JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2024
Moana 2, vuelve con sus aventuras a los cines 9
Imbabura - Carchi
$643,3 M de ingresos
$150 M de presupuesto
JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2024
Moana 2, vuelve con sus aventuras a los cines 9
Imbabura - Carchi
$643,3 M de ingresos
$150 M de presupuesto
El manejo de la totora que crece a orillas del lago San Pablo, para elaborar artesanías, muebles y hasta embarcaciones, es parte de la riqueza cultural de San Rafael de la Laguna, parroquia que hace poco fue declarada como uno de los mejores sitios para visitar en el mundo, por parte de ONU Turismo. Este fin de semana, en un evento especial, se expondrán todos los encantos de este lugar. 3
SOCIEDAD
Más acuerdos reducen pensiones alimenticias 7
POLÍTICA
Políticos usan el miedo para polarizar la elección 4
WEB
El Nacional levanta la Copa Ecuador con pura garra
Con Gabriela Vivanco
UN PODCAST DE LA HORA ENTREVISTA A Karina Ruilova
TEMA
Cómo construir empresas productivas y libres de acoso
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
SOFÍA CORDERO sofia.cordero@iaen.edu.ec
Enel pueblo La Esperanza, la electricidad no era más que un rumor. Las casas se enfriaban en la oscuridad y la comida, se dañaba en la refrigeradora. A menudo, por las noches, se oían disparos lejanos y gritos ahogados, ecos de una realidad que parecía no tener fin.
Un buen día, un joven y radiante presidente llegó a dar un discurso. Con su sonrisa perfecta y un traje impecable, parecía el mesías que iba a salvar a todos. “¡La educación será la clave para combatir la desigualdad, la pobreza y el crimen!”, proclamó, mientras una multitud de rostros cansados lo escuchaba, tan desconcertados como esperanzados. “La nueva universidad pública será el motor del cambio económico y social”, añadió, sin que nadie osara hacerle notar que allí ni siquiera existían caminos pavimentados.
El presidente no mencionó que la universidad pública que se proponía replicar estaba tan corrompida como el propio sistema. Los decanos y rectores cobraban salarios astronómicos sin pisar un aula. Las plazas docentes se llenaban de parientes y amigos, sin importar su capacidad. Los estudiantes, que llegaban con sueños de un futuro mejor, se encontraban con un lugar donde el acoso sexual a las mujeres era un deporte institucionalizado y el acoso laboral una constante, bajo la bendición tácita de quienes debían velar por el bienestar de todos.
Mientras tanto, el país se encontraba lleno de “analfabetos funcionales”, egresados de esas mismas universidades, que ahora ocupaban cargos de poder y seguían repitiendo la receta del robo y la mentira que aprendieron en esas aulas corrompidas.
Pero en la multitud, entre las viejas caras cansadas, un grupo de jóvenes miraban fijamente al presidente. Sus ojos no reflejaban la admiración que muchos mostraban, sino una duda profunda. En sus mentes se encendió la chispa de la conciencia: un día, serían quienes desmantelarían esa mentira, porque ya habían comenzado a ver lo que otros no querían admitir.
RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.com
Delincuencia
juvenil: un desafío social
La delincuencia juvenil es un problema que afecta a las sociedades de todo el mundo. En particular, los jóvenes de entre 14 y 18 años que carecen de una estructura fami-
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec
Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XLI No. 13.005
Los discursos políticos tipo “rendiciones de cuentas” pintan una realidad muy alejada de la que sienten en sus bolsillos los ecuatorianos y sus empresas.
Los datos oficiales demuestran que el alza del IVA junto con la baja productividad, sin real flexibilidad laboral, sin seguridad y ahora sin luz, impidió que ese costo se traslade en ninguna medida al consumidor. El Estado incrementó sus ingresos, pero el costo para la población es elevado e injustificado.
Productores, industriales y comerciantes absorbieron en sus costos de producción el incremento del IVA del 12% al 15%. Y es que la población tiene menos dinero que hace un año, porque no hay suficiente empleo, han subido el transporte y los alimentos (la gente ya come menos), la seguridad, la generación de energía; por tanto, productores,
industriales y comerciantes han debido bajar sus precios este último trimestre de 2024. Intentan salvar las ventas que necesitan para evacuar su stock y cerrar el año; algunos intentan salvar sus negocios.
Hoy no se le puede pedir más al sector privado. Los costos de producción van al alza y es lógico que no se generen nuevos empleos.
De poco o nada servirán los “alivios financieros” de la banca si el IESS y el SRI continúan implacables e indolentes. Queda claro cómo el alza del IVA, vendida a la población como “herramienta para la seguridad nacional” , terminó reprimiendo aún más la generación de empleo. Bien ha hecho la Asamblea en rechazar el último intento del Ejecutivo de crear un impuesto a los carros usados, so pretexto de “controlar el lavado de dinero”.
liar estable o han sido relegados por diversos motivos suelen enfrentarse a un futuro incierto, sin planes de vida ni proyectos definidos. Es importante, entender las razones detrás de este tema para plantear soluciones efectivas, evitando su politización.
En Ecuador, preocupa cómo se ha tratado este asunto, cuando debería ser abordado con seriedad y compromiso para frenar su incremento. El número de adolescentes involucrados en delitos graves nos obliga a reflexionar sobre las causas
subyacentes y las posibles soluciones.
Entre las razones más comunes están la ausencia de una familia que guíe y apoye a los jóvenes, la falta de autoridad parental, la precariedad económica y el desinterés por proporcionar una educación responsable que genere oportunidades Asimismo, la influencia de pares inmersos en actividades delictivas es un factor determinante. Participar en conductas contrarias a la moral y las leyes conduce, con frecuencia, al consumo de alcohol y drogas, lo
ROSALÍA ARTEAGA SERRANO rosaliaa@uio.telconet.net
Muchose ha escrito sobre nuestro famoso archipiélago, el de las Islas Galápagos, que son parte del territorio nacional; la ciencia, la literatura y también la fantasía han encontrado un espacio pródigo para explayarse y sin duda serán muchos más quienes se aventuren por tratar de expresar en palabras lo que nos inspira este maravilloso laboratorio natural que es además un patrimonio para la humanidad.
Sin embargo, una de las más bellas historias para niños sobre este mágico lugar, viene de la prolífica autora ecuatoriana Edna Iturralde, acreedora de múltiples reconocimientos literarios.
“ Las Islas donde nace la luna, una aventura en Galápagos ” es un libro que mezcla elementos mágicos, la pasión por la naturaleza, personajes humanos y animales humanizados, paisajes, la trama del desarraigo, la separación y la dureza de la migración forzada, pero que también deja espacios para la esperanza y los encuentros.
Edna describe a las hermanas gemelas, una de ellas con dotes especiales, lo que en algunos momentos la hace sujeto de exclusión, pero también le dota de unas cualidades maravillosas, que marcan la diferencia y que la convierten en protagonista. Las hermanas se transforman, vuelan acompañadas de su mascota, y al final descubren que las mascotas son los humanos al servicio de los animales . Las hermanas se adueñan del corazón de los lectores, de pequeños y adultos, que nos atrevemos a transitar por el mundo mágico de la literatura para niños que en realidad es literatura para todos.
Edna Iturralde vuelve a marcar un hito con este libro al que nos hemos referido, lo hace con la maestría y el oficio que ya en ella son una constante y entrega un libro que cumple varios objetivos, además del lúdico de incitar a la lectura, ofrece lecciones de una deontología del mundo humano y animal, del respeto por la naturaleza que tanta falta nos hace inculcar e incentivar.
que facilita la incursión en actos violentos y criminales.
Este tipo de actos no solo generan daño físico y emocional a las víctimas, sino que también aumentan el riesgo de que estos jóvenes, en la adultez, formen parte de bandas criminales y redes de narcotráfico, con secuelas legales y personales que marcan negativamente su futuro. Prevenir la delincuencia juvenil requiere el compromiso de toda la sociedad. Es crucial garantizar acceso a una educación de calidad y oportuni-
dades laborales, fortalecer los lazos familiares y desarrollar programas de apoyo que incluyan el trabajo de educadores, psicólogos, trabajadores sociales y especialistas en salud mental. La delincuencia juvenil no es un tema político; es un desafío social que demanda comprensión, empatía y acción coordinada. Solo a través de estrategias integrales y efectivas será posible reducir este problema y ofrecer a las nuevas generaciones mejores oportunidades de desarrollo personal y colectivo.
Tras ser declarado como uno de los mejores sitios para visitar en el mundo, San Rafael de la Laguna exhibirá sus encantos y tradiciones, en un evento en el que la totora será protagonista.
IMBABURA.- San Rafael de la Laguna estrenará la denominación de Best Tourism Villages -por parte de la Organización Mundial de Turismo (OMT)- con un evento este 30 de noviembre de 2024, donde exhibirá sus encantos y tradiciones, teniendo como protagonista a la totora, que crece a orillas del Lago San Pablo, uno de los mayores atractivos turísticos de la zona.
La parroquia rural ubicada en Otavalo, provincia de Imbabura, a 90 km de Quito, con una población de 6.417 habitantes, hace pocos días fue incluida en la lista de los 55 nuevos destinos turísticos considerados como los mejores del mundo, convirtiéndose en uno de los principales atractivos turísticos de la zona norte de Ecuador.
HABILIDAD. La totora se usa para elaborar artesanías y hasta embarcaciones.
Uso artesanal de la totora
Bajo el nombre de ‘Kawsapi, vivencias y raíces de San Rafael’, el fin de semana del 30 de noviembre de 2024, la parroquia será escenario de exhibiciones de obras elaboradas en totora, material que marca tradiciones típicas de la región.
También se mostrarán
productos modernos con diseños innovadores, entre demostraciones de los artesanos en la elaboración de varios objetos con totora, que van desde llaveros hasta embarcaciones , además de arte en vivo, y la presentación de un documental que reseña las vivencias, tradiciones y habilidades de los
con entrada libre para todos quienes visiten la parroquia, que conecta el pasado con el presente , con una feria dedicada a rescatar el valor y la historia de los ancestros, celebrando el arte y la tradición de la totora, que dicen ha dado vida a magníficas creaciones hechas a mano.
“Kawsapi es mucho más que una feria, es un viaje lleno de emociones, tradición y cultura. Ven con tu familia, amigos o en comunidad para vivir un día inolvidable, donde lo ancestral y lo contemporáneo se unen en perfecta armonía. Te esperamos para celebrar nuestras raíces y redescubrir la esencia de lo que somos”, expusieron, en sus redes sociales.
Tradición de totora contada en un documental Desde la Prefectura de Imbabura detallaron que desde la mañana del 30 de noviembre, se proyectará el Documental de Totora Sisa, creado por la empresa productora Edensay, que narra la historia y la esencia de las artesanías de totora, así como el impacto cultural y económico en la comunidad.
comuneros.
La OMT destaca que los artesanos de San Rafael de la Laguna se dedican a crear hermosas artesanías de totora, que reflejan su identidad cultural: “Estos productos artesanales resaltan el compromiso de la comunidad con la sostenibilidad y el crecimiento económico. Los talleres permiten a los visitantes experimentar el proceso de elaboración de las artesanías de primera mano, fomentando una apreciación más profunda del arte local y promoviendo al mismo tiempo un turismo responsable que beneficia a los artesanos y sus familias”. Por parte del Gobierno Parroquial de San Rafael de la Laguna, se enfatiza en que este fin de semana se llevará a cabo un evento único,
“El documental busca preservar y promover la tradición artesanal de la totora, destacando su valor cultural, histórico y económico. A través de este trabajo, se pretende visibilizar el esfuerzo de los artesanos, especialmente de Totora Sisa, como una microempresa organizada, fomentando el reconocimiento de esta práctica ancestral y su importancia en la actualidad”, comentaron.
Explicaron que la producción tomó aproximadamente cuatro meses, incluyendo planificación, organización, búsqueda de aliados estratégicos, grabación con los artesanos y otros participantes, y la edición del video.
“Este proceso fue cuidadosamente ejecutado para asegurar la calidad y el impacto del documental, que será estrenado en este encuentro. San Rafael de la Laguna espera la presencia masiva de turistas nacionales y extranjeros, en este evento que resalta la denominación de la parroquia como Best Tourism Villages”, agregaron. (FV)
Daniel Noboa, por Acción Democrática Nacional (AND), y Luisa González, por la Revolución Ciudadana (RC), representan las dos principales fuerzas políticas. Esta polarización implica una estrategia del miedo. Aquí las consecuencias.
POLARIZACIÓN. Daniel Noboa y Luisa González
Hay 16 candidatos , confirmados por el Consejo Nacional Electoral (CNE), que aspiran llegar al sillón de Carondelet tras las elecciones generales de 2025 Sin embargo, solo hay dos postulantes que captan mayor interés ciudadano para los comicios y entre los que existen confrontaciones, al menos en sus discursos. En los resultados de la última encuesta de Comunicaliza, de noviembre de 2025, se demuestra un empate técnico en la intención del voto para Daniel Noboa, por Acción Democrática Nacional (AND), con 27,5%, y Luisa González , por la Revolución Ciudadana (RC), con 26,7%.
Bajó el virtual apoyo a Noboa, presidente de la República que busca quedarse en el poder, mientras la representante del correís -
de segunda vuelta en las elecciones anticipadas 2023. (Archivo)
mo ganó puntos. Otras encuestas muestran similares resultados. Por ejemplo, según la encuestadora Negocios y Estrategias, González alcanza un 39% en la intención del voto y Noboa un 31%.
“Es posible la polarización de estas fuerzas políticas porque es la sociedad la que está polarizada. Si la sociedad no está polarizada, esas fuerzas no funcionarían. Para estas fuerzas es importantísimo polarizar a la ciudadanía”, sostiene Gonzalo Ordóñez, docente investigador de la Universidad Andina Simón Bolívar.
Polarización y miedo como estrategia
Para que exista esa polarización , cada fuerza política señala a la otra como “el enemigo del pueblo, que lo va acabar”, explica el exper-
to. Por eso es complejo salir de este juego político de ganador y perdedor, donde las que salen más afectadas son la sociedad, las instituciones y no hay servicios públicos, añade. Los populistas usan las pasiones de la sociedad y mientras más insatisfacción hay, la polarización es alta, ejemplifica. No obstante, critica que “los mismos causantes de la corrupción” acusan al otro bando de ser quienes producen esta situación y eso dificulta a la ciudadanía darse cuenta de lo que está pasando. Es por eso que la gente que está polarizada no ve más opciones que la que apoya y la del enemigo. Si no hay una salida con acuerdos, “ se juega el miedo, la ciudadanía que está polarizada en un bando tiene miedo al otro bando y viceversa. El miedo que más
la polarización. Resume que Correa polarizó la sociedad porque necesitaba un legítimo contradictor para tener el modelo de Gobierno que tuvo, populista; entró Lenín Moreno y continuó. Con Guillermo Lasso empieza a fragmentarse el país; llega Noboa y es complicado construir una coalición.
“Lo que nos estamos jugando ahorita es 20 a 30 años de terror en nuestro país. Si en los cinco próximos años no logramos parar el crimen organizado nuestro país tendrá un paraestado para el resto de su historia republicana”, advierte. Óscar Terán, analista político, observa que tanto a Noboa como a González les interesa que el público los vea como opositores y enemigos. “La oposición del uno enriquece y fortalece al otro; el otro se fortalece mientras minimiza al resto; los 14 (candidatos) restantes no existen”, apunta.
