Loja: 17 de febrero, 2025

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Caso ‘Reconstrucción de Manabí’ detenido por 57 días 8

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Encadenados a sus padres

La falta de empleo hace que los jóvenes sean dependientes de sus padres. Un estudio de Children International revela que el 60% de los ecuatorianos de 18 a 29 años viven a expensas de sus progenitores por la falta de trabajo. La falta de independencia afecta al desarrollo. 9

CIUDAD

CIUDAD Descuento en el impuesto predial baja al 7% 3

Ecolac, empresa comprometida con la producción de calidad 4

Presuntos integrantes de ‘Los Lobos’ fueron detenidos 5

Pachakutik: voto indígena será decisivo en la segunda vuelta 7

¿Trump allana el camino a la corrupción en América Latina?

LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025
Loja - Zamora
lojalahora
JORGE GLAS, exvicepresidente de la República.
GLOBAL

Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

Fabricantes de belleza

En Loja se habla de fábricas, pero no en el sentido común, sino en uno donde la imaginación y el ingenio de sus artistas crean el verdadero producto. La ciudad no tiene fábricas de humo ni máquinas; su “fábrica de poesía” está tejida por las interacciones y creaciones diarias de sus habitantes, en los gestos, las palabras y las emociones que circulan entre ellos. La poesía no es un arte aislado ni un concepto romántico en Loja, sino una vivencia cotidiana que se respira en todos sus rincones. La poesía en esta ciudad es un acto constante, compartido entre generaciones y experimentado a través de las relaciones humanas conversacionales, ya sea en los concursos de versos, en los videos universitarios de amor o en la hospitalidad de sus ciudadanos.

Lo que distingue a la “fábrica poética” de Loja es su capacidad de trascender el legado de los grandes poetas del pasado. La poesía en Loja no es solo un producto artístico; es un modo de vida, un ejercicio continuo de reflexión y cuestionamiento que transforma la realidad. En lugar de ser una forma de arte aislada, la poesía se convierte en un medio para transformar lo cotidiano, retar lo establecido y recrear el mundo. Los habitantes de Loja son creadores activos que participan en la construcción de una narrativa cultural vivida a diario en las calles y los campos.

Además, la “fábrica poética” de Loja destaca por su enfoque innovador. La ciudad no sigue modas pasajeras ni organiza eventos frívolos; su propósito es generar arte y conocimiento de manera constante. Cada habitante tiene la capacidad de crear y contribuir al futuro cultural de la ciudad, lo que posiciona a Loja como un espacio de aprendizaje continuo y cuestionamiento constante. La evolución cultural en Loja no es solo una aspiración abstracta, sino una realidad palpable que se vive en la cotidianidad de su gente, la ciudad, la lojanidad, ya es un microcosmos vivo.

Crear poesía, como indica el escritor Cassany, es un proceso que trasciende las palabras. En Loja, esta “fábrica de poesía” no es una utopía, sino una realidad visible. La ciudad está en constante transformación, generando arte y promoviendo el turismo cultural e intelectual. La vanguardia cultural en Loja no es una simple idea distante, sino una experiencia que se vive en cada esquina. Los laboratorios de arte de la ciudad no son conservados en vitrinas, sino que están orientados hacia el futuro. Loja no sigue el camino de otros, sino que traza su propio sendero, creando rutas artísticas que no solo los soñadores y creadores pueden recorrer, sino todas las personas que emprendan en la disciplina artística que deseen. Cada habitante es un alfarero, una Matilde Hidalgo, un federalista de sus sueños, moldeando el futuro generando progreso... ¿Y si la poesía no fuera solo palabra, sino el latido mismo de la ciudad?

PACO MONCAYO GALLEGOS pmoncayog@gmail.com

Terminadas las últimas elecciones, parecería que el mapa electoral ecuatoriano refleja la imagen de un país fracturado ideológicamente como sucede, por ejemplo, en Estados Unidos, donde se conoce de antemano qué estados respaldan a los candidatos demócra-

EDITORIAL

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador

Editor General: Jean Cano

Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec

Publicidad: loja@lahora.com.ec Año: XXVIII

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

Blindaje a la independencia judicial

La Justicia necesita urgentemente de un verdadero blindaje para repeler las manipulaciones de los políticos de turno.

Actualmente los gremios de jueces y abogados que buscan la independencia judicial son muy débiles. No hay diagnósticos ni propuestas. Tampoco hay debates públicos en la Función Judicial y en la academia sobre lo que ha pasado en los casos emblemáticos de la parte final de la era de la fiscal Diana Salazar: Metástasis, Purga y Plaga.

Tampoco hay reflexión sobre la corrupción causada por el crimen organizado y el narcotráfico. Ni cómo enfrentar las amenazas a operadores de justicia. No sabemos cuál es el papel de la Corte Nacional y del Consejo Nacional de la Judicatura en esta crisis. Hay voces entre los jueces que piden la eliminación de la Judicatura, por ejemplo, por la

contaminación política y delincuencial. Pero todo se queda en los despachos de los jueces o en los pasillos de los juzgados.

Las demoras de los procesos emblemáticos, como las que revela hoy este Diario en el caso de la reconstrucción de Manabí, solo lastima más la imagen de todo el sistema.

Ahora, que el país vive una campaña electoral, ya existen todas las justificaciones para una nueva “metida de mano”.

Por ello, es momento de que los propios magistrados tomen la iniciativa y establezcan los cambios legales y constitucionales necesarios para el blindaje a la Justicia. También mayor seguridad y recursos para mejorar el servicio a los usuarios.

La Justicia es uno de los pilares en la transformación nacional. La seguridad jurídica es el mejor negocio para la imagen del país, dentro y fuera de las fronteras.

tas y cuáles a los republicanos; mientras que, los ‘swing state’, donde el apoyo a los dos partidos principales está relativamente equilibrado, se convierten en la clave para ganar las elecciones. Ese no es el caso ecuatoriano, pues aquí no existe una competencia democrática ideológica.

¿Cómo podría haberla, si no existen verdaderos partidos políticos y el elector tuvo que escoger entre dieciséis candidatos, la mayoría improvisados?

En nuestro país la polarización tiene otro tipo de fractura:

OPINIÓN 02

FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ f-barri@uio.satnet.net

Vidas ejemplares

Amediados de los años cincuenta del siglo anterior, llegaban a nuestro país, desde México, historietas que eran leídas con avidez por los niños de entonces, entre los que me incluyo.

En esas publicaciones, había una serie titulada Vidas ejemplares que, como su nombre lo indica, contenía las biografías, cortas e ilustradas, de héroes, científicos, escritores, misioneros, benefactores y más protagonistas cuyos legados a la posteridad, dignos de imitación, en los surcos frescos sembraban altos ideales, para que la sociedad coseche, posteriormente, los frutos de hombres decentes.

En épocas, como la actual, de individualismo reconcentrado, tergiversación de valores y principios, exaltación de lo baladí y hasta pernicioso, conocer hechos de magnanimidad reconforta el espíritu y enciende claridades que tanto se requieren, para guiar a los pueblos por los senderos del bien y la prosperidad.

A esto último pertenece lo efectuado por la profesora Ruth Gottesman, de 93 años de edad, quien hizo la donación de mil millones de dólares a la Facultad de Medicina Alberto Einstein, que labora en el Bronx, el distrito más pobre de Nueva York.

Este acto de excepcional filantropía posibilita que incontables jóvenes puedan matricularse y seguir estudios en la mencionada Facultad, cuyos costos, que se calculan entre 350 a 400 mil dólares, son prohibitivos para alumnos de recursos bajos o medios.

Doctora por la Universidad de Columbia, especializada en psicología educativa, desarrollo humano y aprendizaje, viuda de un inversionista multimillonario, por su vocación de servicio ejerció la docencia, ya que como es fácil colegir no necesitaba trabajar para subsistir, es una verdadera celebridad y ejemplo para las generaciones presentes y futuras. Personajes de esta jerarquía nunca deben ser olvidados.

democracia o totalitarismo. Para entenderlo basta con observar a la candidata más votada que adhiere, con hechos evidentes, y sin ninguna vergüenza, a modelos de corte fascistoide como el venezolano y el nicaragüense, que pueden ser todo menos progresistas o socialistas ¿Se parecen en algo Michelle Bachelet, Tabaré Vásquez o José Mujica a los depredadores que han destruido a esos países y al nuestro durante años?

El mapa electoral también ha dado lugar a interpretaciones simplistas, cuando se acude como

justificación al tema del regionalismo: costeños contra serranos, fundamentándose en los colores con que se pinta a las provincias, conforme a sus preferencias electorales. No hay razón para ello pues tanto el correísmo como el noboísmo (término al que tendremos que acostumbrarnos), son movimientos populistas de amplia presencia nacional. Al margen de enfocarse en qué regiones hayan nacido sus caudillos, se debe trabajar mucho en clarificar qué intereses están en juego; a qué grupos de poder representan

esas candidaturas. Esto es supremamente importante en la actualidad cuando –como ha sucedido en otros países– hace presencia en la competencia un actor poderosísimo, como el crimen organizado transnacional que requiere controlar el aparato del Estado para asegurar sus negocios ilegales. Frente a esta amenaza, el sistema de Inteligencia, con todos sus medios, deberá trabajar arduamente para evitar que el sistema político vuelva a ser cooptado por los intereses de las mafias.

Descuento en impuesto predial baja al

7%

El beneficio continuará disminuyendo progresivamente hasta junio, según el cronograma establecido por el Municipio de Loja.

Tras concluir el período del 8% de descuento en el pago del impuesto predial urbano, los contribuyentes pueden acceder a un beneficio del 7% hasta el 28 de febrero. Esta medida forma parte del cronograma escalonado definido por el Municipio de Loja, que busca incentivar el pago oportuno de tributos, reduciendo progresivamente los descuentos hasta llegar al 1% en la última quincena de junio.

