Guía PREMAAT Grupo2000 2010

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> GRUPO 2000 INscritos a partir del 1 de enero de 2000

GuĂ­a de prestaciones y servicios 2010

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Compromiso, Solvencia, Rentabilidad Y GarantĂ­a>>>

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GRUPO 2000


Nuestro compromiso sois vosotros Cuando cada año me dirijo a vosotros para presentaros esta Guía de Prestaciones y Servicios, me parece obligado hacer una breve reflexión sobre el ejercicio que finaliza y las perspectivas ante el que va iniciarse. En el momento actual, la situación económica general y la inestabilidad de los mercados financieros no invitan al optimismo. Sin embargo, y a pesar de que el entorno económico no ha sido el más propicio y que, precisamente, el sector de la construcción ha sido de los más castigados, PREMAAT no ha dejado de obtener resultados positivos. Por este motivo quiero mandaros un mensaje de tranquilidad y confianza: la mutualidad sigue cumpliendo sus metas y está en disposición de garantizar todos los compromisos que ha adquirido con vosotros. Esta estabilidad en medio de la marejada financiera ha sido posible gracias a la política de inversiones de nuestra entidad, que valora la seguridad frente a las promesas de una rentabilidad más elevada pero asumiendo mayores riesgos. En PREMAAT no tenemos letra pequeña, no ofrecemos portátiles, televisores o baterías de cocina para atraer a más mutualistas ni hacemos grandes campañas publicitarias vacías de contenido. Nuestro mejor argumento de venta son las cifras contantes y sonantes. En el momento que os escribo estas líneas y con los datos del último ejercicio cerrado, nuestra rentabilidad ha sido muy superior a la de los Planes de Pensiones Individuales y los Fondos de Inversión Mobiliarios, que acabaron el año con resultados negativos. Así ha sido también durante los últimos ejercicios, en los que PREMAAT, siempre ha conseguido una mayor rentabilidad que otros productos financieros.

Mis mejores argumentos para recomendar PREMAAT a todos nuestros compañeros son la rentabilidad, las ventajas fiscales, la ausencia de ánimo de lucro, la compatibilidad con el cobro de otras pensiones y la posibilidad de incrementar la pensión de jubilación de acuerdo al nivel de vida que cada uno queramos mantener en el futuro. Estamos trabajando por una mutualidad renovada y moderna, aunando una gestión empresarial eficaz con el espíritu propio del mutualismo. El año que termina ha sido también un año de modificaciones en PREMAAT que aprobó en su Asamblea General una serie de artículos de su Reglamento y Estatutos que suponen importantes mejoras para el mutualista. Gracias a estas modificaciones se suprime la necesidad de cotizar de forma interrumpida los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la jubilación. Del mismo modo, se elimina la obligación del preaviso obligatorio para solicitar la jubilación anticipada y se brinda la posibilidad de cobrar los capitales de pago único en forma diferida, a través de rentas temporales. En esta guía también encontraréis los acuerdos de colaboración y servicios que hemos alcanzado con diferentes entidades, con interesantes descuentos sobre sus tarifas de mercado. Esperamos que os sean de utilidad e interés. Una año más, y en nombre de la Junta de Gobierno de PREMAAT, quiero agradeceros vuestra confianza a lo largo del tiempo. Nuestro compromiso es hoy tan firme como siempre: Seguir trabajando por vosotros para aportar mayor solvencia y seguridad a la mutualidad que hemos construido entre todos. Jesús Manuel González Juez

GRUPO 2000

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ร ndice

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Tabla de Cuotas y Cifras-Base (Aplicables desde el 1 de enero de 2010)

GRUPO 2000

14

GRUPO COMPLEMENTARIO 2ยบ

18

FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES

22

SERVICIOS CONCERTADOS

26

GRUPO 2000

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TABLA DE CUOTAS Y CIFRAS BASE 2010

TABLA de Cuotas Mensuales (en euros) (Incluyendo impuestos, recargos y aportaciones al F.P.S.) - Corresponde a las cuotas mensuales en euros que cada uno paga, en función de su año de nacimiento.

