300-09-01-01-0020-2013/11-06-2013
EN CHIGORODÓ SE REALIZÓ SEGUNDO FORO DE CLUBES DEFENSORES DEL AGUA Pág 3
EN FRONTINO AVANZA LA CONSTRUCCIÓN DE 500 HUERTOS LEÑEROS ASOCIADOS A ESTUFAS EFICIENTES
URABÁ ES IDEAL PARA EL DESARROLLO FORESTAL PERO…
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¿POR QUÉ ES IMPORTANTE LA PRÁCTICA DE UN TURISMO RESPONSABLE EN NUESTRO MEDIO?
EN URABÁ SE REALIZÓ CURSO BÁSICO DE SCI CON ENTIDADES DE SOCORRO
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LAS BOLSAS DE PLÁSTICO SON UN SÍMBOLO DE LA INCULTURA DE “USAR Y TIRAR”
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CONTENIDO
12 ACTOS ADMINISTRATIVOS 22 CORPOURABÁ GRADUÓ EN APARTADÓ A 41 NUEVOS PROMOTORES SOCIO AMBIENTALES
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23 FUNDAUNIBAN Y ECOAGUAS DE SYNGENTA LANZAN VIVEROS ESCOLARES 24 VARIOS MUNICIPIOS DE LA JURISDICCIÓN DE CORPOURABÁ RECIBEN CAPACITACIÓN EN AJUSTEY FORMULACIÓN DE LOS POTS página 20
PREOCUPA LA PÉRDIDA DE HÁBITAT Y LA FRAGMENTACIÓN DE POBLACIÓN EN CAIMÁN Y BABILLA. página 9 CON ÉXITO SE CUMPLIÓ CAPACITACIÓN EN PRUEBAS DE BOMBEO Y PRESENTACIÓN DE AVANCES DEL PLAN DE MANEJO EN AGUAS SUBTERRÁNEAS DE URABÁ
EN AUDIENCIA PRELIMINAR FISCALÍA HALLÓ CULPABLE DE TRÁFICO ILEGAL DE 258 PIELES DE BABILLA (CAIMAN COCRODILUS) EL CIFFA ANTIOQUIA Y CORPOURABÁ CAPACITARON CON ÉXITO A JUECES Y FISCALES DE URABÁ
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25 CORPOURABÁ Y EL MUNICIPIO DE APARTADÓ GRADUARON 70 LÍDERES CAMPESINOS COMO GESTORES AMBIENTALES DEL RÍO 26 CORPOURABÁ REALIZÓ NUEVA CAPACITACIÓN ENTRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS 27 EN AUDIENCIA PÚBLICA, CORPOURABA PRESENTÓ ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO 2014 28 EL MINISTERIO DE AMBIENTEY DESARROLLO SOSTENIBLE, ACABA DE EXPEDIR LA RESOLUCIÓN 1541 DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2013 29 BALANCE SATISFACTORIO DE EVENTOS DE PARTICIPACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL EN VARIOS SECTORES DE LA REGIÓN 31 LA CALIDAD AMBIENTAL URBANA EN FUNCIÓN DE LA SALUDY LA CALIDAD DE VIDA 32 UNA POBLACIÓN SANA DEPENDE DE SISTEMAS ALIMENTARIOS SALUDABLES
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CORPOURABA UN GRAN ECOSISTEMA
EDITORIAL GABRIEL CEBALLOS ECHEVERRI Director General
MENSAJE DE FIN DE AÑO Y COMIENZO DEL 2014
DIRECTIVOS GABRIEL CEBALLOS ECHEVERRI DIRECTOR GENERAL EMAIL: corpouraba@corpouraba.gov.co ARBEY MOLINA SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO EMAIL: amolina@corpouraba.gov.co JOSÉ DOMINGO NAVARRO A. SUBDIRECTOR DE PLANEACIÓN Y OT. EMAIL: jnavarro@corpouraba.gov.co VANESSA PAREDES ZÚÑIGA SUBDIRECTORA DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL EMAIL: vparedes@corpouraba.gov.co SUBSEDES HÉCTOR DORIA M. COORDINADOR REGIONAL CARIBE (ARBOLETES) EMAIL: corpoucar@corpouraba.gov.co ROY VÉLEZ HERNÁNDEZ COORDINADOR REGIONAL NUTIBARA (CAÑASGORDAS) EMAIL: corpounuti@corpouraba.gov.co REGIONAL URRAO (URRAO) EMAIL: corpourrao@corpouraba.gov.co CESAR MENA ABADÍA COORDINADOR REGIONAL ATRATO MEDIO (VIGÍA DEL FUERTE) EMAIL: coratrato@corpouraba.gov.co COORDINACIÓN EDITORIAL BAYRON ARROYAVE MIRANDA ÁREA DE COMUNICACIONES Y DIVULGACIÓN CORPOURABA EMAIL: barroyave@corpouraba.gov.co
POR EL DIRECTOR GENERAL DE CORPOURABA
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e acerca el fin de año: Momento de los balances. En 2013, para CORPOURABA, a pesar de los esfuerzos en la generación de información y capacidades para cumplir su tarea de administración ambiental, afrontando retos para disminuir la pérdida de biodiversidad y la degradación de los servicios ecosistémicos, fundamentales para el desarrollo regional sostenible, no ha sido fácil. El patrimonio natural, si bien es un activo colectivo, está anclado en el territorio y debe ser apropiado por la población local. Para su protección y acrecentamiento se requiere de acuerdos tácitos y expresos que requieren del compromiso de todos los sectores: Público, privado y comunitario, a todas las escalas o niveles. En 2014, año tan importante para Colombia que camina por un sendero que conduzca hacia la paz, palabra y concepto este que no hemos conocido cinco generaciones, CORPOURABA desea posicionar el patrimonio natural, su biodiversidad y sus servicios ecosistémicos en el centro del debate público, para que estos asuntos claves para el desarrollo y para la paz no continúen siendo únicamente una decisión de algunas instituciones o algunos especialistas, sino una tarea de todos. Será posible la paz sin agua, suelo, aire, fauna, paisaje, respeto del ordenamiento territorial, ambiental, y los valores del entorno y la biodiversidad, de la cual deberán beneficiarse y apropiarse para su uso y desarrollo las comunidades, los sectores industriales, agropecuarios, comerciales y de servicios actuales y futuros de la sociedad colombiana? Les deseo a ustedes y sus familias, un excelente 2014”.
DISEÑO E IMPRESIÓN: HERNÁNDEZ PUBLICIDAD DIRECCIÓN CORPOURABA APARTADÓ, CALLE 92 NO. 98-39 PBX: 828 10 22 EXT. 27 LÍNEA GRATUITA: 01-8000-400-060 FAX: 828 10 01 WWW.CORPOURABA.GOV.CO
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JUAN FRANCISCO SUÁREZ MORENO
REPRESENTANTE DE GREMIO CAFETERO
CLAUDIA ADALGIZA ARIAS CUADROS
DELEGADA DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
NICOLÁS ECHAVARRIA MESA
DELEGADO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
FRANCISCO ANTONIO CEBALLOS B.
DELEGADO MINISTERIO DE AGRICULTURA
LUZ ANGELA PEÑA MARÍN
DELEGADA DEL GOBERNADOR
AICARDO ANTONIO URREGO ÚSUGA
ALCALDE POPULAR DE CAÑASGORDAS
GABRIEL MARQUEZ VÉLEZ
REPRESENTANTE DE LAS ONG’S
GABRIEL JAIME ELEJALDE GAVIRIA
REPRESENTANTE GREMIO BANANERO
AGAPITO MURILLO PALACIO
ALCALDE POPULAR DE CAREPA
NAZARIO URIBE ECHEVERRI
REPRESENTANTE COMUNIDADES INDÍGENAS
OCTAVIO DE JESÚS ROJAS ROMAÑA
REPRESENTANTE COMUNIDADES NEGRAS
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CORPOURABA UN GRAN ECOSISTEMA
EN CHIGORODÓ SE REALIZÓ SEGUNDO FORO DE CLUBES DEFENSORES DEL AGUA
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on éxito se cumplió el pasado mes de noviembre en el antiguo teatro de Chigorodó, el Segundo Foro Clubes Defensores del Agua 2013 y el lema: “Si otros no han hecho, entonces, ¿qué hemos hecho nosotros?”, que reunió a estudiantes y docentes de unas diez instituciones educativas procedentes de Mutatá, Carepa, Apartadó, Turbo y Chigorodó, que cuentan con los Clubes Defensores del Agua C.D.A. como el instrumento educativo por medio del cual los niños y las niñas en edad preescolar y de Educación Básica Primaria se familiarizan con el tema; conocen lo valioso que es este recurso para la calidad de vida del ser humano y aprenden a asumir desde la infancia la responsabilidad sobre el cuidado de los Recursos Naturales y la utilización racional de los mismos. Allí se presentaron las ponencias sobre Granja Integral de la IER Celestino Díaz de la comunidad Juradó de Chigorodó; Cuidando El Planeta desde el Aula de Clases de la IE Agrícola de Urabá de Chigorodó; La Huella Hídrica del Banano, Avances y Perspectivas del Instituto Uniban de Apartadó y Viveros Escolares, Experiencias y Perspectivas de Ecoaguas. El evento contó con la presentación de la Obra de Teatro Protestando Ando de la Corporación Cultural y Artística Fuera de Serie de Chigorodó. El Segundo Foro contó con la organización de la Fundación Social de Uniban, Fundauniban, la Secretaría Municipal de Educación de Chigorodó y CORPOURABÁ.
Los Clubes Defensores del Agua pueden tener múltiples funciones, como velar por la protección de los recursos naturales; desarrollar en los socios la capacidad de convertirse en multiplicadores de conocimientos, valores y actitudes positivas; vincular a la familia y a los vecinos en el proceso, promoviendo y participando en espacios para la libre y amplia discusión en los temas relacionados con el agua. El tema del agua, es obligado en cualquier evento de análisis y reflexión de carácter ambiental y se ha constituido en el referente central de la implementación de las políticas de Gestión Ambiental; por la cual se han venido promulgando y perfeccionando dentro de la normatividad ambiental, normas que permitan el ordenamiento, la protección, conservación y recuperación de este valioso recurso, enmarcadas dentro de criterios de sostenibilidad y de derecho inajenable.
Para implementar los C.D.A., generar procesos de concertación entre las comunidades e instituciones como factor esencial para el éxito de los mismos. En el 2007 cuando se reunieron en el Primer Foro los clubes defensores del agua: Defensor del Agua del Liceo de Mutatá; Gota a gota de la IE La Paz de Apartadó; Esencia Divina de la IE José de los Santos Zúñiga de Chigorodó; El Agua se me Escapa de San Antonio de Padua de Apartadó; Soy una Gotica de la IE Rural El Dos de Chigorodó; Defensores a Luchar de la IE Agrícola de Urabá de Chigorodó; Defensores del Agua de la IE Fundaproban de Turbo; Yo soy un Defensor de la Normal Superior de Urabá; Preservar el Agua del Colegio Cooperativo de Apartadó y Debes de Cuidar el Agua de la IE 24 de Diciembre de Turbo.
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EN FRONTINO AVANZA LA CONSTRUCCIÓN DE 500 HUERTOS LEÑEROS ASOCIADOS A ESTUFAS EFICIENTES
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n el marco del programa Gestión en Calidad de Vida, CORPOURABA en convenio con el municipio de Frontino, en cofinanciación del Sistema General de Regalías, avanza en la construcción de quinientos (500) huertos leñeros asociados a estufas eficientes, con una inversión superior a los 409 millones de pesos.
por sus características de diseño y materiales de construcción, consumen menor cantidad de leña que los fogones tradicionales, debido a que la leña se quema mucho mejor, en un proceso de combustión eficiente; conservan mejor el calor obtenido de la combustión de la leña y mantienen caliente los alimentos, a la vez que se emplea menos tiempo en la cocción.
Con la implementación de este proyecto se busca fundamentalmente desarrollar un proceso educativoambiental que incluya temas sociales, como mejoramiento de las relaciones familiares, la economía familiar, equidad y género, y utilización del tiempo libre.
Las estufas son construidas con diferentes tipos de ladrillos y cuentan con paredes internas que no permiten el sobrecalentamiento, tienen una puerta de alimentación del combustible por donde se introduce la leña en forma manual, en tamaños de aproximadamente 50 cm., la puerta permanece cerrada durante todo el proceso de combustión. Además cuenta con puertas metálicas para sacar la ceniza originada en el quemado de la leña y el hollín producido por el humo en la chimenea.
En lo técnico especifico del proyecto se pretende fomentar el autoabastecimiento o sostenibilidad ambiental en el uso racional de los recursos naturales; mediante la sensibilización y la Plantación de Huertos Leñeros se disminuye la tasa de deforestación, se protegen las fuentes de agua y se reduce el tiempo que la familia utiliza en la consecución de la leña. Así mismo se brinda capacitación para el uso eficiente de la leña, la madera, el agua y las buenas prácticas ambientales; y con la comunidad demostrar cómo con el buen manejo del huerto leñero y de la estufa eficiente se puede garantizar que la economía en el hogar se vea claramente beneficiada al ahorrar gastos en leña, mejorar la salud respiratoria de las personas afectadas por el humo generado al interior y exterior de las viviendas, disminuir los gastos médicos y lograr una mejor nutrición de la familia, y por ende mejores posibilidades de calidad de vida. Recordemos que Una estufa de leña eficiente es la que
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Por Edison Isaza-Ingeniero Forestal.
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esde hace tiempo se dice que la región de Urabá es ideal para el desarrollo forestal, especialmente con plantaciones forestales de carácter industrial, donde predomina la Teca, Melina y Acacia mangium y con menos proyección Eucalipto y Pino Caribe. La realidad es más compleja de lo que parece. No es suficiente contar con el recurso suelo y buena fertilidad del mismo, sin otros factores que hacen parte de un proyecto con todas sus características; inicialmente se pensaba que bastaba con tirar unas semillas de árboles valiosos al terreno y volver a los 15 años, tener madera para aprovechar y solucionado el problema económico. Por ejemplo con la Teca, especie en la que más se especula con altos precios y rentabilidad, se hacían cuentas que sembrando 1000 árboles en una Ha, cada uno de estos podía dar una ganancia de un millón de pesos y al multiplicarlo por mil individuos, después de 15 años, para qué más. En resumidas cuentas se sembraron árboles, sin objetivos claros como: ¿Para qué; cómo se debe manejar; qué sistema de aprovechamiento emplear; qué características deben tener para el mercado y a quién se le va a vender?. Interrogantes que no se hicieron desde un comienzo, llevaron a asimilar el asunto sobre la marcha, por ejemplo: ¿Qué hacer con las entresacas para que no se pierdan y cómo empezar a recuperar la inversión realizada en el caso de la teca y por qué la Acacia mangium no alcanza el pleno desarrollo, siendo el individuo heliofito más recomendado para recuperar suelos. Al embarcarse en un proyecto de reforestación, recomiendan, se debe tener como mínimo los estudios de Mercado, Técnico, tamaño, Localización del proyecto, Ingeniería del proyecto, la factibilidad económica, financiera, ambiental y legal. Se ha tenido visión de inversión más intuitiva y un entusiasmo que no permite ser realista en la empresa o negocio planteado. Dicen por ahí que “nada es más peligroso para perder plata que tener un cuñado con ideas o asesorarse de un vendedor de insumos”. Explican los analistas que las plantaciones de Teca en Urabá, no contaron con los preceptos administrativos
URABÁ ES IDEAL PARA EL DESARROLLO FORESTAL PERO… mencionados; se identificó que el mercado es muy restringido, con una mínima transacción en el mercado local; un producto que para exportar requiere de maquinaria pesada en su aprovechamiento y no cuenta con tecnología para hacer eficiente y rentable el aprovechamiento forestal de la especie; su localización en la mayoría de casos es lejana de las vías; no hay buen manejo silvicultural y esto baja la calidad comercial; los altos costos de transporte y la baja de precios internacionales, no hacen rentable a esta especie que tiene la mejor proyección económica. Se recomienda que se analice que son más de 8.000 Has en plantaciones forestales en Urabá; que se estudie en modernizar el sector en todos los eslabones productivos de la madera, para que sea un renglón económico importante y no sea una ilusión fallida más como en el Noni, la Estevia y la Vainilla entre otros.
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¿POR QUÉ ES IMPORTANTE LA PRÁCTICA DE UN TURISMO RESPONSABLE EN NUESTRO MEDIO?
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lgunas veces hemos estado de paseo o de visita en el campo con familiares o amigos; nos quedan en la mente lugares y paisajes asociados a la diversión y las diferentes actividades que realizamos. Lastimosamente cuando se va a estos sitios, como fincas, ríos y quebradas, llevamos una mentalidad coleccionista y se quiere traer algún motivo especial de recordación. En el peor de los casos, se traen animales y plantas silvestres; a cambio dejamos bolsas, botellas y demás basura; olvidada dirían algunos. Esa manía o actitud, podría decirse que inconsciente pero con alto grado de desconocimiento, pone de manifiesto la falta de práctica de un turismo responsable, ecológicamente sano. Turismo que busca proteger los ecosistemas que visita, dispone adecuadamente las basuras y paga por el uso que hace del paisaje de estos sitios. La Ley 300 de 1996 o Ley General de Turismo, señala que “el ecoturismo es aquella forma de turismo especializado y dirigido que se desarrolla en áreas con atractivo natural especial y se enmarca dentro de los parámetros del desarrollo humano sostenible”. La UICN (La Unión Mundial para la Naturaleza) define al ecoturismo como “aquella modalidad turística ambientalmente responsable consistente en viajar o visitar
áreas naturales relativamente sin perturbar con el fin de disfrutar, apreciar y estudiar los atractivos naturales (paisaje, flora y fauna silvestres) de dichas áreas, así como cualquier manifestación cultural (del presente y del pasado) que puedan encontrarse ahí, a través de un proceso que promueve la conservación, tiene bajo impacto ambiental y cultural y propicia un involucramiento activo y socioeconómico benéfico de las poblaciones locales”. El turismo responsable tiene entre sus finalidades, aprovechar y mantener los valores ambientales, buscando un mínimo impacto de los proyectos y desarrollos turísticos, particularmente en aquellos ecosistemas frágiles. El turismo no sostenible, termina agotando los recursos del sitio para sí y para la localidad, porque la demanda de recursos (agua, comida, espacio) es mayor que la oferta, se excede la extracción y se atenta contra las culturas autóctonas. Por eso para hacer turismo responsable o ecoturismo es importante determinar responsabilidades, formar, sensibilizar y fortalecer la organización para la adecuada prestación de los servicios que conlleva.
