Reconocimiento inicial de la NIC 16 caso de estudio: adquisición de bienes inmuebles

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Universidad Mariano Gálvez de Guatemala

Facultad de Ciencias Económicas Escuela de Contaduría Pública y Auditoría Extensión Antigua Guatemala

APLICACIÓN DEL RECONOCIMIENTO INICIAL DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO DE CONFORMIDAD CON LA NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD No. 16 (NIC 16) “CASO DE ESTUDIO ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES”

Jorge Luis Porras Herrera

Antigua Guatemala, Septiembre de 2012.

Universidad Mariano Gálvez de Guatemala

Facultad de Ciencias Económicas Escuela de Contaduría Pública y Auditoría Extensión Antigua Guatemala

APLICACIÓN DEL RECONOCIMIENTO INICIAL

DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO DE CONFORMIDAD CON LA NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD No. 16 (NIC 16) “CASO DE ESTUDIO ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES”

Tesis presentada por:

JORGE LUIS PORRAS HERRERA

Previo a optar el grado académico de LICENCIADO y al Título Profesional de

CONTADOR PÚBLICO Y AUDITOR

Antigua Guatemala, Septiembre de 2012.

ii

AUTORIDADES Y TRIBUNAL QUE PRACTICO EL EXAMEN DE TESIS

DECANA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Licenciada Sue Jionschyon Kim Morales

PRESIDENTE TRIBUNAL

EXAMINADOR Licenciado Alejandro González Portocarrero

SECRETARIO TRIBUNAL

EXAMINADOR Licenciado Yovany Alvarado

VOCAL TRIBUNAL

EXAMINADOR Licenciado German Martínez

iii

REGLAMENTO DE TESIS

Artículo 8º. : RESPONSABILIDAD

Solamente el autor es responsable de los conceptos expresados en el trabajo de tesis. Su aprobación en manera alguna implica responsabilidad para la Universidad.

iv

ÍNDICE

Introducción………………………………………………………………………… 1

Capítulo I

1. La Contabilidad y las Normas Internacionales de Información Financiera…………………………………………………………………….

1.1. Antecedentes históricos de la Contabilidad………………………….

1.2. Antecedentes históricos de las Normas Internacionales de Información Financiera……………………………………………….

1.2.1. Fundación IASC……………………………………………………

1.2.2. IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad)……...

1.2.3. Procedimientos del IASB para la elaboración de normas…………. 1.2.4. Cronología en Guatemala…………………………………………..

1.3. Antecedentes históricos de la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo…………………………………….. 1.4. Definiciones de términos más utilizados…………………………….

5 5 9 9 10 10 12 12 13

Capítulo II

2. Propiedades, Planta y Equipo……………………………………………...

2.1. Definición y estructura de la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo……………………………………..

2.2. Otras definiciones…………………………………………………….

2.3. Artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus reformas (1992), relacionados con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16) y la divergencia entre estos………………………...

2.4. Presentación de Propiedades, Planta y Equipo dentro de los estados financieros y el análisis financiero de este rubro……………………..

27 27 31 33 43

v

2.4.1. Presentación de Propiedades, Planta y Equipo dentro de los estados financieros………………………………………………………..

2.4.2. Análisis financiero de este rubro…………………………….......

2.5. El control interno básico aplicable a Propiedades, Planta y Equipo………………………………………………………………..

Capítulo III

3. Reconocimiento Inicial de Propiedades, Planta y Equipo…………………

3.1. Reconocimiento inicial……………………………………………….

3.1.1. Definición de acuerdo al Marco Conceptual……………………….

3.1.2. Lineamientos para el reconocimiento en base a la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC16)……………………………………………………………..

3.1.3. Reconocimiento en el caso de Adquisición………………………...

3.1.4. Reconocimiento en el caso de Construcción……………………….

3.1.5. Reconocimiento en el caso de Permuta…………………………….

3.2. Componentes del costo……………………………………………….

3.3. Medición del Costo al momento del reconocimiento………

3.4. Referencia de otras Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) relacionadas con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16)…………….

43 43 47

vi
51 51 51 52 54 54 55 55 56 58

Capítulo IV

4. Casos prácticos …………………………………………………………….

4.1. Enunciados …………………………………………………………...

4.1.1. En los casos de adquisición ……………………………………….

4.1.2. En los casos de construcción ………………………………………

4.1.3. En el caso de adquisición por permuta …………………………….

4.2. Resoluciones……………………………………............................

4.2.1. En los casos de adquisición. Justificación, cálculo aritmético y partida de diario ……………………………………………………

4.2.2. En los casos de construcción. Justificación, cálculo aritmético y partida de diario ……………………………………………………

4.2.3. En el caso de permuta. Justificación, cálculo aritmético y partida de diario ……………………………………………………………

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de Resultados Conclusiones Recomendaciones Anexos
Análisis
Bibliografía 59 59 59 60 61 62 62 64 67 71 73 77 79 93

INTRODUCCIÓN.

El presente trabajo tiene como propósito explicar la naturaleza de las Propiedades, Planta y Equipo y cuál es la importancia del adecuado registro contable en lo concerniente al reconocimiento inicial en su inclusión en los estados financieros en lo relativo a los lineamientos básicos del control interno aplicables a este rubro; tomando en consideración que este es un punto vital para reflejar los datos en los registros contables. Esto otorga a los usuarios generales de dicha información la confianza necesaria sobre los datos relativos a la situación financiera y el desempeño financiero de la organización.

La administración de la entidad y el contador encargado de la elaboración de los registros contables, puede que desconozca o no comprenda adecuadamente los lineamientos establecidos en la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16), lo que conlleva a que la información presentada en los estados financieros no sea el reflejo fiel de los hechos económicos y financieros de la entidad y por lo tanto los usuarios podrían llegar a tomar decisiones erróneas.

Actualmente en Guatemala están vigentes las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF Completas) y las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES), en el caso del registro de transacciones relacionadas con Activos No Corrientes (Activos Fijos) aplica la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16) incluida en las NIIF Completas y la Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo de las NIIF para las PYMES, en lo que compete a la aplicación del reconocimiento inicial de la adquisición de bienes inmuebles, como un valor agregado se hace referencia a dos casos mas que son el de construcción y permuta; los casos del presente estudio están relacionados únicamente con la NIC 16, con lo cual se están aportando elementos que faciliten la interpretación y aplicación en este aspecto, y que a la vez sirva de referencia para utilizarse en el estudio de otras normas contables.

- 1 -

El objetivo general de esta investigación es proveer una referencia objetiva sobre la naturaleza del rubro de Propiedades, Planta y Equipo, e indicar el adecuado registro contable inicial, como se expresó en los párrafos anteriores, y como objetivos específicos los siguientes: a.) Ejemplificar la interpretación, requisitos y aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad

16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16) en lo especifico del registro inicial en el caso de bienes inmuebles; b.) Explicar los requisitos básicos de control interno aplicables a esta cuenta; c.) Evaluar las principales divergencias que existen entre la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República (1992) y la Norma Internacional de Contabilidad No. 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16), en los aspectos de la definición de Propiedades, Planta y Equipo, componentes del costo y medición del costo y adicionalmente a pesar de que al momento de elaborar este trabajo no está vigente, se compara también con la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012 del Congreso de la República, Libro I, Ley del Impuesto Sobre la Renta (2012), que entrará en vigencia en enero del año 2013; y d.) Analizar las principales razones financieras que aplican para este tipo de activos. Asimismo, se evaluó a través de un cuestionario el conocimiento adecuado del tema a los estudiantes del octavo semestre de la carrera de Contador Público y Auditor, plan sábado, ambas secciones, del Campus Central de la Universidad Mariano Gálvez de Guatemala.

Para los efectos indicados, el Capítulo I hace referencia a los antecedentes históricos de la contabilidad, antecedentes históricos de las NIIF a nivel internacional y nacional, antecedentes históricos de la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo.

En el Capítulo II, se trata la definición y estructura de la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo, otras definiciones de esta norma, divergencias entre el aspecto técnico y la legislación tributaria, específicamente con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentación de este rubro en los Estados Financieros, análisis financiero de Propiedades, Planta y Equipo, y el control interno relativo al mismo.

El Capítulo III se desarrolla lo relacionado al reconocimiento inicial, componentes y medición del costo, y referencia a otras Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) que están relacionadas con el registro inicial de los casos prácticos.

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Finalmente, en el Capítulo IV se desarrollan los casos prácticos relacionados con la adquisición, construcción y permuta, esto estructurado a través de enunciados, justificación, cálculos aritméticos y registros contables.

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- 4 -

Capítulo I.

1. La Contabilidad y las Normas Internacionales de Información Financiera.

1.1.

Antecedentes históricos de la Contabilidad.

La contabilidad debe ser estudiada y tenerse referencia de la misma para entenderla y aplicarla correctamente. En relación de importancia, se puede mencionar que la contabilidad tiene sus inicios en el momento preciso que el hombre se enfrentó a la necesidad de intercambiar cosas entre sí y llevar un control sobre ellas, cuantificándolas y evaluando el resultado financiero de dichas transacciones. Es de imaginarse las crisis que se dieron en los albores de sociedades comerciantes como los fenicios, babilónicos, egipcios, romanos, entre otros; llevando un registro simple matemático de entradas y salidas, las que conocemos como “partida simple”, fue hasta el año 1494 en que Fray Lucas Pacioli, definió el principio de la “partida doble”, dándole la base científica y técnica a la contabilidad, simplificando el registro y valuación de las operaciones financieras1 .

“La función principal de la contabilidad es la de acumular datos acerca de las actividades financieras de una entidad, de manera que permita presentarlos en forma de estados financieros. Para que exista un completo entendimiento de los estados financieros y confianza en los mismos, deben ser preparados de acuerdo a reglas o normas de aceptación general. La contabilidad y los principios que la sustentan deben ser razonablemente sensibles a los cambios en el sistema económico para satisfacer las necesidades de los usuarios de información financiera2”, por ejemplo: propietarios del negocio, administración tributaria, bancos, proveedores, acreedores, inversionistas, empleados, y otros.

La obligatoriedad de llevar contabilidad en Guatemala tiene su base en el Código de Comercio de Guatemala, Decreto 2-70 del Congreso de la República de Guatemala y sus modificaciones, al respecto en los artículos del 368 al 384 (1970); citado cuerpo legal estipula aspectos relacionados con el sistema contable, el uso de principios de contabilidad generalmente aceptados, uso de la

1

Estrada Castillo, Donaldo, (1983), Principios Básicos de Contabilidad, Guatemala, Cooperativa de Servicios Varios, Facultad de Ciencias Económicas, Página 17.

2 Perdomo Salguero, Mario Leonel, (2002), Contabilidad Básica, Guatemala, Editores ECA, Página 3-4.

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partida doble, registro, idioma, moneda, libros, estados financieros, comprobación de operaciones, documentación y archivo, con los que debe contar un comerciante.

El Colegio de Contadores Públicos y Auditores y el Instituto de Contadores Públicos y Auditores (IGCPA), en las resoluciones publicadas el 20 de diciembre del 2007, en el Diario de Centro América, reconocen que las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) deben de interpretarse y aplicarse como principios de contabilidad generalmente aceptados, tal y como lo define el Código de Comercio de Guatemala, Decreto 2-70 del Congreso de la República de Guatemala, en el Artículo 368 (1970). Por lo tanto el aspecto técnico de la contabilidad debe realizarse tomando en consideración los lineamientos que se establezcan y se actualicen en torno a las Normas Internacionales de Información Financiera, conocidas comúnmente como NIIF (Completas o para PYMES). El IGCPA tiene esta potestad para determinar que se debe tomar como principios de contabilidad generalmente aceptados (los principios de contabilidad son conceptos básicos que establecen, delimitan e identifican en la entidad económica, las bases de cómputo y registro de las operaciones y la presentación de la información financiera por medio de los estados financieros3); basado en lo establecido en la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República de Guatemala, artículo 11 (1970), en el que se define que las palabras técnicas utilizadas en la ciencia, en la tecnología o en el arte, se entenderán en su sentido propio, a menos que aparezca expresamente que se han usado en sentido distinto por el legislador que las haya definido4; por lo cual le correspondería al ente rector de dicha ciencia o arte (en este caso la contabilidad y auditoría) definir que debe ser aplicado, debido a que esto no está establecido en el Código de Comercio de Guatemala, la entidad responsable sería el Colegio Profesional correspondiente5 el cual se rige por la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, Decreto 72-2001 del Congreso de la República, en su artículo 3 (2001), define entre otros fines, los siguientes:

“(…) Son fines principales de los Colegios Profesionales:

a) Promover, vigilar y defender el ejercicio decoroso de las profesiones universitarias en todos los aspectos, propiciando y conservando la disciplina y la solidaridad entre sus

3 Perdomo Salguero, Mario Leonel, (2002), Contabilidad Básica, Guatemala, Editores ECA, Página 3.

4 Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República, Artículo 11 (1989).

5 Constitución Política de la República y sus modificaciones, Asamblea Nacional Constituyente, Artículo 90 (1985).

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miembros;

b) Promover el mejoramiento cultural y científico de los profesionales universitarios;

c) Promover y vigilar el ejercicio ético y eficiente de las profesiones universitarias;

d) Defender y proteger el ejercicio profesional universitario, combatir el empirismo y la usurpación de calidad;

(…)

f) Auxiliar a la administración pública en el cumplimiento de las disposiciones legales que se relacionen con las respectivas profesiones universitarias; resolver consultas y rendir los informes que soliciten entidades o funcionarios oficiales, en materia de su competencia, siempre que se trate de asuntos de interés público;

g) Resolver consultas y rendir informes que les sean solicitados por personas o entidades privadas, en materia de su competencia, siempre que se trate de asuntos de interés público. Para estos casos, la Junta Directiva, si lo considera pertinente, podrá autorizar el cobro de honorarios a favor del o de los profesionales dictaminantes;

(…)

k) Promover la organización y mejoramiento de otras asociaciones y agrupaciones afines a las respectivas profesiones universitarias, propiciando su adscripción al colegio correspondiente, de conformidad con lo que para el efecto establezcan sus estatutos.”

Está última literal proporciona la base jurídica a la relación que el Colegio de Profesionales de las Ciencias Económicas y el Colegio de Contadores Públicos y Auditores tienen con el IGCPA, el cual a su vez en su artículo 3º de sus estatutos define lo siguiente:

“(…) El Instituto tendrá como objetivos:

a) Estimular el progreso de la profesión del Contador Público y Auditor en Guatemala como medio de contribuir al desarrollo económico del país; (…)

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c) Promover el desarrollo de la contabilidad y auditoría, matemática, estadística y ciencias afines;

d) Promover educación continuada de los profesionales de la Contaduría Pública y Auditoría, estimulando el intercambio permanente de conocimientos y experiencias entre los mismos;

e) Promover la reglamentación de la profesión de Contador Público y Auditor y salvaguardar los intereses de sus asociados;

f) Cooperar con el Colegio de Profesionales al que los Contadores Públicos y Auditores de Guatemala pertenezcan;” (…)

En conclusión debe tomarse como valedero que las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) deben interpretarse como principios de contabilidad generalmente aceptados en Guatemala. Asimismo, hay que considerar lo establecido por el IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad), en la Norma Internacional de Contabilidad 1 Presentación de Estados Financieros, párrafo 7 (2011, página A394), en donde establece lo siguiente: (…)

“Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son las Normas e Interpretaciones adoptadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Esas Normas comprenden:

(a) Normas Internacionales de Información Financiera; (b) Normas Internacionales de Contabilidad; e (c) Interpretaciones CINIIF; e

(d) Interpretaciones (SIC). (…)”

Esta definición tiene su importancia en lo establecido en la literal (b), en la que establece que las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) siguen siendo las mismas, ya que estas no fueron reemplazadas, siendo valedero hacer referencia a estas como NIC 1, NIC 2, hasta la NIC 41 que fue la última publicada.

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La junta directiva del Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala, estableció como obligatorio el uso de las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para PYMES) a partir del uno de enero del años dos mil once; en los casos que aplica o por disposición de cada entidad se debe seguir utilizando las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF Completas). En ambos casos debe considerarse como parte de dichas normas, al Marco Conceptual para la Información Financiera (de las NIIF Completas) y la Sección 2 Conceptos y Principios Generales (de las NIIF para PYMES).

1.2. Antecedentes históricos de las Normas Internacionales de Información Financiera.

1.2.1 Fundación IASC.

Se establece un equilibrio geográfico, conformándose por: Seis administradores de Norteamérica, seis de Europa, seis de la región de Asia y Oceanía y cuatro de cualquier área (para así mantener siempre un equilibrio geográfico general).

Conformación de los administradores: La composición del IASC, exige que exista una proporción adecuada de profesionales de distinta formación, que incluya auditores, preparadores de estados financieros, usuarios, intelectuales y otros funcionarios.

1.2.2 IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad).

En relación al equilibrio geográfico: Para garantizar una diversidad internacional, se establece en julio de 2012 que existan cuatro miembros de la región de Asia y Oceanía, cuatro de Europa, cuatro de Norteamérica, uno de África y otro de Sudamérica, adicional de otros dos miembros elegidos de cualquiera de las otras regiones.

El principal requisito del currículum que deben poseer los miembros del Consejo para ser miembro del IASB es la competencia profesional y la experiencia práctica. El grupo debe estar conformado por los mejores representantes con conocimientos técnicos, diversidad de actividades a escala internacional y experiencia en el mercado.

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1.2.3 Procedimiento del IASB para la elaboración de normas.

El procedimiento para la elaboración de normas generalmente (aunque no necesariamente) incluye los pasos siguientes:

Solicitar al personal que identifique y revise cuestiones relacionadas con los posibles asuntos de la agenda y que evalué la aplicación del Marco Conceptual para la preparación y presentación de estados financieros a dichas circunstancias.

Analizar los requisitos y prácticas contables nacionales e intercambiar puntos de vista sobre los aspectos relevantes con los reguladores contables nacionales.

