PRUEBA Y VALORACIÓN EN PROCESO ACUSATORIO

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PROCESO ACUSATORIO Cรณdigo Nacional de Procedimientos Penales

PRUEBA Y VALORACIร N



1 PRUEBA Y ETAPAS DEL PROCESO


Ministerio Público

D E C O N T R O L

Policía

Desahogo de Prueba

J U E Z

Cuerpos de Policía. Policía Investigación. Policía Técnica y Científica

INVESTIGACIÓN Datos de Prueba

Imputado Abogado Defensor

Medios de Prueba

Oralidad Contradicción Inmediación Concentración Continuidad

J U E Z D E J U I C I O


Etapas y audiencias en el Sistema Acusatorio. Impugnación

Investigación

Intermedia

Juicio

Impugnación

Ejecución

Juez de Control

Juez Intermedio

Tribunal Juicio

T. Apelaciones

Juez

Audiencia Intermedia

Juicio Oral

Recursos

Ejecución Incidentes

Cateos

Pruebas

Desahogo prueba

Apelación

P. Anticipada

Hechos

Sobreseimiento

Casación

Sentencia

Revisión

Inspección Peritos AUDIENCIA Detención Imputación

Mecanismos Alternativos Suspensión del Proceso a Prueba. Conciliación. Mediación.

Auto de Apertura a Juicio

Declaración Cautelares

Acusación + Lista de prueba

Aplicación de criterios de oportunidad.

Procedimiento Abreviado.


Etapas y audiencias en el Código Nacional (211) E. Investigación Investigación

Etapas del Proceso

Investigación Inicial

Investigación Complementaria

Cierre

Etapa Intermedia

Tribunal Juicio

Juez de Control. AUDIENCIA.

Notitia. 221

Peritos

A. Intermedia. 344

Detención

P. Anticipada

Imputación

Inspecciones

Cateos

Declaración

Careos

Aprehensión

Cautelares

Estudios

Intervención

VINCULACION 307-316

Confrontación

Denuncia. 222 AUDIENCIA

P. Anticipada Inspección

ACUSACION. 335

Aplicación de criterios de oportunidad. 256 No. Ejercicio. 255 Abstención. 253

Hechos

Asegurar

AUDIENCIA

Archivo. 254

Pruebas

A. Apertura. 347

Entregas

Etapa de Juicio

Sobreseimiento. 327

Suspensión. 331

Juicio Oral Desahogo prueba Sobreseimiento Sentencia


Etapas y audiencias en el Código Nacional (211) E. Investigación Investigación

Etapas del Proceso

Investigación Inicial

Investigación Complementaria

Cierre

Etapa Intermedia

Tribunal Juicio

Juez de Control. AUDIENCIA.

Notitia. 221

Peritos

A. Intermedia. 344

Detención

P. Anticipada

Imputación

Inspecciones

Cateos

Declaración

Careos

Aprehensión

Cautelares

Estudios

Intervención

VINCULACION 307-316

Confrontación

Denuncia. 222 AUDIENCIA

P. Anticipada Inspección

ACUSACION. 335

Aplicación de criterios de oportunidad. 256 No. Ejercicio. 255 Abstención. 253

Hechos

Asegurar

AUDIENCIA

Archivo. 254

Pruebas

A. Apertura. 347

Entregas

Etapa de Juicio

Sobreseimiento. 327

Suspensión. 331

Juicio Oral Desahogo prueba Sobreseimiento Sentencia


2 PRUEBA TÉCNICAS DE LITIGIO


PRESENTACION INTERROGATORIO IMPACTOS TÉCNICA

ORATORIA RETÓRICA DEBATE

Litigio

LENGUAJE CORPORAL

EXPOSICION. COMPROBACIÓN. ARGUMENTACIÓN

INTERPRETACIÓN IMPUGNACIÓN

GESTIÓN ESTRATEGIA

PERSECUCIÓN REPRESIÓN NEGOCIACIÓN

CONCLUSIÓN


3 PRUEBA Y CADENA DE CUSTODIA


PROTOCOLO DE CADENA DE CUSTODIA. (JUNIO. 2011) Es el registro fiel del curso seguido por los indicios o evidencia desde su descubrimiento por parte de una autoridad, policía o agente del Ministerio Público, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión, según se trate de Averiguación Previa, Carpeta de Investigación o Proceso Penal. Desde su descubrimiento por parte de una autoridad, policía o agente del Ministerio Público

hasta que la autoridad competente ordene su conclusión


Cadena de custodia. Sistema de control y registro que se aplica al indicio o elemento material probatorio, desde su localizaci贸n, descubrimiento o aportaci贸n, en el lugar de intervenci贸n, hasta que la autoridad competente ordene su conclusi贸n. (ACUERDO. 009-2015)


PROTOCOLO DE CADENA DE CUSTODIA La Cadena de Custodia se divide en 6 grandes etapas: 1. Protección y Preservación de Lugar de los Hechos y/o del Hallazgo. 2. Procesamiento de los Indicios o Evidencias. 3. Entrega al Ministerio Público de los Indicios o Evidencias e Integración del Registro a la Averiguación Previa o Carpeta de Investigación. 4. Manejo de los Indicios o Evidencias en los Laboratorios. 5. Manejo de los Indicios o Evidencias en la Bodega de Evidencias. 6. Manejo de las Evidencias Provenientes de Entidades Prestadoras de Servicios de Salud Pública o Privada


LO QUE OMITE EL PROTOCOLO DE CADENA DE CUSTODIA 1. ¿Cuándo se conoce del procesamiento de los Indicios o Evidencias? Entrega al Ministerio Público de los Indicios o Evidencias e Integración del Registro a la Averiguación Previa o Carpeta de Investigación. 2. ¿Cómo se realiza el manejo de los Indicios o Evidencias en los Laboratorios, cuando lo exigen las partes? 3. ¿Qué diferencia hay entre el manejo de los Indicios o Evidencias en la Bodega de Evidencias y, en la Carpeta de Investigación? 4. ¿Dónde están los indicios o evidencias durante las Audiencias, especialmente, durante la Audiencia de Juicio?


Artículo 227. Cadena de custodia La cadena de custodia es: (1) Sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo, (2) Desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos o del hallazgo, (3) Hasta que la autoridad competente ordene su conclusión. (…)


Registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo. (Cfr: art. 227)


Artículo 227. Cadena de custodia La cadena de custodia es: (1) identidad, (2) estado original, (3) condiciones de recolección, preservación, empaque y traslado; (4) lugares y fechas de permanencia y (5) los cambios que en cada custodia se hayan realizado; (6) igualmente se registrará el nombre y la identificación de todas las personas que hayan estado en contacto con esos elementos.


