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LA REVISTA DIGITAL EN COMERCIO EXTERIOR
BENEFICIOS PARA LAS EMPRESAS IMMEX
Revista No. 1 OCTUBRE 2011
Tratado de Libre Comercio entre México – Uruguay
(ACE No. 60)
Errores más comunes en los
Certificados Sanitarios Internaciona les y en los Certificados
SAGARPA
Producto Exportable El Chile Jalapeño 100% mexicano
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Homenaje a STEVE JOBS Hombre de Éxito
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Los artículos firmados son responsabilidad de sus autores. www.juridicoaduanero.com
JURIDICO ADUANERO, LA REVISTA EN COMERCIO EXTERIOR. Es publicada de manera mensual, y creada y distribuida en formato digital, por Jurídico Aduanero J.A.
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En J.A trabajamos para resolver sus problemas desde principio a fin.
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Editorial E
s un placer poder lanzar el primer número de la Revista Digital
en Comercio Exterior, la cual tiene como finalidad el coadyuvar en sus labores y dejar un poco de ese conocimiento que existe en el mundo del Comercio Exterior. La selección de nuestros temas son pensados en las problemáticas existentes ante una importación o exportación de mercancías, no solo a nivel nacional sino internacional, ya que la finalidad de estas publicaciones es conocer y saber las diferentes situaciones relacionadas en el Comercio Exterior a nivel Internacional. Al igual tendremos la sección de Empresario destacado en la cual conoceremos un poco de cómo lograron el éxito los hombres y mujeres de negocios. Así mismo tendremos un espacio para los productos que son Exportables. Espero disfruten esta y las futuras ediciones.
Virginia Hernández
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Beneficios para las empresas IMMEX
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Errores más comunes en los Certificados Sanitarios Internacionales y en los Certificados SAGARPA
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Tratado de Libre Comercio ente México – Uruguay (ACE No. 60)
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Producto Exportable Chile Jalapeño
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Situación Económica en Grecia Afecta a los Países
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Hombre de Éxito
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que se modifica el diverso para el fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora, y de servicios de Exportaci贸n,
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Con el objeto de fomentar y otorgar facilidades a las empresas de ese sector para
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ediante el decreto por el
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publicado en fecha 24 de diciembre del a帽o 2010, en el Diario Oficial de la Federaci贸n. Hablemos que:
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La Ley del Impuesto sobre la Renta establece para las empresas que realizan operaciones de maquila un régimen fiscal que facilita el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, permitiéndoles calcular el impuesto mencionado con base en utilidades fiscales que efectivamente se generen en México por la operación de maquila y que le corresponde gravar al fisco federal, lo que evita problemas de doble tributación derivados de las relaciones jurídicas y económicas que los residentes en el extranjero mantienen con las empresas que realizan la operación de maquila que sean sus partes relacionadas; el ordenamiento citado en el párrafo que antecede establece que para aplicar el régimen fiscal correspondiente a las empresas maquiladoras se debe entender como operación de
maquila la definición
que al
efecto se establezca en el Decreto IMMEX, brindando con ello plena seguridad
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se considera conveniente otorgarles facilidades administrativas a efecto de agilizar y simplificar sus operaciones.
