “si no pones tu cuota, más mejor ni vengas”
MÁS DE USD 11 MILLONES
PARA 7 NUEVOS PROYECTOS EN LA AMAZONÍA
El pleno del Consejo de Planificación y Desarrollo de la Amazonía, en su séptima sesión ordinaria del año, aprobó el financiamiento y ejecución de 7 nuevos proyectos para las provincias de Napo, Pastaza, Sucumbíos y Zamora Chinchipe.
La inversión que se destinará, desde el Fondo Común que administra la Secretaría Técnica Amazónica (STA), comprende más de USD 11 millones 295 mil que permitirán la ejecución de los siguientes proyectos:
Construcción del puente vehicular sobre el río Arajuno en el sector Punibocana, cantón Tena de la provincia de Napo.
Plan maestro de agua potable para la cabecera cantonal de Arajuno, primera etapa, en la provincia de Pastaza.
Fortalecimiento al sector comercial y productivo mediante la implementación de 40 marquesinas, para el mejoramiento en el secado de cacao, café y maíz para las comunidades indígenas productivas de la parroquia Jambelí, cantón Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos.
Construcción del sistema de alcantarillado sanitario Amazonas norte hasta la cabecera parroquial de Gonzalo Pizarro, cantón Gonzalo Pizarro de la provincia de Sucumbíos.
Construcción de la planta de tratamiento de agua potable para la ciudad de Tarapoa, cantón Cuyabeno de la provincia de Sucumbíos.
Construcción de un centro ferial para la comercialización de las unidades de economía popular y solidaria, para productores de la parroquia Valladolid del cantón Palanda, provincia de Zamora Chinchipe.
Fomento comercial y productivo del sector agropecuario en la parroquia Puerto Libre, cantón Gonzalo Pizarro de la provincia de Sucumbíos.
Estos proyectos iniciarán una vez que las entidades ejecutoras tengan los recursos en su cuenta, para lo cual deben suscribir convenios de transferencia con la STA.
EMERGENCIA ZOOSANITARIA DURANTE 90 DÍAS POR BROTE DE GRIPE AVIAR
El ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) anunció la mañana del miércoles 30 de noviembre que se declara la emergencia zoosanitaria en todo el país durante los próximos 90 días.
Esta medida busca controlar el brote de gripe aviar detectado el pasado 27 de noviembre en una granja de la provincia de Cotopaxi.
El virus de influenza aviar que se detectó es altamente patógeno, pero el ministro Bernardo Manzano aseguró que el foco está concentrado en 180.000 aves que serán sacrificadas. Esas aves representan el 0,15% de la población avícola del Ecuador.
“El MAG y Agrocalidad tienen 850 técnicos en todo el país como contingente para hacer la vigilancia, el monitoreo y el muestreo en otras granjas avícolas con el objetivo de descartar la presencia de influenza en otras provincias”, aseguró el ministro de estado.
Periodico La Verdad, Nueva Loja, del 03 al 10 de diciembre
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS CITACION JUDICIAL
CITO.-Con el Contenido de la Demanda, Auto de Aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de Ordinario / DECLARATORIA DE UNION DE HECHO. En contra de PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS, cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: CAYAMBE PILAMUNGAESTHER LEONOR
DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS
JUICIO NRO: 21201- 2022-00480
CUANTIA: INDETERMINADA
CAUSA: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO. TRAMITE: ORDINARIO
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS EXTRACTO DE LA DEMANDA.-“…HECHOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A LA DEMANDA. PRIMERO.- Ecuatoriana de 39 años, con cedula de identidad Nro. 2100343140 de estado civil soltero, domiciliado en Nueva Loja, Barrio Abdón Calderón, Calle Espejo y Cotopaxi. Los demandados en esta causa los existentes son procreados dentro de la convivencia con el señor José David Vinueza Padilla. Los cuales constan las partidas de nacimiento adjuntas al proceso. FUNDAMENTOS DE HECHO.- Señor Juez desde el año 1998 me uní con el extinto José David Vinueza Padilla con quien mantuvimos una unión de pareja de forma interrumpida por el lapso de 11 años, tiempo en el cual procreamos cuatro hijos que responden a los nombres de; JOSE ARMANDO, FERNANDO ANTONIO, DANY DAVID, NAYELY JOSSELYN VINUEZA CAYAMBE . de los cuales se justifica con las partidas de nacimiento o cedulas de identidad, la convivencia fue notoria y publica a vista de la sociedad por haber fijado el domicilio en Nueva Loja barrio Abdón Calderón Calle Espejo y Cotopaxi, conforme consta el certificado de defunción emitida por el Registro Civil. Con fecha 26 de junio del 2009, tomo 1. Página 52. Acta 52, en la ciudad del Coca, Francisco de Orellana, dejo de existir quien en vida se llamó. José David Vinueza Padilla. FUNDAMENTOS DE DERECHOS.