PROCESO ACUSATORIO Cรณdigo Nacional de Procedimientos Penales
PRUEBA Y VALORACIร N
1 PRUEBA Y ETAPAS DEL PROCESO
Ministerio Público
D E C O N T R O L
Policía
Desahogo de Prueba
J U E Z
Cuerpos de Policía. Policía Investigación. Policía Técnica y Científica
INVESTIGACIÓN Datos de Prueba
Imputado Abogado Defensor
Medios de Prueba
Oralidad Contradicción Inmediación Concentración Continuidad
J U E Z D E J U I C I O
Etapas y audiencias en el Sistema Acusatorio. Impugnación
Investigación
Intermedia
Juicio
Impugnación
Ejecución
Juez de Control
Juez Intermedio
Tribunal Juicio
T. Apelaciones
Juez
Audiencia Intermedia
Juicio Oral
Recursos
Ejecución Incidentes
Cateos
Pruebas
Desahogo prueba
Apelación
P. Anticipada
Hechos
Sobreseimiento
Casación
Sentencia
Revisión
Inspección Peritos AUDIENCIA Detención Imputación
Mecanismos Alternativos Suspensión del Proceso a Prueba. Conciliación. Mediación.
Auto de Apertura a Juicio
Declaración Cautelares
Acusación + Lista de prueba
Aplicación de criterios de oportunidad.
Procedimiento Abreviado.
Etapas y audiencias en el Código Nacional (211) E. Investigación Investigación
Etapas del Proceso
Investigación Inicial
Investigación Complementaria
Cierre
Etapa Intermedia
Tribunal Juicio
Juez de Control. AUDIENCIA.
Notitia. 221
Peritos
A. Intermedia. 344
Detención
P. Anticipada
Imputación
Inspecciones
Cateos
Declaración
Careos
Aprehensión
Cautelares
Estudios
Intervención
VINCULACION 307-316
Confrontación
Denuncia. 222 AUDIENCIA
P. Anticipada Inspección
ACUSACION. 335
Aplicación de criterios de oportunidad. 256 No. Ejercicio. 255 Abstención. 253
Hechos
Asegurar
AUDIENCIA
Archivo. 254
Pruebas
A. Apertura. 347
Entregas
Etapa de Juicio
Sobreseimiento. 327
Suspensión. 331
Juicio Oral Desahogo prueba Sobreseimiento Sentencia
Etapas y audiencias en el Código Nacional (211) E. Investigación Investigación
Etapas del Proceso
Investigación Inicial
Investigación Complementaria
Cierre
Etapa Intermedia
Tribunal Juicio
Juez de Control. AUDIENCIA.
Notitia. 221
Peritos
A. Intermedia. 344
Detención
P. Anticipada
Imputación
Inspecciones
Cateos
Declaración
Careos
Aprehensión
Cautelares
Estudios
Intervención
VINCULACION 307-316
Confrontación
Denuncia. 222 AUDIENCIA
P. Anticipada Inspección
ACUSACION. 335
Aplicación de criterios de oportunidad. 256 No. Ejercicio. 255 Abstención. 253
Hechos
Asegurar
AUDIENCIA
Archivo. 254
Pruebas
A. Apertura. 347
Entregas
Etapa de Juicio
Sobreseimiento. 327
Suspensión. 331
Juicio Oral Desahogo prueba Sobreseimiento Sentencia
2 PRUEBA TÉCNICAS DE LITIGIO
PRESENTACION INTERROGATORIO IMPACTOS TÉCNICA
ORATORIA RETÓRICA DEBATE
Litigio
LENGUAJE CORPORAL
EXPOSICION. COMPROBACIÓN. ARGUMENTACIÓN
INTERPRETACIÓN IMPUGNACIÓN
GESTIÓN ESTRATEGIA
PERSECUCIÓN REPRESIÓN NEGOCIACIÓN
CONCLUSIÓN
3 PRUEBA Y CADENA DE CUSTODIA
PROTOCOLO DE CADENA DE CUSTODIA. (JUNIO. 2011) Es el registro fiel del curso seguido por los indicios o evidencia desde su descubrimiento por parte de una autoridad, policía o agente del Ministerio Público, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión, según se trate de Averiguación Previa, Carpeta de Investigación o Proceso Penal. Desde su descubrimiento por parte de una autoridad, policía o agente del Ministerio Público
hasta que la autoridad competente ordene su conclusión
Cadena de custodia. Sistema de control y registro que se aplica al indicio o elemento material probatorio, desde su localizaci贸n, descubrimiento o aportaci贸n, en el lugar de intervenci贸n, hasta que la autoridad competente ordene su conclusi贸n. (ACUERDO. 009-2015)
PROTOCOLO DE CADENA DE CUSTODIA La Cadena de Custodia se divide en 6 grandes etapas: 1. Protección y Preservación de Lugar de los Hechos y/o del Hallazgo. 2. Procesamiento de los Indicios o Evidencias. 3. Entrega al Ministerio Público de los Indicios o Evidencias e Integración del Registro a la Averiguación Previa o Carpeta de Investigación. 4. Manejo de los Indicios o Evidencias en los Laboratorios. 5. Manejo de los Indicios o Evidencias en la Bodega de Evidencias. 6. Manejo de las Evidencias Provenientes de Entidades Prestadoras de Servicios de Salud Pública o Privada
LO QUE OMITE EL PROTOCOLO DE CADENA DE CUSTODIA 1. ¿Cuándo se conoce del procesamiento de los Indicios o Evidencias? Entrega al Ministerio Público de los Indicios o Evidencias e Integración del Registro a la Averiguación Previa o Carpeta de Investigación. 2. ¿Cómo se realiza el manejo de los Indicios o Evidencias en los Laboratorios, cuando lo exigen las partes? 3. ¿Qué diferencia hay entre el manejo de los Indicios o Evidencias en la Bodega de Evidencias y, en la Carpeta de Investigación? 4. ¿Dónde están los indicios o evidencias durante las Audiencias, especialmente, durante la Audiencia de Juicio?
Artículo 227. Cadena de custodia La cadena de custodia es: (1) Sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo, (2) Desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos o del hallazgo, (3) Hasta que la autoridad competente ordene su conclusión. (…)
Registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo. (Cfr: art. 227)
Artículo 227. Cadena de custodia La cadena de custodia es: (1) identidad, (2) estado original, (3) condiciones de recolección, preservación, empaque y traslado; (4) lugares y fechas de permanencia y (5) los cambios que en cada custodia se hayan realizado; (6) igualmente se registrará el nombre y la identificación de todas las personas que hayan estado en contacto con esos elementos.