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realizar procesos industriales o de servicios a mercancías de exportación y para la prestación de servicios de exportación; a fin de fortalecer el cumplimiento de las obligaciones previstas en el Decreto IMMEX, se considera necesario restringir la autorización de nuevos programas de fomento a aquellas personas que hayan incumplido con las mismas; el 31 de marzo de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior, que tiene por objeto brindar diversos beneficios a las empresas a través de la simplificación, automatización y reforzamiento de los procesos aduaneros y de comercio exterior a fin de contribuir a una economía nacional más competitiva; con el objeto de ejercer un control más preciso sobre las empresas que cuentan con autorización para realizar operaciones de manufactura, el Ejecutivo Federal considera necesario establecer requisitos específicos para la importación temporal de determinadas mercancías; con la finalidad de apoyar el desarrollo de las empresas certificadas conforme a la Ley Aduanera,
Es conveniente establecer como una precisión gramatical en la citada definición de operación de maquila a la transformación de bienes y no a su elaboración por parte de la empresa maquiladora, toda vez que los insumos que le son entregados no son elaborados por ella, sino transformados en
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El 3 de mayo de 1990, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto para el Fomento y Operación de las Empresas Altamente Exportadoras (Decreto ALTEX) cuyo objeto es establecer un programa de concertación que apoye la operación, y otorgar facilidades administrativas a las empresas altamente exportadoras. El 11 de abril de 1997, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto para el Establecimiento de Empresas de Comercio Exterior (Decreto ECEX) a fin de promover el establecimiento de las empresas mencionadas y establecer los beneficios que se otorgan a las mismas. Los decretos ALTEX y ECEX convergen en cuanto a las facilidades administrativas y beneficios fiscales otorgados a los particulares, y debido a que el Decreto IMMEX regula dichos conceptos, se estima conveniente consolidar los primeros dos esquemas mencionados, con el propósito de generar ahorros para el Gobierno Federal al administrar y fiscalizar un esquema único y otorgar certidumbre jurídica,
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El Ejecutivo Federal considera urgente y necesario adecuar la definición de operación de maquila, para efectos del impuesto sobre la renta, a fin de que en ella se incluyan, entre otras cuestiones, las operaciones virtuales, así como el requisito de que la operación se realice con maquinaria y equipo propiedad de residentes en el extranjero que no hubieran sido propiedad de la empresa que realiza las operaciones de maquila o de alguna otra empresa residente en México que fuese su parte relacionada; la condición señalada en el párrafo anterior, no impide que la operación de maquila incorpore otras mercancías, nacionales o extranjeras, a las que se importen temporalmente bajo el programa de maquila.
Un producto distinto o con un valor agregado.
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Jurídica a las personas a las que les resulte aplicable.
Transparencia y continuidad a las operaciones de las empresas que operan bajo esquemas similares. Derivado de ello se emite el Decreto en el cual se reforman los artículos 4, fracción I, segundo párrafo; 5; 6, fracción IX; 11, primer párrafo y. Fracciones I, incisos a), b) y c), y V, inciso b), y segundo párrafo;18; 24, fracciones III, VIII y IX; 25, último párrafo; 26; 27; 32, fracción V, y 33; se ADICIONAN los artículos 4, fracción I, con un último párrafo; 6 BIS; 11, fracción II, inciso b), con un último párrafo, y 34, y se DEROGAN los artículos 6, frac ciones I, III y V; 11, fracción VI; 24, fracción VII, inciso c), y 32, fracción VII, del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación.
Entre los puntos más sobre salientes en este decreto son:
(aceros), será de hasta nueve meses. Así mismo, se dispone que los plazos específicos para mercancías de los diversos Anexos no les serán aplicables a empresas que cuenten con registro como empresa certificadas, por lo que estas deberán aplicar los plazos que establece el artículo 108 de la L.A. Aplicación de requisitos específicos (Artículo 5) Se dispone que mediante Acuerdo publicado en el D.O.F. se establezca los requisitos específicos para la importación temporal de las mercancías del Anexo 1 TER. Se prohíbe la importación de mercancías de dicho Anexo en el caso de actividades bajo la modalidad de servicios, exceptuando de esta limitante a las empresas certificadas.
Mercancías que se podrán importar (Artículo 4)
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Se dispone que el plazo de permanencia para las mercancías del anexo 1 TER
Tramites de los que se exime a las IMMEX (Artículo 6 bis)
Se eliminan los siguientes beneficios en el caso de empresas certificadas:
Tener autorizadas todas las fracciones para realizar sus procesos de operación de manufactura, así como las de exportación, sin requerir la ampliación de su programa. Poder realizar el despacho de mercancías al amparo de su programa por cualquier aduana. Estar exentas de inscripción a los padrones de sectores específicos.