Consultar al Consejo Asesor de Normas sobre la conveniencia de incluir un aspecto concreto en la agenda del IASB.

Formar un grupo de asesoramiento (normalmente denominado “grupo de trabajo”) para apoyar al IASB y su personal en todo lo relativo al proyecto.

Emitir un documento para su debate por el público (normalmente denominado Documento de Consulta; incluye generalmente la opinión preliminar del Consejo sobre algunos aspectos del proyecto).

Emitir para su examen por parte del público un Borrador de Propuesta aprobado como mínimo por nueve miembros del IASB, que incluya cualquier opinión en disidencia de los miembros del IASB (en los Borradores de Propuesta, las opiniones en disidencia se denominan “puntos de vista alternativos”).

Publicar en el Borrador de Propuesta los fundamentos de las conclusiones.

Tener en cuenta todos los comentarios recibidos durante el período de comentarios sobre los documentos de consulta y los borradores de propuesta (Pasos requeridos por la Constitución de la Fundación IASC).

Plantearse la conveniencia de celebrar una sesión pública y de realizar pruebas de campo y, si procede, llevar a cabo dichas sesiones públicas y dichas pruebas.

Aprobar una Norma como mínimo por nueve miembros del IASB e incluir en su publicación cualquier opinión en disidencia.

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Publicar dentro de la Norma los fundamentos de las conclusiones, explicando, entre otras cosas, los pasos de los procedimientos del IASB y cómo ha tratado el Consejo los comentarios generales sobre el Borrador de Propuesta.

6

1.2.4 Cronología en Guatemala

1968 Se funda el Instituto de Contadores Públicos y Auditores –IGCPA-.

1983 El Colegio de Economistas, Contadores Públicos y Auditores y Administradores de Empresas de Guatemala aprueba la creación de la Comisión de Principios de Contabilidad y Normas.

1984 Se emiten por parte del Instituto de Contadores Públicos y Auditores –IGCPA- los primeros Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados –PCGA- y Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas –NAGAS- aplicables a Guatemala.

2001 El Colegio de Economistas, Contadores Públicos y Auditores y Administradores de Empresas de Guatemala aprueba la sustitución de la Comisión de Principios y Normas por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad y Auditoría. Se derogan los 44 Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y se declara la observancia general de las Normas Internacionales de Contabilidad –NICadoptándolas como principios de contabilidad generalmente aceptados en Guatemala.

2002 Se constituye el Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala paralelo al Colegio de Economistas, Contadores Públicos y Auditores y Administradores de Empresas de Guatemala.

2007 El Instituto de Contadores Públicos y Auditores –IGCPA- adopta las Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF- como Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Guatemala. Asimismo, el Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala y el Colegio de Economistas, Contadores Públicos y Auditores y Administradores de Empresas de Guatemala adoptan las Normas Internacionales de Auditoría –NIA- en sustitución de Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas –NAGAS-.

6 Amory González C.P.A. (2009 agosto), seminario “Aplicaciones prácticas de las NIIF” [CD Rom], Guatemala.

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2010 Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala emite resolución para establecer como obligatoria la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades –NIIF para PYMES- a partir del uno de enero del año 2011.

Asimismo, la sección 17 Propiedades, Planta y Equipo de las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES) está vigente a partir de julio del año 2009.

1.3. Antecedentes históricos de la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo.

El objetivo principal de esta norma es establecer los lineamientos necesarios para registrar e informar adecuadamente sobre las inversiones efectuadas en este rubro de Activos, tanto por el monto que normalmente representan y su vida útil a través de más de un período contable.

1982 Se emite la NIC 16 Contabilización de los Contratos de Construcción; elaborada en base al borrador de 1980 sobre el contexto del costo histórico.

1993 Se emite la NIC 16 Contratos de Construcción en sustitución a la emitida en 1982; revisada como parte de del proyecto de comparabilidad de los estados financieros.

1998 Se lleva a cabo una revisión a la norma y se emite con el nombre de Propiedades, Planta y Equipo; es revisada para su concordancia con la NIC 36 Deterioro de los activos y la NIC 37 Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes.

2000 Se realizan modificaciones a la norma.

2003 En diciembre de 2003 se emite una norma revisada la cual origino que se sustituyeran las SIC-6 Costos de modificar el software existente, SIC-14 Compensación por el deterioro o pérdida de elementos y SIC-23 Costos principales de inspección o de reacondicionamiento.

2006 Se hacen modificaciones y actualizaciones a la norma; derogando las siguientes interpretaciones: SIC-6 Costos de modificación de los programas informáticos existentes, SIC-14 Propiedades, Planta y Equipo –indemnizaciones por deterioro

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del valor de las partidas y SIC-23 Propiedades, Planta y Equipo – Costos de revisiones o reparaciones generales.

2009 Se efectúan nuevas modificaciones a la norma, se define que los requerimientos relativos a la medición inicial de los elementos de Propiedades, Planta y Equipo adquiridos en permutas de activos deben ser aplicados prospectivamente.

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Capítulo II.

2. Propiedades, Planta y Equipo.

2.1. Definición y estructura de la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo.

Conforme lo definido por la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo7 (NIC 16), Parte A en los párrafos 6 y 7 establece lo siguiente: “Las propiedades, planta y equipo son activos tangibles que:

(a) Posee una entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos; y

(b) Se esperan usar durante más de un período.

(…) Un elemento de propiedades, planta y equipo se reconocerá como activo sí, y sólo sí:

(a) Sea probable que la entidad obtenga los beneficios económicos futuros derivados del mismo; y

(b) El costo de activo para la entidad pueda ser valorado con fiabilidad.”

De esta definición entendemos que este tipo de activo comprende los componentes del patrimonio de una entidad en que:

i. La intención de permanencia para beneficio de la entidad es por más de un período anual. En caso contrario corresponde a gasto.

ii. Puede ser identificado de manera precisa, esto lo convierte en algo tangible.

iii. Servirá para generar renta, esto implica que de forma directa o indirecta influye en alcanzar los objetivos de desempeño financiero de la entidad y que su inclusión como gasto tiene correlación con los ingresos en el período correspondiente.

7 International Accounting Standards Board –IASB- (2011), Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF- en Español, Parte A páginas A553 y A554.

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iv. Este tipo de activo está sujeto a depreciación, como consecuencia de la Hipótesis de Negocio en Marcha, según la cuál se presume que la gestión empresarial es por tiempo indefinido, por lo que la valorización del patrimonio no se presenta por su valor corriente, sino que por su costo histórico; en función de esa presunción de continuidad, el costo del bien se distribuye sistemáticamente durante los años de su vida útil estimada.

v. Que le puede ser asignado un valor en forma precisa, o sea que se conoce puntualmente su valor de adquisición y los demás costos necesarios en que se incurren hasta que está en condiciones de uso.

Hay que tomar en consideración que este rubro de Activo puede encontrarse definido en varias obras contables y en la jerga de la profesión como “Activos Fijos”, esto no contraviene a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), ya que es permitido el cambio de denominación de una partida de los estados financieros de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 1 Presentación de Estados Financieros8, párrafo 57, literal (b) establece lo siguiente: “Las denominaciones utilizadas y la ordenación de las partidas o agrupaciones de partidas similares, podrán ser modificadas de acuerdo con la naturaleza de la entidad y de sus transacciones, para suministrar información que sea relevante para la comprensión de la situación financiera de la entidad(…)”; y en el Marco Conceptual para la información financiera9 en el párrafo 4.6 establece que: “Al evaluar si una partida cumple la definición de activo, pasivo o patrimonio, debe prestarse atención a las condiciones esenciales y a la realidad económica que subyacen en la misma, y no meramente su forma legal.” Asimismo, en la versión de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) versión 2007, página 2482, hace referencia a la autorización por el IASB para que España utilice la traducción de la versión oficial en inglés como “Inmovilizado Material”.

Para un apropiado estudio de esta norma es aconsejable estructurarla en cinco segmentos que son: Objetivo, alcance, definiciones, reconocimiento inicial, medición posterior e información a ser revelada en los estados financieros. En esencia el contenido de cada uno de estos puntos es el siguiente:

8 International Accounting Standards Board –IASB- (2011), Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF- en Español, Parte A página A405.

9 International Accounting Standards Board –IASB- (2011), Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF- en Español, Parte A página A41.

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1. Objetivo.

Precisa los puntos que se pretenden cubrir con esta normativa en especifico, estableciendo los lineamientos necesarios para el registro idóneo de las transacciones de la entidad que cumplen con los requisitos para ser incluidos en este rubro y su presentación para que los usuarios de la información financiera puedan comprender y tomar las mejores decisiones sobre estos datos, conociendo el importe en libros, lo relativo a la depreciación y perdidas por deterioro.

2. Alcance. Delimita los hechos que pueden ser registrados bajo esta normativa, separando aquellos casos en que debe ser aplicada otra norma, como el caso de las activos biológicos relacionados con la actividad agrícola que deben ser registrados de acuerdo a la Norma Internacional de Contabilidad 41 Agricultura, o en el caso de que se requiera un tratamiento o consideraciones diferentes en el proceso de su reconocimiento como es el de los arrendamientos los cuales se operan conforme lo establecido en la Norma Internacional de Contabilidad 17 Arrendamientos.

3. Definiciones. Aquí se explican los términos con significados precisos para el entendimiento y aplicación de la norma. Estos términos son: Importe en libros, costo, importe depreciable, depreciación, valor específico, valor razonable, pérdida por deterioro, propiedades, planta y equipo, importe recuperable, valor residual, vida útil.

4. Reconocimiento inicial. Establece los lineamientos que debe cumplir una transacción para que sea reconocida como parte de los elementos de los estados financieros. Asimismo, cuales son los costos que lo integran y como estos deben ser medidos.

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5. Medición posterior. Establece los lineamientos que debe cumplir una transacción para que posterior a su reconocimiento inicial pueda mostrar fiablemente su valor como parte integrante del rubro de Propiedades, Planta y Equipo. Entendiéndose esta medición como a la revaluación o a las pérdidas por deterioro así como a la depreciación.

6. Información a revelar. Básicamente deben revelarse los aspectos relevantes relacionados con los aspectos siguientes:

a. Las bases de medición utilizadas para el importe en libros brutos (reconocimiento inicial).

b. Métodos de medición posterior aplicados.

c. Altas y bajas cuando corresponde.

d. Reclasificaciones derivadas del alcance de otra norma contable (NIC) o de información financiera (NIIF).

e. Variaciones surgidas por cambios en conversión de moneda extranjera.

f. Restricciones que afectan a la cuenta.

g. Cualquier información que permita tener la oportunidad de tomar mejores decisiones por parte de los usuarios generales.

Esta estructura también tiene aplicación a una parte considerable de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) que se encuentran en la Parte A de la emisión en Español 2011 del International Accounting Board (IASB), la Parte B hace referencia a los fundamentos de las conclusiones, a las interpretaciones de las normas y los Comentarios de la Gerencia. Se sugiere leer ambas partes para obtener una mejor interpretación de las mismas.

2.2.

Otras definiciones.

Observamos las siguientes definiciones expresadas en otros libros para tener una mejor compresión sobre la conceptualización de este tipo de activo:

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1. De conformidad la International Accounting Standards Committee Foundation (IASCF), a través de las Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para PYMES), en la sección 17, versión electrónica 2009, página 97, define lo siguiente: “Las propiedades, planta y equipo son activos tangibles que: (a) se mantienen para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, para arrendarlos a terceros o con propósitos administrativos, y (b) se esperan usar durante más de un período(…)”

2. Para Guajardo Cantú (2002, página 336), lo describe como: “Concepto de Activo Fijo. Un nombre más apropiado para este tipo de activos es inmuebles, planta y equipo. Estos activos son bienes tangibles que tienen por objeto: ∙ El uso o usufructo de los mismos en beneficio de la entidad. ∙ La producción de artículos para su venta o uso de la misma. ∙ La prestación de servicios de la entidad a su clientela o al público en general. La adquisición de estos bienes denota el propósito de utilizarlos y no venderlos en el curso normal de las operaciones de la entidad.”

3. Conforme KHOLER (1982, página 406), se considera como: “1. Activo tangible que se tiene por los servicios que presta en la producción de bienes y servicios; cualquier elemento de una planta.”

4. De acuerdo a Omeñaca (1998, página 16), lo describe como: “El inmovilizado material comprende los elementos del patrimonio destinados a servir de forma duradera en la actividad de la empresa, cuando dichos elementos son «tangibles». A veces, ese carácter de permanencia es más intencional que real, produciéndose enajenaciones de inmovilizado al poco tiempo de ser adquiridos, bien sea porque han tenido una obsolescencia rápida, bien sea por la conveniencia de cambiarlos por otros. Por lo tanto, es la intención de permanencia o la función a que se destina el elemento lo que determina su inclusión en el inmovilizado.”

5. De acuerdo al Instituto Técnico de Capacitación y Productividad –INTECAP- (2004), Diplomado Administración Financiera para no Financieros Edición 01, página 45, lo describe como: “Activo Fijo. También llamado propiedad, planta y equipo. Son todos aquellos recursos confiados a la empresa que constituyen la infraestructura física de la misma. Éstos rinden servicio a la empresa en sus actividades. Algunos ejemplos pueden

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ser: Terrenos, mobiliario y equipo, maquinaria, edificios, vehículos y equipo de computación.”

6. El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (2004, página 317), define: “Inmuebles, maquinaria y equipo son bienes tangibles que tienen por objeto: a) El uso o usufructo de los mismos en beneficio de la entidad, b) la producción de artículos para su venta o para el uso de la propia entidad y c) la prestación de servicios a la entidad, a su clientela o al público en general. La adquisición de estos bienes denota el propósito de utilizarlos y no de venderlos en el curso normal de las operaciones de la entidad.”

2.3. Artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus reformas (1992), relacionados con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16) y la divergencia entre estos.

De lo especificado entre la norma contable y la ley tributaria se determinaron y analizaron las siguientes divergencias que se consideran importantes con relación al tema tratado que corresponden a lo siguiente: 1.) Definición de Propiedades, Planta y Equipo; 2.) Componentes del costo y 3.) Medición del costo, las cuales se evalúan a continuación:

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

“Las propiedades, planta y equipo son activos tangibles que:

(a) Posee una entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos;y

(b) Se esperan usar durante másdeunperíodo.”

Referencia: Párrafo 6.

Adicionalmente en las NIIF para PYMES (como referencia comparativa) se definelosiguiente:

“Las propiedades, planta y equipo son activos tangibles que:

(a) semantienenparasuuso en la producción o suministro de bienes o servicios, para arrendarlos a terceros o

Comparación No. 1

Definición de Propiedades, Planta y Equipo.

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992).

“(…) Las depreciaciones y amortizaciones cuya deducción admite esta ley, son las que corresponde efectuar sobre bienes de activo fijo e intangible, propiedad del contribuyente y que son utilizados en su negocio, industria, profesión, explotación o en otras actividades vinculadas a la producción de rentas gravadas… Se fijan los siguientes porcentajes anuales máximos de depreciación: a) Edificios, construcciones e instalaciones adheridas a los inmuebles y sus mejoras. 5% (...)”

“Los contribuyentes obligados a llevar contabilidad de acuerdo con el Código de Comercio, para los efectos tributarios deben cumplir con las obligaciones contenidas en dicho código (…)”

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

1. La condicionante de ser “propietario”delbien.

1. Se sugiere que se registre como técnicamente lo establece la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo, y realizar al final de cadaperiodofiscaluncuadroconciliatorio(verCuadro No. 1 como ejemplo de este tipo de Cuadro Conciliatorio) para establecer los resultados conforme normasyelbalancedesaldosutilizadoparaefectosdel cálculodelImpuestoSobrelaRenta,Decreto26-92del Congreso de la República y sus reformas, tomando en consideración que este último regula en su artículo 54 segundo párrafo, que los estados financieros adjunto a ladeclaracióndelimpuestodebencoincidirconellibro de balance (Estados Financieros) y no indica nada sobre lo registrado en los libros de Diario y Mayor; esto tampoco contraviene lo establecido en el artículo 46 de la misma ley en lo relativo a que se debe garantizar la certeza y cronología de las operaciones quepermitasuanálisisyfiscalización.

2. El uso del término “Activo Fijo” y no el de “Propiedades, Planta y Equipo.

2. Esto no contraviene a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), ya que es permitido el cambio de denominación de una partida de los estados financierosdeconformidadconlaNormaInternacional deContabilidad1PresentacióndeEstadosFinancieros, 2011 versión en Español, página A405, párrafo 57, literal (b), “Las denominaciones utilizadas y la ordenación de las partidas o agrupaciones de partidas similares, podrán ser modificadas de acuerdo a la naturaleza de la entidad y de sus transacciones, para suministrar información que sea relevante para la comprensión de la situación financiera de la entidad

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

con propósitos administrativos,y (b) se esperan usar durante másdeunperíodo.”

Referencia: Párrafo 17.2 de la Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo.

Comparación No. 1

Definición de Propiedades, Planta y Equipo.

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992).

Referencia: Artículos 16, 19 y 46.

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

(…)”; y en el Marco Conceptual para la información financiera, página A41, párrafo 4.6 establece que: “Al evaluar si una partida cumple la definición de activo, pasivo o patrimonio, debe prestarse atención a las condiciones esenciales y a la realidad económica que subyacen en la misma, y no meramente a su forma legal.”

3. No define el significado de“ActivoFijo”.

3. Aunque la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus reformas (1992)nodefineexpresamentequeesun“ActivoFijo” si describe que componentes lo conforman y por lo tanto se debe entender que el significado de este término es igual al de Propiedades, Planta y Equipo, tomando en consideración también que la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República (1989), artículo 11, párrafo tercero, establece que: “Las palabras técnicas utilizadas en la ciencia, en la tecnología o en el arte, se entenderán en su sentido propio, a menos que aparezcan expresamentequehanusadoensentidodistinto.”

