Reforma para prevenir riesgos en los
ASENTAMIENTOS HUMANOS ¿Qué hace? Reforma los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 9, 13, 28, 31, 40 y adiciona un Capítulo VIII Bis a la Ley General de Asentamientos Humanos.
¿Cuál es el objetivo de la reforma? Prevenir las pérdidas humanas y materiales ocasionadas por fenómenos naturales. Regular la ocupación de predios, de forma que esta garantice la seguridad de l@s mexican@s y su patrimonio, a través de un esquema de responsabilidades a cargo de los tres niveles de gobierno.
¿En qué beneficia a l@s mexican@s?
¿Cómo se logrará?
Salvaguarda la vida de los mexicanos evitando la ocupación de zonas riesgosas.
Prohíbe los asentamientos humanos o aprovechamientos urbanos en zonas de alto riesgo. (Art. 28)
Asegura que no se ocupen Garantiza que las áreas donde se construya áreas peligrosas sin que se sean seguras, a través de tomen las medidas ¿En qué zonas no se permitirán de prevención normas más los asentamientos humanos? estrictas en correspondientes. materia de (Art. 55 bis) • Áreas por debajo del nivel prevención de máximo de mareas y zonas desastres. inundables. • Orillas de los lagos, lagunas y presas o en los cauces de los ríos, arroyos y canales. • Terrenos abajo o al pie de una presa. • Zonas ubicadas en las partes bajas de montículos o barrancos. (Art. 52 bis 4)
Determina que se deben realizar estudios de análisis de riesgo en obras como vías generales de comunicación; redes de energía primaria; equipamientos públicos de salud, educación, seguridad, transporte y abasto así como conjuntos habitacionales, entre otros. (Art. 52 bis y 52 bis 2)
Obliga a las autoridades federales, estatales y municipales a coordinarse para asegurar el cumplimiento de las normas en materia de prevención de riesgos en los asentamientos humanos. (Art. 7 y 8) Prevé la sanción de autoridades, particulares, comuneros o ejidatarios que propicien o permitan la ocupación irregular de terrenos de alto riesgo. (Art. 55 bis 2)
Actualiza el Programa Nacional de Desarrollo Urbano y los planes municipales, a fin de incluir la prevención de riesgos. (Art. 13 y 31)
SANCIÓ
N
¿Por qué es necesaria esta reforma? A nivel mundial, los huracanes son la causa más frecuente de desastres humanos asociados con fenómenos naturales, seguido de sismos e inundaciones. México es uno de los 30 países en el mundo que está más expuesto a tres o más tipos de peligros naturales. El 90% de los desastres que ha sufrido México son hidrometeorológicos, los cuales afectan principalmente al sureste del país, concentrando en los últimos años el 75% de los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales.
Entre 1997 y 2009 los desastres en México dejaron 114 mil muertes, daños por 227 mil millones de dólares y pérdidas por 120 mil millones de dólares. Cerca de 22 millones de mexican@s se encuentran en riesgo debido a fenómenos climatológicos como ciclones, lluvias, inundaciones, tormentas, entre otros. 74 centros urbanos están expuestos a fenómenos hidrometeorológicos. Fuentes: INEGI http://bit.ly/1kYYPuw