Código Nacional

La cadena de custodia es el sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos o del hallazgo, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión. (Cfr: art. 227

Protocolo

Es el registro fiel del curso seguido por los indicios o evidencia desde su descubrimiento por parte de una autoridad, policía o agente del Ministerio Público, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión, según se trate de Averiguación Previa, Carpeta de Investigación o Proceso Penal. (Junio 2011)

Acuerdo

Sistema de control y registro que se aplica al indicio o elemento material probatorio, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de intervención, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión (A-0092015)

Jurisprudencia

Consiste en el registro de los movimientos de la evidencia, es decir, es el historial de "vida" de un elemento de evidencia, desde que se descubre hasta que ya no se necesita. Así, en definitiva, la cadena de custodia es el conjunto de medidas que deben tomarse para preservar integralmente las evidencias encontradas en una escena del crimen, convirtiéndose en requisitos esenciales para su posterior validez. (Registro: 2004653)


Cadena de custodia. Es el procedimiento de control que se aplica al indicio o dato de prueba material, ya sea vestigio, huella, medio de comisión, objeto material o producto relacionado con el hecho que la ley señala como delito, desde su localización por parte de cualquier autoridad, Agente del Ministerio Público, policía y peritos, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión. Tiene como fin que dichos datos de prueba no se alteren, modifiquen, destruyan o desaparezcan. (ACUERDO. 009-2013. D.F.)


Ministerio PĂşblico

Investigador

CriminalĂ­stica


Artículo 228. Responsables de cadena de custodia La aplicación de la cadena de custodia es responsabilidad de quienes en cumplimiento de las funciones propias de su encargo o actividad, en los términos de ley, tengan contacto con los indicios, vestigios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho delictivo. 1. Por funciones propias de su cargo 2. Tenga contacto con los indicios …


Obligaciones de la Policía. 132. VIII. Preservar el lugar de los hechos o del hallazgo y en general, realizar todos los actos necesarios para garantizar la integridad de los indicios. En su caso deberá dar aviso a la Policía con capacidades para procesar la escena del hecho y al Ministerio Público conforme a las disposiciones previstas en este Código y en la legislación aplicable;


Obligaciones de la Policía. 132. XIV. Emitir el informe policial y demás documentos, de conformidad con las disposiciones aplicables. Para tal efecto se podrá apoyar en los conocimientos que resulten necesarios, sin que ello tenga el carácter de informes periciales,


4 MOMENTO PROCESAL DE LA PRUEBA


Gestión forense

Gestión procesal

ETAPAS Valora Impugna Admite Cuestiona Se conoce Incorpora Proceso Pericia Asegura Almacenaje Traslado Embalaje Fotos Testigos Relación Fijación

Gestión Técnica

Identifica Acopio Hallazgo Custodia Escena

Técnicas


MINISTERIAL

DE CONTROL

Informe Policial Homologado Artículo 21.

Registro y/o Carpeta de Investigación Artículo 20, B. VI

Auto de Control de la Detención Artículo 16, 7

Valora Impugna Admite Cuestiona Se conoce Incorpora Proceso Pericia Asegura

Auto de Vinculación a Proceso Artículo 19, 1

Almacenaje Traslado Embalaje Fotos Testigos Relación Fijación Identifica

Gestión Técnica

POLICIAL

Acopio Hallazgo Custodia Escena

Técnicas

Medidas cautelares reales y/o personales Artículo 19, “ Mecanismos alternativos de solución del conflicto: 1. Conciliación 2. Mediación 3. Acuerdos

DE ADMISIÓN

DE DESAHOGO Sentencia.

Sentencia de Sobreseimien to

Mecanismos alternativos de terminación del proceso 1. Proceso Abreviado 2. Suspensión condicional

Auto de Apertura a Juicio Oral

1. De condena 2. Absuelve 3. De reparación

DE IMPUGNACIÓN

Gestión forense

Gestión procesal

ETAPAS


5 PRUEBA Y ETAPA DE INVESTIGACIÓN


Etapa de Investigación

Incorpora Proceso

Escrita

Pericia

Oral (Escrita)

Asegura Almacenaje

Casos querella Pruebas

Traslado

Corroboración

Embalaje

Inspección

Fotos Testigos Relación Fijación Identifica

Gestión Técnica

Denuncia

HECHO

Gestión forense

1

Acopio Hallazgo Custodia Escena

Técnicas

Querella


Etapa de Investigación

Incorpora

Denuncia

Proceso

Escrita

Pericia

Oral (Escrita)

Asegura Almacenaje

HECHO

Gestión forense

1

Casos querella Pruebas

Traslado

Corroboración

Embalaje

Inspección

Fotos

Querella

Informe Policial Testigos Homologado (¿?) Relación Fijación

Gestión Técnica

Identifica Acopio Hallazgo Custodia Escena

Técnicas


Etapa de Investigaciรณn

2

Audiencia. 258 Control de Acciรณn

Abstenciรณn. 253

1 Denuncia. 223 Querella. 225

HECHO

Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboraciรณn Inspecciรณn De oficio. 221


Etapa de Investigación

2

Audiencia. 258 Control de Acción

Abstención. 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

3

Denuncia. 223

ACUERDO DE RETENCIÓN. 149; 131,IX

Querella. 225

QUE ANALIZA DETENCIÓN. 149 QUE ANALIZA HECHO DELICTIVO. 140 QUE ORDENA INVESTIGAR. 131, 212 QUE ANALIZA CIRCUNSTANCIAS MECANISMOS ALTERNATIVOS. 183 CRITERIOS DE OPORTUNIDAD. 256

HECHO

Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221


Etapa de Investigación Audiencia. 258

2

Control de Acción

Abstención. 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

Denuncia. 223 Querella. 225

HECHO

Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221

Investigación Denuncia. 223 Inspecciones. 267 Aseguramiento. 230 Revisión corporal. 269 Peritajes. 272 Entrevistas. 216/218 (?) Reconocimientos. 277 Reconstrucciones (?) Documental. 380 Cadena Custodia. 227

3


Etapa de Investigación Audiencia. 258

2

Control de Acción

Abstención. 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

Denuncia. 223 Querella. 225

HECHO

Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221

Investigación Denuncia. 223 Inspecciones. 267 Aseguramiento. 230 Revisión corporal. 269 Peritajes. 272 Entrevistas. 216/218 (?) Reconocimientos. 277 Reconstrucciones (?) Documental. 380 Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX

3


Etapa de Investigación Audiencia. 258

2

Control de Acción

Abstención. 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

3

Denuncia. 223 Querella. 225

HECHO

Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221

Investigación

Anticipos

Denuncia. 223

Anticipada. 304

Inspecciones. 267

Peritajes. 274

Aseguramiento. 230

Especiales. 275

Revisión corporal. 269 Peritajes. 272 Entrevistas. 216/218 (?) Reconocimientos. 277 Reconstrucciones (?) Documental. 380 Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX


Etapa de Investigación Audiencia. 258

2

Control de Acción

Abstención. 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

3

Denuncia. 223 Querella. 225

HECHO

Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221

Investigación

Anticipos

Denuncia. 223

Anticipada. 304

Inspecciones. 267

Peritajes. 274

Aseguramiento. 230

Especiales. 275

Revisión corporal. 269

Control. 270

Peritajes. 272

Testigos 251, X

Entrevistas. 216/218 (?)