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

“Elcostodeloselementosde propiedades, planta y equipo comprende:

(a) su preciodeadquisición, incluidos los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después de deducir cualquier descuento o rebaja del precio;

(b) todos los costos directamente atribuibles a la ubicación del activo en el lugar y en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por lagerencia;

(c) la estimación inicial de los costos de desmantelamiento y retiro del elemento, así como la rehabilitación del lugar sobre el que se asienta, la obligación en que incurre una entidad

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992).

“(…) El valor del costo incluye los gastos incurridos con motivo de la compra, instalación y montaje de los bienes y otros similares, hasta ponerlos en condición deserusados(…)”

“(…) sobre bienes inmuebles estos se toman por su costo de adquisición o construcción.Enningúncaso se admite depreciación sobre elvalordelatierra(…)”

“(…) Los Costos y gastos no deducibles(…)b)Loscostos o gastos no respaldados por la documentación legal correspondiente, o que no corresponda al período anual de imposición que se liquida (...)”

Referencia: Artículo 17 y39

Comparación No. 2 Componentes del Costo.

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

La legislación tributaria no reconoce los gastos estimados de desmantelamiento.

Sesugierequeseregistrecomo técnicamentelo establecela NormaInternacionaldeContabilidad16Propiedades,Planta y Equipo, y en la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus reformas (1992), clasificar como “gasto no deducible” la parte proporcional de la depreciación que corresponda al valor estimado del desmantelamiento o elaborar un cuadro conciliatorio (ver Cuadro No. 1 como ejemplo de este tipo de Cuadro Conciliatorio) para establecer los resultados conforme normas y el balance de saldos utilizado para efectosdelcálculodelImpuestoSobrelaRenta,Decreto2692delCongresodelaRepúblicaysusreformas(1992).

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

cuando adquiere el elemento o como consecuencia de haber utilizado dicho elemento durante un determinado periodo, con propósitos distintos del de la producción de inventarios durante tal periodo.”

Referencia: Párrafo 16.

Adicionalmente en las NIIF para PYMES (como referencia comparativa) se definelosiguiente:

“Elcostodeloselementosde propiedades, planta y equipo comprenden todo lo siguiente:

(a) Elpreciodeadquisición, que incluye los honorarios legales y de intermediación, los arancelesdeimportación y los impuestos no recuperables, después de deducir los descuentos

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992).

Comparación No. 2 Componentes del Costo.

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

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Comparación No. 2 Componentes del Costo.

De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada. comercialesyrebajas.

(b) Todos los costos directamente atribuibles a la ubicación del activo enellugarycondiciones necesarias para que pueda operar en forma prevista por la gerencia. Estos costos pueden incluir los costos de preparación del emplazamiento, los costos de entrega y manipulación inicial, los de instalación y montaje y los de comprobación de que el activo funciona adecuadamente.

(c) La estimación inicial de los costos de desmantelamiento o retiro del elemento, así como la rehabilitación del lugar sobre el que se asienta, la obligación en que incurre una entidad cuando adquiere el elemento o como consecuencia de haber utilizado dicho elemento

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992).

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

durante determinado período, con propósitos distintos al de producción de inventarios durante tal período.

Referencia: Párrafo 17.10 de la Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo.

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992).

Comparación No. 2 Componentes del Costo.

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

“El costo de un elemento de propiedades, planta y equipo será el precio equivalente al efectivo en la fecha de reconocimiento.Sielpagose aplaza más allá de los términos normales de crédito, la diferencia entre el precioequivalentealefectivo y el total de los pagos se reconocerá como intereses a lo largo del periodo del crédito a menos que tales intereses se capitalicen de acuerdoconlaNIC23.

Algunos elementos de propiedades, planta y equipo puedenhaber sidoadquiridos a cambio de uno o varios activos no monetarios, o de una combinación de activos monetarios y no monetarios. La siguiente discusión se refiere solamente a la permuta de un activo no monetario por otro, pero también es aplicable a todas las permutas descritas en el primer inciso deeste párrafo.

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992).

“(…) El valor del costo incluye los gastos incurridos con motivo de la compra, instalación y montaje de los bienes y otros similares, hasta ponerlos en condición deserusados(…)”

“(…) sobre bienes inmuebles estos se toman por su costo de adquisición o construcción.Enningúncaso se admite depreciación sobre elvalordelatierra(…)”

“(…) En el caso de transferencia de bienes a cualquier título, incluso por fusión de personas jurídicas o incorporación de bienes queincrementen elcapitalde personas individuales o aportes a personas jurídicas que se constituyan o ya constituidas, la depreciación o amortización se calculará sobre el valor de compra o adquisición del bien depreciable por el contribuyente, o, en caso de

Comparación No. 3 Medición del Costo.

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

Al momento de realizar una transferencia del bien y cuyo valor sea menor al valor en libros a la fecha de la transacción, la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus reformas (1992) ordena que este valor no puede ser menoralvalorenlibros.

Sesugierequeseregistrecomo técnicamentelo establecela NormaInternacionaldeContabilidad16Propiedades,Planta y Equipo, y en el período que se efectué la transferencia dependiendo el régimen optado por la entidad para determinar su obligación tributaria conforme lo manda la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus reformas (1992), calcular y pagar el tributo correspondiente, y realizar al final de cada periodo fiscal un cuadro conciliatorio (ver Cuadro No. 1 como ejemplo de este tipo de Cuadro Conciliatorio) para establecer los resultados conforme normas y el balance de saldosutilizadoparaefectosdelcálculodeestetributo.

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

El costo de dicho elemento de propiedades, planta y equipo se medirá por su valor razonable, amenos que (a) la transacción de intercambio no tenga carácter comercial, o (b) no pueda medirse con fiabilidad el valor razonable del activo recibido ni el del activo entregado. El elemento adquirido se medirá de esta forma incluso cuando la entidad no pueda dar de baja inmediatamente el activo entregado. Si la partida adquirida no se mide por su valor razonable, su costo se medirá por el importe en librosdelactivoentregado.”

Referencia: Párrafo 23y 24

Adicionalmente en las NIIF para PYMES (como referencia comparativa) se definelosiguiente:

“El costo de un elemento de propiedades, planta y equipo será el precio equivalente en

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992).

fusión, sobre el saldo no depreciado del bien para la entidadfusionada.”

“(…) Valor de la transferencia. El valor de la operación es el convenido porlaspartes,elquedebeser igual al consignado en el instrumento que se otorgue y no podrá ser menor al valor que corresponda a los bienes o derechos a la fecha de la misma.”

“(…) Las erogaciones capitalizables por concepto de mejoras permanentes que impliquen modificaciones de la contextura primitiva del bien y que prolonguen su vida útil, serán consideradas como bienes de activo fijo y nodeduciblecomogasto.”

Referencia: Reglamento del Impuesto Sobre la Renta, Acuerdo Gubernativo 2062004 del Ministerio de Finanzas Públicas (2004), Artículo 17, 20, 27 y el 16

Comparación No. 3 Medición del Costo.

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

efectivo en la fecha de reconocimiento.Sielpagose aplaza más allá de los términos normales de crédito, el costo es el valor presente de todos los pagos futuros.

Un elemento de propiedades, planta y equipo puede haber sido adquirido a cambio de uno varios activos no monetarios, o de una combinación de activos monetarios y no monetarios. Una entidad medirá el costo del activo adquirido por su valor razonable, amenos que (a) la transacción de intercambio no tenga caráctercomercial,o(b)niel valor razonable del activo recibido ni del activo entregado puedan medirse con fiabilidad. En tales casos, el costo del activo se medirá por el valor en libros delactivoentregado.”

Referencia: Párrafo 17.13 y 17.14 de la Sección 17

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992).

Comparación No. 3 Medición del Costo.

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

Propiedades, Planta y Equipo.

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992).

Comparación No. 3 Medición del Costo.

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

“Las propiedades, planta y equipo son activos tangibles que:

(a) Posee una entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos;y (b) Se esperan usar durante másdeunperíodo.”

Referencia: Párrafo 6

Adicionalmente en las NIIF para PYMES (como referencia comparativa) se definelosiguiente:

“Las propiedades, planta y equipo son activos tangibles que:

(a) semantienenparasuuso en la producción o suministro de bienes o servicios, para

Comparación No. 4

Definición de Propiedades, Planta y Equipo.

Según la Ley de Actualización Tributaria, Libro I, Impuesto Sobre la Renta, Decreto 102012 del Congreso de la República (2012).

“(…) Las depreciaciones y amortizaciones cuya deducción admite este libro, son las que corresponde efectuar sobre bienes de activo fijo e intangible, propiedad del contribuyente y que son utilizados en las actividades lucrativas que generan rentas gravadas (…) Se fijan los siguientes porcentajes anuales máximos de depreciación para el método de línea recta: a) Edificios, construcciones e instalaciones adheridas a los inmuebles y sus mejoras, cincoporciento(5%)(...)”

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

Referencia: Artículos 25 y 28.

1. La condicionantede ser “propietario”delbien.

1. Se sugiere que se registre como técnicamente lo establece la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo, y realizar al final de cadaperiodofiscaluncuadroconciliatorio(verCuadro No. 1 como ejemplo de este tipo de Cuadro Conciliatorio) para establecer los resultados conforme normasyelbalancedesaldosutilizadoparaefectosdel cálculo del Impuesto Sobre la Renta, establecido en el Libro I de Decreto 10-2012 del Congreso de la República; esto tampoco contraviene lo establecido en el artículo 40 y 42 de la misma ley en lo relativo a la documentación de respaldo a la declaración jurada de renta y otras obligaciones que garantizan la certeza y cronologíadelasoperacionesquepermitasu análisisy fiscalización.

2. El uso del término “Activo Fijo” y no el de “Propiedades, Planta y Equipo.

2. Esto no contraviene a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), ya que es permitido el cambio de denominación de una partida de los estados financierosdeconformidadconlaNormaInternacional deContabilidad1PresentacióndeEstadosFinancieros, 2011 versión en Español, página A405, párrafo 57, literal (b), “Las denominaciones utilizadas y la ordenación de las partidas o agrupaciones de partidas similares, podrán ser modificadas de acuerdo a la naturaleza de la entidad y de sus transacciones, para suministrar información que sea relevante para la comprensión de la situación financiera de la entidad (…)”; y en el Marco Conceptual para la información financiera, página A41, párrafo 4.6 establece que: “Al

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Comparación No. 4

Definición de Propiedades, Planta y Equipo.

De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

Según la Ley de Actualización Tributaria, Libro I, Impuesto Sobre la Renta, Decreto 102012 del Congreso de la República (2012).

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada. arrendarlos a terceros o con propósitos administrativos,y (b) se esperan usar durante másdeunperíodo.”

Referencia: Párrafo 17.2 de la Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo.

3. No define el significado de“ActivoFijo”.

evaluar si una partida cumple la definición de activo, pasivo o patrimonio, debe prestarse atención a las condiciones esenciales y a la realidad económica que subyacen en la misma, y no meramente a su forma legal.”

3. Aunque la Ley de Actualización Tributaria, Libro I, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 10-2012 del Congreso de la República (2012) no define expresamente que es un “Activo Fijo” si describe que componentes lo conforman y por lo tanto se debe entender que el significado de este término es igual al de Propiedades, Planta y Equipo, tomando en consideración también que la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República (1989),artículo11,párrafotercero,estableceque:“Las palabras técnicas utilizadas en la ciencia, en la tecnología o en el arte, se entenderán en su sentido propio, a menos que aparezcan expresamente que han usadoensentidodistinto.”

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

Según la Ley de Actualización Tributaria, Libro I, Impuesto Sobre la Renta, Decreto 102012 del Congreso de la República (2012).

Comparación No. 5 Componentes del Costo.

Divergencia identificada.

Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

“Elcostodeloselementosde propiedades, planta y equipo comprende:

(a) su preciodeadquisición, incluidos los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después de deducir cualquier descuento o rebaja del precio;

(b) todos los costos directamente atribuibles a la ubicación del activo en el lugar y en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por lagerencia;

(c) la estimación inicial de los costos de desmantelamiento y retiro del elemento, así como la rehabilitación

“(…) El valor sobre el cual se calcula la depreciación es el costo de adquisición o producción o de revaluación delosbienes,yensucaso,el de las mejoras incorporadas con carácter de permanente.

El valor de costo incluye los gastos incurridos con motivo de la compra, instalación y montaje de los bienes y otros similares, hasta ponerlos en condición de ser usados (…)”

“(…) cuando no se precise el valor del edificio y mejoras, se presume salvo prueba en contrario, que éste es equivalente al setenta por ciento (70%) del valor total del inmueble, incluyendo el terreno(…)”

“(…) Costos y gastos no deducibles (…) d) Los no respaldados por la

La legislación tributaria no reconoce los gastos estimados de desmantelamiento.

Sesugierequeseregistrecomo técnicamentelo establecela NormaInternacionaldeContabilidad16Propiedades,Planta y Equipo, y en la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta, establecida en la Ley de Actualización Tributaria, Libro I, del Decreto 10-2012 del Congreso de la República (2012), clasificar como “gasto no deducible” la parte proporcional de la depreciación que corresponda al valor estimado del desmantelamiento o elaborar un cuadro conciliatorio (ver Cuadro No. 1 como ejemplo de este tipo de Cuadro Conciliatorio) para establecer los resultados conforme normas y el balance de saldos utilizado para efectosdelcálculodelImpuestoSobrelaRenta.

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

del lugar sobre el que se asienta, la obligación en que incurre una entidad cuando adquiere el elemento o como consecuencia de haber utilizado dicho elemento durante un determinado periodo, con propósitos distintos del de la producción de inventarios durante tal periodo.”

Referencia: Párrafo 16.

Adicionalmente en las NIIF para PYMES (como referencia comparativa) se definelosiguiente:

“Elcostodeloselementosde propiedades, planta y equipo comprenden todo lo siguiente:

a. Elpreciodeadquisición, que incluye los honorarios legales y de intermediación, los

Según la Ley de Actualización Tributaria, Libro I, Impuesto Sobre la Renta, Decreto 102012 del Congreso de la República (2012).

documentación legal correspondiente. Se entiende por documentación legal la exigida por esta Ley, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado para Protocolos y otras disposiciones legales tributarias y aduaneras, para estos efectos de comprobar los actos afectos a dichos impuestos. Lo anterior, salvo cuando por disposición legal la deducción pueda acreditarse por medio de partida contable (…) e) Los que no corresponda al período anual de imposición que se liquida, salvo los regímenes especiales que la presenteLeypermite(...)”

Referencia: Artículos 23 y 25.

Comparación No. 5 Componentes del Costo.

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

arancelesdeimportación y los impuestos no recuperables, después de deducir los descuentos comercialesyrebajas.

b. Todos los costos directamente atribuibles a la ubicación del activo enellugarycondiciones necesarias para que pueda operar en forma prevista por la gerencia. Estos costos pueden incluir los costos de preparación del emplazamiento, los costos de entrega y manipulación inicial, los de instalación y montaje y los de comprobación de que el activo funciona adecuadamente.

c. La estimación inicial de los costos de desmantelamiento o retiro del elemento, así como la rehabilitación del lugar sobre el que se asienta, la obligación en

Según la Ley de Actualización Tributaria, Libro I, Impuesto Sobre la Renta, Decreto 102012 del Congreso de la República (2012).

Comparación No. 5 Componentes del Costo.

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

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De conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

que incurre una entidad cuando adquiere el elemento o como consecuencia de haber utilizado dicho elemento durante determinado período, con propósitos distintos al de producción de inventarios durante tal período.

Referencia: Párrafo 17.10 de la Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo.

Según la Ley de Actualización Tributaria, Libro I, Impuesto Sobre la Renta, Decreto 102012 del Congreso de la República (2012).

Comparación No. 5 Componentes del Costo.

Divergencia identificada. Sugerencias para conciliar la divergencia identificada.

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La comparación que podría realizarse para determinar divergencias entre la Norma de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo y la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012 (2012) relacionada a la Medición del Costo no puede realizarse debido a que este tema es tratado en los reglamentos de la Ley, y a la fecha del presente trabajo el Reglamento del Libro I aún no ha sido emitido.

El efecto financiero de la divergencia establecida en la Comparación No. 2, Componentes del Costo, es el pago de un tributo mayor al no aplicar la norma contable, ejemplo:

Integración del valor del reconocimiento inicial del bien inmueble, para lo cual se toma como referencia para ejemplificar los datos correspondientes al caso práctico descrito en el punto 4.1.1., del presente trabajo: Según Impuesto Componente Según NIC 16 Sobre la Renta

Valor de adquisición, Impuesto no reintegrable y Arancel Q.1,242,000.00 Q.1,242,000.00

Costo de remodelación del terreno y gastos de remodelación 392,000.00 392,000.00 Subtotal Q.1,634,000.00 Q.1,634,000.00

Estimación de los Costos de desmantelación 166,000.00 - xTotales Q.1,800,000.00 Q,1,634,000.00

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Cuadro No. 1

Cuadro Conciliatorio entre saldos según NIIF y saldos reportados para efectos del Impuesto Sobre la Renta (I.S.R.)

Para realizar este cuadro se parte del saldos contables según NIIF (para efectos de ejemplificación se tomarán únicamente tres cuentas):

BALANCEDESALDOS SALDOS (ExpresadoenQuetzales) SEGÚNNIIF

ACTIVO ACTIVONOCORRIENTE PROPIEDADES,PLANTAYEQUIPO

EDIFICIOS 1,800,000.00

DEPRECIACION ACUMULADA (90,000.00)

EDIFICIOS -NETO- 1,710,000.00

Posteriormente se identifican las partidas de diario sobre las cuales hay divergencias y se reclasifican en las cuentas que correspondan de la forma siguiente:

PartidasdeDiario paraConciliaciónNIIFcontraI.S.R. (ValoresexpresadosenQuetzales)

Asiento Original.