Desde principios de enero, muchos ciudadanos se han presentado en las ventanillas municipales para cumplir con esta obligación y aprovechar los descuentos antes de que se reduzcan aún más.

Tabla de descuentos escalonados

El calendario de descuentos

COMPETENCIAS. Los resultados reflejan el profesionalismo y dedicación de la brigada al servicio nacional.

para el impuesto predial urbano en Loja se mantiene de la siguiente manera:

Tabla

Descuento Fechas

7% 16 al 28 de febrero

6% 1 al 15 de marzo

5% 16 al 31 de marzo

4% 1 al 15 de abril

3% 16 al 30 de abril

3% 1 al 15 de mayo

2% 16 al 31 de mayo

2% 1 al 15 de junio

1% 16 al 30 de junio

Las autoridades reiteran la importancia de cumplir con este pago dentro de los primeros meses del año, ya que el descuento continuará reduciéndose hasta junio. Para facilitar la cancelación del impuesto predial,

Brigada de

COMPROMISO. Para el pago del impuesto predial se han habilitado varias ventanillas ubicadas en puntos estratégicos.

el Municipio de Loja ha habilitado 16 ventanillas en su edificio principal y 12 puntos externos en diferentes sectores estratégicos de la ciudad, incluyendo el Coliseo Ciudad de Loja, El Valle, Mercado Reina del Cisne, Mercado Gran Colombia – Mayorista, Terminal Terrestre, Parque Pucará y el Centro de Conservación de Fauna Silvestre – Zoológico Orillas del Zamora, entre otros.

Adicionalmente, los ciu-

dadanos pueden realizar sus pagos a través de la banca electrónica o en ventanillas de 12 instituciones financieras que tienen convenio con el Municipio. El horario de atención en las ventanillas municipales es de 07:00 a 17:30, permitiendo a los ciudadanos realizar sus pagos con comodidad.

Beneficios para adultos mayores El Municipio de Loja recor-

Infantería N° 7 “Loja” participa para fortalecer habilidades

La Brigada de Infantería N° 7 “Loja” lleva a cabo una serie de competencias de destrezas militares con el objetivo de mantener a su personal altamente capacitado y listo para enfrentar cualquier desafío. Estas actividades no solo buscan perfeccionar las habilidades individuales de los soldados, sino también fomentar el trabajo en equipo, fortalecer el espíritu de cuerpo y reforzar el sentido del deber de los miembros de la brigada. Durante las competencias, el personal militar participó en diversas pruebas que

pusieron a prueba su resistencia física, destrezas en el manejo de armas, tácticas de combate y resolución de situaciones de alta presión. Además, estos ejercicios permiten evaluar la capacidad de los soldados para trabajar juntos en equipo, lo cual es esencial en el cumplimiento de las misiones, especialmente cuando se desplazan a áreas con condiciones adversas.

El enfoque de estas competencias es asegurar que el personal militar esté siempre preparado para cualquier misión, sin importar el lugar

donde les toque emplearse, y continuar contribuyendo a la seguridad y el bienestar de los ciudadanos ecuatorianos. La Brigada de Infantería N° 7 “Loja” sigue demostrando su compromiso con la formación integral de su personal, garantizando que los soldados estén en óptimas condiciones para proteger al país.

La realización de estas pruebas también tiene un componente emocional importante: fortalece la moral y el espíritu de los efectivos, recordándoles la importancia de su labor y el impacto

dó que los adultos mayores pueden acceder a exoneraciones parciales o totales en el pago del impuesto predial. Este beneficio puede alcanzar hasta el 100% si ambos cónyuges propietarios tienen más de 65 años, o el 50% si solo uno de ellos cumple con esta condición. Para acceder a esta exoneración, es necesario presentar la cédula de identidad y actualizar sus datos en las oficinas municipales.

positivo que tienen en la comunidad. Los resultados obtenidos en cada competencia son una clara muestra del profesionalismo y la dedicación con la que la brigada se prepara para servir a la nación.

Ecolac: hasta 10.000 litros de yogur a la semana

Con procesos rigurosos y productos de alta calidad, esta empresa se posiciona como un referente en la industria láctea, garantizando inocuidad, sostenibilidad y variedad para sus consumidores.

La empresa láctea Ecolac, que forma parte de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL), se ha consolidado como un referente en la producción de lácteos gracias a sus rigurosos controles de calidad y buenas prácticas de manufactura. Su compromiso con la inocuidad y la excelencia en sus productos ha permitido que sea una marca reconocida y preferida por los consumidores.

Su planta está ubicada en el campus UTPL y también tiene presencia en la provincia de Zamora Chinchipe.

Producción

Noela Bautista, jefa de producción de Ecolac, explica que el proceso inicia con la recepción de la leche cruda, la cual es sometida a estrictos análisis físico-químicos y microbiológicos para garantizar su calidad. Si cumple con la norma INEN 9, se almacena en tanques de frío y se destina a la producción de diversos derivados como quesos, yogures, mantequilla y manjar de leche. Este riguroso control permite asegurar que solo la mejor materia prima sea utilizada en la elaboración de sus productos.

Uno de los pilares de la empresa es la pasteurización, realizada a través de intercambiadores de placas, asegurando productos seguros y de alta calidad. Además, la elaboración de yogur involucra un proceso de descremado, incubación y control de temperatura para obtener un producto semidescremado y con variedad de sabores como fresa, mora, guanábana y mango.

La empresa también

PRODUCCIÓN. La empresa innova constantemente en su línea de producción.

ofrece una amplia gama de quesos, como queso fresco, mozzarella tradicional, mozzarella con orégano y con ají jalapeño, entre otros, cubriendo una diversidad de gustos y preferencias de los consumidores.

Control sanitario

Ecolac mantiene estrictos controles de higiene que implican el uso obligatorio de uniformes diarios, protocolos de lavado de manos y desinfección para evitar contaminación cruzada.

Sus colaboradores deben cumplir con normativas de seguridad e higiene, entre ellas, el uso de cofias, mascarillas y vestimenta numerada para asegurar un entorno de trabajo limpio y seguro. Además, la empresa registra cada proceso para garantizar la trazabilidad y estandarización de los productos, permitiendo un control exhaustivo de la calidad en cada etapa.

En cuanto a la producción, se procesan aproximadamente 8.400 litros de leche semanales para la elabora-

Resultados positivos de PJ durante lo que va de febrero

La Policía Nacional del Ecuador, a través de la Policía Judicial de Loja, bajo la dirección de la Fiscalía General del Estado, enfocados en reducir la impunidad de la ocurrencia de los delitos de acción pública y privada, ha realizado varias intervenciones en flagrancia, obteniendo los siguientes resultados:

Los ciudadanos detenidos y aprehendidos, fueron puestos a órdenes de la autoridad competente y los indi-

cios, ingresados en el Centro de Acopio de Indicios y Evidencias de la Policía Judicial, para las pericias e investigaciones correspondientes. Es importante mencionar que se continúa realizando diligencias investigativas en contra de los ciudadanos dedicados al cometimiento de delitos contra el derecho a la propiedad, por lo que se invita a la ciudadanía lojana, a denunciar y proporcionar información de este tipo de delitos.

ción de queso fresco, con un volumen mensual de hasta 15.000 quesos. Además, se producen 500 kilos de queso mozzarella y entre 8.000 a 10.000 litros de yogur a la semana. La empresa también ofrece una variedad de presentaciones en sus productos, desde yogures en frascos hasta empaques en funda, adaptándose a las necesidades del mercado y garantizando frescura en cada envase.

Con distribución en toda la provincia de Loja y parte de Zamora Chinchipe, Ecolac sigue apostando por la innovación y la excelencia en la producción láctea.

Su compromiso con la sostenibilidad también se refleja en la reutilización del suero lácteo generado en la producción, que es entregado a productores de cerdos como alimento, reduciendo el impacto ambiental. Además, la empresa se rige bajo las buenas prácticas de manufactura, asegurando procesos eficientes y responsables con el medio ambiente.

RESULTADOS. Se

Marca: Hyundai

Año: 2018

Cilindraje: 1, 6

Para mayor información: Contactactos: 0992045741 WhatsApp: 0969115447

Se vende Taxi en la Ciudad De Loja
Cooperativa: Cristobal Ojeda Davila

Especialización en Tributación: 6 meses de formación de calidad

Esta oferta académica está diseñada para profesionales que buscan actualizar sus conocimientos en normativas nacionales e internacionales, a fin de fortalecer su desempeño laboral.

La Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) amplía su oferta de posgrados con la Especialización en Tributación, un programa dirigido a profesionales que deseen actualizarse en materia fiscal y tributaria. El programa, que se imparte en modalidad 100% en línea, iniciará en abril de 2025 y tendrá una duración de seis meses.

Melania González, directora de la Especialización, señala que la tributación ha experimentado constantes cambios debido a la importancia de la recaudación fiscal en la economía del país. “Nuestro objetivo es que los profesionales que trabajan en el ámbito contable, administrativo y jurídico se mantengan actualizados y puedan aplicar de manera efectiva la normativa vigente”, destaca.

El programa está diseñado

para equilibrar la teoría y la práctica, permitiendo a los estudiantes aplicar los conocimientos adquiridos en sus entornos laborales. Entre los valores diferenciales de la especialización se encuentra su metodología flexible, la posibilidad de acceder a clases grabadas y la participación de docentes con experiencia en fiscalidad nacional e internacional.

Además, la UTPL cuenta con alianzas estratégicas para fortalecer la formación de sus estudiantes. A través del Núcleo de Apoyo Fiscal y Contable (NAP), en colaboración con el Servicio de Rentas Internas (SRI), los estudiantes pueden involucrarse en la práctica profesional y brindar asesoría a contribuyentes.