Considera que el actual sistema de partidos políticos ha monopolizado la política a costa del ciudadano, quitándole los derechos elementales de elegir y ser elegido. Terán no ve diferencias de fondo entre los gobiernos de Correa, Moreno, Lasso y Noboa, por lo que urge alguien distinto.
se construye no es al pasado, es al futuro”, puntualiza. Además, está el miedo de las tiendas políticas. Señala que al correísmo le afectaría mucho una disminución de poder. “El miedo a la institucionalidad es el miedo de los partidos políticos que están en discusión”.
Polarización aleja a políticos de ciudadanos Pero “Ecuador no se ha descorreizado” y Noboa no asume al partido del exmandatario Rafael Correa como oposición , porque no gobierna de la mano de los diversos sectores de la sociedad, estima la analista política Gabriela Alvear. Eso da luces de un modelo de gobernanza autocrático, eso es grave, acota. Para la experta, hay una fragmentación política y social que es más grave que
Una posible alternativa Ordóñez plantea a las fuerzas políticas polarizadas que busquen negociaciones “del ganar -ganar” bajo la premisa de que el enemigo común es el crimen organizado. Pero eso es lo que menos quieren, lamenta. Alvear sugiere la conformación de una coalición de organizaciones de distintas ideologías como el movimiento indígena, de mujeres, gremios empresariales y organizaciones de defensa de Derechos Humanos. Con los candidatos ya definidos, ya no cabe armar una minoría selecta de cada gremio, a criterio de Terán. Por lo que ahora recomienda que cada candidato busque distinguirse del resto y no parecerse. “Necesitamos alguien que sea original y no copia de las malas copias que en la actualidad son los políticos”, sostiene. (KSQ)
El correísmo tiene denuncias por presunta campaña anticipada de asambleístas en funciones, candidatos a legisladores, e indagaciones a vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
El correísmo está bajo la lupa del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), pues acumula denuncias por campaña anticipada de asambleístas en funciones, candidatos a futuros legisladores e indagaciones por infracciones por proselitismo, incurridas por vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).
Los asambleístas de la Revolución Ciudadana (RC), Paola Cabezas , Leonardo Berrezueta , Roberto Cuero , Ana Cecilia Herrera , Victoria Desintonio y Sixto Parra , en funciones desde noviembre de 2023, fueron denunciados en el TCE por el ciudadano Francisco Baquerizo Ramírez , por presunta campaña anticipada en las elecciones de 2023. El TCE ya admitió a trámite las denuncias en contra de Cabezas, Cuero y Berrezueta. Sobre el último, se conoció que la audiencia de alegatos se fijó para el 9 de enero de 2025.
Hasta el cierre de esta edición no trascendía el trámite en el TCE respecto de los casos de Ana Cecilia Herrera y Victoria Desintonio.
‘Es imperativo que el Cpccs se mantenga libre de intereses políticos’
° La demora en el trámite llevó a la abogada Mónica Jaramillo a instar al juez Viteri a convocar a los jueces que conforman el Pleno del TCE para conocer la excusa presentada por Guillermo Ortega.
Para la profesional del Derecho, es “esencial” garantizar el cumplimiento de los plazos previstos en el Reglamento de Trámites del Tribunal, ya que cualquier retraso adicional podría menoscabar el derecho a una tutela judicial efectiva.
“Esto es particularmente relevante en una causa de alta sensibilidad, donde la transparencia, equidad y respeto al orden jurídico son imprescindibles para preservar la confianza ciudadana en la institución”, dijo Jaramillo en un escrito enviado a Joaquín Viteri.
Además, señaló que los “sentenciados” que actualmente ejercen como consejeros principales y suplentes del Cpccs asumieron dichos cargos en contravención a la normativa electoral.
“Su participación en actos proselitistas junto al prófugo de la justicia, exmandatario y líder político de la Revolución Ciudadana, Rafael Correa, compromete la independencia institucional del Cpccs”, afirmó. Agregó que controlar y sancionar estas irregularidades recae en la responsabilidad del TCE, institución cuya actuación en esta causa es observada con detenimiento por la ciudadanía.
Por ello, consideró que es imperativo que el Cpccs, por la naturaleza de sus funciones, se mantenga libre de influencias o intereses políticos que pongan en riesgo el sistema democrático y republicano.
“La falta de una resolución oportuna en esta causa podría interpretarse como una omisión que ampara a quienes accedieron ilegítimamente a sus cargos, mediante prácticas que afectan la transparencia electoral y el derecho de los ciudadanos a procesos libres y justos”, subrayó Jaramillo.
La abogada reiteró el llamado a fortalecer la independencia de las funciones del Estado, evitando cualquier percepción de interferencia entre ellas, particularmente en el ámbito electoral, señaló, y opinó que, resolver con celeridad y objetividad esta causa será una contribución al fortalecimiento del sistema democrático y a la restauración de la confianza ciudadana en las instituciones.
PERSONAJES. Algunos integrantes de la bancada de la Revolucion Ciudadana (RC). Paola Cabezas (con vestido blanco). (Foto Asamblea Nacional)
lahora.com.ec
POLÍTICA
Estos no son los únicos casos de denuncias ingresadas al TCE. Mónica Jaramillo, abogada especializada en derecho electoral, informó que los candidatos a asambleístas provinciales por Manabí, Guido Mendoza ; y Bertha Vélez , auspiciados por la Revolución Ciudadana, también enfrentan una denuncia por presuntamente haber incurrido en precampaña. Esta causa fue asignada al juez electoral Guillermo Ortega para su trámite.
En una intervención este 26 de noviembre de 2024, Viviana Veloz , presidenta de la Asamblea Nacional, afirmó que la denuncias en contra los legisladores se han presentado en un “Tribunal que está actuando como una oficina o una sede del Palacio de Carondelet”.
Caso de la ‘Liga Azul’ La causa denominada ‘Liga Azul’, en la que son mencionados los vocales del Cpccs: Augusto Verduga, Yadira Saltos (principales), Vielka Párraga, y Eduardo Franco Loor (suplentes), sancionados el 3 de septiembre en primera instancia por infracción electoral “muy grave”, se podría dar una resolución.
El juez sustanciador de la causa en el TCE, Joaquín Viteri, dispuso la reanudación de los plazos procesales y convocó a los jueces que integran el Pleno del tribunal para resolver la excusa que fue presentada en septiembre por Guillermo Ortega para evitar conocer el caso.
Una vez que se instale la sesión (que aún no tiene fecha), los jueces también podrían pronunciarse sobre si ratifican o no la sentencia de primera instancia dictada por el juez Fernando Muñoz , quien sancionó a los cuatro vocales del Cpccs con destitución y pérdida de derechos políticos. (SC)
Daniel Noboa enviará a la Asamblea proyecto de reforma que quita recursos para organizaciones políticas
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ELECCIONES 2025 Henry Cucalón promete buscar apoyo de EE.UU. para grupo élite que eliminará el terrorismo
AGENDA QUITO ¿Qué hacer en Quito este fin de semana del 27 de noviembre al 1 de diciembre?
Antes de la pandemia, el 30% del gasto total de los ecuatorianos en productos de consumo masivo (este sector mueve alrededor de $7.000 millones al año) se generaba en las tiendas de barrio. Sin embargo, ya en el primer trimestre de 2023 esa participación bajó al 23%. Con corte al tercer trimestre de 2024, el porcentaje se ubicó en el 18%.
Es decir, en los últimos años, las tiendas de barrio pasaron de representar 30 de cada 100 dólares que los ecuatorianos gastan en productos de consumo masivo a solo ser 18 de cada 100 dólares de ese gasto.
Según Miguel de la Torre, gerente general de Kantar Ecuador, este nivel de participación es el más bajo históricamente para las tiendas de barrio en el país.
“En la pandemia, muchas tiendas de barrio se vieron obligadas a cerrar porque finalmente le tenían miedo al virus. No se sabía qué iba a pasar. Entonces, eso hizo que el ecuatoriano aprenda a comprar más en supermercados . Después de eso, la inseguridad y los apagones han seguido mermando el negocio”, acotó De la Torre.
Además, en la pandemia los consumidores se acostumbraron a comprar en mayor cantidad y también descubrieron, comparando con otros canales de venta, que las tiendas de barrio eran más caras de lo que creían.
Inseguridad y apagones Luego del golpe de la pandemia, lo que más ha afectado a las tiendas de barrio es la inseguridad. De la Torre explicó que, sobre todo en “zonas calientes “, las tiendas de barrio se convirtieron en los negocios más vacunados por delincuentes.
“Si un litro de leche costaba un dólar, en las tiendas de barrio vacunadas comenzaron a subir el precio de venta en 15 centavos o más para pagar la vacuna. Hay que tomar en cuenta que las vacunas han llegado a representar cuotas semanales de 30 y 50 dólares. Eso se puede llevar toda la ganancia de una tienda y la única forma de cubrirlo es subiendo los precios. Eso ahuyenta a los clientes”, acotó.
Primero fue la pandemia, luego fue la inseguridad, los apagones y el aparecimiento de nuevos canales de ventas. Las tiendas de barrio han sufrido sucesivos golpes y su participación ha caído del 30% al 18% del gasto de los ecuatorianos.
COMERCIO. Las tiendas de barrio están perdiendo espacio en el gasto de las familias ecuatorianas.
Además, por efecto también de la inseguridad, en muchas tiendas de barrio se redujeron las categorías o el surtido de productos a la venta. Esto por miedo a mostrar opulencia. Es decir, si se
mostraba que se tenía varias opciones y productos, los vacunadores podían aumentar el monto de las vacunas A todo eso se sumaron, desde finales de septiembre de 2024, los apagones
productos, sobre todo los que necesitan cadena de frío, durante los apagones. Esto ha hecho que más gente vaya a otros canales como los supermercados, los autoservicios, los hipermercados, las bodegas mayoristas, las tiendas de descuento e incluso las carnicerías.
Antes, los productos refrigerados representaban el 3% de las ventas de las tiendas de barrio, pero ahora han caído al 1,5%.
¿Cómo salvar a las tiendas de barrio? De acuerdo con De la Torre, se debe mejorar la experiencia de compra. Ahora, en muchos casos, y como coletazo de la inseguridad, se pasan los productos por una reja y ya no hay un trato de cercanía con los clientes.
“La tienda de barrio tiene que buscar un rol. Hay categorías destino que la tienda tiene hoy como los lácteos y las bebidas, pero deberíamos buscarle un rol adicional. También se debe buscar dar más seguridad o blindar más a los tenderos. Además, en Colombia lo que se hizo fue crear una red de tenderos para capacitarlos”, afirmó el gerente general de Kantar Ecuador.
Se necesita que las personas compren más cosas en las tiendas de barrio, y para eso se debe capacitar a los tenderos para que sepan cómo ofrecer más productos y que su relación con los clientes no sea solo transaccional.
que complicaron mantener abiertas las tiendas que no podían financiar un generador eléctrico.
Además, aumentó la desconfianza de los clientes sobre cómo se manipulan los
Tiendas deben renovarse o morir Durante la pandemia, hubo un primer momento en el que varias tiendas de barrio se transformaron en carnicerías y fruterías . En el país existe una tendencia creciente a que la gente busque tiendas especializadas que, además de carnicerías y fruterías, también incluyen delicatessen, charcuterías, tiendas de belleza, tiendas de cuidado de la piel, tiendas de productos para bebés y tiendas para productos para mascotas. Asimismo, se proyecta que, en el futuro, para poder sobrevivir, muchas tiendas de barrio deberán renovarse o transformarse para ser minimarkets. (JS)
Aunque la tenencia compartida de los hijos no está regulada es un recurso posible en Ecuador. Esto permite reducir al 50% la pensión de alimentos. ¿Es conveniente para los padres divorciados?
¿Es posible reducir a la mitad el pago de la pensión de alimentos? Marco Almeida, abogado especializado en derecho familiar , dice que existe una opción, por medio de un recurso que no está normado en Ecuador: la tenencia compartida.
LA HORA consultó sobre
esto al Consejo de la Judicatura, desde donde se contestó que actualmente, no existe ningún artículo específico en el Código de la Niñez y Adolescencia que regule este tema de manera explícita. Las decisiones relativas a la pensión alimenticia en situaciones de tenencia compar-
tida son consideradas asuntos jurisdiccionales, lo que significa que son resueltas directamente por los jueces competentes , quienes evalúan las particularidades de cada caso.
Los acuerdos son clave Almeida señala que la te -
no hay régimen de visitas. (Foto referencia).
nencia compartida es un recurso legal que, al no estar normado, requiere de los acuerdos de ambas partes (pareja divorciada), para que una vez que expongan su decisión ante un juez, ambos se comprometan a tener la custodia legal de sus hijos menores de edad.
Desde el Consejo de la Judicatura se agrega que es posible que las partes involucradas lleguen a acuerdos voluntarios a través de procesos de mediación, “donde pueden establecer las condiciones que consideren más adecuadas para el bienestar de los niños”.
Desde su experiencia, Almeida dice que, con la tenencia compartida, el acuerdo más recurrente sobre las pensiones alimenticias es el del 50%, es decir, que ambas partes se encargan de los gastos de los hijos.
“Es improbable que se llegue a un acuerdo donde ninguno pague pensión alimenticia, porque un abogado siempre va a recomendar que haya un acuerdo que legalmente garantice el derecho del niño”, indica el abogado. Por eso, lo más factible es dividir los gastos, más no eliminarlos.
En caso de tenencia compartida, el Consejo de la Judicatura no interfiere en las decisiones adoptadas en el ámbito jurisdiccional, “respetando así la independencia judicial y garantizando que los jueces actúen con-
forme a la ley y las circunstancias específicas de cada caso”, señala la institución.
¿Cómo iniciar el proceso de custodia compartida? Para establecer la custodia compartida se requiere la presentación de una solicitud ante un juez competente
Los padres pueden acordar los términos de la custodia compartida mediante un convenio. Si no se llega a un acuerdo, el juez es quien determinará las condiciones de la custodia.
“Hay casos donde el el juez valora las opciones de custodia, pues –aunque haya acuerdos– la custodia compartida no siempre es posible”, dice Almeida.
En caso de que se incumpla el régimen de tenencia compartida, el juez podrá disponer las medidas de protección pertinentes y disponer un cambio de régimen de tenencia.
Sobre la tenencia compartida hay visiones divididas. Por un lado hay quienes señalan que esto permite que haya un “vínculo igualitario con los padres”. Mientras que, Ana Espinoza, psicóloga, dice que todo depende del hogar y los padres. Sin embargo, permanecer en entornos en los que “las reglas de convivencia y hábitos no sean los mismos, para los niños se volverá confuso no tener la estabilidad de estar en un mismo espacio. Todo eso se debe valorar antes de acceder a este recurso”. (AVV)
Es necesario tener asesoría legal para presentar el requerimiento de la tenencia compartida.
DE CONFORMIDAD A LO RESUELTO EN L ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS DEL COMITÉ PRO MEJORAS “EL CONDE CAMINOS DEL INCA IV, EL DÍA DOMINGO 17 DE NOVIEMBRE DEL 2024, SE HACE UN LLAMADO A TODOS LOS POSESIONARIOS DE LOS LOTES DE TERRENO QUE ESTÁ EN POSESIÓN EL COMITÉ, A FIN DE ACTUALIZAR LOS DATOS, DE NO ASISTIR A LOS TRES LLAMADOS POR LA PRENSA, SE PROCEDIERA A DECLARAR EL LOTE DE TERRENO RESPECTIVO SIN DERECHO A RECLAMO, DE NINGÚN POSESIONARIO.