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GRUPO 2000

AÑO DE NACIMIENTO

HOMBRE

MUJER

MÓDULO AHORRO

2009 ó 2010 2008 2007 2006 2005 2004 2003 2002 2001 2000 1999 1998 1997 1996 1995 1994 1993 1992 1991 1990 1989 1988 1987 1986 1985 1984 1983 1982 1981 1980 1979 1978 1977 1976 1975 1974

56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 67,34 71,37 71,44 71,46 71,44 71,38 74,23 74,60 74,95 75,31 75,65 76,03 76,42 76,83 77,26 77,73 78,24 78,80 79,40 79,55 79,76 80,02

56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 56,38 62,48 66,51 66,66 66,70 66,68 66,65 69,60 70,00 70,48 70,98 71,46 71,98 72,51 73,04 73,57 74,13 74,71 75,31 75,92 76,14 76,38 76,63

50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01 50,01

GRUPO 2000


GRUPO 2000

AÑO DE NACIMIENTO

HOMBRE

MUJER

MÓDULO AHORRO

1973 1972 1971 1970 1969 1968 1967 1966 1965 1964 1963 1962 1961 1960 1959 1958 1957 1956 1955 1954 1953 1952 1951 1950 1949 1948 1947 1946 1945 1944 1943 1942 ó antes

113,60 113,99 114,44 114,97 115,58 116,28 117,07 117,97 118,98 131,19 130,58 130,02 129,47 128,95 128,45 127,93 127,36 126,74 126,02 144,52 143,90 143,25 142,53 141,74 140,85 139,84 138,64 137,63 136,85 92,68 92,68 92,68

110,16 110,45 110,74 111,04 111,33 111,62 111,91 112,18 112,46 124,16 123,01 121,90 120,82 119,79 118,81 117,86 116,94 116,01 115,03 133,33 132,09 130,79 129,41 127,95 126,40 124,75 122,97 121,51 120,56 92,68 92,68 92,68

83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27 83,27

GRUPO 2000

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TABLA DE CUOTAS Y CIFRAS BASE 2010

TABLA de Cifras Base Grupo 2000 (en euros) EDAD CUMPLIDA 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35

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GRUPO 2000

CAPITALES ASEGURADOS [*] INVALIDEZ

DEFUNCIÓN

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 42.070,85 42.070,85 42.070,85 42.070,85 42.070,85 42.070,85 42.070,85 43.573,38 45.075,91 46.578,44 48.080,97 49.583,50 51.086,03 52.588,56 54.091,09 55.593,62 57.096,15 58.598,68 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 42.070,85 42.070,85 42.070,85 42.070,85 42.070,85 42.070,85 42.070,85 43.573,38 45.075,91 46.578,44 48.080,97 49.583,50 51.086,03 52.588,56 54.091,09 55.593,62 57.096,15 58.598,68 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21


EDAD CUMPLIDA 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 ó más

CAPITALES ASEGURADOS [*] INVALIDEZ

DEFUNCIÓN

60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 57.396,66 54.692,10 51.987,55 49.282,99 46.578,44 43.873,88 41.169,33 38.464,77 35.760,22 33.055,67 30.351,11 28.848,58 27.346,05 25.843,52 24.340,99 22.838,46 21.335,93 19.833,40 18.481,12 17.279,10 0,00 0,00 0,00

60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 60.101,21 57.396,66 54.692,10 51.987,55 49.282,99 46.578,44 43.873,88 41.169,33 38.464,77 35.760,22 33.055,67 30.351,11 28.848,58 27.346,05 25.843,52 24.340,99 22.838,46 21.335,93 19.833,40 18.481,12 17.279,10 0,00 0,00 0,00

[*] No existe límite para ampliar las cuotas de ahorro en prima única siempre que sean múltiplos enteros y haya un mínimo de 10.

