Quito 21 de mayo de 2019

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Quito, Ecuador

MARTES 21 DE MAYO DE 2019

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CÁRCELES

MEDIDA. Se aplicaría por lo menos en los próximos siete meses.

Proponen Pico y Placa todo el día El alcalde Jorge Yunda ha propuesto extender la restricción de circulación vehicular conocida como Pico y Placa, que rige de lunes a viernes. La medida se aplicaría de manera temporal, durante unos siete meses, y serviría para enfrentar los problemas de movilidad mientras se ejecuta un ‘Plan de repavimentación en las principales vías del hipercentro’. “Desde ya le digo al pueblo quiteño que entre los seis y siete meses que durará este plan de repavimentación, posiblemente tengamos que pedirle a la ciudadanía que se sacrifique un poquito para mantener el Pico y Placa durante todo el día”, manifestó. Página A3

Siete factores agravan crisis Las mafias al interior de los presidios van en aumento y con ellas la violencia. Por lo menos siete causas inciden en la violencia dentro de las cárceles del país, según expertos en el tema. El analista en Seguridad, Ricardo Camacho, cuestiona la militarización e indica que la violencia es una realidad que está puertas adentro en los centros de rehabilitación. Desde su experticia en el sistema, él asegura que hay al menos siete factores que han agudizado la crisis. Esa no es solo su opinión, las alertas ya se habían emitido en repetidos informes del Mecanismo Nacional de Prevención de

Escasa explotación minera Página B4

REPORTE

Quito en madera Página A15

SITUACIÓN. Algunos expertos están en contra la militarización en las afueras de los centros. (Archivo)

la Tortura (MNPT), desde 2017. Gina Benavides, quien fue defensora del Pueblo encargada, afirma también que es urgente que se presenten soluciones técnicas e integrales que no pueden ser resueltas con coerción.

Causas

Problemas que deben resolverse

° Hacinamiento. estructural. ° Problema limitada. ° Infraestructura de los programas °deDeficiencia rehabilitación. sin seguimiento. ° Prelibertad de personal calificado. ° Falta Mala alimentación y servicios °deficientes.

Página B1

GLOBAL

Otro frente entre EE.UU. y China Página B6

PRIMERA SUERTE

40427

SEGUNDA SUERTE

TERCERA SUERTE

59072

89958

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Honores para despedir a Julio César Trujillo

La capilla ardiente en el Centro Cultural de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, en honor al doctor Juio César Trujillo, permanecerá abierta hasta poco antes del mediodía de hoy. En el mismo lugar, se otorgarán los Honores de Estado pertinentes y, posteriormente, se celebrará una misa fúnebre en su honor en el Templo de La Dolorosa en el Colegio San Gabriel, antes de que sus restos sean trasladados al camposanto Monteolivo.Página B2


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QUITO

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Ya son siete los trenes del Metro que han llegado a Quito Con los dos que ayer llegaron a las cocheras y talleres en Quitumbe ya son siete los trenes del Metro que hasta el momento han arribado a la ciudad. Todavía faltan 11 para completar las 18 las locomotoras que serán parte de la Línea Uno del Metro de Quito. La Empresa Pública Metropolitana del Metro informó que los trenes se someterán a un

MOVILIDAD. Dos trenes del Metro de Quito arribaron a la ciudad, todavía está pendiente la llegada de 11 más.

chequeo minucioso para verificar sus actuales condiciones. Se harán ajustes de todos los sistemas electromecánicos y electrónicos, como se hizo con el resto, antes de someterlos a la etapa de pruebas. (PSD)

Una casa abandonada es un lienzo para diseñadores y arquitectos 21 artistas le dieron una nueva aprender de decoración, sino imagen a una casa que estaba para sacarse fotos en los rincoabandonada en La Floresta nes temáticos. De hecho, quie(centro norte) cambió de ima- nes suban las mejores fotogragen gracias a la intervención fías en redes sociales podrán de 21 profesionales del diseño, ganar premios. “Este es el lugar más ‘instagrameable’ de la capidecoración y arquitectura. EL trabajo, que duró 40 tal”, indicó refiriéndose a la red días, se hizo como parte de un social Instagram. El lugar tiene un reto de arte y diseño en el que se puso a prueba la TOME NOTA área de 1000 metros y para la parte exterior creatividad de los expercontó con la participatos en el ramo. La casa, ubicada ción de 12 artistas urBárbara Espinoza, en la 12 de y Luis banos que recrearon el coordinadora digital del Octubre Cordero, estará proyecto, señaló que la te- abierta hasta el famoso barrio de Windde mayo de mática fue libre y que los 23 de 11:00 a 18:00. wood (EE.UU.) a través de murales. artistas tuvieron el apoyo “Quienes vienen se de varias marcas que les sirvieron como proveedoras. quedan bastante sorprendidos, Es así que la antigua estructura porque es un cambio que se es ahora un espacio moderno hizo con rapidez”, señala Espidestinado a los amantes del di- noza quien invita a estudiantes seño, la decoración y la arqui- de carreras afines a esta temática a recorrer el inmueble. tectura. “La gente que nos visita lo primero que ve es lo que está en El más ‘instagrameable’ Espinoza define la casa como tendencia en otras partes del el mejor espacio, no solo para mundo”, añade (AVV).

BELLEZA. El reto de remodelación convocó a expertos en diseño, la decoración y arquitectura.

ACTO. La ceremonia se llevó a cabo ayer en presencia de autoridades y representantes de diferentes sectores.

Ciudadanos hacen un pacto por un ‘Quito Libre de Basura’

Representantes intergeneracionales y de organizaciones sociales suscribieron el acuerdo ambiental.

La propuesta de mantener la Quito se recoge alrededor de ciudad limpia motivo a que va- 2.000 toneladas de basura diarios ciudadanos suscribieran rias. Es necesario iniciar un traun compromiso para lograr un bajo conjunto para manejar correctamente estos residuos”, dijo. ‘Quito sin basura’. La funcionaria aclaró que el El ‘youtuber’ KikeJav, firmó en representación de los jóve- manejo de la basura es un prones; Carmen Moreno, por las blema “social, cultural y de eduamas de casa; Yolanda Tituaña, cación, que afecta al ambiente”. Al acto asistieron de concejapor las ruralidades; Pablo Zamles, representantes de dibrano, por la Cámara de ferentes sectores sociales Industrias y Producción; y estudiantes de la unidad y Jorge Salinas, por los co- EL DATO educativa Humberto Mata merciantes del Mercado El metano que Martínez. Mayorista. emana el relleno Uno por uno, los repre- sanitario genera 5% de los sentantes de los ciudada- un Trabajo por el Ambiente gases de efecto nos se acercaron a un es- invernado que se Carmen Lozano, reprea la cenario para suscribir su liberan sentante de ‘Mujeres por atmósfera. rúbrica. Con ese acto se la soberanía alimentaria’ inició la gestión de la sede la Ecuarunari, salucretaria de Ambiente, Marianela dó la iniciativa. “Basta de conIrigoyen. taminación, no más plásticos, En la jornada se expusieron no más basura en las calles. No pancartas con la leyenda: ‘Quito queremos que haya más contaverde otra vez’. Irigoyen, en su minación al agua, queremos que intervención, destacó que esta exista nuestra ‘yaku mama’”, exfrase resume el trabajo que em- presó. “Cuál va a ser el aire que prenderá durante su gestión. van a respirar nuestros nietos. En el escenario también se Qué mundo les vamos a dejar. expusieron fotos de la basura Sin luz podemos vivir pero sin que se acumula alrededor de los agua no existimos”, manifestó. contenedores de la ciudad y la Ante esto, Irigoyen expresó que se traslada hasta el relleno que durante sus cien primeros sanitario. días de gestión se tratarán temas Irigoyen dijo que esa realidad urgentes como la calidad de aire es insostenible y llamó a los re- en Quito, la minería, la limpieza presentantes de diferentes secto- de quebradas, el manejos de resires sociales a unir fuerzas para duos. Sin dejar de lado el rescate cambiar dicha situación. del Ilaló y la implementación de “Se nos acaba el tiempo. En un sistema eficiente de licencias

Campaña ° Para cumplir con la primera fase del pacto la Secretaría del Ambien-

te puso en marcha una campaña educomunicacional por el manejo adecuado de residuos sólidos. Lucía Salazar, directora de políticas y planeamiento ambiental de la Secretaría, explicó que el objetivo es fomentar las buenas prácticas ambientales en los diferentes sectores de la sociedad. “Al momento llega al relleno sanitario residuos que podrían ser aprovechados por los recicladores de base y gestores ambientales. Esto es lo que queremos evitar con esta campaña, que irá de casa en casa, de escuela en escuela”, agregó. Juana Iza, representante de las mujeres recicladoras del Distrito, también se comprometió a trabajar más junto a la ciudadanía. “Las personas deben desechar la basura y entregar residuos reciclables a los recicladores de base que hay en toda la ciudad”, dijo al exhortar a las personas a realizar la separación al momento de desechar la basura y residuos. (ECV)

Somos personas que trabajamos por el ambiente, por la tierra, la ciudad. Queremos trabajar dignamente. Somos las manos que limpian el mundo”, puntualizó. JUANA IZA

REPRESENTANTE DE LAS MUJERES RECICLADORAS DEL DISTRITO.

ambientales, que se trabajará en conjunto con el Ministerio de Ambiente.


Así empieza la reorganización municipal

MEDIDA. Actualmente el Pico y Placa rige de lunes a viernes de 07:00 a 09:30 y de 16:00 a 19:30.

El Pico y Placa se extendería todo el día por obras viales

La medida tiene que ser aprobada por el Concejo Metropolitano y se aplicaría por al menos siete meses. Los conductores que exigen el arreglo de las calles tendrán que sacrificarse y dejar el vehículo estacionado todo un día a la semana. Esto, porque el alcalde Jorge Yunda ha propuesto extender la restricción de circulación vehícular conocida como Pico y Placa, que rige de lunes a viernes según el último dígito de una placa. La medida se aplicaría de manera temporal, durante unos siete meses, y serviría para enfrentar los problemas de movilidad mientras se ejecuta un ‘Plan de repavimentación en las principales vías del hipercentro’. “Desde ya le digo al pueblo quiteño que entre los seis y siete meses que durará este plan de repavimentación, posiblemente tengamos que pedirle a la ciudadanía que se sacrifique un poquito solo por ese tiempo en que se realiza esta obra, para mantener el Pico y Placa durante todo el día”, manifestó en una emisora radial. “Con esto se ayudará a la movilidad, pero creo que después de esta repavimentación total vamos a poder movernos de forma más eficiente en la ciudad”, agregó. Tras recordar que la medida de Pico y Placa se estableció mediante ordenanza y que debe reformarse de la misma manera, tal como lo ordena la legislación vigente, concejales de diferentes bancadas se mos-

traron dispuestos a viabilizar su aprobación. Reacciones en el Concejo

El concejal del movimiento SUMA, Mario Granda, sostuvo que se trata de una alternativa que “sin duda” debe ser analizada bajo dos condiciones: la primera que se presente una evaluación de la vigencia del Pico y Placa desde que la medida fue establecida en mayo de 2010 y la segunda, los justificativos técnicos para ampliarla en los próximos meses. La edil de Fuerza Compromiso Social, Mónica Sandoval manifestó que se trata de una medida adecuada en cuanto promueva la reducción del uso del transporte particular y promueva el transporte público. Por ahora, ella no utiliza el vehículo oficial asignado a su despacho como concejala y propone que el resto de concejales tampoco lo haga, para que sientan, “en carne propia”, los índices de calidad en la transportación pública y puedan plantear mejores alternativas de solución. Similar criterio emitió, Analía Ledesma (Izquierda Democrática), al señalar que por ahora se trata de una medida temporal, pero que es necesario que la sociedad quiteña discuta esta y otras alternativas para reducir los problemas de movilidad y exigir una mejora calidad del transporte público.

Mi opinión en 30 segundos

César Arias, Consultor internacional de movilidad

‘Medida no debería ser temporal’

de la restricción °PicoLayampliación Placa durante todo el día

no debería ser temporal dadas las condiciones de sobrecarga de un transporte particular que al mismo tiempo congestiona la movilidad y contamina la ciudad. Es hora de que se amplíe el Pico y Placa también a los taxistas. Si no se amplía la medida no será efectiva porque quedan en libertad de presionar por más cupos en una ciudad donde ellos son responsables del 40% de las congestiones”, manifestó.

En el debate

Hace pocos días Yunda también anunció que impulsará que se elimine o se exonere del Pico y Placa a los vehículos 100% eléctricos. La presidenta de la Asociación de Peatones de Quito, Karina Gallegos, manifestó que la exoneración del Pico y Placa a los vehículos eléctricos no tendría un mayor impacto porque son pocos e igual circulan en las mismas vías congestionadas”. La dirigente gremial también dijo que “el ‘hoy no circula’ no es una medida popular para el 30% que se traslada en su vehículo particular pero beneficia al70% que nos movilizamos de otro modo”. (JCER)

En su primera semana al frente de la Alcaldía Jorge Yunda empezó a definir estrategias para reorganizar el Municipio y sus 57 diferentes dependencias con una primera reunión de trabajo con el nuevo equipo de autoridades a cargo de secretarías, institutos, agencias e institutos municipales. El objetivo, según el Vicealcalde Santiago Guarderas, es “adecuar el aparato municipal con gente que no haya ingresado por política, sino con el número de empleados necesarios para atender las necesidades de los ciudadanos”. En los próximos días Yunda presentará el plan de manera oficial, anunció Guarderas, al anticipar que las líneas generales apuntan a la fusión de secretarías y a establecer un nuevo sistema de trabajo en las administraciones zonales. Pablo Dávalos, quien está al frente del Instituto de la Ciudad, anunció que esta entidad se fusionará con los institutos de Patrimonio y Metropolitano con el propósito de unificar la tarea de planificación de la ciudad. Anticipó, además, que se eliminarán las contrataciones de consultorías para que sean los propios técnicos y expertos municipales, quienes provean los estudios e informes técnicos que requiera la capital. Según los acuerdos alcanzados entre los cuatro bloques de CREO, ID, Concertación y Unión Ecuatoriana, la reorganización del Municipio también implica

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CAMBIO. El Instituto Metropolitano de Patrimonio se fusionaría con otras entidades del Cabildo.

debatir en el pleno del Concejo un nuevo modelo de gestión, la operación y tarifas del Metro y de buses y el estatuto autonómico de Quito. Informe técnico

Una consultoría independiente, contratada por la anterior administración, sugiere eliminar o reducir por fusión o absorción de 74 a 59 instituciones bajo administración directa y de 31 a 16 instituciones adscritas o dependientes. Las secretarías deberían reducirse de 13 a 9 y las direcciones metropolitanas de 49 a 28. En el caso de las direcciones se aconseja que se incrementen de 12 a 22. Esto, según el informe técnico de la firma Price Waterhouse Coopers, que incluye un “cronograma de implementación de 18 meses”. (JCER)

La austeridad del Municipio también llega al uso de celulares La austeridad anunciada por el alcalde Jorge Yunda apenas ingresó al Palacio Municipal el 14 de mayo empieza a tomar forma con una orden por escrito para retirar teléfonos celulares y vehículos asignados a funcionarios municipales. Se trata de la firma de la tercera resolución que emite desde que se hizo cargo de la administración municipal. El documento firmado el viernes por la tarde se empezó a notificar oficialmente desde ayer a todas las dependencias municipales. “Ningún servidor municipal tendrá asignado a su cargo un vehículo, incluyen los asesores de despacho del Alcalde”, señala en el documento en el que se incluye prohibición de contar con “servicio de telefonía celular contratado con cargo al presupuesto de la entidad”. En la misma resolución tam-

MOVILIDAD. El Alcalde y los altos funcionarios deben llegar por sus propios medios al Palacio Municipal.

bién se ordena a las secretarías de Coordinación Territorial y General a realizar convocatorias públicas para iniciar concursos de selección de los nuevos administradores o titulares de las 8 administraciones zonales y de la administración turística especial La Mariscal. “Los criteriors de selección se determinarán en el pliego de bases de la convocatoria y serán evaluados de manera técnica y transparente, considerándose, entre otros criterios, la trayectoria y méritos profesionales”, indica el documento. (JCER)


OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.