- Partida No. 1 -

Edificios 1,800,000.00 Bancos 1,634,000.00

Provisión para Desmantelamiento de Activos 166,000.00 Registro adquisición de edificio para uso de la administración, incluye los costos y gastos necesarios para su empleo conforme lo requiere la administración de la entidad 1,800,000.00 1,800,000.00

Asiento de reclasificación.

- Partida No. 1 -

Provisión para Desmantelamiento de Activos 166,000.00

Edificios 166,000.00 Reclasificación de la estimación de gastos de desmantelamiento que no es reconocido por el

Impuesto Sobre la Renta. 166,000.00 166,000.00

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Asiento Original.

- Partida No. 2 -

Depreciación Gasto 90,000.00

Depreciación Acumulada Edificios 90,000.00 Registro de la depreciación correspondiente al período conforme al metodo de línea recta. 90,000.00 90,000.00

Asiento de reclasificación. - Partida No. 2 -

Depreciación Acumulada Edificios 8,300.00

Depreciación Gasto 8,300.00 Reclasificación del valor de la depreciación correspondiente al valor de la estimación de los gastos de desmantelamiento Q.166,000.00 x 5% que no es reconocido para efectos del I.S.R. 8,300.00 8,300.00 Estas partidas de diario se trasladan a una hoja de trabajo de ajustes y reclasificaciones para establecer los saldos que corresponden como base para efectos de cálculo del Impuesto Sobre la Renta, la cual queda de la forma siguiente:

CUADROCONCILIATORIO.

BALANCEDESALDOS SALDOS SALDOS (ExpresadosenQuetzales) SEGÚNNIIF DEBE HABER SEGÚNI.S.R.

ACTIVO ACTIVONOCORRIENTE PROPIEDADES,PLANTAYEQUIPO

EDIFICIOS 1,800,000.00 166,000.00 1,634,000.00

DEPRECIACION ACUMULADA (90,000.00) 8,300.00 (81,700.00) EDIFICIOS -NETO- 1,710,000.00 8,300.00 166,000.00 1,552,300.00

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Cuadro No. 2

Comparación efecto en cálculo del Impuesto Sobre la Renta

Subtotal 1 Subtotal 2 Valores

Descripción 2012 2013 2014 2015 20122015 20162031 Acumulados

Base de Depreciación NIC-16 1,800,000 1,800,000 1,800,000 1,800,000 1,800,000 1,800,000 1,800,000

% de depreciación 5% 5% 5% 5% 5% 5% 5%

Monto de depreciación anual 90,000 90,000 90,000 90,000 360,000 1,440,000 1,800,000

Base de Depreciación I.S.R. 1,634,000 1,634,000 1,634,000 1,634,000 1,634,000 1,634,000 1,634,000

% de depreciación 5% 5% 5% 5% 5% 5% 5%

Monto de depreciación anual 81,700 81,700 81,700 81,700 326,800 1,307,200 1,634,000 Variación monto de depreciación 8,300 8,300 8,300 8,300 33,200 132,800 166,000

% de impuesto 31% 31% 28% 25%

Impuesto pagado de más 2,573 2,573 2,324 2,075 9,545 33,200 42,745

Información:(a)LosvalorescorrespondientessonexpresadosenQuetzales,eliminandolapresentaciónde centavos; (b) La comparación es realizada contra la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992) y la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 102012delCongresodelaRepública,LibroI,LeydelImpuestoSobrelaRenta(2012).

Fuente: Investigación de campo, 2011.

Observaciones:

1. La tasa del Impuesto Sobre la Renta (I.S.R.) es la aplicada en el régimen del pago de un porcentaje sobre la utilidad obtenida. Para este ejemplo se tomó en consideración que el gasto no reconocido como tal implica una utilidad que genera impuesto, por lo tanto la variación entre el resultado del cálculo de la depreciación con bases distintas, se convierte en base para el cálculo del tributo,

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ya que el I.S.R. no reconoce las erogaciones proyectadas en concepto de desmantelamiento como parte de la base para el calculo de la depreciación. En este caso se pagará de más Q.42,745.00 en el transcurso de los veinte años de vida útil del bien tomando como referencia para ejemplificar el caso práctico descrito en el punto 4.1.1., del presente trabajo.

2. Las variaciones en las tasas del Impuesto Sobre la Renta (I.S.R.), toman en consideración lo vigente en el año 2012 según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República (1992) y lo que estará vigente a partir del año 2013 conforme lo establecido en la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012 del Congreso de la República (2012).

A través de la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012 del Congreso de la República (2012), en el Libro I, se establece la Ley del Impuesto Sobre la Renta que entrará en vigencia a partir del uno de enero del año dos mil trece. Esta ley aún no vigente al momento de realizar el presente trabajo, incluye puntos tomados en consideración para determinar las divergencias mencionadas anteriormente y otras que no corresponden al presente trabajo en lo relacionado con el Reconocimiento Inicial de Propiedades, Planta y Equipo, en los artículos siguientes:

Artículo 23. Costos y gastos no deducibles.

Artículo 25. Regla general de la depreciación y amortización.

Artículo 26. Base de cálculo de la depreciación.

Artículo 27. Forma de calcular la depreciación.

Artículo 28. Porcentaje de depreciación.

Artículo 29. Depreciación de activos fijos revaluados.

Artículo 30. Casos de transferencia y fusión.

Artículo 34. Actividades de construcción o similares.

Artículo 35. Lotificaciones.

Artículo 176. Tratamiento de depreciaciones.

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2.4. Presentación de Propiedades, Planta y Equipo dentro de los estados financieros y el análisis financiero de este rubro.

2.4.1 Presentación de Propiedades, Planta y Equipo dentro de los estados financieros. Lo relacionado con la presentación, como parte de los estados financieros de estos activos, se encuentra regulado en la Norma Internacional de Contabilidad 1 Presentación de Estados Financieros (NIC 1), en los párrafos 49, 50, 54, 55, 57, 60, 61, 66 y 67, y la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16), en los párrafos 6, 7, 37, 73 y 74, ambas normas emitidas por el International Accounting Standard Board (IASB), 2011 en Español, en lo correspondiente a NIIF Completas y en los párrafos 4.4, 4.6 y 4.7 de la Sección 4 Estado de Situación Financiera y párrafo 17.2 de la Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo, estas dos últimas secciones corresponden a las NIIF para PYMES. Sobre esto podemos concluir que son presentados como parte del “Estado de Situación Financiera (Balance General)” de conformidad con la definición evaluada en el punto 2.1., de este trabajo y clasificados como “No Corrientes” por su característica de ser utilizados por más de un período.

2.4.2 Análisis financiero de este rubro.

Se considera como análisis financiero al grupo de procedimientos que toman datos sobre aspectos contables, económicos y financieros, para que convertidos en variables puedan expresarse como indicadores útiles para la toma de decisiones en aspectos de evaluación de gestión administrativa, financiera o inversión. Un indicador puede considerarse como aquella relación cuantitativa entre dos valores, que pueden ser de la misma naturaleza o de diferente naturaleza; es adecuado tomar en consideración varios indicadores para tener un mejor parámetro de medición.

En el desarrollo del trabajo de análisis de los estados financieros se tienen varias opciones para interpretar lo que se está evaluando. Para esto existen herramientas

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que sirven para alcanzar el objetivo establecido por la administración o el analista, para efectos de este trabajo se usarán las siguientes técnicas:

1. Análisis comparativo. Este consiste en poder comparar los estados financieros de dos o tres ejercicios contables básicamente y establecer de esta forma las variaciones de un período a otro; obteniendo los cambios en valores y en porcentajes; estos cambios deben evaluarse y determinar su razonabilidad y relevancia para la actividad de la entidad. Esta técnica es conocida como método de “Análisis Horizontal”, ya que hace alusión a un rubro que es estudiado a través de varios ciclos. Ejemplo:

No. 3

Horizontal

Propiedades,PlantayEquipo

Bienes Inmuebles 1,800 1,700 100 5.88% 1,700 - 0.00% Depreciación Acumulada (170) (85) (85) 100.00% - (85) 100.00% Bienes Inmuebles -Neto- 1,630 1,615 15 0.93% 1,700 (85) -5.00% Vehículos 250 250 - 0.00% 250 - 0.00% Depreciación Acumulada (100) (50) (50) 100.00% - (50) 100.00% Vehículos -Neto- 150 200 (50) -25.00% 250 (50) -20.00% Mobiliario y Equipo 100 100 - 0.00% 100 - 0.00% Depreciación Acumulada (50) (25) - (25) 100.00% Mobiliario y Equipo -Neto- 50 75 (25) -33.33% 100 (25) -25.00% Equipo de Computo -Neto- 99 99 - 0.00% 99 - 0.00% (66) (33) (33) 100.00% - (33) 100.00% 33 66 (33) -50.00% 99 (33) -33.33%

TotalPropiedades,Planta

yEquipo-Neto- 1,863 1,956 (93) -107.40% 2,149 (193) -83.33%

Observación: (a)LosvalorescorrespondientessonexpresadosenQuetzales,eliminandolapresentaciónde centavos. (b) El año 20X0 corresponde al primer año de operaciones y para efectos de ejemplificación se

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Cuadro
Análisis
Variación20X2-20X1 Variación20X1-20X0 Variación Variación Variación Variación Año20X2 Año20X1 Absoluta Porcentual Año20X0 Absoluta Porcentual

consideran que estos bienes fueron adquiridos en el mes de diciembre y se empiezan a depreciar al mes siguiente. (c) Lapresentación sehacetomando en consideración elValorNeto,elcualresultadeaplicarle alValorOriginallaDepreciaciónAcumuladacorrespondiente.

Fuente: Investigación de campo, 2011.

Este tipo de análisis logra determinar la tendencia de un período a otro y considerando que el rubro razón de estudio de este trabajo es Propiedades, Planta y Equipo, se procede a interpretar únicamente las variaciones que corresponden a esta cuenta, la cual queda de la siguiente forma: (a) La variación absoluta de Q.85.00 en el Valor Neto de Propiedades, Planta y Equipo entre el año 20X1 y 20X0 es de un 5%, lo que implica que corresponde al porcentaje de depreciación del período 20X1 considerando que la política contable de esta entidad es la de depreciar al mes inmediato siguiente de la adquisición de los activos, se toma como razonable dicha diferencia; el valor de menos no implica una baja en este rubro en su valor original de adquisición. (b) La variación absoluta de Q.15.00 en el Valor Neto de Propiedades, Planta y Equipo entre el año 20X2 y 20X1 es de un 0.93%, lo que implica que corresponde al porcentaje de depreciación del período 20X2 de Q.85.00 mas un incremento de Q.100.00 en este rubro, desde un punto de vista de auditoría estos valores deben ser validados.

2. Estados financieros proporcionales. Es el estudio estructural de los estados financieros en donde se expone porcentualmente la participación de un rubro dentro del total del estado financiero. Facilitando así el examen del cambio de los elementos que conforman el estado que se está evaluando. Hay que tener en consideración que la apreciación de los datos obtenidos puede variar en importancia dependiendo de la actividad de la organización, por ejemplo, en una empresa industrial tiene mayor relevancia la participación de Propiedades, Planta y Equipo, debido a que este rubro influye directamente en el proceso de producción y por tanto es

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vital para el giro de la entidad. Asimismo, es recomendable hacer este tipo de análisis comparando dos o tres períodos, ejemplo:

Cuadro No. 4 Análisis Vertical

Activos No Corrientes

Relación

Relación Relación Año 20X2 Porcentual Año 20X1 Porcentual Año 20X0 Porcentual

Propiedades, Planta y Equipo –Neto- 1,863 64.51% 1,956 69.34% 2,149 76.64% Otros Activos e Inversiones 25 0.87% 25 0.89% 25 0.89%

Total Activos No Corriente 1,888 65.37% 1,981 70.22% 2,174 77.53%

Activo Corriente

Caja y Bancos 210 7.27% 295 10.46% 375 13.37% Cuentas por Cobrar 475 16.45% 315 11.17% 150 5.35% Inventarios 315 10.91% 230 8.15% 105 3.74%

Total Corriente 1,000 34.63% 840 29.78% 630 22.47%

Total del Activo 2,888 100.00% 2,821 100.00% 2,804 100.00%

Observación: (a)LosvalorescorrespondientessonexpresadosenQuetzales,eliminandolapresentaciónde centavos. (b) Para el rubro de Propiedades, Planta y Equipo, el año 20X0 corresponde al primer año de operaciones y para efectos de ejemplificación se consideran que estos bienes fueron adquiridos en el mes de diciembre y se empiezan a depreciar al mes siguiente; y la presentación se hace tomando en consideración el Valor Neto, el cual resulta de aplicarle al Valor Original la Depreciación Acumulada correspondiente.

Fuente: Investigación de campo, 2011.

Este análisis mide la influencia del rubro de Propiedades, Planta y Equipo dentro del total de Activos de la entidad, que para el año 20X0 es 76.64%, para el 20X1 es de 69.34% y para el año 20X2 es de 64.51%, la tendencia a la baja se debe principalmente al valor que dicho rubro transfiere

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sistemáticamente a cada período al Estado de Resultados el valor correspondiente a la depreciación. Para los tres períodos la relación porcentual de dicha cuenta es considerable, lo cual indica que la organización depende significativamente de este rubro para el desarrollo de su giro empresarial (normalmente esto se da en la actividad industrial y agrícola).

3. Razones financieras. Es la combinación de dos o más grupos de cuentas, con el objetivo de obtener un índice o cociente que permita interpretar algo representativo de esta relación. Este tipo de indicadores debe ser analizado con prudencia, porque la composición de alguno de los rubros tanto el que pueda estar en el numerador como en el denominador, no esté integrado adecuadamente, con lo cual el resultado y por lo tanto la interpretación se distorsiona, ejemplo, un pasivo que debería estar clasificado como de Corriente se registra como No Corriente, al aplicar la razón financiera daría un dato confuso. Las dos razones principales relacionadas con Propiedades, planta y Equipo es la relación con Ventas y Capital. Ejemplo:

Relación de Ventas a Propiedades, Planta y Equipo. Hace mención al total de la inversión realizada en Propiedades, Planta y Equipo y la disposición de la administración para producir y generar ventas. Esta comparación permite visualizar los posibles excesos de capacidad instalada o las ineficiencias en el aprovechamiento de este rubro, el deterioro o la obsolescencia del mismo. Hay que tomar en consideración que este indicador usa el cálculo expresado en Quetzales, por lo tanto no se consideran otros factores que deben tenerse en cuenta y que conviene conocerse para la toma de decisiones, como lo es el total de unidades

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fabricadas, la capacidad instalada, las alzas y bajas de activos fijos en el período sujeto a estudio.

Cuadro No. 5

Razón Financiera Ventas a Propiedad, Planta y Equipo

Año 20X2

Año 20X1 Año 20X0

Ventas 1,900 1,400 1,100 Propiedades, Planta y Equipo 1,863 1,956 2,149

Resultado 1.02 0.72 0.51

Observación: (a)LosvalorescorrespondientessonexpresadosenQuetzales,eliminandolapresentaciónde centavos. (b) Para el rubro de Propiedades, Planta y Equipo, el año 20X0 corresponde al primer año de operaciones y para efectos de ejemplificación se consideran que estos bienes fueron adquiridos en el mes de diciembre y se empiezan a depreciar al mes siguiente; y la presentación se hace tomando en consideración el Valor Neto, el cual resulta de aplicarle al Valor Original la Depreciación Acumulada correspondiente.

Fuente: Investigación de campo, 2011.

La interpretación correspondiente a estos tres períodos es de que para el año 20X0, las ventas representan el 51% del valor invertido en Propiedades, Planta y Equipo, lo que implica que se requirió casi de una relación de 2 a 1 de este Activo Fijo para alcanzar las ventas de este año, lo cual mejoro en los siguientes dos períodos, ya que para el 20X1 las ventas representaron el 72% en relación a este rubro y en el 20X2 supero la inversión en esta cuenta por un 2%, lo que implica el mejor uso de esta cuenta conforme el avance de los años.

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Relación de Capital a Propiedades, Planta y Equipo. Este nos indica la proporción del capital de los inversionistas utilizado para este tipo de activos. Para visualizar mejor este tipo de razones es importante relacionar más de un indicador para obtener un mejor criterio, este rubro utilizado con el anterior proporcionan un parámetro de la capacidad de la entidad de generar ventas que es el único modo de obtener recursos propios para cancelar compromisos.

Cuadro No. 6

Razón Financiera Capital a Propiedad, Planta y Equipo Año20X2 Año20X1 Año20X0

Capital 1,500 1,500 1,500 Propiedades, Planta y Equipo 1,863 1,956 2,149 Resultado 0.81 0.77 0.70

Observación: (a)LosvalorescorrespondientessonexpresadosenQuetzales,eliminandolapresentaciónde centavos. (b) Para el rubro de Propiedades, Planta y Equipo, el año 20X0 corresponde al primer año de operaciones y para efectos de ejemplificación se consideran que estos bienes fueron adquiridos en el mes de diciembre y se empiezan a depreciar al mes siguiente; y la presentación se hace tomando en consideración el Valor Neto, el cual resulta de aplicarle al Valor Original la Depreciación Acumulada correspondiente.

Fuente: Investigación de campo, 2011. El análisis correspondiente indica que el primer año de operaciones 20X0 del capital aportado por los socios el 70% se utilizo en este Activo Fijo, adicionalmente se requirió de otra fuente de financiamiento para cubrir el 30% del valor de la inversión en Propiedades, Planta; la relación del 77% para el año 20X1 y del 81% del 20X2 indican que el valor de la inversión original ha disminuido conforme pasa el tiempo, ya que este rubro transfiere sistemáticamente su valor a resultados derivado de su uso en la actividad económica de la entidad.

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2.5. El control interno básico aplicable a Propiedades, Planta y Equipo.