D. CPEUM 252

Reconocimientos. 277

Flagrancia 268

Reconstrucciones (?)

Indicio 268

Documental. 380

Intimas, 268

Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX


Etapa de Investigación Audiencia. 258

2

Control de Acción

Abstención. 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

3

Denuncia. 223 Querella. 225

HECHO

Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221

Investigación

Anticipos

Precautorias

Denuncia. 223

Anticipada. 304

Intervención. 291

Inspecciones. 267

Peritajes. 274

Cateo. 282

Aseguramiento. 230

Especiales. 275

Revisión corporal. 269

Control. 270

Peritajes. 272

Testigos 251, X

Entrevistas. 216/218 (?)

D. CPEUM 252

Reconocimientos. 277

Flagrancia 268

Reconstrucciones (?)

Indicio 268

Documental. 380

Intimas, 268

Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX


Etapa de Investigación Audiencia. 258

2

4

Control de Acción

Archivo Temporal. 254

Abstención. 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

3

NO

Denuncia. 223 Querella. 225

HECHO

Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221

Investigación

Anticipos

Precautorias

Denuncia. 223

Anticipada. 304

Intervención. 291

Inspecciones. 267

Peritajes. 274

Cateo. 282

Aseguramiento. 230

Especiales. 275

Revisión corporal. 269

Control. 270

Peritajes. 272

Testigos 251, X

Entrevistas. 216/218 (?)

D. CPEUM 252

Reconocimientos. 277

Flagrancia 268

Reconstrucciones (?)

Indicio 268

Documental. 380

Intimas, 268

Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX

HECHO DELICTIVO


Etapa de Investigación Audiencia. 258

2

Control de Acción

Abstención. 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

4

Archivo Temporal. 254

5

No ejercicio. 255

3

NO

Denuncia. 223 Querella. 225

HECHO

Escrita Oral (Escrita) Casos querella Pruebas Corroboración Inspección De oficio. 221

Investigación

Anticipos

Precautorias

Denuncia. 223

Anticipada. 304

Intervención. 291

Inspecciones. 267

Peritajes. 274

Cateo. 282

Aseguramiento. 230

Especiales. 275

Revisión corporal. 269

Control. 270

Peritajes. 272

Testigos 251, X

Entrevistas. 216/218 (?)

D. CPEUM 252

Reconocimientos. 277

Flagrancia 268

Reconstrucciones (?)

Indicio 268

Documental. 380

Intimas, 268

Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX

HECHO DELICTIVO


Etapa de Investigación Audiencia. 258

2

Control de Acción

Abstención. (127) 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

4

Archivo Temporal. 127

5

No ejercicio. 255 (127)

3

NO

Denuncia. 223

HECHO

Querella. 225

Investigación

Anticipos

Precautorias

Escrita

Denuncia. 223

Anticipada. 304

Intervención. 291

Oral (Escrita)

Inspecciones. 267

Peritajes. 274

Cateo. 282

Casos querella

Aseguramiento. 230

Especiales. 275

Pruebas

Revisión corporal. 269

Control. 270

Corroboración

Peritajes. 272

Testigos 251, X

Inspección

Entrevistas. 216/218 (?)

D. CPEUM 252

Reconocimientos. 277

Flagrancia 268

Reconstrucciones (?)

Indicio 268

Documental. 380

Intimas, 268

De oficio. 221

Cadena Custodia. 227 Autorizadas. 251 Entregas. 251, IX

HECHO DELICTIVO SI

6

Mecanismos. 183


Etapa de Investigación Audiencia. 258

2

Control de Acción

Abstención. (127) 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

4

Archivo Temporal. 127

5

No ejercicio. 255 (127)

3

NO

Denuncia. 223

HECHO

Querella. 225

Investigación

Anticipos

Precautorias

Escrita

Denuncia. 223

Anticipada. 304

Intervención. 291

Oral (Escrita)

Inspecciones. 267

Peritajes. 274

Cateo. 282

Casos querella

Aseguramiento. 230

Especiales. 275

Pruebas

Revisión corporal. 269

Control. 270

Corroboración

Peritajes. 272

Testigos 251, X

Inspección

Entrevistas. 216/218 (?)

D. CPEUM 252

Reconocimientos. 277

Flagrancia 268

Reconstrucciones (?)

Indicio 268

Documental. 380

Intimas, 268

De oficio. 221

HECHO DELICTIVO SI

6

Mecanismos.

7

Oportunidad. Bagatela. 256 Patrimonial Pena Natural

Cadena Custodia. 227

Exceso.

Autorizadas. 251

Negociación

Entregas. 251, IX


Etapa de Investigación Audiencia. 258

2

Control de Acción

Abstención. (127) 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

4

Archivo Temporal. 127

5

No ejercicio. 255 (127)

3

NO

Denuncia. 223

HECHO

Querella. 225

Investigación

Anticipos

Precautorias

Escrita

Denuncia. 223

Anticipada. 304

Intervención. 291

Oral (Escrita)

Inspecciones. 267

Peritajes. 274

Cateo. 282

Casos querella

Aseguramiento. 230

Especiales. 275

Pruebas

Revisión corporal. 269

Control. 270

Corroboración

Peritajes. 272

Testigos 251, X

Inspección

Entrevistas. 216/218 (?)

D. CPEUM 252

Reconocimientos. 277

Flagrancia 268

Reconstrucciones (?)

Indicio 268

Documental. 380

Intimas, 268

De oficio. 221

HECHO DELICTIVO SI

6

Mecanismos.

7

Oportunidad. Bagatela. 256 Patrimonial Pena Natural

Cadena Custodia. 227

Exceso.