GRUPO 2000

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TABLA DE CUOTAS Y CIFRAS BASE 2010

TABLA de Cuotas del Complementario 2º (en euros) - La cuota se fija en función de la edad más próxima por cumplir y las mensuales se mantienen constantes hasta que se cumplen los 65 años. - Si se hacen contrataciones añadidas posteriormente, se utilizará la edad de ese momento. PENSIÓN DE JUBILACIÓN Y VIUDEDAD PARA TIPOS REGULADORES DE 841,42 EUROS ANUALES CUOTAS MENSUALES (€)

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CUOTAS ÚNICAS (€)

EDAD

PARA HOMBRE

PARA MUJER

EDAD

PARA HOMBRE

PARA MUJER

14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41

8,50 8,70 9,06 9,43 9,83 10,24 10,68 11,14 11,63 12,14 12,68 13,25 13,86 14,50 15,18 15,91 16,68 17,50 18,37 19,31 20,31 21,39 22,54 23,78 25,13 26,58 28,15 29,87

10,75 11,19 11,63 12,10 12,60 13,11 13,66 14,23 14,84 15,47 16,15 16,86 17,61 18,40 19,25 20,14 21,10 22,11 23,19 24,35 25,58 26,90 28,32 29,85 31,50 33,29 35,22 37,32

14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41

2.580,00 2.608,05 2.691,75 2.778,20 2.867,50 2.959,74 3.055,03 3.153,47 3.255,17 3.360,25 3.468,82 3.581,01 3.696,95 3.816,76 3.940,58 4.068,57 4.200,86 4.337,61 4.478,98 4.625,13 4.776,23 4.932,46 5.093,98 5.260,97 5.433,63 5.612,13 5.796,66 5.987,42

3.390,00 3.446,14 3.552,41 3.662,02 3.775,07 3.891,67 4.011,94 4.135,99 4.263,95 4.395,94 4.532,09 4.672,52 4.817,37 4.966,78 5.120,89 5.279,86 5.443,82 5.612,94 5.787,37 5.967,28 6.152,84 6.344,22 6.541,58 6.745,12 6.955,01 7.171,44 7.394,61 7.624,70

GRUPO 2000


CUOTAS MENSUALES (€)

CUOTAS ÚNICAS (€)

EDAD

PARA HOMBRE

PARA MUJER

EDAD

PARA HOMBRE

PARA MUJER

42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64

31,74 33,79 36,04 38,52 41,27 44,34 47,78 51,66 56,06 61,11 66,94 73,75 81,81 91,50 103,35 118,18 137,25 162,70 198,34 251,82 340,96 519,26 1.054,14

39,61 42,12 44,88 47,93 51,30 55,06 59,27 64,02 69,42 75,60 82,74 91,09 100,97 112,85 127,38 145,57 168,98 200,22 243,99 309,68 419,21 638,34 1.295,88

42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64

6.184,59 6.388,36 6.598,92 6.816,45 7.041,13 7.273,12 7.512,57 7.759,63 8.014,41 8.277,03 8.547,60 8.826,18 9.112,84 9.407,60 9.710,44 10.021,31 10.340,10 10.666,65 11.000,73 11.342,06 11.690,26 12.044,88 12.405,43

7.861,92 8.106,48 8.358,58 8.618,45 8.886,30 9.162,34 9.446,79 9.739,87 10.041,81 10.352,82 10.673,13 11.002,95 11.342,49 11.691,96 12.051,54 12.421,43 12.801,80 13.192,78 13.594,52 14.007,12 14.430,68 14.865,28 15.310,95

GRUPO 2000

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TABLA DE CUOTAS Y CIFRAS BASE 2010

TABLA de Cuotas del Complementario 2º (en euros) - Cada año, las cuotas a satisfacer varían conforme a la edad cumplida al término del año anterior. - En el caso de que el mutualista sea mujer, utilizar, para la edad, 7 años menos. - Puede ampliarse este capital con contrataciones de múltiplos de 6.010,12 euros. - Se satisfacen las cuotas hasta los 65 años y la prestación no se devenga cumplida esa edad.