Código Nacional
La cadena de custodia es el sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos o del hallazgo, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión. (Cfr: art. 227
Protocolo
Es el registro fiel del curso seguido por los indicios o evidencia desde su descubrimiento por parte de una autoridad, policía o agente del Ministerio Público, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión, según se trate de Averiguación Previa, Carpeta de Investigación o Proceso Penal. (Junio 2011)
Acuerdo
Sistema de control y registro que se aplica al indicio o elemento material probatorio, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de intervención, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión (A-0092015)
Jurisprudencia
Consiste en el registro de los movimientos de la evidencia, es decir, es el historial de "vida" de un elemento de evidencia, desde que se descubre hasta que ya no se necesita. Así, en definitiva, la cadena de custodia es el conjunto de medidas que deben tomarse para preservar integralmente las evidencias encontradas en una escena del crimen, convirtiéndose en requisitos esenciales para su posterior validez. (Registro: 2004653)
Cadena de custodia. Es el procedimiento de control que se aplica al indicio o dato de prueba material, ya sea vestigio, huella, medio de comisión, objeto material o producto relacionado con el hecho que la ley señala como delito, desde su localización por parte de cualquier autoridad, Agente del Ministerio Público, policía y peritos, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión. Tiene como fin que dichos datos de prueba no se alteren, modifiquen, destruyan o desaparezcan. (ACUERDO. 009-2013. D.F.)
Ministerio PĂşblico
Investigador
CriminalĂstica
Artículo 228. Responsables de cadena de custodia La aplicación de la cadena de custodia es responsabilidad de quienes en cumplimiento de las funciones propias de su encargo o actividad, en los términos de ley, tengan contacto con los indicios, vestigios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho delictivo. 1. Por funciones propias de su cargo 2. Tenga contacto con los indicios …
Obligaciones de la Policía. 132. VIII. Preservar el lugar de los hechos o del hallazgo y en general, realizar todos los actos necesarios para garantizar la integridad de los indicios. En su caso deberá dar aviso a la Policía con capacidades para procesar la escena del hecho y al Ministerio Público conforme a las disposiciones previstas en este Código y en la legislación aplicable;
Obligaciones de la Policía. 132. XIV. Emitir el informe policial y demás documentos, de conformidad con las disposiciones aplicables. Para tal efecto se podrá apoyar en los conocimientos que resulten necesarios, sin que ello tenga el carácter de informes periciales,
4 MOMENTO PROCESAL DE LA PRUEBA
Gestión forense
Gestión procesal
ETAPAS Valora Impugna Admite Cuestiona Se conoce Incorpora Proceso Pericia Asegura Almacenaje Traslado Embalaje Fotos Testigos Relación Fijación
Gestión Técnica
Identifica Acopio Hallazgo Custodia Escena
Técnicas
MINISTERIAL
DE CONTROL
Informe Policial Homologado Artículo 21.
Registro y/o Carpeta de Investigación Artículo 20, B. VI
Auto de Control de la Detención Artículo 16, 7
Valora Impugna Admite Cuestiona Se conoce Incorpora Proceso Pericia Asegura
Auto de Vinculación a Proceso Artículo 19, 1
Almacenaje Traslado Embalaje Fotos Testigos Relación Fijación Identifica
Gestión Técnica
POLICIAL
Acopio Hallazgo Custodia Escena
Técnicas
Medidas cautelares reales y/o personales Artículo 19, “ Mecanismos alternativos de solución del conflicto: 1. Conciliación 2. Mediación 3. Acuerdos
DE ADMISIÓN
DE DESAHOGO Sentencia.
Sentencia de Sobreseimien to
Mecanismos alternativos de terminación del proceso 1. Proceso Abreviado 2. Suspensión condicional
Auto de Apertura a Juicio Oral
1. De condena 2. Absuelve 3. De reparación
DE IMPUGNACIÓN
Gestión forense
Gestión procesal
ETAPAS
5 PRUEBA Y ETAPA DE INVESTIGACIÓN
Etapa de Investigación
Incorpora Proceso
Escrita
Pericia
Oral (Escrita)
Asegura Almacenaje
Casos querella Pruebas
Traslado
Corroboración
Embalaje
Inspección
Fotos Testigos Relación Fijación Identifica
Gestión Técnica
Denuncia
HECHO
Gestión forense
1
Acopio Hallazgo Custodia Escena
Técnicas
Querella
Etapa de Investigación
Incorpora
Denuncia
Proceso
Escrita
Pericia
Oral (Escrita)
Asegura Almacenaje
HECHO
Gestión forense
1
Casos querella Pruebas
Traslado
Corroboración
Embalaje
Inspección
Fotos
Querella
Informe Policial Testigos Homologado (¿?) Relación Fijación
Gestión Técnica
Identifica Acopio Hallazgo Custodia Escena
Técnicas
Etapa de Investigaciรณn
2
Audiencia. 258 Control de Acciรณn
Abstenciรณn. 253
1 Denuncia. 223 Querella. 225
HECHO
Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboraciรณn Inspecciรณn De oficio. 221
Etapa de Investigación
2
Audiencia. 258 Control de Acción
Abstención. 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
3
Denuncia. 223
ACUERDO DE RETENCIÓN. 149; 131,IX
Querella. 225
QUE ANALIZA DETENCIÓN. 149 QUE ANALIZA HECHO DELICTIVO. 140 QUE ORDENA INVESTIGAR. 131, 212 QUE ANALIZA CIRCUNSTANCIAS MECANISMOS ALTERNATIVOS. 183 CRITERIOS DE OPORTUNIDAD. 256
HECHO
Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221
Etapa de Investigación Audiencia. 258
2
Control de Acción
Abstención. 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
Denuncia. 223 Querella. 225
HECHO
Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221
Investigación Denuncia. 223 Inspecciones. 267 Aseguramiento. 230 Revisión corporal. 269 Peritajes. 272 Entrevistas. 216/218 (?) Reconocimientos. 277 Reconstrucciones (?) Documental. 380 Cadena Custodia. 227
3
Etapa de Investigación Audiencia. 258
2
Control de Acción
Abstención. 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
Denuncia. 223 Querella. 225
HECHO
Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221
Investigación Denuncia. 223 Inspecciones. 267 Aseguramiento. 230 Revisión corporal. 269 Peritajes. 272 Entrevistas. 216/218 (?) Reconocimientos. 277 Reconstrucciones (?) Documental. 380 Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX
3
Etapa de Investigación Audiencia. 258
2
Control de Acción
Abstención. 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
3
Denuncia. 223 Querella. 225
HECHO
Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221
Investigación
Anticipos
Denuncia. 223
Anticipada. 304
Inspecciones. 267
Peritajes. 274
Aseguramiento. 230
Especiales. 275
Revisión corporal. 269 Peritajes. 272 Entrevistas. 216/218 (?) Reconocimientos. 277 Reconstrucciones (?) Documental. 380 Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX
Etapa de Investigación Audiencia. 258
2
Control de Acción
Abstención. 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
3
Denuncia. 223 Querella. 225
HECHO
Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221
Investigación
Anticipos
Denuncia. 223
Anticipada. 304
Inspecciones. 267
Peritajes. 274
Aseguramiento. 230
Especiales. 275
Revisión corporal. 269
Control. 270
Peritajes. 272
Testigos 251, X
Entrevistas. 216/218 (?)
