JUEGOS NACIONALES DE LA CONFRATERNIDAD INEMITA
COLOMBIA
PROPUESTA DE TRABAJO MANUAL DE FUNCIONES COMISIÓN NACIONAL
BOGOTA D. C. 27 DE JULIO DE 2014
MANUAL DE FUNCIONES DE LA COMISION NACIONAL INTRODUCCIÓN.
La Comisión Nacional es el ente encargado de la veeduría, vigilancia y control de la organización y desarrollo de los juegos. La Comisión Nacional está conformada por cinco (5) miembros principales de diferentes Clubes Deportivos, elegidos por la Asamblea Nacional de Delegados en sesión ordinaria para un periodo de dos (2) años. Los cargos se distribuyen internamente, entre los elegidos por la Asamblea Nacional de Delegados: El fiscal lo nombra la Asamblea en votación separada. Los miembros de la Comisión Nacional son: a. Presidente b. Vicepresidente c. Secretario d. Tesorero e. Vocal REQUERIMIENTOS PARA SER ELEGIDO Para ser elegido miembro de la Comisión Nacional se requiere: A. Ser delegado de un Club Deportivo de una institución inemita afiliada a los juegos. B. No haber sido condenado penalmente, ni estar cumpliendo al momento de la elección, sanción disciplinaria por suspensión, destitución o su equivalente y observar una conducta ejemplar individual y social. NOTA Quien fuere elegido y nombrado para ser parte de la Comisión Nacional deberá conservar durante todo el periodo de su mandato las calidades de las que habla el presente artículo. C.. Los cinco miembros de la Comisión Nacional serán elegidos por mayoría de votos. La votación será secreta. GENERALIDADES 1. Las sesiones de la Comisión Nacional son ordinarias o extraordinarias. La ordinaria se reunirá una vez al año, en el mes de julio. Las extraordinarias podrán realizarse en cualquier época del año con el fin de tratar asuntos específicos.
NOTA. En caso de fuerza mayor, la sesión de la Comisión Nacional se podrá aplazar hasta por quince (15) días hábiles después de la fecha inicialmente señalada en la citación. 2. Constituye quórum deliberatorio en la Comisión Nacional la mayoría de sus integrantes. Las decisiones se adoptarán con el voto favorable de la mitad más uno de los asistentes. 3. Cuando un miembro de la Comisión Nacional deje de asistir, sin justa causa a la sesión de la Asamblea y de la Comisión, la Comisión declarará vacante el cargo y lo proveerá La Asamblea Nacional en la siguiente sesión por el resto del período. FUNCIONES DE LA COMISIÓN NACIONAL. 1. Asesorar al comité organizador de las sedes, cuando lo solicite. 2. Verificar la inscripción de los deportistas externos de los INEM e ITA. 3. Gestionar ante las instituciones competentes la aprobación de recursos y el apoyo logístico para los juegos. 4. Vigilar y hacer cumplir el reglamento de los juegos 5. Avalar la participación de los institutos en los juegos a 10 de Noviembre. 6. Establecer su reglamento de dirección. 7. Servir como ente mediador ante posibles dificultades en las sedes. 8. Revisar y dar el visto bueno de los resultados de la clasificación general de los juegos. 9. Tabular y redactar el informe de la evaluación de los juegos hecha por los delegados, a más tardar 20 de febrero del año siguiente y socializarla en la Asamblea Nacional de Delegados. 10. Elaborar y enviar los formatos de inscripción de los participantes y acompañantes, a las delegaciones a 30 de julio del año en curso. 11. Desarrollar las políticas, trazadas por la Asamblea Nacional de Delegados. 12. Mantener estrecha relación con los clubes deportivos filiales para facilitar la adecuada participación en los juegos. 13. Propender por la participación de los diferentes deportes en Los Juegos Nacionales de la Confraternidad Inemita. 14. Promover y patrocinar publicaciones, conferencias y otras formas de difusión y capacitación en materia deportiva. 15. Estudiar y aprobar el Presupuesto anual de rentas y gastos y someterlo a consideración de la Asamblea 16. Autorizar las actuaciones y negociaciones en nombre y representación de la Fundación de los Juegos. 17. Interpretar y cumplir fielmente tanto los estatutos y reglamentos de los juegos como las normas que regulan estas actividades en Colombia. 18. Decidir sobre la afiliación de nuevos clubes deportivos, readmisión o desafiliación observando los requisitos legales, estatutarios y reglamentarios y someter su decisión a ratificación de la Asamblea de los Juegos Nacionales de la Confraternidad Inemita. 19. Revisar y aprobar la revisión de estilo de los estatutos sancionados por la Asamblea Nacional de Delegados. 20. Reglamentar los presentes estatutos. 21. Las demás que le asigne la Asamblea Nacional de Delegados. 22. Elaborar planes y proyectos relacionados con la organización de los Juegos Nacionales de la Confraternidad Inemita.