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En las grandes crisis, el corazón se rompe o se curte”. HONORÉ DE BALZAC NOVELISTA FRANCÉS (1799-1850)

El individuo RODRIGO no puede ser SANTILLÁN PERALBO reemplazado por otro en lo que Anticorrupción toca a resolver so- Es una lucha desigual entre mibre la propia vida y llones de honestos y muchos coque, gracias a la lentitud el propio destino”. rruptos de la justicia, malos fiscales y JOHN STUART MILL, ECONOMISTA INGLÉS (1806-1873) ECONOMISTA INGLÉS (1806-1873)

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CARTAS Murió en su ley

Estoy triste porque, a sus 88 años, Julio Cesar Trujillo tenía más fortaleza que uno de 40. Lo conocí allá por 1979 en las luchas por Roldós y Hurtado y siempre fue un buen ecuatoriano que, sin tacha, entre otras funciones fue escogido para liderar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social transitorio. Ese Consejo había sido objeto de muchas críticas por su comportamiento devoto a Rafael Correa, quien lo prostituyó inmisericordemente. Obedeciendo lo dispuesto por el pueblo en la Consulta Popular, Trujillo empezó a ‘barrer’ la suciedad correísta, hasta que el tiempo se le acabó y debió entregar el mandato a los Consejeros definitivos el 14 de mayo. No lo pudo hacer por ineficiencias inherentes al CNE solucionables en tres días. Fue suficiente para que exaltados correístas, heridos por la purga de Trujillo, alteren la tranquilidad ciudadana y pretendan agredirlo, como lo hace diariamente por redes sociales ese pelafustán fugitivo de la justicia, que desde Bélgica respira por la herida y aspergea diatribas contra el mundo. Su viejo organismo no resistió y murió peleando contra el deshonor e ignominia que imperó en la década podrida de Correa; es decir, Julio César Trujillo murió en su ley, como sueña sucumbir aquel escalador que no atisba otra cosa que otra montaña para ser conquistada. Paz en su tumba, hombre digno de la patria. Carlos Mosquera Benalcázar CC: 10240123

Julio César Trujillo

Por su trayectoria como profesional del Derecho y como educador de juventudes debe ser recordado y como la reserva ética y moral de principios republicanos del Ecuador. Luchó por extirpar el flagelo de la corrupción de la década correísta .Paz en su tumba. Manuel Posso Zumárraga drposso@yahoo.com DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.

‘EmErgEncias’ judicialEs

Siguen apareciendo las calculadas consecuencias de las “declaratorias de emergencia” correístas. Las consultorías para diseños, fiscalización y construcción de unidades judiciales entre 2011 y 2013, presentan irregularidades. Los casos más notorios son los complejos judiciales en Quito, el Complejo de Esmeraldas, la Unidad Judicial en El Ángel (Carchi), las de Manabí y la de Machala. Se constataron retrasos en el cierre de contratos y productos “incompletos y con inconsistencias”. La emergencia decretada por el expresidente Correa, según un informe de la Contraloría, no cumplió sus objetivos. Se determinó, por añadidura, que los directores generales, los administradores de contratos y otros funcionarios del Consejo de la Judicatura no tomaron acciones oportunas y aprobaron trabajos incompletos.

SALVATORE FOTI

Altos niveles de agresividad La muerte de Julio Cesar Trujillo evidenció el alto nivel de agresividad que se vive en el país. Ni a la muerte se le respeta en las redes sociales. Tuve el disgusto de leer ataques e injurias inauditas inclusive antes de su defunción. Mal gusto y a menudo verdaderas dosis de maldad que deben hacernos reflexionar, pues estamos sentados sobre una bomba de relojería que tarde o temprano va a explotar. Otro indicio de la violencia que vive el país es la agresión sufrida por Vinicio Alvarado, alto funcionario de Rafael Correa, quien fue golpeado e insultado

La sumatoria de los montos pagados por cada una de las consultorías contratadas de emergencia, escogidas sin concurso previo y mayormente “a dedo”, es una muestra del torpe manejo de los recursos del Estado, por decir lo menos. Fueron años en los que el Consejo tuvo al frente a un exsecretario privado de Correa y en los que se decidió “meterle mano a la justicia”. ¿En cuál de las costosas emergencias se alcanzaron los objetivos? El examen de la Contraloría sobre la actuación del Consejo de la Judicatura de entonces podría deparar nuevas “sorpresas”. Los complejos judiciales, cuya construcción también examina la Contraloría, están a la vista. Son inocultables, como inocultables son las motivaciones de aquellas bien tramadas “declaratorias de emergencia”.

públicamente. La prensa también ha tenido lo suyo, pues se han cerrado medios y castigados o demandados a otros que, supuestamente, atentaron contra la honra de una que otra institución pública. Hay niveles muy altos de testosterona, pero muy bajos en neuronas. A los periodistas ya se los tacha de correístas o anticorreístas. Parecería que nadie puede dejar de ser considerado “enemigo” político. No hay dialogo; hay intolerancia. No hay política pública, para el pueblo hay humo y circo. No hay objetividad, se van perdiendo irremediablemente los matices de izquierda y derecha. Todo y todos son o correístas o anticorreístas. ¡Qué barbaridad! A esto se ha reducido la vida política del país, que es absolutamente autorreferencial y cínica. Algunos han llegado a fomentar la agresividad. Saber que

empezaremos un nuevo ciclo, con nueva presidencia y nuevas comisiones en la Asamblea Nacional, deberían hacernos reflexionar sobre cuán frágil es la estabilidad política de la cual aparentemente gozamos. Hay que empezar a poner más atención a los verdaderos problemas de la población, que necesita trabajo y estabilidad económica. Se prefiere perseguir fines muy egoístas que, más temprano que tarde, podrían llevarnos a confrontaciones como las que se están dando en otros países. Seguir recurriendo a la justicia para que abra investigaciones a nuestro antojo, tampoco contribuye a la tranquilidad ciudadana y menos a instrumentalizar y capitalizar a las grandes figuras que hoy no nos acompañan. Se está inaugurando una espiral de violencia y caos, pero nadie parece darse cuenta. sfoti@usfq.edu.ec

peores jueces, gozan de bárbara impunidad. El pueblo se espanta al enterarse de tanto atraco a los fondos que le pertenecen, pero, desunido, calla en espera de que quizás, otros den la cara y luchen para rescatar la dignidad nacional, decoro, honradez y ética. Julio César Trujillo, político por vocación, incansable luchador, un referente para restituir la ética, ha caído víctima del odio de unos cuantos que lo habían agredido. Las organizaciones sociales y el Frente Unitario de Trabajadores -FUT- ante la inoperancia oficial de la lucha contra la corrupción, nominó a Julio César Trujillo, Isabel Robalino, María de Lourdes Arboleda, Byron Celi, Simón Espinosa, Germán Rodas, Ramiro Román, Juan Fernando Vega y Jorge Rodríguez para que integren la Comisión Nacional Anticorrupción que, de inmediato, designaron a Julio César Trujillo para que la presidiera. Sin recursos económicos, sin respaldo de la Fiscalía General o Consejo de la Judicatura, Corte de Justicia, decidieron enfrentar a los delincuentes de “cuello blanco” y presentaron denuncias de corrupción ante la Fiscalía. Los denunciados, siempre se declararon inocentes, o mejor aún, perseguidos políticos. Luchar contra la corrupción es una tarea ardua y sacrificada. Julio César Trujillo, a pesar de su avanzada edad no escatimó esfuerzo, ni tiempo, ni sacrificio para cumplir con su labor, lo mismo Isabel Robalino, Simón Espinoza y todos los integrantes de la CNA. Mujeres y hombres pulcros se han convertido en ejemplo de ética y dignidad. Con igual pasión y fecundo trabajo cumplió con honor la Presidencia del Cpccs-t y en esa tarea ha sido vejado por personas sin conciencia moral. rodsantillanp@gmail.com

Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 12529

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.


8.000 chicos aprendieron a usar el poder del diálogo Esto es parte de una campaña que promueve una cultura de paz dentro de los colegios. La campaña ‘Primero el diálogo’ llegó a seis colegios de la capital, con el objetivo de promover la resolución pacífica de conflictos y generar una cultura de paz entre los estudiantes. La estrategia, cuyo eje es mantener una acertada comunicación, es impulsada por la Subsecretaría de Educación del Distrito. Para esto se suscribió un convenio de cooperación con la fundación Fabián Ponce Ordóñez, la cual brinda asesoría y terapia sicológica a personas en estado de vulnerabilidad. EL DATO La campaña inició el 19 de marzo. El lanzamiento se realizó en el colegio Dillon.

Pilares

El programa se aplicó durante dos meses y concluyó la semana anterior. Durante la ceremonia de clausura, realizada en la unidad educativa Manuela Cañizares, los jóvenes de bachillerato expusieron los cuatro pilares del diálogo: No personalizar (enfrentar al conflicto, no a las personas), escuchar el doble de lo que se habla (primero comprender para ser comprendido). Preguntar el doble de lo que se afirma (la pregunta persuade más que las razones) y hablar de forma asertiva (expresar las necesidades y opiniones sin agredir al otro).

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AGENDA

TOME NOTA MÚSICA Para contactarse con la fundación Fabián Ponce Ordóñez puede comunicarse al 02 321 69 12 o escribir a fundacionfpo@ pbplaw.com

CORO A CONTRALUZ PRESENTA ‘REMINISCENCIAS’ Cuándo: hoy Hora: 20:00 Entrada: $10 Lugar: Casa de la Música (Nuño Valderrama y Mariana de Jesús)

MUESTRA

UN MUNDO SIN ADULTOS

Cuándo: hasta el 31 de mayo Hora: 19:30 Entrada: gratuito Lugar: Ocho y Medio (Valladolid y Vizcaya)

CLAUSURA. En el cierre de la estrategia ‘Primero el diálogo’ los jóvenes expusieron las técnicas que conocieron.

Lista

Colegios participantes Napoleón Dillon ° Luis Alfaro ° Eloy Pio Montufar ° Juan Marín ° Andrade Cañizares ° Manuela ° Juan Montalvo.

Mayté Amaguaña, de 16 años, indicó que el ambiente dentro de su aula mejoró desde que se puso en marcha esta estrategia. “Antes, cuando había un problema queríamos arreglarlo a gritos. Ahora sabemos que eso no soluciona nada”. La joven de 16 años dijo que aprender a dialogar le ayudó a mejorar la relación con sus compañeros, maestros e incluso en su hogar.

Mediación comunitaria ° La fundación Fabián Ponce Ordóñez lanzó la campaña ‘Primero el diálogo’ en 2015. Hasta el momento, ha trabajado con 46 colegios entregando herramientas de mediación y resolución de conflictos a más de 20.000 estudiantes. Esta organización sin fines de lucro brinda servicios de asesoría jurídica, mediación y más a grupos vulnerables o en situación de riesgo. El 79% de sus beneficiarios son mujeres y el 55% ha terminado únicamente la primaria o no tiene ningún tipo de instrucción.

Metas

“Estamos viviendo en una sociedad demasiado violenta, donde privilegiamos la fuerza para resolver los conflictos”, mencionó Roberth Puertas, gerente de la fundación Fabián Ponce Ordóñez, al señalar que con las charlas y activaciones se potencian las habilidades de la comunidad educativa para dialogar, lo que les ha permitido crear mecanismos pacíficos de

mediación. Luis Calle Gutiérrez, subsecretario de Educación, comentó que este programa, que involucró a más de 8.000 estudiantes, se implementará en el siguiente periodo lectivo en otros planteles, ya que se ha convertido en una herramienta de apoyo a las medidas que se han diseñado desde los Departamentos de Consejería Estudiantil institucionales y distritales. (AVV)

Un té en beneficio de los niños con síndrome de Down Un té juego que organizó la “diferente a los demás”, indicó Fundación Reina de Quito con Arteta quien ha organizado este el apoyo de las exreinas y un evento por 17 años. En el tratamiento de cada grupo de voluntarias, ayer por la tarde, con el objetivo de re- menor se invierte un promedio caudar fondos para los pacien- de $186 mensuales, por lo que tes del centro de rehabilitación la organización brinda la facilidad de que los padres pa‘Aprendiendo a Vivir’, que son niños de escasos TOME NOTA guen menos de la mitad del tratamiento (entre recursos con Síndrome de Down. El acto se realizó $10 a $50). La ayuda a Sofía Arteta, directora ayer, a las 15:00, las familias se aplieca deel hotel JW pendiendo de un estudio de ejecutiva de la funda- en Marriot. socioeconómico. ción, informó que sortearon más de 150 premios entre los asistentes. Relación con la reina El dinero recaudado duran- Con alegría Arteta dice que este la jornada servirá para 120 tán trabajando junto a la reina niños que reciben estimulación de Quito, Daniela Almeida. temprana, terapia de lengua- Algo que no ocurrió el año paje y todo lo necesario para que sado, debido a que la soberana puedan acoplarse a la educación trabajó únicamente con el Paregular. tronato San José. La jornada estuvo llena de diAhora, indica Arteta, Almeiversas actividades que hicieron da se dedicará a las dos institudel té un momento divertido y ciones (AVV).

CINE

FERIADO

Cuándo: hoy Hora: 18:00 Entrada: gratuito Lugar: Centro cultural Universidad Católica (Av. 6 de Dociembre)

FOTOGRAFÍA

DETALLES DE UNA MEMORIA RECIENTE

Cuándo: mañana Hora: 18:30 Entrada: gratuito Lugar: Fondo de cultura económica del Ecuador (Av. 6 de Diciembre y Wilson)

PROYECCIÓN

NOCHE DE CINE LGBTI

Cuándo: sábado 25 de mayo Hora: 18:00 Entrada: $10 Lugar: Ocho y Medio (Valladolid y Vizcaya)

CINE

YA NO HAY LOCOS EN QUITO

Cuándo: domingo 2 de junio Hora: 17:30 Entrada: gratuito Lugar: Casa de la Cultura Rebelde (Manabí Oe3-102 y Venezuela)

CANTIDAD. Más de 150 premios tuvo el té juego 2019


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QUITO

Nueva Audiencia sobre matrimonio igualitario La Corte Constitucional llamó a audiencia sobre una nueva Consulta de Norma al presentarse otro caso de una pareja que lucha por contraer matrimonio. Se trata de Rubén Salazar y Carlos Verdesoto. El pasado 29 de marzo se efectuó una audiencia sobre la primera Consulta de Norma de matrimonio igua-

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IMPLICADO. Uno de los hombres de confianza de Correa.

V. Alvarado rendirá versión por ‘Arroz verde’ Hoy, a las 8:00, Vinicio Alvarado deberá presentarse ante la Fiscalía para rendir su versión sobre el caso ‘Arroz Verde’. Se presume que el exfuncionario de Rafael Correa, habría autorizado dos desembolsos que suman 4.6 millones para gastos de campaña de Alianza PAIS. Según una investigación de 4pelagatos, Alvarado también se habría beneficiado de estas aportaciones, a través de contratos millonarios para sus empresas. ‘Creacional’, compañía de marketing publicitario, habría recibido $60 mil por honorarios profesionales. La Fiscalía detectó 130 millones injustificados de las empresas de Alvarado.

litario de Efraín Soria y Javier Benalcázar, cuyo juez, no ha cumplido los plazos correspondientes que determina la constitución. El Matrimonio Igualitario en Ecuador nació con Gabriela Correa y Pamela Troya quienes no han recibido respuesta de la Corte Constitucional, desde 2014.

Martha Moncayo es la nueva gerente general de la CNT

PROCESO. La Junta Electoral del Guayas hizo la entrega.

La nueva dirigente desempeñó funciones similares en la empresa estatal de Medios Públicos y TC Televisión.