-Art. 68 de la Constitución de la República del Ecuador. Art. 222 DEL Código Civil. Art. 223 del mínimo cuerpo legal. LA PRETENSIÓN. Solicito señora Juez que en sentencia se declare con lugar mi demanda y me conceda el reconocimiento de la Unión de hecho por Mortin. Toda vez que conviví, por el lapso de 11 años con mi extinto José David Vinueza Padilla, LA CUANTÍA DEL PROCESO, la cuantía por a la naturaleza de la causa es indeterminada. PROCEDIMIENTO. El procedimiento es el ordinario, VISTOS: en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la provincia de Sucumbíos cantón Lago Agrio, conforme los artículos 44.75. De la Constitución de la República y artículos: 11, 19, 20, 23, 233,234 del Código Orgánico de la Función Judicial al estar legalmente posesionada y en funciones y. previo el sorteo electrónico de Ley. avoco conocimiento de la demanda.-en lo principal. Por haberse dado cumplimiento con lo dispuesto en el auto inmediato anterior con el escrito de fecha 07 de julio del 2022 a las 16h40. se considera: 1.- La demanda de la DECLARATORIA DE LA EXISTENCIA DE LA UNIÓN DE HECHO presentada por CAYAMBE PILAMUNGA ESTHER LEONOR con el hoy fallecido VINUEZA PADILLA JOSÉ DAVID, por lo que demanda a sus herederos los señores JOSE ARMANDO, FERNANDO ANTONIO, DANY DAVID, NAYELY JOSSELYN VINUEZA CAYAMBE. siendo el señor FERNANDO ANTONIO VINUEZA CAYAMBE, menor de edad de 17 años. y los presuntos herederos desconocidos de que en vida fue VINUEZA PADILLA JOSÉ DAVID. Cumple con los requisitos generales y especiales de valides que son aplicables al caso. por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. al amparo de lo consagrado en los Art. 44. 168. 169 y 175 de la Constitución de la Republica de Ecuador. Art. 222 y siguiente del Código Civil. Los Arts. 53,54 y 55 del COGEP y en armonía con el artículo 289 y siguiente del COGEP. se dispone se cumpla con lo siguiente: 2.- CITESE de INMEDIATO al amparo de lo dispuesto en el Art. 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos con la demanda, el anuncio probatorio y este auto a los demandados conocidos JOSE ARMANDO, FERNANDO ANTONIO, DANY DAVID, NAYELY JOSSELYN VINUEZA CAYAMBE, y presuntos y desconocidos de que en vida fue VINUEZA PADILLA JOSÉ DAVID, en el lugar designado en la demanda, mediante a Oficina de Citaciones de la Unidad Judicial, sin perjuicio de que se los cite en persona en el lugar que se encuentren. previniéndoles de la obligación que tienes de señalar casilla judicial y correo electrónico para el efecto de notificaciones. Conforme a lo dispuesto en el artículo 66 de Código Orgánico General de Procesos (COGEP).Los citadores deberán estar a lo dispuesto. Art. 54, 55 y 78 del COGEP y extender el acta de citación conforme a lo previsto al Art. 66 ibídem la parte actora deberá prestar las facilidades necesarias para proceder con la citación. para tal efecto deberá coordinar con la oficina de Citaciones. En caso de comparecer a juicio se procederá conforme lo determinan los artículos 87 y 157 del Código Orgánico General de Procesos.3.-CUARDOR AD LITEM.-Con fundamento en lo previsto por el Art. 515 Código Civil vigente, en concordancia con el Art. 4 y 60 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, resolución 10-2016 de la Corte Nacional de Justifica y Art. 32.3 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de dar cumplimento al derecho constitucional hacer ser consultados previsto en el Art. 60 del Código de la Niñez y Adolescencia. el adolecente demandado FERNANDO ANTONIO VINUEZA CAYAMBE, menor de edad de 17 años, deberá designar en forma personal a su curador/a, para el efecto se señala para el día 16 de AGOSTO DEL 2022, a las 15h00, para que el adolecente, comparezca acompañado de sus representante legal y a una de las Salas de esta Unidad Judicial, a fin insinué curador ad litem de su confianza. Mismo que estará comprendido dentro de los términos del Art. 27 y 393 del Código Civil, para que lo represente en la demanda que ha propuesta su madre en contra de herederos conocidos. Presuntos y desconocidos de quien en vida fue VINUEZA PADILLA JOSÉ DAVID. Hecho que fuere acreditada la idoncidad de la persona insinuada, mediante dos testigos que precederá al nombramiento, posesión y discernimiento del curador/a insinuado, quien deberá comparecer a representar al adolecente en el proceso. El señor actuario en el mismo acto procederá a la CITACIÓN con la demanda y constancias procesales, propuestas en contra del adolecente, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), 4.