Según Reyes Ponce (2004, página 440) considera que control interno “Es la medición de los resultados actuales y pasados en relación con los esperados, ya sea total o parcialmente, con el fin de corregir, mejorar y formular nuevos planes. Si se desea una definición más sintética puede adoptarse la siguiente: a) Es la recolección sistemática de datos para conocer la realización de los planes.” Esta definición tomada por Reyes Ponce de Maddock, no es tan apropiada para comprender el alcance y responsabilidad que tiene la administración en el diseño e implementación del control interno de una entidad, por eso el concepto que se considera más apropiado para este fin es el que se encuentra dentro de lo establecido por la International Federation of Accountants -IFAC- (2009) en la Norma Internacional de Auditoría 315 Identificación y evaluación de los riesgos de error material mediante el entendimiento de la entidad y su entorno, página 321, párrafo 4.c) que determina: “Control interno. El proceso diseñado, implementado y mantenido por los encargados del gobierno corporativo, la administración y otro personal para brindar seguridad razonable sobre el logro de los objetivos de una entidad, respecto a la confiabilidad de la información financiera, efectividad y eficiencia de las operaciones, y al cumplimiento con leyes y reglamentos aplicables. El término "controles" se refiere a cualquier aspecto de uno o varios componentes del control interno.” Es importante tener claro el concepto y la responsabilidad, que, en la realización de una auditoría ésta tiene la obligación de informar al respecto, por ejemplo, lo establecido en la ley Sabarnes-Oxley de 2002, establecida en los Estados Unidos de Norteamérica con el objetivo de proporcionar protección a los inversionistas sobre la exactitud y confiabilidad de las revelaciones proporcionadas por la corporaciones, en la sección 404 Evaluación de la gerencia de los controles internos, numeral (1) legisla que: “determinará la responsabilidad de la gerencia por establecer y mantener una estructura adecuada de control interno y los procedimientos para información financiera…”. Con esto podemos concluir que deben establecerse procedimientos que garanticen el flujo de la información y la fiabilidad de la misma, que se tenga la confianza de que los activos estén resguardados y se de cumplimiento a las metas de la organización, tomando en

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consideración que el objetivo principal del control de Propiedades, Planta y Equipo es obtener la máxima eficiencia del valor invertido en este rubro; adicional al hecho de prevenir fraudes.

Al establecer un sistema de control interno, hay que considerar la estructura de la entidad y determinados principios, que fundamentalmente son los siguientes:

I. División del trabajo, implementando los cuatro procesos que son: autorizar, aprobar, ejecutar y registrar.

II. Fijación de las responsabilidades, implementando manuales de definiciones de puesto y procedimientos contables y administrativos.

III. Control del registro de cargos y descargos, garantizando que todo lo que entre o salga sea registrado oportunamente.

IV. Implementar, actualizar y conciliar contra libro Mayor un Auxiliar de Propiedades, Planta y Equipo, el cual debe incluir como mínimo los siguientes aspectos: a.) Código contable donde se registró; b.) Código de inventario como Propiedad, Planta y Equipo; c.) Descripción y características del activo; d.) Valor de compra; e.) Forma de pago y referencia a la documentación soporte; f.) Ubicación; g.) Método de depreciación; h.) Historial de depreciación; i.) Historial de mantenimiento y reparaciones cuando sea necesario; y j.) Responsable del uso y custodia (ver Anexo 3). Programar toma de inventarios físicos en forma periódica y sorpresiva, comparando estos resultados contra el inventario teórico, estableciendo y aclarando cualquier variación.

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Capítulo III.

3. Reconocimiento inicial de Propiedades, Planta y Equipo

3.1. Reconocimiento inicial.

3.1.1. Definición de acuerdo al Marco Conceptual.

El Marco Conceptual para la información financiera de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), 2011 en Español, es donde se encuentran especificados los juicios que deben ser aplicados para la preparación y presentación de los estados financieros, tratando entre otros aspectos, la cualidad que distingue la utilidad de la información proporcionada a través de estos estados y la definición, el reconocimiento y la medición de los elementos que los componen. Hay que considerar el hecho de que la principal obligación relacionada con esta preparación y presentación, es propia de la gerencia de la entidad y se presume que los usuarios de estos informes tienen un entendimiento suficiente de las actividades económicas y lo relativo al funcionamiento del giro de los negocios, así como de su contabilidad, teniendo la voluntad de aprender sobre estos datos con suficiente esmero.

Conforme lo establece el Marco Conceptual para la información financiera, 2011 en Español, párrafos 4.37 y 4.38, “Se denomina reconocimiento al proceso de incorporación, en el balance o en el estado de resultados, de una partida que cumpla la definición del elemento correspondiente, satisfaciendo además los criterios para su reconocimiento establecidos en el párrafo 4.38. Ello implica la descripción de la partida con palabras y por medio de una cantidad monetaria, así como la inclusión de la partida en cuestión en los totales del balance o el estado de resultados. Las partidas que satisfacen el criterio de reconocimiento deben reconocerse en el balance o en el estado de resultados. La falta de reconocimiento de estas partidas no se puede rectificar revelando las

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políticas contables seguidas, ni tampoco a través de notas u otro material explicativo. Debe ser objeto de reconocimiento toda partida que cumpla la definición siempre que:

a. Que sea probable que cualquier beneficio económico asociado con la partida llegue a, o salga de la entidad; y

b. El elemento tenga un costo o valor que pueda ser medido con fiabilidad.

Al evaluar si una partida cumple estos criterios y, por tanto, cumple los requisitos para su reconocimiento en los estados financieros, es necesario tener en cuenta las condiciones de materialidad o importancia relativa (…) La interrelación entre los elementos significa que toda partida que cumpla las condiciones de definición y reconocimiento para ser un determinado elemento, por ejemplo un activo, exige automática y paralelamente el reconocimiento de otro elemento relacionado con ella, por ejemplo un ingreso o un pasivo.”

Los criterios expuestos en los párrafos anteriores son la base para el reconocimiento de cualquiera de los elementos de los estados financieros, sean activos, pasivos, ingresos o gasto. Por lo cual están presentes como parte integrante en la NIC 16.

3.1.2. Lineamientos para el reconocimiento en base a la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

Se debe considerar que esta norma no define una unidad de medición como tal para efectos de reconocimiento, por eso es importante utilizar un juicio objetivo que conforme a las circunstancias de cada caso en particular se aplique adecuadamente el lineamiento para que una

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transacción sea incluida dentro del Estado de Situación Financiera (Balance General). Para comprender mejor a que se refiere este lineamiento debe tomarse en conjunto la definición establecida en el párrafo 6 y lo establecido en el párrafo 7, que transcritos quedarían así:

(…) “Las propiedades, planta y equipo son los activos tangibles que:

(a) posee una entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos; y (b) se esperan usar durante más de un período.

(…) Un elemento de propiedades, planta y equipo se reconocerá como activo si, y sólo si:

(a) sea probable que la entidad obtenga los beneficios económicos futuros derivados del mismo, y (b) el costo del activo para la entidad pueda ser valorado con fiabilidad.10”

Los casos que se tomaron en consideración para esta investigación relacionados al reconocimiento de este tipo de elemento son:

a. Por adquisición b. Por construcción. c. Por permuta. Adicionalmente existen otras circunstancias que no se desarrollan por no ser parte del presente trabajo que son:

10 Ver análisis realizado en el numeral 2.1, del presente trabajo de investigación.

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a. Por donación.

b. Por proceso de adquisición cuando se entrega como pago parcial de otro activo fijo.

c. Por los activos recibidos como consecuencia de aportaciones de socios al constituir una sociedad o al ampliar el capital de la misma.

d. Por bienes adquiridos en moneda extranjera.

e. Los bienes adquiridos a través de Arrendamiento Financiero, lo cual es tratado en la NIC 17 Arrendamientos.

Hay que tomar en consideración que se da por terminado el proceso de reconocimiento del costo de un activo relacionado con Propiedades, Planta y Equipo, hasta el punto en que este ya esté ubicado en el lugar y en las condiciones que la administración ha decidido como ideales para su uso.

3.1.3. Reconocimiento en el caso de Adquisición.

Este se refiere a las transacciones en las cuales se obtiene directamente un activo a cambio de un desembolso de efectivo o al reconocimiento de una deuda, o la combinación de ambas (referencia párrafo 16, 17, 20 y 23).

3.1.4. Reconocimiento en el caso de Construcción.

En el caso de los bienes que son construidos por la propia organización, el costo se obtiene agregando al valor de adquisición de las materias primas (blocks, cemento, hierro, arena entre otros), aquellas erogaciones que puedan ser imputables directamente para que dicho bien este en el punto de uso que ha decidido la administración (referencia párrafo 16, 17, 20 y 22).

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3.1.5.

Reconocimiento en el caso de Permuta.

Esto se refiere a aquellas transacciones en la que se consigue el dominio de un bien y a cambio se entrega el dominio de otro, en donde ambos su característica es de ser “no monetarios”, aunque también puede ser el intercambio entre un bien “no monetario” por la combinación de otros “no monetarios y monetarios” (referencia párrafo 16, 7, 20 y 24).

3.2. Componentes del Costo.

Esto se define como los gastos realizados para la obtención de un bien y en el caso de Propiedades, Planta y Equipo (referencia párrafos 16 y 17) están conformados por los elementos siguientes:

a. El valor del bien por el cual se le adquirió al proveedor, más los desembolsos en concepto de aranceles si el bien es importado, más los impuestos no recuperables que conforme a la legislación tributaria vigente a la fecha de la transacción sean aplicables (la Ley del Impuesto al Valor Agregado, Decreto 27-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992), artículo 16, establece las circunstancias en que este impuesto puede ser compensado o formar parte del costo), esto posterior a cualquier tipo de rebaja o descuento aplicado por el proveedor.

b. Aquellos gastos que puedan identificarse y que tengan relación directa con el proceso de ubicación del activo en el lugar hasta el punto en que este ya cumpla con las condiciones que la administración ha dispuesto como ideales para su utilización, por ejemplo:

1. Cuando corresponda la preparación del terreno para que este sea apto para instalar el activo.

2. Los gastos necesarios de transporte para llevar el bien al punto de uso.

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3. Los gastos incurridos durante la instalación, montaje, y comprobación del funcionamiento adecuado del activo fijo.

4. Los honorarios profesionales incurridos durante el transcurso de la adquisición.

Asimismo, se excluyen los siguientes tipos de gastos:

1. Los gastos adicionales que se realicen para complementar la puesta en funcionamiento o aquellos originados por operar debajo de la capacidad estimada del activo, después de haberse considerado según los criterios de la administración como disponible para su uso.

2. Las pérdidas operacionales que se originen al inicio por no contar con la demanda del producto necesaria.

3. Los gastos cuyo origen se deba a la reubicación o reorganización de las explotaciones de la entidad, tanto en forma parcial como total.

c. El valor estimado de los desembolsos que serán necesarios para desmantelar, retirar y rehabilitar el lugar donde se encontraba ubicado el activo fijo. Este valor puede ser incorporado si existe el compromiso inicial de hacerlo (normalmente documentado a través de un contrato) y que pueda ser reconocido y medido conforme a lo establecido con la Norma de Contabilidad 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes.

3.3. Medición del Costo al momento del reconocimiento.

Este se mide por el valor del coste en el momento preciso de su reconocimiento y que consiste en el valor equivalente al efectivo en la fecha en que la transacción cuando es incluida en el elemento del estado financiero, abarca los casos que

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corresponden a los intereses contemplados en la Norma Internacional de Contabilidad 23 Costos por Préstamos (NIC 23).

Corresponde aplicar valor razonable en los casos de intercambio como bienes no monetarios y para los cuales no existe otros comparables con fiabilidad y que no tengan carácter de “no comercial”. Si no puede aplicarse valor razonable, el coste debe ser medido por el valor en libros del activo entregado.

Tomando en consideración los aspectos anteriormente descritos, puede elaborarse un cuadro relativo a los componentes del costo que puede servir de guía, el cual quedaría de la forma siguiente:

Cuadro No. 6 Guía de los Componentes del Costo según casos aplicables desarrollados en el presente trabajo, conforme lo establecido en la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo.

Componentes del Costo Caso Adquisición Caso Construcción Caso Permuta

a. Preciodeadquisición

b. Arancelesdeimportación

c. Impuestos indirectos no recuperables (I.V.A., en casos que aplica, licencias de construcción, Registro de la PropiedadInmueble).

d. Costos relacionados directamenteenlaubicacióndel activo.

e. Estimacióninicialdeloscostos de desmantelamiento o retiro, rehabilitacióndellugarsobreel queseasientaelactivo.

Si Si/No Si/No

Si Si Si/No

Si No Si/No

No Si No

Si Si Si

Fuente: Investigación de campo, 2011.

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3.4. Referencia de otras Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) relacionadas con la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16).

Cada norma debe ser aplicada en lo que corresponde a la contabilización de las transacciones para las cuales fueron emitidas, exceptuándose los casos en los que otra Norma Internacional de Contabilidad o de Información Financiera, en lo que corresponda exijan o permitan que se aplique un tratamiento diferente.

Adicional a lo definido en el Marco Conceptual las normas siguientes están relacionadas en el proceso de registro inicial de los casos prácticos del presente trabajo:

a. Norma Internacional de Contabilidad 1 Presentación de estados financieros (NIC 1).

b. Norma Internacional de Contabilidad 23 Costos por préstamos (NIC 23).

c. Norma Internacional de Contabilidad 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes (NIC 37).

En las NIIF para PYMES, estos temas los ubicamos en las secciones siguientes:

a. Sección 2 Conceptos y principios generales.

b. Sección 3 Presentación de estados financieros.

c. Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo.

d. Sección 21 Provisiones y contingencias.

e. Sección 25 Costos por préstamos.

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4. Casos prácticos.

Capítulo IV.

4.1. En el caso de adquisición que incluyen los aspectos siguientes: costo del producto, el pago de impuestos no reintegrables, traslados, instalación y desinstalación (en este último aspecto la relación que tiene la desinstalación con la Norma Internacional de Contabilidad 37 Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes).

4.1.1. Enunciado.

Para evaluar este caso partiremos del siguiente escenario: la entidad JD Comercializadora y Productora S. A. (nombre ficticio), adquiere un bien inmueble situado a la vecindad de las instalaciones de las bodegas de la empresa para uso administrativo, por un valor total de Q.1,120,000.00 que incluyen el valor del edificio y una pasarela que debe ser instalada para interconectar ambos inmuebles; este valor no incluye el terreno el cual no es adquirido en propiedad, el propietario del mismo por el hecho de haber comprado el edificio concede el uso de este terreno sin costo alguno por un plazo de veinte años con la condición de que al final de ese período el edificio sea desmantelado y dejar el terreno sin construcción alguna, todo esto queda establecido en un contrato. Todas estas operaciones llevan en su valor incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA) equivalente a un 12%, los desembolsos se realizaron a través de la cuenta bancaria de la empresa, la vida útil estimada para este bien es de veinte años, y se procederá a depreciarlo bajo el método de línea recta.

Asimismo, la empresa tiene que efectuar los siguientes desembolsos relacionados con esta adquisición:

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Gastos de escrituración, honorarios del abogado

Q.112,000.00

Costos por preparación del terreno e instalación de la pasarela Q.56,000.00

Honorarios del Registro de la Propiedad Inmueble Q.10,000.00

Se estima que el valor de los costos por desmantelamiento del inmueble basados en una cotización sobre este tipo de trabajo pueden ser de Q.166,000.00

Se realizan gastos en remodelaciones del bien inmueble para dejarlo en condiciones óptimas de uso conforme al criterio de la administración Q.336,000.00

4.1.2. Resolución.

Justificación: Todos los párrafos a los que se hace referencia en la presente justificación corresponden a la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo, 2011 en Español.

a. Este bien llena la condicionante de ser un activo tangible a ser considerado como parte de las Propiedades, Planta y Equipo porque su uso está relacionado con la administración y será utilizado por más de un período, en este caso veinte años (referencia párrafo 6).

b. También es probable la obtención de beneficios económicos por su empleo y la cuantía del mismo puede valorarse fiablemente (referencia párrafo 7).

c. Si un integrante de la sección de Propiedades, Planta y Equipo llena los requisitos para ser reconocido como tal, este debe ser medido por su costo (referencia párrafo 15).

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d. La acumulación de los costos de un elemento de Propiedades, Planta y Equipo incluidos en los registros contables concluirá cuando dicho elemento se localice en el lugar y circunstancias necesarias para poder utilizar conforme a lo establecido por la gerencia de la entidad (referencia párrafo 20).

e. Al cumplir lo establecido en las literales anteriores hay que considerar que el costo se integra por los siguientes elementos (referencia párrafo 16):

e.1. El valor pagado por el bien, los aranceles necesarios en los casos que procedan, los impuestos indirectos no recuperables, en este caso el criterio aplicado por Impuesto al Valor Agregado –I.V.A.- por ser un bien de uso administrativo no lo reconoce como crédito fiscal (en esta transacción aplica reconocer el Impuesto al Valor Agregado –I.V.A.- como parte del costo de adquisición por no ser parte del proceso de producción, comercialización o distribución, para esto “la Administración Tributaria aplicará los siguientes criterios: a) Que los bienes o servicios formen parte de los productos o de las actividades necesarias para su comercialización nacional o internacional. b) Que los bienes o servicios se incorporen al servicio o a las actividades necesarias para su prestación dentro o fuera del país.”11).

e.2. Los costos y gastos que estén directamente relacionados con ubicar el bien y que quede en las circunstancias necesarias para operar según lo definido por la gerencia.

e.3. De existir una obligación documentada, deben incluirse los gastos necesarios para el desmantelamiento del bien al final de su uso o el tiempo establecido en el contrato para este efecto.

11 Ley del Impuesto al Valor Agregado, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus modificaciones, Artículo 16 (1992).