NOTA: QUIEN SE CREA CON ALGÚN DERECHO DEBERÁ PRESENTAR DOCUMENTOS ORIGINALES DE ADQUISICIÓN Y RECIBOS DE PAGO DE LA COMPRA DEL BIEN INMUEBLE O COPIAS DEBIDAMENTE CERTIFICADAS. LA DIRECTIVA
Los siniestros de tránsito registran un incremento en comparación con años anteriores. Bloomberg Philanthropies asegura que los peatones son los más afectados.
La encuesta ‘Quito Cómo Vamos’ alertó sobre nuevos datos de percances de tránsito en Quito. En 2023, los siniestros de tránsito en la capital aumentaron un 12% respecto a 2022, alcanzando 4.420 casos. Aunque esta cifra aún está por debajo de los niveles prepandemia (4.729 en 2019), la situación es alarmante para los peatones, el grupo más vulnerable entre los actores viales.
Según datos de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), el 20,1% de los heridos en 2023 fueron peatones, un aumento de un punto porcentual en comparación con 2022. Esto equivale a 492 peatones lesionados, un incremento significativo frente a los 405 del año
HECHO. Los peatones corren más riesgo cuando no hay semáforos ni agentes de tránsito.
anterior. La mayoría de los incidentes ocurrieron en el hipercentro, en el sur y en Calderón, en el norte del Distrito. El exceso de velocidad sigue siendo la principal causa. El panorama es preocupante, especialmente para los
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jóvenes de 20 a 29 años, quienes constituyen el grupo más afectado. Las autoridades han señalado la necesidad urgente de mejorar la seguridad vial, enfocándose en la protección de los peatones y reforzando las medidas de control en las zonas críticas de la ciudad.
Una ciudad poco amigable con los peatones Pamela Villacrés, coordinadora de Control de la Fundación Bloomberg Philanthropies, señaló que los controles sancionatorios de velocidad implementados en julio ayudaron a reducir los siniestros de tránsito. Sin
Cierre vial por tramos desde Humberto Fierro hasta Rita Lecumberri
2024 ya se registraron 51 casos, con un aumento esperado hacia fin de año.
Las avenidas más peligrosas son la Mariscal Sucre, Simón Bolívar y Maldonado. Villacrés destacó que la falta de cruces peatonales adecuados y la infraestructura deficiente contribuyen a esta situación. Propone reducir el ancho de los cruces y reemplazar puentes peatonales inseguros por cruces a nivel que prioricen la seguridad del peatón. La clave, según Villacrés, es diseñar la ciudad pensando en las personas, no en los vehículos.
embargo, la suspensión de estos controles, sumada a los problemas con la iluminación pública y la falta de funcionamiento de semáforos, debido a los cortes eléctricos, ha provocado un aumento en los percances. Un factor preocupante es la vulnerabilidad de los peatones, especialmente adultos mayores. Según Villacrés, las intersecciones sin semáforos activos representan un peligro significativo, ya que los conductores irrespetan el derecho del peatón a cruzar. En 2023, 80 personas fueron atropelladas en la ciudad, mientras que en lo que va de
Este 27 de octubre, la Secretaría de Movilidad lanzó la campaña ‘Cada vida cuenta, baja la velocidad’, cuyo objetivo es controlar la velocidad y bajar el consumo de bebidas alcohólicas. Se impulsará en diciembre, dado que en este mes se registra mayor cantidad de fallecidos en las vías.
Esta campaña se desarrolló en respuesta a los datos sobre muertes por siniestros de tránsito en la ciudad entre 2023 y 2024. Según las últimas estadísticas de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), las muertes por exceso de velocidad han mostrado un aumento progresivo en Quito en los últimos años, resultando en la muerte de 250 personas en 2023 y 191 en lo que va de 2024.
El objetivo es reducir los siniestros, heridos y fallecidos en las vías. Esta campaña también busca crear conciencia entre los conductores sobre los peligros que implica irrespetar los límites de velocidad establecidos y promover un cambio de comportamiento en las calles de la capital ecuatoriana.
Para el Municipio de Quito, las cifras registradas son alarmantes, lo que les impulsa a tomar medidas decisivas para abordar. En julio se implementaron sanciones por exceso de velocidad, lo que permitió reducir en un 32% los incidentes de tránsito en las vías de Quito durante ese mes, aseguraron en el Municipio.
Washington Martínez, director de la AMT, dijo que se harán control de velocidad y embriaguez entre las 16:00 y las 22:00 en diferentes sectores. (EC)
Ocho años después de la primera entrega, Moana regresa a las salas de cine para mostrar la nueva aventura de la intrépida nativa de la Polinesia, en una historia protagonizada por Auli’i Cravalho y Dwayne ‘La Roca’ Johnson. EFE
los cines
El Gobierno de Javier Milei empieza a ver “resultados concretos del ajuste y la desregulación que se aplica en Argentina.
POLÍTICA. El presidente de Argentina, Javier Milei.
BUENOS AIRES. El jefe de gabinete del Gobierno argentino, Guillermo Francos, afirmó este 27 de noviembre de 2024 que el Ejecutivo empieza a ver “resultados concretos” y “tangibles” al cumplirse casi un año
de aplicar un programa de fuerte ajuste fiscal y medidas de desregulación que, reconoció, implicaron un “gran sacrificio”.
“En estos doce meses evitamos una crisis inédita y, poco a poco, empezamos a
ver resultados concretos que se reflejan en la solidez macroeconómica, la fuerte caída de la inflación, el reordenamiento de las cuentas públicas y la recuperación de la actividad económica y de los salarios”, dijo Francos
en su comparecencia pública ante el Senado argentino.
“Las medidas que adoptamos fueron difíciles e implicaron el esfuerzo de todos los argentinos ”, reconoció Francos, y afirmó que el “deber es honrar ese esfuerzo”
porque son “conscientes del gran sacrificio que ha hecho el pueblo argentino”.
Las medidas aplicadas
El Gobierno de Javier Milei aplica desde su asunción, el 10 de diciembre de 2023, un fuerte ajuste fiscal -al llevar el déficit fiscal de 6% del PIB a 0,5 % del PIB en octubre último- y un saneamiento del balance del Banco Central para bajar la inflación -a 193% anual el mes pasado-, que ha sumido al país en una recesión y caída del poder adquisitivo, que ahora el Ejecutivo considera que empiezan a ceder.
“En estos doce meses hemos demostrado que un cambio de rumbo en Argentina es posible. Nos enfrentamos a un escenario extremadamente complejo, con múltiples amenazas latentes y sectores que buscaron obstaculizar nuestro avance para preservar sus privilegios”, explicó Francos.
“Ya comenzamos a ver resultados tangibles”, dijo el jefe de los ministros, al enumerar los logros de la gestión para mostrar que el “cambio cultural se manifiesta en datos concretos y muy significativos”.
Indicó que “la decisión de reducir el tamaño del Estado, eliminar las estructuras ineficientes y acabar con las múltiples cajas de corrupción” les permitió “no sólo erradicar el déficit fiscal, sino también liderar un cambio cultural profundo”.
“Un cambio que ha devuelto al sector privado el rol de motor principal de la economía y ha restituido a los argentinos el derecho de construir sus proyectos de vida en libertad”, afirmó. (EFE)
Con Gabriela Vivanco
Cómo construir empresas productivas y libres de acoso
El presidente de Brasil, Luiz Inacio Lula Da Silva, minimizó la oposición francesa al acuerdo UEMercosur y confía en firmarlo este 2024.
BRASILIA. El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva , minimizó este 27 de noviembre de 2024 la importancia de la oposición francesa al acuerdo comercial entre la Unión Europea y el Mercosur , y se mostró optimista sobre la posibilidad de firmarlo este mismo año.
“Los franceses no quieren el acuerdo pero no pintan nada... Quien pinta es la Comisión Europea , es (la presidenta) Ursula von der Leyen, quien tiene la competencia para hacer el acuerdo”, afirmó el mandatario durante una reunión con industriales.
Además, el presidente, quien asistirá la semana que viene a la c umbre de líderes del Mercosur en Uruguay, dijo que pretende firmar el acuerdo este año y “sacar” el asunto de su agenda de una vez por todas.
Lula también aprovechó su discurso para cargar contra un diputado francés que comparó la carne suramericana con basura en una sesión del Parlamento en la que una aplastante mayoría votó de forma simbólica contra la firma del acuerdo comercial.
“Quiero que la agropecuaria continúe creciendo y causando rabia al diputado francés que menospreció los productos brasi -
leños ”, declaró el mandatario.
Presión de agricultores franceses
La presión de los agricultores franceses ante lo que consideran sería una “competencia desleal” de parte del Mercosur llevó al CEO de Carrefour, Alexandre Bompard, a decir la semana pasada que la carne del bloque no cumplía las exigencias y que sus tiendas en Francia dejarían de venderla.
Esto provocó tensiones con el sector agropecuario brasileño, que interrumpió el suministro de carne a los supermercados de la cadena en el país suramericano, lo que obligó a Bompard a pedir disculpas.
Las negociaciones del acuerdo entre la UE y el Mercosur, bloque comercial del que forman parte Brasil, Argentina, Uruguay, Paraguay y Bolivia, se han alargado por m ás de dos décadas y en el último año se estancaron debido a las nuevas exigencias medioambientales de los europeos.
Sin embargo, tanto la Comisión Europea y Gobiernos como el de España, de un lado, y países como Brasil, del otro, apoyan la firma del tratado cuanto antes. (EFE)
En la zona rural de Santo Domingo de los Tsáchilas se han identificado varios predios utilizados como puntos de acopio de droga.
Han transcurrido once meses del 2024, y durante este período se realizaron aproximadamente diez intervenciones contundentes contra el tráfico de drogas a gran escala en Santo Domingo de los Tsáchilas. Las carreteras de esta jurisdicción continúan siendo alternativas para los carteles , cuyos integrantes aplican nuevas estrategias con el objetivo de no ser descubiertos y evitar la cárcel.
Sin embargo, la Policía Nacional también intensifica su operatividad y, a través de unidades especializadas, han hecho grandes decomisos que, probablemente afectan las economías de grupos dedicados a traficar estupefacientes.
Operativos de relevancia
En la zona rural de Santo Domingo se identificaron varios predios utilizados como puntos de acopio. Durante los allanamientos, se incautaron centenares de kilos de drogas, empacados en forma de ladrillos.
Un agente antinarcóticos detalló que, en la actualidad, las labores agrícolas sirven como fachada para traficar droga desde el interior de fincas o haciendas.
Esta teoría coincide con el resultado de operativos en
Preparan seminario sobre el arte de cuidar ° Con el objetivo de reconocer y apoyar la labor de los cuidadores, la casa de día para adultos mayores Canas de Amor organiza el seminario ‘El arte de cuidar’. Este evento, dirigido a cuidadores informales, enfermeros y auxiliares, se llevará a cabo el viernes 6 de diciembre a las 09:00 en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, sede Santo Domingo. (CT)
áreas rurales, muchos de ellos realizados por unidades nacionales contra el tráfico de drogas, mientras que otros han sido ejecutados por el personal de la jefatura provincial.
Por ejemplo, a finales de agosto se decomisaron 367 kilos de heroína en el interior de una finca ubicada en San Gabriel del Baba. Este cargamento arrojaba un promedio de cinco millones de dosis, y se presume que estaba destinado a ser enviado al extranjero.
Nuevo Israel y sus alrededores también son frecuentemente utilizados por narcotraficantes. El 14 de noviembre, allanaron una finca y decomisaron 450 kilos de droga. Los empaques tenían el logotipo de un vehículo deportivo de alta gama, y se investiga a qué cartel podrían pertenecer.
La noche del sábado también hubo novedades similares cerca a este punto poblado, ubicado en la vía a Chone . Personal policial, que seguían a varios sospe-
Deuda por contribución de mejoras ° La deuda acumulada por concepto de contribución de mejoras en el Municipio de Santo Domingo asciende a alrededor de 23 millones de dólares. El alcalde Wilson Erazo manifestó que estas cuentas por cobrar representan el 40% de la cartera vencida. Además, recalcó que para el 2025 se mantendrán los mismos rubros para el cobro del impuesto predial. (CT)
Entre los operativos fuertes también consta un narcocarro detectado en el baipás de La Concordia.
° La lucha contra el microtráfico también continúa en Santo Domingo. La semana pasada, cinco sospechosos de vender estupefacientes fueron capturados en el sector de Tiwinza. Además, la noche del martes 26 de noviembre, un hombre de nacionalidad venezolana fue detenido en la cooperativa Juan Eulogio con 400 dosis de marihuana.
° La madrugada del martes, la Policía Nacional realizó allanamientos en varias partes del país. Las investigaciones confirmaron que desde Santo Domingo de los Tsáchilas también se coordinaban envíos de droga hacia países de Centroamérica.
chosos, encontraron tres sacos de yute con marihuana al costado de la carretera. (JD)
Comunidades seguras ° El Consejo de Seguridad Ciudadana Municipal y la fundación Panamericana para el Desarrollo realizaron la conferencia ‘¡OYE, TÚ! ME IMPORTAS’, dirigida a estudiantes con el objetivo de prevenir el reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes. El concejal Mario Pazmiño destacó los esfuerzos que se están llevando a cabo para seguir construyendo comunidades seguras. (LMM)
JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2024
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La historia contemporánea de Nueva York no estaría completa sin la historia del controvertido grafiti. Criticado por quienes lo consideran mero vandalismo y castigado bajo la ley, este arte callejero, que nació en la década de 1970 de la mano de adolescentes, ha evolucionado hasta figurar en los muros de galerías y museos, como muestra una exposición en el Museo de la Ciudad de Nueva York. EFE
AUTOR: ABG. MARLON ANDRÉS RON ZAMBRANO.
Los principios de seguridad jurídica, buena fe y confianza legítima están expresamente reconocidos por la Constitución de la República en sus artículos 82, 83, respectivamente, en concordancia con los artículos 12, 21 y 22, respectivamente, del Código Orgánico Administrativo.
La consagración de estos derechos constitucionales convierte a la estabilidad como característica propia de los actos administrativos, y, por ello, las decisiones adoptadas por autoridades de la administración pública se
convierten en vinculantes y no pueden ser modificadas sino en las condiciones establecidas por nuestro ordenamiento jurídico.
Bajo estas líneas, la Administración Pública tiene la potestad de anular de oficio un acto administrativo nulo, a través de la emisión de otro acto dictado por la autoridad competente.
La potestad revisora de la Administración podemos encontrarlo en el artículo 106 del Código Orgánico Administrativo (en adelante COA) que estatuye que la autoridad pública tiene la atribución de anular, mediante el ejercicio de la potestad revisora, un acto administrativo nulo, a través de la emisión de otro
acto dictado por la autoridad competente.
Para el ejercicio de esta potestad revisora, la Administración Pública podrá ejercerlo de oficio, acorde a lo previsto en el artículo 132 del COA, por la interposición de un reclamo o recurso de impugnación, en relación a lo establecido en el artículo 226 y ss. del Código señalado. Respecto a la nulidad de oficio de un acto administrativo es preciso indicar que el artículo 132 ibídem prevé: ‘‘(…) Con independencia de los recursos previstos en este Código, el acto administrativo nulo puede ser anulado por la máxima autoridad administrativa, en cualquier momento, a iniciativa propia o por insinuación de persona
interesada. El trámite aplicable es el procedimiento administrativo. El transcurso del plazo de dos meses desde el día siguiente al inicio del procedimiento de revisión de oficio sin dictarse acto administrativo, produce la caducidad del procedimiento’’. De conformidad con las líneas citadas podemos indicar que la revisión de oficio no es un recurso administrativo. Comúnmente al inicio de la aplicación del Código Orgánico Administrativo por parte de las autoridades públicas se confundía las reglas de aplicación de esta potestad con el recurso extraordinario de revisión, previsto en el artículo 232 y ss. del COA. Causales de nulidad no convalidable
¿Cuáles son los parámetros legales para determinar la reparación integral en las infracciones de violencia contra la mujer o miembro del núcleo familiar?