- A los herederos desconocidos de quien en vida fue VINUEZA PADILLA JOSÉ DAVID se los citara por la prensa por uno de los periódicos que se editan en la ciudad, mediante tres publicaciones realizadas en días distintos, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo dispuesto en el Atr. 56 numeral 1 del Código Orgánico de Procesos confiérase el extracto. 5.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados Previniéndole la obligación que tiene de anunciar las pruebas en la forma prescrita en los 152 y 169 del Código General de Procesos. (COGEP). 6.- De conformidad con lo previsto en el Art. 292 del Código General de Procesos. Se convocara a las partes a la audiencia preliminar una vez que este citada la parte demandada. 6.- PRUEVA ANUNCIADA POR LA PARTE ACTORA. Téngase en cuenta la prueba que anunciada y presenta con su demanda, cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la audiencia preliminar a convocarse en el curso ulterior dl procedimiento, prueba que estará a lo dispuesto en el Art. 160, 161 y demás pertinentes del Código Orgánico General de Procesos sobre admisibilidad de la prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. 7.- NOTIFICACIONES.- Tómese en cuenta el casillero judicial, y el correo electrónico, para efecto de notificaciones y la autorización concedida a los profesionales del derecho. Intervenga el actuario de esta Unidad Judicial.CITESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Particular que comunicó a usted para los fines legales pertinentes.
Atentamente Ab. Gladys Janeth Solarte SECRETARIO UJFMNALAS
REPUBLICA DEL ECUADOR
JUICIO NRO: 2018-01060 CUANTIA: INDETERMINADA
CAUSA: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO TRAMITE: ORDINARIO JUZGADO:
A MI DEMANDA. -
Desde el 21 de enero del año 2014 aproximadamente, empecé una relación de convivencia estable, pública y notoria con el señor FREDY EDISON CHAMBA BECERRA, siendo tratados desde ese momento como marido y mujer por nuestros vecinos, amigos y familiares, radicando nuestro domicilio en esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos; El día 21 de noviembre del 2016, comparecimos conjuntamente con mi difunto conviviente FREDY EDISON CHAMBA BECERRA, ante el señor abogado Stalin Andrés Chonata Morales, Notario cuarto del Cantón Lago Agrio, a efectos de solemnizar nuestra declaración respecto del estado de convivencia que manteníamos, no obstante, dicha unión de hecho jamás se la llego a inscribir en el Registro Civil, con fecha 25 de noviembre del 2016, el señor FREDY EDISON CHAMBA BECERRA, falleció en esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio provincia de Sucumbíos, a causa de cáncer terminal, posterior a la muerte de mi ex conviviente esto es, el 16 de abril del 2018, solicite por escrito al señor Delegado del Registro Civil, Identificación y cedulación de Sucumbíos, el registro de la escritura pública de unión de hecho solemnizada, petición que me fue negada mediante oficio N° DIGERCIC- CZ2.OT21-2018-0445-0, en el que se argumenta que por no encontrarse establecido en el referido instrumento el administrador de la sociedad de bienes y dada la imposibilidad de que comparezca uno de los declarantes no procede el registro por vía administrativa sino únicamente mediante sentencia judicial debidamente ejecutoriada. FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFICA MI ACCION.- Fundamento mi demanda en las siguientes disposiciones: COSTITUCION DE LA REPUBLICA Art.68, inciso 1ro: La unión estable y monogamica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley, genera los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio, Código Civil; Art. 222. Inciso 2do: La unión de hecho podrá formalizar ante la autoridad competente en cualquier tiempo Ley que Regula las Uniones de Hecho. Art_ 1 –La unión de hecho estable y monogamica de más de dos años entre un hombre y una mujer libres de vínculo matrimonial con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente da origen a una sociedad de bienes. Art. 2.-Se presume que la unión es de este carácter cuando el hombre y la mujer así unidos se han tratado como marido y mujer en sus relaciones sociales y así han sido recibidos por sus parientes, amigos y vecinos. El juez aplicara las reglas de la sana crítica en la apreciación de la prueba correspondiente. ANUNCIOS DE LOS MEDIOS DE PRUEBA.