D. CPEUM 252
Reconocimientos. 277
Flagrancia 268
Reconstrucciones (?)
Indicio 268
Documental. 380
Intimas, 268
Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX
Etapa de Investigación Audiencia. 258
2
Control de Acción
Abstención. 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
3
Denuncia. 223 Querella. 225
HECHO
Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221
Investigación
Anticipos
Precautorias
Denuncia. 223
Anticipada. 304
Intervención. 291
Inspecciones. 267
Peritajes. 274
Cateo. 282
Aseguramiento. 230
Especiales. 275
Revisión corporal. 269
Control. 270
Peritajes. 272
Testigos 251, X
Entrevistas. 216/218 (?)
D. CPEUM 252
Reconocimientos. 277
Flagrancia 268
Reconstrucciones (?)
Indicio 268
Documental. 380
Intimas, 268
Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX
Etapa de Investigación Audiencia. 258
2
4
Control de Acción
Archivo Temporal. 254
Abstención. 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
3
NO
Denuncia. 223 Querella. 225
HECHO
Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221
Investigación
Anticipos
Precautorias
Denuncia. 223
Anticipada. 304
Intervención. 291
Inspecciones. 267
Peritajes. 274
Cateo. 282
Aseguramiento. 230
Especiales. 275
Revisión corporal. 269
Control. 270
Peritajes. 272
Testigos 251, X
Entrevistas. 216/218 (?)
D. CPEUM 252
Reconocimientos. 277
Flagrancia 268
Reconstrucciones (?)
Indicio 268
Documental. 380
Intimas, 268
Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX
HECHO DELICTIVO
Etapa de Investigación Audiencia. 258
2
Control de Acción
Abstención. 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
4
Archivo Temporal. 254
5
No ejercicio. 255
3
NO
Denuncia. 223 Querella. 225
HECHO
Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221
Investigación
Anticipos
Precautorias
Denuncia. 223
Anticipada. 304
Intervención. 291
Inspecciones. 267
Peritajes. 274
Cateo. 282
Aseguramiento. 230
Especiales. 275
Revisión corporal. 269
Control. 270
Peritajes. 272
Testigos 251, X
Entrevistas. 216/218 (?)
D. CPEUM 252
Reconocimientos. 277
Flagrancia 268
Reconstrucciones (?)
Indicio 268
Documental. 380
Intimas, 268
Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX
HECHO DELICTIVO
Etapa de Investigación Audiencia. 258
2
Control de Acción
Abstención. (127) 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
4
Archivo Temporal. 127
5
No ejercicio. 255 (127)
3
NO
Denuncia. 223
HECHO
Querella. 225
Investigación
Anticipos
Precautorias
Escrita
Denuncia. 223
Anticipada. 304
Intervención. 291
Oral (Escrita)
Inspecciones. 267
Peritajes. 274
Cateo. 282
Casos querella
Aseguramiento. 230
Especiales. 275
Pruebas
Revisión corporal. 269
Control. 270
Corroboración
Peritajes. 272
Testigos 251, X
Inspección
Entrevistas. 216/218 (?)
D. CPEUM 252
Reconocimientos. 277
Flagrancia 268
Reconstrucciones (?)
Indicio 268
Documental. 380
Intimas, 268
De oficio. 221
Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX
HECHO DELICTIVO SI
6
Mecanismos. 183
Etapa de Investigación Audiencia. 258
2
Control de Acción
Abstención. (127) 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
4
Archivo Temporal. 127
5
No ejercicio. 255 (127)
3
NO
Denuncia. 223
HECHO
Querella. 225
Investigación
Anticipos
Precautorias
Escrita
Denuncia. 223
Anticipada. 304
Intervención. 291
Oral (Escrita)
Inspecciones. 267
Peritajes. 274
Cateo. 282
Casos querella
Aseguramiento. 230
Especiales. 275
Pruebas
Revisión corporal. 269
Control. 270
Corroboración
Peritajes. 272
Testigos 251, X
Inspección
Entrevistas. 216/218 (?)
D. CPEUM 252
Reconocimientos. 277
Flagrancia 268
Reconstrucciones (?)
Indicio 268
Documental. 380
Intimas, 268
De oficio. 221
HECHO DELICTIVO SI
6
Mecanismos.
7
Oportunidad. Bagatela. 256 Patrimonial Pena Natural
Cadena Custodia. 227
Exceso.
Autorizadas. 251
Negociación
Entregas. 251, IX
Etapa de Investigación Audiencia. 258
2
Control de Acción
Abstención. (127) 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
4
Archivo Temporal. 127
5
No ejercicio. 255 (127)
3
NO
Denuncia. 223
HECHO
Querella. 225
Investigación
Anticipos
Precautorias
Escrita
Denuncia. 223
Anticipada. 304
Intervención. 291
Oral (Escrita)
Inspecciones. 267
Peritajes. 274
Cateo. 282
Casos querella
Aseguramiento. 230
Especiales. 275
Pruebas
Revisión corporal. 269
Control. 270
Corroboración
Peritajes. 272
Testigos 251, X
Inspección
Entrevistas. 216/218 (?)
D. CPEUM 252
Reconocimientos. 277
Flagrancia 268
Reconstrucciones (?)
Indicio 268
Documental. 380
Intimas, 268
De oficio. 221
HECHO DELICTIVO SI
6
Mecanismos.
7
Oportunidad. Bagatela. 256 Patrimonial Pena Natural
Cadena Custodia. 227
Exceso.
Autorizadas. 251
Negociación
Entregas. 251, IX
8
Control de Detención 307
Etapa de Investigación Audiencia. 258
2
Control de Acción
Abstención. (127) 253
1
ACUERDO
Carpeta. 260
4
Archivo Temporal. 127
5
No ejercicio. 255 (127)
3
NO
Denuncia. 223
HECHO
Querella. 225
Investigación
Anticipos
Precautorias
Escrita
Denuncia. 223
Anticipada. 304
Intervención. 291
Oral (Escrita)
Inspecciones. 267
Peritajes. 274
Cateo. 282
Casos querella
Aseguramiento. 230
Especiales. 275
Pruebas
Revisión corporal. 269
Control. 270
Corroboración
Peritajes. 272
Testigos 251, X
Inspección
Entrevistas. 216/218 (?)
D. CPEUM 252
Reconocimientos. 277
Flagrancia 268
Reconstrucciones (?)
Indicio 268
Documental. 380
Intimas, 268
De oficio. 221
HECHO DELICTIVO SI
6
Mecanismos.