La Constitución de la República determina la necesidad de desarrollar una justicia especializada en los casos de violencia contra la mujer. Evidente resulta que una vez que se encuentra vigente la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la violencia contra las mujeres, los criterios que en ella encontramos con relación a la reparación integral a favor de la víctima, deben ser los que orienten la actividad de los operadores de justicia. Debemos indicar que la aplicación de los artículos 62 y 63 de la LOIPEVM, ley especial, posterior y más favorable, en prelación con el artículo 622.6 del COIP, resultan además del apego al principio pro víctima y a la especial valoración de la prueba en materia de violencia contra las mujeres, reconocidos por la doctrina, la jurisprudencia nacional y supranacional y a los estándares incorporados en diversos instrumentos internacionales que por sobre la materia ha suscrito el Ecuador.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
Empero, actualmente todavía existe duda sobre qué actos administrativos se puede declarar la nulidad por oficio, para ello, la Procuraduría General del Estado indicó en el OF. PGE. Nro. 982, de 05 de octubre de 2018, que esta potestad debe ejercerse cuando objetivamente existen causales de nulidad no convalidable y razones de orden público, además, esta potestad cabe sobre actos administrativos que han causado estado, no contra actos firmes.
El artículo 105 del Código en mención, prevé 08 causales de nulidad no convalidable del acto administrativo, que son: ‘‘(…) 1. Sea contrario a la Constitución y a la Ley. 2. Viole los fines para los que el ordenamiento jurídico ha otorgado la competencia al órgano o entidad que lo expide. 3. Se dictó sin competencia por razón de la materia, territorio o tiempo. 4. Se dictó fuera del tiempo para ejercer la competencia, siempre que el acto sea gravoso para el interesado. 5. Determine actuaciones imposibles. 6. Resulte contrario al acto administrativo presunto cuando se haya producido el silencio administrativo positivo, de conformidad con este Código. 7. Se origine en hechos que constituyan infracción penal declarada en sentencia judicial ejecutoriada. 8. Se origine de modo principal en un acto de simple administra-
ción (…)’’. Los actos administrativos que contengan faltas, fuera de las citadas, podrán ser subsanables, mientras que los actos que incurran en el cometimiento de alguna serán nulos.
En razón a la aplicación de la revisión de oficio únicamente sobre actos que han causado estado y no contra actos firmes es menester señalar que el inciso final del artículo 218 del COA manifiesta que: ‘‘(…) Sobre el acto administrativo, que ha causado estado, cabe únicamente, en vía administrativo, el recurso extraordinario de revisión o en su caso, la revisión de oficio regulado en este Código’’. El artículo 5 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa establece que: ‘‘(…) Las resoluciones administrativas causan estado cuando no son susceptibles de recurso alguno en la vía administrativa, sean definitivas o de mero trámite, si estas últimas deciden, directa o indirectamente, el fondo del asunto, de modo que pongan término a aquella o haga imposible su continuación. La administración obra en ejercicio de sus facultades regladas cuando debe ceñir sus actos a las disposiciones de una ley, de un reglamento o de cualquier otro precepto administrativo. Se presume establecido el derecho en favor del recurrente, cuando la disposición que se cree
infringida reconoce ese derecho’’ De conformidad a los dos párrafos anteriores, se colige que existe una diferencia sustancial entre cuando causa estado un acto administrativo y una resolución administrativa. De lo último podemos hacer referencia respecto a las resoluciones de impugnación causan estado cuando no son susceptibles de recurso alguno en la vía administrativa. Recurso Extraordinario de Revisión Por otro lado, respecto a la potestad revisora de la Administración mediante la presentación del recurso es necesario manifestar que no haremos relación al recurso de apelación por motivo que existe una clara diferencia entre la revisión de oficio y este recurso, mientras que, el recurso extraordinario de revisión, como se lo han indicado anteriormente, suele confundirse con la revisión de oficio antes analizada, el mismo cuenta con sus propias reglas de aplicación. El artículo 232 ibídem estatuye cinco causales para interponer el recurso extraordinario de revisión que determina: ‘‘(…) 1. Que al dictarlos se ha incurrido en evidente y manifiesto error de hecho, que afecte a la cuestión de fondo, siempre que el error de hecho resulte de los propios documentos
incorporados al expediente.2. Que al dictarlos se haya incurrido en evidente y manifiesto error de derecho, que afecte a la cuestión de fondo.3. Que aparezcan nuevos documentos de valor esencial para la resolución del asunto que evidencien el error de la resolución impugnada, siempre que haya sido imposible para la persona interesada su aportación previa al procedimiento. 4. Que en la resolución hayan influido esencialmente actos declarados nulos o documentos o testimonios declarados falsos, antes o después de aquella resolución, siempre que, en el primer caso, el interesado desconociera la declaración de nulidad o falsedad cuando fueron aportados al expediente dichos actos, documentos o testimonios. 5. Que la resolución se haya dictado como consecuencia de una conducta punible y se ha declarado así, en sentencia judicial ejecutoriada (…)’’.
A diferencia de la revisión de oficio que puede realizarse en cualquier momento, en el caso de este recurso, cuando se trate de la causal 1 antes citada, se lo interpondrá dentro del plazo de un año siguiente a la fecha de notificación de la resolución impugnada y en las restantes cuatro causales en el término de veinte días contados desde la fecha en que se tiene conocimiento de los documentos de valor esencial o desde la fecha en que se ha ejecutoriado o quedado firme la declaración de nulidad o falsedad.
clarar la nulidad de un acto administrativo nulo y se da para error no convalidables, mientras que, conforme al artículo 133 solo se busca enmendar errores superficiales que no afecten el contenido del acto.
También la convalidación del acto administrativo, determinado en el Capítulo X del COA, no debe ser confundida con la aclaración, rectificación o subsanación, prevista en el artículo 133 del COA. La aplicación de este último (aclaración, rectificación o subsanación) conlleva a realizar un procedimiento que busca enmendar errores de copia, referencia, cálculos numéricos y, en general, los errores puramente materiales o de hecho que aparezcan de manifiesto en el acto administrativo.
La aclaración, rectificación o subsanación, se produce por declaración expresa de la Administración o por preclusión del derecho a solicitarlo; en el primer caso mencionado se lo realiza por oficio o a petición de parte; y, el segundo caso cuando en el término de tres (03) días que concede el artículo 133 de la norma ibídem la persona interesada no lo ha solicitado. La aplicación del artículo 133 del COA no puede basarse, como se indicó, en errores contenidos en el acto administrativo y, con ello, solicitar su extinción o anulación.
Por último, es necesario señalar que la persona interesada, aunque haya interpuesto el recurso extraordinario de revisión o la Administración haya ejercido su potestad de revisión del oficio, no pierde su derecho de solicitar la rectificación de evidentes errores materiales, de hechos o aritméticos que se desprendan del mismo acto administrativo.
Existe diferencia entre el recurso extraordinario de revisión y la aclaración, rectificación o subsanación. El recurso en mención se da conforme a las causales antes citadas, lo interpone la persona interesada, mientras que, este último es para aclarar, rectificar o subsanar cualquiera de los errores antes señalados y no es necesario que lo interponga la persona interesada.
La revisión de oficio también se diferencia de la aclaración, rectificación o subsanación, puesto que, a través de esta potestad se puede de-
En conclusión, el Código Orgánico Administrativo contiene la potestad revisora de los actos emitidos por la Administración Pública, a través de la interposición de un recurso o por oficio, así mismo, dicho cuerpo legal establece reglas sustanciales para la aplicación de la revisión de oficio, el recurso extraordinario de revisión y la aclaración, rectificación o subsanación, tres medios que no deben ser confundidos para el ejercicio de dicha potestad.
Se anula por pérdida el título 22710 de CCVS64N1/3CE-004305 en Camposanto Monteolivo.
28 de noviembre de 2024
CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES DE LA LIGA DEPORTIVA BARRIAL “ LA LUZ ”
De conformidad con las disposiciones establecidas en el Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte Educación Física y Recreación, se convoca a los representantes de los clubes filiales de la Liga Deportiva Barrial “LA LUZ ”, a la Asamblea General de Elecciones, que se celebrará el día 14 de diciembre de 2024 a partir de las 19:30 horas, en la sede de la Liga ubicada en la dirección: Gonzalo Zaldumbide y Capitán Rafael Ramos , cantón Quito, provincia de Pichincha, para tratar el siguiente Orden del día:
1.- Recepción de credenciales y constatación del Quórum.
2.- Lectura de la convocatoria y aprobación del orden del día.
3.- Elección del directorio de la Liga Deportiva Barrial “LA LUZ ” para el período 2024-2028
4. Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio.
5.- Aprobación del Acta de Asamblea.
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ASOCIACIÓN ECUATORIANA DE EMPRESAS DE VENTA DIRECTA, AEVD
De conformidad con lo dispuesto en el capítulo V, artículos 14, 15 y 16. Y demás disposiciones del Estatuto de la Asociación Ecuatoriana de Empresas de Venta Directa, AEVD, se convoca con carácter de obligatorio a todos los representantes de las empresas afiliadas a esta Entidad Gremial, a la Asamblea General Ordinaria de miembros, la misma que se llevará a cabo en Quito el jueves, 12 de diciembre del año en curso, a las 11h00, en el Hotel Mercure, con el objeto de tratar el siguiente orden del día:
AGENDA
1. Instalación de la Asamblea - Quorum
2. Informe de Labores del Presidente
3. Informe Económico 2024 y Presupuesto 2025
4. Reforma Estatutos (Adaptación nueva regulación)
5. Lectura y aprobación del acta de la Asamblea
6. Varios
7. Cierre
De conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Estatuto en vigencia, de no contar con el quórum del cincuenta y uno por ciento en primera convocatoria, la Asamblea se entenderá válidamente constituida, en segunda convocatoria, si por lo menos se cuenta con el veinticinco por ciento de los miembros presentes y sus resoluciones serán de acatamiento obligatorio. Solicitamos por favor, de no poder acudir a la reunión, enviar a un delegado de su compañía. Gracias por su participación y por su confirmación de asistencia.
Atentamente,
ING. JUAN POSADA PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
Juicio N. 17313-2012-1113
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 12 de julio del 2024, a las 12h43.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
A LA SEÑORA CECILIA MARGARITA GUACHAMIN RUIZ HACE SABER LO SIGUIENTE
Actor: Instituto de Seguridad Social de la Fuerzas Armadas (ISSFA)
Demandado: CECILIA MARGARITA GUACHAMIN RUIZ
Juicio N. 17313-2012-1113
Abogado del actor: Ab. Carlos Panata
Fecha de inicio: 23 de agosto del 2012.
Trámite: Especial (presunción de Insolvencia)
Dentro de la presente causa, hay lo siguiente:
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 20 de septiembre del 2019, las 11h29. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado. En lo principal, la demanda es clara y precisa por lo que se la acepta al trámite especial. De las copias certificadas adjuntas al libelo inicial, se desprende que la señora “CECILIA MARGARITA GUACHAMIN RUIZ”, se halla comprendido en la situación prevista en el artículo 519, numeral 1ro. del Código de Procedimiento Civil, por lo cual se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores, en consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: Que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos de la fallida que se entregarán al síndico de concurso a Luis Ortiz Carlosama (ortizcarlosama@hotmail.es), a quien se le nombra en este juicio; hágase conocer al público en general de este particular por medio de la prensa; que se acumulen todos los juicios en contra de la demandada por obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado; prohíbase a la demandada ausentarse del territorio nacional y se ordena que presenten el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, en el término de ocho días; remítase copia de lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal, para la calificación de la insolvencia; como la fallida queda en interdicción de administrar sus bienes comuníquese del particular a los señores Notarios y Registrador de la propiedad del Cantón; ofíciese haciéndoles conocer del particular a los señores Gerentes de los Bancos de la localidad, así como al Director General de Personal; y, demás instituciones señaladas en el escrito de demanda. Cúmplase en fin con todas las diligencias necesarias para esta clase de juicios. Podr á sin embargo el demandado oponerse al presente juicio pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes equivalentes al mandamiento de ejecución en el término de tres días. Atento el juramento rendido por el accionante constante de fs. 263 y la documentación acompañada al escrito de 18 de septiembre del 2019, cítese por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito a la accionada GUACHAMIN RUIZ CECILIA MARGARITA. NOTIFIQUESE.
JUZGADO DE COACTIVAS DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA IMBABURA NOTIFICACIÓN
Se hace conocer a las siguientes personas que en el Juzgado de Coactivas de la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Imbabura, se encuentra emitidas los siguientes AUTOS DE PAGO / ORDENES DE PAGO, a las y los señores detallados a continuación. NOMBRE C.I
CARRILLO GUEVARA ANDREA ELIZABETH 1724597917 0075-2015
GONZALEZ ESPITA CARLOS FABIAN 1077967214 0049-2015
CORTEZ QUIÑONEZ JOSE MARCO 804196822 0017-2016
ARROYO AYOVI JOHN KARI 2300539109 0060-2015
QUINTAS CARANQUI JUAN MARCELO 1720774015 0062-2015
MALDONADO DIAZ JOSE 1004777247 0073-2015
CHAMORRO PATIÑO BYRON FERNANDO 1001704046 0053-2015
HERRERA VENEGAS DIANA MARCELA 1085899421 0110-2015
$1.062 (mil sesenta y dos dólares americanos) Art. 70 COIP.
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
70 COIP.
394 COIP
394 COIP
394 COIP
70 COIP.
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 70 COIP.