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Tramitar la ampliación de su programa, excepto en el caso de mercancías de los anexos I, I BIS, I TER, II y III, lo cual no aplicará en el caso de que se trate de empresas certificadas. Realizar el despacho en aduanas autorizadas y horarios especiales, excepto en el caso de mercancías que representen un riesgo en materia de salud pública y seguridad nacional.
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Beneficios para las empresas IMMEX (artículo 6)
Inscribirse en el Padrón de Sectores específicos, excepto cuando se trate de la importación de mercancías que representen un riesgo en materia de salud pública y seguridad nacional.
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Tramite para la obtención del programa (Artículo 11)
se encontraba sujeto a esta disposición).
Se dispone que en la solicitud se deberán declarar los datos de los socios, accionistas y representante legal de la empresa.
Se deroga el requisito de proporcionar las coordenadas geográficas que correspondan al domicilio fiscal y los domicilios en lo que se realizarán operaciones.
Así mismo, en el caso de que se pretenda importar mercancías de los anexos I BIS, I TER, II y III, señalar la clasificación arancelaria de la mercancía.
Finalmente se dispone que el Programa podrá ampliarse para incluir, entre otros, mercancías señaladas en los Anexos I BIS, I TER, II y III; modalidades de Programa; procesos o actividades, así como sociedades controladas y empresas para realizar procesos bajo la modalidad de tercerización, debiendo presentar ante la Secretaría la solicitud en el formato que se establezca.
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Se modifica esta disposición de forma para establecer que
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Se incluye el requisito de una visita de inspección en el caso de que se importen mercancías de los anexo I BIS, I TER y II (el anexo III ya
Aplicación del número de autorización (art Artículo 18)
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En el caso de programas en la modalidad de servicios y cuando se pretenda importar mercancías de los anexos I BIS, I TER, II y III, se deberá anexar un programa de inversión, con los requisitos establecidos en el propio artículo.
El número de identificación que se asigne a la IMMEX deberá ser utilizado en todos los trámites derivados de su programa ante la S.E. y el SAT. Obligaciones de las personas morales autorizadas (Artículo 24)
Se establece que cuando importen mercancías de los anexos I BIS, I TER, II y III, deberán importar exclusivamente las mercancías que se clasifiquen en las fracciones arancelarias autorizadas. Deberán notificar los cambios de socios, accionistas o representante legal.
Información que se proporciona al A.A. (Artículo 26)
Se elimina el requisito relativo a que la empresa deberá poner a disposición y facilitar al Agente Aduanal, al que encomiende sus trámites, la información y documentación respectiva que le permita al Agente Aduanal dar cumplimiento a sus obligaciones conforme a la Ley, así como comprobar que la empresa cuenta con los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones en materia aduanera y de comercio exterior. Causales de cancelación del programa (Artículo 27)
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Se modifican las causales de cancelación quedando las siguientes:
No sea localizada en su domicilio fiscal o en los domicilios registrados en el Programa para llevar a cabo las operaciones al amparo del mismo, o dichos domicilios estén en el supuesto de no localizados o inexistentes. No se encuentren las mercancías importadas temporalmente al
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amparo de su Programa en los domicilios registrados.
Que el SAT determine que las mercancías importadas temporalmente al amparo de su Programa no ingresaron físicamente al país de destino. Presente documentación falsa, alterada o con datos falsos, o cuando el SAT determine que el nombre o domicilio fiscal del proveedor o productor, destinatario o comprador en el extranjero, señalados en los pedimentos o facturas, sean falsos, inexistentes o no localizados. Presente aviso de cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes o no presente la declaración anual de los impuestos federales por los que se encuentre obligada en términos de la legislación aplicable.
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No cuente con la documentación que ampare sus operaciones de comercio exterior o no acredite la legal estancia o tenencia de las mercancías de procedencia extranjera y el crédito fiscal determinado por el SAT sea mayor a cuatrocientos mil pesos; o el valor de las mercancías por las cuales no se acredite la legal estancia o tenencia, resulte superior al 5% del valor total de las mercancías importadas temporalmente en el semestre anterior.