7
Oportunidad. Bagatela. 256 Patrimonial Pena Natural
Cadena Custodia. 227
Exceso.
Autorizadas. 251
Negociación
Entregas. 251, IX
8
Control de Detención 307
9
Audiencia Inicial. 307
Control por D. Humanos. 252
Contra derechos constitucionales Contra derechos convencionales Contra derechos humanos Exhumación. Cateo. 282-285
D A T O
Comunicaciones y correspondencia. 291-299
Con control Judicial
Control por legalidad. 252
Muestras biológicas con oposición. 269 Reconocimiento o examen físico con oposición Las demás que señale la Ley Inspección con exposición de partes íntimas. 268 Peritaje irreproducible. 274 Aporte de comunicaciones por particulares. 276
D E
Entrevista de testigo. 251
Control por exigencia personal, 268
P R U E B A
Petición de muestras biológicas. 269 Fotografías internas y externas. 269 Mujeres. Inspección con conocimiento informado Menores. 270 Peritajes Especiales. 275 Recibir denuncias. 132, I Inspección de lugares, cosas, objetos. 267 Inspección con conocimiento departe. 268
Control Policial
Entrevista de testigo. 251 Identificación por fotografía. 279 Escena del lugar, del objeto, del imputado. 132
Sin control Judicial
Entrevista de personas en escena. 132 Entrevista de testigo. 251
Control Ministerial
Inspección con pericial. 267 Peritajes. 272 Reconocimientos. (Personas) 277 (278) (?) Cateo en sitios públicos. 286
D E S A H O G O
Exhumación. Cateo. 282-285 Comunicaciones y correspondencia. 291-299
Control por legalidad. 252
Reconocimiento o examen físico con oposición Las demás que señale la Ley Inspección con exposición de partes íntimas. 268 Aporte de comunicaciones por particulares. 276
AUDIENCIA PARA CONTROL
D A T O
Entrevista de testigo. 251
Control por exigencia personal, 268
Petición de muestras biológicas. 269 Fotografías internas y externas. 269 Mujeres. Inspección con conocimiento informado Menores. 270 Peritajes Especiales. 275
D E P R U E B A
Muestras biológicas con oposición. 269
Solicitada por alguna de las partes Justificar razón de anticipación judicial
Prueba Anticipada
Evitar pérdida o alteración del medio probatorio Reglas de la prueba en Juicio
AUDIENCIA PARA DESAHOGO
Presencia de partes con derecho en Juicio Con imputado o Defensor Público
Control por D. Humanos. 252
Contra derechos constitucionales Contra derechos convencionales Contra derechos humanos
6 DESAHOGO DE PRUEBA EN AUDIENCIA INICIAL
C4
Artículo 44. (…) En la práctica de las actuaciones procesales se utilizarán los medios técnicos disponibles que permitan darle mayor agilidad, exactitud y autenticidad a las mismas, sin perjuicio de conservar registro de lo acontecido.
Artículo 51. La videoconferencia en tiempo real u otras formas de comunicación que se produzcan con nuevas tecnologías podrán ser utilizadas para la recepción y transmisión de medios de prueba y la realización de actos procesales, siempre y cuando se garantice previamente la identidad de los sujetos que intervengan en dicho acto.
Artículo 217. El Ministerio Público y la Policía deberán dejar registro de todas las actuaciones que se realicen durante la investigación de los delitos, utilizando al efecto cualquier medio que permita garantizar que la información recabada sea completa, íntegra y exacta, así como el acceso a la misma por parte de los sujetos que de acuerdo con la ley tuvieren derecho a exigirlo.
Artículo 381. En caso de que los datos de prueba o la prueba se encuentren contenidos en medios digitales, electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología y el Órgano jurisdiccional no cuente con los medios necesarios para su reproducción, la parte que los ofrezca los deberá proporcionar o facilitar.
DOCUMENTAR 217. Cualquier medio
COMUNICAR 44. Cualquier medio
TÉCNOLOGÍA
REGISTRAR 217. Cualquier medio
DOCUMENTAR
COMUNICAR TÉCNOLOGÍA PARA SUPERAR
REGISTRAR
ACUSADOR
REPRODUCCIÓN. 50, 51, 61, 381.
TRIBUNAL DEFENSOR
TELEOLÓGICO: AVERIGUACIÓN DE LA VERDAD
7 PRUEBA Y CAUTELA
Informar de sus derechos
P U E S T A A D I S P O S I C I Ó N
Paso 1
Informar a su Superior jerárquico Trasladarlo a una Institución del Sector Salud Ponerlo a disposición del Ministerio Público
Elaborar un Informe Pormenorizado
Paso 2
Describir objetos asegurados en formato de cadena de custodia Elaborar el IPH que sirve de base para el Informe al Superior Jerárquico
Recabar el acuse de puesta a disposición
Paso 3
Ratificar la puesta a disposición ante MP y solicitar copia certificada Entregar al Superior copia de puesta a disposición, IPH, Cadena y Salud Ingresa a Sistema Único de Información Criminal y Registro de Delincuentes
Paso 4
Si tiene lesiones. Ayuda médico Proceder al Internamiento e informar al MP y al Superior
ACUERDO 05/2012 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se emiten los lineamientos generales para poner a disposición de las autoridades competentes a personas u objetos.
D I S P O S I C I Ó N
Paso 1
Lectura de derechos (152) Ejercicio del derecho de defensa letrada (113, I), técnica (IX) material (VIII)
Paso 2
Poner a Disposición del MP (Inmediatamente) (16 CP)(147) Evaluación de sitio: Custodia y Control del lugar de intervención Protección del Lugar: Indicios, restringir acceso, acordonar y ruta de ingreso
Paso 3
Cadena I. Observar/ Identificar/ Documentar/ Cadena II. Recolección/ Empaque/ Embalaje/ Sellado/ Etiquetado/ Cadena III. Inventarios de indicios e indicaciones para los indicios
Y C A D E N A
Ratificar hecho delictivo /141) y detención en flagrancia (146)
Traslado del detenido. Registra el MP (147)
Paso 4
Traslado de Indicios. Transitorio/ Servicios Periciales Procesamiento de Indicios: Recibe/ Abre/ Requisita/ Cierre con Cadena Almacena: Recibe/ Registra/ Controla Cadena/ Lugares adecuados/ Orden y ejecución de pericias
Paso 5
Conocimiento de pericias y participación en pericias irreproducibles (274) Pericias especiales (275)
A-009/2015
Orden del Juez (252, 268, 269, 270)
ACUERDO A/009/15 por el que se establecen las directrices que deberán observar los servidores públicos que intervengan en materia de cadena de custodia.