$354,00 (trescientos cincuenta y cuatro dòlares americanos) Art. 636 COIP
CANACUAN GOMEZ ENRIQUE DAVID 1003594239 DIMB-AP-2017-0006 $88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 70 COIP
MURILLO QUINDE LORENA DEL PILAR 704526284 0054-2015
MORA ESPINOZA MARIA ESMERALDA 1711570984 163-2015
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 394 COIP
$15.00 (quince dólares americanos) Art. 370 CPC
CORDOVA OSNAYO OSCAR RUBEN 1003087176 DIMB-AP-2017-0037 $88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 394 COIP
QUIÑONEZ GONGORA CARLOS 0703800755 0022-2016
CORDOVA VINUEZA SEGUNDO LUIS 1002983938 DIMB-AP-2017-0032
ESPAÑA ESCOBAR HOMERO EFRAIN 0401269071 190-2015
PICUASI SANTILLAN JOSE LUIS 1002886636 DIMB-AP-2017-0070
TABI CANDO LUIS FERNANDO 1002942587 231-2015
NAZARENO CABEZAS RAMIRO EUGENIO 0801817032 234-2015
POMASQUI ALVAREZ XAVIER ALEJANDRO 1002862074 235-2015
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 394 COIP
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 393 COIP
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 394 COIP
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 394 COIP
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 393 COIP
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
393 COIP
70 COIP CACHIMUEL TONTAQUIMBA JOSÉ ROBERTO 1003448071 238-2015
MEJIA CABASCANGO ALDRYN ECUADOR 1718526906 DIMB-AP-2017-0020
TAPIA CEVALLOS JOSE LUIS 1713760963 242-2015
ANDRADE CARLOS GERMAN 1002396206 249-2015
MORALES MORALES WILSON BOLIVAR 1002741575 294-2015
PANTOJA JUMA EDWIN PATRICIO 1003242003 365-2015
CAMPO CAMPO JOSE JULIAN 1002726238 290-2015
ESPINOZA MENDEZ HECTOR ADOLFO
TROYA MANUEL IGNACIO
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 393 COIP
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 394 COIP
$708.00 (setecientos ocho dólares americanos) Art. 131 COFJ
$680.00 (seiscientos ochenta dólares maericanos) Art. 130 COFJ
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
70 COIP
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 393 COIP
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
(mil sesenta y dos dólares americanos)
(ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
(cuatro mil doscientos cuarenta y ocho dólares americanos)
(mil cuatrocientos diez y seis dólares americanos)
(mil cuatrocientos diez y seis dólares americanos)
(setecientos ocho dólares americanos)
(mil sesenta y dos dólares americanos)
VALDEZ MORILLO MAURO JACINTO 1004454813 314-2015
COTACACHI YANEZ LUIS GONZALO 1002150314 DIMB-AP-2017-0092
VELASQUEZ ROJAS EDWIN PATRICIO 1803731437 DIMB-AP-2017-0103
DUCHI MAILA JORGE RAMIRO 1002197349 018-2016
ESPINOZA MENDEZ HENRY ROLANDO 1004772313 022-2016
NARVAEZ YANEZ ANGEL MARCELO 1004397418 034-2016
RUIZ RUIZ JHONATHAN ANDRES 1003473392 045-2016
MONTES BARRETO ELMIS DE JESUS 1144174065 443-2016
VILLALVA VILLAGOMEZ DIQUE GUSTAVO 1711002012 265-2015
QUILUMBA ROSERO JAIRO ALEXANDER 1003586409 446-2016
CROW YANDUN EDWIN JHONATAN 0604034975 578-2016
VACA ESPINOZA JONATHAN ESTEBAN 1005054067 574-2016
VICTORIA VERA DEIVYS IVAN 1004153225 406-2015
CHUGA MOROCHO LUIS IVAN 1003843057 569-2016
TORRES TAMBA EDUARDO 1002062865 DIMB-AP-2017-0074
TORRES PUMA JUAN CARLOS 1004023105 196-2016
MOLINA TARAPUEZ JUAN CARLOS 1003478524 195-2016
BOLAÑOS CAICEDO MILTON ROBERTO
$4.248 (cuatro mil doscientos cuarenta y ocho dólares americanos)
$4.248 (cuatro mil doscientos cuarenta y ocho dólares americanos)
$708.00 (setecientos ocho dólares americanos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$29.50 (veintinueve dólares americanos con cincuenta centavos)
$708.00 (setecientos ocho dólares americanos)
$4.392,00 (cuatro mil trescientos noventa y dos dólares americanos)
$680.00 (seiscientos ochenta dolares americanos)
$732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos)
$732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos)
$1.464 (mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares americanos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$1.281 (mil doscientos ochenta y un dólares americanos)
$680.00 (seiscientos ochenta dolares americanos)
$1.062 (mil sesenta y dos dólares americanos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
DIMB-AP-2017-0478 $3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
VELA TIPAN AUGUSTO RODRIGO 10035099974 DIMB-AP-2017-0153
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
70 COIP
70 COIP
130 COFJ
70 COIP
394 COIP
196 COIP
70 COIP
130 COFJ
70 COIP
394 COIP PAREDES MARTÍNEZ ELVIS PAÚL 1003293279 DIMB-AP-2017-0159
PILLAJO CUYO PABLO ANDRES 1002186151 234-2016
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
70 COIP
70 COIP POLO GARCÍA EDER LEANDRO 1312506742 DIMB-AP-2017-0335
HIDALGO HIDALGO ROBERTO JAVIER 1002483269 257-2016
CORAL RUALES JHON JAIRO
ANRANGO LUIS FABIAN
CHALACAN LUIS NORBERTO
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$1.464 (mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares americanos)
$1.416 (mil cuatrocientos diez y seis dólares americanos)
$1.416 (mil cuatrocientos diez y seis dólares americanos)
(tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
(tres mil quinientos cuarenta dolares americanos)
(ochenta y
(noventa y un dólares con cincuenta
(mil sesenta y dos dólares
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
209 COIP
70 COIP
CORREA ROSERO DARWIN RAUL 1002529244 159-2016
DOMINGUEZ CAMPOVERDE JONATHAN PATRICIO 1721102059 126-2016
ANANGONO CAICEDO ALVARO XAVIER 1003114608 129-2016
DELGADO MORALES CARLOS JAVIER 1003547468 130-2016
CABASCANGO MALES CARLOS ROBERTO 1050478989 DIMB-AP-2017-0479
ANDRANGO CAIZA RODOLFO RENE 1003158209 122-2016
VERA IGUA IVAN FERNANDO 1087410385 125-2016
CARDENAS VACAS JAIME ESTUARDO 1001021813 346-2015
BOLIVAR PALACIOS SAULO SAMIER 1115076414 058-2016
ALVAREZ GALINDO JEFFERSON HARLEY 101422254 072-2016
CABASCANGO ANRANGO JOSE ALBERTO 1002569729 0378-2015
DE LA CRUZ MARTINEZ SEGUNDO RUBEN 1002541843 0319-2015
CAZAR CONGO CRISTIAN PATRICIO 1003737523 0380-2015
LOPEZ JUASPEZAN LUIS ALBEIRO 1088591087 370-2016
MURILLO VALENCIA WILMER ALBERTO 0929118305 363-2016
GUATEMAL GUACAN OSCAR DILON 1002472643 362-2016
$732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos)
$1.062 (mil sesenta y dos dólares americanos)
$1.062 (mil sesenta y dos dólares americanos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos)
$732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$708.00 (setecientos ocho dólares americanos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$708.00 (setecientos ocho dólares americanos)
$708.00 (setecientos ocho dólares americanos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$1.062 (mil sesenta y dos dólares americanos)
$2.928,00 (dos mil novecientos veintiocho dólares americanos)
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
130 COFJ
70 COIP
70 COIP
394 COIP
283 COIP
282 COIP
393 COIP
70 COIP
393 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
393 COIP GUERRERO VALENCIA WILSON EDUARDO 1001863263
$1.464 (mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares americanos)
COIP MORENO PAZ DENIS GABRIEL 1003988084 354-2016
ESPINOZA SEGUNDO ADALBERTO
$1.464 (mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares americanos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
COIP CHUGA ENRIQUEZ LUIS HUMBERTO 0400837977
(Setenta dòlares americanos)
COFJ PILATAXI AGUILAR JORGE LUIS
0393-2015 $88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos) Art. 70 COIP
YAGUAPAS HUERTAS LUIS MANUEL 1002841748 404-2016
TORRES GUAMAN MAURICIO DAVID 1003229810 325-2016
PAREDES MARTÍNEZ ELVIS PAÚL 1003293279 308-2016
PINEDA VEGA CARLOS GEOVANNY 41619224B8 306-2016
MALLAMAS OBANDO EDWIN PATRICIO 1002795738 303-2016
ANRANGO CORTEZ KARLA ELIZABETH 1004327498 301-2016
QUINTAS CARANQUI JUAN MARCELO 1720774015 546-2016
CAMPO PADILLA FRANKLIN RODOLFO 1004053755 542-2016
AYALA DELGADO ELVIS DAMIAN 1002655155 530-2016
CRIOLLO BOLAÑOS PEDRO RAMON 1003664610 0393-2015
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
393 COIP
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos) Art. 393 COIP
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos) Art. 394 COIP
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$708.00 (setecientos ocho dólares americanos)
RAMIREZ PIEDRAHITA EINER JULIAN 1094958318 0400-2015 $88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
Art. 393 COIP
Art. 393 COIP
Art. 393 COIP
Art. 70 COIP
Art. 70 COIP
394 COIP
196 COIP
70 COIP BASTIDAS ASCUNTAR HECTOR JAVIER 1003297296 DIMB-AP-2017-0296 $366.00 (trescientos sesenta y seis dólares americanos)
TUQUEREZ COTACACHI JEFFERSON ANDRES 1050210580 488-2016
$732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos)
SALAS BERMEO ROTHMAN MAURICIO 1001965167 DIMB-AP-2017-0340 $91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
RUIZ RUIZ JHONATHAN ANDRES 1003473392 457-2016
$4.392,00 (cuatro mil trescientos noventa y dos dólares americanos)
181 COIP
130 COFJ
70 COIP
70 COIP
MALDONADO AJALA LUIS HUMBERTO 1003279518 839-2018
GUAPACHO SANCHEZ CARLOS HOMERO 0401562731 772-2018
ESPARZA IBADANGO EDWIN ROMAN 1002427217 830-2018
BRAVO INAGAN DAVID MICHAEL 0804165801 829-2018
ALVAREZ MALES JUAN JACINTO 1003491311 DIMB-AP-2017-0443
PARRA ORTIZ MILTON WASHINGTON 0401309125 0279-2016
DIAZ CARVAJAL SANTIAGO PATRICIO 1003057237 DIMB-AP-2017-0442
HERNANDEZ RUIZ CRISTHIAN LEONCY 000023 007-2017
GARCIA ROSERO JORGE LUIS 6715161101 DIMB-AP-2017-0677
DE LA CRUZ VELASQUEZ LUIS JAIRO CEDF060974 2017-34
JIMENEZ ROMERO JOSE LUIS CEDF047018 2017-44
YORDI LEANDRO PEREZ GRANADO CEDF060572 2017-42
RAMOS JAIME JEFERSON DAVID 1005101819 2017-39
HOYOS GOMEZ LUIS FERNANDO CEDF058853
SEVILLANO RODRIGUEZ VICTOR EDUARDO 1002633012 DIMB-AP-2017-0518
$375.000,00 (trescientos setenta y cinco mil dòlares americanos)
$14.640 ( catorce mil seiscientos cuarenta dólares americanos)
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
$7.320 (siete mil trescientos dòlares americanos )
$91,50 (noventa y un dòlares americanos con cincuenta centavos)
$732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos)
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
$1218,78 (mil doscientos dieciocho dòlares americanos con setenta y ocho centavos)
$91,50 (noventa y un dòlares americanos con cincuenta centavos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$91,50 (noventa y un dòlares americanos con cincuenta centavos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$91,50 (noventa y un dòlares americanos con cincuenta centavos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
656 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
636 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP SIMBAÑA MAYANQUER JORGE ISRAEL 1003533377 DIMB-AP-2017-0567
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
396 COIP CUERO BERMÙDEZ JEFFERSON 6408168 DIMB-AP-2017-0568 $30,00 (Treinta dòlares americanos)
VÀSQUEZ
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
393 COIP JARAMILLO RIOFRIO YULEISI ANABEL 0706112489
RODRIGUEZ CALPA DIEGO ALFONSO 0401727573
SUANGO QUINCHOA HECTOR DAVID 1723763932
VARGAS TAICUS MAGDALENA ESPERANZA 1004627160 134-2017
BRAVO QUEZADA LUIS FERNANDO CEDF068756 2017-133
PEÑAFIEL INAGAN LUIS MIGUEL 1003933817 DIMB-AP-2017-0679
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$1.500 (mil quinientos dòlares americanos)
(treinta y un dòlares americanos con veinticinco centavos)
$4392,00 (Cuatro mil tescientos noventa y dos dòlares americanos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$31,25 (treinta y un dòlares americanos con veinticinco centavos)
ARTEAGA GODOY WILFRIDO NEPTALI 1711385995 DIMB-AP-2017-0619 $1000,00 (Mil dòlares americanos)
TEMBO BURBANO KINGSLY FRANCISCO 100365112 198-2017
RAMIREZ GUTAMA LUIS ALFREDO 0606515617 2017-217
MUÑOZ CÒRDOVA JUAN CARLOS
LÒPEZ CARLOS JULIO
VERNAZA SEGUNDO
RUIZ VALLEJO FAUSTO VLADIMIR
JÀCOME TORRES MARTA ISABEL
$1464,00 (mil cuatrocientos sesenta y cuatro dòlares americanos)
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
$72,50 (Setenta y dos dòlares americanos con cincuenta centavos
$375,00 (Trescientos setenta y cinco dòlares americanos)
$3.540 (tres mil quinientos cuarenta dolares americanos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco
393 COIP
(Mil ciento veinte y cinco dòlares americanos)
139 COIP
70 COIP
189.2 COIP
MORENO PAZ DENIS GABRIEL 1003988084 DIMB-AP-2018-0005
ROSERO YANDÙN ERIKA VANESSA 10042295059 2017-0320
HERNANDEZ PABON JONATHAN XAVIER 1004186167 2017-0321
LÒPEZ CHARCOPA MANUEL MARÌA 801035239 2017-325
ESPARZA HERNANDEZ SEGUNDO IGNACIO 0400553459 DIMB-AP-2018-0010
RUIZ VALLEJO FAUSTO VLADIMIR 1003382163 DIMB-AP-2018-0023
NAVARRETE QUIROZ FREDDY EDISON 1715137798 2017-366
$1,125.00 (Mil ciento veinte y cinco dòlares americanos)
$91,50 (noventa y un dòlares americanos con cincuenta centavos)
70 COIP
$70,00 (Setenta dòlares americanos) Art. 131 COFJ
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
69 COIP
70 COIP
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos) Art. 70 COIP
$1,062.00 (Mil sesenta y dos dòlares americanos)
COIP CEDEÑO ZÙÑIGA MÀXIMO STALYN 1204975757 DIMB-AP-2018-0022
ALBA CARLOSAMA SEGUNDO VICTOR 1003177399 2017-368
PEREZ BONILLA ALEX FERNANDO 1073684072 DIMB-AP-2018-0031
GORDON DE LA CRUZ EDWAR ALEXANDER 98353300 DIMB-AP-2018-0029
ASES CUJI NATHALY PILAR 1003423751 DIMB-AP-2018-0082
VACA PERENGUEZ CRISTHIAN JONATHAN 0401530787 DIMB-AP-2018-0084
TUBERQUE GARCIA HERNEY FERNAY
$91,50 (noventa y un dòlares americanos con cincuenta centavos)
$1,416.00 (Mil cuatrocientos dieciseis dòlares americanos)
$1,125.00 (Mil ciento veinte y cinco dòlares americanos)
$1,125.00 (Mil ciento veinte y cinco dòlares americanos)
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
HURTADO RIASCOS JORGE 1086042940 DIMB-AP-2018-0091 $750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
(Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
SANCHEZ JOSE LUIS 1310482797 DIMB-AP-2018-0085 $93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
(Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
70 COIP
70 COIP
70 COIP
MINA ESPINOSA JOSE HONORIO 1003956651 DIMB-AP-2018-0112
TORRES ANDRÈS FERNANDO 1192917557 DIMB-AP-2018-0114
RAYO VILLALBA CHRISTIAN ROBERT 1310482797 DIMB-AP-2018-0111
PANTOJA CEVALLOS LUCIO EDUARDO 0503345647 DIMB-AP-2018-0112
CASTILLO BURBANO NAYRON LUIS 1087205759 DIMB-AP-2018-0178
GALARZA PUETATE PILAR DEL ROCÌO 0401321203 DIMB-AP-2018-0172
ANAGONO LÒPEZ CHRISTIAN GEOVANNY CEDF053313 DIMB-AP-2018-0135
PADILLA LARA BETTY NEANNE 1002026308 DIMB-AP-2018-0119
VELASQUEZ RAMIREZ OSCAR HENRY 1085940899 0411-2016
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
$1,125.00 (Mil ciento veinte y cinco dòlares americanos)
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
70 COIP
Art. 70 COIP
Art. 70 COIP
Art. 130 COFJ
