Aspectos Legales del Teletrabajo

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GRUPO DE INVESTIGACION DERECHO INFORMATICO DE ALTA TECNOLOGIA Pagina web: http:// virtual.usc.edu.co/dialtec Correo e: dialtec.usc@gmail.com


ASPECTOS LEGALES DEL TELETRABAJO EN COLOMBIA UN ANÁLISIS CRITICO

Heidy Balanta Abogada. Especialista en Derecho Informático y Nuevas Tecnologías


Introducci贸n Aspectos generales del Teletrabajo Normatividad Ley 1226 de 2008 Ventajas Desventajas Panorama actual Clausulas adicionales en el contrato de trabajo Reflexiones finales


INTRODUCCION Transformaci贸n de la sociedad a partir de las Tics La llamada sociedad de la informaci贸n Panorama legislativo en materia de Tics en Colombia


Derecho Constitucional:

Ley 1266 de 2008 (Habeas Data)

Derecho Civil y Comercial:

Ley 527 de 1999 (Comercio Electrónico)

Derecho Laboral:

Ley 1221 de 2008 (Teletrabajo)

Derecho Penal:

Ley 1273 de 2009 (Delitos informáticos)

Derecho tributario:

Ley 1231 de 2008 (Factura electrónica)

Derecho Administrativo:

Decreto 1151 de 2008 (Gobierno en Línea)

Menores:

Ley 679 de 2001 (Pornografía Infantil)

Administración de justicia:

Ley 270 de 1996 (art. 95 Tecnología al servicio de la administración de justicia) Ley 1238 de 2008 (certificados de antecedentes disciplinarios y judiciales electrónicos) Acuerdo No. PSAA06-3334 de 2006 (Notificaciones Electrónicas)

Educación:

Ley 1286 de 2009 (Ciencia y tecnología)

Sociedad:

Ley 1341 de 2009 (Sociedad de la información)


ASPECTOS GENERALES DEL TELETRABAJO Inicios Hace 40 anos Jack Nilles Crisis petrolera

Hoy Desarrollo tecnol贸gico Trabajo transfronterizo Crisis- enfermedades, ej. AH1N1


NORMATIVIDAD

(1 de 2)

Articulo 25, Constitución Nacional

El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado

Articulo 5, Código Sustantivo Laboral

Toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo


NORMATIVIDAD

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Articulo 2, Ley 1221 de 2008

“Una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación- TIC para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio especifico de trabajo”

Artículo 18, Núm. 15. Ley 1341 de 2009 Promover, en coordinación con las entidades competentes, la regulación del trabajo virtual remunerado, como alternativa de empleo para las empresas y oportunidad de generación de ingresos de los ciudadanos, de todos los estratos sociales.


ARTICULO 1

Promover y regular el Teletrabajo como instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC)

•Se crea una disposición legal •Reconocimiento Jurídico teletrabajadores •Regulación de las TIC’s

derechos

• •Regulación en el C.S.T •No generación de autoempleo y empleo •No cuenta con una cultura de inclusión social


ARTICULO 2

Define la naturaleza del Teletrabajo, clasificándolo como autónomo, suplementario y móvil, de acuerdo al vínculo laboral que se haya establecido.

•Equilibrio entre las horas de trabajo y las de ocio •Reducción de costos •Combinación de tareas •Elimina el ausentismo

•Riesgo en la reducción de su remuneración •Mejoramiento productividad, en detrimento del trabajador (algunos casos) •Evaluación de puestos de trabajo


ARTICULO 3

1) Deberá formular una Política Pública de Fomento al teletrabajo, el cual se realizará previo estudio Conpes. 2) Por otro lado, el Ministerio de Protección Social, dentro de los seis meses siguientes a la promulgación de la ley, deberá formular una política pública de incorporación al teletrabajo de la población vulnerable

•Se tiene vulnerable

en

cuenta

la

población

•Política publica de fomento de teletrabajo, después de expedida la ley


ARTICULO 4

Creación de la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo, la cual se debe encontrar definida en la Política Pública de Fomento al Teletrabajo, la cual participara tanto el sector público y privado.