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Casos de excepción
En el caso de empresas certificadas con mas de cinco años de operación y que cuenten con 500 empleados registrados en el IMSS y el valor de sus importaciones temporales sea mayor a 20 millones de dólares, no procederá el inicio de cancelación en los siguientes casos: Cuando cometan por primera ocasión una infracción relacionada con la omisión en el pago de contribuciones, cuotas compensatorias, medidas de transición o sean acreedoras a una sanción que consista en que sus
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mercancías pasen a propiedad del fisco federal, y
el monto de las infracciones o del valor de la mercancía, según el caso, no representen más del 15% del valor en aduana de las mercancías señaladas en la fracción I del artículo 4 de este Decreto, declarado por la empresa en el año de calendario inmediato anterior.
Cuando cometan alguna irregularidad administrativa que no origine una omisión en el pago de contribuciones o cuotas compensatorias y la misma se subsane dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de dicha irregularidad. Acceso a la información (Artículo 32)
Se dará a conocer en la página de internet de la S.E., la clasificación arancelaria
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La autoridad determine que sus socios y/o accionistas se encuentran vinculados con alguna empresa a la que se le hubiera cancelado su Programa.
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Que se considerará como operación de Maquila (Artículo 33) Se modifica en su totalidad este artículo, para establecer para efectos de la LISR, lo que se considerara como operación de maquila.
Que se considerará operación de maquila para efectos de la LIVA (Artículo 34) Se dispone que se considere operación de maquila a la operación de manufactura que las empresas con Programa realicen al amparo JURIDICO
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Así mismo, las empresas con Programa que exporten mercancías tendrán derecho a la devolución del IVA cuando obtengan saldo a favor en sus declaraciones, en un plazo que no excederá de veinte días hábiles, excepto en el caso del artículo 6, fracción IX del presente Decreto, cuya devolución será en un plazo que no excederá de cinco días hábiles.
Anexo I Con respecto al Anexo I, se eliminan las fracciones arancelarias 0713.33.02, 0713.33.03 y 0713.33.99, que identifica a los frijoles secos desvainados.
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Así mismo, en dicho portal ya no se dará a conocer la vigencia del programa.
del Decreto IMMEX, y se considerará operación de sub-maquila a la operación de sub-manufactura que se realice en términos de este Decreto.
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de las mercancías a importar y exportar cuando se trate de las comprendidas en los Anexos I BIS, I TER, II y III.
2207.20.01 Alcohol etílico y aguardientes desnaturalizado s de cualquier graduación. 2208.90.01 Alcohol etílico. 2208.90.02 Bebidas alcohólicas de más de 14 grados sin exceder de 23 grados JURIDICO
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6309.00.01 Artículos de prendería.
Anexo I TER Se adiciona un listado de fracciones arancelarias, relativas a las 28 partidas comprendidas en el Capítulo 72, para productos básicos, ferroaleaciones, productos intermedios, subproductos, laminados, barras sin alear, perfiles, etc. de función, hierro y acero. Personas con autorización del Anexo I TER (Artículo segundo)
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2207.10.01 Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual a 80% vol.
centesimales Gay-Lussac a la temperatura de 15° C, en vasijería de barro, loza o vidrio, excepto lo comprendido en la fracción 2208.90.04.
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Para la fracción arancelaria 2208.90.02 se homologa el texto de la fracción arancelaria de acuerdo a las modificaciones realizadas en la TIGIE.
Se establece que la S.E. deberá expedir los Acuerdos a que se refieren los artículos, 5 y 11, segundo párrafo del Decreto IMMEX, a más tardar a los noventa días naturales siguientes a esta publicación. JURIDICO
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Se abrogan los decretos ALTEX y ECEX, publicados en el DOF de fecha 3/05/1990 y 11/04/1997, Así como las disposiciones que de ellos deriven. Así mismo, se dispone que las constancias expedidas al amparo de los decretos señalados continuarán vigentes en los términos en que fueron expedidas, siempre que los titulares de las mismas presenten un reporte anual a través de medios electrónicos a la Secretaría de Economía, a más tardar el último día hábil del mes de mayo de cada año respecto de sus operaciones de comercio exterior correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior, cumpliendo con ciertos requisitos especificados en el propio artículo.