Entre los requisitos para postular están la cédula de identidad, título de tercer nivel y hoja de vida en forma-

En Tierras Coloradas se escondían presuntos miembros de banda delictiva

La Subzona de Policía Loja informó que, en el sector de Tierras Coloradas, ubicado en el centro occidente de la ciudad de Loja, se llevó a cabo la operación “Tormenta”, la cual resultó en la aprehensión de tres ciudadanos sorprendidos con sustancias sujetas a fiscalización. En coordinación con la Fiscalía General del Estado (FGE), se ejecutó un acto urgente que permitió capturar en flagrancia a los presuntos implicados en el delito de tráfico para consumo interno. Los detenidos fueron identificados como Jonnhy Q.V., ecuatoriano de 31 años,

con antecedentes por robo, hurto, suplantación de identidad y lesiones por accidente de tránsito entre 2015 y 2021. Luis M.O., ecuatoriano de 27 años, detenido en varias ocasiones desde 2018 por delitos como robo, hurto y violación a la propiedad privada. María P.Q., ecuatoriana de 20 años, con antecedentes por robo en 2022 y tráfico ilícito en 2024.

Según las investigaciones, los aprehendidos pertenecerían al Grupo de Delincuencia Organizada “Los Lobos”. Durante el operativo, intentaron huir al notar la presencia policial, pero fueron intercep-

EL DATO

El programa combina teoría y práctica en temas clave como tributación internacional, imposiciones tributarias y asesoría legal en el campo tributario.

to UTPL. La inversión en la especialización es de $1.290, con la posibilidad de acceder a descuentos de hasta el 20% según la forma de pago y convenios institucionales. El proceso de matrícula estará abierto hasta el 31 de marzo de 2025.

Para más información sobre el programa, los interesados pueden visitar la página de la Especialización: https://utpl. edu.ec/maestrias/tributacion.

tados en una persecución. Se halló un alijo de 13.743,1 gramos de clorhidrato de cocaína y 61 gramos de marihuana, confirmados tras un análisis de laboratorio.

El Mayor Christian Sarmiento, Comandante de la Subzona Loja subrogante, declaró: “Con esta operación hemos logrado evitar la distribución de una cantidad significativa de sustancias ilícitas en la ciudad, reafirmando nuestro compromiso en la lucha contra el crimen organizado”.

Además, durante el allanamiento, se incautaron diversos indicios, entre ellos:

°Una motocicleta.

°Una balanza.

°Tres teléfonos celulares.

°Dos cascos homologados.

° Cuatro tacos de dinamita con su respectivo cordón

detonante. La Policía Nacional destacó que con esta acción se evitó la comercialización de

HECHO. Personal de la Policía Nacional llegó al lugar para intervenir y tomar procedimiento de ley.
137.430 dosis de clorhidrato de cocaína y 122 dosis de marihuana en distintos sectores de Loja.
PROGRAMA. La Especialización en Tributación concentra en un solo ciclo académico las competencias esenciales en normativa fiscal.

Inauguran obras en la Escuela Manuelita Sáenz de Macará

La inversión de USD 52.000 dólares beneficia a la comunidad educativa del sector de Cangonamá Grande

Las obras consisten en el mejoramiento de comedor y cocina, así como aula y baterías sanitarias nuevas. El evento de inauguración se realizó con la presencia del coordinador de Educación Zona 7, Favio Villamizar Sánchez, quien destacó la importancia de invertir recursos en el sector rural.

Carla García Torres, estudiante de la Escuela de Educación Básica Manuelita Sáenz, manifestó que con espacios adecuados para el

desarrollo de las actividades escolares se sienten motivados para seguir aprendiendo. “Agradecemos a todas las personas que han trabajado para hacer realidad este sueño”, agregó.

La inversión realizada por el Ministerio de Educación suma más de USD 52.000. Seis estudiantes del sector rural del cantón fronterizo, Macará, en la provincia de Loja, son los beneficiados directos.

La autoridad educativa

zonal aseguró que “la entrega de obras refleja la decisión del Gobierno para garantizar que niñas, niños y adolescentes tengan mejores condiciones para su aprendizaje en aulas adecuadas”.

Yadira Timoteo, directora del Distrito Macará – Sozoranga Educación, dijo que el compromiso de los padres de familia es un puntal para encaminar el proceso educativo, por lo que pidió el apoyo en el cuidado de las obras.

ADELANTO. Las obras garantizan que niñas, niños y adolescentes tengan mejores condiciones para su aprendizaje en aulas adecuadas.

Pachakutik ante la segunda vuelta: diálogo y líneas rojas ante Noboa y González

El movimiento indígena en Ecuador está representado políticamente por Pachakutik, organización que no logró llegar a la Presidencia de la República con Leonidas Iza. Sus votos son codiciados en la segunda vuelta. ¿Qué proponen?

Daniel Noboa, candidato de Acción Democrática Nacional (ADN), se impone sobre Luisa González, candidata de la Revolución Ciudadana (RC) con un estrecho margen (44,16% y 43,99%, respectivamente hasta el 14 de febrero de 2025), tras las votaciones del 9 de febrero de 2025. Leonidas Iza se ubicó tercero con el 5,24% de votos. La expectativa está en qué postu-

ra tomará Pachakutik (PK). El 19 de febrero habrá una reunión del Consejo Político de PK para analizar el tema, pero la definición se tomará hasta el 15 de marzo. La segunda vuelta es el 13 de abril. Hay ciertos planteamientos y hechos que están presentes en el movimiento indígena, que podrían pesar a la hora de tomar una posición. Así lo hacen notar Guillermo Churuchumbi, coordinador nacional de PK; y Salvador Quishpe, ex asambleísta por PK y exdirigente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie). Quishpe respondió a título personal. (KSQ)

GUILLERMO CHURUCHUMBI

DESTACA EL PLAN DE GOBIERNO DE PK

El 14 de febrero us ted se reunió con los asambleístas electos de PK, ¿qué temas trataron? Hemos estado trabajando el tema de mantener la unidad con el equipo parlamentario de PK, para los distintos proyectos de ley. Esta mos definiendo una agenda legislativa, por ejemplo, el tema de Ley de Aguas, reformas sobre minería, seguridad, etc. El miércoles vamos a tener el Consejo Político de PK, es el organismo de debate.

El ministro de Gobierno, José de la Gasca, quiere invitar a mesas de diálogo a actores políticos, ¿se han comunicado con usted?

No tenemos ninguna invitación. Rechazamos categóricamente todo intento de división a las organizaciones y al movimiento PK. Lastimosamente, los Gobiernos de turno intentan cooptar, dividir, confundir y ahí esconden los grandes problemas de este país. Hay un video del 2023 que están utilizando como si Lourdes Tibán, prefecta de Cotopaxi estuviera apoyando a Noboa. No están autorizados ni las autoridades ni las organizaciones para que hagan este tipo de pronunciamiento. No hemos decidido nada.

¿Va a pesar la historia de PK al tomar una postura frente a los dos candidatos?

En todos los Gobiernos, incluidos

ahora el de Noboa y la Revolución Ciudadana, ha habido persecución , encarcelamiento, inclusive muerte, por las luchas sociales, populares, de los pueblos indígenas. Estamos valorando y conversando al interior de las organizaciones. Tenemos un programa de Gobierno como PK, ponemos a disposición de los dos finalistas. Lastimosamente, los dos quieren la Constituyente, en cambio nosotros no, vamos a defender la actual Constitución que garantiza los derechos de los niños, jóvenes, mujeres, pero también garantiza los derechos de la naturaleza. Los dos quieren el extractivismo, nosotros estamos proponiendo discutir un proceso de transición ecológica (…). Creemos que es importante que busquemos otras alternativas económicas en el país.

¿Estas serían las condiciones si deciden dialogar con Noboa o González?

No estamos diciendo ni puestos ni cargos. Lo que estamos diciendo es que con base al programa de Gobierno de PK podamos debatir, transformar este país. En estos momentos están regresando nuestros migrantes, ¿cómo vamos a resolver? No solo decir el qué sino el cómo, cuánto de presupuesto para inversiones agrarias o para que nuestros jóvenes vayan a universidades, para reducir la violencia.

SALVADOR QUISHPE PLANTEA ACCIONES CON DECRETOS

El ministro de Gobier no dijo que está “haciendo acercamientos con todos”. ¿Cómo debería responder el movimiento indígena?

Si él (Noboa) está coqueteando solamente para conseguir vo tos, está equivocado. Pero si en serio quiere implementar políticas en beneficio del movimiento indígena y del pueblo ecuatoriano, demuestre (…). Teníamos un sistema que nos ayudaba a recuperar conocimientos ancestrales, lenguas maternas. Pero vino la supuesta Revolución, terminó con esa educación. Correa nunca tuvo el espíritu de devolvernos, siempre nos gritó que somos unos ecologistas infantiles y unas mentes reducidas. Si Noboa quiere verse distinto, firme el Decreto Ejecutivo devolviendo ese Sistema de Educación Intercultural Bilingüe a los pueblos y nacionalidades del Ecuador, con autonomía, entregando recursos y respaldo integral. (La Secretaría de Educación Intercultural Bilingüe está supeditada al Ministerio de Educación). Segundo. Subieron el IVA del 12 al 15% con el argumento de que eso iba a generar recursos para luchar contra la delincuencia. La delincuencia sigue creciendo. Cojan esos recursos, capitalicen a la banca pública y ordenen en un decreto que se entreguen créditos, a una tasa de interés económica para la juventud emprendedora, que hoy está desocupada siendo presa fá-

cil del narcotráfico.

¿Estas propuestas deberían ser consideradas si los dirigentes van a un diálogo con Noboa?

Estoy dando mi opinión. El presidente debe recoger las opiniones de la ciudadanía y orientar una política en esa línea. El candidato hoy es el presidente, tiene en sus manos todo el poder que le da la Constitución y la ley para implementar políticas como he señalado.

¿Cuán importante es el pasado para el movimiento indígena?