Autorizadas. 251

Negociación

Entregas. 251, IX

8

Control de Detención 307


Etapa de Investigación Audiencia. 258

2

Control de Acción

Abstención. (127) 253

1

ACUERDO

Carpeta. 260

4

Archivo Temporal. 127

5

No ejercicio. 255 (127)

3

NO

Denuncia. 223

HECHO

Querella. 225

Investigación

Anticipos

Precautorias

Escrita

Denuncia. 223

Anticipada. 304

Intervención. 291

Oral (Escrita)

Inspecciones. 267

Peritajes. 274

Cateo. 282

Casos querella

Aseguramiento. 230

Especiales. 275

Pruebas

Revisión corporal. 269

Control. 270

Corroboración

Peritajes. 272

Testigos 251, X

Inspección

Entrevistas. 216/218 (?)

D. CPEUM 252

Reconocimientos. 277

Flagrancia 268

Reconstrucciones (?)

Indicio 268

Documental. 380

Intimas, 268

De oficio. 221

HECHO DELICTIVO SI

6

Mecanismos.

7

Oportunidad. Bagatela. 256 Patrimonial Pena Natural

Cadena Custodia. 227

Exceso.

Autorizadas. 251

Negociación

Entregas. 251, IX

8

Control de Detención 307

9

Audiencia Inicial. 307


Control por D. Humanos. 252

Contra derechos constitucionales Contra derechos convencionales Contra derechos humanos Exhumación. Cateo. 282-285

D A T O

Comunicaciones y correspondencia. 291-299

Con control Judicial

Control por legalidad. 252

Muestras biológicas con oposición. 269 Reconocimiento o examen físico con oposición Las demás que señale la Ley Inspección con exposición de partes íntimas. 268 Peritaje irreproducible. 274 Aporte de comunicaciones por particulares. 276

D E

Entrevista de testigo. 251

Control por exigencia personal, 268

P R U E B A

Petición de muestras biológicas. 269 Fotografías internas y externas. 269 Mujeres. Inspección con conocimiento informado Menores. 270 Peritajes Especiales. 275 Recibir denuncias. 132, I Inspección de lugares, cosas, objetos. 267 Inspección con conocimiento departe. 268

Control Policial

Entrevista de testigo. 251 Identificación por fotografía. 279 Escena del lugar, del objeto, del imputado. 132

Sin control Judicial

Entrevista de personas en escena. 132 Entrevista de testigo. 251

Control Ministerial

Inspección con pericial. 267 Peritajes. 272 Reconocimientos. (Personas) 277 (278) (?) Cateo en sitios públicos. 286


D E S A H O G O

Exhumación. Cateo. 282-285 Comunicaciones y correspondencia. 291-299

Control por legalidad. 252

Reconocimiento o examen físico con oposición Las demás que señale la Ley Inspección con exposición de partes íntimas. 268 Aporte de comunicaciones por particulares. 276

AUDIENCIA PARA CONTROL

D A T O

Entrevista de testigo. 251

Control por exigencia personal, 268

Petición de muestras biológicas. 269 Fotografías internas y externas. 269 Mujeres. Inspección con conocimiento informado Menores. 270 Peritajes Especiales. 275

D E P R U E B A

Muestras biológicas con oposición. 269

Solicitada por alguna de las partes Justificar razón de anticipación judicial

Prueba Anticipada

Evitar pérdida o alteración del medio probatorio Reglas de la prueba en Juicio

AUDIENCIA PARA DESAHOGO

Presencia de partes con derecho en Juicio Con imputado o Defensor Público

Control por D. Humanos. 252

Contra derechos constitucionales Contra derechos convencionales Contra derechos humanos


6 DESAHOGO DE PRUEBA EN AUDIENCIA INICIAL


C4


Artículo 44. (…) En la práctica de las actuaciones procesales se utilizarán los medios técnicos disponibles que permitan darle mayor agilidad, exactitud y autenticidad a las mismas, sin perjuicio de conservar registro de lo acontecido.

Artículo 51. La videoconferencia en tiempo real u otras formas de comunicación que se produzcan con nuevas tecnologías podrán ser utilizadas para la recepción y transmisión de medios de prueba y la realización de actos procesales, siempre y cuando se garantice previamente la identidad de los sujetos que intervengan en dicho acto.

Artículo 217. El Ministerio Público y la Policía deberán dejar registro de todas las actuaciones que se realicen durante la investigación de los delitos, utilizando al efecto cualquier medio que permita garantizar que la información recabada sea completa, íntegra y exacta, así como el acceso a la misma por parte de los sujetos que de acuerdo con la ley tuvieren derecho a exigirlo.

Artículo 381. En caso de que los datos de prueba o la prueba se encuentren contenidos en medios digitales, electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología y el Órgano jurisdiccional no cuente con los medios necesarios para su reproducción, la parte que los ofrezca los deberá proporcionar o facilitar.


DOCUMENTAR 217. Cualquier medio

COMUNICAR 44. Cualquier medio

TÉCNOLOGÍA

REGISTRAR 217. Cualquier medio


DOCUMENTAR

COMUNICAR TÉCNOLOGÍA PARA SUPERAR

REGISTRAR


ACUSADOR

REPRODUCCIÓN. 50, 51, 61, 381.

TRIBUNAL DEFENSOR


TELEOLÓGICO: AVERIGUACIÓN DE LA VERDAD


7 PRUEBA Y CAUTELA


Informar de sus derechos

P U E S T A A D I S P O S I C I Ó N

Paso 1

Informar a su Superior jerárquico Trasladarlo a una Institución del Sector Salud Ponerlo a disposición del Ministerio Público

Elaborar un Informe Pormenorizado

Paso 2

Describir objetos asegurados en formato de cadena de custodia Elaborar el IPH que sirve de base para el Informe al Superior Jerárquico

Recabar el acuse de puesta a disposición

Paso 3

Ratificar la puesta a disposición ante MP y solicitar copia certificada Entregar al Superior copia de puesta a disposición, IPH, Cadena y Salud Ingresa a Sistema Único de Información Criminal y Registro de Delincuentes

Paso 4

Si tiene lesiones. Ayuda médico Proceder al Internamiento e informar al MP y al Superior

ACUERDO 05/2012 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se emiten los lineamientos generales para poner a disposición de las autoridades competentes a personas u objetos.