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EN URABÁ SE REALIZÓ CURSO BÁSICO DE SCI CON ENTIDADES DE SOCORRO
Entre el 26 y 27 de noviembre el Cuerpo de Bomberos de Turbo y CORPOURABA realizaron el Curso Básico en Sistema de Comando Incidente (S.C.I.) dirigido a la entidades de socorro en los municipios de la jurisdicción. El curso se cumplió en el piso 8 de la Cámara de Comercio y asistieron 30 personas, representantes de los cuerpos de bomberos, Cruz Roja y Defensa Civil de Urrao, Cañasgordas, Frontino, Dabeiba, Mutatá, Chigorodó, Carepa, Apartadó y Turbo. El curso continúa en el día de hoy en el municipio de Arboletes donde asistirán también 30 personas de los cuerpos de bomberos, Cruz Roja y Defensa Civil de los municipios de Necoclí, San Juan de Urabá, Arboletes y San Pedro de Urabá. Este curso es dictado por personal técnico con amplia experiencia del cuerpo de bomberos de Turbo y
del cuerpo de bomberos de Itaguí. El Sistema Comando Incidente permitirá aunar esfuerzos en el control de incendios y quemas forestales estos municipios. El Sistema de Comando Incidente se usa para organizar las operaciones tanto a corto como a largo plazo; incluye en campo una amplia gama de emergencias, desde incidentes pequeños hasta complejos, tanto naturales como causados por el hombre. Se promueve que el SCI sea utilizado por todos los niveles del gobierno nacional, provincial, departamental, municipal e institucional, las organizaciones del sector privado y no gubernamentales. No reemplaza las estructuras definidas para la gestión del riesgo en los entes territoriales, sino que por el contrario se convierte en la herramienta administrativa para desarrollar las acciones definidas dentro del mismo Sistema. El Sistema de Comando Incidente, SCI también es aplicable en diferentes disciplinas. Normalmente es estructurado para facilitar las actividades en cinco áreas funcionales principales: Mando, planificación, operaciones, logística y administración/finanzas.
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LAS BOLSAS DE PLÁSTICO SON UN SÍMBOLO DE LA INCULTURA DE “USAR Y TIRAR”
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n los últimos años ha habido un aumento en el debate acerca del impacto ambiental que tiene el uso de las bolsas plásticas. Esta preocupación ha llevado a algunos gobiernos a crear leyes que restringen o incluso prohíben el uso de este tipo de bolsas. Las bolsas de plástico de un solo uso representan un grave problema, no solo para el medio ambiente, sino para las personas. Se cree que las bolsas de plástico son un símbolo de la incultura de “usar y tirar” en la que vivimos inmersos. Se podría decir que no se pueden evitar o bien tomar la decisión y asumir que tenemos el gran poder de cambiar las cosas. Empezando poco a poco a ir introduciendo cambios, que nos hagan sentir conscientes y responsables de cada uno de nuestros hábitos. Se proponen alternativas sencillas para evitar las bolsas de plástico de un solo uso como: Llevar siempre a mano una bolsa de tela plegable, son muy resistentes para las compras espontáneas de cada día. Cuando se vaya a hacer una compra grande, llevar incluso el carrito de la compra (es mucho mejor para la espalda que las bolsas), o usar bolsas grandes, o una mochila...existen muchas opciones para todos los gustos.
Para pequeñas compras, como las de la farmacia, los cosméticos, un libro, es común coger la bolsa que te dan, y meterla en el bolso o mochila. ¿Realmente necesitamos esa bolsa? Seguramente podremos decirle que no al comerciante. Usar lo que se llama el sentido común. Los sistemas de transporte reutilizables son más cómodos, bonitos y ecológicos, además de baratos económicamente y para nuestro medio ambiente. Al llegar a la casa los desocupamos, y los volvemos a tener disponibles sin aumentar la generación de residuos. Los principales problemas del uso de las bolsas plásticas son: El tema de la adecuada disposición final de las bolsas y el hecho de que éstas pueden durar muchos años antes de degradarse. Las bolsas de plástico consumen grandes cantidades de energía para su fabricación, están compuestas de sustancias derivadas del petróleo, que pueden tardar en degradarse más de medio siglo. La gran mayoría acaba siendo desechada sin control, contaminando tanto las ciudades como los ecosistemas naturales. En el mar su impacto puede ser letal para animales como tortugas, ballenas o delfines, que mueren tras ingerirlas. Una posible solución es sustituir el material de estas bolsas por otros totalmente biodegradables. En España, el Ministerio de Medio Ambiente pretende para 2015 que el 70% de las bolsas posean dicha propiedad. En Francia, una Ley de 2005 sobre Política Agraria dispone que en 2010 todas las bolsas de plástico debieran ser biodegradables. Así mismo, las campañas de sensibilización en este país han conseguido que se reduzca en un 20% la utilización de las bolsas convencionales. (Nota tomada de internet)
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PREOCUPA LA PÉRDIDA DE HÁBITAT Y LA FRAGMENTACIÓN DE POBLACIÓN EN CAIMÁN Y BABILLA.
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sí se desprende de la información suministrada en reportaje que le concedió CORPOURABA al Diario El Colombiano recientemente:
¿Ha aumentado la amenaza sobre el caimán y la babilla? ¿Cuál tiene mayor amenaza? No se han realizado los estudios concernientes para asegurar que la presión sobre estas especies ha aumentado o disminuido, sin embargo la perdida de hábitat y la fragmentación de población es cada vez mayor lo que ha generado un diezmo de sus poblaciones. En décadas pasadas el caimán aguja habitaba ampliamente los manglares del golfo de Urabá en la actualidad es poco común observarlo en estas zonas y solo unos pocos ejemplares se refugian en caños y pozas alejados del hombre. Debido a que la babilla es un animal de amplia adaptabilidad a muy variados hábitats acuáticos y es la especie con más amplia distribución en Colombia se encuentra menos amenazada que el caimán aguja a la extinción. ¿Viene al alza el decomiso de pieles? Si, entre el año 2009 y el año 2011 no se reportó ningún decomiso, en el año 2012 se reportó un decomiso de 7 pieles y en el 2013 se han incautado 269 pieles en tres decomisos. ¿Qué programas de conservación se han puesto en práctica para defender estas especies? Desde el 2008 CORPOURABA inició acciones para la formulación y adopción del plan de manejo y conservación de los cocodrilos en Urabá, cuyo propósito es generar estrategias viables Ambientales y socioculturales que respondan a las necesidades de las comunidades y que apunten a la conservación de las especies. Además en el Hogar de Paso de Fauna Silvestre de CORPOURABA se brinda atención, valoración y disposición a las especies procedentes del tráfico ilegal o del rescate cuando son víctimas de la destrucción de su hábitat. ¿Se puede saber el número aproximado de animales que quedan? No. En un monitoreo poblacional realizado por CORPOURABA en el 2008 en los deltas de los ríos León , Suriquí y Atrato se encontraron entre tres y cuatro babillas por km de río, caño o ciénaga y en un segundo monitoreo poblacional realizado en el 2010 en el delta del rio León se encontraron
entre 0.5 y 2 individuos por km. ¿Están clasificados en los listados de la UICN? El caimán aguja se encuentra clasificado como CR (en peligro crítico) que es una categoría alta de extinción, y Apendice I CITTES. La babilla según clasificación CITTES es Apéndice II, y en UICN está en categoría LC (preocupación menor) no obstante algunas de sus poblaciones podrían clasificarse como vulnerables. ¿En cuáles sitios de Urabá se pueden encontrar estos cocodrilos? ¿De qué viven y cuáles son sus costumbres? En el Urabá existen dos especies de cocodrilos el caimán aguja y la babilla, estos viven en ecosistemas acuáticos: Estuarios dulces o salubres de ríos, zonas pantanosas, manglares, ciénagas, caños, pozas y lagunas. Estos animales son carnívoros que se alimentan de insectos, peces, camarones, caracoles, cangrejos, anfibios, aves, reptiles y mamíferos; Son ectodérmicos (dependen de la temperatura del sol para mantener la temperatura corporal), de hábitos nocturnos, pasan el día asoleándose o inactivos, exhiben complejas interacciones sociales, aparentemente gregarios, cuando pequeños son protegidos por su madre, y establecen jerarquía de dominancia durante el cortejo o por delimitación de territorios. El caimán aguja frecuenta los cuerpos principales de los grandes ríos de las tierras bajas sus desembocaduras y playas, algunas ciénagas poco visitadas por el hombre, en Urabá se pueden observar caimanes en el río León en cercanías de Bajíra, también en playones del Riosucio o Curvaradó y en el delta del río Atrato, puede Habitar en agua dulce,
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salada, salobre y nadar por mar abierto. Se caracteriza por excavar cavernas que emplea como refugio, como especie cavadora requiere de playas de arena para construir sus nidos, su adaptabilidad al medio le permite también anidar en montículos de material vegetal en descomposición. La babilla habita en todos los humedales de la región: manglares, arracachales, cativales y muchos otros ecosistemas de importancia a alturas inferiores a los 1000 mt, prefiere las aguas mansas y oscuras como ciénagas y pozas para refugiarse y mantener sus crías. Las
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hembras construyen montículos de anidación de tierra, arena y hojarasca donde los huevos se incuban con el calor de la materia organica. REFERENCIA --CORPOURABA. Plan de manejo y conservación de cocodrilos en los deltas de los ríos León Suriquí y Atrato. 2010. --Conservación internacional. Las tortugas y los cocodrilianos de los países andinos del trópico. 2007. Respuesta elaborado por Ana María Ceballos, 11 de noviembre de 2013. Coordinadora Hogar de Paso Fauna Silvestre de CORPOURABA. Revisó: Ana Lucía Vélez M., Coordinadora Gestión Ambiental.
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CON ÉXITO SE CUMPLIÓ CAPACITACIÓN EN PRUEBAS DE BOMBEO Y PRESENTACIÓN DE AVANCES DEL PLAN DE MANEJO EN AGUAS SUBTERRÁNEAS DE URABÁ
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ORPOURABÁ realizó recientemente en Apartadó la capacitación Teórico - Práctica en la realización e interpretación de pruebas de bombeo y el Plan de Manejo Ambiental de las aguas subterráneas en Urabá, dirigida a los jefes ambientales de las fincas bananeras, perforadores y usuarios del recurso. La jornada, que se realizó en Apartadó, entre el 20 y el 22 de noviembre, tuvo varios componentes como el conocimiento en la práctica del bombeo, avances del proyecto de conservación y el reconocimiento de los actores y sectores significativos en el marco de la formulación de los Planes de manejo ambiental del acuífero del golfo de Urabá, acorde con el Decreto 1640 de 2012, posibilitando la identificación de las interacciones entre los diferentes sectores, sus intereses con el recurso hídrico subterráneo y la construcción de posibles roles y compromisos en la ejecución del Plan, para contar con herramientas que permitan mejorar la gestión y administración de este recurso. La actividad se hizo atendiendo las necesidades de capacitación identificadas para los usuarios externos de la Corporación. Participaron empresas del sector productivo, como Banacol S.A, GRUPO 20, UNIBAN, Agrícola Santa María S.A, Bananeras de Urabá S.A, C.I. Tropical S.A, Agrícola Sarapalma S.A., Finca Cibeles S.A.; por el sector industrial estuvieron las empresas perforadoras de pozos asentadas en la región como Colpozos, Agromotanjes y Pozos y Construcciones del Darién; como prestadores del servicio de acueducto estuvo Aguas de Urabá S.A E.S.P; el SENA del sector educativo y Augura por el sector gremial. A esta capacitación asistieron 25 personas externas y 5 funcionarios de CORPOURABA. El Ingeniero Geólogo Héctor Mario Herrera estuvo a cago del curso.
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Otorgar a La Entidad CONSORCIO RED VIAL 2012, identificada con NIT 900.561.307-7, representada legalmente por el señor JAIME IGNACIO CASTRO VERGARA, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.737.129 de Barranquilla (Atlántico), concesión de aguas superficiales en las siguientes ubicaciones y condiciones: Cantidad de 6 l/seg, 2 h/d, 6d/sem, es decir 43.200l/2hora = 259.200 l/semana = 1.036.800 litros/mes = 1036,8 M3 / mes; Para uso industrial en actividad de rehabilitación y mantenimiento (humectación) de la vía el Tigre- Dabeiba. Esta se captará en los ríos Mutata, Surrambay, la Fortuna y Guapa. Resolución No. 200-03-20-01-1813-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones” Auto No. 200-03-50-04-0277-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-31 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra del señor Cesar Antonio Palacio Mosquera, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en 74, 77, 78, 80 y 81 del Decreto 1791 de 1.996, artículo 223 del Decreto Ley 2811 de 1974. Legalizar la medida preventiva efectuada mediante Acta de decomiso Preventivo contenida en el expediente 200-16-51-28-0207-2013, de ciento setenta y seis (176) estacones de Mangle duro (Cynometra lucida) con un volumen elaborado de dos punto un metros cúbicos (2.1 m3) en elaborado, equivalentes a cuatro punto dos metros (4.2 m3) cúbicos en bruto , avaluados en quinientos veinte ocho mil pesos ($ 528.000) de conformidad con lo expuesto en el artículo 13 de la Ley 1333 de 2009. Resolución No. 400-03-20-01-1844-2013 “Por la cual se declara el desistimiento de un Trámite Administrativo Ambiental” Apartadó, 2013-10-30 Declarar el desistimiento del trámite de Prospección y Exploración de Aguas Subterráneas, del predio denominado LOTE 33, ubicado en el barrio El Dorado, corregimiento El Tigre, del Municipio de Apartadó, Departamento de Antioquia, de conformidad con la solicitud elevada por la señora Luz Stella Ávila Ramírez, identificada con la cédula de ciudadanía No 28.761.168 del Guamo Tolima. Resolución No. 200-03-20-01-1858-2013 “Por la cual se autoriza la tala de árboles aislados en centro urbano y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-31
Quinientos setenta y seis mil trescientos dieciséis pesos m/I ($ 576.316), de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva de éste acto administrativo. Resolución No. 200-03-20-01-1841-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-30 Autorizar al señor JUAN EZEQUIEL MOSQUERA PALACIOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.590.331 de Turbo Antioquia, en calidad de representante de la comunidad de La Loma Murri, para el aprovechamiento forestal persistente en el predio CHILINDO, localizado en el paraje Carapita, vereda La Loma Murri, en jurisdicción del Municipio de Vigía del Fuerte, Departamento de Antioquia, en un volumen total de 492.09 m3 brutos en varias especies. Resolución No. 200-03-20-01-1840-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-30 AUTORIZAR al señor PEDRO MANUEL MINOTA, identificado con cédula de ciudadanía Nro. 3.532.232, en calidad de representante de la comunidad Bella Luz; respectivamente propietarios del predio JEDEGA, ubicado en el paraje La Negra, Corregimiento Bella Luz, Municipio de Murindó, Departamento de Antioquia; para adelantar aprovechamiento forestal persistente de bosque natural intervenido, de las especies que a continuación se relacionan, con un volumen de 330 metros cúbicos bruto de varias especies. Resolución No. 200-03-20-01-1839-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-30
Autorizar a la señora Diana Estela Garrido Henao, identificada con documento número 42.653.623 de Cáceres (Ant), en calidad de representante legal del MUNICIPIO DE ARBOLETES, con Nit. 890.985.623-4, en la vía pública del barrio el deportivo, ubicada en el casco urbano del Municipio de Urrao, Departamento de Antioquia, TALA DE ÁRBOLES AISLADOS EN ZONA URBANA de las especies Oiti y Mangle Zaragoza, en 2.00 M• de volumen.
Autorizar al señor JOSÉ ELIECER ROBLEDO CUESTA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.647.706 de Urrao Antioquia, en calidad de representante de la Comunidad de Santa María, realizar el aprovechamiento forestal persistente en el predio EL ROBLE, ubicado en el paraje El Roble, vereda Santa María, con un área de 90 hectáreas a intervenir en la jurisdicción del municipio de Vigía del Fuerte, en un volumen total de 319.08 m3 brutos en varias especies.
Resolución No. 200-03-20-01-1857-2013
Resolución No. 200-03-20-04-1787-2013
“Por la cual se registra libro de operaciones forestales y se adoptan otras disposiciones”
“Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones”
Apartadó, 2013-10-31
Apartadó, 2013-10-22
REGISTRAR el Libro de Operaciones Forestales del establecimiento denominado COMERCIALIZADORA DE MADERAS DE URABA LA PLAYA S.A.S “COMAURABA S.A.S.”, identificada con el NIT 900.529.3976-1, representado legalmente por el señor WILLIAM VELASQUEZ MANCO, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.174052 de San Pedro de Uraba, ubicado en la calle 99 número 14-22, del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia.