Art. 70 COIP
Art. 70 COIP
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos) Art. 70 COIP
$375,00 (Trescientos setenta y cinco dòlares americanos) Art. 70 COIP
$4392,00 (Cuatro mil tescientos noventa y dos dòlares americanos) Art. 70 COIP
CALDERON GORDON ANDRES SEBASTIAN 1717678500 DIMB-AP-2017-0393 $91,50 (noventa y un dòlares americanos con cincuenta centavos)
BOHORQUEZ ANDRADE EDWIN FABRICIO 1004480008 0312-2016
OCORO MULATO OMAR FERNANDO 27651590 422-2016
ARMAS FERNANDO SEGUNDO
DIMB-AP-2017-0052
$1.098 ( Mil noventa y ocho dòlares americanos)
$91,50 (noventa y un dòlares americanos con cincuenta centavos)
(ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
RODRIGUEZ JOSE GABRIEL 0803336536 DIMB-AP-2017-0017 $88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
QUEMAG JOSE AGUSTIN 1003264122 DIMB-AP-2017-0011
(ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
POZO DIEGO ARMANDO 1003487012 DIMB-AP-2017-0051 $88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
70 COIP
BENALCAZAR PROAÑO JOSE RODRIGO 1725013609 DIMB-AP-2017-0021
MENESES GALINDO MILTON RAMIRO
1002034575 DIMB-AP-2017-0064
CHALA ARAUJO CARLOS ALFREDO 1004002976 DIMB-AP-2017-0095
VIVAS PUNINA RICHARD HERNAN 1050252186 DIMB-AP-2017-0005
HERNANDEZ VACA JOSE LUIS
MOSQUERA CAICEDO GALO PATRICIO
FANTE RUIZ EDUARDO DANIEL
CASTAÑEDA MALES DIANA
CORDOVA PANAMA CARLOS FERNANDO
LOPEZ FARINANGO MARIO ROBERTO
TAYA QUILUMBA LUIS ALFONSO
1003481007 DIMB-AP-2017-0053
1002569935 DIMB-AP-2017-0033
1003952601 DIMB-AP-2017-0022
1003456520 DIMB-AP-2017-0054
1002815973 DIMB-AP-2017-0015
1003447932
1002997300
MORENO VINUEZA JORGE ELVIS 1004166052
CASTRO PASQUEL MARCO TULIO
DIMB-AP-2017-0049
DIMB-AP-2017-0027
DIMB-AP-2017-0067
ENRIQUEZ FLORES JUAN FRANCISCO 1004436059 DIMB-AP-2017-0056
GUAMAN MULLO LUIS MARCELO
QUIÑONEZ
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$680.00 (seiscientos ochenta dolares americanos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$680.00 (seiscientos ochenta dolares americanos)
$680.00 (seiscientos ochenta dolares americanos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$3.540 (tres mil quinientos cuarenta dolares americanos)
DIMB-AP-2017-0075 $1,062.00 (Mil sesenta y dos dòlares americanos)
DIMB-AP-2017-0087 $88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
DIMB-AP-2017-0042 $1.062 (mil sesenta y dos dólares americanos)
VIERA CHUNCHIR BRYAN RICARDO 1004174510 DIMB-AP-2017-0066 $88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
BENAVIDES LARA JONATHAN PATRICIO
DIMB-AP-2017-0088 $1,062.00 (Mil sesenta y dos dòlares americanos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
209 COIP
396 COIP
130 COFJ
209 COIP
130 COFJ
70 COIP
PIANCHICHE AÑAPA MARTIN MARIN 0801234303 2015-348
MENESES GALINDO MILTON RAMIRO 1002034575 DIMB-AP-2017-0116
GARCIA CEDEÑO GUSTAVO PATRICIO
GUERRERO ROSALES JENIFFER PAOLA
1306648021 DIMB-AP-2017-0346
0503819666
DIMB-AP-2017-0112
NARVAEZ IMBAQUINGO CRISTIAN GEOVANNY 1004142053 DIMB-AP-2017-0108
PILLAJO TUQUERREZ JOSE FELICIANO 1003421813
ROMERO MARTINEZ ANGEL OLIVER 1001960150
DIMB-AP-2017-0102
DIMB-AP-2017-0101
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$354,00 (trescientos cincuenta y cuatro dòlares de los Estados Unidos de America)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$1.416 (mil cuatrocientos diez y seis dólares americanos)
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
CRIOLLO ESCUNTAR FABIO PATRICIO 0402110829 DIMB-AP-2017-0100 $88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
RAMIREZ MORETA JOSE GERARDO 1004576276 DIMB-AP-2017-0099 $88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
PARRA ORTIZ MILTON WASHINGTON 0401309125
$708.00 (setecientos ocho dólares americanos)
(setecientos ocho dólares americanos)
GOMEZ FUERES LUIS ALBERTO 1716000995 DIMB-AP-2017-0431 $708.00 (setecientos ocho dólares americanos)
SIMBAÑA SALAS MAURICIO VLADIMIR 1001559010 DIMB-AP-2017-0347 $88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
394 COIP
70 COIP
393 COIP
131 COFJ
394 COIP
159 COIP
70 COIP
394 COIP
CARTAGENA BEDOYA LUIS XAVIER
PONCE VINUEZA JORGE ENRIQUE
PUNINA QUINGAGUANO LISANDRO DAVID
PINTO MINA WILSON ORLANDO
CAICEDO PEREZ CARLOS CESAR
MANTUANO CACHIGUANGO VICTOR ALFONSO
SUAREZ ESPINOSA MILTON RUBEN
GALARZA CIFUENTES VINICIO ISRAEL
LARA CAICEDO BYRON JAVIER
1002415493 DIMB-AP-2017-0420
1001447661 DIMB-AP-2017-0145
0952621084 DIMB-AP-2017-0144
1002932414 DIMB-AP-2017-0142
0802427096 DIMB-AP-2017-0141
1003569611 DIMB-AP-2017-0424
1002474250 DIMB-AP-2017-0470
1002985974 DIMB-AP-2017-0464
1003655287 DIMB-AP-2017-0462
CARRERA ROSERO DARWIN RAUL 1002711610 0159-2016
DOMINGUEZ MUENALA WILSON GEOVANNY
MONTALVO RIVADENEIRA CHRISTIAN ALEJANDRO
1004117147 DIMB-AP-2017-0147
CHEZA ORTIZ EDISON GEOVANY 1003851357 DIMB-AP-2017-0469
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos) Art. 394 COIP
$88.50 (ochenta y ocho dólares americanos con cincuenta centavos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
70 COIP
70 COIP
$708.00 (setecientos ocho dólares americanos) Art. 70 COIP
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos) Art. 70 COIP
$708.00 (setecientos ocho dólares americanos) Art. 130 COFJ
$70,00 (Setenta dòlares americanos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
389 COIP
394 COIP
70 COIP
130 COFJ
70 COIP
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos) Art. 70 COIP
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos) Art. 70 COIP
CONDOR TENELANDA EDWIN PATRICIO 1726005604 DIMB-AP-2017-0360 $91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
394 COIP DE LA CRUZ CHICAIZA EDISON MAURICIO 1003034558 DIMB-AP-2017-0473 $70,00 (Setenta dòlares americanos)
QUILUMBA RUEDA MARCO ANTONIO 1003596796 DIMB-AP-2017-0155
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
394 COIP
DIAZ RUIZ LUIS ALFREDO 1003476072 DIMB-AP-2017-0582 $732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos) Art. 70 COIP
MAALES BURGA ANDREA 1002311205 DIMB-AP-2017-0457
QUINTEROS VERNAZA JUAN CARLOS 0919548024 DIMB-AP-2017-0447
GRUEZO ESPINOZA JULIO CESAR 0802149518 DIMB-AP-2017-0353
BOLAÑOS CARRILLO ISAURO ALBERTO 171407587 DIMB-AP-2017-0386
PILLAJO TUQUERREZ JOSE FELICIANO 1003421813 DIMB-AP-2017-0583
LEYTON MONTENEGRO JEYSON FABIAN CEDF026231 DIMB-AP-2017-0441
CHAMORRO JESUS ARMANDO
FIERRO AZA HERCTOR FABIAN
TAMAYO PAREDES IVAN JOSUE
LOOR PALMA VICTOR JAVIER
1082747563 DIMB-AP-2017-0166
1003972062
1004476923
1310832777
DIMB-AP-2017-0306
DIMB-AP-2017-0305
DIMB-AP-2017-0375
CALDERON SUAREZ CARLOS ANDRES 1003172440 DIMB-AP-2017-0299
TUTILLO LUIS PATRICIO 1708534308 DIMB-AP-2017-0387
MUÑOZ COCHAGO LUIS ALBERTO 1705975207 DIMB-AP-2017-0274
CENTENO CHANDI JESUS ILARIO 1003050653 DIMB-AP-2017-0255
CHIRAN QUILISMAL LUIS GILBERTO 1714414511 DIMB-AP-2017-0385
TORRES LOYO PABLO ANDRES 1004650360 DIMB-AP-2017-0219
AUQUI SIMALUISA JENIFFER DANIELA 1724633258 0373-2016
POLO ESPINOZA SEGUNDO ADALBERTO 1002538872 363-2016
ERAZO PROAÑO JOSE EDUARDO CEDF025041 DIMB-AP-2017-0569
LOPEZ OCAMPO ALBA JANET CEDF062612 DIMB-AP-2017-0570
LOPEZ VALENCIA JOSE ANTONIO 0930873807 DIMB-AP-2017-0578
$732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos)
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
70 COIP
70 COIP
$732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos) Art. 130 COFJ
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos) Art. 70 COIP
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
70 COIP
$1464,00 (mil cuatrocientos sesenta y cuatro dòlares americanos) Art. 70 COIP
$1.098 ( Mil noventa y ocho dòlares americanos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$30,50 (treinta dòlares americanos con cincuenta centavos)
$366.00 (trescientos sesenta y seis dólares americanos)
$1464,00 (mil cuatrocientos sesenta y cuatro dòlares americanos)
$30,50 (treinta dòlares americanos con cincuenta centavos)
Art. 70 COIP
Art. 70 COIP
Art. 394 COIP
Art. 70 COIP
Art. 45 COIP
Art. 131 COFJ
Art. 70 COIP
Art. 45 COIP
$732.00 (setecientos treinta y dos dólares americanos) Art. 70 COIP
$1.098 ( Mil noventa y ocho dòlares americanos) Art. 70 COIP
$2.999 (dos mil novecientos noventa y nueve dolares americanos)
70 COIP
$366.00 (trescientos sesenta y seis dólares americanos) Art. 70 COIP
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
70 COIP
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos) Art. 70 COIP
$30,50 (treinta dòlares americanos con cincuenta centavos) Art. 45 COIP
ROSERO YANDÙN ERIKA VANESSA 10042295059 DIMB-AP-2017-0493
NARVAEZ LARA LUIS ALBERTO
DIMB-AP-2017-0497
CASTILLO FRANCO MAURICIO JORGE 1719487959 DIMB-AP-2017-0514
CABEZAS BREYCH HERMAN ENRIQUE
NUÑEZ LEON DIEGO JAVIER 1002979456
TACURI POZO MARCO PATRICIO 1715440564
DIMB-AP-2017-0509
DIMB-AP-2017-0520
$91,50 (noventa y un dòlares americanos con cincuenta centavos)
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$4.500 (cuatro mil quinientos dòlares americanos)
$3.750 (tres mil setecientos cincuenta dolares americanos)
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
$183,00 (ciento ochenta y tres dolares amedicanos)
70 COIP
209 COIP MORALES VELASTEGUI PAUL JHONATAN 1714630546
GALLEGOS ALVAREZ JEFFERSON
ROMERO ASCUNTAR RUBEN DARIO
CASTILLO BURBANO HUGO FERNANDO
RUEDA ORTIZ JAIRO ROLANDO
VINICIO
BASTIDAS DAVID RENE
DIMB-AP-2017-0515
DIMB-AP-2017-0531
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
$3.750 (tres mil setecientos cincuenta dolares americanos)
$62,50 (sesenta y dos dolares americanos con cincuenta centavos)
$30,50 (treinta dòlares americanos con cincuenta centavos)
$1.500 (mil quinientos dòlares americanos)
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
(tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
(mil quinientos dòlares americanos)
(mil quinientos dòlares americanos)
ACOSTA OJEDA LIGIA ELENA 1719701904 DIMB-AP-2017-0556 $1.125 (mil ciento veinticinco dolares americanos)
MUEPAS WILFRIDO ARMANDO
394 COIP
(mil quinientos dòlares americanos)
COIP PALMA PAVON LUIS EDISON
DIMB-AP-2017-0555
(mil quinientos dòlares americanos)
HUERA CASTILLO LUIS OCTAVIANO 0401101407 DIMB-AP-2017-0559 $1.500 (mil quinientos dòlares americanos)
CASTRO JONATHAN CEDF072877 DIMB-AP-2017-0633 $750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
BORJA PACHECO JESSICA DEL ROCIO 0921636262 DIMB-AP-2017-0657
BENAVIDES IPIALES SEGUNDO FABIAN 1707438774 DIMB-AP-2017-0620
ORTEGA GAVILANEZ MIGUEL ANGEL 1004587554 DIMB-AP-2017-0685
ALVAREZ LOMAS ANDRES ALCIBAR 0401061890
DIMB-AP-2017-0598
GUBIO ANRANGO ORLANDO BAYARDO 1002534335 DIMB-AP-2017-0601
DOMINGUEZ MUENALA WILSON GEOVANNY 1004117147 2017-171
PAZMIÑO GUAMAN MARITZA ALEJANDRA
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
70 COIP
COIP
70 COIP
$70,00 (Setenta dòlares americanos) Art. 390 COIP
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
Art. 70 COIP
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos) Art. 70 COIP
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos) Art. 130 COFJ
$93,50 (Noventa y tres dòlares americanos con cincuenta centavos) Art. 70 COIP
(mil dòlares americanos)
COIP ROSERO ERAZO ALEXANDRA MARIBEL
$91.50 (noventa y un dólares con cincuenta centavos)
CHUQUIN MALDONADO JOSE RODRIGO 1005353014 DIMB-AP-2017-0605 $1.500 (mil quinientos dòlares americanos)
(noventa y un dólares con cincuenta
CAMACHO LOYOLA KARLA ALEXANDRA 1723917090 DIMB-AP-2017-0630
ATIS CHAPILUIS FERNANDO
1002906145 DIMB-AP-2017-0638
ZURITA SERRANO LEONARDO DAVID 1719212142 DIMB-AP-2017-0628
SALAZAR VELASCO KLEVER MIGUEL 0201280880 DIMB-AP-2017-0627
FLORES ANDRANGO WALTER RENAN
PADILLA LARA BETTY NEANNE
1005426968 DIMB-AP-2017-0637
1002026308 DIMB-AP-2017-0624
VELASCO JARRIN ERIK SANTIAGO 1002855060 DIMB-AP-2017-0626
DAVILA YEPEZ DARWIN JOEL 1714235601 DIMB-AP-2017-0597
ESTEVEZ AMAYA GUISELO PAUL
GUACAS SERRANO KARLA VANESA
1003886411 DIMB-AP-2017-0024
0450236971 DIMB-AP-2018-0186
YAGUAPAZ RODRIGUEZ STEVEN RAMIRO 0401998281 DIMB-AP-2018-0137
PROAÑO FELIX ERWIN ALEX 1001414471 DIMB-AP-2018-0117
BENALCAZA FRANCO CARLOS ENRIQUE 1002310231 DIMB-AP-2018-0116
FUERTES PAGUAY JOHNNY SANTIAGO 1003891916 DIMB-AP-2018-0115
ALCIVAR ZAMBRANO VALENTIN ALEXANDER 1314784925 DIMB-AP-2018-0108
$1.500 (mil quinientos dòlares americanos) Art. 70 COIP
$1.248 (mil doscientos cuarenta y ocho dòlares americanos) Art. 70 COIP
$70,00 (Setenta dòlares americanos) Art. 131 COFJ
$3.540 (tres mil quinientos cuarenta dolares americanos) Art. 131 COFJ
$1.125 (mil ciento veinticinco dolares americanos) Art. 189.2 COIP
$1.500 (mil quinientos dòlares americanos) Art. 220 COIP
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$70,00 (Setenta dòlares americanos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
70 COIP
131 COFJ
159 COIP
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos) Art. 70 COIP
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$1464,00 (mil cuatrocientos sesenta y cuatro dòlares americanos)
$1.416 (mil cuatrocientos diez y seis dólares americanos)
$1.125 (mil ciento veinticinco dolares americanos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
CRUZ PAVAS JAIME ANDRES 10298854 (colombiano) DIMB-AP-2018-0125 $1.500 (mil quinientos dòlares americanos)
70 COIP
COIP
70 COIP
COIP GOMEZ PARRALES CARLOS DANIEL 1728688548 DIMB-AP-2018-0122
ANDRADE LOOR JOSE EMILIANO 1310961352 DIMB-AP-2018-0136
POMASQUI ALVAREZ VICTOR HUGO 1003157714 DIMB-AP-2018-0150
$750,00 (Setecientos cincuenta dòlares americanos)
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos)
130 COFJ
70 COIP
70 COIP POMASQUI ALVAREZ XAVIER ALEJANDRO 1002862074 DIMB-AP-2018-0151
BURBANO BENAVIDES LUIS DARIO
CUPUERAN PINEDA DIEGO JOSE
1001949450 DIMB-AP-2018-0153
1003595103 DIMB-AP-2018-0158
PAMBAQUISHPE SALAZAR LUIS MIGUEL 1003682331 DIMB-AP-2018-0094
AVILA PANTOJA MARCO VINICIO
CORDOVA ORTEGA JEFFERSON ROBERTO
GUEVARA FLORES JOSE ABEL
ULCUANGO CHIZA LUIS ALBERTO
1003226055 DIMB-AP-2018-0067
1004613145 DIMB-AP-2018-0061
1002196630 DIMB-AP-2018-0072
1003202908 DIMB-AP-2018-0016
JARAMILLO MEJIA DAMARIS 1088320342 DIMB-AP-2017-0660
TIERRA SALAS PRICILA NATALI 1003280615 DIMB-AP-2017-0661
PERUGACHI GUALACATA MARIA MANUELA 1003254925 DIMB-AP-2017-0662
DIAZ GARCÍA JONATHAN ALEJANDRO 929855120 2020-0018
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos) Art. 70 COIP
$3.660 (tres mil seiscientos sesenta dólares americanos) Art. 70 COIP
$2.250 (dos mil doscientos cincuenta dólares americanos) Art. 220 COIP
$1.500 (mil quinientos dòlares americanos) Art. 70 COIP
$4.392,00 (cuatro mil trescientos noventa y dos dólares americanos) Art. 70 COIP
$1.500 (mil quinientos dòlares americanos) Art. 70 COIP
$93,75 (Noventa y tres dòlares americanos con setenta y cinco centavos)
$4.500 (cuatro mil quinientos dòlares americanos)
COIP
$4.500 (cuatro mil quinientos dòlares americanos) Art. 70 COIP
$1.500 (mil quinientos dòlares americanos) Art.
