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Solicitud de
Autorizaciรณn de Embarque
¿Qué es la Solicitud de
Autorización de Embarque (SAE) ?
Es la solicitud que el exportador debe presentar ante la dirección de impuestos y aduanas nacionales DIAN, directamente o a través de un agente de aduanas, para exportar una mercancía. La solicitud de autorización de embarque deberá presentarse ante la administración de aduanas con jurisdicción en el lugar donde se encuentre la mercancía, a través de los servicios informáticos electrónicos, y en la forma y condiciones que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
¿Cómo puede presentarse la SAE? La solicitud de autorización de embarque podrá realizarse como embarque único, con datos definitivos o provisionales, o podrá efectuarse en forma global con embarques fraccionados, con datos definitivos o provisionales.
Documentos soporte de la solicitud de autorización de embarque. Para efectos aduaneros, el declarante está obligado a conservar por un período de cinco (5) años contados a partir de la fecha de presentación y aceptación de la Solicitud de Autorización de Embarque, el original de los siguientes documentos, los cuales deberá poner a disposición de la autoridad aduanera cuando ésta así lo requiera:
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Documento que acredite la operación que dio lugar a la exportación.
Vistos buenos o autorizaciones cuando a ello hubiere lugar.
Mandato, cuando actúe como declarante una Sociedad de Intermediación Aduanera* o un apoderado.
¿Qué otra información
se debe presentar? En la Solicitud de Autorización de Embarque, el declarante deberá suministrar a la Aduana toda la información que ésta requiera, incluyendo la contenida en los anteriores documentos. Cuando los vistos buenos o autorizaciones correspondan a los expedidos por el ICA o Invima, o la entidad que haga sus veces, el declarante estará obligado a presentarlos al momento del embarque de las mercancías y a conservarlos durante el término previsto en este artículo. No se exigirá la declaración de importación como documento soporte de la autorización de embarque cuando se trate de la exportación de residuos o desperdicios de que trata la Ley 253 de 1996.
No se acepta Solicitud de autorización de embarque cuando: La solicitud se presente en una aduana diferente a la que tenga jurisdicción aduanera en el sitio donde se encuentre la mercancía.
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Cuando en la solicitud no se incorpore como mínimo la siguiente información:
Régimen/modalidad de la exportación Subpartida arancelaria Descripción de la mercancía Cantidad Peso Valor FOB en dólares País de destino Consolidación, cuando haya lugar a ello Clase de embarque Tipo de solicitud Información relativa a datos del embarque Sistemas especiales de importación-exportación, cuando haya lugar a ello
Cuando no se incorpore la información relativa a los documentos soporte de que trata el artículo anterior, salvo cuando estos correspondan a vistos buenos expedidos por el ICA o Invima o por la entidad que haga sus veces.
Autorización de
Embarque
Es el acto mediante el cual la administración aduanera permite la salida del territorio aduanero nacional de las mercancías que han sido sometidas al régimen de exportación.
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La Autorización de embarque
procede cuando:
Embarque directo a través de los servicios informáticos electrónicos.
Practicada la inspección aduanera se establezca conformidad entre lo declarado y la información contenida en los documentos soporte y lo inspeccionado.
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Aprender es fĂĄcil y posible
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