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Cálculos aritméticos:

Concepto

Valor

ValorsinImpuestoalValorAgregado 1,000,000.00

ImpuestoalValorAgregado 120,000.00 Gastosdeescrituración 112,000.00 ArancelRegistrodelaPropiedadInmueble 10,000.00

Subtotal 1 1,242,000.00

Costosdepreparacióndelterreno 56,000.00 Gastosderemodelación 336,000.00

Subtotal 2 392,000.00

Estimacióndeloscostosdedesmantelamiento 166,000.00 Subtotal 3 166,000.00

Valor por el cual procede a darle ingreso al bien inmueble en los registros contables 1,800,000.00

Partida de Diario:

-PartidaNo.1-

Edificios 1,800,000.00 Bancos 1,634,000.00

ProvisiónparaDesmantelamientodeActivos 166,000.00 Registro adquisiciónde edificioparausodela administración, incluye los costos y gastos necesariosparasuempleoconformelorequiere

Laadministracióndelaentidad 1,800,000.00 1,800,000.00

Observación: Los valores correspondientes de los “Cálculos Aritméticos” y las “Partidas de Diario” son expresadosenQuetzales.

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4.2. En el caso de construcción y que se requiera de financiamiento para efectuar la obra (en este último aspecto la relación que tienen los costos por intereses del financiamiento de acuerdo a la Norma Internacional de Contabilidad 23 Costos por Intereses).

4.2.1. Enunciado.

Para evaluar este caso partiremos del escenario siguiente: la entidad JD Comercializadora y Productora S. A. (nombre ficticio), adquiere un terreno baldío en propiedad situado a la vecindad de las instalaciones de las oficinas administrativas de la empresa, por un valor total de Q.560,000.00; sobre dicho terreno se construirán las bodegas de producción y una sala de ventas, para realizar la adquisición del terreno y la construcción se adquiere un préstamo bancario por Q.2,500,000.00 que se cancelará en cinco cuotas durante un período de cinco años, con una tasa de interés anual del 12% sobre saldos, las cuotas sobre capital e intereses son al final de cada año. Asimismo, la empresa tiene que efectuar los desembolsos siguientes relacionados con esta adquisición:

Gastos de Escrituración, honorarios del abogado Q.56,000.00

Costos por preparación y urbanización del terreno Q.448,000.00 Honorarios del Registro de la Propiedad

Inmueble Q.10,000.00

Honorarios por elaboración de planos de las instalaciones y administración de la obra de construcción Q.403,200.00

Materiales de construcción, mano de obra de albañiles, pintura y accesorios de infraestructura Q.1,008,000.00

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Todas estas operaciones llevan en su valor incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) equivalente a un 12%, todos los desembolsos se realizaron a través de la cuenta bancaria de la empresa. La construcción se realiza en un período de un año.

4.2.2. Resolución.

Justificación: Todos los párrafos a los que se hace referencia en la presente justificación corresponden a la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo, 2011 en Español.

a. Este bien llena la condicionante de ser un activo tangible a ser considerado como parte de las Propiedades, Planta y Equipo porque su uso está relacionado con la producción y venta, y será utilizado por más de un período (referencia párrafo 6).

b. También es probable la obtención de beneficios económicos por su empleo y la cuantía del mismo puede valorarse fiablemente (referencia párrafo 7).

c. Si un integrante de la sección de Propiedades, Planta y Equipo llena los requisitos para ser reconocido como tal, este debe ser medido por su costo (referencia párrafo 15).

d. La acumulación de los costos de un elemento de Propiedades, Planta y Equipo que queda en los registros contables concluirá cuando dicho elemento se localice en el lugar y circunstancias necesarias para poder utilizar conforme a lo establecido por la gerencia de la entidad (referencia párrafo 20).

e. El importe del activo que sea edificado por la propia entidad, se determinará aplicando los mismos lineamientos utilizados para el caso de “adquisición” de Propiedades, Planta y Equipo (referencia párrafo 22), por lo tanto al cumplir lo establecido en las literales anteriores hay que

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considerar que el costo se integra por los siguientes elementos indicados en la literal “e” del numeral 4.2.1. del presente trabajo.

Cálculos aritméticos: Valor

Concepto sin IVA IVA Total

Valordeadquisicióndel terreno 500,000.00 60,000.00 560,000.00

Gastosdeescrituración 50,000.00 6,000.00 56,000.00

Preparaciónyurbanizacióndelterreno 400,000.00 48,000.00 448,000.00 InscripciónenelRegistrodelaPropiedad Inmueble 10,000.00 - 10,000.00 Elaboraciónplanosyadministracióndel proyecto 360,000.00 43,200.00 403,200.00 MaterialesdeConstrucción,ManodeObray otros 900,000.00 108,000.00 1,008,000.00

Subtotal 1 2,220,000.00 265,200.00 2,485,200.00

Interesescorrespondientealañoque durolaconstruccióndel inmueble 300,000.00 - 300,000.00 - - -

Total de la edificación 2,520,000.00 265,200.00 2,785,200.00

Calculo de los intereses por financiamiento. (2,500,000x0.12x365)/365=300,000.00

Partida de Diario:

Opción 1.

-PartidaNo.1-

Bancos 2,500,000.00 PréstamosBancariosLargoPlazo 2,500,000.00 Registrodelpréstamoobtenidoparafinanciar laedificaciónrealizadaporlaentidad 2,500,000.00 2,500,000.00

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-PartidaNo.2ConstruccionesenProceso 2,220,000.00 I.V.A.CréditoFiscal 265,200.00 Bancos 2,485,200.00 Registrodelaserogacionesrelacionadas conelprocesodeconstrucción 2,485,200.00 2,485,200.00

-PartidaNo.3ConstruccionesenProceso 300,000.00 Bancos 300,000.00 Registro de los intereses que corresponde capitalizarcomopartedelvalordelinmueble segúnNIC23 300,000.00 300,000.00

-PartidaNo.4-

Inmuebles 2,520,000.00 ConstruccionesenProceso 2,520,000.00 Registro delaconclusióndelInmueble yregularizarConstruccionesenProceso. 2,520,000.00 2,520,000.00

Opción 2.

-PartidaNo.1Bancos 2,500,000.00 PréstamosBancariosLargoPlazo 2,500,000.00 Registrodelpréstamoobtenidoparafinanciar Laedificaciónrealizadaporlaentidad 2,500,000.00 2,500,000.00

-PartidaNo.2-

Inmuebles 2,220,000.00 I.V.A.CréditoFiscal 265,200.00 Bancos 2,485,200.00 Registrodelaserogacionesrelacionadas conelprocesodeconstrucción 2,485,200.00 2,485,200.00

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-PartidaNo.3-

Inmuebles 300,000.00

Bancos 300,000.00 Registro de los intereses que corresponde capitalizarcomopartedelvalordelinmueble segúnNIC23 300,000.00 300,000.00

Observación: Los valores correspondientes de los “Cálculos Aritméticos” y las “Partidas de Diario” son expresadosenQuetzales.

4.3. Enelcasodeadquisiciónporpermuta.

4.3.1. Enunciado.

Para evaluar este caso partiremos del siguiente escenario: la entidad JD Comercializadora y Productora S. A. (nombre ficticio), adquiere a través de permuta un bien inmueble (incluye terreno y edificio) a las inmediaciones del Puerto Quetzal en el municipio de San José, en el Departamento de Escuintla, el cual se destinará para uso de bodegas de producción y distribución, lo cual permitirá incrementar la producción y disminuir costos de traslado para los productos que son exportados a través de la estación portuaria en Escuintla; para lo cual se entrega un bien inmueble (incluye terreno y edificio) propiedad de la entidad ubicado en la ruta al Atlántico, zona 18 de la ciudad de Guatemala; el valor de la transacción es convenida en Q.2,240,000.00 (valor comercial, incluye el Impuesto al Valor Agregado el cual se paga en efectivo). El bien inmueble ubicado en la ciudad de Guatemala, tenía una depreciación acumulada a la fecha del intercambio de Q.1,100,000.00 y su valor original de adquisición era de Q.2,000,000.00.

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4.3.2. Resolución.

Justificación: Todos los párrafos a los que se hace referencia en la presente justificación corresponden a la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo, 2011 en Español.

a. Este bien llena la condicionante de ser un activo tangible a ser considerado como parte de las Propiedades, Planta y Equipo porque su uso está relacionado con la producción y distribución, y será utilizado por más de un período (referencia párrafo 6).

b. También es probable la obtención de beneficios económicos por su empleo y la cuantía del mismo puede valorarse fiablemente (referencia párrafo 7). En este caso es aceptado por el valor razonable establecido por las partes relacionadas con la transacción (referencia párrafo 24).

c. El uso del bien adquirido en el Departamento de Escuintla tiene intencionalidad comercial, y la incorporación del mismo tendrá un efecto directo en los flujos de efectivo futuros derivados del incremento de la producción y la disminución de costos (referencia párrafo 25).

Cálculos aritméticos:

Bien adquirido.

Valorrazonableestablecidoparaelbienubicado enPuertoQuetzal,enelMunicipiodeSanJosé, DepartamentodeEscuintla. 2,000,000.00

ImpuestoalValorAgregado. 240,000.00

Valortotal. 2,240,000.00

Valor en libros del bien entregado.

Valororiginal. 2,000,000.00 Depreciaciónacumulada. (1,100,000.00)

Valorenlibros. 900,000.00

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Valorbienadquirido. 2,000,000.00 Valorbienentregado. 900,000.00 GananciaenlaPermuta. 1,100,000.00

Partida de Diario: -PartidaNo.1-

Inmuebles 2,000,000.00 I.V.A.CréditoFiscal 240,000.00 DepreciaciónAcumulada 1,100,000.00

Inmuebles 2,000,000.00 Bancos 240,000.00 GananciaenPermutadeActivosFijos 1,100,000.00 Registrodebieninmuebleadquiridoenel MunicipiodeSanJosé,Escuintla,porel cualfueentregadoelinmueblesituadoen laciudaddeGuatemala,elI.V.A.sepaga enefectivo. 3,340,000.00 3,340,000.00

Observación: Los valores correspondientes de los “Cálculos Aritméticos” y las “Partidas de Diario” son expresadosenQuetzales.

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Determinación de Ganancia o Pérdida en la Permuta.
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Análisis de Resultados.

Conforme al cuestionario de recolección de datos (ver anexos), se obtuvieron los resultados relevantes siguientes:

1. El 92% de los estudiantes respondieron haber obtenido conocimiento de la Norma Internacional de Contabilidad No 16 Propiedades, Planta y Equipo, a nivel universitario, pero existe un 15% que no sabe que dicha normativa está vigente en Guatemala.

2. El 85% tiene conocimiento de la vigencia en Guatemala de la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo, pero el 45% no conoce la interpretación y aplicación de dicha norma contable.

3. Las variación que consideran los alumnos poseer de los lineamientos de los procedimientos para el reconocimiento inicial en los casos de adquisición es del 28%, en construcción el 18% y de permuta un 13%; sugiere que no hay un apropiado manejo del lenguaje técnico para poder interpretar y aplicar la norma, ya que el caso más común es el de adquisición; y el primero que se aprende; y el de permuta es el menos frecuente, pero los tres casos están incluidos en los cursos de Contabilidad Básica y Contabilidad Avanzada.

4. El 48% no posee el conocimiento pertinente sobre los controles internos para este rubro y el 62% desconoce las principales divergencias entre la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República (1992). Lo cual repercute en la eficacia del trabajo a nivel profesional, tanto en la calidad de contador como de auditor, y puede generar contingencias fiscales.

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Conclusiones.

De acuerdo con los objetivos de está investigación y el análisis realizado se derivan las conclusiones siguientes:

1. El indagar sobre el pronunciamiento técnico establecido en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), permite al profesional que ejerce la Contaduría Pública y Auditoría y al estudiante de esta profesión, poseer el conocimiento pertinente sobre los lineamientos que debe cumplir al respecto del registro inicial de las transacciones financieras de una entidad, con lo cual se obtiene una presentación razonable de la situación financiera de la organización y al incorporar adecuadamente un hecho financiero y/o económico que cumpla con los requerimientos para formar parte de los estados financieros, permite que pueda ser valuado confiablemente en los casos subsecuentes correspondientes a mediciones posteriores. En el presente trabajo se logro esto partiendo de lo establecido en la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo, y comparándolo con otras definiciones bibliográficas lo que permite tener una referenciación analógica que brinda un criterio más amplio para la interpretación y aplicación de esta normativa contable.

2. La aplicación práctica de este tema se facilita al estructurar el desarrollo de un caso en la forma siguiente: (a) presentarlo inicialmente como un enunciado para visualizar los elementos que integran la transacción; (b) sustentar el criterio que se aplica a través de justificarlo conforme a los lineamientos definidos por la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo; ( c ) efectuar posteriormente los cálculos aritméticos que proceden y que son la base para la partida de diario que debe ser asentada en el Libro de Diario de la entidad.

3. Al identificar oportuna y objetivamente las divergencias entre la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República (1992), proporciona a la administración y al Contador Público y Auditor la información

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financiera adecuada para preparar razonablemente la declaración del tributo respectivo. Esta investigación provee un formato que sirve apropiadamente como guía para vislumbrar las divergencias que surjan entre el aspecto técnico contable y los requisitos tributarios a los que esta afecto una institución, evitando así multas y recargos innecesarios. Adicionalmente es importante contar con un Cuadro Conciliatorio entre los saldos contables reportados en base a NIIF y los que sirven de pase para el cálculo, presentación y pago de la declaración tributaria correspondiente.

4. El conocimiento del control interno aplicable a estos activos otorga una herramienta valiosa al Contador Público y Auditor, para el resguardo y control de las Propiedades, Planta y Equipo, lo que confiere un valor agregado a su trabajo. Para este rubro los controles internos básicos son:

f. Establecimiento de la división del trabajo, que requiere la implementación de cuatro procesos: autorizar, aprobar, ejecutar y registrar.

g. Fijación de responsabilidad a través de definiciones de puesto y procedimientos contables y administrativos.

h. Registro oportuno de todo cargo y descargo.

i. Utilización de registros auxiliares que deben ser cotejados contra el libro Mayor.

5. El análisis de las principales razones financieras que aplican a Propiedades, Planta y Equipo, son: a.) Relación de Ventas a Propiedades, Planta y Equipo, la cual permite visualizar los posibles excesos de capacidad instalada o las ineficiencias en el aprovechamiento de este rubro por parte de la administración para producir o generar ventas; y b.) La relación de Capital a Propiedades, Planta y Equipo, que permite concebir la proporción del capital de los inversionistas utilizado para esta sección de los activos. Se llama la atención al hecho de que este tipo de

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indicadores debe ser analizado con prudencia por la integración de cada uno de los rubros que lo componen.

6. El conocimiento apropiado de la historia de la contabilidad y de las instituciones que norman su aplicación, proporciona el discernimiento necesario para comprender ¿qué?, ¿porqué? y ¿cómo? debe registrarse una transacción económica y financiera como parte de la preparación y presentación de los Estados Financieros.

7. El desarrollo de casos prácticos de la teórica establecida en la Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo, en lo concerniente al reconocimiento inicial de los casos de adquisición, construcción y permuta; logra facilitar la comprensión de dichos requisitos a través del esquema siguiente: enunciado, justificación, cálculos aritméticos y partidas de diario.

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Recomendaciones.

Tomando como base las conclusiones anteriores, son propuestas las recomendaciones siguientes:

1. A las universidades del país y en especial a la Universidad Mariano Gálvez de Guatemala, implementar en el pensum de estudios de la carrera de Contador Público y Auditor, cursos específicos sobre el uso y aplicación práctica de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), independientes de los cursos de contabilidad ya vigentes.

2. A las universidades del país y en especial a la Universidad Mariano Gálvez de Guatemala, implementar dentro del programa del Curso de Legislación Tributaria de la carrera de Contador Público y Auditor, el estudio de las principales divergencias entre las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y la legislación tributaria vigente.

3. A las universidades del país y en especial a la Universidad Mariano Gálvez de Guatemala, implementar un programa independiente de verificación del aprendizaje relacionado con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) en diferentes niveles del desarrollo de la carrera Contador Público y Auditor. Esto permitirá tomar medidas correctivas oportunamente.

4. Al Colegio de Contadores Públicos y Auditores (CPA) y al Instituto Guatemalteco de Contadores Públicos y Auditores (IGCPA), desarrollar programas de capacitación a nivel universitario que permitan empezar a preparar

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adecuadamente desde los inicios como estudiantes a los futuros profesionales de la Contaduría Pública y Auditoría.

5. Al estudiante en general de la carrera de Contador Público y Auditor, tener una capacitación constante sobre la contabilidad y de las normas, técnicas y legislación que la rigen o están relacionadas con su aplicación. Esto a través del estudio en clases presenciales en las universidades, seminarios, práctica, discusiones y especialmente en investigación.

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ANEXOS

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ANEXO 1.

Cuestionario de Recolección de Datos.

Universidad Mariano Gálvez de Guatemala Facultad de Ciencias Económicas Carrera de Contador Público y Auditor

Aplicación del reconocimiento inicial de Propiedades, Planta y Equipo de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad No. 16 (NIC 16) “Caso de estudio adquisición de bienes inmuebles”

Instrucciones: se solicita, por favor, ser objetivos y claros en sus respuestas. Marcar con una X en los casos que se requiere una respuesta de Sí ó No, en las líneas de ¿por qué?, especifique o explique, indicar en forma puntual la ampliación o justificación de su respuesta positiva o negativa para poder darle una interpretación adecuada a la misma. 1. ¿Tiene conocimiento sobre la vigencia y aplicación en Guatemala de la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo?

¿Conoce la interpretación y aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo?

¿Considera tener el conocimiento pertinente sobre los lineamientos del Reconocimiento Inicial de un bien inmueble para su incorporación en los registros

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Investigador: Jorge Luis Porras Herrera Asesor: Lic. Héctor Monge
Sí _______________
_______________ ¿Por
________________________________________________________ _____________
Sí _______________ Especifique:____________________________________ No _______________ Especifique:____________________________________
No
qué?
2.
3.

contables conforme los lineamientos establecidos por la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo?

4. ¿Considera tener el conocimiento adecuado sobre los lineamientos aplicables en el Reconocimiento Inicial de bienes inmuebles conforme lo establecido por la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo en el caso de “Adquisición”?