SEGURO DE VIDA PARA CAPITAL DE 6.010,12 EUROS

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CUOTAS MENSUALES (€)

CUOTAS MENSUALES (€)

EDAD

PARA HOMBRE

EDAD

PARA HOMBRE

14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39

0,84 0,84 0,85 0,85 0,85 0,84 0,83 0,81 0,78 0,76 0,74 0,73 0,71 0,70 0,70 0,69 0,69 0,70 0,71 0,73 0,75 0,77 0,80 0,84 0,88 0,94

40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64

1,00 1,06 1,14 1,23 1,33 1,44 1,57 1,71 1,88 2,07 2,28 2,52 2,79 3,09 3,41 3,78 4,17 4,60 5,07 5,58 6,13 6,71 7,34 8,02 8,74

GRUPO 2000


CIFRAS-BASE DE LOS GRUPOS PRESTACIONES

JUBILACIÓN INVALIDEZ FALLECIMIENTO VIUDEDAD ORFANDAD HUÉRFANOS MINUSVÁLIDOS HIJOS MINUSVÁLIDOS NUPCIALIDAD NATALIDAD ACCIDENTE Tope total gastos: Tope gastos por desplazamiento: INCAPACIDAD TEMPORAL (Sólo internamiento hospitalario) JUBILACIÓN Y VIUDEDAD SEGURO DE VIDA

AFILIACIÓN OBLIGATORIA

AFILIACIÓN VOLUNTARIA

2000

COMPLEMENTARIO 2º

Cuotas de ahorro Expresado en Tabla de Capitales Asegurados

[3]

[4]

[2] F.P.S. F.P.S. F.P.S. 270,46 € 150,25 € 6.010,12 € 3.000,00 € 60,10 €

[5] [6]

Elección 78.131,56 €

FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES (F.P.S.) PRESTACIONES AYUDA DE ORFANDAD AYUDA DE HUÉRFANOS MINUSVÁLIDOS (Cuantías de grado mínimo) AYUDA POR HIJOS MINUSVÁLIDOS (Cuantías de grado mínimo)

OBLIGATORIO 168,02 € [3]

94,66 € 94,66 €

[2] Por decisión expresa y voluntaria del mutualista del importe de la prestación de fallecimiento. [3] Las cuantías indicadas se añadirían a las que pudieran corresponder por orfandad ordinaria. [4] Límite de gastos satisfechos justificados, incluyendo en el tope total, los de desplazamiento. [5] Opcional, conforme a tipos reguladores según tabla. [6] Figura el límite máximo. Se puede contratar por módulos de 6.010,12 €.

GRUPO 2000

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> GRUPO 2000

Compromiso, Solvencia, Rentabilidad Y GarantĂ­a

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GRUPO 2000


Grupo de afiliación obligatorio y exclusivo de los inscritos hasta el 31 de diciembre de 1999.

Únicamente podrán devengar las prestaciones aquellos que se encuentren en plenitud de derechos en el momento del suceso.

Implícitas las ayudas a través del Fondo de Prestaciones Sociales.

Participación en Beneficios repartida anualmente que se acumula a lo constituido para la jubilación.

Incompatibilidad entre prestaciones de jubilación, invalidez, fallecimiento, accidente e incapacidad temporal, no produciéndose impedimento entre las dos últimas.

Los mutualistas beneficiarios de jubilación e invalidez están exentos de satisfacer las cuotas ordinarias, teniendo plenitud de derechos, excepto si perciben la prestación exclusivamente en forma de capital causando baja.

Capitalización individual con aportación definida para prestaciones de ahorro y de prestación definida para las de riesgo.

En caso de SUSPENSO, y siempre que se hayan cotizado dos años consecutivos, se conservarán los derechos económicos, incluidas las Participaciones en Beneficios devengadas, deducido un 2% anual en concepto de gastos de administración.

Los términos expresados en esta guía están supeditados a las condiciones y requisitos establecidos en los Estatutos y Reglamentos.

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> PRESTACIONES

JUBILACIÓN • Edad de jubilación: 65 años. • Es necesario solicitarla para comenzar a devengarse (incluidos los suspensos). • Formas de cobro: - De una sola vez en forma de capital. - Renta vitalicia (14 pagas). - Mixta (40% en capital y 60% en renta vitalicia). - Renta financiera temporal constante (mínimo 10% en capital y el resto en pagos periódicos anuales con un límite de 5 años). • No existe límite para ampliar las cuotas de ahorro en prima única siempre que sean múltiplos enteros y haya un mínimo de 10.