DECLARAR RESPONSABLES a los señores ANTONIO ACIAS SOLAR, con C.C 15608006 y RENZO GALLEGO, con C.C 98583868, de los cargos formulados mediante Auto Nº 200-03-50-04-0306-2012. Sancionar a los señores ANTONIO ACIAS SOLAR, con C.C 15608006 y RENZO GALLEGO, con C.C 98583868, con el DECOMISO DEFINITIVO de 19.5 m3 elaborados, de la Cedro y 11 M de la especie Roble, avaluados en SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS ($7’351.625), por infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 74, 77, 78, 80 y 81 del Decreto 1791 de 1.996, artículo 223 del Decreto Ley 2811 de 1974.
Resolución No. 200-03-20-01-1843-2013 “Por la cual se autoriza una tala o poda de árboles en centros urbanos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-30 Autorizar al señor Gustavo Adolfo Mendoza Vidal, identificado con la cédula de ciudadanía No 78.747.933 de Montería Córdoba, en calidad de representante legal de la ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS DEL ALTO SINÚ Y SAN JORGE TVP MUNICIPIOS, identificada con NIT 900.210.090-9; para adelantar Tala o poda de 70 árboles en centros urbanos del Municipio de Necoclí, en varias especies. Resolución No. 200-03-20-04-1809-2013 “Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-24 Declarar responsable a La agropecuaria La Docena S.A identificada con el Nit 800144040-5, titular de la Finca Castillete, representada legalmente por el señor Juan Camilo Posada quien haga sus veces, por infracción a las normas sustantivas ambientales, especialmente la consagrada por el artículo 28 del decreto 4741 de 2005 y articulo 2 de la resolución 1362 del MMADS. IMPONER a Agropecuaria La Docena S.A identificada con el Nit 800144040-5 multa de
Resolución No. 200-03-20-01-1860-2013 “Por la cual se otorga una concesión de aguas subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-31 Otorgar a la Sociedad RIO CEDRO S.A., 800.073.566-1, representada legalmente por el señor SANTIAGO MARTINEZ ESTRADA, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.564.481, propietaria de la finca Virginias, CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS para USO AGRICOLA Y DOMESTICO, en cantidad de 45 l/seg durante 1.75 horas/día, durante día a la semana equivalente a 243 metros cúbicos a la semana; y para USO DE RIEGO EN EPOCAS DE VERANO CRITICO: cantidad de 45 l/seg durante 16 horas/día, durante 7 días a la semana equivalente a 18144 metros cúbicos a la semana, a derivar del pozo profundo, ubicado en las siguientes coordenadas Norte: 7° 44’ 19.16”; Este: 76° 43’ 31.79”. Resolución No. 200-03-20-01-1859-2013 “Por la cual se otorga una concesión de aguas subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-31
Apartadó, 2013-10-25 Autorizar al señor Esau Rivera Goez, identificado con la cédula de ciudadanía No 71.251.667 de Apartadó Antioquia, debidamente autorizado por la señora Teresita Rivera Goez, identificada con la cédula de ciudadanía No 32.287.754 de Chigorodó, Antioquia, en calidad de propietaria del predio denominado, LAS ACACIAS, con una extensión aproximada de 110.77 Has, ubicado en la vereda Zungo Arriba, jurisdicción del Municipio de Apartadó, Departamento de Antioquia; para adelantar aprovechamiento forestal persistente de varias especies en un volumen de 129,2 M3. Resolución No. 200-03-20-01-1799-2013 “Por la cual se otorga una concesión de aguas superficiales y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-24 Otorgar al señor Juan Carlos Rubio Ostos, identificado con la cédula de ciudadanía No 79.313.063 de Bogotá, debidamente autorizado por la señora Rosa Elvira Casas de Ayala, identificada con la cédula de ciudadanía No 41.551.342 de Bogotá, CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES, para uso pecuario y doméstico en cantidad de 2.9 litros/segundo de la siguiente forma: Conceder 0.09 litros/segundo, de la fuente nacimiento Jebal para uso domestico, por 24 horas al día, los 7 días a la semana, las 4 semanas del mes, para un total de 217.728 litros/mes esto arroja 217.8m3. Resolución No. 200-03-20-01-1775-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-22 Autorizar al señor Claucides Arias Villalba, identificado con la cédula de ciudadanía No 71.937.599 de Apartadó, debidamente autorizado por el señor William de Jesús Zapata Parra, identificado con la cédula de ciudadanía No 15.369.744 de Apartadó, en calidad de propietario de los predios denominados, ESPERANCITA y LAS BRISAS II, con una extensión aproximada de 38 Has, ubicados en el Corregimiento Barranquillita, vereda El Tigre, del Municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia. Resolución No. 200-03-20-01-1781-2013 “Por la cual se otorga un permiso de vertimientos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-22 Otorgar PERMISO DE VERTIMIENTOS PARA USO DOMÉSTICO E INDUSTRIAL, para las actividades de producción de cajas y astillero, a la C.I UNIBAN S.A identificada con NIT 890.904.224-2, en calidad de propietaria del predio La Isla Lote 12, donde se ubica la zona industrial, Zungo Embarcadero, representada legalmente por el señor Luís Fernando Arango Arango, identificado con la cédula de ciudadanía No 8.350.385 de Medellín, los cuales se verterán sobre la cuenca del río León en el canal privado Zungo, en las coordenadas N 7º51´07.2”W 76º44´36.7”. Resolución No. 200-03-20-01-1832-2013 “Por la cual se autoriza el aprovechamiento forestal Persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, Autorizar al señor JAVIER MARTÍNEZ PAREJA, identificado con cédula de ciudadanía número 4.348.436 de Anserma (Caldas), en calidad de propietario del predio denominado La Irlanda, ubicado en la Vereda Bedó del municipio de Mutatá, Departamento de Antioquia, en una extensión de 70 has, APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE EN ÁREAS REGENERACIÓN NATURAL de las especies Terminalia, Cedro y Chingalé, en un volumen de 59.3 M3. Resolución No. 200-03-20-01-1847-2013 “Por la cual se otorga una concesión de aguas superficiales y se adoptan otras disposiciones” Apartadò, 2013-10-30 Otorgar al señor ROGELIO ANTONIO SÁNCHEZ DIEZ 71.930.442, representado por el señor JORGE IVÁN SÁNCHEZ DÍEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No 6.631.468, CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES para uso domestico y pecuario, a captar de la fuente Las Palmitas en las coordenadas N 7º52´49.1”W76º 35´19.7” en caudal de 1 L/s, por 24 horas al día por 7 días a la semana, para un total de 604.800 litros por semana. El término de la presente concesión será de diez (10) años, contados a partir de la firmeza de este acto administrativo prorrogables, a solicitud del interesado, durante el último mes del período para el cual se haya autorizado, salvo razones de conveniencia pública.
Resolución No. 200-03-20-01-1779-2013 “Por la cual se otorga una Concesión de Aguas Subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadò, 2013-10-22 Otorgar a la sociedad CENTURION S.A identificada con NIT 800.073.573-3, representada legalmente por el señor Santiago Martínez Estrada, identificado con la cédula de ciudadanía No 98.564.481 de Envigado, o quien haga sus veces en el cargo CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRANEAS, para uso agroindustrial y riego, para la finca ARROCERA, ubicada en la vereda Champitas, Comunal Santillana, Municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia, a captar del pozo profundo ubicado en las siguientes coordenadas Norte: 7º37´57.9”; Este 76º42´33”. Resolución No. 200-03-20-01-1777-2013 “Por la cual se otorga una Concesión de Aguas Subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadò, 2013-10-22 Otorgar a la sociedad CENTURION S.A identificada con NIT 800.073.573-3, representada legalmente por el señor Santiago Martínez Estrada, identificado con la cédula de ciudadanía No 98.564.481 de Envigado, o quien haga sus veces en el cargo, CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRANEAS, para la finca Uno Vivero, ubicada en la vereda Champitas, Comunal Santillana, Municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia, a captar del pozo profundo ubicado en las siguientes coordenadas Norte: 7º38´15.2”; Este 76º40´58.5”, la captación del agua será de 100 litros/segundo durante 16 horas/día, durante 7 días a la semana equivalente a 40.320m3 a la semana, para riego durante épocas de verano critico. Resolución No. 200-03-20-01-1778-2013 “Por la cual se otorga una Concesión de Aguas Subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadò, 2013-10-22 Otorgar a la sociedad CENTURION S.A identificada con NIT 800.073.573-3, representada legalmente por el señor Santiago Martínez Estrada, identificado con la cédula de ciudadanía No 98.564.481 de Envigado, o quien haga sus veces en el cargo CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRANEAS, para uso agroindustrial y riego para la finca CUATRO, vereda Champitas, Comunal Santillana, Municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia, a captar del pozo profundo ubicado en las siguientes coordenadas Norte: 7º37´5.5”; Este 76º41´4.3”. Resolución No. 200-03-20-01-1776-2013 “Por la cual se otorga una Concesión de Aguas Subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadò, 2013-10-22 Otorgar a la sociedad CENTURION S.A identificada con NIT 800.073.573-3, representada legalmente por el señor Santiago Martínez Estrada, identificado con la cédula de ciudadanía No 98.564.481 de Envigado, o quien haga sus veces en el cargo CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRANEAS, para uso agroindustrial y riego para la finca UNO, vereda Champitas, Comunal Santillana, Municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia, a captar del pozo profundo ubicado en las siguientes coordenadas Norte: 7º38´33.9”; Este 76º40´12.9”. Auto No. 200-03-50-04-0260-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-10 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra de los señores Fabio Antonio Montoya, identificado con cedula de ciudadanía 70.430.230, de Cañasgordas y Jorge Albeiro Castañeda Munera, identificado con documento de identidad numero 1.035.302160, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en 74, 77, 78, 80 y 81 del Decreto 1791 de 1.996, artículo 223 del Decreto Ley 2811 de 1974. Resolución No. 200-03-20-01-1733-2013
“Por la cual se niega concesión de aguas subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-15 Negar la solicitud de CONCESION DE AGUAS SUBTERRANEAS, al señor Juan Carlos Rubio Ostos, identificado con la cédula de ciudadanía No 79.313.063 de Bogotá, debidamente autorizado por la señora Rosa Elvira Casas de Ayala, identificada con la cédula de ciudadanía No 41.551.342 de Bogotá, al predio denominado lote 1 La Cabaña, localizado en la vía Panamerica kilómetro 12, corregimiento Lomas Aisladas, vereda La Leona, Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia, por las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-01-0267-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-10-17 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las cantidades y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor JOHN ELMER MOLINA TRILLOS identificado con Cédula de Ciudadanía No. 15.445.250 de Rionegro (Antioquia), debidamente autorizado por la entidad VIAS DE LAS AMERICAS S.A.S identificada con NIT 900.373.83-, por razones de utilidad pública e interés social en el Mejoramiento de la vía Necoclí Mulatos, Veredas VALE PAVAS y MULATOS en el municipio de Necoclí.
Auto No. 200-03-50-05-0264-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatorio, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-15 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. VINCULAR a la presente investigación y FORMULAR PLIEGO DE CARGOS en contra del señor LUIS JORGE AREVALO RUIZ, identificado con cedula de ciudadanía número 5.808.487, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 51, 178, 179, 180, del Decreto 2811 de 1974. Resolución No. 200-03-20-01-1732-2013 “Por la cual se otorga Concesión de Aguas Subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-15 Otorgar a la sociedad AGROPECUARIA YERBAZAL LTDA, identificada con NIT 890.917.006-1, representada legalmente por la señora Dora Alicia Álvarez Barrera, identificada con la cédula de ciudadanía No 42.885.141 de Envigado, CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, para uso agroindustrial a derivar del pozo profundo ubicado en las siguientes coordenadas Norte 7º55´43.2”; Este 76º41´34.8”, en una cantidad de 4.3 litros/segundo, durante 3 horas/ día, durante 4 días a la semana, equivalente a 185.76m3a la semana. El término de la presente concesión será por diez (10) años, contados a partir de la firmeza de esta resolución, prorrogables a solicitud del interesado durante el último mes del período para el cual se haya autorizado, salvo razones de conveniencia pública. Resolución No. 200-03-20-01-1842-2013 “Por la cual se otorga una concesión de aguas superficiales y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-30 Otorgar al señor JIUVANNI SUESCUN LÓPEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No 8.419.199 de Dabeiba – Antioquia, CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES, para uso pecuario en cantidad de 1.0 L/segundo, a captar de la quebrada Salto del Ángel por 24 horas al día, los 7 días de la semana, las 4 semanas del mes, para un total de 2.419.200 litros por mes esto arroja 2.419.2m3, ubicado en el corregimiento Caucheras del Municipio de Mutatá, Departamento de Antioquia. El término de la presente concesión será de Diez (10) años, contados a partir de la firmeza de la presente resolución, prorrogables, a solicitud del interesado, durante el último mes del período para el cual se haya autorizado, salvo razones de conveniencia pública. Resolución No. 200-03-20-01-1755-2013 “Por la cual se autoriza el registro y aprovechamiento de una plantación forestal protectora- productora y se dictan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-17 Registrar una Plantación Forestal Protectora – Productora, de las especie Pino Patula (Pinus patula) establecidas en el predio denominado Palermo, con una extensión de 19.30 has, ubicado en el Municipio de Cañasgordas, paraje La Estrella-Careperro, Departamento de Antioquia; según solicitud elevada por el señor Jorge Mario Osorio Muñoz, identificado con cédula de ciudadanía Nº 70.431.298 de Cañasgordas (Antioquia), en calidad de propietario del precitado predio. Autorizar al señor Jorge Mario Osorio Muñoz, identificado con cédula de ciudadanía Nº 70.431.298 de Cañasgordas (Antioquia), en calidad de propietario del predio referenciado, para adelantar entresaca forestal de la especie Pino Patula (Pinus patula) hasta del 35% por lo bajo, que alcanza una medida de 786m3. Resolución No. 200-03-20-04-1833-2013 “Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-30 Declarar responsables a los señores JAVIER DARÍO MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía 8.473.407 y ARLEY MUNOZ, identificado con cédula de ciudadanía 71.599.51, de los cargos formulados, mediante Auto ro 17003-02-03-0014 del 9 de Diciembre_de 2011. Sancionar a los señores JAVIER DARlO MUNOZ, identificado con cédula de ciudadanía 8.473.407 y ARLEY MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía 71.5699.514, con el decomiso definitivo de 3.4 M3 en elaborado de la especie Roble (tabebuia Rosea), por infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 74,78, 80 Y 81 del decreto 1791, artículo 223 del decreto 2811 dé 1974. Resolución No. 200-03-20-04-1756-2013
“Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-17 Declarar responsable a la señora NORFA NELLYS LOPEZ PARRA, identificada con cedula de ciudadanía número 43.140.334 de los cargos que se le formularon por la Subdirección de Gestión y Administración Ambiental de CORPOURABA, mediante Auto N° 200-03-50-04-0163-2013 del 15 de julio de 2013. Sancionar a la señora NORFA NELLYS LOPEZ PARRA, identificada con cedula de ciudadanía número 43.140.334, con Multa por valor de SEISCIENTOS CATORCE MIL CIENTO DIECINUEVE PESOS M-L ($614.119 m-l), por infracción a las disposiciones contenidas en los Articulo 51, 178, 179, 180 del Decreto 2811 de 1974 y en el artículo 28 del decreto 948 de 1995, multa que deberá cancelar una vez quede ejecutoriado el presente acto administrativo. RESOLUCION No. 200-03-20-01-1754-2013 “Por la cual se otorga permiso de ocupación de cauce y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-17 Otorgar permiso de ocupación de cauce de la quebrada “Metido por Dentro” en el predio de la finca El Limonar de la vereda La Esmeralda- municipio de Carepa, Antioquia, para la construcción de un muro en geotubos en una longitud de 63 metros lineales, para la protección contra la erosión fluvial, localizada en las coordenadas geográficas N= 7° 44´ 35.3”, W 76° 34¨ 49.5 y N=7° 44´34.7” W= 76° 34´47.5 a la sociedad AGUAS DE URABA S.A E.S.P identificada con NIT 900.072.303-1, representada legalmente por el señor CARLOS ENRIQUE VELEZ RESTREPO, identificado con CC. 98549440 de Envigado, o quién haga sus veces. La sociedad AGUAS DE URABA S.A E.S.P identificada con NIT 900.072.3030-1, representada legalmente por el señor CARLOS ENRIQUE VELEZ RESTREPO, identificado con CC. 98549440 de Envigado, o quién haga sus veces, deberá dar aplicación a las diferentes medidas de manejo ambiental. Auto No. 200-03-50-04-0263-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-13 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra el señor ADRIÁN ALZATE RESTREPO, identificado con la cédula de ciudadanía N° 70.601.822, como presunto infractor de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 249, 258 literal c, 265 literales d y c, ley 17 de 191; artículos 31, 56, 57 del Decreto 1608 de 1978. Auto No. 200-03-50-04-0266-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-16 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la ley 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra los señores Juan Guillermo Montoya Escobar, identificado con la cédula de ciudadanía No 15.488.315 y Jorge Sepúlveda Flórez, como presuntos infractores de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223 y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. Auto No. 200-03-50-04-0261-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-10 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra de la señora María Lucero Pulgarín Castaño, identificada con documento de identidad numero 21.686.694 de Chigorodo, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en 74, 77, 78, 80 y 81 del Decreto 1791 de 1.996, artículo 223 del Decreto Ley 2811 de 1974. Resolución No. 200-03-20-01-1721-2013 “Por la cual se registra un libro de operaciones forestales y se adoptan otras disposiciones”