Guayas: cerró elecciones entregando credenciales

A través de un comuni- EL DATO funcionaria en organizacado, la Corporación Naciones internacionales. cional de Telecomunicainicios de año, Cargo ciones (CNT) informó que A Santiago Cuesta, Martha Moncayo Gue- consejero presi- La nueva titular deberá dijo que rrero es su nueva geren- dencial, la concesión de desempeñar sus funciones te general, mediante a la CNT costaría al en los términos previstos 4.000 resolución No. DIR-CNT menos en la Constitución de la millones. EP-143-2019-537. República, la Ley OrgániEs la primera vez que ca de Empresas Públicas y una mujer asume la máxima res- las demás disposiciones del ordeponsabilidad como titular en la namiento jurídico vigente. CNT. CNT es una de las empresas públicas que ya ha hecho recortes en nómina. Perfil Hasta el 30 de abril pasado Martha Moncayo se desempeñó en cargos similares en la empre- desvinculó a 300 empleados. En sa estatal de Medios Públicos, del las próximas semanas se debe Parque Industrial de Quito y en hacer lo mismo con 300 persoTC Televisión. Además, ha sido nas más. (JS)

GUAYAQUIL • Los alcaldes de Salitre y Naranjito, Julio Alfaro Mieles y Máximo Betancourt, recibieron ayer las credenciales como candidatos electos en sus cantones. La Junta Electoral entregó los documentos en el Salón de la Democracia, tras las acciones que ambos emprendieron, por irregularidades en los escrutinios. Alfaro Mieles (Unidad Popular-Alianza Salitrera) dijo que iniciará un proceso de fiscalización a la administración del alcalde correísta saliente, Francisco León, quien administró 115 millones de dólares, por asignaciones.

RETRATO. Martha Moncayo, primera mujer gerente general CNT.

Detienen a implicado en asesinato GUAYAQUIL • El juez de garantías

penales de Milagro ordenó la prisión preventiva contra Elvis L.H., por la participación en el asesinato de July Castro,

EL COLEGIO DE ABOGADOS DE PICHINCHA Ante el sensible fallecimiento del

Dr. Julio César Trujillo Distinguido profesor universitario, reconocido jurista, defensor de los derechos de los trabajadores, honesto ciudadano y luchador incansable de causas democráticas y nacionales, expresa su sentimiento de pesar a su esposa, Sra. Martha Troya Jaramillo, a su digna familia y amigos ante tan irreparable pérdida. Ramiro García Falconí Presidente

Cecilia Espinosa Miranda Secretaria

Quito, 20 de mayo de 2019 PAC/111930/AT

ocurrido el sábado, en el cantón Simón Bolívar (Guayas). El cadáver, que fue hallado en un terreno baldío de la ciudadela Las Malvinas, presentaba golpes en el rostro y cabeza y fue trasladado a Medicina Legal. Boris Sánchez, fiscal de turno, acudió al lugar donde fue vista la mujer antes del crimen.


GENTE

De la Torre ganó concurso con el libro ‘Niños de agua’

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MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

Sandra de la Torre Guarderas fue premiada la semana pasada, tras imponserse en el concurso internacional de Literatura Infantil Julio C.Coba- Libresa. De la Torre ganó con su obra ‘Niños de agua’. Luego del emotivo acto de entrega del galardón se ofreció una cena a los invitados, por los 40 años de Libresa.

La Cámara Española de Comercio otorgó un reconocimiento a Libresa. Rafael Roldán, principal de la Cámara, y Verónica Coba.

Thierry Sebastiá, Elena Plunsky, Javier Bucheli y Patricio Bustos.

Integrantes de Libresa.

Juan Francisco Coba fue el encargado de entregar el premio a Sandra de la Torre.

Estuardo Vallejo, Fausto Coba y Jorge Dávila Vásquez.

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

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MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

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Tributo en la voz de Zavertana En Cafelibro se realizó un reconocimiento a las mejores voces de mujeres negras del mundo, como Whitney Huston, Alicia Keys, Celia Cruz, Beyoncé y más. La encargada de interpretar los temas fue Lesia Zavertana.

La artista Lesia Zavertana durante su interpretación.

Galo Barro y Aracely Calderón.

Katy Hernández y Patricia Paredes.

Alejandro Hirtz, Miriam Álvarez, Christoph Hirtz, Lucía Moncayo, Lesia, Wladimir Játiva y Ursula Hirtz.

Franklin Vega y Eliana Mejía.

María Laura Briones, Carmen Tello, Consuelo Zapata y Patricia Salguero.


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MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora ECUADOR

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7 aspectos agudizan violencia en cárceles

El hacinamiento es solo uno de los problemas. Informes anteriores ya reportaban crisis.

A la espera de lineamientos para la Declaratoria de Emergencia del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI), dos personas más murieron este fin de semana en la Penitenciaría del Litoral. Con este panorama, el SNAI convocó a una rueda de prensa sobre el tema para las 10:30 de ayer, pero no se llevó a cabo. Según un comunicado, se suspendió por “fuerza mayor”. La semana anterior, las Fuerzas Armadas iniciaron operativos en los exteriores de las cárceles. Se consultó al Ministerio de Defensa con respecto a los primeros balances, pero se mencionó que es demasiado “prematuro” emitir resultados. Para el experto en Seguridad, Ricardo Camacho, cuestione la militarización pues la violencia

Piden cambios en Penitenciaría

°

La Penitenciaría del Litoral debe ser “saneada” de los malos elementos policiales que la custodian, dicen los familiares de los presos que están en ese reclusorio, quienes denuncian que habría ciertos uniformados inmersos en el ingreso ilegal de objetos y sustancias prohibidas. “A nosotros nos revisan todo, solo ingresamos con comida y los presos aún se siguen matando allá adentro”, decía la madre de un recluso. Alfredo Muñoz, director de la Penitenciaría, dijo que los enfrentamientos al interior de la cárcel se dan por liderazgo en pabellones. “Hubo una gresca entre dos detenidos de un mismo grupo mafioso por el poder interno del pabellón”, dijo. (DAB)

es una realidad que está puertas adentro en las cárceles. Él asegura que hay al menos siete factores que agudizaron la crisis. Esa no es solo su opinión, las alertas ya se habían emitido en repetidos informes del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT), desde 2017. Gina Benavides, quien fue defensora del Pueblo encargada, afir-

SITUACIÓN. La violencia no cesa en los centros de reclusión, pese a Emergencia. (Foto: Archivo)

Violencia en cárceles Factores

1. Hacinamiento. 2. Problema estructural (corrupción y mafias). 3. Infraestructura limitada. 4. Deficiencia de los programas de rehabilitación. 5. Prelibertad sin seguimiento. 6. Falta de personal calificado. 7. Mala alimentación y servicios defi cientes.

ma también que es urgente que se presenten soluciones técnicas e integrales que no pueden ser resueltas con coerción, pues está comprobado que no funciona. Detonantes

Según Camacho y Benavides, el primer problema es el hacinamiento. Con un 40% de sobrepolación, que ha sido reconocido incluso por el vicepresidente de la República, Otto Sonnenholzner, si se analiza cárcel por cárcel, el panorama se agrava. Por ejemplo, en el centro de rehabilitación de Machala, la problemática llega al 200%: en celdas que tienen capacidad para cinco personas se alojan 15. Desde 2016, el informe del MNPT ya reportaba un alto nivel de hacinamiento. En ese año, la capacidad de 380 personas se había superado y el número de presos era de 718. En una realidad similar está la penitenciaría de varones de Guayaquil N. 1. La visita del mecanismo, en 2017, comprobó que la capacidad estaba desbordada. En un espacio para 4.500 personas vivían 8.494. También en el centro regional de Latacunga, donde asesinaron a un preso a inicios de este mes, ya se repor-

Mi opinión en 60 segundos

Billy Navarrete Comité Permanente de DD.HH.

‘La medida es populista’ de Excepción, decretado por el Ejecutivo, no es suficiente °paraEl Estado controlar la inseguridad dentro de los penales, donde contabiliza-

mos 38.000 internos que están en estado de vulneración. No se ha podido controlar la presencia del crimen organizado dentro de las cárceles, que permite el ingreso de armas y drogas en complicidad de autoridades y cuerpo de seguridad. El Estado debe dar explicaciones y la presencia de FF.AA. es una medida populista e ineficaz. Lo que ocurre en el interior son enfrentamientos extendidos de bandas que se relacionan con el crimen organizado, lo que se puede controlar con acciones de inteligencia. Ingresar a las prisiones, tanto para familiares como para los abogados, es someterse a una medida de tortura por los procedimientos de revisión a los que son sometidos por el personal de vigilancia.

taba sobrepoblación desde mayo de 2018. Había 5.139 presos cuando lo permitido era 5.016.

condiciones. Entre los detonantes también estarían la falta de mantenimiento de las infraestructuras que dificulta la habitabilidad. El informe general de Propuesta 2017 del MNPT reportaba Otra de las causas, según que ninguno de los cenCamacho, tiene que ver EL DATO tros abastecía al número con la estructura del sisde personas. Faltaban tema: “Si en Estado de 60 días rige camas, inodoros, duchas, Excepción hay asesinatos Por el Estado de espacios comunes para es porque a nadie le inte- Excepción, el 16 realizar actividades eduresa y no está sirviendo decretado de mayo. cativas y talleres. de nada”, dice el experto e Un gran problema insiste que la situación está vinculado a los debería ser una opor7 programas de rehabilitunidad para crear una RECLUSOS escuela penitenciaria murieron en situaciones tación. Por ejemplo, en en las cárceles, Cotopaxi, solo 35,4% en la que se forme a los violentas en los últimos meses. de hombres y 53,31% agentes, directores y de mujeres cumple alotras autoridades, sin que intervengan la Policía y las guna actividad, según el MNPT. Fuerzas Armadas. Actualmente, A esto se suma el nivel de presos hay un déficit de guías que hace que salen con prelibertad, pero no tienen seguimiento y reinciimposible el control. En este punto, Benavides dice den. Benavides señala que el esque las mafias al interior de las cárceles han aumento y con ellas fuerzo para resolver el problema la violencia, la extorsión y las no debe ser solo del SNAI sino formas de “sobrevivir” bajo esas de todos los ministerios. (PCV)

Avioneta ‘Centurión II’ cayó con droga ESMERALDAS • Desde el aire una línea café se abre paso como culebra entre la vegetación fronteriza. De cerca, otros caminos culebreros forman una especie de mapa de altorrelieve. Esa línea es en realidad una pista de aterrizaje que funciona en la hacienda Pailón, parroquia Tambillo, en San Lorenzo, cerca del vecino país de Colombia. Ayer, una aeronave blanca con una franja anaranjada de matrí-

cula N286TC, de nombre ‘Centurión II’, se siniestró dejando en evidencia la suma de delitos. En su interior se encontraron varias canecas azules y blancas con combustible. También estaban mangueras para el traspaso de gasolina. Y más allá, a unos 50 metros, varios bultos negro embalados con cinta aislante color café. Dentro de los sacos de yute se almacenaban varios paquetes

tipo ladrillos con droga. Hasta el lugar llegó la Fuerza de Tarea Conjunta ‘Esmeraldas’ y la Policía Nacional para el levantamiento de evidencias, que no incluyen detenidos. Saber de la caída de la avioneta fue un trabajo que empezó a las 20:07 del domingo, cuando la Fuerza Aérea Colombiana activa una alerta. Desde Ecuador despegaron dos aviones Super Tucano, que

sobrevolaron hasta las 23:00 de Manta, Jama, Crucita y San Vicente, -en Manabí-, sin obtener resultados positivos. Ayer, a las 06:00, reanudaron la búsqueda y se encontraron con la aeronave, de la cual las Fuerzas Armadas, en su reporte público, no revelan el destino y origen de la nave, cantidad de droga, detenidos, o si la pista está en los registros de la Dirección de Aviación Civil. (DLH)

HALLAZGO. La mañana de ayer se encontró la aeronave. (Cortesía)


PAÍS B2

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, ECUADOR

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Dos recursos retrasan posesión del Cpccs Cuando el Consejo Nacional Electoral (CNE) había proclamado ya los resultados numéricos de la elección del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, y se esperaba la entrega de credenciales, sigue en suspenso la posesión de sus nuevas autoridades. Los candidatos, por separado, Fausto Lupera y David Rosero presentaron recursos ordinarios de apelación a la resolución del CNE que confirmó a los siete consejeros electos. Los

recursos fueron presentados en el Tribunal Contenciosos Electoral (TCE). El presidente de este organismo, Joaquín Viteri, confirmó que son apelaciones que se presentaron a última hora, la noche del domingo, por lo que se tendrán que conocer y tomar una resolución en el transcurso de esta semana. La presidenta del CNE, Diana Atamaint, dijo que no se puede adelantar la entrega de credenciales hasta que el TCE resuelva los recursos y se cumplan los plazos para que se ejecutoríen las sentencias y se emitan las notificaciones de que ya todo queda en firme para proceder a la acreditación. El viernes, el CNE proclamó como ganadores de estas elecciones a María Fernanda Rivadeneira, Sofía Almeida, Victoria Desintonio, José Carlos Tuárez, Walter Gómez, Christian Cruz y Rosa Chalá. Como suplentes a Ibeth Estupiñán, Mariuxi Moreira, Karina Ponce Silva, Juan Javier Dávalos, David Rosero, Hernán Ulloa Cruz y Francisco Bravo. (HCR)

ORGANISMO. Contará con nuevas autoridades. (Foto: Archivo)

Proponen día nacional contra la corrupción El contralor Pablo Celi fue nombrado ayer presidente de la Función de Transparencia y Control Social, y le toma la posta a Julio César Trujillo. Ayer, en una sesión extraordinaria de dicho organismo, Danilo Sylva Pazmiño fue nombrado vicepresidente, y Verónica Acosta fue ratificada como secretaria técnica del Comité de Coordinación de dicha Función. La entidad emitió un oficio donde propone al presidente Lenín Moreno que el 19 de mayo sea declarado como el Día Nacional del Compromiso Cívico por la Transparencia y Ética Pública, o Día en Contra de la Corrupción. Por su parte, tras la solicitud del defensor del Pueblo, Freddy Carrión, para crear “políticas públicas en contra de la corrupción”, el Contralor indicó que

Cuatro días de duelo nacional por Trujillo HOMENAJE. En la Universidad Católica se cumple el velorio de Trujillo.

El Gobierno ordenó que en edificios públicos y privados la bandera nacional sea izada hasta media asta.

Cuatro de días de duelo nacioLa capilla ardiente fue el esnal decretó el presidente de la cenario para recordarlo en sus República, Lenín Moreno, ante diferentes facetas: como polítiel fallecimiento de Julio César co, como defensor de Derechos Trujillo, presidente del Conse- Humanos, de la naturaleza, jo de Participación Ciudadana como abogado, como catedrátransitorio. tico... Entre los considerando del Isabel Robalino, su compaDecreto Ejecutivo No. 744 cons- ñera en la Comisión Nacional ta que el país lamenta “la Anticorrupción (CNA), irreparable pérdida de EL DATO dijo que guarda muchos quien fue notable caterecuerdos de las diferendrático universitario, intes reuniones políticas concansable defensor de los Asamblea decoró a Trujillo, que compartieron: “Tenvalores democráticos y con la Medalla go recuerdos sumamende la defensa de los dere- Vicente te gratos de su ideología, Rocafuerte, de chos, vinculado estrecha- manera póstu- de su personalidad, de ma. mente a los trabajadores cómo se empeñó en que y a sus ideales de lucha”. los principios jurídiEl duelo nacional inició cos del derecho del trabajo, en ayer y se extenderá hasta el 23 defensa de los obreros, se inde mayo, tiempo en el cual la corporaran a la Constitución”, bandera ecuatoriana perma- manifestó. Agregó que fue un necerá izada hasta media asta defensor de la democracia y por en todos los edificios públicos eso “sufrió tantas veces el exilio y privados, tanto civiles como por parte de los gobiernos antimilitares. El Ministerio de Re- democráticos”. laciones Exteriores coordinará Para el presidente de la Corte los Honores de Estado ya que Constitucional, Hernán Salgaal momento de fallecer, Truji- do, fue un hombre que enseñó llo ocupaba la presidencia de a respetar la democracia, la lila Función de Transparencia y bertad, los Derechos Humanos, Control Social. a preocuparse de los problemas sociales que siempre sacuden al país. Para el juez constitucional Velorio Autoridades de diferentes fun- Ramiro Ávila, “fue un referenciones del Estado, activistas, te ético que es poco común. En políticos y amigos de Trujillo el espacio en que yo estoy, que concurrieron ayer al Centro es la Corte Constitucional, para Cultural de la Universidad Ca- nosotros el mensaje es resolver tólica, en Quito, para rendir un sin presión política, sin presiones económicas, respetando último homenaje a Trujillo.