5. ¿Considera tener el conocimiento adecuado sobre los lineamientos aplicables en el Reconocimiento Inicial de bienes inmuebles conforme lo establecido por la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo en el caso de “Construcción”? Sí _______________ No _______________ ¿Explique?_________________________________________ _______________

6. ¿Considera tener el conocimiento adecuado sobre los lineamientos aplicables en el Reconocimiento Inicial de bienes inmuebles conforme lo establecido por la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo en el caso de “Permuta”? Sí _______________ No _______________ ¿Explique?_________________________________________ _______________

7. ¿Considera poseer el conocimiento adecuado sobre los lineamientos básicos de Control Interno aplicables al rubro de Propiedades, Planta y Equipo en el caso de bienes inmuebles?

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Sí _______________ No _______________ ¿Explique?_________________________________________ _______________
Sí _______________ No _______________ ¿Explique?_________________________________________ _______________
Sí _______________ No _______________ ¿Explique?_________________________________________ _______________

8. ¿Tiene conocimiento de las principales divergencias entre la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus reformas?

Sí _______________ No _______________ ¿Especifique?______________________________________ _______________

9. ¿En qué etapa de su formación académica obtuvo conocimiento sobre Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo?

Diversificado: _________ Especifique en que curso: ______________________ Universidad: _________ Especifique en que curso: ______________________

Otros: _________ Especifique en que curso: ___________________

10. ¿Considera que el conocimiento y aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo tiene relevancia e importancia en su carrera profesional como Contador Público y Auditor?

Sí _______________ No _______________ ¿Por qué?________________________________________________________

Este cuestionario fue realizado a los alumnos del curso Análisis e Interpretación de Estados Financieros, del Octavo Ciclo de Contaduría Pública y Auditoría (Plan sábado) de la Universidad Mariano Gálvez de Guatemala (Campus Central), en forma voluntaria y anónima el 19 de noviembre de 2011, se tomaron en cuenta sólo las evaluaciones devueltas por los estudiantes.

Fuente: Investigación de campo, Noviembre de 2011.

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ANEXO 2.

Análisis de los Resultados del Cuestionario de Recolección de Datos.

A continuación se presentan los resultados obtenidos en el Cuestionario de Recolección de Datos indicado en el Anexo 1, los cuales son graficados y analizados en función del orden de las preguntas realizadas: Gráfico No. 1 ¿Tiene conocimiento sobre la vigencia y aplicación en Guatemala de la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo?

Respondieron40de43 34=85%[SI]/ 11=15%[NO] 85%

15%

Fuente:InstrumentodeRecoleccióndeDatos,Noviembrede2011.

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Aunque un 85% respondieron conocer la vigencia de la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo, es inquietante que un 15% consideren desconocer su vigencia, cuando para llegar al curso de Análisis e Interpretación de Estados Financieros ya recibieron siete cursos de contabilidad y uno de Auditoría. De los 43 cuestionarios, tres fueron devueltos en blanco, lo que implica que un 7% no les interesó de forma alguna contestar y tener la oportunidad de expresar su opinión al respecto de este tema.

Gráfico No. 2

¿Conoce la interpretación y aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo?

Respondieron40de43 22=55%[SI]/18=45%[NO]

Fuente:InstrumentodeRecoleccióndeDatos,Noviembrede2011.

Como se menciona en la interpretación de la gráfica No. 1, para llegar al curso de Análisis e Interpretación de Estados Financieros ya recibieron siete cursos de contabilidad y uno de Auditoría, lo cual es preocupante, porqué un rubro que aparece en el activo de la mayoría de entidades, no se puede desconocer su interpretación y aplicación normativa, según un 45% de los cuestionarios. De los 43 cuestionarios, tres fueron devueltos en blanco, lo que implica que un 7% no les interesó de forma alguna contestar y tener la oportunidad de expresar su opinión al respecto de este tema.

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55% 45%

Gráfico No. 3

¿Considera tener el conocimiento pertinente sobre los lineamientos del Reconocimiento Inicial de un bien inmueble para su incorporación en los registros contables conforme los lineamientos establecidos por la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo?

Respondieron40de43 15=38%[SI]/25=62%[NO] 38%

62%

Fuente:InstrumentodeRecoleccióndeDatos,Noviembrede2011.

Siendo el proceso de Reconocimiento Inicial, los lineamientos y condicionantes que una transacción debe cumplir para ser incorporada en cualquiera de los elementos de los estados financieros, es inquietante que un 62% de un grupo de alumnos de Contaduría Pública y Auditoría que están a tres semestres de cerrar pensum de estudio no tengan el conocimiento pertinente de este punto. De los 43 cuestionarios, tres fueron devueltos en

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blanco, lo que implica que un 7% no les interesó de forma alguna contestar y tener la oportunidad de expresar su opinión al respecto de este tema.

Gráfico No. 4

¿Considera tener el conocimiento adecuado sobre los lineamientos aplicables en el Reconocimiento Inicial de bienes inmuebles conforme lo establecido por la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo en el caso de “Adquisición”?

Respondieron40de43 11=28%[SI]/ 29=72%[NO]

28%

72%

Fuente:InstrumentodeRecoleccióndeDatos,Noviembrede2011.

Siendo el caso de “Adquisición” una de las formas básicas del proceso de incorporación de los activos de Propiedades, Planta y Equipo, y de lo primero que se incluye en el pensum de Contabilidad Básica, el hecho que el 72% considere no tener el conocimiento adecuado sobre este punto, implica que una parte considerable de estudiantes se han preocupado únicamente de prepararse para ganar una evaluación sin importar adquirir el

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conocimiento adecuadamente. De los 43 cuestionarios, tres fueron devueltos en blanco, lo que implica que un 7% no les interesó de forma alguna contestar y tener la oportunidad de expresar su opinión al respecto de este tema.

Gráfico No. 5

¿Considera tener el conocimiento adecuado sobre los lineamientos aplicables en el Reconocimiento Inicial de bienes inmuebles conforme lo establecido por la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo en el caso de “Construcción”?

Respondieron 40 de 43 7=18%[SI] / 33=82%[NO] 18% 82%

Fuente:InstrumentodeRecoleccióndeDatos,Noviembrede2011.

Siendo el caso de “Construcción” una de las formas básicas del proceso de incorporación de los activos de Propiedades, Planta y Equipo, pero menos frecuente que el caso de “Adquisición” es contradictorio que solo el 18% tengan el conocimiento adecuado para el reconocimiento inicial del caso de “Construcción” contra 28% que considera tener el conocimiento adecuado sobre el caso de “Adquisición” (ver Gráfico No. 4 de anexos), el

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cual es más frecuente. Esto podría implicar que una parte considerable de estudiantes no tienen una idea clara de los casos cuando estos le son planteados en un lenguaje técnico. Lo que significa que se han preocupado únicamente de prepararse para ganar una evaluación sin importar el adquirir el conocimiento adecuadamente. De los 43 cuestionarios, tres fueron devueltos en blanco, lo que implica que un 7% no les interesó de forma alguna contestar y tener la oportunidad de expresar su opinión al respecto de este tema.

Gráfico No. 6

¿Considera tener el conocimiento adecuado sobre los lineamientos aplicables en el Reconocimiento Inicial de bienes inmuebles conforme lo establecido por la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo en el caso de “Permuta”?

Respondieron 40 de 43 5=13%[SI] / 35=87%[NO] 13% 87%

Fuente:InstrumentodeRecoleccióndeDatos,Noviembrede2011.

Siendo el caso de “Permuta” una de las formas básicas del proceso de incorporación de los activos de Propiedades, Planta y Equipo, pero menos frecuente que el caso de “Adquisición” y “Construcción” es contradictorio que solo el 13% tengan el conocimiento adecuado para el reconocimiento inicial del caso de “Permuta” contra 28% que considera tener el conocimiento adecuado sobre el caso de “Adquisición” y 18% en

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el caso de “Construcción”, los cuales son más frecuentes (ver Gráfico No. 4 y No.5 de anexos). Esto podría implicar que una parte considerable de estudiantes no tienen una idea clara de los casos cuando estos le son planteados en un lenguaje técnico. Lo que significa que se han preocupado únicamente de prepararse para ganar una evaluación sin importar el adquirir el conocimiento adecuadamente. De los 43 cuestionarios, tres fueron devueltos en blanco, lo que implica que un 7% no les interesó de forma alguna contestar y tener la oportunidad de expresar su opinión al respecto de este tema. Gráfico No. 7

¿Considera poseer el conocimiento adecuado sobre los lineamientos básicos de Control Interno aplicables al rubro de Propiedades, Planta y Equipo en el caso de bienes inmuebles?

48%

Respondieron 40 de 43 21=52%[SI] / 19=48%[NO] 52%

Fuente:InstrumentodeRecoleccióndeDatos,Noviembrede2011.

Siendo el Control Interno el proceso diseñado, implementado y mantenido por los encargados del gobierno corporativo, la administración y otro personal para brindar seguridad razonable sobre el logro de los objetivos de una entidad, respecto a la confiabilidad de la información financiera, efectividad y eficiencia de las operaciones, y al cumplimiento con leyes y reglamentos aplicables; es preocupante que el 48% no posee el conocimiento básico sobre este tema, el cual tiene importancia tanto a nivel de

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contabilidad como de auditoría. De los 43 cuestionarios, tres fueron devueltos en blanco, lo que implica que un 7% no les interesó de forma alguna contestar y tener la oportunidad de expresar su opinión al respecto de este tema.

Gráfico No. 8

¿Tiene conocimiento de las principales divergencias entre la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto 26-92 del Congreso de la República y sus reformas?

Respondieron40de43 15=38%[SI]/25=62%[NO]

38%

62%

Fuente:InstrumentodeRecoleccióndeDatos,Noviembrede2011.

Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dan los lineamientos técnicos para la preparación y presentación de Estados Financieros, la Ley del Impuesto Sobre la Renta se basa en los registros contables para establecer los lineamientos que deben considerarse para efectos del cálculo y pago de un tributo, no comprender las divergencias que existen entre ambos parámetros puede influir en preparar y presentar estados financieros basados en una ley tributaria en lugar de la normativa contable o basándose en la normativa contable incurrir en infracciones y pago de multas por no

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contemplar lo especificado por la ley que regula el impuesto especifico. Esto es lo preocupante, que el 62% de las respuestas sea que no conocen las divergencias que existen al respecto. De los 43 cuestionarios, tres fueron devueltos en blanco, lo que implica que un 7% no les interesó de forma alguna contestar y tener la oportunidad de expresar su opinión al respecto de este tema.

Gráfico No. 9

Respondieron40de 43 2=Diversificado (5%) / 37=Universidad(92%) / 1=Otros (3%)

1

¿En qué etapa de su formación académica obtuvo conocimiento sobre Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo? 2

1 010203040

37

Fuente:InstrumentodeRecoleccióndeDatos,Noviembrede2011.

El hecho de que el 92% de las respuestas indican que hasta en la universidad obtuvieron conocimiento sobre esta norma contable, denota la importancia que tiene en la formación del futuro Contador Público y Auditor el contenido del pensum de estudio universitario, lo cual debe ser mejorado y actualizado constantemente, tanto a nivel teórico como práctico. De los 43 cuestionarios, tres fueron devueltos en blanco, lo que implica que un 7% no les interesó de forma alguna contestar y tener la oportunidad de expresar su opinión al respecto de este tema.

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Gráfico No. 10

¿Considera que el conocimiento y aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad 16, Propiedades, Planta y Equipo tiene relevancia e importancia en su carrera profesional como Contador Público y Auditor?

13%

Respondieron 40 de 43 35=87%[SI] / 5=13%[NO] 87%

Fuente:InstrumentodeRecoleccióndeDatos,Noviembrede2011.

El que un 13% considere que el conocimiento de la norma contable no tiene relevancia e importancia en su carrera profesional como Contador Público y Auditor, puede implicar que su desarrollo en el campo laboral está enfocado a otras áreas distintas y solo requieren de poseer el título universitario como un reconocimiento o un requisito administrativo. De los 43 cuestionarios, tres fueron devueltos en blanco, lo que implica que un 7% no les interesó de forma alguna contestar y tener la oportunidad de expresar su opinión al respecto de este tema.

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ANEXO 3.

Auxiliar de Propiedades, Planta y Equipo.

JDCONSULTORES,S.A. CONTROLAUXILIARDEPROPIEDADES,PLANTAYEQUIPO

CODIGO DEL ACTIVO: 1-01-1-01-0000000001

CODIGO CONTABLE: 1201001/1201991

DESCRIPCIÓN: Bodega para uso administrativo, incluye pasarela, El terreno no es propiedad de la entidad, el cual debe ser devuelto a su propietario en un período de 20 años.

VALOR : Q.1,800,000.00

REFERENCIA SOPORTE: Liquidación No.180-20X0 del 17/12/X0

METODO DE DEPRECIACIÓN: Línea recta por un período de 20 años.

UBICACIÓN: Ciudad de Guatemala, Guatemala.

RESPONSABLE: Gerente General

HISTORIAL DE DEPRECIACION:

20X0 - 20Y1 90,000.00

20X1 90,000.00 20Y2 90,000.00

20X2 90,000.00 20Y3 90,000.00 20X3 90,000.00 20Y4 90,000.00

20X4 90,000.00 20Y5 90,000.00

20X5 90,000.00 20Y6 90,000.00 20X6 90,000.00 20Y7 90,000.00

20X7 90,000.00 20Y8 90,000.00 20X8 90,000.00 20Y9 90,000.00

20X9 90,000.00 20Z0 90,000.00 20Y0 90,000.00 20Z1 -

VALOR REPARACIONES: 20X0 - 20Y1 5,000.00

20X1 15,000.00 20Y2 5,000.00 20X2 - 20Y3 25,000.00

20X3 15,000.00 20Y4 4,500.00 20X4 5,000.00 20Y5 3,000.00

20X5 - 20Y6 30,000.00

20X6 25,000.00 20Y7 2,500.00

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20X7 7,000.00

20Y8 31,000.00

20X8 - 20Y9 1,500.00

20X9 - 20Z0 35,000.00

20Y0 25,000.00 20Z1 -

ANEXO 4.

Definiciones de términos más utilizados.

A continuación se transcribe la definición de varios términos que son importantes conocer, para entender de mejor forma la teoría desarrollada en los capítulos anteriores. Cabe mencionar que esta terminología tiene más de una definición y es adecuado considerar los diversos puntos de vista para tener un mejor criterio sobre la interpretación de cada palabra:

1.4.1. Activo.

1.4.1.1 De acuerdo con KHOLER (1982, página 13), es: “(…) Cualquier objeto físico (tangible) que se posea, o derecho (intangible) en propiedad, que tenga un valor en dinero. Un artículo o fuente de riqueza, expresado en función de su costo, costo depreciado o, con menos frecuencia, algún otro valor o costo que beneficie a un período futuro. (…)”

1.4.1.2 Según la International Accounting Standards Committe Foundation –IASB- a través del Marco Conceptual para la Información Financiera, Parte A en los párrafos 4.8 y 4.9 (2011 en Español, página A41) define que son: “Los beneficios económicos futuros incorporados a un activo consisten en el potencial del mismo para contribuir directa o indirectamente, a los flujos de efectivo y de otros equivalentes al efectivo de la entidad. Puede ser de tipo productivo, constituyendo parte de las actividades de operación de la entidad. Puede también tomar la forma de convertibilidad en efectivo u otras partidas equivalentes, o bien de capacidad

para reducir pagos en el futuro, tal como cuando un proceso alternativo de manufactura reduce el costo de producción. Usualmente, una entidad emplea sus activos para producir bienes o servicios capaces de satisfacer deseos o necesidades de los clientes; puesto que estos bienes o servicios satisfacen tales deseos o necesidades, los clientes están dispuestos a pagar por ello y, por tanto, a contribuir a los flujos de efectivo de la entidad. El efectivo, por si mismo, rinde un servicio a la entidad por la posibilidad de obtener, mediante su utilización, otros recursos.”

1.4.1.3 Según el Diccionario de la Real Academia Española (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, lo define: “(…) Conjunto de todos los bienes y derechos con valor monetario que son propiedad de una empresa, institución o individuo, y que se reflejan en su contabilidad (…)”.

1.4.2. Analogía.

1.4.2.1 De acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, lo define: “(…) Relación de semejanza entre cosas distintas. (…) Razonamiento basado en la existencia de atributos semejantes en seres o cosas diferentes (…) Método por el que una norma jurídica se extiende, por identidad de razón, a casos no comprendidos en ella (…)”

1.4.2.2 Según la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT- (2007 diciembre), página Cultura Tributaria, disponible en http://www.sat.gob.gt, expresa la siguiente definición: “Analogía: En algunos países, se considera la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón. Supone la existencia de una laguna en la ley y requiere: a) La falta de una disposición aplicable en casos concretos; y, b) Que exista una semejanza entre el hecho regulado y el hecho por regular. En Guatemala no se considera la analogía.”

1.4.3. Asiento de Diario.

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1.4.3.1 Para KHOLER (1982 página 13), se considera que: “(…)Una partida en, o preparada para su registro en un libro de entrada original, el cual interpreta una transacción comercial en términos contables y que muestra las cuentas que han de cargarse y acreditarse, juntamente con una descripción explicativa de dicha transacción. Frecuentemente las transacciones se analizan en forma de asiento de diario con el fin de demostrar su efecto sobre las cuentas.”