Resolución No. 200-03-20-01-1608-2013 “Por la cual se otorga una concesión de aguas subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-01 Otorgar a la Sociedad AGRICOLA CERDEÑA S.A., identificada con NIT 900.088.916-4, representada legalmente por el señor GUSTAVO SILVA VANEGAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.146.652 de Bogotá, propietaria de la finca “LA CANDELA”, CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS para USO INDUSTRIAL, en cantidad de 4.4 l/seg durante 2 horas/día, durante 4 días a la semana equivalente a 126.72 m a la semana, a derivar del pozo profundo, ubicado en las siguientes coordenadas cartográficas Norte: 7° 50’ 37.6”; Este: 76° 42’ 52.3” Apartadó, 2013-10-09 REGISTRAR el REGISTRO DE LIBRO DE OPERACIONES FORESTALES de la industria forestal denominada MAPROMOLDURAS RUIZ S.A.S, identificada con NIT 900.568.214-2 representada legalmente por la señora Catalina Azucena Pérez Garzón identificada con cédula de ciudadanía No 41.782.180 de Bogotá, ubicada en el Municipio de Turbo, Corregimiento El Tres, Departamento de Antioquia. Resolución No. 200-03-20-01-1856-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-31 AUTORIZAR a la señora SILVIA BOTERO DE ANGEL identificada con cédula de ciudadanía No 22.156.244 de Medellín – Antioquia, en calidad de propietaria de los predios denominados Cielo Dos, Lucha, Cielo y Casanare, ubicados en el Municipio de Arboletes, Vereda La Barrancuda, Departamento de Antioquia, adelantar aprovechamiento de material forestal producto de una tala indiscriminada de Roble en 410 M3. Resolución general No. 200-03-30-99-1607-2013 “Por la cual se acoge al nuevo decreto que reglamenta el sistema nacional de compras” Apartadó, 2013-10-01 Dar por terminado el plazo en el cual se dio aplicación transitoria al Decreto 734 de 2012. Acogerse al Decreto 1510 del 2013 “por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública”, a partir del 02 de octubre de 2013. Resolución No. 200-03-30-99-1397-2013 “Por la cual se aplica transitoriamente el Decreto 734 de 2012” Apartadó, 2013-08-14 Dar aplicación transitoria al Decreto 734 de 2012 durante el período que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2013. Que no obstante lo anterior, CORPOURABA podrá acogerse al Decreto 1510 del 2013, del Departamento Nacional de Planeación, en un lapso inferior al dispuesto siempre y cuando se tengan ajustados los procedimientos y procesos contractuales a la nueva normatividad. Resolución No. 200-03-20-04-1712-2013 “Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-08 DECLARAR RESPONSABLE al señor Darío Velez, identificado con el documento de identidad numero 15.483.491 de Urrao, de los cargos formulados mediante Auto Nº 200-03-50-990013-2013 del 23 de enero de 2013. Sancionar al señor Darío Velez, identificado con el documento de identidad numero 15.483.491 de Urrao con el DECOMISO DEFINITIVO de 1.937 metros cúbicos de Roble (Quercus humboldtii), en presentación de 150 estacones; 3.87 metros cúbicos de Guayabo (Eugenia florida), en presentación de 300 estacones y 0.64 metros cúbicos de Laurel (Ocotea sp), en presentación de 50 estacones, para un total de 6.447 metros cúbicos de producto forestal primario y representados en 500 estacones avaluados en un millón ochocientos ochenta mil pesos ( $ 1.880.000). Resolución No. 200-03-20-01-1624-2013 “Por la cual se autoriza el aprovechamiento forestal Persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-02 Autorizar a la empresa FOGANSA S.A, con NIT 811.029.388-0, representada legalmente por el señor JUAN GONZALO HENAO GALINDO identificado con cedula de ciudadanía número 71.707.422, propietaria de la predio HACIENDA FUNDADORES, con una extensión aproximada de de 2500.00 Has, ubicada en las veredas Caña Brava, el Coco y las Tinas del municipio de Arboletes, Departamento de Antioquia, APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE EN AREAS DE REGENERACION de varias especies y en un Volumen Bruto de 1775,8 m3. Resolución No. 200-03-20-01-1612-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal de arboles aislados y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-02
AUTORIZAR a la Sociedad VIENTO EN POPA S.A.S identificada con el Nit 811.015.624-3de representada legalmente por el señor JESUS MARIA GOMEZ DUQUE identificado con el documento de identidad No. 8.306.130 de Medellín, quien autorizo al señor AZDRUBAL ALBERTO CASTRILLON AGUDELO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.926.758 de La Anorí (Antioquia) para los tramites y gestiones pertinentes derivados de este permiso, en calidad de propietaria del predio denominado Buenos Aires , con una extensión aproximada de 108.72 has, ubicado en el municipio de Turbo, Paraje La Cuna, Corregimiento el Dos, para adelantar Aprovechamiento Forestal de arboles aislados, de varias especies y en el volumen de 568,77 M3. Resolución No. 200-03-20-01-1600-2013 “Por la cual se autoriza el registro y aprovechamiento de una plantación forestal protectora- productora y se dictan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-30 Autorizar al señor BERNARDO DE JESUS ARANGO SANTANA identificado con cedula de ciudadanía No 70.432.151 de Cañasgordas –Antioquia, en calidad de propietario del predio denominado EL DUENDE, con una extensión de aproximada de 8 has, ubicado en el Municipio de Giraldo, Vereda Toyo paraje Toyo, Departamento de Antioquia, el REGISTRO DE UNA PLANTACIÓN FORESTAL DE CARÁCTER PRODUCTOR– PROTECTOR, de la especie Pino Patula (pinus patula). Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010228-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-09-16 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, en cantidad de 4.00 LPS, para uso agroindustrial a captar del pozo ubicado en la finca Samarkanda, en las coordenadas X: 1.376.859.29 Y: 1.040,355.21, en la Comunal San Jorge, Municipio Turbo, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor JUAN GABRIEL RAMBAY, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.212.372 de Bello (Antioquia), debidamente autorizado por el señor GUSTAVO SILVA VANEGAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.146.652 de Usaquen, actuando en calidad de Representante Legal de la Sociedad AGRÍCOLA CAPURGANÁ S.A., con NIT 900.147.530-9. Resolución No. 200-03-20-01-1590-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Autorizar al señor JOSÉ GREGORIO MOSQUERA MANYOMA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 12.000.300 de Riosucio (Chocó), en calidad de representante de la comunidad de San Miguel, debidamente autorizado por COCOMACIA, acorde con el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 1745 de 1995, el aprovechamiento forestal persistente en el predio Nipulducito, paraje Nipulducito-Gengado, vereda San Miguel, en jurisdicción del Municipio de Vigía del Fuerte, Departamento de Antioquia, en un volumen total de 350 m3 brutos en varias especies. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010226-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-09-16 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, a captar del pozo ubicado en las coordenadas N: 07º51’46.9” W: 46º39’41” de la finca El Estoril, km 2 de la vía Apartadó hacia Carepa, Municipio Apartadó, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor IVÁN MEJÍA RESTREPO, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.260.249 de Medellín, en calidad de Representante Legal de la sociedad PLANTÍOS S.A.S., con NIT 890.923.7767. El presente auto sólo declara iniciada la actuación administrativa ambiental, y no constituye otorgamiento de permiso, concesión o autorización alguna. Resolución No. 200-03-20-01-1721-2013 “Por la cual se registra un libro de operaciones forestales y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-09 REGISTRAR el REGISTRO DE LIBRO DE OPERACIONES FORESTALES de la industria forestal denominada MAPROMOLDURAS RUIZ S.A.S, identificada con NIT 900.568.214-2 representada legalmente por la señora Catalina Azucena Pérez Garzón identificada con cédula de ciudadanía No 41.782.180 de Bogotá, ubicada en el Municipio de Turbo, Corregimiento El Tres, Departamento de Antioquia.
Auto No. 200-03-50-04-0232-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-17 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra el Señor Aicardo de Jesús Navarro Bedoya, identificado con cédula de ciudadanía Nº 70’021.161 y el Consejo Comunitario de Cocomaseco Municipio de Acandi, como presuntos infractores de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223, 224 y 245 literal c, y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. Legalizar el decomiso preventivo 2.25 m3 de madera Cativo (prioria copaifera), avaluada en trescientos treinta mil pesos m/l ($ 330.000). Resolución No. 200-03-20-04-1546-2013 “Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-17 DECLARAR RESPONSABLE al señor José Gonzalo Jumi Jumi, identificado con la c.c 78.766.2, de los cargos formulados mediante Auto Nº 200-03-50-050159-2013 del 12 de julio de 2013. Sancionar al señor José Gonzalo Jumi Jumi, identificado con la c.c 78.766.2 con el DECOMISO DEFINITIVO de 5.2 m3 en elaborado de la especie cedro, avaluándose el material decomisado en novecientos ochenta y ocho mil pesos m/l ($988.000) MONEDA LEGAL, por infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 74, 77, 78, 80 y 81 del Decreto 1791 de 1996 y artículos 51, 223 del Decreto Ley 2811 de 1974. Resolución No. 200-03-20-01-1561-2013 “Por la cual se otorga una concesión de aguas subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-19 Otorgar a la Sociedad AGRICOLA EL DESAFIO S.A., identificada con NIT 900.088.076-2, representada legalmente por el señor JAVIER FRANCISCO RESTREPO GIRONA identificado con cédula de ciudadanía No. 70.557.022, propietaria de la finca Santa Isabel, CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS para USO INDUSTRIAL Y DOMESTICO, en cantidad de 5 l/seg durante 2 horas/ día, durante 4 días a la semana equivalente a 144 m a la semana, a derivar del pozo profundo, ubicado en las siguientes coordenadas cartográficas Norte: 7° 44’ 40.2”; Este: 76° 39’ 49.6” Auto No. 200-03-50-04-0224-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-13 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra de los señores Jhon Fredy Peña, identificado con CC.8.338.248, del Municipio de Tierra Alta (Cordoba) y Henry Osorio, identificado con documento de identidad numero 71.255.909, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en 74, 77, 78, 80 y 81 del Decreto 1791 de 1.996, artículo 223 del Decreto Ley 2811 de 1974. Legalizar la medida preventiva efectuada mediante Acta de decomiso Preventivo numero 400-01-05-05-153-2013, de conformidad con lo expuesto en el artículo 13 de la Ley 1333 de 2009. Auto No. 200-03-50-04-0237-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-26 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación y formular pliego de cargos en contra del señor JOSÉ NUÑEZ SINESTERRA, identificado con cédula de ciudadanía número 1.525.213, por presunta violación a las siguientes normas: Artículos 211, 212, 225, 238 Nº 1 y 2 del Decreto 1541 de 1978; 25 N°8 y 10, 41, 42, 44, 53 del decreto 3930 de 2010 y el oficio de requerimiento al presunto infractor emanado de CORPOURABA TRD 210-06-01-1806 del 19/07/2012, como propietario, de un criadero de cerdos que funciona en la zona urbana corregimiento de Nueva Colonia, barrio San José, colindante con la fábrica de plásticos de Banacol, del municipio de Turbo, Antioquia. Resolución No. 200-03-20-01-1594-2013
“Por la cual se otorga permiso de ocupación de Cauce del Río Atrato” Apartadó, 2013-09-30 Autorizar permiso de Ocupación de Cauce, Playas y Lechos en el casco urbano, del Municipio Vigía del Fuerte, Departamento de Antioquia, en el sitio definido por las coordenadas geográficas N: 6°35’4.6’’ y W: 76°53’51’’, para la construcción de un muro de contención en la parte de la ladera derecha del río Atrato a la altura del casco urbano de dicho Municipio, para el resguardo de la Institución Educativa y la comunidad en general, solicitada por la señora MIRYAM DEL CARMEN SERNA MARTÍNEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 26.255.093 de Quibdó, en calidad de Alcaldesa Municipal del MUNICIPIO DE VIGÍA DEL FUERTE, identificada con NIT 800.020.665-5. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010247-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-10-01 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de APROVECHAMIENTO FORESTAL DE ÁRBOLES AISLADOS, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor ALVARO ANTONIO RODRÍGUEZ SEPÚLVEDA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 3’533.467 de Mutatá (Antioquia), en calidad de propietario del predio denominado LA PRIMAVERA, con una extensión aproximada de 30.00 has, ubicado en la vereda Guapa en el Municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia. Resolución No. 200-03-20-01-1560-2013 “Por la cual se autoriza el aprovechamiento forestal Persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-19 Autorizar a los señores GABRIEL MARIANO VALENCIA MOLINA y TOMASA MARIA MOLINA FABRA identificados con cedula de ciudadanía números 8.326.112 y 25.765.383, respectivamente, propietarios de los predios La Esmeralda y la Unión, ubicados el primero en la Vereda Guarumal y el segundo en el paraje La Ruyita en la jurisdicción del municipio de San Pedro de Urabá, Departamento de Antioquia, siendo predios colindantes, en una extensión de 61, has, 966 M2, APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE EN AREAS DE REGENERACION de las especies ceiba Tolúa, Cedro y Roble. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010248-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-10-01 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Tala de Árboles Localizados en el centro urbano del Municipio de Necoclí, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor GUSTAVO ADOLFO MENDOZA VIDAL, identificado con cédula de ciudadanía No. 78.747.933 de Montería (Córdoba), en calidad de Representante Legal de la ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS DEL ALTO SINÚ Y SAN JORGE TVP MUNICIPIOS, identificada con NIT 900.210.0909, autorizado por la Alcaldía del Municipio de Necoclí, Departamento de Antioquia. Resolución No. 200-03-20-01-1592-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-30 Autorizar al señor JOSÉ DE LA CRUZ MOSQUERA CÓRDOBA, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.560.232 de Bojayá (Chocó), en calidad de representante de la comunidad de San Martín, debidamente autorizado por COCOMACIA, acorde con el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 1745 de 1995, el APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE, a realizarse en el Predio La Vuelta, ubicado en el paraje Quebrada Negra, vereda San Martín, jurisdicción del municipio de Vigía del Fuerte, en un volumen total de 345,7 m3 Brutos en varias especies. Resolución No. 200-03-20-01-1593-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-30 Autorizar al señor JOSÉ DE LA CRUZ MOSQUERA CÓRDOBA, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.560.232 de Bojayá (Chocó), quien actúa en calidad de representante de la comunidad de San Martín, debidamente autorizado por COCOMACIA, acorde con el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 1745 de 1995, el APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE a realizarse en el predio en La Bodega, ubicado en el paraje La Bodega, vereda San Martín, en jurisdicción del Municipio de Vigía del Fuerte, Departamento de Antioquia, en un volumen total de 343.9 m3 brutos en varias especies.
Autorizar al señor JHON DE JESÚS PALACIOS ROMAÑA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 11.812.209 de Quibdó - Chocó, en calidad de representante de la comunidad de Vuelta Cortada, debidamente autorizado por COCOMACIA, acorde con el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 1745 de 1995, el APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE a realizarse en el predio Rogeradó, ubicado en el paraje Ñagaradó, en la vereda Vuelta Cortada, en jurisdicción del Municipio de Vigía del Fuerte, Departamento de Antioquia, en un volumen total de 481,4 m3 Brutos en varias especies.
Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Doméstico, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor JOSE ALBEIRO HERNANDEZ MADRID, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 98.526.538 expedida en el municipio de Itagüi Antioquia, en calidad de Propietario del predio denominado LA VALENTINA, con una extensión aproximada de 80.00 has, ubicados en el Municipio de Urrao, Vereda LA MAGDALENA, Paraje EL OSO, Departamento de Antioquia.
Resolución No. 200-03-20-01-1597-2013
Resolución No. 200-03-20-01-1634-2013
“Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones”
“Por la cual se otorga permiso de ocupación de cauce y se adoptan otras disposiciones” Apartadò, 2013-10-03
Apartadó, 2013-09-30 Autorizar a la señora ELEODORA ASPRILLA RIVAS, identificada con la cédula de ciudadanía No. 26.265.238 de Bojayá (Chocó), en calidad de representante de la comunidad de San José de la Calle, debidamente autorizado por COCOMACIA, acorde con el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 1745 de 1995, el APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE a realizarse en el predio Los Cucaros, ubicado en el paraje Salao, vereda San José de la Calle, con un área de 150 hectáreas a intervenir, en jurisdicción del Municipio de Vigía del Fuerte, Departamento de Antioquia, en un volumen total de 439.44 m3 Brutos en varias especies. Resolución No. 200-03-20-01-1633-2013 “Por la cual se otorga un permiso de vertimientos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-03 Otorgar permiso de vertimientos para uso domésticos al señor Juan Carlos Rubio Ostos, identificado con la cédula de ciudadanía No 79.313.063, debidamente autorizado por la señora Rosa Elvira Rubio Ostos, identificada con la cédula de ciudadanía No 41.551.342, para las aguas residuales domésticas que verterá a la quebrada Jebal, en las coordenadas N 07º40´45.4” W 76º39´07.9”, sobre la cuenca del río Chigorodó, localizada en la vereda Ripea del Municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia. Resolución No. 200-03-20-01-1703-2013 “Por la cual se niega permiso de vertimientos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-04 Negar la solicitud de PERMISO DE VERTIMIENTOS al señor Juan Carlos Rubio Ostos, identificado con la cédula de ciudadanía No 79.313.063 de Bogotá, debidamente autorizado por la señora Rosa Elvira Casa de Ayala identificada con la cédula de ciudadanía No 41.551.342 de Bogotá, para el predio denominado Lote 1 La Cabaña, ubicado en la vía panamericana kilómetro 12, corregimiento Lomas Aisladas, vereda La Leona en el Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia. Resolución No. 200-03-20-01-1706-2013 “Por la cual se otorga un permiso de vertimientos y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-10-04 Otorgar PERMISO DE VERTIMIENTOS para uso domésticos a la sociedad SANVEL S.A.S., identificada con NIT 890.942.224-4, representada legalmente por el señor SANTIAGO MARTÍNEZ ESTRADA, identificado con la cédula de ciudadanía No 98.564.481 de Envigado Antioquia, para un caudal de 0.045L/ segundo realizado a la fuente río Vijagual en las coordenadas N 7º47´39.9” y W 76º39´9”, ubicada en el kilómetro 4, corregimiento Casa Verde, urbanización mixta Los Almendros en el Municipio de Carepa, Departamento de Antioquia. Resolución No. 200-03-20-01-1704-2013 “Por la cual se otorga permiso de ocupación de cauce y se adoptan otras disposiciones” Apartadò, 2013-10-04
Resolución No. 200-03-20-01-1595-2013
Otorgar a la Sociedad C.I UNIBAN S.A con NIT 890.904.224-2, representada legalmente por el señor GABRIEL JAIME HURTADO RESTREPO, identificado con la cédula de ciudadanía No 71.671.215 de Medellín, o quien haga sus veces en el cargo, PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE, playas y lechos del canal interno de la zona industrial C.I Unibán S.A a la altura de las coordenadas geográficas N= 7º51´12.7” W= 76º44´46.3” y N=7º51´18.7” W= 76º44´47.8”, ubicado en el predio La Isla – Lote 21 de la vereda Zungo Embarcadero del Municipio de Carepa, Departamento de Antioquia.
“Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones”
Auto de Iniciación de Trámite No. 170-03-50-010007-2013
Apartadó, 2013-09-30
“Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Urrao, 2013-09-25
Otorgar a la Sociedad AGROPECUARIA VIENA S.A, identificada con NIT 800.004.708-6, representada legalmente por el señor Oscar Enrique Penagos Garcés, identificado con la cédula de ciudadanía No 70.547.271 de Envigado, PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE, playas y lechos del río Carepa a la altura de las coordenadas geográficas (N 7º 45´55.2” y W 76º 39´50.3”) y (N 7º 45´52.9” Y W 76º 39´59.1”), ubicadas en la finca Guaduales de la Vereda Casa Verde, del Municipio de Carepa, para la construcción de un tablestacado en una longitud de 500 metros, compuesto por tableros en láminas galvanizadas de 1.5 milímetros de espesor que se sueldan unas a otras, sujetadas por pilares de tubo de acero reforzado de 2 pulgadas de diámetro por 6 metros de largo, conformando tres cuerpos (base, medio y cabezal). Auto No. 200-03-50-04-0243-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-26 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra de los señores Luís Daniel Miranda Sierra. identificado con la cédula de ciudadanía número 80’252.691 expedida en Bogotá y Enrique Cuesta Chaverra, identificado con la cédula de ciudadanía número 71’982.679 expedida en Turbo, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en 74, 77, 78, 80 y 81 del Decreto 1791 de 1.996, artículo 223 del Decreto Ley 2811 de 1974. Auto No. 200-03-50-04-0242-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-26 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra los señores Jorge Eliécer Sepúlveda identificado con la cédula de ciudadanía No 15.6.485.280, y Jorge Uriel Escobar Herrera, identificado con la cédula de ciudadanía No 15.486.804, como presuntos infractores de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223, 224 y 245 literal c, y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. Auto No. 200-03-50-04-0241-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-26 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra los señores Ferney Alonso Cossío Vargas identificado con la cédula de ciudadanía No. 8.175.376, y Jorge Uriel Escobar Herrera, identificado con la cedula de ciudadanía No 15.486.804, por presuntas infracciones a la normatividad ambiental, especialmente las contenidas en el Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223, 224 y 245 literal c, y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. Auto No. 200-03-50-06-0240-2013 “Por medio de la cual se ordena una indagación preliminar y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-26 Declarar iniciada la indagación preliminar de que trata el artículo 17 de la Ley 1333 de 2009, con el fin de establecer los hechos u omisiones constitutivos de infracción de la normatividad ambiental. Legalizar el decomiso preventivo de ciento treinta (130) estacones de madera tipo Siete cueros (Tibonuchina
Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor ALBERTO PALACIO VALENCIA, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 3.532.004 de Murindó (Antioquia), en calidad de representante legal de la Comunidad SAN BERNARDO, del predio denominado AGUAS NEGRA, con una extensión aproximada de 733 has, ubicadas en el Paraje QUEBRADA AGUAS NEGRA, Corregimiento SAN BERNARDO el Municipio de Murindó, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 160-03-50-010009-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Cañasgordas, 2013-11-22 Lepidota), equivalentes a 2.63 m, llevado a cabo mediante Acta Única de Control al tráfico Ilegal de Flora y Fauna Silvestre Nº 0111586. Auto No. 200-03-50-04-0239-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-26 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra los Señores Germán Darío Velásquez Hurtado identificado con la cédula de ciudadanía No 15.486.275 y Jorge Uriel Escobar Herrera, identificado con la cédula de ciudadanía No 15.486.804, como presuntos infractores de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223, 224 y 245 literal c, y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. Auto No. 200-03-50-04-0236-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-25 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra el señor John Dairo Serna Rodas, identificado con la cédula de ciudadanía No 1.048.016.991, como presunto infractor de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223 y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. Decretar la Medida Preventiva del decomiso de 4.8 metros cúbicos de madera Laurel Común (Ocotea sp), y designar como secuestre a la Señora LENCY MARIN GAVIRIA, identificada con cédula de ciudadanía No. 43.917.390 de Bello Ant, el material incautado quedara depositado en La Secretaría de Planeación y Obras Públicas del Municipio de Urrao.
identificado con cédula de ciudadanía No. 8.737.129 de Barranquilla, representante legal del CONSORCIO RED VIAL 2012, identificado con NIT 900.561.307-7, para el Mantenimiento y Rehabilitación de las carreteras El Tigre-Dabeiba-Santa Fé de Antioquia, específicamente en las vías ubicadas en los Municipios de Chigorodó y Mutatá, Departamento de Antioquia. Auto No. 200-03-50-04-0251-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-02 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra el señor Jairo Palacio identificado con el documento de identidad 4.815.765, como presunto infractor de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223 y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. Auto No. 200-03-50-04-0259-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-08 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra del señor Javier Antonio Cuñapa Pulgarin, identificado con el documento de identidad número 8.436.660, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en 20, 21, 74, 77 Y 80 del Decreto 1791 de 1.996. Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-010033-2013
Auto No. 200-03-50-04-0244-2013
“Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental”
“Por la cual se inicia una investigación, decreta una medida preventiva, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones”
Vigía del fuerte, 2013-10-08 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor JOSE GREGORIO MOSQUERA MANYOMA, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 12.000.300 de RIOSUCIO (Chocó), en calidad de representante legal de la Comunidad SAN MIGUEL, y del predio denominado LA COLINA, con una extensión aproximada de 3,149.00 has, ubicados en el Municipio de Vigía del Fuerte, Corregimiento SAN MIGUEL, Vereda SAN MIGUEL, Paraje NIPULDUCITO-GENGADO, Departamento de Antioquia.
Apartadó, 2013-09-26 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra el señor LUIS GUILLERMO CARDONA PEREZ, identificado con CC.98.645.850, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en las siguientes normas: a) Decreto 2811 de 1974, articulo 8 literales a, b, c, artículo 9, articulo 51. b) Ley 685 de 2001 artículos 159 y 160. c) Decreto 2820 de 2010 articulo 9. d) Decreto 1541de 1978, artículos 36 y 211 Auto No. 200-03-50-04-0250-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-02 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra los señores Jorge Cano Cardona, identificado con el documento de identidad 71.331.906 y Antonio Montoya Castillo, identificado con documento de identidad 98.586.132 , por presunta infracción a las disposiciones contenidas en 20, 21, 74, 77 Y 80 del Decreto 1791 de 1.996. Legalizar la medida preventiva efectuada mediante Acta única de medida preventiva de decomiso Nº 400-01-05-05-0174/2013 , de conformidad con lo expuesto en el artículo 13 de la Ley 1333 de 2009. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010256-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-10-04 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE Y PODA DE ÁRBOLES, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por la señora ALEXA MARÍA ECHEVERRI GRAJALES, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.450.791 de Rionegro (Ant.), debidamente autorizada por el señor JAIME IGNACIO CASTRO VERGARA,
Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-010034-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa Ambiental” Vigía del fuerte, 2013-10-08 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor LIBARDO DE JESUS SAN MARTIN MACHADO, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 4.794.785 de Bojayá (Chocó), en calidad de representante legal de la Comunidad de BUCHADO, y del predio denominado RIO GUAGUANDO, con una extensión aproximada de 20.883 has, ubicados en el Municipio de Vigía del Fuerte, Corregimiento de BUCHADO, Vereda BUCHADO, Paraje RIO GUAGUANDO, Departamento de Antioquia. Auto No. 200-03-50-04-0252-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-04 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra de los señores Luis Hernando Ramos, identificado con el documento número 6.885.219 y Libardo Argumedo, identificado con el documento 71.934.996, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en 74, 77, 78, 80 Y 81 del Decreto 1791 de 1.996, artículo 223 del Decreto Ley 2811 de 1974, resolución 438 de 2001. Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-010041-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa Ambiental Vigía del fuerte, 2013-12-02
Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE, PLAYAS Y LECHOS para la construcción de muros en concreto con su respectiva compuerta para EL PROYECTO ECOTURISTICO “LOS BUFALOS”, obra que se desarrollará en el predio denominado La Floresta, ubicado en la vereda La Balsa del municipio de Cañasgordas, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor NICOLAS DE JESUS GOMEZ GOMEZ, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 70.431.852 de Cañasgordas (Ant.). Resolución No. 200-03-20-01-2027-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-11-22 AUTORIZAR al DARLIN MOSQUERA CUESTA, identificado con cédula de ciudadanía Nro. 3.532.759, en calidad de representante de la comunidad Bebarameño; respectivamente propietarios del predio RÍO VACA, ubicado en el paraje El Loro, Corregimiento Bebarameño, Municipio de Murindó, Departamento de Antioquia; para adelantar aprovechamiento forestal persistente de arbolados, de varias especies, con un volumen de 296.0 metros cúbicos bruto. Resolución No. 200-03-20-01-2023-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-11-22 AUTORIZAR al señor OSMAN MURILLO PALOMEQUE, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.532.165, en calidad de representante de la comunidad PDI; respectivamente propietarios del predio LOMA DE BARTOLO, ubicado en el paraje Bartolo, Corregimiento PDI, Municipio de Murindó, Departamento de Antioquia; para adelantar aprovechamiento forestal persistente de arbolados, de varias especies, con un volumen de 279.2 metros cúbicos bruto. Resolución No. 200-03-20-01-2022-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-11-22 Autorizar al señor EMILSON MOSQUERA PALACIOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 11.616.757 de Bojayá-Chocó, en calidad de representante de la Comunidad de Villa Nueva, realizar el aprovechamiento forestal persistente en el predio ÑAGARADOCITO, ubicado en el paraje Vuelta Escondida, vereda Villa Nueva, con un área de 95 hectáreas a intervenir en la jurisdicción del municipio de Vigía del Fuerte, en un volumen total de 402 m3 brutos en varia (s) especie (s). Resolución No. 200-03-20-01-2021-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-11-22 Autorizar al señor JHON DE JESUS PALACIOS ROMAÑA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 11.812.209 de Quibdó-Chocó, en calidad de representante de la Comunidad de Vuelta Cortada, realizar el aprovechamiento forestal persistente en el predio GUAPACHA, ubicado en el paraje GUAPACHA, vereda VUELTA CORTADA, con un área de 70 hectáreas a intervenir en la jurisdicción del municipio de Vigía del Fuerte, en un volumen total de 295 m3 brutos en varia (s) especie (s). Resolución No. 200-03-20-01-2020-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-11-22 Autorizar al señor Álvaro Antonio Rodríguez Sepúlveda, identificado con la cédula de ciudadanía No 3.533.467 de Mutatá Antioquia, en calidad de propietario del predio denominado La Primavera, con una extensión aproximada de 30.00 has, ubicado en la vereda Guapa en el Municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia; para adelantar aprovechamiento forestal persistente de varias especies en un volumen de 5.71 M3. Auto de Iniciación de Trámite No. 170-03-50-010008-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Urrao, 2013-11-20 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de
Aprovechamiento Forestal Doméstico, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor LUIS ANIBAL MONTOYA BORJA, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 3.481.680 de Frontino (Antioquia), en calidad de Propietario del predio denominado LAS MERCEDES, con una extensión aproximada de 400.00 has, ubicado en el Municipio de Urrao, Corregimiento LA ENCARNACION, Vereda LA CLARA, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-010040-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental. Vigía del fuerte, 2013-11-20 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor INSON PALACIOS CÓRDOBA, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 3.532.474 de Murindó (Antioquia), en calidad de representante legal de la Comunidad TADIA, del predio denominado TAPARALES, con una extensión aproximada de 100. has, ubicados en el Municipio de Murindó, Corregimiento TADIA-CAMPO ALEGRE, Vereda TADIA-CAMPO ALEGRE, Paraje TAPARALES Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-010039-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental. Vigía del fuerte, 2013-11-20 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor INSON PALACIOS CÓRDOBA, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 3.532.474 de Murindó (Antioquia), en calidad de representante legal de la Comunidad TADIA, del predio denominado EL ABROJO, con una extensión aproximada de 100. has, ubicados en el Municipio de Murindó, Corregimiento TADIA-CAMPO ALEGRE, Vereda TADIA-CAMPO ALEGRE, Paraje EL ABROJO, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-010038-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental. Vigía del fuerte, 2013-11-19 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor FABIO BAILARIN BAILARIN, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 3.532.778 de Murindó (Antioquia), en calidad de representante legal de la Comunidad Indígena de BACHIDUBI, del predio denominado TAPARAL ARRIBA, con una extensión aproximada de 70. has, ubicados en el Municipio de Murindó, Corregimiento BACHIDUBI, Vereda BACHIDUBI, Paraje TAPARAL, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-010037-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental. Vigía del fuerte, 2013-11-18 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor VIRGILIO BAILARIN CARU0PIA, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.077.440.485 de Murindó (Antioquia), en calidad de representante legal de la Comunidad Indígena de ISLA, del predio denominado QUEBRADA SUCIA, con una extensión aproximada de 90. has, ubicados en el Municipio de Murindó, Corregimiento ISLA, Vereda ISLA, Paraje QUEBRADA LA SUCIA, Departamento de Antioquia.
PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE, PLAYAS Y LECHOS para construcción de un muro de protección para resguardar el casco urbano del municipio de Uramita de las avenidas del río Sucio, obra que se desarrollará en el predio denominado Lote de Terreno, ubicado en la zona urbana, barrio El Totumo del municipio de Uramita, departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor JESUS MARÍA RUA ARIAS, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 98.459.930 de Uramita, en calidad de Representante Legal del municipio de Uramita, identificado con NIT 890.984.575-4. Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-01-0036-2013
de propietario del predio denominado PARCELA 7, con una extensión aproximada de 8.78 has, ubicado en el Municipio de Urrao, vereda La Primera, Departamento de Antioquia; para adelantar aprovechamiento forestal persistente de varias especies en un volumen bruto de 239.83 M3.
Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental. Vigía del fuerte, AntioquiaDeclarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor GILBERTO BAILARIN SINIGUI, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 3.532.279 de Murindó (Antioquia), en calidad de representante legal de la Comunidad Indígena de GUAGUA, del predio denominado QUEBRADA GUAGUA, con una extensión aproximada de 80. has, ubicados en el Municipio de Murindó, Corregimiento GUAGUA, Vereda GUAGUA, Paraje QUEBRADA GUAGUAS, Departamento de Antioquia.
Apartadó, 2013-10-31
Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010282-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Apartadó, 2013-11-08 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de PERMISO DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS FUENTES FIJAS para la operación de la Planta de Trituración y Asfalto, en un lote de terreno denominado Peñas Blancas, vereda Peñas Blancas (Fuemia), municipio de Uramita, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por la señora ANA MARIA JAILLIER CORREA, identificada con cédula de ciudadanía No. 42.895.563 de Envigado (Ant.), en calidad de Representante Legal de la sociedad CONSTRUCCIONES EL CONDOR S.A., NIT 890922447-4. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010283-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Apartadó, 2013-11-08 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de PERMISO DE PROSPECCIÓN Y EXPLORACIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS en un lote de terreno propiedad de C.I. Ladrillera Uraba S.A., ubicado en el Corregimiento El Reposo, Municipio de Apartadó, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor JAVIER IGNACIO LOTERO CONTRERAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 70.113.068 de Medellín, en calidad de Representante Legal de la C.I. LADRILLERA URABA S.A., identificada con NIT 900070996-4. Resolución No. 400-03-20-01-1923-2013
Resolución No. 200-03-20-01-1858-2013 Por la cual se autoriza la tala de árboles aislados en centro urbano y se adoptan otras disposiciones.