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Expedición de Acuerdos de la S.E. (Artículo tercero)
Eliminación de Decretos (Artículo cuarto)
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Se dispone que las personas morales que a la entrada en vigor del presente Decreto cuenten con autorización para importar alguna de las mercancías a que se refiere el Anexo I TER del Decreto IMMEX, a fin de someterlas a alguna actividad de servicio en los términos establecidos en el artículo 5, fracción III del Decreto, podrán importarlas para el desarrollo de dichas actividades siempre que den cumplimiento a los requisitos específicos a que se refiere la fracción I del citado artículo.
Aplicación de beneficios del ALTEX y ECEX (Artículo quinto)
Se dispone que los titulares de programas expedidos al amparo de los Decretos ALTEX o ECEX, que deseen continuar aplicando el beneficio de la devolución del impuesto al valor agregado en un plazo que no excederá de 20 días hábiles, cuando obtengan saldos a favor en sus declaraciones, podrán solicitar un Programa IMMEX, siempre que den cumplimiento a los requisitos y trámites que éste establece.
Relacionados con los decretos ALTEX y ECEX, pendientes de resolución a la fecha de entrada en vigor de este instrumento, se resuelvan conforme a los mismos.
Tramites ALTEX o ECEX (Artículo sexto)
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las
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Se dispone que solicitudes de trámites
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Errores más comunes Certificados Sanitarios Internacionales y
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En los Certificados SAGARPA.
- Incumplimiento del CSI con el modelo del formato dado a conocer por la autoridad del país de exportador. - Datos del importador y/o exportador incompletos o con errores mecanográficos en los CSI. - Obligación de asentar la palabra "hoja" antes del número consecutivo a la misma, en caso de que el CSI cuente con más de una hoja.
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Errores del SAGARPA
Certificado
- Errores de captura en algunos datos del Certificado SAGARPA, tales como el referente al número de guía, domicilio del destino final de la mercancía, errores técnicos al momento de la impresión de los Certificados (algunos datos se imprimen con algún signo), etc. - Errores en los datos referentes al medio de transporte, así como de los cordones sanitarios por los que cruzará la mercancía para su destino.
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Errores del Certificado Sanitario Internacional.
- Obligación de anotar el dato del puerto de entrada de la mercancía.
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Algunos de los errores más comunes que han dado lugar a rechazos por la autoridad se encuentran los siguientes:
a) estimular la expansión y diversificación del comercio entre las Partes.
f)
establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las Partes, así como en el ámbito regional y multilateral encaminados a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado; y
g)
crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias.
b) eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios entre las Partes. c) promover condiciones de competencia leal en el comercio entre las Partes. d) aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las Partes. JURIDICO
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Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son los siguientes:
e) proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en el territorio de cada Parte.
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Tratado de Libre Comercio entre México – Uruguay (ACE Nº 60)
Producto Exportable
sur de Veracruz y en la zona de Delicias.
Chiles Jalapeños
También es cultiva en Chihuahua, Jalisco, Nayarit, sonora, Sinaloa, Chiapas.
El fruto del Jalapeño es alargado y carnoso, alcanzando los 7 centímetros de largo y 3 centímetros de ancho.
Es cultiva especialmente en México en las zonas de Xalapa y Veracruz. Solo en México se dedican más de 6,000 a su producción principalmente en la región de la cuenca del rio Papaloapan, en el
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El chile Jalapeño no solo pica, sino que contiene vitamina A, la cual estimula la agudeza visual.
Por lo que te invito a consumir el Chile Jalapeño 100% Mexicano.
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ha sido uno de los elementos principales en las comidas Mexicanas, para darle sabor y gusto al paladar.
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EL Chile Jalapeño
Después de la maduración una parte importante de la producción se destina al secado, proceso tras el cual se le conoce como chile chipotle, del cual hablaremos en otro momento.