Arribo: Salvaguardar la vida, lugar, objetos, víctimas, detener e informar al MP
Recibir al detenido (Controlar hora del hecho, hora de la recepción)
R E T E N C I Ó N M I N I S T E R I A L
Paso 1
Controlar la Detención en Flagrancia (149) (Registro de la hora (147) Controlar el Hecho Delictivo (141) ¿Prisión preventiva o Medida Precautoria? (140) Ordenar Acuerdo de Retención (131, XI) Ordenar investigación (127) Deber (212) Objeto (213)
Paso 2
Recibir denuncia (222)/ Querella (225)// Registros (217) Lectura de derechos de imputado (152 ) y asistencia Consular (151) Mecanismos Alternativos (189) Criterios de Oportunidad (256) Ejecutar actos de investigación (251)
Paso 3
Solicitar actos de investigación (252) (269,270) Solicitar Testimonios Especiales (275) Solicitar prueba anticipada (304) Poner a disposición del Juez de Control y solicitar Audiencia Inicial (308)
Paso 4
Presentarse en Audiencia Inicial (Control de Detención) (307,308) Formular Imputación (311), Pedir Medida Cautelar (155), Plazo (321)
MEDIDA CAUTELAR
1
(307) En caso de que el Ministerio Público solicite la procedencia de prisión preventiva dicha cuestión deberá ser resuelta antes de que se dicte el auto de vinculación a proceso.
2
(309) En el caso de que, como medida cautelar, el Ministerio Público solicite la prisión preventiva y el imputado se haya acogido al plazo constitucional, el debate sobre medidas cautelares sucederá previo a la suspensión de la audiencia.
3
(313) Después de que el imputado haya emitido su declaración, o manifestado su deseo de no hacerlo, el agente del Ministerio Público solicitará al Juez de control la oportunidad para discutir medidas cautelares, en su caso, y posteriormente solicitar la vinculación a proceso.
4
(155) En caso de que el Ministerio Público solicite la prisión preventiva durante el plazo constitucional, dicha cuestión deberá resolverse antes del dictado del auto de vinculación a proceso.
1
2
3
4
Conducción. 141
Protección. 137
Precautorias. 138
Cautelares. 155
Citatorio
No acercarse a victima
Embargo de bienes
Presentación periódica
Orden de comparecencia
No acercarse a domicilio
Inmovilización de cuentas
Garantía económica
Aprehensión
Separación de domicilio
60 + 30 días
Embargo de bienes
Sustracción
Entrega de documentos
Retención.131, XI, 149, 308
Inmovilización de cuentas y valor
Reaprehensión
No intimidación o molestia
Cateo (282-283)
Salida del país o localidad
Flagrancia (146, I)
Vigilancia de domicilio
Inspección (267-268)
Internamiento y/o vigilancia
Flagrancia inmediata146,II
Protección policial
Revisión corporal (269)
Prohibición de reunión o lugares
Flagrancia señalamiento
Auxilio policial inmediato
Arresto (104)
Prohibición de personas
Flagrancia indiciaria
Refugios o albergues
Separación de domicilio
Flagrancia cómplice
Reingreso a domicilio
Suspensión de cargo público
Flagrancia virtual
60 + 30 días
Suspensión de profesión u oficio
Cuasi-flagrancia
Localizadores electrónicos
Flagrancia en querella 12
Resguardo domiciliario (167)
Flagrancia en querella 24
Prisión preventiva (165-170)
Caso urgente (150)
1 año (165)
8 PRUEBA Y DATO DE PRUEBA
Entrevistas. 132, X, 215 Negativa de entrevista. 251,X
D A T O S D E P R U E B A
Inspección. 267, 251 De personas. 268 Corporal. 269 Negativa de muestras. 269 Cadáver. 271
Testigos presenciales. 360 Testigos indirectos Testigos de oídas Testigo virtual Confesión inter posita persona Lugar de la Víctima (Cuerpo o Domicilio)251 Lugar del Imputado. Cuerpo o Domicilio 282 Lugar del hecho. (232, VII policial), 251 Lugar de la planeación Lugar del hallazgo, 251 Lugar del objeto del delito Lugar del instrumento del delito
Comunicaciones. 276.
Con o de terceros. 276, (251, VII, 252, III) Filmaciones en sitio público o privado. 235 Con orden judicial federal. 291 Redes sociales. 303 Base de datos (¿?) (164, 177,X)
Documental. 337, 380
Documental pública. 381 Documental privada. 380 Correspondencia
Reconocimientos. 277
De personas. 277 De objetos. 280 De voz (281), fotos (279), sonidos (281)
Pericias. 271
Técnicas. 368 Científicas. 369 De campo (provisionales) Irreproducibles 274 Especiales 275, 366
Acceso a indicios 272
1
2
12
3
4
5
6
7
8
14 15 16 17 18
23 24 25
9
10 11
20 21 22
27 28 29 30 31
33
34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46
48 49 50 51 52
54 55
56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 78
71 72 73 74 75
80 81 82 83 84
77
86 87 88
89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 00 01 02
04 05 06 07 08
10
11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 33 34
24 25 26 27 28 36 37 38 39 40
30 31 32 42 43
44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65
6
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8
17 18
9
10 11
20 21 22
28 29 30 31
33
34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46
48 49 50 51 52
54 55
56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69
71 72 73 74 75 82 83 84
77
86 87 88
93 94 95 96 97 98 99 04 05 06 07 08
10
11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 33 34
24 25 26 27 28 36 37 38 39
44 45 46 47 48 49 50 55 56 57 58 59 60 61
30 31 32
6 17 18 28 29 30 31 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46
48 49
51 52
56 57 58 59 60 61 67 68 69
54 55
63 64 65 66
71 72 73 74 75 82 83 84
77
86 87 88
93 94 95 96 97 98 99 04 05 06 07 08 11 12 13 14 15 16 17 18 19 22 33 34
24 25
28
36
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50
58 59 60 61
30
10
28 29 30 31 36 37 38 39 40 41 42 43 48 49 58 59 69
51 52 61
71
54
63 64 65 73 74 75
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93 94 95 96 97 98 04 05 06 07 08 15 16 17 18 19 28 39 47 48
50
58 59 60 61
30
28 29 30 31 36 37 38 39 40 41 42 43 48 49 58 59 69
54 61
71
64 65 73 74 75
82
86 87
93 94 95 96 97 98 04 05 06 07 08 15 16 17 28 39 47 48
50
30
28 29 36 37 38 39 40 48 49 58 59 69
61 71
73
82 93 94 95 04 05 06 15 16 17 28 39 47 48
50
1
2
12
3
4
5
6
7
8
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10 11
20 21 22
27 28 29 30 31
33
34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46
48 49 50 51 52
54 55
56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 78
71 72 73 74 75
80 81 82 83 84
77
86 87 88