Autorizar a la señora Diana Estela Garrido Henao, identificada con documento número 42.653.623 de Cáceres (Ant), en calidad de representante legal del MUNICIPIO DE ARBOLETES, con Nit. 890.985.623-4, en la vía pública del barrio el deportivo, ubicada en el casco urbano del Municipio de Urrao, Departamento de Antioquia, TALA DE ÁRBOLES AISLADOS EN ZONA URBANA de las especies Oiti y Mangle Zaragoza en un volumen de 2.00 M3. Resolución No. 200-03-20-01-1857-2013 Por la cual se registra libro de operaciones forestales y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-10-31 REGISTRAR el Libro de Operaciones Forestales del establecimiento denominado COMERCIALIZADORA DE MADERAS DE URABA LA PLAYA S.A.S “COMAURABA S.A.S.”, identificada con el NIT 900.529.3976-1, representado legalmente por el señor WILLIAM VELASQUEZ MANCO, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.174052 de San Pedro de Uraba, ubicado en la calle 99 número 14-22, del Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia. Resolución No. 200-03-20-01-1860-2013 Por la cual se otorga una concesión de aguas subterráneas y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-10-31 Otorgar a la Sociedad RIO CEDRO S.A., 800.073.566-1, representada legalmente por el señor SANTIAGO MARTINERZ ESTRADA, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.564.481, propietaria de la finca Virginias, CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS para USO AGRICOLA Y DOMESTICO, en cantidad de 45 l/seg durante 1.75 horas/día, durante día a la semana equivalente a 243 metros cúbicos a la semana; y para USO DE RIEGO EN EPOCAS DE VERANO CRITICO: cantidad de 45 l/seg durante 16 horas/día, durante 7 días a la semana equivalente a 18144 metros cúbicos a la semana, a derivar del pozo profundo, ubicado en las siguientes coordenadas Norte: 7° 44’ 19.16”; Este: 76° 43’ 31.79”. Resolución No. 200-03-20-01-1859-2013 Por la cual se otorga una concesión de aguas subterráneas y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-10-31
Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010293-2013
Por la cual se declara el desistimiento de un Trámite Administrativo Ambiental.
Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental
Apartadó,2013-11-13
Apartadó, 2013-11-21 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de éste auto, según solicitud presentada por el señor JOSE FRANKLIN CARDENAS ROLDAN, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.555.933 de Remedios (Ant.), en calidad de propietario del predio denominado La Fortuna, ubicado en las Veredas El Salado y Cucharo, Paraje Moncholo, Municipio de Necoclí, Departamento de Antioquia.
Declarar el desistimiento del trámite de registro de plantaciones forestales de carácter productor – protector y aprovechamiento forestal, para el predio denominado LA CARDONA, con una extensión aproximada de 100.00 has, ubicada en el Municipio de Urrao, corregimiento Encarnación, vereda San Rafael, Departamento de Antioquia, de conformidad con la solicitud elevada por el señor Jainer Alonso Vargas Sepúlveda, identificado con la cédula de ciudadanía No 15.488.916 de Urrao – Antioquia.
Otorgar a La Entidad CONSORCIO RED VIAL 2012, identificada con NIT 900.561.307-7, representada legalmente por el señor JAIME IGNACIO CASTRO VERGARA, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.737.129 de Barranquilla (Atlántico), concesión de aguas superficiales en las siguientes ubicaciones y condiciones: Cantidad de 6 l/seg, 2 h/d, 6d/sem, es decir 43.200l/2hora = 259.200 l/semana = 1.036.800 litros/mes = 1036,8 M3 / mes; Para uso industrial en actividad de rehabilitación y mantenimiento (humectación) de la vía el Tigre- Dabeiba. Esta se captará en los ríos Mutata, Surrambay, la Fortuna y Guapa.
Resolución No. 200-03-20-01-1969-2013
Resolución No. 200-03-20-01-1856-2013
Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones.
Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones.
Apartadó, 2013-11-16
Apartadó, 2013-10-31
Autorizar al señor Horacio de Jesús Restrepo Salinas, identificado con la cédula de ciudadanía No 610.800 de Cañasgordas Antioquia, en calidad de propietario del predio denominado El Bertel, con una extensión aproximada de 137.21 has, ubicado en el corregimiento de Churidó, vereda Zungo Carretera, frente a las oficinas de C.I UNIBAN S.A, del Municipio de Apartadó, Departamento de Antioquia; para adelantar aprovechamiento forestal persistente de las especies Cedro, Roble y Tambolero, en un volumen bruto de 261.8 M3.
AUTORIZAR a la señora SILVIA BOTERO DE ANGEL identificada con cédula de ciudadanía No 22.156.244 de Medellín – Antioquia, en calidad de propietaria de los predios denominados Cielo Dos, Lucha, Cielo y Casanare, ubicados en el Municipio de Arboletes, Vereda La Barrancuda, Departamento de Antioquia, adelantar aprovechamiento de material forestal producto de una tala indiscriminada de la especie Roble en un Volumen bruto de 410 M3.
Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010289-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Apartadó, 2013-11-16 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de APEO DE ARBOLES AISLADOS en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de éste auto, según solicitud presentada por el señor OSCAR SEPULVEDA MOLINA, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.731.243 de Medellín (Ant.), debidamente autorizado por la EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLIN E.P.M E.S.P., con NIT 890.904.996-1 en calidad de propietaria de la Subestación de Energía Eléctrica Urrao, ubicado en la calle 39 No. 28-56, Municipio de Urrao, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 160-03-50-010008-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Cañasgordas, 2013-11-14 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de
Resolución No. 200-03-20-01-1971-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-11-16 Autorizar al señor MARIO ALBERTO CARTAGENA MONTOYA, identificado con la cédula de ciudadanía No 15.484.923 de Urrao Antioquia, en calidad
Resolución No. 200-03-20-01-1595-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-09-30 Autorizar al señor JHON DE JESÚS PALACIOS ROMAÑA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 11.812.209 de Quibdó - Chocó, en calidad de representante de la comunidad de Vuelta Cortada, debidamente autorizado
(pinus patula). Resolución No. 200-03-20-01-1612-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal de arboles aislados y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-10-02
por COCOMACIA, acorde con el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 1745 de 1995, el APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE a realizarse en el predio Rogeradó, ubicado en el paraje Ñagaradó, en la vereda Vuelta Cortada, en jurisdicción del Municipio de Vigía del Fuerte, Departamento de Antioquia, en un volumen total de 481,4 m3 Brutos en varias (s) especies (s) Resolución No. 200-03-20-01-1593-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-09-30 Autorizar al señor JOSÉ DE LA CRUZ MOSQUERA CÓRDOBA, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.560.232 de Bojayá (Chocó), quien actúa en calidad de representante de la comunidad de San Martín, debidamente autorizado por COCOMACIA, acorde con el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 1745 de 1995, el APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE a realizarse en el predio en La Bodega, ubicado en el paraje La Bodega, vereda San Martín, en jurisdicción del Municipio de Vigía del Fuerte, Departamento de Antioquia, en un volumen total de 343.9 m3 brutos en varia(s) especie (s). Resolución No. 200-03-20-01-1592-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-09-30 Autorizar al señor JOSÉ DE LA CRUZ MOSQUERA CÓRDOBA, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.560.232 de Bojayá (Chocó), en calidad de representante de la comunidad de San Martín, debidamente autorizado por COCOMACIA, acorde con el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 1745 de 1995, el APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE, a realizarse en el Predio La Vuelta, ubicado en el paraje Quebrada Negra, vereda San Martín, jurisdicción del municipio de Vigía del Fuerte, en un volumen total de 345,7 m3 Brutos en varias especie (s). RESOLUCION No. 200-03-20-01-1454-2013 Por la cual se otorga permiso de ocupación de cauce y se adoptan otras disposiciones Apartadó, 2013-10-17 Otorgar permiso de ocupación de cauce de la quebrada “Metido por Dentro” en el predio de la finca El Limonar de la vereda La Esmeralda- municipio de Carepa, Antioquia, para la construcción de un muro en geotubos en una longitud de 63 metros lineales, para la protección contra la erosión fluvial, localizada en las coordenadas geográficas N= 7° 44´ 35.3”, W 76° 34¨ 49.5 y N=7° 44´34.7” W= 76° 34´47.5 a la sociedad AGUAS DE URABA S.A E.S.P identificada con NIT 900.072.303-1, representada legalmente por el señor CARLOS ENRIQUE VELEZ RESTREPO, identificado con CC. 98549440 de Envigado, o quién haga sus veces.
disposiciones. Apartadó, 2013-09-19 Otorgar a la Sociedad AGRICOLA EL DESAFIO S.A., identificada con NIT 900.088.076-2, representada legalmente por el señor JAVIER FRANCISCO RESTREPO GIRONA identificado con cédula de ciudadanía No. 70.557.022, propietaria de la finca Santa Isabel, CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS para USO INDUSTRIAL Y DOMESTICO, en cantidad de 5 l/seg durante 2 horas/ día, durante 4 días a la semana equivalente a 144 m a la semana, a derivar del pozo profundo, ubicado en las siguientes coordenadas cartográficas Norte: 7° 44’ 40.2”; Este: 76° 39’ 49.6” Resolución No. 200-03-20-01-1608-2013 “Por la cual se otorga una concesión de aguas subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-01 Otorgar a la Sociedad AGRICOLA CERDEÑA S.A., identificada con NIT 900.088.916-4, representada legalmente por el señor GUSTAVO SILVA VANEGAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.146.652 de Bogotá, propietaria de la finca “LA CANDELA”, CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS para USO INDUSTRIAL, en cantidad de 4.4 l/seg durante 2 horas/día, durante 4 días a la semana equivalente a 126.72 m a la semana, a derivar del pozo profundo, ubicado en las siguientes coordenadas cartográficas Norte: 7° 50’ 37.6”; Este: 76° 42’ 52.3” Resolución No. 200-03-20-01-1897-2013 “Por la cual se niega una solicitud de aprovechamiento forestal persistente” Apartadó, 2013-11-08 Negar la solicitud de APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE realizada por el señor ANIBAL TUBERQUIA SEPULVEDA, identificado con cédula de ciudadanía No 71.942.056 de Apartadó, en calidad de autorizado de la señora AMADA SEPULVEDA DE TUBERQUIA identificada con cédula de ciudadanía No. 21.696.569 de Apartadó, propietaria de los predios denominados LA LINDA Y EL BRILLANTE, ubicados en la Vereda La Linda, corregimiento San José de Apartadó, municipio de Apartadó, Departamento de Antioquia, por las razones expuestas en la parte motiva. Resolución No. 200-03-20-01-1721-2013 “Por la cual se registra un libro de operaciones forestales y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-09 REGISTRAR el REGISTRO DE LIBRO DE OPERACIONES FORESTALES de la industria forestal denominada MAPROMOLDURAS RUIZ S.A.S, identificada con NIT 900.568.214-2 representada legalmente por la señora Catalina Azucena Pérez Garzón identificada con cédula de ciudadanía No 41.782.180 de Bogotá, ubicada en el Municipio de Turbo, Corregimiento El Tres, Departamento de Antioquia. Resolución No. 200-03-20-01-1590-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones.
Resolución No. 200-03-20-01-1560-2013
Apartadó, 2013-09-13
Por la cual se autoriza el aprovechamiento forestal Persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones.
Autorizar al señor JOSÉ GREGORIO MOSQUERA MANYOMA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 12.000.300 de Riosucio (Chocó), en calidad de representante de la comunidad de San Miguel, debidamente autorizado por COCOMACIA, acorde con el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 1745 de 1995, el aprovechamiento forestal persistente en el predio Nipulducito, paraje Nipulducito-Gengado, vereda San Miguel, en jurisdicción del Municipio de Vigía del Fuerte, Departamento de Antioquia, en un volumen total de 350 m3 brutos en varias especie (s).
Apartadó, 2013-09-19 Autorizar a los señores GABRIEL MARIANO VALENCIA MOLINA y TOMASA MARIA MOLINA FABRA identificados con cedula de ciudadanía números 8.326.112 y 25.765.383, respectivamente, propietarios de los predios La Esmeralda y la Unión, ubicados el primero en la Vereda Guarumal y el segundo en el paraje La Ruyita en la jurisdicción del municipio de San Pedro de Urabá, Departamento de Antioquia, siendo predios colindantes, en una extensión de 61, has, 966 M2, APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE EN AREAS DE REGENERACION de varias especies y cantidad. Resolución No. 200-03-20-01-1594-2013 Por la cual se otorga permiso de ocupación de Cauce del Río Atrato Apartadó, 2013-09-30 Autorizar permiso de Ocupación de Cauce, Playas y Lechos en el casco urbano, del Municipio Vigía del Fuerte, Departamento de Antioquia, en el sitio definido por las coordenadas geográficas N: 6°35’4.6’’ y W: 76°53’51’’, para la construcción de un muro de contención en la parte de la ladera derecha del río Atrato a la altura del casco urbano de dicho Municipio, para el resguardo de la Institución Educativa y la comunidad en general, solicitada por la señora MIRYAM DEL CARMEN SERNA MARTÍNEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 26.255.093 de Quibdó, en calidad de Alcaldesa Municipal del MUNICIPIO DE VIGÍA DEL FUERTE, identificada con NIT 800.020.665-5. Resolución No. 200-03-20-01-1561-2013 Por la cual se otorga una concesión de aguas subterráneas y se adoptan otras
Resolución No. 200-03-20-01-1856-2013 Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-10-31 AUTORIZAR a la señora SILVIA BOTERO DE ANGEL identificada con cédula de ciudadanía No 22.156.244 de Medellín – Antioquia, en calidad de propietaria de los predios denominados Cielo Dos, Lucha, Cielo y Casanare, ubicados en el Municipio de Arboletes, Vereda La Barrancuda, Departamento de Antioquia, adelantar aprovechamiento de material forestal producto de una tala indiscriminada de la especie Roble y un volumen de 410 M3 brutos. Resolución No. 200-03-20-01-1600-2013 Por la cual se autoriza el registro y aprovechamiento de una plantación forestal protectora- productora y se dictan otras disposiciones Apartadó, 2013-09-30 Autorizar al señor BERNARDO DE JESUS ARANGO SANTANA identificado con cedula de ciudadanía No 70.432.151 de Cañasgordas –Antioquia, en calidad de propietario del predio denominado EL DUENDE, con una extensión de aproximada de 8 has, ubicado en el Municipio de Giraldo, Vereda Toyo paraje Toyo, Departamento de Antioquia, el REGISTRO DE UNA PLANTACIÓN FORESTAL DE CARÁCTER PRODUCTOR– PROTECTOR, de la especie Pino Patula
AUTORIZAR a la Sociedad VIENTO EN POPA S.A.S identificada con el Nit 811.015.624-3de representada legalmente por el señor JESUS MARIA GOMEZ DUQUE identificado con el documento de identidad No. 8.306.130 de Medellín, quien autorizo al señor AZDRUBAL ALBERTO CASTRILLON AGUDELO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.926.758 de La Anorí (Antioquia) para los tramites y gestiones pertinentes derivados de este permiso, en calidad de propietaria del predio denominado Buenos Aires , con una extensión aproximada de 108.72 has, ubicado en el municipio de Turbo, Paraje La Cuna, Corregimiento el Dos, para adelantar Aprovechamiento Forestal de arboles aislados, de varias especies y en un volumen de 568,8 M3. Resolución No. 200-03-20-01-1624-2013 Por la cual se autoriza el aprovechamiento forestal Persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones. Apartadó, 2013-10-02 Autorizar a la empresa FOGANSA S.A, con NIT 811.029.388-0, representada legalmente por el señor JUAN GONZALO HENAO GALINDO identificado con cedula de ciudadanía número 71.707.422, propietaria de la predio HACIENDA FUNDADORES, con una extensión aproximada de de 2500.00 Has, ubicada en las veredas Caña Brava, el Coco y las Tinas del municipio de Arboletes, Departamento de Antioquia, APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE EN AREAS DE REGENERACION de varias especies y un volumen de 1775,8 M3. Resolución No. 400-03-20-01-1728-2013 “Por la cual se autoriza el aprovechamiento forestal Persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-10-11 Autorizar a la empresa FOGANSA S.A, con NIT 811.029.388-0, representada legalmente por el señor JUAN GONZALO HENAO GALINDO identificado con cedula de ciudadanía número 71.707.422, propietaria de la predio HACIENDA FUNDADORES, con una extensión aproximada de de 2500.00 Has, ubicada en las veredas Caña Brava, el Coco y las Tinas del municipio de Arboletes, Departamento de Antioquia, APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE EN AREAS DE REGENERACION de varias especies y un volumen bruto de 1775,8 M3. Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-010035-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Vigía del fuerte, 2013-10-23 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor JOSE ELIECER ROBLEDO CUESTA, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 3.647.706 de Vigía del Fuerte (Antioquia), en calidad de representante legal de la Comunidad SANTA MARÍA y propietario del predio denominado QUEBRADA CAJON, con una extensión aproximada de 100.00 has, ubicados en el Municipio de Vigía del Fuerte, Corregimiento SANTA MARIA, Vereda SANTA MARIA, Paraje CAÑO SECO, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-010034-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa Ambiental Vigía del fuerte, 2013-10-08 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor LIBARDO DE JESUS SAN MARTIN MACHADO, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 4.794.785 de Bojayá (Chocó), en calidad de representante legal de la Comunidad de BUCHADO, y del predio denominado RIO GUAGUANDO, con una extensión aproximada de 20.883 has, ubicados en el Municipio de Vigía del Fuerte, Corregimiento de BUCHADO, Vereda BUCHADO, Paraje RIO GUAGUANDO, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-010033-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Vigía del fuerte, 2013-10-08 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor JOSE GREGORIO MOSQUERA MANYOMA, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 12.000.300 de RIOSUCIO (Chocó), en calidad de representante legal de la Comunidad SAN MIGUEL, y del predio denominado LA COLINA, con una extensión aproximada de 3,149.00 has, ubicados en el Municipio de Vigía del Fuerte, Corregimiento SAN MIGUEL, Vereda SAN MIGUEL, Paraje NIPULDUCITO-GENGADO, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010256-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Apartadó, 2013-10-04 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE Y PODA DE ÁRBOLES, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por la señora ALEXA MARÍA ECHEVERRI GRAJALES, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.450.791 de Rionegro (Ant.), debidamente autorizada por el señor JAIME IGNACIO CASTRO VERGARA, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.737.129 de Barranquilla, representante legal del CONSORCIO RED VIAL 2012, identificado con NIT 900.561.307-7, para el Mantenimiento y Rehabilitación de las carreteras El Tigre-Dabeiba-Santa Fé de Antioquia, específicamente en las vías ubicadas en los Municipios de Chigorodó y Mutatá, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-01-
0267-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Apartadó, 2013-10-17 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las cantidades y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor JOHN ELMER MOLINA TRILLOS identificado con Cédula de Ciudadanía No. 15.445.250 de Rionegro (Antioquia), debidamente autorizado por la entidad VIAS DE LAS AMERICAS S.A.S identificada con NIT 900.373.83-, por razones de utilidad pública e interés social en el Mejoramiento de la vía Necoclí Mulatos, Veredas VALE PAVAS y MULATOS en el municipio de Necoclí. Auto de Iniciación de Trámite No. 170-03-50-010007-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Urrao , 2013-09-25 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Doméstico, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor JOSE ALBEIRO HERNANDEZ MADRID, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 98.526.538 expedida en el municipio de Itagüi Antioquia, en calidad de Propietario del predio denominado LA VALENTINA, con una extensión aproximada de 80.00 has, ubicados en el Municipio de Urrao, Vereda LA MAGDALENA, Paraje EL OSO, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 150-03-50-010010-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Arboletes , 2013-09-30 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor CARLOS SOTOMAYOR , identificado con la Cédula de Ciudadania No. 6880553 de Montería (Córdoba), en calidad de Propietario del predio denominado Nueva Granada, con una extensión aproximada de 126.00 has, ubicados en el Municipio de Arboletes, Corregimiento La Trinidad, Vereda SAN JUANCITO, Paraje Sin identifica, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010248-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Apartadó, 2013-10-01 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Tala de Árboles Localizados en el centro urbano del Municipio de Necoclí, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor GUSTAVO ADOLFO MENDOZA VIDAL, identificado con cédula de ciudadanía No. 78.747.933 de Montería (Córdoba), en calidad de Representante Legal de la ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS DEL ALTO SINÚ Y SAN JORGE TVP MUNICIPIOS, identificada con NIT 900.210.0909, autorizado por la Alcaldía del Municipio de Necoclí, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010233-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Apartadó, 2013-09-19 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES, para Riego a captar del Río San Juan, en cantidad de 1.1 LPS, en el Municipio San Pedro de Urabá, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por la señora YURLEY TAFURT CARDONA, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 34.326.236 de Popayán (Cauca), debidamente autorizada por el señor EUGENIO ABAD HOYOS JIMÉNEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.580.803 de Medellín, en calidad de representante legal del CONSORCIO CONSTRUCCIONES VIALES, con NIT 900.616.206-1. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010247-2013 Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental Apartadó, 2013-10-01 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de APROVECHAMIENTO FORESTAL DE ÁRBOLES AISLADOS, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor ALVARO ANTONIO RODRÍGUEZ SEPÚLVEDA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 3’533.467 de Mutatá (Antioquia), en calidad de propietario del predio denominado LA PRIMAVERA, con una extensión aproximada de 30.00 has, ubicado en la vereda Guapa en el Municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010246-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-10-01 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE, PLAYAS Y LECHOS del río Quiparadó en un área de 128.250 M2, en las coordenadas X 07º01’4.41” Y 76º21’58.9” en el predio denominado 4936 ubicado en la finca Golondrinas, vereda Chichiridó en el Municipio Dabeiba, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor LEÓN DARÍO OROZCO URREA, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.423.788 de Rionegro, en calidad de Representante
Legal de la sociedad G.E. CLEAN ENERGY S.A. E.S.P., identificada con NIT 900.505.299-8.