- Se tenga como prueba el acta constitutiva de unión de hecho solemnizada de fecha 21 de noviembre del 2016, realizada conjuntamente con el señor FREDY EDISON CHAMBA BECERRA, ante el Doctor Stalin Andrés Chonata Morales, Notario Cuarto del Cantón Lago Agrio, documento con el cual demuestro haber mantenido una relación de convivencia estable y monogamica con el señor CHAMBA BECERRA FREDY EDISON, por el tiempo que se indica en mi demanda; se tenga como prueba el certificado de defunción otorgado por la Directora Provincial de Registro Civil de Sucumbíos, documento con el cual demuestro que el señor FREDY EDISON CHAMBA BECERRA, falleció en esta parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, el día 25 de noviembre del 2016, Se tenga como prueba la petición presentada en la Dirección Provincial del Registro Civil, identificación y Cedulación de Sucumbíos con fecha 16 de abril del 2018, con la cual demuestro haber solicitado el registro de la escritura pública de unión de hecho solemnizada realizada conjuntamente con el señor FREDY EDISON CHAMBA BECERRA, a la referida institución; Se tenga como prueba el oficio N° DIGERCIC- CZ2.OT21-2018-0445-0, de fecha 26 de abril del 2018, suscrito por el señor WILIAN JAVIER QUEZADA SOTO, Coordinador de la Oficina Técnica Provincial de Sucumbíos, documentos con la cual demuestro que me fue negada la inscripción de la acta constitutiva de unión de hecho solemnizada; Se tenga como prueba el certificado de identidad y estado civil conferido por la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, documento con el cual demuestro encontrarme libre de vínculo matrimonial; Por cuanto el Art. 75 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles prevé la reserva de la información de terceros, solicito señor juez, se sirva disponer se oficie a la Dirección Provincial de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Sucumbíos, a fin de que remita a su despacho el certificado de Identidad y estado civil del señor FREDY EDISON CHAMBA BECERRA, con cedula de ciudadanía N° 210003507-6, documento con el cual demostrare que mi ex conviviente también se encontraba libre de vínculo matrimonial; y, Se recepte la declaración testimonial de los señores: Pedro Jacinto Calero Encarnación, domiciliado en el barrio El Cañaveral, jurisdicción de esta parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos: Personas que declaran respecto del estado de convivencia pública y notoria que mantuvimos con el señor FREDY EDISON CHAMBA BECERRA, desde el día 21 de enero del 2014 al 25 de noviembre del 2016. PRETENSION CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE.- Solicito que en sentencia declare la existencia de la unión de hecho entre la compareciente y el señor CHAMBA BECERRA, FREDY EDISON, desde el día 21 de enero del 2014 al 25 de noviembre del 2016, fecha en que se produjo el fallecimiento de mi ex conviviente, señor FREDY EDISON CHAMBA BECERRA; a la vez que se ordene la inscripción de dicha sentencia ante el Registro Civil a fin de hacer efectivos mis derechos como conviviente supérstite. CUANTIA DE LA DEMANDA.- En razón de la naturaleza de la presente causa la cuantía es indeterminada. ESPECIFICACION DEL PROCEDIMIENTO.- El procedimiento por el cual debe sustanciarse la presente causa es el Ordinario, reglado en el Capítulo l, Título I, Del Libro IV del Código Orgánico General de Procesos AUTO DE CALIFICACION DE LA DEMANDA.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBIOS .- U. J. FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA NPROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Lago Agrio viernes 9 de septiembre del 2022, las 16h11. Con fundamento en lo previsto por el Art.68.1 del Código Orgánico General de Procesos en adelante ( COGEP), a los herederos conocidos CHAMBA BECERRA CECILIA VERONICA, CHAMBA BECERRA HUGO ENRIQUE, CHAMBA BECERRA JORGE LUIS, CHAMBA BECERRA MIREYA ALEXANDRA, CHAMBA BECERRA VICTOR ELOY, CHAMBA VERGARA MARIA VICTORIA y desconocidos de quien en vida fue ARSECIO CHAMBA, cíteselos por la prensa por uno de los periódicos que se editan en la ciudad, mediante tres publicaciones realizadas en días distintos, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, Confiérase el extracto respectivo, Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el termino de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes.