EL PRESIDENTE El Presidente de la Comisión Nacional es el representante Legal de los ejercicio de su cargo tendrá las siguientes funciones:
juegos. En
A. Autorizar y suscribir los actos y documentos relacionados con la Fundación de los juegos y conferir los poderes requeridos en defensa de los intereses de la organización. B. Convocar por intermedio de la Secretaría, las reuniones de la Asamblea Nacional de Delegados y de la Comisión Nacional. C. Rendir un Informe anual a la Asamblea Nacional de Delegados y someter a su consideración los Estados Financieros. D. Gestionar ante entidades de carácter oficial o privado recursos para lograr un desarrollo adecuado de los eventos. E. Desempeñar todas las demás funciones que sean inherentes a su cargo y las que les sean confiadas por la Asamblea. F. Inscribir bajo la responsabilidad de la sede y de la suya propia, a los competidores en los Juegos de la Confraternidad Inemita. G. Ordenar los gastos. EL VICEPRESIDENTE El vice-presidente, en orden jerárquico, tendrá las mismas atribuciones y funciones del Presidente durante las ausencias temporales de éste y aquellas que se le encomiende. En el evento de ausencia definitiva del Presidente, debidamente comprobada, el vicepresidente asumirá el cargo por el resto del periodo estatutario. EL SECRETARIO Son funciones del Secretario. A. Actuar como secretario de las sesiones de la Asamblea Nacional de Delegados y de la Comisión Nacional y llevar las actas correspondientes. B. Enviar a la sede de los Juegos y a todos los delegados copia auténtica de las actas de las Asambleas. C. Contestar la correspondencia de acuerdo con el presidente e informar a la Comisión Nacional la evolución de los asuntos que tengan que ver con la misma. D. Efectuar las citaciones reglamentarias y las que ordene el presidente. E. Llevar al día y preservar los archivos de la Fundación de los Juegos. F. Autenticar con su firma todos los documentos de la organización, cuando fuere legalmente necesario. G. Comunicar oportunamente las decisiones de la Asamblea y de la Comisión Nacional. H. Cumplir las demás obligaciones y deberes inherentes a su cargo y las que le confiera la Comisión Nacional.
EL TESORERO Son funciones del Tesorero: A. Elaborar el Proyecto de Presupuesto anual y presentarlo a la Comisión Nacional para su aprobación. B. Velar para que el movimiento de ingresos y gastos de la Comisión se efectúe dentro de las normas contables. C. Supervisar el movimiento de los recursos en los Bancos. D. Firmar anualmente el Balance General y Estados Financieros y presentarlos a la Comisión Nacional para su consideración. E. Supervisar el manejo presupuestal, contable, de tesorería, de caja e inventarios, de acuerdo con las normas legales y las técnicas generalmente usadas. F. Cumplir con las demás obligaciones inherentes a su cargo y las que le asigne la Comisión Nacional.
EL VOCAL El vocal ejerce las funciones generales de los miembros de la Comisión Nacional y las especiales de Secretaría o Tesorería que le asigne la Comisión Nacional.
EL FISCAL La Asamblea Nacional de Delegados Ordinaria, elegirá para un período de dos (2) años, un fiscal y su suplente, los cuales deberán llenar los mismos requisitos exigidos para ser elegidos miembros de la Comisión Nacional. El fiscal debe tener su residencia en la misma ciudad sede de la Comisión Nacional o en una ciudad relativamente cercana. Las ausencias temporales del Fiscal principal a las reuniones de la Comisión Nacional serán llenadas por el Fiscal Suplente. Si este faltare definitivamente, la Asamblea Nacional elegirá los reemplazos, quienes ejercerán el cargo hasta la finalización del periodo estatutario. Son funciones del Fiscal: A. Ejercer a nombre de la Asamblea Nacional de Delegados, el control de las actividades de la Comisión Nacional y asistir a las sesiones de la misma con derecho a voz pero no a voto.
B. Velar por el estricto cumplimiento de estos estatutos, reglamentos y demás disposiciones. C. Dar su concepto de todos los puntos que se sometan a su consideración por la Asamblea General, la Comisión Nacional y cada versión de los Juegos. D. Visar las cuentas de gastos incluidos en el presupuesto y los de aquellos que puedan ser ordenados por la Asamblea General de Delegados, la Comisión Nacional y cada versión de los Juegos. E. Refrendar las cuentas que debe rendir el Tesorero, si las encontrase correctas. F. Informar a la Asamblea Nacional de Delegados, Comisión nacional y a la Organización de cada versión de los Juegos, acerca de la violación de los Estatutos, a fin de que éstas las enmienden. Si no fuere atendido, podrá convocar extraordinariamente a la Comisión Nacional y/o Asamblea General de Delegados. G. Emitir concepto en los casos de suspensión y expulsión de asociados. Este concepto formará parte de la respectiva documentación que debe presentar la Comisión Nacional a la Asamblea General de Delegados. H. Efectuar, en asocio del Presidente y el Tesorero una minuciosa revisión de los libros para verificar la legalidad de las operaciones registradas y comprobadas, la exactitud de saldos de Tesorería. Esta diligencia se practicará cada mes y se asentará la correspondiente Acta de arqueo de caja que acompañará a las cuentas. I. Firmar las órdenes de retiro de los fondos, previa verificación de los soportes y la disponibilidad presupuestal y la firma del Presidente y el Tesorero. J. Solicitar previo informe escrito y ante el organismo competente, las sanciones contempladas en los Estatutos tanto para los asociados participantes deportistas, para los acompañantes y para los miembros de la Comisión Nacional por incumplimiento de sus obligaciones estatutarias. K. Las especiales que le asigne la Comisión Nacional. L. Presentar informes sustentados de sus actividades a la Asamblea General de Delegados. M. Hacer cumplir las decisiones de la Comisión Nacional sobre gastos, y todo lo concerniente al manejo financiero de la Confraternidad. N. Llevar un control constante del presupuesto global de la Confraternidad. O. El fiscal será responsable, junto a los demás integrantes de la Comisión Nacional, de la organización y buena marcha de todas las versiones de los juegos y de las actividades inherentes.
RODRIGO BARRERA LIZARAZO
MAKARIO RIVERA CAJIGAS
Presidente
Secretario