$1.500 (mil quinientos dòlares americanos)
$1,576.00 (mil quinientos setenta y seis dolares americanos)
LUGO RIVERA NERWIS JOSUE 30027374 2020-0013 $1,576.00 (mil quinientos setenta y seis dolares americanos)
HUATATOCA ANDI ROMEL JOSE 2100832951 2020-0019
BERMUDEZ SANCHEZ JOSE LUIS 1310482797 2020-0021
SEGURA CAICEDO ANDRES IVAN 87943163 2020-0022
RAMIREZ PIEDRAHITA EINER JULIAN 1094958318 2020-0023
RONAL RAFAEL PARRA 19795172 2020-0024
RUIZ TOBAR ALEJANDRO DAVID 1004198972 2020-0014
COIP
70 COIP
COIP
(quinientos veinte y cinco dolares americanos con treinta y tres centavos) Art. 70 COIP
$1,576.00 (mil quinientos setenta y seis dolares americanos) Art. 70 COIP
$525.33 (quinientos veinte y cinco dolares americanos con treinta y tres centavos) Art. 70 COIP
$2,035.00 (dos mil treinta dólares americanos) Art. 70 COIP
$2,035.00 (dos mil treinta dólares americanos) Art. 70 COIP
$591.00 (quinientos noventa y un dolares americanos) Art. 70 COIP
MENDEZ VALENCIA JOHN ANTHONY 1724816937 2020-0012
$525.00 (quinientos veinte y cinco dolares americanos)
COIP TERRANOVA RODRIGUEZ NELSON JESUS 919000174
ARMAS PARRA ELVIS MAURICIO
ROMO BRAVO DIEGO ARMANDO 401586680
ANGULO MINA SEGUNDO EVARISTO
CRUZ CHASI MARCELO JAVIER
CABASCANGO DE LA CRUZ CRISTIAN GEOVANNY
MEJIA FIGUEROA OBETH ALETZIS 1065238784 2020-0033
GÓMEZ TORRES JAIME ANDRES 1350924906
RODAS GALVIS LUISA DANIELA
GACAMENE CASTIBLANCO ANA MARIBEL 53129830
SANTACRUZ CRIOLLO RICARDO ALEXANDER
HERNANDEZ PEREZ LUIS ENRIQUE
CADENA PLAZAS JOSE
$788.00 (setecientos ochenta y ocho dólares americanos)
$1,576.00 (mil quinientos setenta y seis dolares americanos)
$1,576.00 (mil quinientos setenta y seis dolares americanos)
$788.00 (setecientos ochenta y ocho dólares americanos)
$788.00 (setecientos ochenta y ocho dólares americanos)
$788.00 (setecientos ochenta y ocho dólares americanos)
$98.5 (noventa y ocho dolares americanos con cincuenta centavos)
$98.5 (noventa y ocho dolares americanos con cincuenta centavos)
$3860 (tres mil ochocientos sesenta dolares americanos)
$1,576.00 (mil quinientos setenta y seis dolares americanos)
$1,576.00 (mil quinientos setenta y seis dolares americanos)
$1,576.00 (mil quinientos setenta y seis dolares americanos)
(mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
(mil quinientos dolares americanos)
AYALA ERZO LUIS ERNESTO 0401009220 DIMB-AP-2020-004 $1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
TUPE IPIAL ALVARO FERNANDO 0401008065 DIMB-AP-2020-003
(mil quinientos dolares americanos)
TORRES PATIÑO JUAN CARLOS 1002181749 DIMB-AP-2020-008 $4500.00 (cuatro mil quinientos dolares americanos)
FERNANDEZ FERNANDEZ LUIS ENRIQUE 1001227600 DIMB-AP-2019-014 $750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
VELA CHAMORRO ANDRES FELIPE 0503086233 DIMB-AP-2020-002 $1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
SEGUNDO SERGIO PRADO RUANO CEDF83090 DIMB-AP-2020-007
NAVARRETE GUERRA JAIME RENE 1004334536 DIMB-AP-2020-006
CASTRO PASQUEL MARCO TULIO 1002572541 047-2018
$1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos) Art. 394 COIP
$750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
CAICEDO NAZARENO ERMEL LEANDRO 1003203898 DIMB-AP-2020-0014 $750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
ROMERO GARCIA LUIS FERNANDO 1149171642 DIMB-AP-2019-021
RAMKIREZ PULIDO CARLOS RAFAEL 18.965.140 2018-043
MECIAS GRANIZO SHERSON MARCIAL 1003306295 2018-042
BORJA ANANGONO LUIS OCTAVIO 1003201801 DIMB-AP-2019-016
PINTO MINA WILSON ORLANDO 1002932414 DIMB-AP-2019-020
COFJ
Art.130 COFJ
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos) Art. 393 COIP
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
$750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
$1125.00 (mil cientoveinte y cinco dolares americanos)
$750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
VASQUEZ SANCHEZ DENNIS JEFFERSON 1004623557 DIMB-AP-2020-0010 $93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
(noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
70 COIP
COFJ
70 COIP
COIP
QUISTANCHALA JACOME EDWIN PATRICIO 1001980760 054-2018
SANTACRUZ GONZALON FRANCISCO FERNANDO 1002183653 DIMB-AP-2019-023
ROSERO RIOS OSWALDO GERMANICO 1001916632 DIMB-AP-2019-026
CAICEDO ALBUJA LUIS FERNANDO 1711897106 DIMB-AP-2019-017
PUPIALES ALFEREZ GREGORIO 1002544441 DIMB-AP-2019-022
MEDINA FARINANGO NELSON FERNANDO 1002724217 DIMB-AP-2019-025
PUPIALES IPIALES JOSE IVAN 1003307897 DIMB-AP-2019-027
CHUGA REINA BLANCA CECILIA 0401211107 DIMB-AP-2019-024
QUINTAS CARANQUI JUAN MARCELO 1720774015 DIMB-AP-2019-028
VIVAS PUNINA FRANKLIN BOLIVAR 0106646474 2018-078
NAVARRETE GUERRA CRISTIAN ISRAEL 1004334528 DIMB-AP-2019-030
DUQUE MORILLO ROMEL ALEJANDRO 1003201926 DIMB-AP-2019-043
BONILLA CAMUENDO SEGUNDO JOEL 1003174404 2018-090
ANDINO PASPUEL LUIS ORLANDO 1002010278 2018-095
PEÑA PILLAJO JOSE MANUEL 0604593103 2018-098
TERAN QUILCA ROSA ELVIRA 1003911037 2018-0100
HERRERIA ARMAS FERNANDO SEGUNDO 1001898921 2018-0104
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos) Art. 70 COIP
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
$375.00 (trescientos setenta y cinco dolares americanos) Art. 70 COIP
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos) Art. 70 COIP
$62.50 (sesenta y dos dolares americanos con cincuenta centavos)
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
COIP
COIP
Art.396 COIP
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos) Art. 70 COIP
$750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
Art. 130 COFJ
$750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos) Art.282 COIP
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
70 COIP
$70,00 (Setenta dòlares americanos) Res. 23-2015
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
GUEPUD ROSERO ROBINSON FERNANDO 1004526503 DIMB-AP-2020-027 $93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
MUGMAL ILES LUIS RODRIGO 1003860234 DIMB-AP-2020-032 $750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
GONZALES LUIS RODRIGO 1050450194 DIMB-AP-2020-043 $750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
ORELLANA HERNANDEZ LUIS DIEGO 25834998 2018-123 $1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
GOMEZ ECHEVERY RUSBEL ESTI AS961214 DIMB-AP-2020-0045 $1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
SANCHEZ ZAPATA DANIEL ALEJANDRO CEDF080436 2018-150 $1.800.00 (mil ochocientos dolares americanos)
RAMIREZ PULIDO CARLOS RAFAEL CEDF085813 2018-0149
MUÑOZ ORDOÑEZ ROSANA 4704ec2383 2018-0148
FARFAN FARFAN ALVARO ANDRES E8A0473BED 2018-0147
CARBONELL VILLARREAL MAURICIO ADOLFO 112966536 2018-146
MINDA LASTRA HENRY PATRICIO 1003964002 2018-0145
CALDERON ACOSTA SUSANA ESPERANZA 1712798121 DIMB-AP-2020-0041
RODRIGUEZ AGUDELO INES ALEXANDRA 1002186318 DIMB-AP-2020-0042
$1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
$3000.00 (tres mil dolares americanos)
$3000.00 (tres mil dolares americanos)
$750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
$1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
COIP
70 COIP
130 COFJ
70 COIP
70 COIP
$3750.00 (tres mil setecientos cincuenta dolares americanos) Art. 70 COIP
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos) Art. 70 COIP
VELEZ JIMENEZ SEBASTIAN 103732524 DIMB-AP-2020-0046 $1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
INSUASTI SANDOVAL DARIO GIOVANNY 1002559662 DIMB-AP-2020-034
70 COIP
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos) Art. 70 COIP
CONEJO CABASCANGO LENIN ANDRES 1003968326 DIMB-AP-2020-037 $93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
LEMA NICOLALDE OSCAR GABRIEL 1003790506 DIMB-AP-2020-0376
ESPINOZA PADILLA BYRON WILSON 1003201926 2018-135
CERON MARCO ANTONIO
DIMB-AP-2020-047
CATIBLANCO ANA MARIBEL 53129830 2018-133
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
(setecientos cincuenta dolares americanos)
(cuatro mil trescientos noventa y dos dolares americanos)
(mil quinientos dolares americanos)
VIVIANA JULIETH CEDF088582 DIMB-AP-2020-0049 $1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
SHERI ALBINO
DIMB-AP-2020-050
(mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
COIP
70 COIP
RAMIREZ PIEDRAHITA EIDER JULIAN CEDF088581 DIMB-AP-2020-048
URBANO YONATAN MAURICIO
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$1125.00 (mil cientoveinte y cinco dolares americanos)
ROJAS CUELLAR HERNANDO 1083875939 DIMB-AP-2020-0040 $9750.00 (nueve mil setecientos cincuenta dolares americanos)
CASTRO PUENTES SANTIAGO DAVID 0401933338
GODOY LOZA STALIN ADRIAN 1206554006
CHAVEZ BORJA EDUARDO LUIS
PUGACHI SHIGUANGO JIMMY GEOVANNY 1004524193 2018-0170
QUINTAS QUEMAG JOSE AGUSTIN 1003264122 2018-0169
ZAPATA ZAPATA ALEJANDRO DAVID 1003819909 2018-0166
CASTRO PUENTES DANIEL TITO 0401318738 2018-0165
$3750.00 (tres mil setecientos cincuenta dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$1125.00 (mil cientoveinte y cinco dolares americanos)
$1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
$1250.00 (mil doscientos cincuenta dolares americanos)
$750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
70 COIP
70 COIP
70 COIP
$3750.00 (tres mil setecientos cincuenta dolares americanos) Art. 70 COIP
SANTACRUZ RODRIGUEZ VERONICA ALEXANDRA 1723825764 DIMB-AP-2020-0051 $1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
TAMBACO VINUEZA EDGAR XAVIER 1005004252 163-2018
MARTINEZ ARBOLEDA LUIS ROBERTO 0940512866 2018-159
LANCHIMBA CABASCANGO LUIS NESTOR 1003898390 0156-2018
SANTACRUZ ESPONOZA JORDAN DAVID 1004517700 2018-0153
CONGO BURBANO MARIA DEL CARMEN 1002121109 2018-152
CHAQUINGA GARCIA BYRON GERARDO 1750320440 2018-0176
MORALES MORALES WILSON BOLIVAR 1002741575
VACA CRUZ LUIS MIGUEL
OTAVALO EDWIN JAVIER 1003735105
PASPUEL DIEGO JAVIER 1003569355 2018-186
GONGORA BETANCOURT JULIO ERNESTO 1085262660 2018-189
QUINCHIGUANGO QUELAL LENIN RAFAEL 1720819240 2018-190
ORTIZ ESPINOSA BENY JOSE 402-22045961
VALDEZ MORILLO MAURO JACINTO 1004454813
QUIÑONEZ BONE ALFREDO PABLO 0959965203
$750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
$4500.00 (cuatro mil quinientos dolares americanos)
$1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$500,00 (quinientos dolares americanos )
$375.00 (trescientos setenta y cinco dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$2250.00 (dos mil doscientos cincuenta dolares americanos)
$1125.00 (mil cientoveinte y cinco dolares americanos)
(dos mil cuatrocientos noventa y siete dolares americanos)
$1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
$1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
$7.080.00 (siete mil ochenta dolares americanos)
$1.930.00 (mil novecientos treinta dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
ESPINOZA GUDIÑO WILO JOSE 1002061891 2018-196 $1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
LONDOÑO MARIN JOSE FERNANDO
MEJIA FRANCISCO REYNALDO 080119860422 4
VASQUEZ AGUIRRE HUGO ALEXANDER 1003649793
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
(cuatro mil quinientos dolares americanos)
Art.3 Resolucion 23-2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura.