D I S P O S I C I Ó N

Paso 1

Lectura de derechos (152) Ejercicio del derecho de defensa letrada (113, I), técnica (IX) material (VIII)

Paso 2

Poner a Disposición del MP (Inmediatamente) (16 CP)(147) Evaluación de sitio: Custodia y Control del lugar de intervención Protección del Lugar: Indicios, restringir acceso, acordonar y ruta de ingreso

Paso 3

Cadena I. Observar/ Identificar/ Documentar/ Cadena II. Recolección/ Empaque/ Embalaje/ Sellado/ Etiquetado/ Cadena III. Inventarios de indicios e indicaciones para los indicios

Y C A D E N A

Ratificar hecho delictivo /141) y detención en flagrancia (146)

Traslado del detenido. Registra el MP (147)

Paso 4

Traslado de Indicios. Transitorio/ Servicios Periciales Procesamiento de Indicios: Recibe/ Abre/ Requisita/ Cierre con Cadena Almacena: Recibe/ Registra/ Controla Cadena/ Lugares adecuados/ Orden y ejecución de pericias

Paso 5

Conocimiento de pericias y participación en pericias irreproducibles (274) Pericias especiales (275)

A-009/2015

Orden del Juez (252, 268, 269, 270)

ACUERDO A/009/15 por el que se establecen las directrices que deberán observar los servidores públicos que intervengan en materia de cadena de custodia.

Arribo: Salvaguardar la vida, lugar, objetos, víctimas, detener e informar al MP


Recibir al detenido (Controlar hora del hecho, hora de la recepción)

R E T E N C I Ó N M I N I S T E R I A L

Paso 1

Controlar la Detención en Flagrancia (149) (Registro de la hora (147) Controlar el Hecho Delictivo (141) ¿Prisión preventiva o Medida Precautoria? (140) Ordenar Acuerdo de Retención (131, XI) Ordenar investigación (127) Deber (212) Objeto (213)

Paso 2

Recibir denuncia (222)/ Querella (225)// Registros (217) Lectura de derechos de imputado (152 ) y asistencia Consular (151) Mecanismos Alternativos (189) Criterios de Oportunidad (256) Ejecutar actos de investigación (251)

Paso 3

Solicitar actos de investigación (252) (269,270) Solicitar Testimonios Especiales (275) Solicitar prueba anticipada (304) Poner a disposición del Juez de Control y solicitar Audiencia Inicial (308)

Paso 4

Presentarse en Audiencia Inicial (Control de Detención) (307,308) Formular Imputación (311), Pedir Medida Cautelar (155), Plazo (321)


MEDIDA CAUTELAR

1

(307) En caso de que el Ministerio Público solicite la procedencia de prisión preventiva dicha cuestión deberá ser resuelta antes de que se dicte el auto de vinculación a proceso.

2

(309) En el caso de que, como medida cautelar, el Ministerio Público solicite la prisión preventiva y el imputado se haya acogido al plazo constitucional, el debate sobre medidas cautelares sucederá previo a la suspensión de la audiencia.

3

(313) Después de que el imputado haya emitido su declaración, o manifestado su deseo de no hacerlo, el agente del Ministerio Público solicitará al Juez de control la oportunidad para discutir medidas cautelares, en su caso, y posteriormente solicitar la vinculación a proceso.

4

(155) En caso de que el Ministerio Público solicite la prisión preventiva durante el plazo constitucional, dicha cuestión deberá resolverse antes del dictado del auto de vinculación a proceso.


1

2

3

4

Conducción. 141

Protección. 137

Precautorias. 138

Cautelares. 155

Citatorio

No acercarse a victima

Embargo de bienes

Presentación periódica

Orden de comparecencia

No acercarse a domicilio

Inmovilización de cuentas

Garantía económica

Aprehensión

Separación de domicilio

60 + 30 días

Embargo de bienes

Sustracción

Entrega de documentos

Retención.131, XI, 149, 308

Inmovilización de cuentas y valor

Reaprehensión

No intimidación o molestia

Cateo (282-283)

Salida del país o localidad

Flagrancia (146, I)

Vigilancia de domicilio

Inspección (267-268)

Internamiento y/o vigilancia

Flagrancia inmediata146,II

Protección policial

Revisión corporal (269)

Prohibición de reunión o lugares

Flagrancia señalamiento

Auxilio policial inmediato

Arresto (104)

Prohibición de personas

Flagrancia indiciaria

Refugios o albergues

Separación de domicilio

Flagrancia cómplice

Reingreso a domicilio

Suspensión de cargo público

Flagrancia virtual

60 + 30 días

Suspensión de profesión u oficio

Cuasi-flagrancia

Localizadores electrónicos

Flagrancia en querella 12

Resguardo domiciliario (167)

Flagrancia en querella 24

Prisión preventiva (165-170)

Caso urgente (150)

1 año (165)


8 PRUEBA Y DATO DE PRUEBA


Entrevistas. 132, X, 215 Negativa de entrevista. 251,X

D A T O S D E P R U E B A

Inspección. 267, 251 De personas. 268 Corporal. 269 Negativa de muestras. 269 Cadáver. 271

Testigos presenciales. 360 Testigos indirectos Testigos de oídas Testigo virtual Confesión inter posita persona Lugar de la Víctima (Cuerpo o Domicilio)251 Lugar del Imputado. Cuerpo o Domicilio 282 Lugar del hecho. (232, VII policial), 251 Lugar de la planeación Lugar del hallazgo, 251 Lugar del objeto del delito Lugar del instrumento del delito

Comunicaciones. 276.

Con o de terceros. 276, (251, VII, 252, III) Filmaciones en sitio público o privado. 235 Con orden judicial federal. 291 Redes sociales. 303 Base de datos (¿?) (164, 177,X)

Documental. 337, 380

Documental pública. 381 Documental privada. 380 Correspondencia

Reconocimientos. 277

De personas. 277 De objetos. 280 De voz (281), fotos (279), sonidos (281)

Pericias. 271

Técnicas. 368 Científicas. 369 De campo (provisionales) Irreproducibles 274 Especiales 275, 366

Acceso a indicios 272


1

2

12

3

4

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6

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30 31 32 42 43

44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65


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9

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44 45 46 47 48 49 50 55 56 57 58 59 60 61

30 31 32


6 17 18 28 29 30 31 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46

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56 57 58 59 60 61 67 68 69

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93 94 95 96 97 98 04 05 06 07 08 15 16 17 18 19 28 39 47 48

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71

64 65 73 74 75

82

86 87

93 94 95 96 97 98 04 05 06 07 08 15 16 17 28 39 47 48

50

30


28 29 36 37 38 39 40 48 49 58 59 69

61 71

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82 93 94 95 04 05 06 15 16 17 28 39 47 48

50


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89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 00 01 02

04 05 06 07 08

10

11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 33 34

24 25 26 27 28 36 37 38 39 40

30 31 32 42 43

44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65


DATO

P R H U E del C E H B O A

El dato de prueba es la referencia al contenido de un determinado medio de convicción aún no desahogado ante el Órgano jurisdiccional, que se advierta idóneo y pertinente para establecer razonablemente la existencia de un hecho delictivo y la probable participación del imputado. (261)