Ellos (el correísmo) tenían 10 años para revisar la política crediticia del país y bajar la tasa de interés. Nunca lo hicieron. En 2021, presenté un proyecto de ley para bajar la tasa de interés . La mayoría del correísmo mandó el proyecto a Mireya Pazmiño, en ese entonces presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, para que lo archive. Ya sabemos quiénes son. En la historia se han dado muchos golpes. A mí me revolcaron en Quito, un 15 de agosto de 2015, cuando luchábamos para no permitir la reelección indefinida de Correa . Repito, nos quitaron el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe. Nos quitaron la tranquilidad en nuestros territorios, se los entregaron a las empresas mineras. Esos son los problemas mayores por lo que no confiamos en ellos. Noboa tampoco es que vaya a resolver esos problemas.

Jorge Glas y ocho procesados aún sin sentencia en caso Reconstrucción de Manabí

Desde hace 57 días, el conjuez de la CNJ, Marco Aguirre, delibera para resolver sobre pedidos de nulidad planteados por las defensas de los sospechosos de presunto peculado en el caso Reconstrucción de Manabí.

El 20 de diciembre de 2024, el conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Marco Aguirre, suspendió la audiencia para deliberar y dar a conocer su decisión sobre los pedidos de nulidad planteados por las defensas de los sospechosos de presunto peculado en el caso Reconstrucción de Manabí, y decidir cuántos de los nueve procesados irían a juicio.

La investigación de Fiscalía busca demostrar un supuesto mal manejo de fondos públicos asignados para la reconstrucción de Manabí tras el terremoto de abril de 2016. La trama de presunta corrupción indaga a nueve personas:

-Exvicepresidente Jorge Glas

-Exministro de Obras

Públicas, Walter Solís

-Exsecretario del Comité de Reconstrucción, Carlos Bernal

-Exgerente de Ecuador

Estratégico, Pablo Ortiz

-Exviceministro de Obras

Públicas, Boris Córdova

-Exsubsecretario zonal del Ministerio de Obras Públicas, Franklin Bernal

-Exsubsecretario zonal del Ministerio de Obras Públicas, Omar Chamorro

-Exdirector de Inmobiliar, Víctor Salvador J.

-Exdirector de Secob, Milton Daniel M.

El 20 de diciembre de 2024, el juez de la CNJ había reinstalado la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio después de ocho diferimientos.

En la diligencia, Andrés Villegas, abogado de Glas, solicitó al conjuez que su defendido sea trasladado a un hospital psiquiátrico porque, según dijo, padece de un trastorno mental, y pidió que se declare la nulidad del proceso. Luego, el magistrado escu-

chó los argumentos de Glas. A través de una conexión virtual, desde la cárcel “La Roca” (Guayaquil), dijo que el Comité de la Reconstrucción no contrató ninguna obra tras el terremoto, sino que, se priorizaron algunos proyectos que tampoco eran de obligatorio cumplimiento. Según Glas, en el supuesto que se hubiese configurado un presunto peculado, los responsables serían los integrantes del ministerio de Finanzas de la época, encargado de asignar recursos.

El abogado de Walter Solís, Richard Ortiz, solicitó la nulidad alegando que la instrucción fiscal (de 90 días) del caso terminaba el 4 de abril, y su cliente fue vinculado el 20 de abril de 2024. La defensa de Carlos Bernal, en su pedido de nulidad, expuso que la fiscalía habría vulnerado el debido proceso en la etapa de investigación previa al haber sobrepasado el plazo de dos años establecido en el COIP. El fiscal subrogante Wilson Toainga rechazó los pedidos de nulidad, rebatió el argumento de que la investigación previa sobrepasó el tiempo legal, y dijo que el peculado es un delito imprescriptible, tanto en la ejecución de la pena como en los tiempos del proceso investigativo. Solicitó al conjuez que declaré

Hitos

° 26/abril/2016: Con Decreto Ejecutivo 1004 se crea el Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo para ejecutar la construcción y reconstrucción de infraestructura para mitigar los efectos del terremoto.

° 20/mayo/2016: Se expide la Ley de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción de Zonas Afectadas por el terremoto que contempla recaudación de contribuciones solidarias.

° 25/abril/2019: Fiscalía recibe denuncia del Cpccs sobre hechos relacionados al abuso de dineros públicos utilizando fondos de la Ley de Solidaridad.

° 9/mayo/2019: Fiscalía recibe un informe con indicios de responsabilidad penal de Contraloría como parte de un examen especial a contratos suscritos para la construcción del Parque Las Vegas (Portoviejo) y la construcción del tramo de acceso al Puerto de Manta-Colisa cuyo financiamiento provino de los fondos de Ley de Solidaridad que eran específicos para enfrentar las consecuencias del terremoto.

° 10/ febrero/2020: Fiscalía recibe otra denuncia del Cpccs por el presunto delito de delincuencia organizada mencionado una reunión del 22 de mayo de 2017 entre los integrantes del Comité de la Reconstrucción en la cual se priorizaron 584 proyectos sin un sustento técnico que evidenciara la finalidad emergente de reconstrucción.

la validez procesal y dé paso a la presentación de su acusación. Con base en los indicios recopilados durante la instrucción fiscal, el conjuez deberá resolver cuántos de los nueve procesados irán a juicio.

Luego de escuchar a todas las partes procesales, el conjuez suspendió la diligencia, y se retiró a deliberar, y dijo que convocará a la reinstalación para dar a conocer su decisión.

Para Fiscalía, se configuró un “sistema de abuso de recursos estatales”

La teoría fiscal señala que la infracción se habría cometido en la adjudicación del contrato para la construcción del proyecto vial Manta-Colisa de 22 kilómetros por más de $68 millones.

La obra fue adjudicada después del terremoto. Para FGE existen los elementos que respaldaron la formulación de cargos contra Glas, quien presidía el Comité para la reconstrucción Para Fiscalía, en este caso se configuró un “sistema de abuso de los recursos estatales”, por ejemplo, para construcciones como el Parque Las Vegas, en Portoviejo. El delito de peculado está tipificado en el artículo 278 del COIP y se sancion con prisión de diez a trece años. (SC)

° 30/mayo/2023: Una vez que Fiscalía revisa y analiza la conexión de los hechos (con las denuncias del Cpccs y del informe de Contraloría) se unifica el expediente fiscal para que siga la investigación.

° 1/junio/2023: Fiscalía solicita fecha y hora para formular cargos contra Jorge Glas y exfuncionarios públicos como Pablo Ortiz por su presunta participación en supuesto peculado.

° 5/enero/2024: Fiscalía formula cargos contra Glas, y exfuncionarios como Pablo Ortiz por presunto peculado. El juez de la causa dictó prisión preventiva para Glas y Carlos Bernal.

° 21/febrero/2024: CNJ declaró improcedente el pedido de apelación a prisión preventiva solicitado por Glas.

° 12/abril/2024: Fiscalía vincula a 6 personas más a la investigación por presunto peculado, entre ellos a Walter Solis

Club Deportivo Especializado Dedicado a la Práctica del Deporte Profesional “STAR CLUB RIOBAMBA”

Convocatoria a Asamblea de Elecciones

Riobamba 14 de febrero del 2025

De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y el estatuto vigente, se convoca a todos(as) los Socios del Club Deportivo Especializado Dedicado a la Práctica del Deporte Profesional “STAR CLUB RIOBAMBA” de acuerdo a su estatuto vigente, a la Asamblea General de Elecciones que se llevará a cabo el día 6 de marzo del 2025, a partir de las 19:00 en el Salón Royal Club ( Veloz y Carlos Zambrano) para tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del quorum

2. Elección del Directorio Club Deportivo Especializado Dedicado a la Práctica del Deporte Profesional “STAR CLUB RIOBAMBA” periodo 2025 - 2029.

3.Toma de juramento, posesión y elaboración de nombramientos del nuevo directorio

4. Clausura

Se ruega puntualidad Atentamente

PERSONAJE. Jorge Glas, exvicepresidente de la República. (Foto API-archivo)
Fernando Adriano Roberto Morales Presidente Secretario

Jóvenes de hasta 29 años ganan un promedio de $189

La gran mayoría de jóvenes sobrevive con ingresos bajos o nulos, atrapados en la informalidad y la dependencia económica. Con un salario promedio de apenas $189 al mes, la independencia financiera es un lujo. Esta es una crisis silenciosa, pero real.

Ingresos mensuales de los jóvenes

Ingresos mensuales de jóvenes según ocupación

Ocupación

Empleado bajo relación de dependencia

Empleado bajo honorarios profesionales

$900 a $1.349

$1.350 a $1.799

$1.800 a $2.249

Más de $2.250

Autoempleo

Empleado en prácticas o pasantías

Desempleado

Estudiante a tiempo completo

Voluntariado

El panorama económico de la juventud ecuatoriana refleja una preocupante realidad: solo el 1,20% de los jóvenes de hasta 29 años en Ecuador logra percibir un ingreso mensual de $900 o más, lo que evidencia la fragilidad del mercado laboral y las dificultades de acceso a empleos bien remunerados

De acuerdo con una encuesta reciente impulsada

por Children International y Empleo Joven Ecuador, el ingreso mensual promedio de los jóvenes ecuatorianos, debido a la alta informalidad y el desempleo, es de apenas $189,6, una cifra que dista mucho del salario básico unificado y que limita sus oportunidades de desarrollo personal y profesional.

Como ya analizó LA HORA, el 80,1% de los jóve-

más, como ya se mencionó antes. el 80,1% se encuentra desempleado, lo que refleja la escasez de oportunidades laborales para este sector de la población.

Quienes logran acceder al mercado laboral en su mayoría tienen trabajos informales o con bajos ingresos: el 34,5% gana menos de $450 al mes, y solo el 12,4% percibe entre $450 y $899.