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
SUAREZ SUAREZ DAVID ANDRES 1002932877 2018-210
DELGADO MALDONADO EDISON ROMAN 1001516598 2018-209
PAZ CORTEZ CRISTIAN ANDRES 0401811708 2018-204
ESPINOZA PATIÑO DARIO XAVIER 1002387445 2018-203
BURBANO HUERTOS EDISON HUGO 1004578314 2018-202
ACOSTA HIDALGO VICTOR PATRICIO 1000872596 2018-250
LEMA SIMALUISA RICARDO DAVID 1751455336 2018-239
CAICEDO NAZARENO JOSE ROLDAN 1721519518
GALARZA PUETATE JONATHAN ALFREDO 0401626585 2018-233
ARCOS CAHUASQUI HENRY MANUEL 1003430905 2018-232
VILLOTA SANCHEZ CESAR ESTEBAN 8421780432
QUELAL VASQUEZ EDGAR PATRICIO 1003269154
ACERO ACERO WILFRIDO RAMIRO 0401800016
CARANQUI IBADANGO GERMAN VINICIO 1002958906 2018-271
BECERRA JARAMILLO DOMINGO ALFREDO 0924852890 2018-268
VILLALVA CAMUENDO ROBERTO ARMANDO 1002322269
GOMEZ OÑATE WILSON JAVIER 1004001952
DELGADO
RODRIGUEZ NAAR CRISTIAN JOSE 1045759317
NAVARRO GARZON RICHARD JAVIER 94448173
ROMERO IBARRA ANDRES CAMILO
SANDOVAL CAICEDO JUAN CARLOS
CARLOSAMA RICHARD ALEJANDRO 1004117378
MINA PALACIOS MICHAEL JORDAN
ACOSTA GARZON VICTOR HUGO
ESPINOSA SALAS WASHINGTON DANIEL 1004607782 2018-286
CARRILLO LOMAS JONATHAN FRANCISCO 1003464870 2018-289
MENDEZ LANDAZURI JIMMY DANIEL 1003228440 2018-291
MERA BAEZ HENRY PATRICIO 1004756787 2018-292
REREA CEVALLOS JULIO CESAR 1717475170 2018-293
ROSERO NARVAEZ HECTOR GERMANICO 1002848826 2018-297
JACOME TORRES MARTHA ISABEL 1003107230 2018-298
$1250.00 (mil doscientos cincuenta dolares americanos)
$1250.00 (mil doscientos cincuenta dolares americanos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$2316.00 (dos mil trescientos diez y seis dolares americanos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
$1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
$30,50 (treinta dòlares americanos con cincuenta centavos)
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
$93,75 (noventa y tres dolares americanos con setenta y cinco centavos)
$7.080.00 (siete mil ochenta dolares americanos)
$1125.00 (mil cientoveinte y cinco dolares americanos)
$375.00 (trescientos setenta y cinco dolares americanos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$2081,25 ( dos mil ochenta y un dolares amerdicanos con veinticinco centavos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$750,00 (setecientos cincuenta dolares americanos)
ochocientos setenta y cinco dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
(mil quinientos dolares americanos)
$1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
$1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
$513,38 (quinientos trece dolares americanos con treinta y ocho centavos) Art. 70 COIP
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
$375.00 (trescientos setenta y cinco dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$1125.00 (mil cientoveinte y cinco dolares americanos)
MOLINA DIAFARA NEYVER 1114893877 2018-299 $1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
QUILUMBA ROSERO JAIRO ALEXANDER 1003586409
$1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
70 COIP
70 COIP
COIP
70 COIP
GUERRA ROSALES JENIFFER PAOLA 0503819666
RUIZ VALLEJO FAUSTO VLADIMIR 1003382163
ZURITA QUIMI LUIS FERNANDO 1002154332
FERNANDEZ ITAS CARLOS LUIS 1050085933
JAEN MEZA ANGEL SIMON 0803429067
RODRIGUEZ VALERIANO JOSE LUIS 1316646536
SANCHEZ SEGURA JOSE ELIAS 1309793055
VEGA ESPINOZA EDISON EFRAIN
JEAN MEZA PEDRO MANUEL 0941716862
SOLANILLA TANGUILA JOHAN ESTIVEN 1726205246
PADILLA LARA BETTY JEANNET
PINZON ANDRADE KEVIN ALEXANDER
MINA ESPINOSA JOSE HONORIO 1003956651
MORALES SALAS LUIS FERNANDO
LOYO PABLO ANDRES
GUDIÑO
RHEA JONATHAN
PADILLA DIAZ ROBERTO CARLOS
MEJIA ZULAY
CABEZAS BONE RAUL DANIEL
AVILES PILLACELA JHON
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$386,00 (trescientos ochenta y seis dolares americanos)
$7.500.00 (siete mil quinientos dolares americanos)
$7.500.00 (siete mil quinientos dolares americanos)
$7.500.00 (siete mil quinientos dolares americanos)
$3750.00 (tres mil setecientos cincuenta dolares americanos)
$7.500.00 (siete mil quinientos dolares americanos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$3088.00 (tres mil ochenta y ocho dolares americanos)
$3088.00 (tres mil ochenta y ocho dolares americanos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$386,00 (trescientos ochenta y seis dolares americanos)
( setecientos setenta y dos dolares americanos)
(
(noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
(noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
MOREIRA MOLINA JOSE LUIS 1310599400
PISCAN GALINDRES LUIS GERARDO 87714734
MENDEZ BORJA DAYRO RAMIRO
PISCAN GALINDRES LUIS GERARDO 87714734
MICHILENA ESCOBAR CARLOS FERNANDO
VALENZUELA YEPEZ KEVIN OLIVER 1050095734
PAEZ MINDA GALO RAUL 1720632999 2018-367
RENTEIRA SALAS JULIO CESAR 1192909632 2018-361
RUEDA ORTIZ JAIRO ROLANDO 1004360432 2018-359
CHUGA GUERRERO JHONATHAN JAVIER 0401924451
MARTINEZ ANGULO CARLOS ALBERTO 0804898963
NAVARRETE GUERRA CRISTIAN ISRAEL 1004334528 2018-354
CARLOSAMA BARAHONA FRANKLIN XAVIER 1721784120 2018-353
CASTRO PASQUEL MARCO TULIO 1002572541 2018-352
ARCE SANTACRUZ ANDERSON ALFREDO 1004515803 2018-251
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$37,50 (treinta y siete dolares americanos con cincuenta centvos)
$375.00 (trescientos setenta y cinco dolares americanos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$386,00 (trescientos ochenta y seis dolares americanos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$513,38 (quinientos trece dolares americanos con treinta y ocho centavos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$513,38 (quinientos trece dolares americanos con treinta y ocho centavos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$514,66 (quinientos catorce dolares americanos con sesenta y seis centavos)
$1286,66 (mil doscientos ochenta y seis dolares americanos con sesenta y seis centavos)
(dos mil setecientos dos dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
POZO ALMEIDA MILTON JAVIER 1003897756 2018-348 $772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
ACOSTO GARZON FABIAN ARTURO 1002939252
CHALAR GARCIA JORDAN ALDAIR
MURILLO CAGUA EDISON JOHNNY
OCORO MULATO JOSE ANGEL 11007101046
NEIVA JAMES 14476602
CORAL HERNANDEZ FREYDER JUNNIOR 94530144
QUINTERO VIELA JESBERT DANIEL 27340643 2018-337
OSPINA SALAZAR JULIETH VANESSA 1126456982 2018-336
RAMIREZ CORRALES JHON SEBASTIAN CEDF097785
TAMBA TORRES LUIS EDUARDO 1002062865
BARZOLA GUERRON JUAN JOSE 1003780804
CHUQUIN PURUNCAJA DIEGO WILINGTON 1003990262
MARTINEZ PINTA JHONY JAVIER 1003703285
$370,00 (trescientos setenta dolares americanos)
(trescientos ochenta y seis dolares americanos)
(trescientos ochenta y seis dolares americanos)
$1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
$7.500.00 (siete mil quinientos dolares americanos)
$386,00 (trescientos ochenta y seis dolares americanos)
70 COIP
70 COIP
70 COIP
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos) Art. 70 COIP
$386,00 (trescientos ochenta y seis dolares americanos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$386,00 (trescientos ochenta y seis dolares americanos)
(noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
70 COIP
COIP
LINCANGO TIPAN PABLO JAVIER 1004776579
JARAMILLO ROMERO JOSE CARLOS
MALDONADO VEGA FAUSTO RAUL
MINA MINDA JUAN CARLOS
COBACANGO CUASCOTA JOSE JUAN 1002527065
GEREZ OSCAR LUIS
RODRIGUEZ MARIN BRYAN STEEVEN
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$3860.00 (tres mil ochocientos sesenta dolares americanos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$70,00 (Setenta dòlares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
COIP MINDA MINA LETTY YOLANDA
PADILLA
CARDENAS JEFFERSON ANDRES
POTOSI DIAZ JOSE GONZALO 0401076856
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y
$4500.00 (cuatro mil quinientos dolares americanos)
(noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
(noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
MEJIA PANTOJA MARCO ANTONIO
VILLARRUEL BEDOYA JUAN DANIEL
OÑA BRUSIL BRYAN ESTEBAN
MUÑOZ MAILA AUGUSTO MANUEL 1715597496
CALDERON ACOSTA SUSANA ESPERANZA
GUALACATA NARVAEZ EDISON ANIBAL 1003556048
(noventa y
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$275,33 (doscientos setenta y cinco dolares americanos con treinta y tres centavos)
$1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
$3750.00 (tres mil setecientos cincuenta dolares americanos)
$3750.00
( setecientos setenta y dos dolares americanos)
( siete mil trescientos veinte dolares americanos)
(mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
GUAPACHO SANCHEZ CARLOS HOMERO 0401562731 2018-772
TAMBA CARLOSAMA RICHARD ALEJANDRO
1004117378 2018-678
ESPINOSA PINEDA BRYAN ALEXIS 1004595276 2018-682
PAMBAQUISHPE SALAZAR LUIS MIGUEL 1003682331 2018-684
GOMEZ ECHEVERRIA MICHAEL JAINOVER 1004509376 2018-689
LOPEZ SALAZAR ORLANDO REMIGIO 2100443080 2018-700
MORETA FLORES MARIA JANETH 1004809859 2018-597
VACA ESPINOZA JONATHAN ESTEBAN 1005054067 2018-585
MATANGO CHACHALO KEVIN RAUL 1004377469
CHAMBA JIMENEZ JESUS ALBERTO 1755004577 2018-583
MORENO PAZ DENIS GABRIEL 1003988084 2018-580
CHAMORRO QUIMBIA EDISON FERNANDO 1003899778 2018-579
PASCAL NASTACUAS ALVARO DARIO 0402028427
LANDAZURI CASTILLO ULDARICO ALFONSO 1002191821 2018-577
QUINTEROS MENDEZ JOSE ALEJANDRO 26558165 2018-650
BOHORQUEZ CARDONA ANDRES 79580157 2018-649
PARADAS BELEN LENNYS MILAY CEDF107285 2018-648
JARAMILLO JHON ALEXANDER 1144088068 2018-618
HENAO HURTADO CRISTIAN DAVID 1128394108 2018-616
$14.640.00 (catorce mil seiscientos cuarenta dolares americanos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$1285.00 (mil doscientos ochenta y cinco dolares americanos)
$1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
$1286,66 (mil doscientos ochenta y seis dolares americanos con sesenta y seis centavos)
$2316.00 (dos mil trescientos diez y seis dolares americanos)
$386,00 (trescientos ochenta y seis dolares americanos)
$3088.00 (tres mil ochenta y ocho dolares americanos)
$1544.00 (mil quinientos cuarenta y cuatro dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
$3088.00 (tres mil ochenta y ocho dolares americanos)
$3088.00 (tres mil ochenta y ocho dolares americanos)
$1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
$1158.00 (mil ciento cincuenta y ocho dolares americanos)
$96,50 (noventa y seis dolares americanos con cincuenta centavos)
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP
70 COIP MORALES DE LA TORRE ELVIS ATAHUALPA 1004872568 2018-606
$1125.00 (mil cientoveinte y cinco dolares americanos)
CUEVA LOYOLA JENNIFER JESSICA 1724812589 DIMB-AP-2017-0629 $1500.00 (mil quinientos dolares americanos)
YEPEZ TAMAYO PATRICIO ANDRES 1001660388 2021-489
YEPEZ TAMAYO PATRICIO ANDRES 1001660388 2019-788
YEPEZ TAMAYO PATRICIO ANDRES 1001660388 2019-880
YEPEZ TAMAYO PATRICIO ANDRES 1001660388 2018-499
$4632.00 (cuatro mil seiscientos treinta y dos dolares americanos)
70 COIP
70 COIP
Art. 70 COIP
$4632.0 (cuatro mil seiscientos treinta y dos dolares americanos) Art. 70 COIP
$4728.00 (cuatro mil setecientos veinte y ocho dolares americanos)
$772.00 ( setecientos setenta y dos dolares americanos)
Art. 70 COIP
Art. 70 COIP
A las personas antes indicadas se les comunica que tienen que acercarse a la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura, ubicada en la provincia de Imbabura, Ciudad de Ibarra, calles Aurelio Mosquera 2-111 y Luis Fernando Villamar, a cancelar las obligaciones pendientes, más los intereses y costas procesales que demande el juicio coactivo según la tasa máxima convencional vigente, que se calcularán a la fecha en que se verifique el pago de la multa, o dimita bienes equivalentes a la deuda con sus recargos, apercibiéndole que de no hacerlo, se le declarará en rebeldía y se procederá al embargo de bienes equivalente al monto adeudado, sin perjuicio de ejercer los apremios que faculta la Ley. Lo que NOTIFICO a Uds. Para los fines legales pertinentes.
JENNY VIVIANA FARINANGO SANDOVAL
Firmado digitalmente por JENNY VIVIANA FARINANGO SANDOVAL
Abg.
Jenny Viviana Farinango Sandoval Secretaría de Coactivas