Su ejemplo quedará grabado permanente. A veces mueren las personas, pero el pensamiento queda”. HERNÁN SALGADO,

PRESIDENTE DE LA CORTE CONSTITUCIONAL.

Nosotros hemos podido contar con Julio César desde hace muchísimos años en las distintas luchas por el ambiente y la naturaleza”. ESPERANZA MARTÍNEZ, ACTIVISTA.

el derecho y haciendo justicia social que es lo que él quería”, manifestó Ávila. Otros criterios

Esperanza Martínez, de Acción Ecológica y Yasunidos, manifestó que se fue un compañero de lucha y compromiso: “Siempre estuvo con todas estas causas nobles que suelen no tener espacio en la sociedad. (…)Nosotros siempre le decíamos que era el corazón más joven de Yasunidos”. Por su parte, el presidente de la Asamblea, César Litardo, dijo que se fue un hombre muy respetado en el país, lo que deja por llenar un vacío en la democracia ecuatoriana. El velorio continuará hoy en el Centro Cultural PUCE hasta las 11:30, cuando recibirá los Honores de Estado. La misa se cumplirá a las 13:00 en el Templo de La Dolorosa del Colegio San Gabriel, para luego ser trasladado al camposanto Monteolivo. (HCR)

PRESIDENCIA. El contralor Celi encabeza la función. (Foto: Archivo)

Autoridades del TCE y Biess fueron posesionadas

propondrán que el ‘Plan nacional contra la corrupción’ lleve el nombre de Trujillo. La Función de Transparencia y Control Social solicitará a la Fiscalía General que inicie de oficio una investigación sobre la agresión que sufrió Trujillo, el pasado 13 de mayo, en la sesión pública del Consejo de Participación Ciudadana. (JDC)

Con la presencia de 107 legisladores, ayer se instaló la sesión número 596 del Pleno de la Asamblea Nacional donde se posesionaron los jueces principales y suplentes del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y la directiva del Banco del Instituto Ecuatoriano de la Seguridad Social (Biess). Ángel Torres, Joaquín Viteri

y Fernando Muñoz quedaron como jueces principales del TCE, tras su elección dentro de los concursos del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. El presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo, fue el encargado de tomar juramento tanto a los principales como a los cinco jueces suplentes: Wil-

son Ortega, Ivonne Coloma, Juan Maldonado, Richard González y Roosevelt Cedeño. Por su parte, también tomaron juramento los miembros de la directiva del Biess, conformada por: Marco Naranjo Chiriboga y Wilmer Cóndor, en representación de los jubilados y afiliados activos. Como suplente quedó Alex Espinosa Moya. (JDC)


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Papa designa a José Piedra como obispo auxiliar de Cuenca en Ecuador QUITO, EFE • El papa Francisco nombró como obispo auxiliar de Cuenca a

José Bolívar Piedra Aguirre, sacerdote de esa misma jurisdicción eclesiástica, informó la Conferencia Episcopal Ecuatoriana. Piedra se ha desempeñado hasta la fecha como Vicario General de la Arquidiócesis y Párroco del ‘Sagrado Corazón de Jesús’, indicó en un comunicado. Nacido en Nabón, provincia de Azuay, el 25 de noviembre de 1965,

Piedra estudió filosofía y teología en el Seminario Mayor San Luis Magno de Cuenca. En la facultad de teología San Vicente Ferrer de Valencia (España) obtuvo la Licenciatura y posteriormente el doctorado en Teología en 2005. Recibió la Ordenación Sacerdotal en Nabón, el 24 de marzo de 1990 y entre los encargos pastorales que ha tenido figuran el de párroco de Guarainag.

Una naturalización anómala de Assange, según Contraloría El ente de control realizó dos exámenes. Ecuador entrega pertenencias a EE.UU. Las irregularidades en el proceso de naturalización de Julian Assange fueron evidenciadas por la Contraloría a través de un examen especial. El análisis se realizó al otorgamiento del asilo, el 25 de junio de 2012, y al trámite de naturalización, concedido el 12 de diciembre de 2017. Los auditores revisaron el periodo comprendido entre el primero de enero de 2012 y el 30 de septiembre de 2018, cuando Ricardo Patiño, Guillaume Long y María Fernanda Espinosa estaban al frente de la Cancillería. Mientras que ocupaban el puesto de embajadores en Reino Unido Ana Albán, Juan Falconí y Carlos Abad. La entrega de la carta de naturalización, como en su momento fue admitido por el canciller, José Valencia, incumplió lo establecido en la Ley de Movilidad Humana. Se creó un protocolo especial para la entrega de la nacionalidad a personas con protección internacional que no residían en el país, por fuera de la Ley.

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MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, ECUADOR

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LEGISLATIVO. El reparto de las Comisiones sigue pendiente.

No hay acuerdos para Comisiones en la Asamblea

POLÉMICA. Assange fue asilado en la Embajada de Ecuador en Londres por siete años.

cerle. Hubo otro nombramiento, para la embajada en Moscú. Los dos acuerdos fueron después declarados nulos por Cancillería. Como respuesta, los involucrados respondieron a la Contraloría que se siguió el procedimiento, “removiendo los obstáculos”, al ser un caso único con peculiaridades. El asilo político

La estancia de Assange en la embajada estuvo llena de incidentes, entre ellos insultos, actitudes beligerantes, continuas faltas de respeto, ingreso de equipos de filmación, EL DATO instalación de dispositiOtras inconsistencias vos, que fueron notificaNo se pagaron los 800 emisión del dos por los embajadores, dólares correspondientes La pasaporte de al arancel consular diplo- Julian Assange el responsable del equipo objeto de de seguridad de la emmático y a los timbres. El será otro examen presa UC Global y la enproceso no está registra- especial de Contraloría. cargada de la limpieza. do en los sistemas digitaFrente a esos hechos, les Quipux y Exigex (del Servicio Exterior). El examen de la Contraloría evidenció que los conocimiento no está fechado y Ministros de Relaciones Exteno cumplió con los plazos, y no riores no adoptaron acciones hay el archivo digital de la entre- para detener los problemas de vista, cuyas preguntas difieren convivencia, que pusieron en del cuestionario preestablecido. riesgo la seguridad de la embaEn la declaración de finaliza- jada y la salud de los funcionación del proceso, realizada el 4 rios, quienes inclusive solicitade diciembre de 2017, Assange ron un seguro de vida adicional. En una de las cartas de un aceptó la terminación de su condición de asilado y afirmó tener exembajador a Assange menla nacionalidad, ocho días antes ciona, por ejemplo, que emitió de que el Viceministro de Movi- un instructivo para su estadía y para mantener el orden. Allí le lidad Humana la otorgara. En esa comunicación tam- dice: “Para ejercer mis funciobién aceptaba ser agente diplo- nes como embajador no tengo mático de Ecuador, 11 días antes que consultar con nadie, ni con de que se emitiera un acuerdo usted”. Según el australiano, él ministerial nombrándole conse- tenía autorización desde Quijero en la embajada en Londres. to para ejercer sus actividades. Reino Unido se negó a recono- (AGO)

Gastos en la embajada sin respaldo ° La Contraloría hizo un segundo informe a la gestión administrativa y financiera de los costos en los que incurrió el Estado, a través del Ministerio

de Relaciones Exteriores y la embajada en Londres, para el mantenimiento y permanencia de Julian Assange. Del examen realizado a 795 mil dólares, destinado para servicios de lavado, servicios médicos y hospitalarios, alimentación, consultoría legal y de comunicación, adecuaciones, eventos públicos, pasajes y viáticos de servidores, el ente de control determinó que 562 mil no tuvieron documentos de respaldo. Ese valor corresponde a comprobantes de pago, entre 2012 y 2013, entregados por asesoría legal a las firmas Bindmans LLP y Norton Rose, por 418 mil dólares, y para consultorías de comunicación a la empresa McSquared y a los consultores Nill Sookoo y Lee Brown, por 144 mil. La Contraloría no pudo establecer si el dinero correspondió a las actividades realizadas, por no existir los respaldos ni informes de gestión, aunque la respuesta de los implicados señaló que el trabajo de los asesores no era escrito, sino inmaterial, por lo que no hay los registros. Para los gastos incurridos se usó un fondo rotativo, dinero de caja chica y cuatro fondos específicos. Dos de ellos fueron creados a partir del asilo, con un presupuesto de 120 mil y 320 mil dólares, de los cuales se usaron en Assange 66 mil y 266 mil, respectivamente. También se destinaron 23 mil en remodelaciones. En ese periodo, Ana Albán cumplía como embajadora. Ella autorizó la conmemoración del asilo político por 5.395 dólares, cuando las celebraciones estaban prohibidas por la reforma a la Norma de austeridad y gasto público. Finalmente, se pagaron 78 mil por alimentación, entre enero de 2016 y septiembre de 2018, sin selección de proveedores, y se canceló 7.584,38 dólares por conexión a Internet sin sustento legal ni documentación de respaldo.

En el plano internacional ° Las autoridades ecuatorianas han comenzado a entregar a Estados Unidos las pertenencias personales del activista Julian Assange, según informó el portal WikiLeaks. El material incluye dos manuscritos, documentos legales, informes médicos y equipos electrónicos, lo que, según señaló Wikileaks, “viola las leyes que protegen la confidencialidad médica y legal”. Por otra parte, la Fiscalía sueca presentó también ayer una orden de detención por supuesta violación contra Assange, como ya había anunciado la semana pasada que haría al reabrir el caso dos años después de cerrarlo. “He pedido a la corte de Uppsala (norte de Estocolmo) que detenga a Assange en ausencia, sospechoso de violación en grado menor por causa probable. Si el tribunal decide detenerlo, enviaré una orden de arresto europea para que sea entregado a Suecia”, señaló en un comunicado la fiscal superior adjunta, Eva-Marie Persson.

Tres comisiones de la Asamblea Nacional se han convertido en la carta de la discordia para la unidad entre las bancadas de PAIS, CREO, BIN y BADI. Las de Educación, Gobiernos Autónomos y de los Trabajadores aún no cuentan con una directiva segura y establecida. En la primera, según los acuerdos entre bancadas, debía ser presidida por la asambleísta de CREO, Jeannine Cruz; sin embargo, su par del Partido Socialista, Silvia Salgado también quiere el puesto de presidenta. La situación de Cruz es solo una de otra que también viene afectando los acuerdos establecidos entre CREO y las diferentes bancadas, y es que la vicepresidencia de la Comisión de Gobiernos Autónomos debía quedar en manos de Byron Suquilanda, pero ahora se le quiere dar a la asambleísta por el BIN: Wilma Andrade. Ante esto, el jefe de CREO, Luis Pachala, indicó que “no se visualizó completamente cómo quedarían las mayorías. Esto es culpa de no trabajar todas las bancadas para que los acuerdos quedaran sin fracturas”. Pero, Ximena Peña, una de las asambleísta voceras de la bancada de PAIS señaló que “tenemos que hablar con los integrantes de la bancada de CREO para que puedan respetar los acuerdos”. A pesar de que la semana pasada la sesión inicial de la Comisión de los Trabajadores fue suspendida por la asambleísta María José Carrión, antes de elegir presidente y vicepresidente, los demás asambleístas eligieron a Vicente Taiano como el mandamás de esa mesa. Esto no cayó bien a Carrión, quien estaba llamada a ser la presidenta. La legisladora planteó que el Pleno “actúe de oficio” para elegir a las autoridades de esta Comisión o sino ella emitirá un informe al presidente del Parlamento, César Litardo, indicando que “no se cumplieron con los procedimientos regulares”. (JDC)


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FUT presentará propuesta de nuevo Código Laboral en la Asamblea

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, ECUADOR

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Mesías Tatamuéz (foto), presidente del Frente Unitario de Trabajadores (FUT), recalcó que las propuestas aprobadas en el seno del Consejo de Trabajo y Salarios representan un retroceso de 40 años en materia laboral, por lo que, en las próxi-

Petroamazonas adjudica 2 contratos en Sacha y Coca Petroamazonas adjudicó dos contratos de prestación de servicios específicos integrados para la perforación y complementación de 17 pozos nuevos en los campos Sacha (Bloque 60) y Coca-Payamino (Bloque 7), ubicados en Orellana. Hasta el 2020, se tiene previsto en Sacha la perforación de seis pozos direccionales y cuatro horizontales, mientras que en Coca Payamino, Bloque 7, serán tres ‘re- entry’ y cuatro pozos direccionales. “Los contratos tienen como objetivo incrementar la producción en 4.600 barriles diarios en el caso de Sacha y 7.064 barriles diarios para Coca-Payamino”, indicó Alex Galárraga, gerente de Petroamazonas Para los dos procesos se re-

cibieron un total de seis ofertas técnico – económicas. En Sacha, la empresa adjudicada para los trabajos de perforación fue CNPC - Chyanqing Drilling Engineering Company, con un monto de 47,94 millones; mientras que para el campo Coca Payamino, la firma escogida fue Sinopec International, con 30,14 millones. Optimización de costos

De acuerdo con el histórico de perforación de los dos campos, se ahorró alrededor de 2 millones por pozo horizontal perforado y 200.000 dólares en el caso de pozos direccionales. Sacha, con 73.000 barriles diarios de petróleo, generó ingresos petroleros netos por 1.370 millones. (JS)

Campos petroleros más rentables anualmente Sacha

USD 1.370 millones

Shushufindi

USD 1.185 mill.

Auca USD 666 mill. Eden Yuturi USD 636 mill. ITT

USD 618 mill.

mas semanas, presentarán una propuesta legislativa que incluye un nuevo Código de Trabajo. No precisó qué temas abarcará el documento, aunque fue tajante en manifestar que no reconocen al Consejo de Trabajo. (JS)

Minería: Ecuador, el más bajo de la región Este sector en el país es 14 veces menor en comparación de otras naciones, aunque su potencial es grande. A pesar de que la minería representó el 53% de la Inversión Extranjera Directa (IED) en 2018, es decir, 742,53 millones de dólares, y que las exportaciones ya superan los 250 millones, este sector todavía representa un porcentaje mínimo, alrededor del 0,5%, en el Producto Interno Bruto (PIB) de cada año. NOTARÍA PRIMERA DEL CANTÓN CALVAS LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL AVISO NOTARIAL

De conformidad en lo dispuesto en el numeral veintitrés (23) del artículo dieciocho (18) de la Ley Notarial, se hace conocer al público en general, y de manera especial a quien tenga interés, que se va a proceder a la inscripción de la liquidación de la sociedad conyugal, habida entre los excónyuges ANIBAL FERNANDO CORREA PINZÓN Y EDBELINDA DOMÍNGUEZ CALLE, convenio celebrado mediante escritura pública, otorgada en la Notaría Primera del cantón Calvas, el día diez de mayo de dos mil diecinueve, mediante la se le adjudica a favor del señor ANIBAL FERNANDO CORREA PINZÓN, por su cuota social, y por el hecho de la renuncia de los gananciales y porción conyugal que realiza su excónyuge la señora EDBELINDA DOMÍNGUEZ CALLE, lo siguiente: HIJUELA ÚNICA, la totalidad de los siguientes lotes de terrenos: Lotes de terreno urbanos signados con los Nº “023”; Nº “028”; Nº “025”; Nº “024”; Nº “022”; y, Nº “020”, de la manzana “067”, ubicados en el barrio Tierras Coloradas, parroquia Cariamanga, cantón Calvas, provincia de Loja.Los interesados podrán oponerse en el término de veinte días, contados desde esta publicación.- EL NOTARIO

Abg. Miguel Alejandro Córdova Maldonado

NOTARIO PÚBLICO PRIMERO DEL CANTÓN CALVAS P/21047 PAP/73338

años, antes de iniciar producción. Como Alianza buscamos informar a la ciudadanía sobre las potencialidades de la minería y posicionar que una actividad legal y ambientalmente responsable es posible”, dijo.

