Proyecto ley photoshop

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¿Cuáles son los parámetros de belleza que se nos imponen, cuando los cuerpos usados para las publicidades están retocados digitalmente y son imposibles de lograr en la realidad? A partir de esta pregunta, consideramos URGENTE! Una ley que promueva la honestidad con respecto a los modelos utilizados para las publicidades.

LA LEY: Toda publicidad estática difundida en vía pública y/o medios gráficos de cualquier tipo en el territorio de la Provincia de Buenos Aires en la que aparezca una figura humana que haya sido retocada digitalmente debe exhibir con tipografía visible y clara la leyenda: “ESTA IMAGEN HA SIDO RETOCADA Y/O MODIFICADA DIGITALMENTE”

¿POR QUÉ HACERLA? • Porque la publicidad hace parte activa de los referentes que nos formamos. Hablar de unos parámetros de belleza que son físicamente inalcanzables tiene consecuencias tan graves en la sociedad como las enfermedades y desórdenes alimenticios, de los cuales, se estima que en el mundo hay un 0.5 y un 3% de mujeres jóvenes que sufre anorexia nerviosa, y las cifras aumentan cuando la población analizada se extiende a jóvenes sanas con conductas alimentarias anormales.

• Porque la promoción de estos parámetros inalcanzables de belleza, fomenta la discriminación y la intolerancia hacia la diferencia de aspectos y elecciones estéticas.

• Porque como consumidores tenemos derecho a que se nos diga la verdad sobre el alcance de los productos. Las imágenes retocadas son publicidad engañosa.

• Porque la promoción de parámetros de belleza imposibles es violencia simbólica.

¿CÓMO, QUIÉNES Y CUÁNDO? • La aplicación de la ley estaría a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos de la Porvincia. • Las sanciones y multas estarán basadas en los escalafones y montos previstos en las Leyes Nacionales N° 22.802, de Lealtad Comercial, y N° 24.240, de Defensa del Consumidor.


¿Cuáles son los parámetros de belleza que se nos imponen, cuando los cuerpos usados para las publicidades están retocados digitalmente y son imposibles de lograr en la realidad? A partir de esta pregunta, consideramos URGENTE! Una ley que promueva la honestidad con respecto a los modelos utilizados para las publicidades.

LA LEY: Toda publicidad estática difundida en vía pública y/o medios gráficos de cualquier tipo en el territorio de la Provincia de Buenos Aires en la que aparezca una figura humana que haya sido retocada digitalmente debe exhibir con tipografía visible y clara la leyenda: “ESTA IMAGEN HA SIDO RETOCADA Y/O MODIFICADA DIGITALMENTE”

¿POR QUÉ HACERLA? • Porque la publicidad hace parte activa de los referentes que nos formamos. Hablar de unos parámetros de belleza que son físicamente inalcanzables tiene consecuencias tan graves en la sociedad como las enfermedades y desórdenes alimenticios, de los cuales, se estima que en el mundo hay un 0.5 y un 3% de mujeres jóvenes que sufre anorexia nerviosa, y las cifras aumentan cuando la población analizada se extiende a jóvenes sanas con conductas alimentarias anormales.

• Porque la promoción de estos parámetros inalcanzables de belleza, fomenta la discriminación y la intolerancia hacia la diferencia de aspectos y elecciones estéticas.

• Porque como consumidores tenemos derecho a que se nos diga la verdad sobre el alcance de los productos. Las imágenes retocadas son publicidad engañosa.

• Porque la promoción de parámetros de belleza imposibles es violencia simbólica.

¿CÓMO, QUIÉNES Y CUÁNDO? • La aplicación de la ley estaría a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos de la Porvincia. • Las sanciones y multas estarán basadas en los escalafones y montos previstos en las Leyes Nacionales N° 22.802, de Lealtad Comercial, y N° 24.240, de Defensa del Consumidor.


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