MEDIO

Los medios o elementos de prueba son toda fuente de información que permite reconstruir los hechos, respetando las formalidades procedimentales previstas para cada uno de ellos. (261)

PRUEBA

Se denomina prueba a todo conocimiento cierto o probable sobre un hecho, que ingresando al proceso como medio de prueba en una audiencia y desahogada bajo los principios de inmediación y contradicción, sirve al Tribunal de enjuiciamiento como elemento de juicio para llegar a una conclusión cierta sobre los hechos materia de la acusación. (261)


DATO

P R H U E del C E H B O A

Entrevista policial. 132, X Entrevista ministerial (131)(¿?) Informe policial homologado (132, XIV) Pericia irreproducible. 274 Pericial. 272 Entrevista especial. 275 Criminalística de campo. 132, VIII Medicina forense. 271 Documentos, videos, otros Aseguramiento. 229, 230

MEDIO

Testigo Testigo Testimonio de oficiales de policía Perito Perito Expertos Policial técnica Peritos científicos Documental pública y/o privada Evidencias

Prueba anticipada. 304 Pericias con control judicial. 270, 252 Testigos. 360 Peritos. 368 Documentos públicos. 380 Documentos privados. 380 Acta de actuaciones, 288 (acta circunstanciada) Registros. 197, 217, 218

PRUEBA

Acuerdos probatorios. 391 Testimonio de testigo. 363, 371, 372 Testimonio de policía. 371, 372 Testimonio de perito técnico. 369 Testimonio de perito científico. 369 Testimonio de víctima u ofendido Entrevista policial Reproducción de documental pública. 383 Reproducción de documental privada. 383 Prueba anticipada. 304, 305


9 IMPUTADO. OBJETO DE PRUEBA


Escena del crimen: el tiempo es la evidencia que se aleja

Principio de Transferencia

Principio de Relaciรณn

Principio de Causalidad


Escena del crimen: de lugar, de objeto, de víctima, de imputado

Principio de Transferencia

Principio de Relación Lugar

Imputado

Objeto

Víctima

Principio de Causalidad


Escena del crimen: de lugar, de objeto, de víctima, de imputado Escena del lugar

Escena de la víctima

Principio de Transferencia

Principio de Relación Lugar

Imputado

Objeto

Víctima

Principio de Causalidad

Escena del imputado

Escena del objeto


Escena del crimen: de lugar, de objeto, de víctima, de imputado Escena del lugar

Escena de la víctima

Principio de Transferencia

Principio de Relación Lugar

Imputado

Objeto

Víctima

Principio de Causalidad

Escena del imputado

Escena del objeto


Escena del crimen: de lugar, de objeto, de víctima, de imputado Escena del lugar

Escena de la víctima

Principio de Transferencia

Principio de Relación Lugar

Imputado

Objeto

Víctima

Principio de Causalidad

Escena del imputado

Escena del objeto


El imputado: objeto de prueba.

NEUTRO

PASIVO

ACTIVO


El imputado: objeto de prueba. Sujeto pasivo de prueba 1. Se puede actuar contra él, sin que deba participar, y aunque se oponga. 2. No tiene derecho de abstención. 3. Como está identificado, debe actuar el abogado defensor. 4. Orden del juez y/o del Ministerio Público

NEUTRO

PASIVO

ACTIVO


El imputado: objeto de prueba. Sujeto pasivo de prueba 1. Se puede actuar contra él, sin que deba participar, y aunque se oponga. 2. No tiene derecho de abstención. 3. Como está identificado, debe actuar el abogado defensor. 4. Orden del juez y/o del Ministerio Público

NEUTRO

PASIVO

Sujeto activo de prueba ACTIVO

1. No se puede actuar contra él, debe participar, y puede oponerse. 2. Tiene derecho de abstención. 3. Como está identificado, debe actuar el abogado defensor. 4. Orden del juez y/o del Ministerio Público


El imputado: objeto de prueba. Sujeto neutro de prueba

Sujeto pasivo de prueba 1. Se puede actuar contra él, sin que deba participar, y aunque se oponga. 2. No tiene derecho de abstención. 3. Como está identificado, puede actuar el abogado defensor. 4. Orden del juez y/o del Ministerio Público

NEUTRO

PASIVO

1. El imputado ignora que se está actuando, aunque sin él no se puede obtener la prueba. 2. Puede ser que el imputado facilite o no facilite la prueba. 3. Aunque esté identificado no tiene por qué conocer, ni debe actuar su abogado 4. Exige orden del Juez

Sujeto activo de prueba ACTIVO

1. No se puede actuar contra él, debe participar, y puede oponerse. 2. Tiene derecho de abstención. 3. Como está identificado, debe actuar el abogado defensor. 4. Orden del juez y/o del Ministerio Público


El imputado: sujeto pasivo

Sujeto pasivo de prueba 1. Muestra de sangre, vellos, cabellos, uñas, saliva. 2. Revisión corporal. 3. Documentos públicos y/o privados. 4. Confrontación. 5. Registro de vehículo. 6. Base de datos.


El imputado: sujeto neutro. Sujeto neutro de prueba

Sujeto pasivo de prueba 1. Muestra de sangre, vellos, cabellos, uñas, saliva. 2. Revisión corporal. 3. Documentos públicos y/o privados. 4. Confrontación. 5. Registro de vehículo. 6. Base de datos.

1. Intervención de comunicaciones telefónicas o entre presentes. 2. Cateo. (Ojo: antes de detención. 3. Intervención de comunicaciones privadas. 4. Peritajes. 5. Reconoce fotos. . 6. Reconoce objetos.


El imputado: objeto activo. Sujeto neutro de prueba

Sujeto pasivo de prueba 1. Muestra de sangre, vellos, cabellos, uñas, saliva. 2. Revisión corporal. 3. Documentos públicos y/o privados. 4. Confrontación. 5. Registro de vehículo. 6. Base de datos.

1. Intervención de comunicaciones telefónicas o entre presentes. 2. Cateo. (Ojo: antes de detención. 3. Intervención de comunicaciones privadas. 4. Peritajes. 5. Reconoce fotos. 6. Reconoce objetos.

Sujeto activo de prueba 1. Cateo de otros lugares. 2. Confesión, entrevista, declaración. 3. Muestra de semen. 4. Cuerpo de escritura. 5. Reconstrucción de los hechos. 6. Complemento del peritaje. (voz) 7. Prueba anticipada.


10 PRUEBA ILEGAL: ILICITUD E ILEGALIDAD


Víctima Ofendido

M E D I O S D E P R U E B A

Testimonial

Oficiales de policía Peritos Funcionarios Pericias científicas

Datos Medios Prueba

N U L I D A D

Pericial

Pericias técnicas Pericias irreproducibles

Ilegal

Pericias especiales

Documental

Documental pública Documental privada

Material

Que señala Que refiere Que comprueba Anticipada en el exterior

Anticipada

Anticipada en investigación Anticipada en juicio

Ilícita


Desahogo de prueba.

