UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DIRECCIÓN DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y PROYECCIÓN SOCIAL
DIRECTIVA PARA LA DIFUSIÓN DE PROYECTOS Y EVENTOS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y PROYECCIÓN SOCIAL DE LA UNHEVAL
HUANUCO – PERÚ 2014
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DIRECCION CENTRAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
DIRECTIVA Nº 02-2014-DEUPS-UNHEVALAPROBADO CON RESOLUCIÓN 3081-2014-UNHEVAL-CU DIRECTIVA DE DIFUSIÓN DE PROYECTOS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y PROYECCIÓN SOCIAL DE LA UNHEVAL I. OBJETIVOS
Implementar mecanismos de difusión de los proyectos de Extensión universitaria y Proyección social ejecutados por docentes y alumnos de la UNHEVAL, con el fin de transmitir la realidad de las comunidades a la sociedad en general.
Delimitar la responsabilidad de los Directores de los Centros de Extensión universitaria y Proyección social con respecto a la difusión de los programas y proyectos ejecutados en su facultad.
Fomentar la difusión de los programas y proyectos de Extensión universitaria y Proyección social ejecutados en la UNHEVAL, para así posicionar a la Universidad como un referente en temas sociales, artísticos y culturales en la sociedad.
II. FINALIDAD La presente directiva tiene por finalidad establecer las responsabilidades y LINEAMIENTOS de difusión de los proyectos de extensión universitaria y Proyección social ejecutados en las facultades de la UNHEVAL.
III. BASE LEGAL
Ley Universitaria Nº23733 – Ley Universitaria.
Estatuto de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán 2008.
Modelo de Calidad para la Acreditación Institucional Universitaria 2010. Página 2
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IV. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación para todas las dependencias académicas de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán. V. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º: La presente directiva establece las normas y procedimientos que orientan la difusión de los proyectos y programas de Extensión universitaria y Proyección social ejecutados por docentes y alumnos de las distintas facultades de la UNHEVAL Artículo 2º: La presente directiva entrará en vigencia a partir de su aprobación mediante Resolución de Vicerrectorado Académico y su distribución a las Facultades de la Universidad y otras instancias según corresponda. CAPITULO II DE LA RESPONSABILIDAD DE DIFUSIÓN DE LOS PROYECTOS Y PROGRAMAS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y PROYECCIÓN SOCIAL POR PARTE DE LA DEUPS. Artículo 3º: La Dirección de Extensión universitaria y Proyección social de la Universidad será la encargada de difundir a través de su revista anual los proyectos y programas ejecutados por docentes, alumnos y administrativos de la UNHEVAL, en coordinación con cada uno de los Directores de los Centros de Extensión universitaria y proyección social de las facultades. Artículo 4º: Los Directores de los Centros de Extensión universitaria y Proyección social serán los encargados de seleccionar dos proyectos ejecutados que hayan Página 3
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generado mayor impacto, y serán considerados por la revista EUPS “Avanzando” a través de un formato de difusión que será proporcionado por la DEUPS, este formato será llenado y remitido a la dirección acompañado de las evidencias fotográficas de cada proyecto o programa en los plazos establecidos. Artículo 5º: La Dirección de Extensión universitaria y Proyección social a través de su presupuesto financiará la edición e impresión de la revista, mientras que la distribución a las Facultades estará a cargo de los Directores de los Centros y la distribución a las principales autoridades e instituciones estará a cargo de la DEUPS. Artículo 6º: La Dirección de Extensión universitaria y Proyección social difundirá los proyectos y programas ejecutados de forma virtual a través de la página web de la DEUPS que se encuentra enlazada al portal de la Universidad. Artículo 7º: La Dirección de Relaciones Publicas e Imagen Institucional trabajará articuladamente con la DEUPS en la difusión de los eventos organizados por la Dirección previa coordinación, planificación y organización, con dicha dirección, cuya función será la de difundir dichos eventos a la comunidad Valdizana y la sociedad a través los medios de comunicación (radio, televisión, periódicos, portal de la Universidad) así como el de cubrir el evento. Artículo 8º: La Dirección de Relaciones Públicas e Imagen Institucional trabajará articuladamente con la DEUPS en brindar apoyo a las Facultades respecto a la difusión de los resultados de los proyectos y programas ejecutados por los mismos organizados por el Centro de Extensión universitaria y Proyección social de cada facultad, todo ello previa coordinación, planificación y organización entre dichas direcciones y la facultad. . Artículo 9º: La DEUPS trabajará articuladamente con la Radio UNHEVAL en la difusión radial de los eventos, programas académicos, cursos, talleres orientados a la Extensión universitaria y Proyección social Página 4
organizadas por las facultades
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brindándoles todo el apoyo necesario
previa coordinación, planificación y
organización entre la DEUPS y la facultad solicitante. VI. CAPITULO III DE LA RESPONSABILIDAD DE DIFUSIÓN DE LOS PROYECTOS Y PROGRAMAS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y PROYECCIÓN SOCIAL POR CADA FACULTAD Artículo 10º: Las Facultades de la Universidad podrán elaborar de forma independiente su material difusión (boletines, revistas, dípticos y tríptico) siempre contando con la opinión técnica de la DEUPS Artículo 11º: Los eventos de difusión organizados por los Centros de Extensión Universitaria y Proyección Social de cada facultad podrán pedir la cobertura de su evento a la DEUPS, quien se encargará de Coordinar con la dirección de Relaciones Públicas e Imagen institucional para que se les otorgue todo el apoyo necesario en la difusión (radio, televisión, periódicos) según la envergadura del evento, para ello la Facultad a través del Director del Centro de Extensión universitaria y proyección social presentará el pedido adjuntando la programación, invitación al evento y los afiches en formato físico y virtual. VII. CAPITULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo 13: Cualquier norma o medida adicional que se establezca en relación a la difusión de los Proyectos y programas de Extensión universitaria y Proyección social de las facultades, se hará de conocimiento de los involucrados para las acciones correspondientes. Artículo 14: - Otros aspectos no contemplados en la presenta directiva serán resueltos por la Dirección Central de Planificación y Presupuesto de la UNHEVAL.
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