Esta situación genera un círculo vicioso en el que los jóvenes no pueden independizarse económicamente, retrasando su autonomía y limitando su capacidad de consumo e inversión en su futuro. La falta de ingresos adecuados afecta la estabilidad de las familias, muchas de las cuales deben sostener a sus hijos en la adultez, generando un impacto financiero adicional en los hogares.

“El hecho de que los jóvenes tengan un salario promedio menor al salario básico, que llega a los $189, por supuesto genera una dependencia económica y que tengan que vivir todavía con los padres. Existen cada vez más espacios con un mayor número de personas. Los bajos ingresos hacen que los jóvenes busquen espacios con sus padres, con sus tíos, con sus primos, y se forman familias ampliadas donde cada uno aporta lo poco que gana”, explicó María Augusta Proaño, directora de la oficina en Quito de Children Internacional.

Toda esta situación, de acuerdo con Proaño, también provoca que muchos jóvenes (8 de cada 10 según la encuesta) vean en la migración una “solución posible” a sus problemas , aunque en muchas ocasiones derive en deportación forzosa, endeudamiento, entre otros agravantes.

por el autoempleo, con un ingreso promedio de $475,7, o por pasantías y prácticas profesionales, que apenas alcanzan los $369,5 mensuales, lo que demuestra que incluso aquellos que trabajan enfrentan dificultades económicas . Un joven con un empleo formal bajo relación de dependencia gana alrededor de $600.

El reto del consumo y el desarrollo económico

El bajo poder adquisitivo de la juventud ecuatoriana impacta directamente en el consumo interno del país. La falta de recursos limita la capacidad de los jóvenes para invertir en bienes y servicios, afectando sectores como la educación, el comercio y la industria. Sin ingresos estables, las decisiones de compra se reducen a cubrir necesidades básicas, disminuyendo el dinamismo económico y retrasando el crecimiento de negocios y emprendimientos.

“El desafío para Ecuador es claro. Sin estos cambios estructurales, el país corre el riesgo de perpetuar una generación atrapada en la precariedad, con pocas opciones de progreso y un impacto negativo en la economía a largo plazo”, acotó Lorena Mendoza, economista de 27 años y emprendedora. Como ejemplo, un joven ecuatoriano con un ingreso mensual de $189 que aún depende de sus familiares enfrenta un panorama económico muy limitado. Con ese dinero, apenas podría cubrir necesidades básicas:

-Transporte público: $40 (si usa bus, ecovía, metro para moverse diariamente).

-Alimentación básica: $100 (comiendo en casa y evitando restaurantes).

nes encuestados está desempleados, es decir, no ha tenido acceso a un trabajo formal.

Dependencia económica y empleos informales

Uno de los datos más alarmantes es que el 51,1% de los jóvenes encuestados no tiene ingresos propios y el 59,8% depende económicamente de sus padres. Ade-

Impacto en la calidad de vida El limitado acceso a ingresos dignos no solo restringe la posibilidad de una vida independiente, sino que también incide directamente en la calidad de vida de los jóvenes. Sin estabilidad financiera, el acceso a vivienda propia, educación continua y hasta la atención médica se convierte en un desafío.

Muchos jóvenes optan

-Recargas de celular e internet: $20 (para mantenerse comunicado y trabajar o estudiar).

-Otros gastos (higiene, esparcimiento ocasional): $29. No podría costear vivienda propia, educación superior de calidad ni atención médica privada. Su independencia es imposible sin apoyo familiar, y cualquier imprevisto económico, como una enfermedad o la pérdida del empleo informal, lo dejaría en una situación crítica. (JS)

Conozca los riesgos de usar Wifi público y cómo protegerte

En cafeterías, parques, aeropuertos existen redes públicas de internet. Sin embargo, el uso de este Wifi puede ser peligroso.

Es fácil dejarse deslumbrar por la gratuidad y la comodidad de lugares que tienen puntos de internet libres. Sin embargo, el Wifi gratuito puede traer muchos riesgos, por lo que es importante conocerlos y prevenirlos. Son diversos los lugares donde podemos encontrar internet público: cafeterías, parques, aeropuertos, hoteles y más.

Y si bien no todas las redes de Wifi gratuito son peligrosas, es mejor conocer cómo protegernos del robo de datos o hackeo por el uso de internet público.

¿Cómo protegernos al usar redes Wifi públicas o gratuitas?

1

Navegación incógnita: Los navegadores nos ofre cen estar en internet de forma incógnita, lo que hace que una vez que cerramos la página, se pierde el historial de las páginas visitadas y las coo kies. De este modo no dejan rastro en el equipo utilizado. Así evitaremos que puedan acceder a nuestras redes so ciales o mails.

2

Usar redes privadas virtuales VPN (red pri vada virtual) Siempre que podamos, o cuan do por cuestiones de trabajo necesitemos conectarnos de forma habitual a internet fue ra de casa, lo mejor es usar este tipo de redes. Este sistema crea una red

cerrada y privada en la que es posible intercambiar información sin riesgo alguno. Podemos utilizar VPNs como HotSpot Shield o Tunnel Bear

3

Evitar pagar por internet al usar una red pública de Wifi: Esta regla es básica, pues al ingresar los datos de las tarjetas de crédito los ciberdelincuentes pueden acceder a esta información y realizar compras o clonar la tarjeta.

4No proporcionar demasiada información personal: Por lo regular, para acceder a una red WiFi pública, al usuario le solicitan datos personales: correo electrónico, número de teléfono o incluso logearnos con nuestras cuentas de redes sociales. Es necesario cuidar los datos que ingresamos y es momento de repensar si necesitamos la conexión a esa red.

5

Lee las condiciones legales: Esta debería ser una comprobación que deberíamos llevar a cabo cada vez que instalamos una app o nos registramos en cualquier web, pero en el caso de las redes WiFi públicas, es especialmente importante que entendamos las condiciones legales de dicho acceso. Sobre todo las referidas al uso de los datos que se recogen durante la conexión (qué webs visitas por ejemplo) y posterior tratamiento de esos datos.

6

No envíes claves, ni contraseñas mediante redes WiFis de acceso público: Los expertos de seguridad recomiendan que nunca se envíen claves, contraseñas o cualquier tipo de información de acceso a un servicio. Esos datos que se mandan pueden estar siendo interceptados por otras personas conectadas a ese mismo WiFi y que bus-

HECHO. Las redes de Wifi gratuito suelen solicitar datos perswonales.

quen fines malintencionados. Tampoco recomiendan escribir o compartir en estas redes información sensible como el

número de cédulas, fotos de pasaportes o cuentas bancarias. Fuente: Revista Movistar, Xataka Android.

R. DEL E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA

EXTRACTO JUDICIAL

ACTOR: JORGE FRANCISCO ANDRADE DITO

DEMANDADO: MARIA JOSE CORRAL

JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA

SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA

JUICIO: 15951-2024-00712

CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL

TRAMITE: SUMARIO

CUANTIA: INDETERMINADA

ABOGADA MERCEDES CONTRERAS DICAO REGISTRADORA DE NA 00000313

PROPIEDAD Y MERCANTIL ENCARGADA DEL CANTON LAS NAVES

003-NGDINARDAP-2012,

SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor JORGE FRANCISCO ANDRADE DITO, presentó la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL,  en contra de MARIA JOSE CORRAL, cuyo extracto es como sigue: “ Tena, martes 4 de Febrero del 2025, a las 15h07.-  VISTOS.- …En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Tena, (…)  Conozco de la demanda de divorcio contencioso presentada por el señor ANDRADE DITO JORGE FRANCISCO en contra de la señora MARIA JOSE CORRAL por reunir los requisitos legales, generales y especiales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en adelante COGEP, en consecuencia, se la admite a trámite SUMARIO conforme lo dispone el numeral 4 del artículo 332 COGEP. CITACIÓN.Por cuanto se ha justificado que no se ha podido determinar con la individualidad o residencia de la demandada; Cítese a la señora MARIA JOSE CORRAL, mediante tres publicaciones en días distintos, en un medio de comunicación impreso de amplia circulación, esto es por el Diario “La Hora”; conforme lo determina el artículo 56 del Código General de Procesos; publicaciones que se realizarán con observancia del numeral 1 del referido artículo; para lo cual la señora Secretaria de esta Judicatura elaborará los extractos correspondientes; se le advierte a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda y para que presente sus anuncios probatorios de conformidad con el numeral 3 del artículo 333, en concordancia con los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, bajo prevenciones de tramitarse la causa en rebeldía y en atención a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 87 del referido cuerpo legal. La actora adjuntara publicaciones íntegras (PDF), la certificación del representante legal del medio de comunicación donde se acredite las fechas en que se realizaron las publicaciones, como también se adjuntará el comprobante de pago. PRUEBAS.En cuanto a los anuncios probatorios presentados por la parte actora, constantes en su escrito de demanda, en el día de la audiencia única, se dispondrá lo que en derecho corresponda, así también la parte demandada, ejerza el derecho a la contradicción, respecto a la prueba anunciada por la contra parte, esto es: a) La partida de matrimonio del actor; b) Los documentos conferidos por el Registro Civil según los numerales 7.2 a 7.5 de su demanda; Las declaraciones de parte y de las testimoniales de los señores: FRANCISCO JAVIER ESPINOSA DITO y DANIELA RAQUEL VARGAS MEDINA se la realizará el día de la Audiencia Única debiendo notificarse de su comparecencia en el casillero electrónico señalado por la parte actora.  Agréguese al proceso la documentación adjunta y tómese en cuenta la Procuración Judicial y autorización conferida por el compareciente a la señorita Abogada Kimberly Noriega Valverde, para que le represente a la parte actora en esta causa, así como también tómese nota del correo electrónico, señalado por el compareciente, para recibir futuras notificaciones. - Cítese y Notifíquese”. - Fdo) DR. CASANOVA BORJA GERMAN RICARDO-JUEZ.DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE TENA.

LO CERTIFICO.