Incluso, en comparación con los principales países productores en la región, EL DATO Proyecciones la realidad ecuatoriana A nivel sudamericano, es apenas inicial, pero con un 0,5% del PIB, de Norte, con gran potencial de Fruta con reservas de el sector minero ecuacrecimiento, según Jorge 4,9 millones de toriano es 14 veces, en de oro; y Barreno, representante onzas promedio, menor en Mirador, con de la llamada ‘Alianza más de 3,9 millo- comparación a los países nes de onzas de por una Minería Res- oro, entrarán en con mayor producción. a ponsable en Ecuador’ producción Así, en Chile la minería, finales de 2019. (AMRE). de manera directa re“La minería es una presenta el 10% del PIB; actividad de largo plazo que ne- Perú el 8,7%; Colombia el 2,1% cesita investigación, desarrollo y Panamá el 2%. y exploración por al menos 20 Con la entrada en producción, en el último trimestre de 2019, de los proyectos de NOTARÍA PRIMERA DEL CANTÓN LOJA gran escala Mirador y Fruta DRA. GINA MARGOTH CALVA TAPIA del Norte, ubicados en ZamoAVISO DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ra Chinchipe, las exportaciones mineras alcanzarían los ACTORES: EDUARDO JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ Y ESTHER AMALIA 550 millones. CRIOLLO VARGAS “Para 2021 se proyecta que, OBJETO: LIQUIDACIÓN DE LA con la producción del proyecSOCIEDAD CONYUGAL Se pone en conocimiento del público to Loma Larga (Azuay), con en general y a quienes pudieren un aporte estimado de 256 tener algún interés en este acto, que millones, el monto de exporse va a proceder a la inscripción de la escritura pública que contiene la tación se incrementaría siete LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD veces más en relación a 2018, CONYUGAL habida entre los ex que fue de 274 millones”, afircónyuges señores EDUARDO JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ Y ESTHER mó el viceministro de Minas, AMALIA CRIOLLO VARGAS, convenio Fernando Benalcázar. celebrado mediante escritura pública En este sentido, Barreno ante la Notaría Primera del Cantón Loja, el quince de mayo del año dos reconoció que “la alianza mil diecinueve, correspondiente a busca establecer estándares dos bienes inmuebles ubicados en altos de acción. Y si el Goel cantón y provincia de Loja.- Los interesados podrán oponerse en el bierno lo considera, también término de veinte días, contados apoyaríamos una veeduría desde esta publicación.- Loja 15 de internacional de la ONU mayo del 2019.- De lo cual doy FE la para que los proyectos sean Notaría.sostenibles”, sostuvo. (JS) Dra. Gina Margoth Calva Tapia NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN LOJA

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A Cristina K. le llegó la hora de encarar a la Justicia La primera audiencia por corrupción contra la expresidenta comenzará hoy en un tribunal de Buenos Aires. BUENOS AIRES, EFE• La expresidenta argentina Cristina Fernández (2007-2015) se sentará hoy por primera vez en el banquillo de los acusados en el juicio por la causa Vialidad, en la que se le acusa de presunta corrupción a la hora de adjudicar contratos de obra pública en su mandato. La senadora acudirá a los tribunales de Comodoro Py, en Buenos Aires, para escuchar la acusación de un caso en el que también se juzgará al empresario Lázaro Báez, uno de los principales beneficiarios por la concesión de obra pública durante el kirchnerismo y que permanece en prisión preventiva desde 2016 acusado de lavado de dinero.

El caso afecta también a, entre otros, el exministro de Planificación Federal Julio De Vido y el exsecretario de Obras Públicas José López, ambos ya en prisión por otras investigaciones. Al frente del juicio estarán los magistrados Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Luciano Gorini y Andrés Fabián Basso. Esta será la primera causa por la que deberá responder como acusada la expresidenta y actual senadora, quien está involucrada en una decena de procesos que derivaron en cinco órdenes de detención que no llegaron a hacerse efectivas por los fueros de los que goza. Fernández siempre se procla-

MINUTERO Al menos 32 muertos en motín en Tayikistán

MOSCÚ, EFE • Al menos 32 personas, 29 reclusos y tres celadores, murieron en un motín en un penal situado en la afueras de Dusambe, informó el Ministerio de Justicia de Tayikistán, antigua república soviética en Asia Central. “El motín fue organizado por miembros de la organización terrorista Estado Islámico (EI)”, señaló el comunicado de Justicia citado por la agencia oficial rusa TASS. Los hechos, comenzaron cuando un grupo de reclusos capturó a tres funcionarios del penal a los que asesinaron con armas blancas. según un comunicado oficial.

Detenido escalador que trepó a la Torre Eiffel

PARÍS, EFE • El hombre que escaló

ayer la torre Eiffel hasta llegar a su cumbre ha sido arrestado por las autoridades seis horas después de haberse encaramado al monumento, uno de los más visitados de la ciudad. El hombre, que subió del segundo al tercer piso y permaneció en el exterior, amenazando con suicidarse, obligó por motivos de seguridad a evacuar a los turistas que lo visitaban a primera hora.

Policía egipcia abate a 12 supuestos terroristas

EL CAIRO, EFE • La Policía egipcia abatió ayer a 12 supuestos terroristas en dos redadas realizadas en apartamentos de El Cairo, un día después de un atentado perpetrado cerca de las pirámides en el que varios turistas resultaron heridos leves. Los “terroristas” muertos pertenecían a Hasm, grupo armado vinculado por el Gobierno egipcio a la organización islamista Hermanos Musulmanes, según informó el Ministerio de Interior en un comunicado.

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Las acusaciones ° La acusación más grave que pesa sobre Kirchner es la mencionada

LÍDER. La exmandataria asegura que todo no es más que una persecución política. (AFP)

mó inocente en todas las causas por las que se la investiga, aunque esta visión no es compartida por alguna de la figuras que formaron parte de su circulo de confianza, como su excontable Víctor Manzanares, quien ayer apeló a “que se haga justicia”. Proceso oral

“Entiendo que es un momento necesario para la República. Ojalá se haga justicia, ojalá demos señales para nuestra futura generación”, declaró ante la prensa el tesorero arrepentido, quien recalcó que la forma de justicia que desea es que se apliquen “las condenas, no hay otra”. Manzanares estuvo en prisión

hasta el pasado viernes debido a una causa en la que se investiga la supuesta conformación de una asociación ilícita para lavar dinero a través de una empresa de Fernández y sus hijos. La viuda de Néstor Kirchner iniciará el proceso oral tres días después de anunciar su candidatura a vicepresidenta para las elecciones presidenciales de este año, a las que acudirá como número dos en la fórmula que encabeza el exjefe de gabinetes kircheristas Alberto Fernández, quien estará también presente en el juicio como testigo. Esta vista arrancará tras una semana cargada de polémica después de que la Corte Supre-

en la causa conocida como “Los cuadernos de la corrupción”, todavía en etapa de instrucción, donde se investigan supuestos sobornos a empresarios por más de 160 millones de dólares. También aguarda a que se fije la fecha de otro juicio en el que está acusada de lavado de dinero junto a sus hijos Máximo, diputado, y Florencia, cineasta.

ma de Justicia solicitara revisar la documentación del caso debido a los recursos presentados por los acusados, una medida que puso en duda que se mantuviera la fecha prevista. Finalmente el Supremo se pronunció el pasado jueves mediante un comunicado que afirmaba que “el pedido de autos solicitados por esta Corte no suspende el juicio oral en trámite” y que, por lo tanto, la vista oral dará comienzo hoy. “La medida es al sólo efecto de examinar la causa que, una vez extraídas y certificadas las copias pertinentes, será devuelta a dicho tribunal, en tiempo oportuno”, agregó el escrito.


GLOBAL B6

Periodista del NYT abandona Colombia por ‘acusaciones falsas’ del oficialismo

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, ECUADOR

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BOGOTÁ, EFE • El periodista Nicholas Casey, de The New York Times, aseguró que abandonó Colombia luego de recibir “acusaciones falsas” por parte de miembros del partido de Gobierno tras revelar que el Ejército ha ordenado a sus soldados duplicar el número de criminales muertos, lo que pone en ries-

go vidas civiles. “He tenido que tomar la medida de salir del país por las acusaciones falsas que fueron lanzados ayer en Twitter y replicadas por varios políticos uribistas en los últimos 24 horas”, manifestó Casey (foto derecha) en una entrevista con la emisora Blu Radio.

Se abre otro capítulo de la guerra comercial entre EE.UU. y China

El cierre de los negocios con Huawei tendrá un gran impacto sobre el mercado.

La guerra comercial entre EE.UU. y China, que se ha recrudecido en las últimas semanas después de que ambos países hayan anunciado otra ronda de aranceles por un valor de 300.000 y 60.000 millones de dólares, respectivamente, tiene en la china Huawei la protagonista de su último capítulo. En vez de utilizar gravámenes, EE.UU. ha asestado esta vez otro golpe a la economía asiática mediante la declaración de emergencia de la semana pasada por parte del presidente de EE.UU., Donald Trump, de prohibir a las compañías es- AVANCE. Un repartidor monta en motocicleta frente a una tienda de Huawei, ayer en Pekín. (EFE) tadounidenses hacer negocios con empresas extranjeras que 5G en el mundo y tener la mary podría retrasar el despliegue supuestamente intentan espiar ca de teléfonos inteligentes más Amenaza contundente de servicios 5G en todo el munal país. En consonancia con esa vendida el próximo año no será En su orden ejecutiva de la se- do. Pero el dolor de cabeza más medida, que cae en la categoría el mismo luego de que la empre- mana pasada Trump prohibió inmediato para Huawei es lo que de barrera comercial no sa fuera incluida en la a las empresas estadounidenses significa la decisión para las fuarancelaria, la tecnolóturas ventas de teléfolista negra del presi- hacer compras o ventas gica Google, entre otras nos inteligentes. dente de Estados Uni- de componentes y softcompañías estadounidos, Donald Trump. ware con Huawei TeTELÉFONOS denses, ha anunciado La guerra comercial chnologies y 70 filiales. móviles MILLONES por segundo, Antecedentes vende Huawei en el que dejará de vender dejarán de percibir las entre China y Estados Según el Gobierno de El año pasado, Huawei firmas norteamericanas pese a estar componentes y prograUnidos ha escalado a Trump, esta es una de mundo, compró componentes y por este impasse. detrás de Samsung. mas a Huawei, una de tal punto, que Google las firmas extranjeras piezas por un valor de las empresas chinas de restringió el acceso de que “socavan la seguUS$70.000 millones telecomunicaciones más impor- la compañía a su sistema opera- ridad nacional estadounidense” a 13.000 proveedores. De ahí tantes del mundo. tivo. Una decisión que deriva en o los intereses de la política ex- fueron invertidos US$ 11.000 un duro golpe para la compañía, terior. millones en productos de docepues sus teléfonos no recibirán De otro lado, el bloqueo es nas de empresas de Estados UniYa no será lo mismo El camino de Huawei para llevar las actualizaciones que vengan una amenaza contundente a la dos. Esos ingresos serían mitigacadena de suministro de Huawei dos, por la decisión de Trump. las banderas de las conexiones de ese sistema. REDACCIÓN INTERNACIONAL •

US$ 11.000

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Hasta nuevo aviso apoya a las empresas chi°nas“China para que tomen medidas legales

y defiendan sus legítimos derechos”, aseveró escuetamente el portavoz de Exteriores, Lu Kang. Alphabet, la casa matriz de Google, ha decidido cortar sus suministros de material informático y algunos servicios de programación al gigante chino tras la emergencia nacional declarada por el presidente Donald Trump, según fuentes citadas por Bloomberg. Así mismo, los principales fabricantes de procesadores, entre ellos Intel, Qualcomm, Xilinx Inc y Broadcom, han informado a sus empleados que dejarán de facilitar componentes a Huawei hasta nuevo aviso.

Aunque la mayoría de los productos más populares de Google como Gmail, YouTube y Google Maps están prohibidos en China, donde Huawei ofrece alternativas domésticas como WeChat, Baidu y Tencent, realmente la dependencia se da fuera de China, donde Huawei vendió aproximadamente la mitad de sus teléfonos el año pasado. Tecnología propia

El conglomerado ha dicho también que ha venido desarrollando su propia tecnología y que la está usando en productos que se venden en China, pero cuesta descifrar cuánto les costaría sacarla al mercado y ganarse la confianza de los usuarios, que están integrado en sus vidas el sistema operativo más usado del mundo. De otra parte Huawei usa el sistema operativo de Microsoft para sus computadores portátiles. Sin embargo no se conoce hasta el momento ninguna medida o declaración de Microsoft al respecto.

‘Grave error’ de las FARC entregar las armas: Márquez BOGOTÁ, EFE • El número dos de la antigua guerrilla de las FARC, Luciano Marín, conocido como ‘Iván Márquez’, reiteró este ayer ante la controversia por la recaptura de su compañero de lucha Jesús Santrich que fue un “error grave” haber entregado las armas antes de la implementación total del acuerdo de paz firmado en noviembre de 2016 con el Gobierno colombiano. Así lo aseguró Márquez, quien fue jefe de la delegación de paz de las FARC en los diálogos de La Habana, en una carta publicada en su cuenta de Twitter y dirigida a los excombatientes en la que sostiene que “fue un grave

error haber entregado las armas a un Estado tramposo, confiados en la buena fe de la contraparte”. En la misiva Márquez prosigue diciendo: “Qué ingenuos fuimos al no recordar las palabras de nuestro comandante en jefe Manuel Marulanda Vélez, cuando nos había advertido que las armas eran la única garantía de cumplimiento de los acuerdos. La triste realidad es que nos pusieron conejo (trampa)”. La nueva carta de Márquez se da a conocer después de que se produjera un giro inesperado en el caso del exlíder de las FARC Seuxis Paucias Hernández,

alias “Jesús Santrich”, quien fue recapturado el viernes pasado por las autoridades colombianas segundos después de salir de la cárcel bogotana de La Picota. Santrich fue detenido en Bogotá el 9 de abril de 2018 por solicitud de Estados Unidos, que lo pidió en extradición bajo la acusación de conspirar para enviar 10 toneladas de cocaína a ese país. En esa operación también fueron capturados Marlon Marín, sobrino de Iván Márquez; Armando Gómez, alias ‘El Doctor’, y Fabio Simón Younes Arboleda.

PORTAVOZ. ‘Iván Márquez’, número dos de la antigua guerrilla. (AFP)


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Ricky Martin posa con su hija

tiempo lectura 15 min.

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora ECUADOR

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El cantante puertorriqueño Ricky Martin recurrió a su cuenta de Instagram para mostrar una fotografía que deja ver a su hija adoptada, aunque sin enseñar el rostro de la pequeña. El artista dio a conocer en diciembre que junto a su pareja, Jwan Yosef, habían adoptado una niña, aunque fue la semana pasada cuando tomó la iniciativa de mostrar una foto inédita en la que aparece sosteniendo a su hija Lucía. EFE

Sacan a Vico C del coma inducido

El artista, de 47 años, realizaba una presentación cuando sufrió el quebranto en su salud.

día y lo dejan en observación. “Según me indican los doctores fue una reacción alérgica a un medicamento para el dolor” lo que provocó a Vico C que sufriera el percance de salud, agregó. “Estoy agradecida con todas las oraciones, llamadas, mensajes que nos han enviado. Les aseguro que esas oraciones son las que me salvaron a Vico”, abundó Torres. El incidente ocurrió el mismo día en que Vico C y Torres celebraban sus 23 años de casados. Torres, a su vez, sostuvo que los hijos de Vico C “están todos pidiendo oraciones EL DATO para su padre”, mientras que su hija mayor, MaranVico C nació el 8 gely Lozada, se encuentra de septiembre de 1971, en junto a él en el hospital.

El rapero puertorriqueño Vico C, conocido como el ‘Filósofo del rap’, se encuentra hospitalizado tras sufrir un percance de salud el domingo, informó ayer su esposa, Sonia Torres. Según se explicó en un comunicado de prensa, en la madrugada del domingo, luego de que el artista de 47 años ofreciera una presentación en el Festival del Güiro en Peñuelas, “sufrió un percance de salud y fue trasladado por familiares al hospital San Cristóbal en Ponce”.