INVALIDEZ • Incapacidad permanente por cuestiones ajenas al mutualista. Invalidez de 1er grado: inhabilite de forma completa y permanente para la actividad habitual. Cuantía correspondiente al 75% del fijado en los capitales asegurados, incorporándose a los 65 años el 25% restante de la provisión matemática para jubilación. Invalidez de 2º grado: inhabilite de forma completa y permanente para cualquier profesión. Cuantía correspondiente de acumular el capital asegurado y la provisión de jubilación constituida. • Formas de cobro: - De una sola vez en forma de capital. - Renta Vitalicia (14 pagas). - Mixta (40% en capital y 60% en renta vitalicia). - Renta financiera temporal constante (mínimo 10% en capital y el resto en pagos periódicos anuales con un límite de 5 años). • Carencia de 2 años excepto para accidente o infarto.

FALLECIMIENTO • Los beneficiarios serán aquellos designados por escrito por el mutualista, o sus herederos. Es importante tener actualizados estos datos. • Subsidio de único pago y cuya cuantía corresponderá a la establecida en la tabla de Cuotas y Cifras-Base en el momento del suceso.

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GRUPO 2000


GRUPO 2000 <

• Si el beneficiario fuese el cónyuge, podrá devengar dicha prestación en forma de renta vitalicia con 14 pagas anuales. • No tendrán derecho a esta prestación los ya jubilados o aquellos que hayan devengado la prestación de invalidez de 2º grado. • Carencia de 2 años excepto para accidente o infarto.

NUPCIALIDAD • Debe ser reconocido por el ordenamiento jurídico español. • Subsidio de único pago y cuya cuantía corresponderá a la establecida en la tabla de Cuotas y Cifras-Base en el momento del suceso. • Carencia de 1 año.

NATALIDAD • En caso de nacimiento o hijos adoptados menores de 5 años en el momento de inicio del proceso. • Subsidio de único pago y cuya cuantía corresponderá a la establecida en la tabla de Cuotas y Cifras-Base en el momento del suceso. • Carencia de 1 año.

ACCIDENTE • Subsidio correspondiente al 80% de los gastos médicos (con limitaciones), estuviera o no hospitalizado, en caso de infarto o accidente no derivado de deportes de riesgo, riñas, embriaguez, drogas, etc. • Excluidos los gastos por desplazamientos, medicinas alternativas, balnearios, gimnasios y centros de masaje, prótesis oculares, dentales, auditivas y similares, así como material ortopédico en general, y los pagos a compañías de asistencia sanitaria por consultas médicas. • Sin carencia.

INCAPACIDAD TEMPORAL • Compensación diaria, fijada en la tabla de Cuotas y Cifras-Base, durante el internamiento hospitalario a consecuencia de accidente, infarto o maternidad biológica con una limitación de hasta 180 días en función de los casos. • Si continuase la hospitalización una vez superado el límite de tiempo, se pasaría a percibir una ayuda mensual. • Carencia de 3 años para maternidad biológica.

GRUPO 2000

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> GRUPO COMPLEMENTARIO 2º

Compromiso, Solvencia, Rentabilidad Y Garantía

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GRUPO 2000


Grupo de afiliación voluntario, que implica pertenecer al grupo obligatorio, con prestaciones de contratación independiente.

Capitalización individual con prestación definida.