Migrantes venezolanos: EE. UU. deja de ser el destino soñado

Un 30% de la población venezolana menor a 30 años quiere salir del país, pero las políticas migratorias de Donald Trump alejan a Estados Unidos el principal destino de la migración.

Una reciente encuesta de la firma Poder y Estrategia revela que, ante la crisis política y económica en Venezuela, un número significativo de ciudadanos considera emigrar en los próximos meses. Así, al menos el 305 de la población menor a 30 años quiere salir del país. Aunque Estados Unidos ha sido un destino tradicional para los migrantes venezolanos, las políticas migratorias más estrictas de Donald Trump y las dificultades para obtener visas han llevado a muchos a reevaluar sus opciones.

Según el estudio, Colombia se perfila como el principal destino para los venezolanos que planean emigrar. Actualmente, más de 2,8 millones de venezolanos residen en Colombia, y se espera que esta cifra aumente debido a la proximidad geográfica, las similitudes culturales y las políticas de acogida implementadas por el gobierno colombiano.

Perú y Brasil también se destacan como destinos preferidos. Perú alberga a aproximadamente 1,6 millones de venezolanos, mientras que Brasil ha recibido a más de 626.000. Estos países ofrecen

oportunidades laborales y han establecido mecanismos para regularizar la situación migratoria de los recién llegados.

En Europa, España se ha consolidado como un destino atractivo para los venezolanos, con más de 390.000 residentes venezolanos en 2024.

La facilidad del idioma y la existencia de redes comunitarias han facilitado este flujo migratorio. Además, en los primeros seis meses de 2024, España recibió 44.000 nuevos migrantes venezolanos, con un promedio de 241 llegadas diarias. Un aspecto notable es que el 37,5% de las solicitudes de protección internacional en España durante 2024 provinieron de ciudadanos venezolanos, con una tasa de aprobación cercana al 98%.

La encuesta también indica que factores como la estabilidad política, las oportunida-

des económicas y las políticas migratorias de los países receptores influyen significativamente en la elección del destino por parte de los migrantes venezolanos. Mientras algunos buscan oportunidades en países vecinos de América Latina, otros optan por destinos más lejanos como España, donde consideran que pueden integrarse más fácilmente debido a la lengua y la cultura compartidas.

En resumen, aunque Estados Unidos ha sido históricamente un destino para los migrantes venezolanos, las circunstancias actuales han llevado a una diversificación en los destinos preferidos, con países como Colombia, Perú, Brasil y España emergiendo como las opciones más atractivas para quienes buscan nuevas oportunidades fuera de Venezuela.

EMPRESA MINERA EN PROVINCIA DE ZAMORA CHINCHIPE REQUIERE CONTRATAR OBREROS Y AYUDANTES.

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REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N° 338522-2025-PDZ

ACTOR: DRA. ANA GABRIELA ANDRADE, PROC URADORA JUDICIAL DE FARMAENLACE CIA.LTDA, REPRESENTADA LEGALMENTE POR EL SR. JORGE ROBERTO ORTIZ CEVALLOS EN CALIDAD DE PRESIDENTE EJECUTIVO

ACCIONADA: SRA. EVELYN PAULINA VIVANCO GONZAGA

CAUSALES: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO

Se le hace saber:

INSPECCION DEL TRABAJO DE PICHINCHA - Quito, 13 de Febrero del 2025, a las 11h40, continuando con el conocimiento de la solicitud de Visto Bueno identificada con el Nro. 338522-2025-PDZ, presentado por la DRA. ANA GABRIELA ANDRADE, PROCURADORA JUDICIAL DE FARMAENLACE CIA.LTDA, REPRESENTADA LEGALMENTE POR EL SR. JORGE ROBERTO ORTIZ CEVALLOS EN CALIDAD DE PRESIDENTE EJECUTIVO, en calidad de empleador en contra de la señora EVELYN PAULINA VIVANCO GONZAGA se ha dictado lo que sigue: 1) Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte accionante de fecha 12 de febrero de 2025 a las 15h52 minutos. 2) En aplicación a los Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providenc ia notifíquese a la trabajadora EVELYN PAULINA VIVANCO GONZAGA mediante una sola publicación en un periódico de amplia circulación del lugar donde se sustancia el procedimiento de Visto Bueno. Dicha publicación contendrá un extracto de la solicitud de Visto Bueno y de la providencia respectiva, conforme a lo determinado en el Art. 11 del Acuerdo Ministerial MDT- 2024-041, por cuanto el empleador bajo j uramento declara desconocer el domicilio y residencia de la accionada, y ha justificado que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicarlo, conforme se desprende de la documentación adjunta. A la accionada se le concede el término de hasta veintidós días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones Con su contestación o sin ella se procederá a investigar los fundamentos de la solicitud de visto bueno y se dictará la resolución que corresponda. 3) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que la publicación se remitirá a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de diez días siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 3) Tómese en cuenta los correos electrónicos: anaandrade@farmaenlace.com / valeriapalacios@farmaenlace.com / mperezv@farmaenlace.com y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe la presente causa - NOTIFIQUESE - F) AB. EVELYN PAMELA DELGADO ZAPATA.

MÍRALO Y ESCÚCHALO POR YOUTUBE O SPOTIFY TEMA Autoconocimiento, pensar en grande y crisis de los 40

REALIDAD. Los venezolanos buscan huir de la dictadura chavista.

Juicio N.- 17305-2010-1699

Juicio No. 17305-2010-1699

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de febrero del 2025, a las 10h42. REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, martes 11 de febrero del 2025, a las 10h42.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA NOTIFICACIÓN JUDICIAL

REPÚBLICA DEL ECUADOR

ACTORES: CAMACHO MORENO JUAN FERNANDO y CAMACHO MORENO ANA VERONICA

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA NOTIFICACIÓN  JUDICIAL

DEMANDADOS: CAMACHO VALLEJO FERNANDO JUICIO NÚMERO: 17305-2010-1699

ACTORES: CAMACHO MORENO JUAN FERNANDO y CAMACHO MORENO ANA VERONICA

DEMANDADOS: CAMACHO VALLEJO FERNANDO

JUICIO NÚMERO:  17305-2010-1699

OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

TIPO DE PROCEDIMIENTO: ESPECIAL

OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

TIPO DE PROCEDIMIENTO: ESPECIAL

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de enero del 2025, a las 14h06. VISTOS.- Incorpórese al expediente físico el escrito de 16 de enero de 2025 de 2025, presentado vía SATJE por la parte actora.- AL MISMO.- 1) Recibidos que fueron los

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.  Quito, viernes 24 de enero del 2025, a las 14h06. VISTOS.- Incorpórese al expediente físico el escrito de 16 de enero de 2025 de 2025, presentado vía SATJE por la parte actora.- AL MISMO.- 1) Recibidos que fueron los informes de liquidación de 10 de enero de 2025, al amparo de lo previsto en el artículo 372 del Código Orgánico General de Procesos proceda el señor CAMACHO VALLEJO FERNANDO, en su calidad de obligado principal, a pagar dentro del término CINCO DÍAS: (i) la cantidad adeudada por pensiones alimenticias que le corresponde a la alimentaria ANA VERÓNICA CAMACHO MORENO, esto es: USD. $96,084.30 (NOVENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y CUATRO CON 30/100 DÓLARES AMERICANOS). Este valor será depositado en la cuenta SUPA N° 1701227040, bajo las prevenciones señaladas en el artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos; y, (ii) la cantidad adeudada por pensiones alimenticias que le corresponde al alimentario JUAN FERNANDO CAMACHO MORENO , esto es: USD. $98,130.12 (NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA CON 12/100 DÓLARES AMERICANOS). Este valor será depositado en la cuenta SUPA N° 1701-227845, bajo las prevenciones señaladas en el artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos.- 2) Se le indica al alimentante que, conforme lo prevé el Art. 373 ibídem, únicamente podrá oponerse al mandamiento de ejecución dentro del término de cinco días, por las causas determinadas en el referido artículo. La causa que se invoque deberá estar debidamente justificada.- 3) A fin de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso estos términos correrán a partir de que el alimentante sea notificado en legal y debida forma con el presente auto; para lo cual, téngase en cuenta el correo señalado por la parte actora en el escrito que se atiende; sin perjuicio de que sea notificado conforme lo previsto en el Art. 56 ibídem, según lo solicitado en escrito de 19 de noviembre de 2024, fs. 377; en tal sentido, se les requiere a los alimentarios, señores ANA VERÓNICA CAMACHO MORENO y JUAN FERNANDO CAMACHO MORENO, acudir a esta Unidad Judicial con sus documentos de identidad en originales y copias, el día 06 de febrero de 2025, a las 15h00, a fin de que, de conformidad con el artículo 56, numeral 2, inciso 2° del Código Orgánico General de Procesos; declaren bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado, señor CAMACHO VALLEJO FERNANDO.- Hecho que sea se procederá conforme corresponda.- Conforme con el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos y Art. 19 de la Resolución 204-2023, de 12 de diciembre de 2023, aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, la firma electrónica contenida en el presente auto tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma ológrafa (manuscrita) por lo que no será necesario consignarla. NOTIFICACIONES. Al amparo del Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos; y, en cumplimiento de la Resolución 102-2023, de 21 de junio de 2023, dictada por el Consejo de la Judicatura, todos los autos serán notificados únicamente a los correos electrónicos señalados por los sujetos procesales.- Actúe el Dr. Carlos Humberto Miranda Vela, en calidad de Secretario de este despacho Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-

¿Trump allana el camino a la corrupción en América Latina?

La suspensión de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero por orden de Donald Trump podría disparar la corrupción en América Latina. Al debilitar una de las principales herramientas de control, funcionarios y empresas se sentirán más protegidos para participar en sobornos. Expertos advierten que esta medida aumentará la inestabilidad política y el deterioro institucional en la región.