89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 00 01 02
04 05 06 07 08
10
11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 33 34
24 25 26 27 28 36 37 38 39 40
30 31 32 42 43
44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65
DATO
P R H U E del C E H B O A
El dato de prueba es la referencia al contenido de un determinado medio de convicción aún no desahogado ante el Órgano jurisdiccional, que se advierta idóneo y pertinente para establecer razonablemente la existencia de un hecho delictivo y la probable participación del imputado. (261)
MEDIO
Los medios o elementos de prueba son toda fuente de información que permite reconstruir los hechos, respetando las formalidades procedimentales previstas para cada uno de ellos. (261)
PRUEBA
Se denomina prueba a todo conocimiento cierto o probable sobre un hecho, que ingresando al proceso como medio de prueba en una audiencia y desahogada bajo los principios de inmediación y contradicción, sirve al Tribunal de enjuiciamiento como elemento de juicio para llegar a una conclusión cierta sobre los hechos materia de la acusación. (261)
DATO
P R H U E del C E H B O A
Entrevista policial. 132, X Entrevista ministerial (131)(¿?) Informe policial homologado (132, XIV) Pericia irreproducible. 274 Pericial. 272 Entrevista especial. 275 Criminalística de campo. 132, VIII Medicina forense. 271 Documentos, videos, otros Aseguramiento. 229, 230
MEDIO
Testigo Testigo Testimonio de oficiales de policía Perito Perito Expertos Policial técnica Peritos científicos Documental pública y/o privada Evidencias
Prueba anticipada. 304 Pericias con control judicial. 270, 252 Testigos. 360 Peritos. 368 Documentos públicos. 380 Documentos privados. 380 Acta de actuaciones, 288 (acta circunstanciada) Registros. 197, 217, 218
PRUEBA
Acuerdos probatorios. 391 Testimonio de testigo. 363, 371, 372 Testimonio de policía. 371, 372 Testimonio de perito técnico. 369 Testimonio de perito científico. 369 Testimonio de víctima u ofendido Entrevista policial Reproducción de documental pública. 383 Reproducción de documental privada. 383 Prueba anticipada. 304, 305
9 IMPUTADO. OBJETO DE PRUEBA
Escena del crimen: el tiempo es la evidencia que se aleja
Principio de Transferencia
Principio de Relaciรณn
Principio de Causalidad
Escena del crimen: de lugar, de objeto, de víctima, de imputado
Principio de Transferencia
Principio de Relación Lugar
Imputado
Objeto
Víctima
Principio de Causalidad
Escena del crimen: de lugar, de objeto, de víctima, de imputado Escena del lugar
Escena de la víctima
Principio de Transferencia
Principio de Relación Lugar
Imputado
Objeto
Víctima
Principio de Causalidad
Escena del imputado
Escena del objeto
Escena del crimen: de lugar, de objeto, de víctima, de imputado Escena del lugar
Escena de la víctima
Principio de Transferencia
Principio de Relación Lugar
Imputado
Objeto
Víctima
Principio de Causalidad
Escena del imputado
Escena del objeto
Escena del crimen: de lugar, de objeto, de víctima, de imputado Escena del lugar
Escena de la víctima
Principio de Transferencia
Principio de Relación Lugar
Imputado
Objeto
Víctima
Principio de Causalidad
Escena del imputado
Escena del objeto
El imputado: objeto de prueba.
NEUTRO
PASIVO
ACTIVO
El imputado: objeto de prueba. Sujeto pasivo de prueba 1. Se puede actuar contra él, sin que deba participar, y aunque se oponga. 2. No tiene derecho de abstención. 3. Como está identificado, debe actuar el abogado defensor. 4. Orden del juez y/o del Ministerio Público
NEUTRO
PASIVO
ACTIVO
El imputado: objeto de prueba. Sujeto pasivo de prueba 1. Se puede actuar contra él, sin que deba participar, y aunque se oponga. 2. No tiene derecho de abstención. 3. Como está identificado, debe actuar el abogado defensor. 4. Orden del juez y/o del Ministerio Público
NEUTRO
PASIVO
Sujeto activo de prueba ACTIVO
1. No se puede actuar contra él, debe participar, y puede oponerse. 2. Tiene derecho de abstención. 3. Como está identificado, debe actuar el abogado defensor. 4. Orden del juez y/o del Ministerio Público
El imputado: objeto de prueba. Sujeto neutro de prueba
Sujeto pasivo de prueba 1. Se puede actuar contra él, sin que deba participar, y aunque se oponga. 2. No tiene derecho de abstención. 3. Como está identificado, puede actuar el abogado defensor. 4. Orden del juez y/o del Ministerio Público
NEUTRO
PASIVO
1. El imputado ignora que se está actuando, aunque sin él no se puede obtener la prueba. 2. Puede ser que el imputado facilite o no facilite la prueba. 3. Aunque esté identificado no tiene por qué conocer, ni debe actuar su abogado 4. Exige orden del Juez
Sujeto activo de prueba ACTIVO
1. No se puede actuar contra él, debe participar, y puede oponerse. 2. Tiene derecho de abstención. 3. Como está identificado, debe actuar el abogado defensor. 4. Orden del juez y/o del Ministerio Público
El imputado: sujeto pasivo
Sujeto pasivo de prueba 1. Muestra de sangre, vellos, cabellos, uñas, saliva. 2. Revisión corporal. 3. Documentos públicos y/o privados. 4. Confrontación. 5. Registro de vehículo. 6. Base de datos.
El imputado: sujeto neutro. Sujeto neutro de prueba
Sujeto pasivo de prueba 1. Muestra de sangre, vellos, cabellos, uñas, saliva. 2. Revisión corporal. 3. Documentos públicos y/o privados. 4. Confrontación. 5. Registro de vehículo. 6. Base de datos.
1. Intervención de comunicaciones telefónicas o entre presentes. 2. Cateo. (Ojo: antes de detención. 3. Intervención de comunicaciones privadas. 4. Peritajes. 5. Reconoce fotos. . 6. Reconoce objetos.
El imputado: objeto activo. Sujeto neutro de prueba
Sujeto pasivo de prueba 1. Muestra de sangre, vellos, cabellos, uñas, saliva. 2. Revisión corporal. 3. Documentos públicos y/o privados. 4. Confrontación. 5. Registro de vehículo. 6. Base de datos.
1. Intervención de comunicaciones telefónicas o entre presentes. 2. Cateo. (Ojo: antes de detención. 3. Intervención de comunicaciones privadas. 4. Peritajes. 5. Reconoce fotos. 6. Reconoce objetos.
Sujeto activo de prueba 1. Cateo de otros lugares. 2. Confesión, entrevista, declaración. 3. Muestra de semen. 4. Cuerpo de escritura. 5. Reconstrucción de los hechos. 6. Complemento del peritaje. (voz) 7. Prueba anticipada.