Pruebas. CNPP. 261 Valoración de prueba.

P R U E B A S

Elementos de prueba

Medios de Prueba. 261 Elementos de convicción

Medios de búsqueda de prueba

Datos de prueba. 261 Fuentes de prueba


Acto Procesal. 97

Procedimiento legal. Formas Deberes del Ministerio Público Derechos de las víctimas Abogado defensor Orden fundada y motivada

NULAS Derecho de defensa

Derecho procesal. 97

Derecho fundamental

P R U E B A S

Acto procesal probatorio

Órgano o autoridad

Derecho de abstención Derecho de participación Derecho de representación Derecho a la intimidad Derecho a la dignidad


Acto Procesal

Acto procesal probatorio

Saneamiento. 99 Atenuación de vinculo,

P R U E B A S

Teoría de la Supresión hipotética. 101

Fuente independiente. Descubrimiento inevitable Convalidación. 100

NULAS Teoría de los Frutos del Árbol Envenenado. 101

Nulidad Absoluta. 97, 264

Derecho procesal

Derecho fundamental


Etapa de Investigación Formalizada

Desformalizada

Hipótesis delictiva Información del hecho

Hipótesis del Caso Informe Policial

Vinculación Teoría del Caso

Escena del crimen

Procesamiento de Evidencias

Prueba anticipada

Antecedentes

Pericias.

Inspección corporal

Evidencias Físicas

Intervención de Comunicaciones.

Confrontación

Planimetría

Cateos.

Cuerpo de Escritura

Fotografía

Información bancaria

Pericias médicas

Detenciones

Información registral

Reconstrucción

Víctimas u Ofendidos

Entrevistas.

Declaración

Testigos.

Inspecciones.

Estudios contables

Vigilancias.

Reconocimientos.

Prueba descargo

Encubiertos

Necropsia.

Acusación

Cadena de Custodia

Teoría del Caso


Etapa de Investigación Formalizada

Desformalizada

Hipótesis delictiva Información del hecho

Hipótesis del Caso Informe Policial

Vinculación Teoría del Caso

Escena del crimen

Procesamiento de Evidencias

Prueba anticipada

Antecedentes

Pericias.

Inspección corporal

Evidencias Físicas

Intervención de Comunicaciones.

Confrontación

Planimetría

Cateos.

Cuerpo de Escritura

Fotografía

Información bancaria

Pericias médicas

Detenciones

Información registral

Reconstrucción

Víctimas u Ofendidos

Entrevistas.

Testigos.

Inspecciones.

Vigilancias.

Reconocimientos.

Prueba descargo

Encubiertos

Necropsia.

Acusación

Cadena de Custodia

Teoría del Caso

Declaración Estudios contables


Etapa de Investigación Descubrimiento

Cierre

Incorporación

Intermedia Legitimación

Escena Indicios Evidencias

Hallazgo Acopio

Hecho

Identificación Traslado

Actuaciones Medios Técnicas Pericias

Proceso

Etapa de Juicio Oral

D A T O S D E P R U E B A

Autoridad Órgano Defensa Procedimiento Contradicción Inmediación Garantías

Desahogo

M E D I O S D E P R U E B A

Anticipada. Testimonios. Pericias. Comunicación. Confesión.

P R U E B A S

Documental. Policial.

Valoración Sana crítica Lógica Experiencia.


11 DESAHOGO DE PRUEBA


EL DEBATE ES ICÓNICO …

GIRA –O DEBE GIRAR- EN TORNO A UNA SOLA IDEA




EL DEBATE ES ICÓNICO

TRIUNFA LA IDEA QUE AL FINAL PERMANECE


OH…, LA DUDA


Porque tiene, de las cosas, sus propias percepciones y propia capacidad de percepción Por su propia capacidad de memoria y/o porque tiene capacidad de relacionar

TODO TESTIGO MIENTE

Porque ve. Pero, a la vez, escucha y siente. Porque escucha y construye con lo que escucha Porque al ver, escuchar y construir con lo que escucha, igualmente razona. Porque hay una lógica entre lo que se ve, se escucha, se construye y, la realidad que se observa en sus efectos. Porque todo efecto tiene su causa. Porque todas las causas producen efectos. Porque en mucho, la realidad es analógica. Y, como analógica, permite inferir. Por inferencia estereotipos.

hipotética,

prejuicios

y/o

POR QUÉ ES QUE MIENTE


1. Identificar el medio de prueba (Tengo) (Previamente marcado como X) 2. Dar a conocer el dato a la parte contraria (derecho de oposición o corroboración) 3. Control de orden (¿Su señoría, me permite acercarme al testigo?) 4. Le estoy mostrando la prueba X. 5. Reconocimiento del documento u objeto (¿Reconoce usted?) 6. Confirmar, contrastar, refutar. (¿Cómo, por qué reconoce usted?) 7. Que teste sobre el documento o prueba (¿Por favor, describa, lea, diga, reconoce?) 8. Fijar en la conciencia del Juez. (Su Señoría, que quede en actas que …) 9. Pido permiso para exhibir. Interrogar sobre el dato exhibido

PASOS PARA INCORPORAR INDICIOS O DOCUMENTOS


CNPP. Artículo 387. Incorporación de prueba material o documental previamente admitida De conformidad con el artículo anterior, sólo se podrán incorporar la prueba material y la documental previamente admitidas, salvo las excepciones previstas en este Código.

CNPP. Artículo 383. Incorporación de prueba Los documentos, objetos y otros elementos de convicción, previa su incorporación a juicio, deberán ser exhibidos al imputado, a los testigos o intérpretes y a los peritos, para que los reconozcan o informen sobre ellos. Sólo se podrá incorporar a juicio como prueba material o documental aquella que haya sido previamente acreditada.