Juicio No. 17305-2010-1699

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de febrero del 2025, a las 10h42. REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA NOTIFICACIÓN JUDICIAL

ACTORES: CAMACHO MORENO JUAN FERNANDO y CAMACHO MORENO ANA VERONICA

DEMANDADOS: CAMACHO VALLEJO FERNANDO

JUICIO NÚMERO: 17305-2010-1699

OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

TIPO DE PROCEDIMIENTO: ESPECIAL

Dr. Carlos Humberto Miranda Vela

SECRETARIO

José Ugaz, exfiscal peruano y director del grupo anticorrupción Proética.

El anuncio de Trump también podría generar un efecto dominó en Europa , donde muchas empresas podrían exigir a sus gobiernos flexibilizar las regulaciones anticorrupción para no quedar en desventaja frente a sus pares estadounidenses.

El contexto regional ya es preocupante. Según Transparencia Internacional , países como Brasil, Chile, Honduras, Nicaragua y Venezuela han registrado un deterioro en los índices de percepción de corrupción. Ahora, con la suspensión de la FCPA, los niveles de corrupción podrían empeorar aún más.

varios gobiernos latinoamericanos. Sin embargo, Trump justifica su suspensión con el argumento de que la ley afecta la “competitividad ” de las empresas estadounidenses frente a competidores internacionales que operan sin restricciones similares.

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de enero del 2025, a las 14h06. VISTOS.- Incorpórese al expediente físico el escrito de 16 de enero de 2025 de 2025, presentado vía SATJE por la parte actora.- AL MISMO.- 1) Recibidos que fueron los

MIRANDA VELA CARLOS HUMBERTO SECRETARIO

La reciente orden ejecutiva de Donald Trump que suspende la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA) podría tener graves repercusiones en la lucha contra la corrupción en América Latina. La medida, que ha pasado desapercibida entre sus controvertidas declaraciones, pone en pausa la principal herramienta legal que Estados Unidos ha utilizado durante décadas para sancionar a empresas que sobornan a funcionarios extranjeros. Desde su aprobación en 1977, la FCPA ha sido clave para destapar escándalos de corrupción a nivel global, incluyendo el caso Odebrecht , que sacudió a

El impacto de esta decisión podría ser devastador para América Latina. Según expertos, los funcionarios corruptos se sentirán más seguros al recibir sobornos sin temor a ser investigados, mientras que empresas de EE.UU. podrán operar con menos restricciones en prácticas ilícitas. “Esto tendrá un impacto muy negativo en la región”, advirtió

La decisión de Trump genera interrogantes sobre sus verdaderas intenciones. Mientras algunos defienden que existen otras leyes para combatir la corrupción, la FCPA es considerada la herramienta más efectiva de Washington en esta lucha. “¿Realmente cree que permitir los sobornos hará más competitivas a las empresas estadounidenses, o simplemente está recompensando a quienes financiaron su campaña?”, se preguntan analistas.

Si la orden ejecutiva no es revocada o modificada, podría desatar un aumento en la corrupción en América Latina, debilitando las instituciones democráticas y favoreciendo la inestabilidad política y económica en la región.

PERSONAJE. Donald Trump ha firmado innumerables decretos y órdenes ejecutivas en un mes en la Casa Blanca

Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Editor FRANCISCO LÓPEZ MURILLO

VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2008

La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 8694

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ESTADO DE EXCEPCIÓN: LÍIMITES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Introducción

Sin duda alguna, la calamidad pública que padecemos,

como lo es, la emergencia sanitaria causada por el COVID-19, debemos enfrentarla todos, con esfuerzos mancomunados e ideas positivas para sobrevivir y sobresalir de este problema público. Pero, debemos preguntarnos si tales esfuerzos e ideas a presentarse y practicarse

deben ser libres y abiertas, o, limitadas y enmarcadas al ordenamiento jurídico. Esto, por cuanto al menos en el Sistema Educativo Nacional se

C ONSULTA L ABORAL

¿La ley permite solicitar medidas cautelares aunque no exista una forma específica para conocer y proveer ese tipo de medidas?

RESPUESTA

La posibildiad de solicitar y disponer medidas preventivas en los procesos judiciales está limitada a la cosa que se litiga o para asegurar un crédito. Los requisitos para ordenar el secuestro o la retención de bienes, exigen que se demuestre la existencia de un crédito. En materia laboral, al ser juicios de conocimiento que generalmente pretenden el reconocimiento de un derecho para ser indemnizados, no existe un crédito como tal, sino una mera expectativa. Por esta razón no es posible ordenar medidas preventivas con la presenación a la demanda como determina la norma. No obstante el Art. 594 del Código del Trabajo.

Autor: Ab. José Molina Mora
La Hora LOJA, ECUADOR
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LUNES, 17 DE FEBRERO DE 2025
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

ha emitido una disposición, la cual debe ser analizada; en el sentido si tal disposición enmarca lineamientos para el inicio de clases durante la emergencia sanitaria, y si esos lineamientos están acordes al ordenamiento jurídico que rige al sistema nacional de educación.

Para el efecto, se debe conocer el límite de competencia y las atribuciones que confiere la ley a determinada Autoridad Pública. En ese sentido, la actividad que realiza el Estado, se la conoce como: atribuciones, funciones, facultades, cometidos, servicios públicos, prerrogativas, etc., para Gabino Fraga (1999), la atribución es el contenido de la actividad del Estado y a la función como la forma en que se realiza esa actividad.

Desde esa perspectiva, para el presente tema, vendría las interrogantes ¿Es procedente? ¿Es legal? ¿Es pertinente? la disposición emitida por la Autoridad Educativa Nacional en iniciar el período escolar a través de un sistema virtual. Además, ¿Está la comunidad educativa preparada para el inicio de clases de manera virtual, frente a la emergencia sanitaria? Etc., etc… Ahora bien, la educación es uno de los derechos primordiales de los niños, niñas y adolescentes; a su vez, se constituye en una obligación del Estado cumplir con ese derecho, empero, es la obligación la que encierra parámetros esenciales de cumplimiento de aquel derecho a la educación, misma que comprende a una igualdad y oportunidad en la educación, para acceder, permanecer, movilizarse y egresar. Siendo así, la aplicación de principios dentro del Sistema Educativo. Para mayor comprensión del lector, sobre el objetivo del presente artículo, estableceré dos consideraciones, que son:

• Diferencia entre competencia y funciones;

• Límite de la Competencia y Atribuciones de la Autoridad Educativa Nacional;

Diferencia entre competencia y funciones. Agustín Gordillo, en su obra “Los órganos del Estado” indica lo siguiente: No debe confundirse la competencia con la “aptitud de obrar” de los órganos administrativos, o con el “complejo de atribuciones otorgadas al órgano;”

en otros términos, la competencia no designa al conjunto de actividades que pueden imputarse a un órgano estatal, sino sólo el conjunto de actividades que el órgano puede legítimamente realizar.

Se diferencia así al ejercicio de la función como género y al ejercicio de la competencia como especie. Para que el acto sea válido, es necesario que además de ser realizado dentro de la función que corresponde al órgano, lo sea dentro de su competencia. La ley atribuye una función a un órgano y dispone que el ejercicio de la función sólo será legítimo cuando lo realice en su competencia: El que lo realice fuera de la competencia, pero dentro de la función, significa que el acto es irregular, pero ello no quita que el acto sea estatal y pueda acarrear la responsabilidad de la administración. La competencia condiciona la validez del acto, pero no su condición propia de acto estatal o no; claro está, todo acto realizado dentro de una competencia es acto estatal, pero conviene no olvidar que no porque haya incompetencia el acto deja necesariamente de ser referible al Estado. La aptitud de obrar o ejercicio de la función deriva, pues, de que se confiere al órgano una parte de la función administrativa y ello se aprecia de acuerdo con la “reconocibilidad externa” del acto o hecho; la competencia deriva de las limitaciones expresas o virtuales contenidas en el orden jurídico y regla la licitud del ejercicio de aquella función o aptitud de obrar. Frecuentemente se compara a la competencia de los órganos administrativos con la capacidad de los sujetos privados de derecho: En ambos se estaría señalando una aptitud de obrar, la medida de las actividades que el órgano o el sujeto puede legalmente ejercer. Sin embargo, es importante destacar que mientras que en el derecho privado la capacidad es la regla, y por lo tanto se presume que existe en tanto una norma expresa no venga a negarla, en derecho público la competencia de los órganos no se presume y debe estar expresamente otorgada por una norma jurídica para que pueda reputársela legalmente existente. En resumen, la competencia en el Derecho Administrativo es el conjunto de atribu-

ciones, poderes o facultades que le corresponden a un órgano en relación a los demás y que le permite actuar de acuerdo a derecho.

Competencia

Dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, para la actividad administrativa, se establece que “La competencia es la medida en la que la Constitución y la ley habilitan a un órgano para obrar y cumplir sus fines, en razón de la materia, el territorio, el tiempo y el grado”. (Art. 65 Código Orgánico Administrativo). A su vez, la competencia tiene un alcance, generado no tan solo en la ley, sino en todo lo necesario para el cumplimiento de sus funciones (Art. 67 del COA); dicho esto, mal se podría interpretar que las funciones pueden ser asignadas ilimitadamente sin ob -

servancia de la ley, y a son de “actuación administrativa” crea actos administrativos, normativos, etc., para pretender justificar el principio de legalidad (todo lo que no se encuentre previsto en la ley, se entiende permitido); sin observar el límite de la ley, en el sentido de que la ley es la que manda, la que prohíbe, la que permite (Art. 1 Código Civil). A mi criterio, en el campo administrativo, la Constitución es la regla general, y la Ley es la regla específica, de modo que, lo que establece la Constitución, debe observarse en la ley, pues en el campo administrativo, lo primero sería lo sustantivo y lo segundo lo adjetivo de la actividad administrativa, dentro del poder propio de la administración pública. Es por esa razón, que la competencia nace de la ley y la ejerce la o el servidor público.