GRUPO 2000

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> PRESTACIONES

JUBILACIÓN Y VIUDEDAD • Edad de jubilación: 65 años. • Es necesario solicitarla para comenzar a devengarse. • Cuotas mensuales o anuales. • Formas de cobro: - Renta Vitalicia (14 pagas) + Participación en Beneficios - Renta vitalicia con opción de renta vitalicia del 30% reversible al cónyuge en caso de fallecimiento del mutualista jubilado. • Cobro de la Participación en Beneficios: se les asignarán cuando se devenguen mediante una paga extraordinaria y en función del fondo acumulado en el momento de cada asignación. • Puede recuperarse el 90% de la provisión antes de los 60 años, llevando más de dos años, y deducidos los gastos correspondientes. • En caso de fallecimiento, antes de cumplir los 65 años y estando en plenitud de derechos, sus beneficiarios recibirán las cuotas de ahorro abonadas, deducidos los gastos correspondientes. • Puede solicitarse desde la situación de suspenso.

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GRUPO 2000


GRUPO COMPLEMENTARIO 2º <

SEGURO DE VIDA • Causarán derecho a esta prestación los beneficiarios designados, expresamente o en su defecto los mismos que en el grupo obligatorio, si el fallecimiento sucede antes de los 65 años. • Las cuotas mensuales dependerán de la edad del mutualista y del capital suscrito.

GRUPO 2000

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> FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES

Compromiso, Solvencia, Rentabilidad Y Garantía

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GRUPO 2000


Estas ayudas económicas por orfandad, hijos minusválidos y huérfanos minusválidos son concedidas de forma graciable.

Estas ayudas están sometidas a las condiciones y carencias establecidas en el Reglamento del Fondo de Prestaciones Sociales.

GRUPO 2000

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> FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES

AYUDA DE ORFANDAD • Ayuda para constituir una renta temporal inmediata y constante de 14 pagas/año por cada huérfano hasta que cumpla 21 años o falleciere.

AYUDA AL MUTUALISTA POR HIJOS MINUSVÁLIDOS • Ayuda para constituir una renta vitalicia de 14 pagas/año siempre y cuando el hijo no supere los 21 años, en el momento de contraer la minusvalía y de solicitarlo. • La ayuda se iniciará a partir de un grado de minusvalía del 33%, previsiblemente permanente, de carácter físico o psíquico, congénita o no. En caso de 65% o 75% de minusvalía, la ayuda sería mayor.

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GRUPO 2000


FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES <

AYUDA A HUÉRFANOS MINUSVÁLIDOS • Ayuda para constituir una renta vitalicia siempre y cuando el hijo no supere los 21 años en el momento del fallecimiento del mutualista. • La ayuda se iniciaría a partir de un grado del 33% de minusvalía, previsiblemente permanente, de carácter físico o psíquico, congénita o no. Esta ayuda aumenta si la minusvalía supera el 65% ó el 75%.

GRUPO 2000

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> SERVICIOS CONCERTADOS

Compromiso, Solvencia, Rentabilidad Y GarantĂ­a

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GRUPO 2000


I. ASISTENCIA SANITARIA

GOBIERNO DE ESPAÑA

MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

II. RESIDENCIAS DE MAYORES

III. SERVICIOS FINANCIEROS

IV. SERVICIOS, FORMACIÓN Y OCIO

MELIÃ HOTELS & RESORTS

GRUPO 2000

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CONCIERTO DE ASISTENCIA SANITARIA Y FARMACÉUTICA

ENTRE PREMAAT Y LA SEGURIDAD SOCIAL PÚBLICA PARA TODO EL TERRITORIO NACIONAL

GOBIERNO DE ESPAÑA

MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

Todos los mutualistas afiliados a este concierto satisfacen la

misma cuota, con independencia a su edad y del número de miembros en su familia, sin preexistencias y sin carencias.

1

La Seguridad Social facilitará la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos en todo el territorio nacional, con el mismo contenido y extensión que el establecido para el Régimen General de la Seguridad Social a: - Los mutualistas activos y pasivos de PREMAAT, que se den de alta en este concierto. - Las personas a su cargo, que reúnan las condiciones necesarias para ser beneficiarios y figuren reconocidos como tales, de acuerdo con las normas establecidas para el citado Régimen General.