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Situación en Grecia afecta a los Países
Ello porque la previsión del déficit del país para el año que viene es superior al límite marcado para recibir el sexto tramo del rescate financiero valorado en 8 millones de euros. JURIDICO
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Pero ¿Cuáles son los orígenes de esta crisis? Un endeudamiento del Gobierno griego, por lo que el gasto publico se disparo en la última década sobre todo por la organización d de los juegos olímpicos del 2004.
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mercados bursátiles europeos comenzaron a la baja, debido a los temores sobe la economía griega.
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Los
Además al haber un 35-40% de economía sumergida, los ingresos fiscales se vieron reducidos.
EL Gobierno maquillo sus deudas al presentar ante la Unión Europea informes que no daban a demostrar lo grave de su situación económica y lo próximo de la crisis que ya era inminente en el país griego.
en los mercados internacionales, provocando un efecto dómino el cual pondría en peligro a los países más débiles miembros de la eurozona Portugal, Irlanda, Italia y España.
La reacción del país ante la austeridad, se ha movilizado a través de manifestaciones, algunas violentas en las cuales ha habido muertos por las marchas multitudinarias.
La realidad se destapara a finales del año 2009, cuando tras el cambio de poderes y la llegada al Gobierno del socialista Yorgos Papandreu quien pone al descubierto la cruda realidad económica del país con un déficit publico superior anunciado sobre el 13% del PIB.
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El impacto de esta crisis económica lo soportan las 15 economías que corresponden a la zona euro son los que se manera efectiva van a compartir la carga económica de este país en crisis. Existe temor de que esta situación económica genere problemas
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El presidente Calderón manifestó que la economía de México esta sana, pero exhorto al Congreso que apruebe reformas que mejore y no solo para evitar las condiciones que esta ocurriendo en otras partes.
En el encuentro, Agustín Carsen advirtió que Estados Unidos y Europa tendrán, “en el mejor de los casos, un muy bajo crecimiento para los próximos años”, lo cual redundara en un menor impulso de la economía nacional. Por ello, insistió, “se ha vuelto sumamente urgente la necesidad de hacer las reformas estructurales”
Luis Telles, presidente de la Bolsa Mexicana de Valores, dijo que los costos de la crisis europea pueden ser mayores a lo previsto.
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Ante el temor de que Grecia no pueda cumplir con sus compromisos económicos, el presidente Calderón y gobernador del banco de México Agustín Carsens, urgieron a que el país emprenda reformas estructurales frente a los riesgos que enfrenta a consecuencias de la crisis
económica que afecta a Grecia, Europa y Estados Unidos.
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¿Cuál es la reacción del Gobierno mexicano ante esta crisis europea?
A los tres años de la crisis económica mundial, sigue la incertidumbre, los temores se centran en Estados Unidos y Europa, ya que sus mercados con menor crecimiento pueden afectar a otras economías. La probabilidad de que Grecia caiga en imposibilidad de pagos se incrementa, poniendo en jaque a la economía internacional, el Presidente Felipe Calderón Hinojosa, el gobernador del Banco de México, Agustín Carsen y el titular de la Bolsa Mexicana de Valores, Luis Téllez, reconocieron que la economía mundial atraviesa por un momento complejo.
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“A pesar de ello, en México tenemos una economía fuerte y, aunque enfrentamos condiciones internacionales difíciles, como todas las demás naciones, al final de cuentas el balance es que la economía nacional sigue creciendo”, afirmo Felipe Calderón, presidente de México.