Ahora bien, el ordenamiento jurídico delimita atribuciones dando a cada órgano de la Administración un conjunto de funciones que determinan su ámbito de actividad y establecen su ámbito de competencia. Entonces, la competencia administrativa de un órgano es su esfera de responsabilidad y, como tal, tiene el deber de ejercerla, de manera que los actos administrativos sólo pueden ser dictados por el órgano que tenga competencia para ello, siendo irrenunciable por ese órgano que la tenga atribuida como propia, salvo en supuestos previstos en la Ley.

Principios de la administración pública En resumen, la función es el objetivo institucional a través del cual produce o presta determinado

bien o servicio y en el que se plasma las atribuciones del gobierno. Incorpora agrupaciones de acciones encaminadas a cumplir con los fines y atribuciones que le corresponde a la administración pública.

Es por ello, que la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 227, establece que “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”. Siendo tales principios los que define la ley (Código Orgánico Administrativo), para el tema que nos ocupa, indicaré sobre los principios de eficacia, eficiencia y coordinación, porque de estos tres al menos nacen otros trascendentales en la actuación administrativa.

Art. 3 del Código Orgánico Administrativo. - Principio de eficacia. Las actuaciones administrativas se realizan en función del cumplimiento de los fines previstos para cada órgano o entidad pública, en el ámbito de sus competencias.

Criterio: Sobre la base doctrinaria expuesta anteriormente, las funciones son las actividades que realiza la administración pública de acuerdo a la competencia que le establece la ley; en tal virtud, sobre el tema educativo nacional, respecto al inicio de clases de manera virtual, en otras palabras, a través de plataforma web, internet, u otro medio tecnológico, distinto al estatus presencial, sin haberse observado el Art. 46 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, que refiere a las modalidades del Sistema Nacional de Educación que son: Presencial, Semipresencial, y a distancia. Como tampoco se está observando a la igualdad de oportunidades en la educación, tal como lo prevé el Art. 5 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, pues no es la mismo el uso de medios tecnológicos en la ciudad, con el uso de los mismos en el campo, toda vez que, los niños de la ciudad contará con un acceso breve al internet, pues tendrán planes de internet y una computadora a la mano, mientras que los

niños del campo, tendrán solo su mochila de útiles del año anterior, pues sus padres viven de la agricultura, y en otros casos de solo jornales; en el supuesto caso de contar con una computadora, adquirir el internet para ellos es difícil por simple lógica.

Se dice entonces que, para los niños del campo se les brindará clases a través de la radio, para así garantizar el derecho a la educación por ejemplo, con una emisión en un respectivo horario, por cuanto ellos no cuentan con internet, ante ello, existe una igualdad entre la computadora con el uso del internet y la radio, estamos observando alguna eficacia, considero que no.

Todo lo expuesto, sin olvidar que la mayoría de las instituciones educativas, por no decir todas, cuentan con un permiso de funcionamiento para las enseñanzas bajo la modalidad presencial, y hasta el momento no se ha emitido un acto administrativo con base jurídico sobre el cambio de dicha modalidad.

Art. 4 ibidem. - Principio de eficiencia. Las actuaciones administrativas aplicarán las medidas que faciliten el ejercicio de los derechos de las personas.

Criterio: Sobre la base doctrinaria expuesta anteriormente, la Constitución de la República del Ecuador establece la igualdad de derechos, en tal sentido, sobre el tema en cuestión, tomando en consideración que en razón al Estado de Excepción declarado, mediante Decreto Ejecutivo 1017, mismo que es por 60 días, en donde están restringidos dos derechos, el de libre tránsito, y el de libertad de reunión; como entonces pueden ejercer sus derechos la comunidad educativa, si no existe integración, ni relación social, para la formación de los educandos en los valores, tal como lo establece la LOEI. Art. 9 ibidem. - Principio de coordinación. Las administraciones públicas desarrollan sus competencias de forma racional y ordenada, evitan las duplicidades y las omisiones. (el énfasis me pertenece)

Criterio: Sobre la base de este principio y la doctrina descrita, es una obligación del servidor público observar sus actuaciones, que estén

enmarcadas en el ámbito del derecho, sin pretermitir esto, que las omisiones son sancionas por la ley, de ahí nace lo previsto en la Constitución… “ningún servidor público estará exento de responsabilidad en el ejercicio de sus funciones”. En tal sentido, iniciar las clases bajo una modalidad no legalmente autorizada, o que en su momento no se ha formalizado, inobservando así el derecho a la igualdad de la educación, implica entonces omisiones, y negligencia en el ejercicio de la función de la administración pública.

Ante lo expuesto, todo se relaciona o se encuadra a la legalidad y la constitucionalidad que se debe observar en la administración pública, por tanto, considero importante destacar el principio de juridicidad, que, si bien no está como un principio en el Art. 227 de la Carta Fundamental, empero, por el carácter vinculante determinado en el Art. 429 ibidem se acopla, se inserta, en la administración pública, pues el ordenamiento jurídico administrativo (Código Orgánico Administrativo) en su Art. 14, señala: Principio de juridicidad. La actuación administrativa se somete a la Constitución, a los instrumentos internacionales, a la ley, a los principios, a la jurisprudencia aplicable y al presente Código. La potestad discrecional se utilizará conforme a Derecho.

En doctrina, para Julio Rodolfo Comadira, el Principio de Juridicidad expresa “…la exigencia de que todo el accionar de aquel se someta al ordenamiento jurídico considerado como un todo”. Esto quiere decir que todas las acciones del Estado deben preverse en el ordenamiento jurídico y sujetarse a su regulación. O, lo que es lo mismo, toda manifestación de poder estatal debe encontrar respaldo en la ley.

Tal jurista, solo se basa en la ley y no la Constitución, claro está, porque la legislación de su país respecto a la administración pública se rige solo en la ley; empero, en Ecuador, todo se rige en la Constitución, porque vivimos en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia. Sin pretermitir, el Estado de Derecho, situaciones que hay que diferenciar, pero, aquello

corresponde a otro asunto.

En esa línea, sobre la juridicidad en la administración pública se debe observar el Art. 18 del Código Orgánico Administrativo, que indica: Principio de interdicción de la arbitrariedad. Los organismos que conforman el sector público, deberán emitir sus actos conforme a los principios de juridicidad e igualdad y no podrán realizar interpretaciones arbitrarias. Entonces, sobre esos principios (juridicidad e igualdad) para el presente tema, debe estar normado y autorizado para que exista el complemento a la pretensión, esto es, el inicio de clases de manera virtual ante la emergencia sanitaria, en instituciones educativas autorizadas para las enseñanzas bajo la modalidad presencial vs los derechos de los educandos y de los demás miembros de la comunidad educativa. Consecuentemente, correspondería indicar las competencias y atribuciones de la Autoridad Educativa Nacional, a efectos de conocer si la pretensión es legal, debida, pertinente.

Límite de la Competencia y Atribuciones de la Autoridad Educativa Nacional

La Ley Orgánica de Educación Intercultural, en su Art. 22 establece las competencias de la Autoridad Educativa Nacional, y a su vez determina las atribuciones y deberes de la misma, todo esto se articula con la Constitución de la República del Ecuador, eh ahí el detalle importante, pues, toda Autoridad Administrativa deberá respetar y hacer respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República y la ley (…).

Entonces, siendo la competencia el conjunto de facultades que un agente puede legítimamente ejercer; el concepto de “competencia” da así la medida de las actividades que de acuerdo al ordenamiento jurídico corresponden a cada órgano administrativo: Es su aptitud de obrar y por ello se ha podido decir que incluso formaría parte esencial e integrante del propio concepto de órgano.

Es así que el Art. 31 del Código Orgánico Administrativo, establece el Derecho fundamental a la buena ad-

ministración pública., indicando que son “las personas los titulares del derecho a la buena administración pública, y esto se concreta en la aplicación de la Constitución, los instrumentos internacionales, la ley y el COA”.

En tal virtud, el MINEDUC debe observar la Constitución y la ley, para el respeto de los derechos, y la igual del ejercicio de esos derechos, con el fin de brindar una buena administración pública, lo que hasta el momento resulta contradictorio e inobservado.

Siguiendo esa línea de la norma, observamos en el Art. 37 del COA que la administración pública tiene como obligación servir con objetividad al interés general y la promoción de los derechos constitucionales, esto es, el efectivo ejercicio y goce de los derechos; por tanto, se resumen esto, en la equidad a la educación de los niños, niñas y adolescentes, sea de la ciudad o del campo, la igualdad de la enseñanza y de los métodos a utilizarse para la enseñanza de los educandos.

El Estatuto de Régimen Jurídico de la Función Ejecutiva, en su Art. 101 prevé con más amplitud a la Administración Pública Central, sobre el servicio de objetividad que se debe mantener, observar y practicar. En tal virtud, sobre el tema en cuestión, si bien la Autoridad Educativa Nacional puede expedir acuerdos y resoluciones para implementar planes educativos, estos, debe tener coherencia con la atribución que tiene en cumplir y hacer cumplir las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias y demás normativa que rige el Sistema Educativo Nacional (Art. 22 letras t), u).

Además, no se ha considerado hasta el momento la participación del gobierno escolar para el plan educativo propuesto, sin embargo, la disposición aún goza de tiempo para ser enmendada, presentando parámetros legales y constitucionales en el ejercicio de los derechos a la educación, puesto que, los anunciados hasta el momento no gozan de las garantías respectiva para el goce del derecho a la igualdad de oportunidad en la educación.

Grecia cuna de la democracia y de la contaminación

Investigadores que estudian los núcleos de sedimentos recuperados de la Grecia continental y el mar Egeo han encontrado la evidencia más antigua conocida de contaminación por plomo en el medio ambiente, que data de hace unos 5.200 años. AGENCIA AFP

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LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025
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