Atentamente Ab. Oswaldo Luzuriaga SECRETARIO UJFMNALAS
AUCAS: POR PRIMERA VEZ CAMPEÓN DEL FÚTBOL ECUATORIANO
De hecho hay deportistas que trajeron medallas de oro en torneos mundiales, panamericanos y sudamericanos en diversas disciplinas, No obstante en lo que se refiere al fútbol fueron la selección y el equipo quiteño quienes se destacaron en este 2022 que fenece
Aucas es el campeón del fútbol ecuatoriano, titularon los periódicos de país, también lo proclamaron los medios televisivos, radios y más.
Sus hinchas se desataron en festejos. Con un penal atajado por el arquero Hernán Galíndez, el 'Papá' Aucas igualó 0-0 ante Barcelona, en el estadio Gonzalo Pozo Ripalda de Quito, la noche del 13 de noviembre del 2022. Ese marcador fue suficiente para que el 'Ídolo del Pueblo' consiga su primera corona de campeón en la máxima categoría del fútbol ecuatoriano.
Fue una jornada histórica para el elenco oriental y su fiel fanaticada que ha esperado más de seis décadas para gritar campeón en el fútbol ecuatoriano.
Aucas se fundó en 1945 y los campeonatos profesionales de Ecuador arrancaron en 1957. Es así que 65 años después el elenco oro y grana pudo por fin gritar ¡Campeón!
El empate fue suficiente porque en la final de ida, disputada en Guayaquil la semana pasada, los orientales se llevaron una victoria como visitantes por 1-0. El experimentado Édison Vega fue el autor de ese gol. De esa manera, el marcador global quedó 1-0 a favor del Aucas.
Uno de los héroes de la jornada fue el arquero Hernán Galíndez, quien detuvo un lanzamiento penal realizado por Damián 'Kitu' Díaz en el minuto 75'.
La fiesta se inició en el estadio Gonzalo Pozo Ripalda donde el Aucas dio por primera vez la vuelta olímpica de campeón en la máxima categoría del fútbol ecuatoriano.
Eso los que pudieron, otros hinchas de muchos años, solo vieron el partido desde un hospital o su casa, por su estado de salud y edad. Hinchas septuagenarios y hasta octogenarios, vieron al fin a su auquitas campeón.
LOS EQUIPOS CAMPEONES EN ECUADOR
Los campeonatos profesionales se disputan en el país desde 1957.
Ese primer torneo lo disputaron Barcelona, Emelec, Aucas y Deportivo Quito. El 'Bombillo' fue el primer campeón.
Así están los clubes ecuatorianos y sus títulos en la Serie A:
Barcelona, 16 títulos (1960, 63, 66, 70, 71, 80, 81, 85, 87, 89, 91, 95, 97, 2012, 2016, 2020)
Emelec, 14 títulos (1957, 61, 65, 72, 79, 88, 93, 94, 2001,02, 2013, 2014, 2015, 2017)
El Nacional, 13 títulos (1967, 73, 76, 77, 78, 82, 83, 84, 86, 92, 96, 2005, 2006)
Liga de Quito, 11 títulos (1969, 74, 75, 90, 98, 99, 2003, 2005, 2007, 2010, 2018)
Deportivo Quito, 5 títulos (1964, 1968, 2008, 2009, 2011).
Everest, 1 título (1962)
Olmedo, 1 título (2000)
Deportivo Cuenca, 1 título (2004)
Delfín, 1 título (2019)
Independiente del Valle, 1 título (2021)
Aucas, 1 título (2022)