•Integración de distintos sectores •Unir trabajos y esfuerzos

•Incumplimiento de la ley por parte del Gobierno •Implementación de la red antes de la expedición de la ley •Brecha digital


ARTICULO 5 El Gobierno Nacional debe fomentar la implementación del Teletrabajo en las fundaciones y demás organizaciones Públicas y privadas a través del Ministerio de Protección Social y del SENA, y le establece una carga al Gobierno Nacional como es el funcionamiento de un sistema de inspección, vigilancia y control para garantizar el cumplimiento de la legislación laboral en el marco del teletrabajo.

•El trabajador debe ser tratado como un trabajador normal

•Muchas cargas al Ministerio de la Protección Social, en tan corto tiempo


ARTICULO 6

Consagra las garantías laborales, sindicales y de seguridad social para los teletrabajadores, imponiendo al Ministerio de la Protección Social adelantar una vigilancia especial para garantizar que los teletrabajadores no sean sometidos a excesivas cargas de trabajo.

•No se aplica la jornada laboral •El salario del teletrabajador no puede ser inferior al trabajador que preste su servicio en el local del empleador •El Teletrabajo es voluntario •La asignación de tareas para los teletrabajadores deberá hacerse de manera que se garantice su derecho a contar con un descanso de carácter creativo, recreativo y cultural •Igualdad de trato entre los teletrabajadores y los demás trabajadores •Planes y programas de salud ocupacional •Solo podrán contratar teletrajadores que tengan asiento en territorio Colombiano •Las disposiciones que regulan el teletrabajo son de orden publico


ARTICULO 7

El artículo Séptimo, establece que todo empleador que contrate teletrabajadores, debe informar de dicha vinculación a los Inspectores de Trabajo del respectivo municipio y donde no existan estos, al Alcalde Municipal, para lo cual el Ministerio de la Protección deberá reglamentar el formulario para suministrar la información necesaria

•Es importante este registro, para llevar un control, y evitar así posibles violaciones a los derechos y garantías de los trabajadores

•Registro personas en discapacidad? •Población vulnerable? •Capacitación?


ARTICULO 8

El artículo Octavo, establece la Reglamentación de la normativa, para lo cual le da un plazo de seis meses al Gobierno Nacional, después de sancionada la ley para que la reglamente.

•Realizo estudios? •Impacto? •Personal cualificado •Datos estadísticos •Cumplió el Gobierno los plazos?


PANORAMA ACTUAL (i) Política de Fomento al Teletrabajo (previo estudio Conpes) (ii) Política Pública de incorporación al teletrabajo de la población vulnerable (iii)Creación de la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo, (iv)Implementación al fomento del teletrabajo en las fundaciones, asociaciones, y organizaciones de carácter público y privado (v) Sistema de inspección, vigilancia y control para garantizar el cumplimiento de la legislación laboral en el marco del teletrabajo (vi)Reglamentar el formulario que deben manejar los inspectores de trabajo o alcaldes cuando el empleador comunique la vinculación por dicha modalidad.


ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN EL CONTRATO DE UN TELETRABAJADOR Contrato por escrito Manejo adecuado de la información de la compañía Manejo de clausulas de confidencialidad Clausulas de protección de Datos Clausulas de Propiedad Intelectual Asignación de responsabilidades de cada una de las partes Adecuación del espacio físico del teletrabajador, con el manejo de

programas de salud ocupacional. Determinar cual de las dos partes se hace cargo de los gastos

económicos y demás que se originen por razón del teletrabajo. Determinación de los periodos que el teletrabajador debe hacer

presencia física en la empresa. Y las demás clausulas pertinentes dentro del contrato de

teletrabajo.


Reflexiones finales Actitud pasiva por parte del Gobierno Esfuerzos proactivos de la sociedad civil Protecci贸n efectiva del teletrabajador Inclusi贸n digital, capacitaci贸n Brecha digital Nueva forma de ver el Derecho


MUCHAS GRACIAS


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