Abiertas ¿Qué? ¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Quién? ¿Con quién? ¿Con qué? ¿Por qué? Puntualizar en lo que importa Orden cronológico coherente con nuestra teoría del caso Repreguntar, cuando la respuesta descarga Dirigir cuando no descarga Adelantar o debilidades.

preguntar

El ¿por qué? Cuando se luce

sin

necesidad,

las

INTERROGATORIO


Testimonial

P R U E B A S

A C O P I O

I N C O R P O R A C I Ó N

E X A M E N

Abiertas: que se luzca si conviene

SI

Puntualizar en lo que impacta Orden cronológico a nuestro alegato Re-preguntar lo que descarga Dirigir, cuando no descarga Adelantar debilidades: cerrarla El ¿por qué? Cuando se luce

D E S A H O G O

Cerradas: Sólo responde la pregunta Nunca un ¿por qué? Pues se luce Preguntas temáticas, no cronológicas Puntualizar en afectación personal

Pericial

E X A M E N

Credibilidad-falsedad Acentuar debilidades: desacreditar Acentuar inconsistencias

NO

Acentuar defectos: hacer dudar Verificar nuestro alegato


Artículo 372. Desarrollo de interrogatorio Otorgada la protesta y realizada su identificación, el juzgador que presida la audiencia de juicio concederá la palabra a la parte que propuso el testigo, perito o al acusado para que lo interrogue, y con posterioridad a los demás sujetos que intervienen en el proceso, respetándose siempre el orden asignado. La parte contraría podrá inmediatamente después contrainterrogar al testigo, perito o al acusado. Los testigos, peritos o el acusado responderán directamente a las preguntas que les formulen el Ministerio Público, el Defensor o el Asesor jurídico de la víctima, en su caso. El Órgano jurisdiccional deberá abstenerse de interrumpir dicho interrogatorio salvo que medie objeción fundada de parte, o bien, resulte necesario para mantener el orden y decoro necesarios para la debida diligenciación de la audiencia. Sin perjuicio de lo anterior, el Órgano Jurisdiccional podrá formular preguntas para aclarar lo manifestado por quien deponga, en los términos previstos en este Código.


Testimonial

P R U E B A S

A C O P I O

I N C O R P O R A C I Ó N

E X A M E N

Abiertas: que se luzca si conviene

SI

Puntualizar en lo que impacta Orden cronológico a nuestro alegato Re-preguntar lo que descarga Dirigir, cuando no descarga Adelantar debilidades: cerrarla El ¿por qué? Cuando se luce

D E S A H O G O

Cerradas: Sólo responde la pregunta Nunca un ¿por qué? Pues se luce Preguntas temáticas, no cronológicas Puntualizar en afectación personal

Pericial

E X A M E N

Credibilidad-falsedad Acentuar debilidades: desacreditar Acentuar inconsistencias

NO

Acentuar defectos: hacer dudar Verificar nuestro alegato


Cerradas. Solo responde a la pregunta. Mejor con un si, con un no. Nunca un ¿por qué? Pues se luce Preguntas temáticas, no cronológicas Puntualizar en afectación personal Debilidad – falsedad. Acentuar en las debilidades desacredita el testimonio o al testigo Acentuar en inconsistencias Acentuar en defectos, hace o permite dudar Verificar la propia teoría del caso

CONTRA INTERROGATORIO


Artículo 373. Reglas para formular preguntas en juicio Toda pregunta deberá formularse de manera oral y versará sobre un hecho específico. En ningún caso se permitirán preguntas ambiguas o poco claras, conclusivas, impertinentes o irrelevantes o argumentativas, que tiendan a ofender al testigo o peritos o que pretendan coaccionarlos. Las preguntas sugestivas sólo se permitirán a la contraparte de quien ofreció al testigo, en contrainterrogatorio. Las partes sólo podrán hacer preguntas a los testigos, peritos o al acusado, respecto de lo declarado por ellos previamente en la investigación cuando conste en los registros, de lo declarado en juicio, cuando tengan como finalidad acreditar su dicho, o cuando se pretenda ofrecer prueba de refutación respecto de hechos propios que resulten pertinentes para la materia de juicio.


1. En el momento de la pregunta 2. Antes de que el testigo responda 3. Se advierte al testigo no continuar la respuesta cuando escucha la objeci贸n 4. Se interpone y, de una vez, se motiva y fundamenta 5. No se da audiencia al mismo objetante para que motive 6. No se da audiencia al interrogador para que argumente en contrario 7. Se escucha la objeci贸n y el Juez resuelve de inmediato 8. Solo si hay oposici贸n, se dan audiencias para resolver. Puede haber revocaci贸n y reserva

OBJECIONES


Artículo 374. Objeciones La objeción de preguntas deberá realizarse antes de que el testigo emita respuesta. El Juez analizará la pregunta y su objeción y en caso de considerar obvia la procedencia de la pregunta resolverá de plano. Contra esta determinación no se admite recurso alguno.

Artículo 375. Testigo hostil El Tribunal de enjuiciamiento permitirá al oferente de la prueba realizar preguntas sugestivas cuando advierta que el testigo se está conduciendo de manera hostil.


Capciosas: inducen a error la respuesta Hostigamiento: impide libertad de respuesta Coacción: exige una respuesta entre muchas Oscuridad: No es claro lo que se quiere Confusión: no hay relación pregunta-respuesta Ambigüedad: cualquier respuesta es válida Vaguedad: permite abrir en perjuicio del tema Impertinente: se sale del hecho probandum Irrelevante: se sale del hecho interrogado Repeticiones. Cuando no conviene repetir Tergiversaciones: destruye lo probado Preguntas compuestas: exigir separación Opiniones o conclusiones personales Sugestivas: ofrecer la respuesta Si confunde testigo con perito o perito con testigo Imputación: derecho de abstención Complicidad: volver a la credibilidad Introducir prueba ilegal: por abstención Introducir prueba ilícita: anulada


Capciosas: inducen a error la respuesta Hostigamiento: impide libertad de respuesta Coacción: exige una respuesta entre muchas Oscuridad: No es claro lo que se quiere Técnicas de defensa

P R U E B A S

A C O P I O

I N C O R P O R A C I Ó N

D E S A H O G O

O B J E C I O N E S

Incidentales

Confusión: no hay relación pregunta-respuesta Ambigüedad: cualquier respuesta es válida Vaguedad: permite abrir en perjuicio del tema

Técnica de testigo

Impertinente: se sale del hecho probandum Irrelevante: se sale del hecho interrogado Repeticiones. Cuando no conviene repetir Tergiversaciones: destruye lo probado

Confusión de cargos Esenciales

Preguntas compuestas: exigir separación Opiniones o conclusiones personales Sugestivas: ofrecer la respuesta

Precedente disconforme

Si confunde testigo con perito o perito con testigo Imputación: derecho de abstención Complicidad: volver a la credibilidad Introducir prueba ilegal: por abstención Introducir prueba ilícita: anulada


Testimonial

P R U E B A S

A C O P I O

I N C O R P O R A C I Ă“ N

D E S A H O G O

D O C U M E N T A L

Documental

Testigo Perito

Documental Pericial

Utilidad del precedente disconforme


INMEXIUS

2 17 JOSE DANIEL HIDALGO MURILLO jdanielhm@gmail.com


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