Resolución No. 200-03-20-01-2099-2013
Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010226-2013
“Por el cual se otorga una Concesión de Aguas Superficiales y se adoptan otras disposiciones”
Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental
Apartadó, 2013-12-04
Apartadó, 2013-09-16
OTORGAR al señor JAVIER FRANCISCO RESTREPO GIRONA, identificado con cédula de ciudadanía No 70.557.022, en calidad de representante legal de la Sociedad CULTIVOS RIOGRANDE S.A.S., con NIT 900088908-5, CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES para uso Agrícola y Doméstico en los predios MARGARITA y PALOMAS ubicados en el Corregimiento de Nueva Colonia, Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia, a captar de la Quebrada Micuro en las coordenadas N 7º 56´35.9” y W 76º 38´40”, en un caudal de 4 L/S, para un régimen de bombeo de 2 horas al día por 5 días a la semana, equivalente a 126 m3 semanales.
Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, a captar del pozo ubicado en las coordenadas N: 07º51’46.9” W: 46º39’41” de la finca El Estoril, km 2 de la vía Apartadó hacia Carepa, Municipio Apartadó, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor IVÁN MEJÍA RESTREPO, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.260.249 de Medellín, en calidad de Representante Legal de la sociedad PLANTÍOS S.A.S., con NIT 890.923.776-7. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010228-2013
Resolución No. 200-03-20-01-2102-2013
Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental
“Por la cual se otorga una concesión de aguas superficiales y se adoptan otras disposiciones”
Apartadó, 2013-09-16
Apartadó, 2013-12-04
Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, en cantidad de 4.00 LPS, para uso agroindustrial a captar del pozo ubicado en la finca Samarkanda, en las coordenadas X: 1.376.859.29 Y: 1.040,355.21, en la Comunal San Jorge, Municipio Turbo, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor JUAN GABRIEL RAMBAY, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.212.372 de Bello (Antioquia), debidamente autorizado por el señor GUSTAVO SILVA VANEGAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.146.652 de Usaquen, actuando en calidad de Representante Legal de la Sociedad AGRÍCOLA CAPURGANÁ S.A., con NIT 900.147.530-9. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-01-0299-2013
Otorgar a la Asociación de Usuarios del Distrito de Adecuación de Tierras de la Honda ASOHONDA, identificada con NIT 900.032.421-1, representada legalmente por el señor Juan Luís Piedrahita, identificado con la cédula de ciudadanía No. 3.643.488 de Urrao, CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES, para riego por aspersión en cantidad de 60 L/segundos, durante 24 horas al día, 7 días a la semana, para un volumen de 155.520m3 mensuales, a captar de la Quebrada La Honda, en el predio denominado vereda La Honda, ubicado en el Municipio de Urrao, vereda La Honda, Paraje Quebrada Arriba, Departamento de Antioquia.
“Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental”
“Por la cual se otorga una concesión de aguas superficiales y se adoptan otras disposiciones”
Apartadó, 2013-12-04 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de PERMISO DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS FUENTES FIJAS para la operación de la Planta de Trituración y Asfalto, en un lote de terreno denominado Nazareth 1, vereda Mutatacito, municipio de Mutatá, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por señor ANIBAL OJEDA CARRIAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.519.730 de Sincelejo (Sucre), en calidad de Representante Legal del CONSORCIO MANTENIMIENTO VIAL DE ANTIOQUIA, con NIT 900659300-9.
Resolución No. 200-03-20-01-2101-2013
Apartadó, 2013-12-04
Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010298-2013
Otorgar a la Asociación de Usuarios del Distrito de Adecuación de Tierras Granja Bonita ASOGRANJA BONITA, identificada con NIT 900.123.6650, representada legalmente por el señor José Hernán Pino Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía No 15.482.985 de Urrao, CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES, para riego por aspersión, en un caudal de 56.6 L/ segundos, durante 24 horas al día, 7 días a la semana, para un volumen de 146.707m3 mensuales, a captar de la Quebrada Manantiales, en el predio denominado Microcuenca La Venta, ubicada en el Municipio de Urrao, vereda La Venta, Departamento de Antioquia.
“Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental”
Resolución No. 200-03-20-01-2098-2013
Apartadó, 2013-12-04 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de PERMISO DE VERTIMIENTO INDUSTRIAL, en el predio denominado Nazareth 1, ubicado en la Vereda Mutatacito, Municipio de Mutatá, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor ANIBAL OJEDA CARRIAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.519.730 de Sincelejo (Sucre), en calidad de Representante Legal del CONSORCIO MANTENIMIENTO VIAL DE ANTIOQUIA con NIT 900659300-9.
“Por la cual se otorga una concesión de aguas superficiales y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-12-04
“Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental”
Otorgar a la Asociación de Usuarios del Sistema de Riego El Saladito ASORISA, identificado con NIT 900.336.051-3, representada legalmente por el señor Jhon Jairo Valera Valera, identificado con la cédula de ciudadanía No 15.487.788 de Urrao, CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES, para riego por aspersión en un caudal de 25 Litros/segundos, durante 24 horas al día, 7 días a la semana, para un volumen de 64.800m3 mensuales, a captar de la Quebrada El Plateado en el predio denominado Microcuenca El Saladito, ubicada en el Municipio de Urrao, vereda el Saladito, Departamento de Antioquia.
Apartadó, 2013-12-04
Resolución No. 200-03-20-01-1832-2013
Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de éste auto, según solicitud presentada por el señor ROQUELINO CASTRILLON SILVA, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.366.448 de Apartadó (Ant.), en calidad de propietario del predio denominado La Gloria, ubicado en la Vereda Salsipuedes, Municipio de Apartadó, Departamento de Antioquia.
“Por la cual se autoriza el aprovechamiento forestal Persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones”
Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010297-2013
Resolución No. 200-03-20-01-2117-2013 “Por la cual se registra libro de operaciones de un vivero y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-12-09 Registrar el Libro de Operaciones del establecimiento denominado VIVERO Y REFORESTADORA LAS ACACIAS, identificado con el NIT 32.323.899-8, ubicado en la vereda Ipankay, Municipio de Carepa, Departamento de Antioquia, de propiedad de la señora HILDA MERY SANABRIA DE TRONCOSO, identificada con la cédula de ciudadanía No 38.232.899 de Ibagué Tolima.
Apartadó, 2013-10-30 Autorizar al señor JAVIER MARTÍNEZ PAREJA, identificado con cédula de ciudadanía número 4.348.436 de Anserma (Caldas), en calidad de propietario del predio denominado La Irlanda, ubicado en la Vereda Bedó del municipio de Mutatá, Departamento de Antioquia, en una extensión de 70 has, APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE EN ÁREAS REGENERACIÓN NATURAL de las especies Terminalia, Cedro y Chingalé, en un volumen de 59.3 M3.
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EN AUDIENCIA PRELIMINAR FISCALÍA HALLÓ CULPABLE DE TRÁFICO ILEGAL DE 258 PIELES DE BABILLA (CAIMAN COCRODILUS)
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n audiencia de verificación de cargos y allanamiento e imposición de sentencia, contra el señor Olimpo Chavarría Roldán, la Fiscalía lo halló culpable por el delito de aprovechamiento ilícito de los recursos naturales renovables, al transportar ilegalmente 258 pieles de babilla (Caiman cocrodilus), en la vía Turbo – Necoclí, y no contar con el respectivo salvoconducto para el transporte de subproductos de fauna silvestre. En audiencia preliminar (imputación, medida de aseguramiento y legalización de captura) el imputado se allanó y se acogió a los cargos impuestos. La diligencia, en la cual CORPOURABA se presentó como víctima, se surtió el procedimiento y se dictó sentencia de condena de 32 meses sin establecimiento carcelario (libertad condicionada), contemplada por el artículo 63 del Código Penal Colombiano. Los ejemplares de babilla, son sacados de su hábitat natural, sacrificados y desollados; las pieles son comercializadas por traficantes ilegales en otros países, para elaborar artículos de marroquinería y como consecuencia en la región se ha generado una reducción en las poblaciones naturales de la especie con riesgo de extinción. No es la primera vez que se pone en buen recaudo a infractores por daños a los recursos naturales en esta región. En el año 2009 por invasión de área de especial importancia ecológica y por daños en los recursos naturales en los humedales que comprende la zona de Reserva Forestal Protectora del río León-río Suriquí y Bahía Colombia en el Golfo de Urabá, el CTI de la Fiscalía capturó y presentó ante un Juez de Garantías la persona que presuntamente comercializaba con estos predios e inició el proceso de deterioro ambiental, quien posteriormente fue condenado por estos delitos.
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EL CIFFA ANTIOQUIA Y CORPOURABÁ CAPACITARON CON ÉXITO A JUECES Y FISCALES DE URABÁ
El Comité de Flora y Fauna Silvestre de Antioquia, (CIFFA), con apoyo del Consejo Superior de la Judicatura de Antioquia y la Unidad Seccional de Fiscalías y CORPOURABA, realizaron con éxito el taller de capacitación en Legislación y Delitos Ambientales, dentro del proceso de fortalecimiento de jueces y fiscales de Antioquia. La capacitación que contó con la presencia de la Fiscal de Asuntos Ambientales, Yolanda Ceballos; Myriam Ceballos de la Secretaría de Ambiente del Departamento, el Director General Gabriel Ceballos y los técnicos en el área de gestión ambiental de CORPOURABA, permitió
compartir con los jueces y fiscales que laboran desde Arboletes hasta Mutatá, el conocimiento de las especies de fauna y flora silvestre en la región; la problemática del tráfico ilegal de fauna y flora, así como los aspectos técnicos, jurídicos y administrativos que este asunto involucra. Como conclusión, además de los conocimientos adquiridos y actualizados, se planteó el compromiso para que las investigaciones administrativas propias de las autoridades ambientales, se adelanten simultáneamente y de manera paralela con las investigaciones penales, o como consecuencia una de la otra, además de la necesaria integración de las competencias y apoyo en lo técnico y jurídico por parte de las diversas autoridades administrativas, policiales y judiciales.
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E CORPOURABÁ GRADUÓ EN APARTADÓ A 41 NUEVOS PROMOTORES SOCIO AMBIENTALES
l pasado 15 de noviembre, se cumplió en el auditorio de la Corporación en Apartadó, el acto de graduación de 41 nuevos Promotores Socio ambientales Comunitarios, capacitados en el marco del Convenio entre la Corporación “Rosalba Zapata Cardona”, organización sin ánimo de lucro y CORPOURABA, con miras a promover la vinculación de las comunidades rurales y urbanas a procesos de educación ambiental No formal y sensibilización. Estas personas, entre jóvenes, mujeres, amas de casa y trabajadores del sector bananero de comunidades asociadas a las poblaciones beneficiarias, se formaron en temas como uso y manejo del agua, la adecuada disposición de los residuos sólidos, el respeto a la fauna silvestre y la promoción de actitudes más responsables con el ambiente por parte de estas comunidades y su entorno. El convenio invirtió 30 millones de pesos, enmarcados en los programas Gestión en Biodiversidad y Aguas del Plan de Acción Corporativo 2012-2015 de CORPOURABA e incluyó el apoyo y acompañamiento a cuatro colegios en el desarrollo de sus PRAES (Proyectos Ambientales Escolares) y dotación con recipientes para la separación de sus residuos sólidos; la formación y certificación de líderes comunitarios de Nueva Colonia, Currulao y Riogrande en el municipio de Turbo y el Barrio Obrero de Apartadó. Así mismo permitió la realización de cinco“tomas eco-barriales”, con las mismas comunidades, divulgación con Puestos de Información de CORPOURABA y acompañamiento lúdico de la Corporación Artística y Cultural “Camaleón”. Los talleres que iniciaron el pasado 21 de junio, sentaron las bases para fortalecer alianzas de trabajo entre las comunidades educativas de estos sectores y sus entornos locales, en la identificación y solución de los problemas ambientales; demostrando una vez más la eficacia del trabajo conjunto entre el sector público y privado.
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FUNDAUNIBAN Y ECOAGUAS DE SYNGENTA LANZAN VIVEROS ESCOLARES
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n un derroche de deseos y sueños de esperanza por la motivación que genera, un puñado de niños y jóvenes respondieron al reto de llegar a sembrar 3 nuevas hectáreas de árboles protectores en las cuencas hidrográficas de Urabá, en acto que se llevó a cabo en la Finca la Chinita del grupo 20 en las afueras de Apartadó, y que sirvió de lanzamiento del Proyecto Viveros Escolares, con el concurso de la Fundación Social de Uniban, Fundauniban y la Compañía de Soluciones Agrícolas Syngenta y su iniciativa socio ambiental Ecoaguas. Participaron instituciones educativas de los municipios de Mutatá, Chigorodó, Carepa y Turbo. Se trata de reforestar, conservar y producir árboles nativos a través de viveros escolares para establecer corredores biológicos que protejan ecosistemas, microclimas y ríos, para beneficio de las comunidades y la agricultura en general. Los jóvenes viveristas se encargan de producir los árboles, para luego entregarlos a las fincas bananeras y continuar el proceso
de reforestación, que ya empezó en áreas de retiro de la Quebrada La Chinita. El convenio espera inicialmente beneficiar a 170 personas, entre docentes, jóvenes y sus familias, el medio ambiente, el desarrollo comunitario y la economía rural. Este programa se desarrolla en diferentes centros educativos del Eje bananero; es liderado por asesores técnicos y empresariales que garantizarán el crecimiento sostenible del mismo; la transferencia tecnológica y el conocimiento por parte de los docentes de las diferentes instituciones educativas. El Convenio tiene una proyección hacia el 2014 de reforestar seis hectáreas; entregar 4 mil árboles en un año; aumentar la producción en vivero hasta 12 mil árboles, para cubrir unas 24 hectáreas, contando con la asistencia de CORPOURABA.