SAN JUAN, EFE •

Problema

“Los médicos mantuvieron a Vico C en un coma inducido por aproximadamente 24 horas, mientras le hacían varios exámenes para poder dar con la causante de las convul- Brooklyn. siones que lo mantienen en el hospital”, detalló la esposa del intérprete del género urbano. Torres continuó diciendo que “tras varias convulsiones, los médicos decidieron inducir un coma para evitar daños en sus órganos”. No obstante, Torres indicó ayer amanecieron “con la buena noticia” de que ya lo sacarán de intensivo durante el

Su trayectoria

Vico C, uno de los pioneros del rap latino a finales de la década de 1980, es conocido por canciones como ‘La recta final’, ‘Viernes 13’, ‘Tony Presidio’, ‘Desahogo’, ‘Bomba para afincar’, ‘Humolandia’ y ‘Saboréalo’. En marzo de 2017, Vico C fue galardonado con el Premio Vanguardia en la XXV edición anual de la entrega de los Premios de

INCIDENTE. El artista tuvo una reacción alérgica a un medicamente. (Foto: Facebook Vico C)

la Sociedad Americana de Compositores, Autores y Editores a la música latina. En ese evento, Vico C destacó el premio que recibió de parte de su compatriota Draco Rosa,

“porque no puede repetirse” en la carrera de algún artista. Vico C resaltó además su galardón, porque sus canciones son “de contenido” a diferencia de otros del mismo género del

rap “que no componen mucho” a la sociedad. Un día después de ese evento, se estrenó en el Festival de Cine de San Diego su película biográfica, ‘Vico C: La vida del filósofo’.

Lo que dejó ‘Game of Thrones’ Dejando una estela de corazones rotos y con las redes sociales ardiendo, ‘Game of Thrones’ dijo adiós a sus millones de seguidores. La popular serie de televisión que se labró su propio final alejado de la saga de novelas que le dio vida. Tras casi una década de batallas épicas, dragones y reyes que conquistaron la televisión, la historia de los siete reinos dejó sentado un debate sobre la última de sus ocho temporadas, para muchos esperada y para otros toda una decepción. Imprevisible de principio a

fin, la producción de HBO supe- última temporada, la que ya no ró con creces los pronósticos de tuvo como referencia las novelas los más avezados e incluso an- de George R.R. Martin, como al tes de aparecer en las pantallas principio de la serie. Pero entre críticas y la última escena, como si desilusiones, los récords de una de sus inolvida- EL DATO de audiencia nunca abanbles combates se tratara, donaron la serie y su pela sangre llegó al río hasproducción núltimo episodio, ‘The ta extenderse por las re- La fue estrenada Bells’, fue visto por 12,5 des sociales. Millones de en 2001. millones de personas en usuarios decían sentirse Estados Unidos, en la didecepcionados. El descontento con la hasta fusión inicial -la mayor audienahora mimada producción te- cia en la historia de la serie- y por levisiva pareció ir aumentando, 18,4 millones de usuarios de las a medida que se emitían cada plataformas de HBO. Aún se desconocen las cifras uno de los seis episodios de la

FINAL. Bran es el nuevo Rey de los 7 reinos.

del capítulo de cierre, pero todo hace prever que dejará pálidas sus propias estadísticas. Incluso, un estudio afirmó que 10.7 millones de estadouni-

denses iban a faltar al trabajo el domingo y ayer, debido a la serie, una cifra solo comparable a las ausencias laborales posteriores al ‘Super Bowl’. (EFE/JG)


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

LA COLUMNA DE CALA B8

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, ECUADOR

@CALA

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Turismo de conciencia: Abriendo caminos Desarrollar ideas y marcar tendencias no es un proceso de adivinación, sino de innovación, estudio y anticipación, conscientes de que el mundo se acuesta de un modo y amanece de otro. El turismo, por ejemplo, es una industria que ha experimentado un cambio trascendental, al calor de las nuevas tecnologías. Su papel en la creación de empleo y generación de riqueza es relevante en nuestros países. Sin embargo, ¿sabemos cómo será en los próximos 25 años? Nadie puede predecirlo, aunque hay factores a considerar, a medio y largo plazo, como la disrupción tecnológica y el cambio climático. Y varias preguntas que debemos hacernos ya, urgentemente, según advierte el ‘Estudio sectorial e informe de tendencias en la industria del turismo’, publicado recientemente: ¿Qué características tendrá la sociedad y cómo ello afectará al ocio en 2045? ¿Cómo nos organizaremos cuando los robots y la inteligencia artificial ocupen las actividades que hoy hacemos? ¿Cómo serán las jornadas laborales y el ocio? Los viajes de conciencia, por ejemplo, han demostrado ser una opción sostenible frente a la masificación y la frivolidad del ‘turismo de Instagram’, que piensa primero en la foto y después en el mensaje y la significa-

ción de un lugar determinado. Hace seis años, un grupo de exploradores de conciencia iniciamos diversos proyectos en varias regiones del mundo. Todo empezó en Punta Cana, y después vinieron Riviera Maya, Machu Picchu, Costa Rica, India, Bali, Tierra Santa, Nepal, Tíbet y Bután, siempre bajo las enseñanzas del mindfulness, que es el arte y la ciencia de estar conscientes. A principios de 2019, conocimos la creación en España de Mindful Travel Destinations, una asociación que potencia el equilibrio entre cuerpo, mente y alma. Su concepto se extenderá a las ferias más importantes del mundo, con un espacio dedicado exclusivamente al Mindful Travel. La creación de tales iniciativas es una excelente noticia para los que hemos impulsado los viajes de conciencia. Recién llegado del Tíbet, apelo al pensamiento del Dalai Lama: “Debemos aprender a vivir en armonía y paz con los demás y con la naturaleza. Esto no es ningún sueño, sino una necesidad”. Y tal deseo lo complemento con su llamado a la conciencia plena: “Solo hay dos días en el año en los que no se puede hacer nada. Uno se llama ayer y el otro se llama mañana. Hoy es el día correcto para amar, creer, hacer y vivir”.

www.IsmaelCala.com

NACIONAL

Hacia una ‘pintura’ llamada Quilotoa Elevaciones, campos productivos, flora, fauna y naturaleza diversa se conjugan en un paseo hacia este rincón, que parece mágico. La laguna del Quilotoa (en Cotopaxi) es un destino imperdible para los visitantes nacionales y extranjeros. La impresionante extensión de agua verde-esmeralda deja embrujados a todos quienes la observan desde el mirador levantado en el complejo turístico que es manejado por la comunidad que tiene el mismo nombre. Pero aún más impresionados quedan quienes descienden hasta la orilla de esta majestuosa laguna que llena el cráter del volcán Quilotoa, que tiene un diámetro de casi 9 km y que según los guías de turismo, cuando erupcionó, hace unos 800 años, el flujo llegó hasta el mismo océano Pacífico. Cuando la persona arriba al complejo se encuentra con locales comerciales, donde ofertan sacos, ponchos, gorras, guantes, bufandas, debido al frío intenso que persiste en el lugar. También hay restaurantes con una variedad de comida típica y en las cercanías existen sitios de hospedaje. Pero antes, en el trayecto desde Quito, se observan algunas maravillosas elevaciones como el Pasochoa, el Rumiñahui, el Corazón, los Illinizas, detrás de los cuales está el volcán Quilotoa, al que se llega viajando por la Panamericana y luego por la vía Latacunga- Pujilí-La Maná, por aproximadamente tres horas, si es que no se hacen paradas ‘técnicas’ en los sitios que se levantan al filo de la carretera, en Tambillo o en Machahi, esta última tierra ganadera y lechera. El camino

La vía Latacunga-Pujilí-La Maná es una carretera de dos carriles en buen estado, la cual atraviesa extensos campos verdes que dan cuenta de los cultivos propios de zona de páramo, como papas, cebolla, ajo; vegetación,

esponjas de agua y rocas volcánicas gigantes que sobresalen entre la naturaleza para dar cuenta de la magnitud de la última erupción del Quilotoa. Asimismo, se observa ganado, especialmente borregos, de los que aprovechan su lana para tejer la vestimenta que ofertan a los turistas. Desde la carretera, a lo lejos se avista la comunidad de Tigua, que se formó en torno a la hacienda del mismo nombre, y donde pintores indígenas han sabido plasmar sus vivencias en el campo sobre el cuero de borrego curado. En esta oportunidad no fue posible visitar el lugar, porque el objetivo era llegar al Quilotoa. Pero antes del destino final, una parada fue en el cañón del río Toachi, un gran accidente geográfico que parece una quebrada gigante, que puede ser apreciado desde miradores improvisados y que requieren de mayor seguridad. La aventura del descenso

El Quilotoa está a 3.800 msnm y la idea no es solo apreciar la laguna desde lejos, sino llegar hasta el filo de ella y comprobar que efectivamente su agua tiene un color especial por los minerales existentes en el lugar. El descenso se realiza por un sendero que hay que transitarlo con cuidado, pues la arena que forma parte del piso es resbaladiza y puede provocar algún accidente. La caminata se completa en aproximadamente 30 minutos desde el mirador hasta la laguna. Al llegar el visitante queda maravillado con la inmensidad de la laguna y con solo pensar que está dentro del cráter de un volcán. Unas pequeñas cabañas con asientos invitan a sentarse, descansar y disfrutar de tanta belleza.

El sendero ° La caminata de descenso y ascenso a la laguna del Quilotoa es muy congestionada, sobre todo los fines de semana. Gente baja y sube a pie, aunque hay algunos que pagan 10 dólares para regresar a lomo de caballo. Cuando pasa el caballo, las personas deben hacerse a un lado, pues estos animales tienen preferencia, ya que su caminar es mucho más rápido que el de los turistas. Los comuneros se encargan de mantener el sendero limpio. Están permanentemente subiendo y bajando con pala en mano para limpiar, sobre todo, los excrementos de los animales.

Valores

Para el paseo 25 dólares cuesta un ‘Full Day’ que promocio°nan operadoras de turismo desde Quito. Incluye transporte, guía y almuerzo.

es el valor del desayuno, que corre °por5 dólares cuenta del visitante. dólares cuesta el ascenso en caballo desde °la 10 laguna. 3 dólares cobran por el alquiler de los botes °para navegar, por 30 minutos, por la laguna.

° El hospedaje va desde 10 dólares en adelante. Los comuneros alquilan botes para dar paseos de media hora, aproximadamente, y aunque está prohibido bañarse en las aguas de la laguna, hay quienes se atreven a meter sus pies y refrescarse de la caminata. Lo más duro de esta aventura es el retorno. La subida toma a los visitantes entre una hora y media a dos horas, dependiendo de las condiciones físicas de cada uno, pero al final de la aventura se valora la recompensa, el haber disfrutado de cerca una maravilla natural que es muy codiciada a escala mundial. (CM)

Quilotoa Latacunga

Zumbagua La Maná

Pujilí


INTERCULTURAL

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MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora ECUADOR

El champús, una bebida refrescante y ancestral El pueblo Quitu-Cara, en Pichincha, está conformado por aproximadamente 100 mil habitantes y su idioma es el kichwa. Sus habitantes se dedican principalmente a la ganadería, la caza y a la recolección de alimentos. La base de su dieta se constituye principalmente de cereales, granos, papas y maíz. Es tradicional que en las grandes festividades se comparta a los invitados el cuy asado acompañado de la ‘chicha de jora’ o también del llamado ‘champús’. Ambos están hechos en base de maíz, pero su preparación varía dependiendo el grado de fermentación de sus ingredientes. El ‘Atlas Alimentario de los Pueblos Indígenas y Afrodescendientes del Ecuador’ señala que en las fiestas más importantes de esta población, como matrimonios, bautizos, el Inti Raymi y Día

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de los Difuntos, se prepara el champús como ‘néctar’ principal para tomarla con sus invitados. Para obtener esta preparación se debe cocinar la harina de maíz y luego se añaden hojas de naranja. Tradicionalmente, se añadía a la receta ‘el concho’ de la chicha de jora para que fermente, pero en la actualidad se ha perdido esta costumbre. Daniel Sánchez, experto en gastronomía, se refiere al champús como una bebida tradicional que lleva frutas y hierbas. “Esta es una preparación ancestral muy nutritiva y saludable que hasta hoy en día se la consume todavía y comercializa en varios pueblos y ciudades de la Sierra ecuatoriana”. El Día de los Difuntos se lleva comida al cementerio, la misma que se prepara la noche anterior. El festín va dedicado a quien pasó a mejor vida y, por esta razón, se va con el plato favorito del fallecido y se comparte sobre su nicho. En esta ocasión el menú principal para conmemorar es la colada de ‘uchu jacu’, que, acompañada del champús, son el menú preferido por los indígenas. (DLH)

Exige tus derechos

Español CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR TÍTULO II DERECHOS

Capítulo segundo Derechos del buen vivir

Artesanos de Zamora Chinchipe tienen nuevo espacio de exhibición

Hasta diciembre se cumplirán las ferias provinciales artesanales en Yantzaza.

ZAMORA CHINCHIPE • Gracias a un convenio entre el Municipio del cantón Yantzaza y el Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, durante todo este año se cumplirán las Ferias Provinciales Arte- EL DATO sanales. Se trata de un espacio que esFerias tará disponible el Las Provinciales último domingo de Artesanales se el último cada mes en la ciu- hacen domingo de dad de Yantzaza, cada mes en Yantzaza, capital conocida también del cantón del como el ‘Valle de mismo nombre. las Luciérnagas’. Las Ferias Provinciales Artesanales están abiertas para todos los obreros de los nueve cantones de Zamora Chinchipe, entre ellos quienes elaboran artesanías que son características de los pueblos y nacionalidades que habitan en la provincia, como los shuaras, los saraguros, los puruháes y afroecuatorianos. La primera edición de estas ferias provinciales ya se cumplió y en ella participaron unos 35 artesanos provenientes de diferentes cantones como Zamora, Centinela del Cóndor, El Pangui y Yantzaza. El malecón de Yantzaza fue el escenario donde se expusieron diferentes productos como adornos de cocina en tejido en lana, cobertores de baño, adornos de sala, artesanías de los shuaras, collares, aretes, llaveros, pulse-

EXPOSICIÓN. Las artesanías del pueblo Saraguro estuvieron presentes en la primera feria provincial artesanal.

VARIEDAD. Artesanos de diferentes ramas participan en este tipo de ferias.

ras elaboradas en mullo, sombreros en base al chante de plátano, entre otras artesanías que destacaron por la creatividad y colorido. Motivación para el emprendedor

Carmen Herrera, quien es una emprendedora del cantón Zamora, participó en la feria mostrando llamativos productos. Ella se dedica a la elaboración de adornos para baño, cocina y sala, a través del tejido en lana. Señaló que este espacio les permite visibilizar su trabajo e invitó a la ciudadanía a consumir los productos locales. Por su parte, Sonia Carri-

llo, quien se desempeña en diferentes áreas de la artesanía, comenta que la iniciativa de las autoridades es importante para motivar al emprendedor que de alguna forma busca nuevos ingresos para sus familias. Para la ejecución de la feria, el Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe y el Municipio de Yantzaza firmaron un convenio de cooperación que permitió facilitar la movilización, la logística y las alimentación de los artesanos participantes. Desde el Gobierno Provincial se indicó que este tipo de eventos van en beneficio de los emprendedores y artesanos de Zamora.

Capítulo octavo Derechos de protección Art. 81.- La ley establecerá procedimientos especiales y expeditos para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia intrafamiliar, sexual, crímenes de odio y los que se cometan contra niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas con discapacidad, adultas mayores y personas que, por sus particularidades, requieren una mayor protección. Se nombrarán fiscales y defensoras o defensores especializados para el tratamiento de estas causas, de acuerdo con la ley.

CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO

Art. 82.- El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.

CONVOCATORIA

De conformidad con lo que disponen los artículos 90 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y 23 de su Reglamento, por desconocer sus domicilios actuales, se convoca a los señores servidores policiales (S.P.): Héctor Omar Paredes Báez, 1709061871, Edgar Lizandro Serrano Torres 0105518062, a la conferencia final de comunicación de resultados, mediante la lectura del borrador de informe del examen especial, practicado por Unidad de Auditoría Interna del Ministerio del Interior, de la Contraloría General del Estado, acción de control a los procesos de pago y liquidación de los servidores policiales dados de baja por ausencia ilegal de la Policía Nacional en la Comandancia General de Policía; y, modificación a la orden de trabajo mediante oficio 52031-DNAI de 28 de diciembre de 2018, a la Policía Nacional del Ecuador, por el período comprendido entre el entre el 1 de enero de 2013 y el 30 de noviembre de 2018. Diligencia que se realizará el día 23 de mayo de 2019 a las 10:00, en Quito, en el Edificio de la Comandancia General de Policía, Av. Amazonas No. 35-113 y Japón, segundo piso, Dirección de Auditoría interna.