2

PREMAAT tramitará las altas, bajas y variaciones (cambio provincial de residencia) en el concierto y girará los recibos que corresponda a los mutualistas que estén inscritos, con cargo a las cuentas bancarias de domiciliación que indiquen los mutualistas. Los impresos y normas de cumplimentación necesarios están disponibles en los respectivos C.O.A.A.T. o a través de www.seg-social.es


Altas A PREMAAT debe remitirse con la cumplimentación establecida: • 1 ejemplar del mod.TA.1 (solicitud de afiliación). Este ejemplar no es necesario si ya se dispone de número de la Seguridad Social, aunque en estos momentos no se esté de alta en la misma. • 1 ejemplar del mod.TA.2 (solicitud de alta). • 1 copia del DNI (ambas caras), legible. • 1 impreso de domiciliación bancaria para el pago de las cuotas de este Concierto. • Cheque nominativo, transferencia o giro postal a favor de PREMAAT por importe de tres mensualidades, que retendrá PREMAAT en concepto de garantía de pago, en tanto se continúe afiliado al Concierto y que será devuelto o compensado en el momento de la baja.

VARIACIONES Cuando un afiliado cambie su residencia a otra provincia, debe remitirse a PREMAAT un ejemplar mod.TA.2 para tramitar la variación correspondiente.

BAJAS Cuando un afiliado desee causar baja en el Concierto se deben remitir a PREMAAT dos ejemplares mod.TA.2, con una nota indicando que se desea la baja y sus efectos (que siempre habrán de ser posteriores al mes de remisión del documento).

TRÁMITES DE PREMAAT De documentación Recibida la documentación del apartado anterior, PREMAAT tramitará mensualmente las altas, bajas o variaciones (las recibidas antes del día 20 de cada mes a excepción del mes de agosto). - En el momento en que la Seguridad Social devuelva la documentación a PREMAAT, ésta hará llegar una copia al interesado. - Con dicha copia, el interesado acudirá a la administración de la Seguridad Social y/o Centro de Salud que le corresponda por cercanía a su domicilio, para que le hagan entrega de la documentación necesaria para su identificación y la de sus beneficiarios, a la vez que le asignan médico.

ECONÓMICOS PREMAAT girará mensualmente los importes que correspondan a la cuenta de domiciliación facilitada. Si se produjeran devoluciones, PREMAAT pondrá de nuevo al cobro el recibo correspondiente, incluyendo los gastos que se pudieran haber ocasionado en el proceso. Si después de una reemisión de recibos no es satisfecha la cuota correspondiente PREMAAT gestionará, con efectos del mes siguiente, la baja en el Concierto. - Los recibos que emitirá PREMAAT, incluirán un 5% en concepto de compensación de gastos de administración.


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Primas1 por persona y mes

Edad

Varón

Mujer

Sanitas Mundi Primas2 por persona y mes

Edad

Varón

Mujer

0-2

59,49�

59,49�

0-2

71,65�

74,95�

3-10

47,24�

47,24�

3-10

70,20�

73,43�

11-19

45,89�

45,89�

11-19

69,14�

72,32�

20-24

46,11�

47,91�

20-24

69,01�

73,91�

25-29

44,34�

53,49�

25-29

82,17�

96,19�

30-34

44,56�

56,19�

30-34

85,01�

98,50�

35-39

46,56�

56,68�

35-39

85,82�

98,50�

40-44

46,56�

55,78�

40-44

86,64�

99,44�

45-49

50,28�

56,10�

45-49

108,62�

141,67�

50-54

52,91�

56,10�

50-55

115,33�

149,62�

55-59

66,33�

67,80�

56-59

119,81�

154,69�

60-64

75,30�

75,79�

Suplemento1 dental: 8,45�

Suplemento2 dental: 8,45�

Nº de póliza: 80821921

Sanitas Multi

1- Primas por persona y mes válidas hasta el 31/12/2010 sobre las que se aplicarán los impuestos legalmente repercutibles. Edad máxima de contratación 64 años. 2-Primas por persona y mes válidas desde el 01/03/2010 hasta el 28/2/2011 sobre las que se aplicarán los impuestos legalmente repercutibles. Edad máxima de contratación 59 años y edad máxima de permanencia 64 años.

Sanitas ha desarrollado Programas Asistenciales para reforzar su salud y bienestar:






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