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VARIOS MUNICIPIOS DE LA JURISDICCIÓN DE CORPOURABÁ RECIBEN CAPACITACIÓN EN AJUSTE Y FORMULACIÓN DE LOS POTS
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on la organización del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Departamento Administrativo de Planeación de la Gobernación de Antioquia y CORPOURABA, se cumple en Apartadó con amplia participación, el taller de capacitación técnica y de procedimientos para la revisión y ajuste de los POT (Planes de Ordenamiento Territorial) del departamento de Antioquia, orientada a los servidores públicos de las entidades territoriales municipales de la jurisdicción de la Corporación. El propósito es continuar fortaleciendo la planificación y gestión del territorio, a través de espacios de trabajo conjunto, que permitan el desarrollo de los procesos de ordenamiento, incluyendo las nuevas dinámicas poblacionales, y saber cuál es ese nuevo modelo de territorio que se proyecta a unos 10, 20 o 30 años. Para eso se consideran componentes generales, urbanos y rurales, pasando por las Corporaciones Autónomas Regionales, los Consejos Territoriales de Planeación, el cabildo abierto para su aprobación, entre otros, con temas específicos como minas, infraestructura, patrimonio urbanístico, arqueológico y arquitectónico en los planes.
y dejar una capacidad instalada que permita ese modelo de ciudad”, afirma Esteban Alzate Jaramillo, Director de Planeación Estratégica de la Gobernación de Antioquia, entidad convocante.
“Se considerarán las diferencias específicas entre los 125 municipios, en términos de capacidades institucionales, de primera a sexta categoría o de categoría especial como Medellín, para la asignación de recursos técnicos y financieros
A esta capacitación fueron invitados las Secretarias y Secretarios de Planeación de los municipios de San Juan de Urabá, Necoclí, Arboletes, San Pedro de Urabá, Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodó, Mutatá, Murindó, Vigía del Fuerte, Giraldo, Urrao, Dabeiba, Peque, Uramita, Cañasgordas, Frontino y Abriaquí.
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CORPOURABÁ Y EL MUNICIPIO DE APARTADÓ GRADUARON 70 LÍDERES CAMPESINOS COMO GESTORES AMBIENTALES DEL RÍO
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n el auditorio de la sede central de CORPOURABA, se graduaron esta semana 70 líderes campesinos de 14 veredas ubicadas en la parte alta de la cuenca del río Apartadó, dentro de los procesos de educación ambiental para los consejos de cuenca y comunidades base, ejecutados en Convenio suscrito en el 2012, entre CORPOURABA y el Municipio de Apartadó. Se priorizaron diferentes actividades, tales como saneamiento ambiental rural, huertos leñeros asociados a estufas eficientes y educación ambiental. El objetivo fue sensibilizar en lo que concierne al manejo de aguas residuales, ahorro y uso eficiente del agua, manejo de residuos sólidos, formulación de proyectos, entre otros. Con la Secretaría de Agricultura y Medio Ambiente de Apartadó, SAMA, se conformaron grupos de gestión ambiental de cada una de las veredas, con amas de casa, comunidad en general, líderes ambientales de las Juntas de Acción Comunales, estudiantes y docentes. Participaron las veredas: Buenos Aires, Bella Vista, La Cristalina, Miramar, Las Playas, La Unión, La Linda, Guineo, El Cuchillo, La Victoria, La Balsa, Salsipuedes, La Miranda y El Tigre. En total se realizaron 27 talleres distribuidos en 9 núcleos con sesiones de 3 días cada uno. Una de las finalidades de los grupos es poder promover proyectos ambientalmente sostenibles en cada una de las comunidades que están asentadas en la cuenca del río Apartadó, siendo permanente y transversal el proceso de educación y concientización ambiental.
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entro de las actividades programadas por el Comité Regional de Plaguicidas del Eje Bananero y CORPOURABA, se realizó en Octubre pasado la capacitación sobre el Decreto 1609/02, de Transporte de mercancías peligrosas por carretera. La convocatoria y realización del evento contó con el apoyo de la Administración Municipal de Apartadó. Se expusieron temas en riesgos de las sustancias peligrosas con la Administradora de Riesgos La Equidad y lo concerniente a la Normatividad del Decreto 1609/02. Asiste personal de estaciones de servicios, plantas envasadoras de GLP; las empresas transportadoras de sustancias peligrosas; las empresas aplicadoras aéreas y terrestres de plaguicidas, Policía de Carretera, Policía Ambiental, Secretarías de Tránsito, Gestores de Residuos Peligrosos (en plaguicidas y residuos hospitalarios). Hasta el momento se tienen identificados 60 empresas e instituciones del sector. Recordemos algunas recomendaciones que se hacen para el Transporte de mercancías peligrosas por carretera: • Los vehículos deben tener espacio exclusivo, aislado y seguro para esta actividad. • No transportar plaguicidas sin etiqueta • No llevar mercancías pesadas sobre plaguicidas • Garantizar la disposición, distribución y conservación, según volumen, forma, empaque y embalaje de las mercancías relacionadas con agroquímicos. • Transportar los productos más tóxicos abajo y los menos arriba Llevar la carga protegida de la lluvia.
CORPOURABÁ REALIZÓ NUEVA CAPACITACIÓN EN TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
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on miras a atender en el año 2014 los programas de planeación y ordenamiento ambiental del territorio, biodiversidad, gestión en recursos hídricos, calidad de vida, procesos productivos y fortalecimiento institucional, CORPOURABA presentó en audiencia pública su anteproyecto de presupuesto, estimado en 12 mil 413 millones, dedicados en un 89% para inversión y el 11% para funcionamiento, para dar cumplimiento al Plan de Acción Corporativo - PAC, 20122015. La Audiencia Pública realizada simultáneamente en la sede central en Apartadó y en las Sedes Regionales en los municipios de Arboletes, Urrao, Cañasgordas y Vigía del Fuerte, contó con la asistencia del Consejo Directivo de CORPOURABA, el Director General Gabriel Ceballos Echeverri y varias comunidades que estuvieron muy inquietas y expresaron sus comentarios, sugerencias y propuestas de ajuste, tanto en forma presencial por los asistentes, como en forma virtual por quienes siguieron las incidencias de la misma a través de la internet y la emisora local RCN Urabá.
EN AUDIENCIA PÚBLICA, CORPOURABA PRESENTÓ ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO 2014 En la Audiencia, como hechos significativos se presentaron los subprogramas Unidad Ambiental Costera del Darién y Gestión del Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático, dos líneas que determinarán acciones de trabajo y compromiso de CORPOURABA como autoridad marino costera y gestora integral del riesgo. CORPOURABA en el año 2013 cuenta con un total de ingresos de 16 mil 134 millones 727 mil 060 pesos, que incluyen recursos de cofinanciación gestionados por la Dirección General durante la ejecución de los proyectos.
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EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, ACABA DE EXPEDIR LA RESOLUCIÓN 1541 DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2013
Ya les había comentado que el olor ofensivo es el olor generado por sustancias o actividades industriales, comerciales o de servicio, que produce fastidio, aunque no cause daño a la salud humana. Los olores se reglamentan debido a que las actividades generadoras de olores han aumentado en número y en capacidad de producción. Por la expansión de las actividades generadoras de olores, la cantidad de personas expuestas a sus emisiones es mayor. Las personas no los percibimos de la misma manera; el olfato humano tiene la capacidad de percibir algunas sustancias de olor a concentraciones extremadamente bajas. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, acaba de expedir la Resolución 1541 del 12 de noviembre de 2013, por medio de la cual
se establecen los niveles permisibles de calidad del aire o de inmisión, el procedimiento para la evaluación de actividades que generan olores ofensivos en todo el territorio nacional, entre otras disposiciones. Entre otros argumentos para la expedición de la mencionada resolución la Cartera del ambiente en nuestro país, señala que de conformidad con los artículos 16 y 65 del decreto 948 de 1995, se deben establecer normas sobre olores ofensivos. La Resolución 1541 del 12 de noviembre de 2013 tiene como objeto establecer reglas para la recepción de quejas, los niveles permisibles de calidad del aire o de inmisión y la evaluación de las emisiones de olores ofensivos. Así mismo regula el Plan para la Reducción del Impacto por Olores Ofensivos y el Plan de Contingencia. Para la evaluación de la queja, la autoridad ambiental competente seguirá el procedimiento establecido en el Protocolo para el Monitoreo, Control y Vigilancia de Olores Ofensivos. Para conocimiento previo de la comunidad la Resolución 1541 del 12 de noviembre de 2013, considera las siguientes sustancias de olores ofensivos por actividad: Procesamiento y conservación de carne, pescado, crustáceos y moluscos (Azufre Total Reducido, TRS); fabricación de productos de la refinación del petróleo (Sulfuro de hidrógeno (H2S) y Amoniaco (NH3); fabricación de pulpas (pastas) celulósicas, papel y cartón (Azufre Total Reducido, TRS); curtido y recurtido de cueros, recurtido y teñido de pieles (Sulfuro de hidrógeno (H2S) y Amoniaco (NH3); tratamiento y disposición de desechos no peligrosos y estaciones de transferencias (Sulfuro de hidrógeno (H2S) y Amoniaco (NH3); Planta de Tratamiento de Aguas residuales(Sulfuro de hidrógeno (H2S); actividades que capten agua de de cuerpos de agua receptores de vertimientos (Sulfuro de hidrógeno (H2S); tratamiento térmico de subproductos de animales(Sulfuro de hidrógeno (H2S) y Amoniaco (NH3); unidad de producción pecuaria(Sulfuro de hidrógeno (H2S) y Amoniaco (NH3) y otras actividades(Sulfuro de hidrógeno (H2S) y Amoniaco (NH3).
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BALANCE SATISFACTORIO DE EVENTOS DE PARTICIPACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL EN VARIOS SECTORES DE LA REGIÓN
CORPOURABA, en el marco de la Aplicación de la Política de Educación Ambiental, y dando cumplimiento a compromisos acordados, presenta un balance satisfactorio de eventos cumplidos en diferentes sectores de la región, como el 2º Foro Regional de Clubes Defensores del Agua, realizado en Chigorodó (1º de noviembre de 2013); la capacitación en propuestas alternativas para el uso y manejo adecuado de los Residuos Sólidos a través del Reciclaje (5 y 6 de nov/13); el acompañamiento de la III Feria Ambiental Aeroportuaria (7-11-13) y la participación en el seminario de Nacimientos de Agua y huertas caseras para una seguridad alimentaria (8-1113), realizado en la Changas (Necoclí). Como hecho para resaltar la vinculación a estas actividades de estudiantes y docentes urbanorurales del eje bananero para el foro del Agua; el Consejo Comunitario y comunidad en general de Bocas de Atrato (con 150 niños y 34 adultos participantes); los 108 estudiantes, docentes, presidentes de JAC y líderes comunales asistentes en el corregimiento Las Changas. Se dictaron charlas, proyectaron videos como el Video Clip “El Planeta está enfermo” y varias ponencias como la Granja Integral I.E.R. Celestino Diaz de Chigorodó; cuidando el planeta desde el aula de clases, I.E. Agrícola de Urabá, sede Nuestro Esfuerzo; la huella hídrica del banano avances y perspectivas, Viveros Escolares de Ecoaguas - Syngenta. También se realizó el Taller de Educación Ambiental en el manejo adecuado de los residuos sólidos, a través del reciclaje de plástico en la comunidad Bocas del Atrato, municipio de Turbo, el cual contó con soporte teórico, lúdico y práctico. Trabajo desarrollado en dos días con Niños y Adultos.
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Concluido el proceso por este año, se pueden destacar valores como: • El respeto a la vida en todas sus manifestaciones. • La participación ciudadana. • La democracia. (Toma de decisiones que las afecta) • La responsabilidad intergeneracional. • La generosidad y reciprocidad (Beneficio colectivo) • La Equidad • La perspectiva de género • La comprensión de la realidad como un sistema complejo (sincronizarnos con los ciclos de la naturaleza). • Interdisciplinariedad
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a sostenibilidad de las áreas urbanas tiene una estrecha relación con su calidad ambiental y es comúnmente asociada con factores como el acceso al espacio público, la calidad y cantidad de las áreas verdes urbanas, la contaminación ambiental, la calidad de la vivienda, los servicios públicos domiciliarios, la movilidad y el transporte público, el uso sostenible de los recursos naturales, entre otros. Estos factores finalmente generan una imagen de ciudad que es percibida y valorada socialmente en función del efecto de los asuntos ambientales sobre la salud y la calidad de vida de sus habitantes”. Son algunas de las consideraciones generales del documento realizado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con el apoyo de Asocars, la Asociación de Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, a través del Convenio 032 de 2012, denominado ÍNDICE DE CALIDAD AMBIENTAL URBANA, en el marco de la Política de Gestión Ambiental Urbana. Agrega que la población urbana en Colombia alcanzó en el año 2011 el 76%1(DANE. ) de la población total nacional y se espera que llegue en menos de una década al 80%. Esta situación, ha incrementado la problemática ambiental en las áreas urbanas, manifiesta, entre otros aspectos, en la alta transformación y degradación del paisaje natural; el uso insostenible y la pérdida de recursos naturales renovables, incluyendo el suelo urbano; la pérdida de biodiversidad; la reducción y baja calidad del espacio público; la alta generación de residuos y su escaso aprovechamiento. Esto llevó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a formular y adoptar la Política de Gestión Ambiental Urbana, en el año 2008. La Política, tiene por objetivo general “establecer directrices para el manejo sostenible de las áreas urbanas, definiendo su papel y alcance e identificando recursos e instrumentos de los diferentes actores
LA CALIDAD AMBIENTAL URBANA EN FUNCIÓN DE LA SALUD Y LA CALIDAD DE VIDA involucrados, de acuerdo a sus competencias y funciones, con el fin de armonizar la gestión, las políticas sectoriales y fortalecer los espacios de coordinación interinstitucional y de participación ciudadana, para contribuir a la sostenibilidad ambiental urbana y a la calidad de vida de los pobladores, reconociendo la diversidad regional y los tipos de áreas urbanas en Colombia”. Derivado de este objetivo y en correspondencia con la problemática identificada, en la Política se definen los siguientes seis objetivos específicos: • Mejorar el conocimiento de la base natural de soporte de las áreas urbanas y diseñar e implementar estrategias de conservación y uso sostenible de los recursos naturales renovables. • Identificar, prevenir y mitigar amenazas y vulnerabilidades a través de la gestión integral del riesgo en áreas urbanas. • Contribuir al mejoramiento de la calidad del hábitat urbano, asegurando la sostenibilidad ambiental de las actividades de servicios públicos, la movilidad y la protección y uso sostenible del paisaje y del espacio público. • Gestionar la sostenibilidad del ambiente de los procesos productivos desarrollados en las áreas urbanas. • Promover, apoyar y orientar estrategias de ocupación del territorio que incidan en los procesos de desarrollo urbano regional desde la perspectiva de sostenibilidad ambiental. • Desarrollar procesos de educación y participación que contribuya a la formación de ciudadanos conscientes de sus derechos y deberes ambientales, promoviendo usos y consumos sostenibles.
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UNA POBLACIÓN SANA DEPENDE DE SISTEMAS ALIMENTARIOS SALUDABLES
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ice la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, FAO, que una población sana depende de sistemas alimentarios saludables; que si son sistemas sostenibles proporcionan dietas nutritivas para toda la población actual a la vez que protegen la capacidad de las generaciones futuras de satisfacer sus necesidades alimentarias. Los sistemas alimentarios sostenibles utilizan los recursos de forma eficiente en todas las etapas, desde el campo hasta la mesa. Obtener la mayor cantidad de alimentos de cada gota de agua, parcela de tierra, partícula de fertilizante y minuto de trabajo ahorra recursos para el futuro y hace que los sistemas sean más sostenibles. Convertir los productos residuales como el estiércol y los desperdicios alimentarios en fertilizantes o energía de valor puede aumentar la sostenibilidad. Las plagas y las enfermedades provocan daños en los cultivos y en los animales y reducen la cantidad y la calidad de los alimentos disponibles para las personas. El uso de métodos seguros y efectivos para controlar estas pérdidas durante la producción, el procesamiento y el almacenamiento contribuye a hacer los sistemas alimentarios más sostenibles. Asimismo, los consumidores pueden contribuir eligiendo dietas equilibradas y minimizando el desperdicio de alimentos. Una dieta variada, compuesta por cantidades y combinaciones equilibradas de frutas y hortalizas frescas, cereales, grasas y aceites, legumbres y alimentos de origen animal, proporcionará probablemente la gama completa de nutrientes que necesita la mayoría de las personas para llevar una vida sana y activa. La agricultura depende en gran medida de los recursos naturales y puede provocar daños en el medio ambiente, pero también puede proporcionar beneficios ambientales. Es una de las causas principales de muchas amenazas medioambientales, entre ellas el cambio climático, la
escasez y la degradación de la tierra, la escasez de agua dulce, la pérdida de biodiversidad, la degradación de los bosques y de los recursos pesqueros y la contaminación causada por productos químicos usados en la agricultura. Se dice que el costo para la economía mundial derivado de la malnutrición, resultado de la pérdida de productividad y los gastos de la atención sanitaria, podría representar hasta un 5 por ciento de los ingresos mundiales. Esto equivale a 3,5 billones de dólares de EE.UU. al año, o sea, 500 dólares por persona. Si la comunidad internacional invirtiera 1 200 millones de dólares al año durante cinco años en la reducción de las carencias de micronutrientes, por ejemplo, se mejoraría la salud, se reducirían las muertes infantiles y se aumentarían los ingresos futuros. Además, se generarían unos beneficios anuales de 15 300 millones de dólares, es decir, una relación costo-beneficio de casi 1 a 13.