10 PRUEBA ILEGAL: ILICITUD E ILEGALIDAD
Víctima Ofendido
M E D I O S D E P R U E B A
Testimonial
Oficiales de policía Peritos Funcionarios Pericias científicas
Datos Medios Prueba
N U L I D A D
Pericial
Pericias técnicas Pericias irreproducibles
Ilegal
Pericias especiales
Documental
Documental pública Documental privada
Material
Que señala Que refiere Que comprueba Anticipada en el exterior
Anticipada
Anticipada en investigación Anticipada en juicio
Ilícita
Desahogo de prueba.
Pruebas. CNPP. 261 Valoración de prueba.
P R U E B A S
Elementos de prueba
Medios de Prueba. 261 Elementos de convicción
Medios de búsqueda de prueba
Datos de prueba. 261 Fuentes de prueba
Acto Procesal. 97
Procedimiento legal. Formas Deberes del Ministerio Público Derechos de las víctimas Abogado defensor Orden fundada y motivada
NULAS Derecho de defensa
Derecho procesal. 97
Derecho fundamental
P R U E B A S
Acto procesal probatorio
Órgano o autoridad
Derecho de abstención Derecho de participación Derecho de representación Derecho a la intimidad Derecho a la dignidad
Acto Procesal
Acto procesal probatorio
Saneamiento. 99 Atenuación de vinculo,
P R U E B A S
Teoría de la Supresión hipotética. 101
Fuente independiente. Descubrimiento inevitable Convalidación. 100
NULAS Teoría de los Frutos del Árbol Envenenado. 101
Nulidad Absoluta. 97, 264
Derecho procesal
Derecho fundamental
Etapa de Investigación Formalizada
Desformalizada
Hipótesis delictiva Información del hecho
Hipótesis del Caso Informe Policial
Vinculación Teoría del Caso
Escena del crimen
Procesamiento de Evidencias
Prueba anticipada
Antecedentes
Pericias.
Inspección corporal
Evidencias Físicas
Intervención de Comunicaciones.
Confrontación
Planimetría
Cateos.
Cuerpo de Escritura
Fotografía
Información bancaria
Pericias médicas
Detenciones
Información registral
Reconstrucción
Víctimas u Ofendidos
Entrevistas.
Declaración
Testigos.
Inspecciones.
Estudios contables
Vigilancias.
Reconocimientos.
Prueba descargo
Encubiertos
Necropsia.
Acusación
Cadena de Custodia
Teoría del Caso
Etapa de Investigación Formalizada
Desformalizada
Hipótesis delictiva Información del hecho
Hipótesis del Caso Informe Policial
Vinculación Teoría del Caso
Escena del crimen
Procesamiento de Evidencias
Prueba anticipada
Antecedentes
Pericias.
Inspección corporal
Evidencias Físicas
Intervención de Comunicaciones.
Confrontación
Planimetría
Cateos.
Cuerpo de Escritura
Fotografía
Información bancaria
Pericias médicas
Detenciones
Información registral
Reconstrucción
Víctimas u Ofendidos
Entrevistas.
Testigos.
Inspecciones.
Vigilancias.
Reconocimientos.
Prueba descargo
Encubiertos
Necropsia.
Acusación
Cadena de Custodia
Teoría del Caso
Declaración Estudios contables
Etapa de Investigación Descubrimiento
Cierre
Incorporación
Intermedia Legitimación
Escena Indicios Evidencias
Hallazgo Acopio
Hecho
Identificación Traslado
Actuaciones Medios Técnicas Pericias
Proceso
Etapa de Juicio Oral
D A T O S D E P R U E B A
Autoridad Órgano Defensa Procedimiento Contradicción Inmediación Garantías
Desahogo
M E D I O S D E P R U E B A
Anticipada. Testimonios. Pericias. Comunicación. Confesión.
P R U E B A S
Documental. Policial.
Valoración Sana crítica Lógica Experiencia.
11 DESAHOGO DE PRUEBA
EL DEBATE ES ICÓNICO …
GIRA –O DEBE GIRAR- EN TORNO A UNA SOLA IDEA
EL DEBATE ES ICÓNICO
TRIUNFA LA IDEA QUE AL FINAL PERMANECE
OH…, LA DUDA
Porque tiene, de las cosas, sus propias percepciones y propia capacidad de percepción Por su propia capacidad de memoria y/o porque tiene capacidad de relacionar
TODO TESTIGO MIENTE
Porque ve. Pero, a la vez, escucha y siente. Porque escucha y construye con lo que escucha Porque al ver, escuchar y construir con lo que escucha, igualmente razona. Porque hay una lógica entre lo que se ve, se escucha, se construye y, la realidad que se observa en sus efectos. Porque todo efecto tiene su causa. Porque todas las causas producen efectos. Porque en mucho, la realidad es analógica. Y, como analógica, permite inferir. Por inferencia estereotipos.
hipotética,
prejuicios
y/o
POR QUÉ ES QUE MIENTE
1. Identificar el medio de prueba (Tengo) (Previamente marcado como X) 2. Dar a conocer el dato a la parte contraria (derecho de oposición o corroboración) 3. Control de orden (¿Su señoría, me permite acercarme al testigo?) 4. Le estoy mostrando la prueba X. 5. Reconocimiento del documento u objeto (¿Reconoce usted?) 6. Confirmar, contrastar, refutar. (¿Cómo, por qué reconoce usted?) 7. Que teste sobre el documento o prueba (¿Por favor, describa, lea, diga, reconoce?) 8. Fijar en la conciencia del Juez. (Su Señoría, que quede en actas que …) 9. Pido permiso para exhibir. Interrogar sobre el dato exhibido
PASOS PARA INCORPORAR INDICIOS O DOCUMENTOS
CNPP. Artículo 387. Incorporación de prueba material o documental previamente admitida De conformidad con el artículo anterior, sólo se podrán incorporar la prueba material y la documental previamente admitidas, salvo las excepciones previstas en este Código.
CNPP. Artículo 383. Incorporación de prueba Los documentos, objetos y otros elementos de convicción, previa su incorporación a juicio, deberán ser exhibidos al imputado, a los testigos o intérpretes y a los peritos, para que los reconozcan o informen sobre ellos. Sólo se podrá incorporar a juicio como prueba material o documental aquella que haya sido previamente acreditada.