Kichwa ECUADOR LLAKTAPAK MAMAKAMACHIY ISHKAYNIKI WANKURIY Sumak kawsaypak hayñikuna

PUSAKNIKI WANKURIY Ukllaypak hayñikuna

81 niki.- Kamachiyka ayllupi millaynakushkamanta, millayyumaymanta, tsiknimanta, kariwarmi wawata, imillata, paktarunata, tisiku runata, yuyakrunata, shuktak wakllirishka runa kamayta mutsuk runakunata tsiknishkamanta wanachinkapaka akllashka ñawpachimuyta, rikurayak tiyachun churanka. Huchachikkunata, wanachina katinata yachak kariwarmi harkakkunata shutichinka, kaytaka kamachiywan yuyarishpami churarka. 82 niki.- Kamachiyta kamana hayñika Mamakamachiyta sumakchaymi tiksirin, uchilla kamachiykunarak tiyashka, achiklla kak, tukuyllakunami tiksirin; kaykunataka, kayta yachak kamachikkuna patachishkami kan.

MUESTRA. Los sombreros de hábiles manos son uno de los productos que se exhibieron.

Lcdo. Fausto Carrera Arboleda AUDITOR GENERAL INTERNO MINISTERIO DEL INTERIOR P.A.B.22884


MOSAICO

• HORAGRAMA

H. MARCELO MEJIA R. hmejiadlh@gmail.com

Ensenada

¿Nació un 21 de mayo?

La paciencia es uno de sus grandes dones. Es muy tolerante y responsable por lo que dentro de su área laboral y profesional se desempeña de muy buena manera. Debe procurar disfrutar un poco de la vida ya que no todo es trabajo ni responsabilidades.

Nave

B10

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, ECUADOR

Costoso

E

Pollo del ánade

Oca Proyecto, idea

Perezoso del Brasil Trabajo, obra

Nortífero, mortal Estado de Asia Secreto Capital de Uganda Terminación verbal

Herman de Abel Comercio, tráfico

MAX: 23:30

Artículo femenino Arbusto chino

A

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Actriz, modelo y productora australiana

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Fue un actor australiano de cine y televisión

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Masa de agua salada Esposa de Abraham

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Antorcha

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Ciudad de Yemen Lecho

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Cuidar, velar

O Tiempo Baúl, cofre

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Proyectil Cuatro más uno

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Soga de esparto Hermano de Moisés

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Adverbio de cantidad Tapir

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Arrojar, expulsar

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Símbolo del hidrógeno

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Lista

E D

Primera nota musical Arrestar, apresar

L

E

corral CELEBRIDADES Roedor EDGAR ALLAN POE R (1809 - 1849) EscRitOR NORtEAmERicANO. A sE DistiNGuió cOmO POEtA, T cRíticO y AutOR DE cuENtOs POLíticOs y DE tERROR. A

Aprisco,

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G

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Ciénega, fangal Igualdad, nivel

A

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Gato en inglés Embuste, trampa

N

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Artículo femenino

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Estado del Brasil Acción de criar

N

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Tasín

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Relativo al día

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Yunque del platero Religiosa

Taberna Trabajo, tarea

R

A

Símbolo del radio Ciudad de Japón

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Repercusión Grueso

3 8 5

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4 7 6

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(abril 20 - mayo 20)

Alentar, estimular Embuste, trampa

9 6 3 7

1 2

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A

Hurtar

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C

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O

A

Premio cinematográfico

GÉMINIS

Puede haber falta de concentración; ponga atención. La comunicación es franca y sensible. Buen día para leer. Recuerde: En la vida no se consigue nada sin perseverancia.

L

E

Instrumento de ataque Estado de Norteamérica

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C

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Bogar

Diosa de la tierra Carcomer, ratonar

Ciudad de Yemen

S

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Composición lírica

A

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Andar hacia atrás

C

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Clausurado, hermético Arbusto chino

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Equipar

7 3

A

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A

9 4 8

2

2

Verdadero Político chino

(agosto 23 - septiembre 22)

Atalaya Símbolo del cerio Fallar

Tiene confianza en Ud. mismo, esto le ayuda a mantener los pies en la tierra. Venza los estados de soledad. Medite y busque ayuda interna espiritual Recuerde: No ponga límites a su vida.

LIBRA

(septiembre 23 - octubre 22)

8

1

(julio 23 - agosto 22)

Actúe con moderación ya que estará muy sensible y por ello sus emociones son muy fuertes. Controle su apetito. Recuerde: Distribuya amor y comprensión a todos los que se le acercan.

VIRGO

Estrella en inglés Calor, ansía

Tela fruesa y fuerte

6 9 1 7 2 4 8

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Masa de agua salada

Onda

Espalda, espinazo Ciudad de Japón

5

3 5

LEO

Signo matemático

Dádiva

Ostentación, jactancia Primera nota musical

Exceso de interés en la seguridad material, contrólese y reconozca los verdaderos valores. Puede recibir ayuda de mujeres. Recuerde: No rivalice con los demás.

Disperso Isla de las Antillas Ola

E

N E

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(junio 22 - julio 22)

Celador, portero Comprender, deducir

I

Miedoso, tímido Relativo al coro

A

CÁNCER

B

E

Ira, enojo

Ramo largo y delgado Terreno inhabitado

B

Saludo indio Tamiz, cedazo

Sentirá deseos de proteger y cuidar a sus padres; hágalo. Reflexione y medite sobre sus emociones. Realice tareas en el hogar. Recuerde: Sea perseverante en las buenas obras.

(mayo 21 - junio 21)

Actor australiano nacido en el Reino Unido

O

A

8 5 9 6 8 1 4 8 1 5 2 7 5 2 6 4 9 9 4 8 3 1 3 9 4 5 8 7 5 9 6 3 4 6 1 7 2 6 1 2

Rostro

M

Nro. 4675 1

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I Átomo

CÁPSULA CIENTÍFICA

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3 2

5 1

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3 7

5 2

8 9 6

I

Los jardines del futuro ante el cambio climático jardinería pudiese contribuir a preservar el planeta? En el Chelsea Flower Show de Londres, una de las mayores ferias de horticultura del mundo, el jardín de mañana responde a los desafíos del cambio climático. “Basta con encender la televisión cada día para ver los cambios medioambientales, ya sea la desertificación, la seguridad alimentaria o la deforestación y para concienciarnos de que sin las plantas vamos a tener pro-

TAURO

Fogarada

Licor

Apócope de mamá

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LONDRES, AFP • Y si una afición a la

Ciudad de Turquía Símbolo del sodio

Trio, terceto

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Nro. 4676

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R Canica

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Dádiva

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Labrar

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Regate, quiebro Palurdo, ignorante

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• HORAKU

HBO PLUS: 23:20

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Cuadrúpedo

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I

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Hogar

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Tree es una estudiante universitaria que disfruta ser el centro de atención y se preocupa muy poco por los demás. Pero su actitud cambia cuando descubre que el día de su cumpleaños será el último. Ahora Tree debe revivir el día de su asesinato una y otra vez, muriendo en distintas situaciones, hasta poder averiguar quién es el responsable.

(marzo 21 - abril 19)

Los impulsos maternales se intensifican. Demuestre sus sentimientos a quienes ama. Disfrute del día. Recuerde: Contribuya con algo suyo para hacer que este mundo sea hermoso.

Sortija

Sofoco, acalaramiento Arma arrojadiza

Solución anterior

Multitud, caterva Verdadero

L

Feliz día de tu muerte

Tambor de un parche Estado de Venezuela

ARIES

Igualdad, nivel Nombrar, citar

Garantía Carro en inglés Atar con lianas

Actriz ucraniana naturalizada estadounidense

Enrique es un médico que °viaja a una playa solitaria huyendo de su pasado. En ese lugar, el destino lo une con la mujer que él quiere olvidar. La pasión entre ellos desata lo peor de cada uno y despierta el odio de aquellos que alguna vez amaron.

Tetahíla, serie Símbolo del radio

Batín, quimono Etiqueta

Vía, calzada

Los que aman, odian

Carbón encendido Huella, señal

Dueño Frenar, detener

TVFAN

HORÓSCOPO

blemas”, explica a la AFP Tom Dixon, que presenta un jardín ambiciosamente bautizado “La jardinería salvará el mundo”. Mientras en los estands adyacentes de la feria, celebración anual del genio de la jardinería británica, brillan los colores de peonías, lirios y rosas, a primera vista su jardín en dos niveles parece menos espectacular. En enormes macetas colocadas sobre una gran estructura metálica, un oasis compuesto de una variedad de árboles, flores y

EDÉN. la jardinería salvará al mundo, dicen los expertos.

plantas encierra bajo sí un laboratorio con luz artificial donde crecen hierbas y plantas comestibles sin tierra y con muy poca agua. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec

MICROBIOGRAFÍA

Harold Robbins (1916 - 1997)

Fue un escritor estadounidense de literatura popular, autor de 25 ‘best sellers’ que vendieron 750 millones de copias en los 32 idiomas en los que fue traducido. Su primer libro, ‘No amaras a un extraño’ (1948), estaba basado en su propia vida en el orfanato y en las calles de Nueva York y creó gran polémica y controversia por sus gráficas explicaciones sobre la sexualidad. Lo escribió para ganar una apuesta de 100 dólares con un directivo de Universal Pictures y demostrarle que era capaz de escribir un guion más interesante que lo que se hacía en ese momento en la meca del cine. (OG)

Es fiel a sus amigos, ellos confían en usted y lo buscan. Puede hacer nuevas amistades. Sus dotes de organización son muchas. Recuerde: Viva sonriente y alegre para ahuyentar las preocupaciones.

ESCORPIO

(octubre 23 - noviembre 21)

En su trabajo puede ser el centro de atención ayudando a sus compañeros. Quizás su trabajo sea reconocido. Recuerde: No rechace un trabajo porque sea modesto.

SAGITARIO

(noviembre 22 - diciembre 21)

Trácese metas espirituales a las que pueda llegar. Cambie de ambiente, puede asistir a espectáculos culturales, educativos o religiosos. Recuerde: Mantenga su mente limpia de cualquier pensamiento menos digno.

CAPRICORNIO

(diciembre 22 - enero 19)

Las experiencias emocionales son intensas y profundas; tanto física como económicamente. Pague sus deudas. Recuerde: La mente es el reflejo de nuestra alma.

ACUARIO

(enero 20 - febrero 19)

Siente la necesidad de ser fiel a su pareja. Evite los celos y no sea posesivo. Los contactos sociales se incrementan. Recuerde: Sea bien educado, antes de pedir que lo sean los otros.

PISCIS

(febrero 20 - marzo 20)

El trabajo y la salud ocupan su atención. No reprima sus emociones. Alguien puede necesitarlo, ayúdele. Recuerde: La victoria nos llega por medio de las luchas.


CRONOS B11

tiempo lectura 15 min.

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora ECUADOR

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Estrellas en la red Cristiano Ronaldo colgó en su cuenta de Twitter @Cristiano una foto en la que celebra el título de la Juventus en el Calcio junto a su madre y esposa. “Siempre es bueno compartir estos bellos momentos con mis amores”, escribió el goleador portugués. ‘CR7’ solo pudo ganar el título en Italia, pero le fue esquiva la Liga de Campeones, donde fue eliminado por el Ajax de Holanda. (WOM)

El ‘Bolillo’ escogió a sus ‘pupilos’

Mbappé deja la puerta abierta sobre su futuro ¿Por qué esta ‘bomba’ mediática? Kylian Mbappé, que el domingo dejó abierta una duda sobre su futuro en el París Saint-Germain, presiona a sus dirigentes para que le sitúen a la altura de sus ambiciones, mientras resuenan los ecos de un posible interés del Real Madrid por fichar al fenómeno. “Es un momento importante para mí. Un giro en mi carreTOME NOTA ra, el momento de tener más responsabilidaKylian Mbappé llegó al PSG des. Tal vez en en2017 y tiene el PSG, tal vez un contrato hasta 2023. en otra parte”, dijo el domingo el jugador, tras haber recibido el trofeo de mejor jugador del campeonato de Francia. Obviamente la declaración del campeón del mundo francés de 20 años fue calculada. Preparada con mimo. Minutos después de soltarla, Mbappé confirmó lo dicho a los perio-

COPA AMÉRICA

PARÍS, AFP •

TEMPORADA. Kylian Mbappé fue el jugador más galardonado en el fútbol francés. AFP

distas presentes en la gala, todavía sorprendidos. “Para mí, era el momento de decirlo. Soy alguien íntegro, cuando digo algo, lo pienso. Para mí, era el buen momento para decirlo. Ya está, lo he dicho”, explicó, reiterando su deseo de tener todavía más “responsabilidades”.

Claudio Pizarro anuncia que se retirará en 2020

El delantero peruano del Werder Bremen Claudio Pizarro, de 40 años, aseguró que se retirará en 2020, un día después de haber renovado su compromiso por una temporada con el conjunto alemán. “La próxima temporada será la última, quiero finalizar mi carrera en buenas condiciones”, señaló. AFP

‘CR7’ comparte con sus ‘amores’

CRITERIO. El DT Hernán Gómez explica las razones de su convocatoria.

Fidel Martínez, goleador del torneo, no fue incluido. Chicaiza, el ‘10’ de Liga, sí está en la nómina. El seleccionador partido internacional y cada vez Hernán ‘Bolillo’ Gómez ya tiene que entró, le dio trabajo al equia los 23 hombres para afrontar po, eso para mí es importantísiCopa América de Brasil y por su mo”, comentó. De la misma manera, Felipe puesto los amistosos previos que tendrá con México y Venezuela, Caicedo, que fue elegido como el mejor jugador del mes de en Estados Unidos. su club Lazio de Italia y el Para esta ocasión EL DATO pasado 15 de mayo condejó fuera de su listado quistó la Copa de ese país. a nombres importantes. jugará En su caso fue una deciComenzó por indicar Ecuador amistosos con que los 40 (de la primera Venezuela el 1 de sión que tomó el jugador y México el en 2017, tras discrepanlista) son una buena base julio 9 de julio. cias con la exdirigencia de para las Eliminatorias la FEF. (a Qatar 2022) y los que Cristhian Noboa, que fue no van a esta Copa, tendrán su oportunidad, porque ya están campeón recientemente con el Zenit de Rusia, no estará con la en el proceso. ‘tricolor’.