1.4.3.2 De acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, lo define: “(…) Anotación que se hace en los libros de cuentas para registrar una operación contable (…)”

1.4.3.3 Según definición publicada en Wikipedia (2010 noviembre), disponible en htpp://ww.wikipedia.org: “(…) Los asientos son anotaciones registradas por el sistema de partida doble y contienen entradas de débito en una o más cuentas y crédito en otra(s) cuenta(s) de tal manera que la suma de los débitos sea igual a la suma de los créditos. Se garantiza así que se mantenga la ecuación de contabilidad(…)”

1.4.4. Bienes.

1.4.4.1 El Diccionario de la Real Academia Española (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, lo define: “Utilidad, beneficio. Patrimonio, hacienda, caudal. En la teoría de los valores, la realidad que posee un valor positivo y por ello es estimable. (…) Bienes Inmuebles. Tierras, edificios, caminos, construcciones y minas, junto con los adornos o artefactos incorporados, así como los derechos a los cuales atribuye la ley esta consideración. (…) Bienes Muebles. Los que, por oposición a los inmuebles, se caracterizan por su movilidad y posibilidad de traslación, y ciertos derechos a los que las leyes otorgan esta condición.”

1.4.4.2 Según la definición publicada por la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT- (2007 diciembre), página Cultura Tributaria, disponible en http://www.sat.gob.gt: “Bienes: El nombre de "bien", tiene normalmente un carácter abstracto que significa utilidad, beneficio, pero el plural "bienes" denota la cristalización concreta de esta utilidad, en resumen, las mercancías. Debido a

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que la economía está interesada por la acumulación de capital y el capital es una suma de bienes, la clasificación de los bienes tiene una gran importancia teórica. Entre los economistas tan sólo existe un acuerdo general en el elemento de la escasez, puesto que los bienes cuya abundancia es general y en los que no es precisa ninguna "economía", son bienes que no tienen interés para el economista.”

1.4.4.3 El Código Civil, Decreto Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República, en el artículo 442 (1963), tipifica lo siguiente: “Son bienes las cosas que son o puedan ser objeto de apropiación, y se clasifican en inmuebles y muebles.”

1.4.5. Capital.

1.4.5.1 Conforme a KHOLER (1982, página 75), lo determina como: “(…) 2. Monto invertido en una empresa –de un negocio personal, de varias personas en sociedad o de una sociedad por acciones- por sus propietarios; capital pagado. (…) 4. Cantidad invertida en la forma antes explicada, más las utilidades retenidas o pendientes de aplicación (o superávit ganado); capital neto (o contable); activos netos y participación neta de los accionistas. (…)”

1.4.5.2 Según la International Accounting Standards Board –IASB- en el Marco Conceptual para la Información Financiera, Parte A en los párrafos 4.20 y 4.21 (2011 versión en Español, páginas A43 y A44), define: “Aunque el patrimonio ha quedado definido, en el párrafo 4.4, como un residuo o resto, puede subclasificarse a efectos de su presentación en el balance. Por ejemplo, en una sociedad por acciones pueden mostrarse por separado los fondos aportados por los accionistas, las ganancias acumuladas, las reservas especificas procedentes de ganancias y las reservas por ajustes para mantenimiento del capital. Esta clasificación puede ser relevante para la necesidades de toma de decisiones por parte de los usuarios de los estados financieros, en especial cuando indican restricciones, sean legales o de otro tipo, a la capacidad de la entidad para distribuir o aplicar de forma diferente su patrimonio. También puede servir para reflejar el hecho de que las partes con intereses en la propiedad de la entidad, tienen diferentes derechos en relación con la recepción de dividendos o el

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reembolso de capital. En ocasiones, la creación de reservas viene obligada por leyes o reglamentos, con el fin de dar a la entidad y sus acreedores una protección adicional contra los efectos de las pérdidas. Otros tipos de reservas pueden haber sido dotadas porque las leyes fiscales del país conceden exenciones o reducciones impositivas, cuando se produce su creación o dotación. La existencia y cuantía de las reservas de tipo legal, reglamentario o fiscal, es una información que puede ser relevante para las necesidades de toma de decisiones por parte de los usuarios. La dotación de estas reservas se deriva de la distribución de ganancias acumuladas, y por tanto no constituye un gasto para la entidad.”

1.4.5.3 De acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, precisa que es: “(…) Residuo del activo, detraído el pasivo de una persona natural o jurídica. (…)”

1.4.6. Comerciante.

1.4.6.1 De acuerdo al Código de Comercio de Guatemala, Decreto 2-70 del Congreso de la República, artículo 2 (1970) estable que: “Comerciantes. Son comerciantes quienes ejercen en nombre propio y con fines de lucro, cualesquiera actividades que se refieren a lo siguiente:

1o. La industria dirigida a la producción o transformación de bienes y a la prestación de servicios.

2o. La intermediación en la circulación de bienes y a la prestación de servicios.

3o. La Banca, seguros y fianzas.

4o. Las auxiliares de las anteriores.”

1.4.6.2 Según el Código de Comercio de Guatemala, Decreto 2-70 del Congreso de la República, artículo 3 (1970) son: “Comerciantes sociales. Las sociedades organizadas bajo forma mercantil tienen la calidad de comerciantes, cualquiera que sea su objeto.”

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1.4.6.3 El Diccionario de la Real Academia Española (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, establece: “Que comercia. Persona propietaria de un comercio. Persona a quien son aplicables las especiales leyes mercantiles.”

1.4.7. Contabilidad.

1.4.7.1 De acuerdo a KHOLER (1982, página 109), tenemos las siguientes definiciones: “(…) 2. Por extensión, los orígenes, reconocimiento y disposición de las transacciones: a) su nacimiento (fecha; cuantificación, frecuentemente en unidades físicas, así como en términos monetarios; clasificación); b) su procesamiento (diseño de sistema; comprobación interna); c) su registro y agrupamiento (teneduría de libros); d) informe comparativo razonado (feedback); [informe (o "reporte") interno]; e) las pruebas continuas de exactitud de las propias transacciones (auditoría interna); f) el agrupamiento adecuado de las transacciones de acuerdo con modelos o patrones convencionales (sumarización en estados financieros); g) el examen profesional (o técnico) de los estados financieros [auditoría (4) por contadores públicos]; h) la información periódica para los inversionistas, oficinas gubernamentales y público en general; i) la proyección de transacciones (Presupuestos y otras actividades de contabilidad anticipada); j) la revisión externa y las recomendaciones sobre una organización funcional (servicios de consultoría administrativa) como una consecuencia natural y común de la contaduría pública y su capacidad (como derivado de la auditoría), para juzgar de la estructura interna y las necesidades, tanto de los negocios prósperos como de los menos prósperos. De estas actividades, las referidas en los incisos a), b), c) y f) han sido tradicionales, aun cuando el alcance de cada una se ha ampliado grandemente; la g) y la h) han ganado un público reconocimiento desde principios del presente siglo12; la d) y la e), desde mediados de los treinta13; 12 En referencia al Siglo XX de nuestra era.

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la i), después de la segunda Guerra Mundial, y la j) en los últimos tiempos, con el crecimiento y el incremento de la contabilidad y el ejercicio de la profesión, en conexión con la estructura organizacional y la función gerencial o administrativa. "Contabilidad" y "contaduría", se consideran frecuentemente vocablos sinónimos; sin embargo, el último, menos usual en la literatura contable, se refiere en general al campo completo de la teoría y la práctica, mientras que "contabilidad" se considera comúnmente como un término genérico; pero cuando se usa cómo adjetivo, puede tener una área limitada de referencia; como, por ejemplo: el campo de la contabilidad; una escuela de contabilidad. El Comité sobre Terminología del AICPA 14 de los Estados Unidos, propuso en 1941 que se definiera "contabilidad", como "el arte de registrar, clasificar y resumir de una manera significativa y en términos monetarios, las transacciones y eventos (o sucesos) que son, cuando menos en parte, de carácter financiero, así como de interpretar sus resultados (…)”

1.4.7.2 Perdomo Salguero (2002, página 1) define que: “La contabilidad es una ciencia que contando con sus propios principios y normas tiene por objeto llevar cuenta y razón de las operaciones contables de una empresa o negocio”.

1.4.7.3 En el Diccionario de la Real Academia Española (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, define lo siguiente: “Sistema adoptado para llevar la cuenta y razón en las oficinas públicas y particulares. Aptitud de las cosas para poder reducirlas a cuenta o cálculo”.

1.4.7.4 Según Estrada Castillo (1983) la define como: “Es el arte de registrar y sintetizar las transacciones de un negocio” (…) “La Contabilidad es el lenguaje de los negocios”.

1.4.8 Cuenta.

13 Es referencia al período de años comprendido de 1930 a 1939.

14 AICPA, American Institute of Certified Public Accounts (Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados).

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1.4.8.1 Para KHOLER (1982, página 75), se define como: “(…) Registro formal de un tipo particular de transacción, expresado en dinero u otra unidad de medida, y que se lleva en un libro mayor.”

1.4.8.2 Conforme al Diccionario de la Real Academia Española (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, establece que es: “(…) Pliego o papel en que está escrita alguna razón compuesta de varias partidas, que al fin se suman o restan (…) La que, para ir asentando las partidas de debe y haber, se lleva a las personas o entidades a cuyo nombre está abierta.”

1.4.8.3 De acuerdo a Guajardo Cantú (2002, página 55), la describe como: “Las transacciones de negocios se clasifican en grupos de partidas similares llamadas cuentas. La cuenta es el lugar donde se anotan los aumentos o disminuciones de cada partida provocados por una transacción de negocios. Todo sistema contable tiene una cuenta por separado para cada clase de activo, pasivo, capital, ingreso y gasto.”

1.4.9. Estados Financieros.

1.4.9.1 La International Accounting Standards Board –IASB- (2011), Norma Internacional de Contabilidad 1 Presentación de Estados Financieros (versión en Español), Parte A párrafos 2, 7 y 9 define: “Una entidad aplicará esta Norma al preparar y presentar estados financieros de propósito de información general conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Los estados financieros con propósito de información general (denominados estados financieros) son aquéllos que pretenden cubrir las necesidades de usuarios que no están en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información. Los estados financieros constituyen una presentación estructurada de la situación financiera y del rendimiento financiero de una entidad. El objetivo de los estados financieros es suministrar acerca de la situación financiera, del rendimiento financiero y de los flujos de efectivo de una entidad, que sea útil a una amplia variedad de usuarios a la hora de tomar sus decisiones económicas. Los estados financieros también muestran los resultados

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de la gestión realizada por los administradores con los recursos que les han sido confiados. Para cumplir este objetivo, los estados financieros suministrarán información acerca de los siguientes elementos de la entidad: (a) activos; (b) pasivos; (c) patrimonio neto; (d) ingresos y gastos, en los que se incluyen las ganancias y pérdidas; (e) aportaciones de los propietarios y distribuciones a los mismos en su condición de tales; y (f) flujos de efectivo. Esta información, junto con la contenida en las notas, ayuda a los usuarios a predecir los flujos de efectivo futuros y, en particular, su distribución temporal y su grado de certidumbre.”

1.4.9.2 Se especifica en el Diccionario de la Real Academia Española (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, lo siguiente: “(…) Documento que refleja la situación contable de una empresa (…)”.

1.4.9.3 Según Guajardo Cantú (2002, página 41), los describe como: “El producto final del proceso contable es la información financiera, elemento imprescindible para que los diversos usuarios puedan tomar decisiones. La información financiera que dichos usuarios requieren se centra principalmente en: Evaluación de la situación financiera, evaluación de la rentabilidad, evaluación de la liquidez (...)”

1.4.10. Inmueble.

1.4.10.1 Según el Diccionario de la Real Academia Española (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, lo define: “(Del latín immobilis). Casa (edificio para habitar).”

1.4.10.2 La Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles, Decreto número 15-98 del Congreso de la República, artículo 3 (1998), define que “(…) El impuesto establecido sobre esta ley, recae sobre los bienes inmuebles, rústicos o rurales y urbanos, integrando los mismos el terreno, las estructuras, construcciones, instalaciones adheridas al inmueble y sus mejoras; (…)”

1.4.11. Método.

1.4.11.1 En el Diccionario de la Real Academia Española, (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, lo define: “(…) Modo de decir o hacer con orden (…) Modo de

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obrar o proceder, hábito o costumbre que cada uno tiene y observa (…) Obra que enseña los elementos de una ciencia o arte.”

1.4.12. Norma.

1.4.12.1 De acuerdo a KOHLER (1982, página 382), establece lo siguiente: “(…) Logro accesible deseado; una meta de trabajo; un modelo. Una norma es establecida por la costumbre; de común acuerdo, o por cuerpos científicos, profesionales o gubernamentales; una acción administrativa o legal, después de amplias observaciones, experimentación, trabajos de investigación, pruebas o planeamiento y, frecuentemente, un compromiso; una norma se queda corta generalmente del ideal y su dirección podrá ser limitada; su objeto es servir como base práctica para la institución de procedimientos que aseguren la conformidad de parte de un grupo o grupos de personas, dentro de los campos de condiciones tecnológicas, institucionales u otras limitantes en que operan, y proporcionar un criterio y un medio de control sobre las actividades futuras cuando va acompañado de inspección, informes, publicidad u otros medios, al nivel en que su cumplimiento pueda hacerse más efectivo. A causa de que las normas son hechas por el hombre, se basan en los esfuerzos para satisfacer las necesidades inmediatas y algunas veces para justificar o congelar prácticas alcanzables, pueden tener su origen en diferentes campos de interés y estar, por tanto, en conflicto. Para conservarse al día en un mundo siempre cambiante, las normas antiguas frecuentemente deben abrir camino a nuevas normas.”

1.4.12.2 Se especifica en el Diccionario de la Real Academia Española, (2012 junio), disponible en htpp://ww.rae.es, lo siguiente: “Regla que se debe seguir o a que se deben ajustar las conductas, tareas, actividades, etc. Precepto jurídico.”

1.4.12.3 El licenciado Torres Moss (1998, página 49), expresa al respecto: “Actualmente la palabra NORMA tiene un contenido jurídico casi excluyente, es sinónima de REGLA, PRECEPTO, PRESCRIPCIÓN, MANDATO, DISPOSICIÓN, y es precisamente esta connotación la que interesa a nuestro curso y en particular al tema que desarrollamos, porque la norma jurídica, moral o religiosa, es siempre

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una regla, un precepto o mandato regulador de la conducta individual o social. Claro que, como expresa Máximo Pacheco Gómez, como tal norma o instrumento, realiza también valores, los valores propios del derecho (…)”.

1.4.13. Pasivo.

1.4.13.1 De conformidad con KHOLER (1982, página 406), se considera como: “(…) Cantidad que debe una persona (deudor) a otra (acreedor), pagadera en dinero, o en bines o servicios: consecuencia de una partida de activo o un servicio recibido o de una pérdida incurrida, o una pérdida devengada (o acumulada); particularmente, cualquier adeudo; a) vencido (o pagadero) (pasivo circulante); b) con vencimiento en fecha futura especificada (por ejemplo, una deuda consolidada, o un pasivo acumulado); o, c) pagadera solamente en el caso de no ejecutar un acto futuro (ingresos diferidos; pasivo contingente). (…)”

1.4.13.2 Según la International Accounting Standards Board –IASB- (2011), Marco Conceptual para la información financiera (versión en Español), Parte A párrafos 4.4 (b), 4.15 y 4.16 define lo siguiente: “Un pasivo es una obligación presente de la entidad, surgida a raíz de sucesos pasados, al vencimiento de la cual, y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos. Una característica esencial de todo pasivo es que la entidad tiene contraída una obligación en el momento presente. Un pasivo es un compromiso o responsabilidad de actuar de una determinada manera. Las obligaciones pueden ser exigibles legalmente como consecuencia de la ejecución de un contrato o de un mandato contenido en una norma legal. Este es normalmente el caso, por ejemplo, de las cuentas por pagar por bienes o servicios recibidos. No obstante, las obligaciones también aparecen por la actividad normal de entidad, por las costumbres y por el deseo de mantener buenas relaciones comerciales o actuar de forma equitativa. Si, por ejemplo, la entidad decide como medida política, atender a la rectificación de los fallos en sus productos incluso cuando éstos aparecen después del periodo normal de garantía, los importes que se espere desembolsar respecto a los bienes ya vendidos son también pasivos para

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la entidad. Es necesario distinguir entre una obligación presente y un encargo o compromisos para el futuro. La decisión de adquirir activos en el futuro no da lugar, por si misma, al nacimiento de un pasivo. Normalmente, el pasivo surge solo cuando se ha recibido el activo o la entidad entra en un acuerdo irrevocable para adquirir el bien o servicio. En este último caso, la naturaleza irrevocable del acuerdo significa que las consecuencias económicas del incumplimiento de la obligación, por ejemplo a causa de la existencia de una sanción importante, dejan a la entidad con poca o ninguna discrecionalidad para evitar la salida de recursos hacia la otra parte implicada en el acuerdo.”

1.4.13.3 De acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española, (2010 noviembre), disponible en htpp://ww.rae.es, define: “(…) Valor monetario total de las deudas y compromisos que gravan a una empresa, institución o individuo, y que se reflejan en su contabilidad. (…)”.

1.4.14 Sistema.

1.4.14.1 De acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española, (2010 noviembre), disponible en htpp://ww.rae.es, define: “(…) Conjunto de reglas o principios sobre una materia racionalmente enlazados entre sí (…) Conjunto de cosas que relacionadas entre sí ordenadamente contribuyen a determinado objeto.”

1.4.14.2 Basándose en lo conceptualizado por KHOLER (1982, página 482), se considera como: “(…) Colección de objetos o sucesos, de acuerdo a con un plan; el plan en sí mismo.”

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BIBLIOGRAFÍA

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2.2. Código de Comercio, Decreto 2-70, del Congreso de la República de Guatemala (1970).

2.3. Constitución Política de la República de Guatemala y sus modificaciones, Asamblea Constituyente (1985).

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2.4. Ley del Impuesto al Valor Agregado, Decreto 27-92 del Congreso de la República y sus modificaciones (1992).

2.5. LeydelImpuestoSobrelaRenta, Decreto 26-92 del Congreso de la República de Guatemala y sus modificaciones (1992).

2.6. Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles, Decreto número 15-98 del Congreso de la República (1998).

2.7. Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89, del Congreso de la República de Guatemala (1989).

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