Abiertas ¿Qué? ¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Quién? ¿Con quién? ¿Con qué? ¿Por qué? Puntualizar en lo que importa Orden cronológico coherente con nuestra teoría del caso Repreguntar, cuando la respuesta descarga Dirigir cuando no descarga Adelantar o debilidades.
preguntar
El ¿por qué? Cuando se luce
sin
necesidad,
las
INTERROGATORIO
Testimonial
P R U E B A S
A C O P I O
I N C O R P O R A C I Ó N
E X A M E N
Abiertas: que se luzca si conviene
SI
Puntualizar en lo que impacta Orden cronológico a nuestro alegato Re-preguntar lo que descarga Dirigir, cuando no descarga Adelantar debilidades: cerrarla El ¿por qué? Cuando se luce
D E S A H O G O
Cerradas: Sólo responde la pregunta Nunca un ¿por qué? Pues se luce Preguntas temáticas, no cronológicas Puntualizar en afectación personal
Pericial
E X A M E N
Credibilidad-falsedad Acentuar debilidades: desacreditar Acentuar inconsistencias
NO
Acentuar defectos: hacer dudar Verificar nuestro alegato
Artículo 372. Desarrollo de interrogatorio Otorgada la protesta y realizada su identificación, el juzgador que presida la audiencia de juicio concederá la palabra a la parte que propuso el testigo, perito o al acusado para que lo interrogue, y con posterioridad a los demás sujetos que intervienen en el proceso, respetándose siempre el orden asignado. La parte contraría podrá inmediatamente después contrainterrogar al testigo, perito o al acusado. Los testigos, peritos o el acusado responderán directamente a las preguntas que les formulen el Ministerio Público, el Defensor o el Asesor jurídico de la víctima, en su caso. El Órgano jurisdiccional deberá abstenerse de interrumpir dicho interrogatorio salvo que medie objeción fundada de parte, o bien, resulte necesario para mantener el orden y decoro necesarios para la debida diligenciación de la audiencia. Sin perjuicio de lo anterior, el Órgano Jurisdiccional podrá formular preguntas para aclarar lo manifestado por quien deponga, en los términos previstos en este Código.
Testimonial
P R U E B A S
A C O P I O
I N C O R P O R A C I Ó N
E X A M E N
Abiertas: que se luzca si conviene
SI
Puntualizar en lo que impacta Orden cronológico a nuestro alegato Re-preguntar lo que descarga Dirigir, cuando no descarga Adelantar debilidades: cerrarla El ¿por qué? Cuando se luce
D E S A H O G O
Cerradas: Sólo responde la pregunta Nunca un ¿por qué? Pues se luce Preguntas temáticas, no cronológicas Puntualizar en afectación personal
Pericial
E X A M E N
Credibilidad-falsedad Acentuar debilidades: desacreditar Acentuar inconsistencias
NO
Acentuar defectos: hacer dudar Verificar nuestro alegato
Cerradas. Solo responde a la pregunta. Mejor con un si, con un no. Nunca un ¿por qué? Pues se luce Preguntas temáticas, no cronológicas Puntualizar en afectación personal Debilidad – falsedad. Acentuar en las debilidades desacredita el testimonio o al testigo Acentuar en inconsistencias Acentuar en defectos, hace o permite dudar Verificar la propia teoría del caso
CONTRA INTERROGATORIO
Artículo 373. Reglas para formular preguntas en juicio Toda pregunta deberá formularse de manera oral y versará sobre un hecho específico. En ningún caso se permitirán preguntas ambiguas o poco claras, conclusivas, impertinentes o irrelevantes o argumentativas, que tiendan a ofender al testigo o peritos o que pretendan coaccionarlos. Las preguntas sugestivas sólo se permitirán a la contraparte de quien ofreció al testigo, en contrainterrogatorio. Las partes sólo podrán hacer preguntas a los testigos, peritos o al acusado, respecto de lo declarado por ellos previamente en la investigación cuando conste en los registros, de lo declarado en juicio, cuando tengan como finalidad acreditar su dicho, o cuando se pretenda ofrecer prueba de refutación respecto de hechos propios que resulten pertinentes para la materia de juicio.
1. En el momento de la pregunta 2. Antes de que el testigo responda 3. Se advierte al testigo no continuar la respuesta cuando escucha la objeci贸n 4. Se interpone y, de una vez, se motiva y fundamenta 5. No se da audiencia al mismo objetante para que motive 6. No se da audiencia al interrogador para que argumente en contrario 7. Se escucha la objeci贸n y el Juez resuelve de inmediato 8. Solo si hay oposici贸n, se dan audiencias para resolver. Puede haber revocaci贸n y reserva
OBJECIONES
Artículo 374. Objeciones La objeción de preguntas deberá realizarse antes de que el testigo emita respuesta. El Juez analizará la pregunta y su objeción y en caso de considerar obvia la procedencia de la pregunta resolverá de plano. Contra esta determinación no se admite recurso alguno.
Artículo 375. Testigo hostil El Tribunal de enjuiciamiento permitirá al oferente de la prueba realizar preguntas sugestivas cuando advierta que el testigo se está conduciendo de manera hostil.
Capciosas: inducen a error la respuesta Hostigamiento: impide libertad de respuesta Coacción: exige una respuesta entre muchas Oscuridad: No es claro lo que se quiere Confusión: no hay relación pregunta-respuesta Ambigüedad: cualquier respuesta es válida Vaguedad: permite abrir en perjuicio del tema Impertinente: se sale del hecho probandum Irrelevante: se sale del hecho interrogado Repeticiones. Cuando no conviene repetir Tergiversaciones: destruye lo probado Preguntas compuestas: exigir separación Opiniones o conclusiones personales Sugestivas: ofrecer la respuesta Si confunde testigo con perito o perito con testigo Imputación: derecho de abstención Complicidad: volver a la credibilidad Introducir prueba ilegal: por abstención Introducir prueba ilícita: anulada
Capciosas: inducen a error la respuesta Hostigamiento: impide libertad de respuesta Coacción: exige una respuesta entre muchas Oscuridad: No es claro lo que se quiere Técnicas de defensa
P R U E B A S
A C O P I O
I N C O R P O R A C I Ó N
D E S A H O G O
O B J E C I O N E S
Incidentales
Confusión: no hay relación pregunta-respuesta Ambigüedad: cualquier respuesta es válida Vaguedad: permite abrir en perjuicio del tema
Técnica de testigo
Impertinente: se sale del hecho probandum Irrelevante: se sale del hecho interrogado Repeticiones. Cuando no conviene repetir Tergiversaciones: destruye lo probado
Confusión de cargos Esenciales
Preguntas compuestas: exigir separación Opiniones o conclusiones personales Sugestivas: ofrecer la respuesta
Precedente disconforme
Si confunde testigo con perito o perito con testigo Imputación: derecho de abstención Complicidad: volver a la credibilidad Introducir prueba ilegal: por abstención Introducir prueba ilícita: anulada
Testimonial
P R U E B A S
A C O P I O
I N C O R P O R A C I Ă“ N
D E S A H O G O
D O C U M E N T A L
Documental
Testigo Perito
Documental Pericial
Utilidad del precedente disconforme
INMEXIUS
2 17 JOSE DANIEL HIDALGO MURILLO jdanielhm@gmail.com