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Steve
Jobs, cofundador de la
empresa de tecnología Apple, murió el 05 de Octubre, a los 56 años. Nació el 24 de febrero de 1955 en San Francisco, California —la ciudad que se convirtió en la cuna de los emprendedores tecnológicos—. Sus padres biológicos, los profesores Joanne Schieble y Abdulfattah Jandali, lo dieron en adopción al maquinista Paul y a su esposa Clara. Jobs, quien creció junto a su hermana Paty, mostró interés por la tecnología desde pequeño. Su familia se mudó en 1961 a Mountain View, una ciudad cerca de Palo Alto, California, actual sede de muchas compañías del sector.
al club de tecnología de la empresa Hewlett-Packard (HP). Allí conoció al entonces presidente de HP, William Hewlett, quien le otorgó una beca para trabajar durante el verano, gracias a la cual conoció a Steve Wozniak. En 1976, ambos fundadron Apple, donde desarrollaron las computadoras Mac. En 1985, Jobs dejó Apple por desacuerdos con la compañía y fundó su propia empresa de computadoras, NeXT. En ese periodo diseñó el sistema operativo para Macintosh OS X y compró los estudios Pixar al cineasta George Lucas. Después de ganar un Oscar por la película TOY STORY, vendió Pixar a Disney por una cifra multimillonaria
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A los 12 años vio su primera computadora, después de unirse
El inicio, en una cochera Jobs era considerado un genio del sector tecnológico, a pesar de que asistió a la universidad únicamente durante algunas semanas. Fundó Apple en la cochera de su casa pero, como afirmó en el discurso de graduación de 2005 en la Universidad de Stanford, se mantuvo siempre hambriento y alocado
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El iPhone y la iPad fueron los siguientes dispositivos que lanzó al mercado, siempre acompañado de presentaciones que generaban expectativa mundial y a las que asistía con su característica playera negra y pantalones de mezclilla. En sus últimas etapas, también debutaron con éxito la ultra
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La empresa comenzó el desarrollo del dispositivo que le ayudaría a convertirse en la compañía tecnológica más influyente del mundo: el iPod, un reproductor portátil de canciones en formato mp3, lo que permitió el lanzamiento en 2003 de la tienda de contenidos
digitales de más éxito, iTunes. Desde entonces, los productos de Apple se convirtieron en los más vendidos y los competidores los copiaron.
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El regreso a Apple Con la venta de NeXT a Apple, Jobs volvió a la compañía como consejero. Un año más tarde fue nombrado director general interino.
En enero de este año, Jobs pidió su segunda licencia médica como director ejecutivo de Apple y dejo a cargo de la empresa a Tim Cook. En marzo, los seguidores de la compañía lo ovacionaron de pie durante su sorpresiva aparición para presentar la iPad2, cuando su salud ya era muy delicada. JURIDICO
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Jobs dejo la dirección ejecutiva de Apple en agosto pasado, aparentemente por razones de salud. Padecía cáncer de páncreas. Hacia la tarde de este miércoles (hora del centro de México), Apple publicó en su página web una imagen suya en blanco y negro con las fechas 19552011.
“Apple ha perdido a un genio visionario y creativo, y el mundo también ha perdido a un extraordinario ser humano”, Señaló la empresa comunicado.
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La lucha contra el cáncer En 2003 le fue detectado un tumor cancerígeno en el páncreas, retirado poco después mediante una exitosa cirugía. Sin embargo, las especulaciones sobre su salud crecieron por el evidente deterioro de la apariencia de Jobs. En 2009 fue sometido a un trasplante de hígado. Jobs atribuyó a un desequilibrio hormonal su evidente pérdida de peso.
Su muerte ocurre un día después de que Apple presentara la versión 4S del iPhone.
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delgada MacBookAir y la iCloud, un servicio de música en la nube.
“Aquellos que tuvieron la suerte de conocer y trabajar con Steve perdieron a un querido amigo y a un mentor inspirador. Steve deja detrás a una compañía que sólo él podría haber construido, y su espíritu será siempre el fundamento de Apple”. “Murió en paz, rodeado de su familia”, dijeron sus familiares en un comunicado. “En su vida pública, Steve era conocido como un visionario; en su vida privada, apreciaba a su familia. Estamos agradecidos con las personas que han compartido sus buenos deseos y oraciones durante el último año por la enfermedad de Steve”.
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Jobs estaba casado, desde 1991, con Laurene Jobs, con quien tuvo tres hijos: Eve, Erin y Reed. Antes tuvo a su hija Lisa, en honor a quien llamó a una computadora, la Apple Lisa, cuando ella nació en 1978.
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