Quiero que me trabajen y me triangulen lo más rápido que se pueda. Estoy mirando en ese espejo (Liverpool de Jurgen Kloop), quien tiene actitud y compromiso”. HERNÁN DARÍO GÓMEZ, DT DE ECUADOR

GUAYAQUIL •

Ausencias

Entre los ausentes está el lateral Andrés ‘Pollo’ López, que viene destacando con Universidad Católica, incluso anotó uno de los goles para pasar de ronda en Copa Sudamericana. Tampoco está Fidel Martínez, goleador de Barcelona S.C y que ya ha sido parte de otros procesos con el combinado ‘tricolor’ y Miller Bolaños, que también viene con goles. Se decidió por Andrés Chicaiza, de Liga de Quito. “Entre Fidel, Mena y Andrés, hice la deducción. Mena viene con goles en México, Fidel en Barcelona, es un jugador importante, tiene asistencias. Pero Chicaiza es un jugador importante hasta en la banca. Lo vi en

Fijo para el DT

‘Bolillo’ Gómez insiste en convocar a Carlos Gruezo, quien milita en la MLS, donde lleva un gol y 694 minutos jugados, con tres lesiones en los tres últimos duelos, según la página de Transfermarket. “Es un hombre distinto a todos, tiene un trabajo especial para nuestro sistema táctico, tiene fuerza y se adapta a otros estilos”, enfatizó. El DT ‘cafetero’ dijo que en el ataque estaba entre Carlos Garcés y Roberto ‘Tuka’ Ordóñez, pero se decidió por el primero, por el estilo de fútbol que tiene. “Me siento contento y motivado. Para todo futbolista es importante vestir la camiseta de su país,

Ecuador

Convocados Arqueros ° Alexander Domínguez (Vélez SarfieldARG) Banguera (Barcelona) ° Máximo ° Pedro Ortiz (Delfín). Defensas Pablo Velasco (Barcelona) ° Pedro Caicedo (Barcelona) ° Beder Achilier (Morelia-MÉX) ° Gabriel Arreaga (Seattle Sounders-USA) ° Xavier Ramírez (Krasnodar-RUS) ° Cristian Quintero (Liga de Quito) ° José Arboleda (Sao Paulo-BRA) ° Robert ° Arturo Mina (Yeni Malatyaspor-TUR) Centrocampistas Méndez (Orlando City-USA) ° Jhegson Orejuela (Liga de Quito) ° Jefferson Intriago (Liga de Quito) ° Jefferson Chicaiza (Liga de Quito) ° Luis Gruezo (Dallas-USA) ° Carlos Ibarra (América-MÉX) ° Renato Antonio Valencia (Manchester United°GBR) Delanteros ° Romario Ibarra (Minnesota UnitedUSA) Preciado (Santos Laguna-MÉX) ° Ayrton Mena (León-MÉX) ° Ángel Valencia (Tigres-MÉX) ° Enner ° Carlos Garcés (Delfín)

todo es gracias al trabajo diario”, expresó el jugador ‘Cetáceo’. De la misma manera Pedro Pablo Velasco (BSC) y José ‘Choclo’ Quintero (LDU), aunque señaló que en primera instancia tenía en mente a Juan Carlos Paredes y Mario Pineida. (SJMS)


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

CRONOS B12

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, ECUADOR

NACIONAL

La portera Christiane Endler encabeza nómina de Chile al Mundial de Francia CHILE, EFE • La portera Christiane Endler (PSG-Francia) se

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MINUTERO Jugarán la Copa Alberto Spencer

Aprovechando la para del °torneo local, Liga de Quito, Aucas, en representación de Quito; Barcelona y Emelec, por Guayaquil, se medirán en un torneo relámpago en junio. Los ganadores de ambas llaves, que se jugarán a partidos de ida y vuelta, también jugarán la gran final con dos compromisos que determinen al campeón del mini torneo, que es organizado por la cadena Gol TV.

Joel Valencia brilla en Polonia

Valencia, extremo de °24Joel años, quien destacó durante la temporada 2018/2019 con el Piast Gliwice, fue elegido como el Mejor Volante y el Mejor Futbolista de la Ekstraklasa, la primera división del fútbol de Polonia.

No todo fue bueno para los ecuatorianos en el exterior En la décima segunda °jornada de la segunda divi-

sión del fútbol profesional de Corea del Sur, el Bucheon 1995 recibió al Busan Park en el estadio de Bucheon, contando con Marlon De Jesús de titular. Pero el ariete de 27 años salió al cambio al minuto 43 y su equipo cayó (3-1) ante el Busan Park.

convirtió en la punta de lanza en la primera convocatoria mundialista de la historia de Chile, de cara a la cita internacional que se disputará en Francia desde comienzos de junio. Junto con la destacada arquera chilena estará un equipo plagado de ‘españoles’, ya que son 9 de 23 las futbo-

Vélez: ‘Queremos llegar a la final de la Sudamericana’ Macará se enfrenta a Royal Pari hoy a las 17:15, en el estadio Ramón Aguilera. Luego de la goleada que le propinó Macará (5-1) a Fuerza Amarilla en Ambato, los comandados por Paúl Vélez concentraron en Ambato hasta el domingo mediodía. Los ‘Celestes’ se trasladaron hasta la vecina ciudad de Latacunga, donde los esperaba un avión chárter que los trasladaría hasta Bolivia para enfrentar su primer partido correspondiente a la segunda fase de Copa Sudamericana. El entrenador de origen cuencano Paúl Vélez, quien está considerado como uno de los mejores técnicos del fútbol ecuatoriano, fue entrevistado por una radio local de Ambato y dejó entrever sus aspiraciones grupales y personales. Dejó en claro que su equipo tiene condiciones pero que no menosprecian al rival y que enfrentarán el partido con la seriedad que amerita. “Los hinchas piensan que somos superiores a Royal Pari, pero ellos también deben pensar lo mismo, que somos asequibles. La serie es muy pareja y siento que estamos en igualdad de con-

El retorno del ‘Samurai’ Patricio Hurtado, conocido también como ‘Patogol’, quien actualmente dirige al Deportivo Universitario, fue quien extendió una invitación a Norberto Araujo para que vuelva a las canchas. El último equipo del ‘Samurai’ fue Liga de Quito, y pese a que en 2017 decidió alejarse del fútbol profesional, no rechazó la oferta de Hurtado pues aseguró que se quedó con la ‘espinita’. Deportivo Universitario será la nueva casa de Araujo, este equipo disputa el campeonato en la segunda categoría de Tungurahua. “Contento de esta nueva etapa, salí de las canchas hace un par de años, pero estoy contento por retomar esto en una ciudad que no está tan lejos de Quito. Agradecido con la directiva y con el Pati, trataré de aportar con mi granito de are-

listas, que se desempeñan en clubes de la liga ibérica. Entre las más destacadas están las responsables de la construcción y los goles: Karen Araya, jugadora del Sevilla, y Yanara Aedo, punta del Valencia. Araya, de 28 años, ha disputado 26 partidos con la camiseta sevillista y ha anotado un gol esta temporada.

COPA SUDAMERICANA

Posibles alineaciones Segunda Fase ROYAL PARI

Arauz Guerra Barrios Brau Zampiery Thiago Chávez Milano Figueroa Cabrera Mosquera DT: R. Mosquera

MACARÁ

Burrai Corozo Manchot Corozo Quiñónez De la Cruz Arce Gómez Arboleda Estrada Champang DT: P. Vélez

Hora: 17:15 Estadio: Ramón Aguilera Árbitro: Michael Espinoza (PER)

diciones”, aseguró el estratega del ‘Ídolo de Ambato’. Vélez, además, dijo que en los últimos tres meses ha recibido ofertas de tres equipos, dos de ellos de ligas sudamericanas y una de Europa. Sin embargo, hoy por hoy, su principal objetivo es desempeñar un buen papel con Macará, tanto en el campeonato local como a nivel internacional.

FASE. Macará clasificó a la segunda fase luego de superar al Guabirá de Bolivia.

Actualmente, Macará se ubica en el tercer lugar de la tabla de valores con un total de 29 punto, a uno del puntero que es Barcelona S.C. La buena noticia para la escuadra ‘celeste’ es el retorno del guardameta argentino Javier Burrai, quien ha estado lejos del arco guaytambo desde la sexta fecha en la que vencieron con la mínima diferencia a América de Quito. Otra vez un conjunto boliviano Los “inmobiliarios”, dirigidos por el entrenador peruano Roberto Mosquera, son el único equipo de Bolivia que se mantiene en competición en un torneo internacional, por lo que tienen la misión de superar a los ambateños y avan-

zar a la siguiente fase. Mosquera basará gran parte de su apuesta ofensiva en el delantero colombiano John Mosquera y en el mediocampista argentino Mauro Milano, que formaron parte del equipo que el pasado sábado venció 2-1 al Guabirá en la penúltima jornada del campeonato local, equipo al que Macará dejó en el camino durante la primera fase. El Royal Pari pretenderá dejar de lado una irregular campaña en el campeonato Apertura, en el que ocupa la décima casilla con 25 puntos tras la misma cantidad de partidos disputados. El cotejo de vuelta será el próximo 29 de mayo en Ambato. (MP).

Católica busca el pase a octavos en la Sudamericana

CATEGORÍA. Norberto Araujo se retiró del fútbol profesional en 2017, ahora vuelve a la segunda categoría.

na”, aseguró el zaguero de origen argentino (nacionalizado ecuatoriano) de 40 años. “Tuve un acercamiento con Patricio Hurtado, hablé con los dirigentes y me encantó la idea, me encantó el proyecto. Se ve que es gente muy seria y ojalá que podamos responder de acuerdo a las expectativas”, agregó. (MP).

La Universidad Católica recibe hoy (17:15) en el estadio Olímpico Atahualpa a Mélgar por el partido de ida de la Segunda Ronda de la Copa Sudamericana. Los ‘camaratas’ obtuvieron el boleto a esta fase después de derrotar por penales al Colo Colo. El Mélgar, en cambio, fue tercero en su grupo de la Copa Libertadores y fue traspasado a este torneo. Es la tercera vez que el ‘Trencito Azul’ llega a estas instancias del torneo continental. Nunca logró clasificar a octavos. Para el Mélgar, en cambio, es la primera vez que disputa la segunda ronda de esta competición. Los dirigidos por Santiago Escobar vienen de una derrota frente a Emelec. Esto supuso un descenso al cuarto lugar de la LigaPro. El Mélgar empató como local ante el Sport Boys. Los ‘rojinegros’ se encuentran en el

Posibles alineaciones Segunda Fase U. CATÓLICA

Gálindez López De los Santos Mosquera Carcelén Godoy Oña Armas Rodríguez Vides Chalá DT: S. Escobar

MÉLGAR

Cáceda Carmona Ramos Diez Mifflin Romero Vidales Arias Sánchez Gómez Cuesta DT: J. Pautasso

Hora: 17:15 Estadio: Olímpico Atahualpa Árbitro: Ángel Arteaga

puesto 13 de la Primera División Peruana. “Estamos con mucha confianza y entendemos que el equipo está pasando por un buen

CLASIFICACIÓN. Católica venció a Colo Colo en Chile y clasificó a la segunda fase del torneo sudamericano.

momento”, declaró Hernán Galíndez, portero de la Católica. Jorge Pautasso, director técnico del conjunto ‘dominó’, por su lado dijo que están “con muchas ganas de representar al Perú de la mejor manera”. El ecuatoriano John Narváez milita en el equipo peruano, pero no iría en el once inicial.


CRONOS

Xavi cierra su carrera con una derrota del Al Sadd en Irán IRÁN,EFE•El mediocampista español Xavi Hernández

disputó este lunes en Teherán su último partido antes de retirarse como futbolista y lo hizo con la camiseta del Al Sadd catarí, con el que perdió 2-0 en el campo del Persépolis. Fue en un duelo de la fase de grupos de la Liga de Campeones asiática, en la

que el Al Sadd es líder de su grupo y está ya clasificado para los octavos de final. Con este compromiso, el jugador catalán puso punto final a una carrera exitosa de 22 años. El excapitán del Barcelona, que tiene 39 años, recibió distintos homenajes este lunes con motivo de su último partido.

LIGAPRO

TORNEO. Fue la penúltima fecha que se disputa en el toreo local, antes de la para por Copa América.

Guayaquil City y Sociedad Deportiva Aucas cerraron la décimo cuarta jornada del torneo local. Con gol de Michael Hoyos, Guayaquil City se puso a la delantera pero Juan Tévez marcó el empate en el minuto 90+4. Los locales comandados por Pool Gavilánez ocupan la décimo segunda posición en la tabla de valores, mientras que Aucas se mantiene en el límite de los equipos que clasificarán a los

‘playoffs’ (ocho escuadras), con una diferencia de 10 puntos en relación al puntero que es Barcelona S.C. Ambos clubes salieron a proponer, pero fueron los ‘Ciudadanos’ quienes se adelantaron en el marcador. Con un gol de ‘palomita’ Michael Hoyos marcó la primera del compromiso a los tres minutos, tanto que provocó que el partido se torne de ida y vuelta. Guayaquil City buscaba

1 1

G. CITY

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

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RENOVACIÓN. Intriago declaró en febrero pasado que había firmado con Liga hasta el 2020.

División de honores en el ‘Chucho’ Benítez En la próxima fecha, Guayaquil City se medirá con el Deportiva Cuenca.

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AUCAS

ampliar la diferencia y Aucas, por medio de sus delanteros Edson Montaño y Maximiliano Barreiro, buscaban desesperadamente el empate. A los 32 minutos, el juez central dictaminó un tiro penal a favor de Guayaquil City, tras una falta cometida por Romero sobre Cangá. Fue Naula el encargado de cobrar, pero el guardameta Fernández estuvo atento para detener el remate y salvar la

portería de Aucas. Con este 1-0 temporal, se terminó el primer tiempo, y le significa a Aucas quedarse en octavo lugar con 20 unidades y a Guayaquil City sumar 16. En la reanudación del compromiso, ambos equipos recurrieron a una sola variante por bando. En el caso de Guayaquil City, Gavilánez reemplazó a Anderson Naula por el mediocampista argentino Chaves. Mientras que, Gabriel Schürrer, de Aucas, sacó a Marcos Olmedo y metió a Bryan Sánchez. En una última jugada, Juan Manuel Tévez logró empatar el partido y rescatar un punto en los adicionales. (MP).

Paz: ‘Sumen y resten’ Esteban Paz, representante de la Comisión de Fútbol de Liga de Quito, reaccionó ante la salida del capitán Jefferson Intriago y el vínculo que firmó con el conjunto ‘Albo’ hasta diciembre de 2020. El pasado 15 de mayo, se reveló que el mediocampista firmó un contrato con Tigres de México por cuatro años, y que, luego de su participación en Copa América, se unirá a su nuevo equipo. Sin embargo, en febrero de este año, el mismo Intriago declaró que “estaba feliz de haber renovado su contrato hasta diciembre del 2020”. Esta situación desembocó en presunciones de suspensión para Intriago, pues que según los reglamentos de FIFA y Conmebol, ningún jugador puede mantener dos contratos firmados. Ante esto, Intriago señaló que en junio terminaba su vínculo con Liga y que “Tigres tiene arreglado”. Ante eso, Esteban Paz declaró: “El jugador dio declaraciones diciendo que está satisfecho de haber renovado con Liga, entonces sumen y resten. Esperaremos los acontecimientos, defenderemos a Liga”. (MP).

Falleció Niki Lauda, triple campeón del mundo de Fórmula Uno.

Almada lo conoce mejor que nadie

El colombiano Óscar Estupiñán marcó uno de los goles con los que Barcelona S.C vapuleó a Técnico Universitario en Ambato, y entró en la órbita del Santos Laguna de México, club que dirige el extécnico de Barcelona Guillermo Almada. El estratega uruguayo lo dirigió en sus últimos meses como timonel del cuadro ‘Torero’, por lo que resulta lógico que lo pretenda para su equipo, pues conoce su estilo de juego y sus condiciones. (MP).

últimos meses. Lauda fue camVIENA, EFE • La leyenda de la Fórmula 1, Niki Lauda falleció peón del mundo en 1975, 1977 y este lunes a los 70 años debido 1984. Durante su carrera formó a complicaciones en su salud a parte de cinco escuderías March, BRM, Ferrari, Brabham y inicios de año, así lo conMcLaren, consiguiendo firmó su familia. EL DATO un total de 25 victorias y “Con gran dolor anun54 podios en 185 carreras. ciamos que nuestro queretiró definitiEn su paso por la Fórrido Niki ha fallecido apa- Se vamente de las mula 1, vivió uno de los ciblemente el 20 de mayo competencias momentos más dramáde 2019, rodeado de su en 1985. ticos del deporte motor. familia”, comunicaron los allegados del piloto y empresario En 1976, durante el Gran Premio de Alemania tuvo un accide 70 años. La salud del tres veces cam- dente en donde su monoplaza peón del máximo circuito con se incendió, sufriendo grandes Ferrari y McLaren se agravó quemaduras. Dicho accidente este 2019, por lo que tuvo que ser provocó que la F1 aumentara hospitalizado debido a una gripe las medidas para proteger a los fuerte, además de la hemodiáli- pilotos dentro de los monoplasis a la que fue sometido en los zas de incendios.

AUTOMOVILISMO. Muere el ex piloto de Formula 1 Niki Lauda, a los setenta años.


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CRONOS A10

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

QUITO

Federación de boxeo optimista de seguir en las Olimpiadas

D

La Federación Internacional de Boxeo (AIBA), que tiene la amenaza de que se le retire la organización del Torneo de Boxeo de los Juegos Olímpicos de Tokio-2020, se mostró “optimista”, tras su comparecencia ante la Comisión de Investigación del Comité Olímpico Internacional (COI).

“Hemos tenido una reunión muy productiva con el COI (...) Seguimos siendo optimistas sobre el futuro olímpico de la AIBA”, declaró Mohamed Moustahsane..Si la AIBA es retirada, el COI asumiría directamente la organización del torneo olímpico y el de las competiciones clasificatorias. AFP

Carapaz espera las etapas de montaña

GIRO DE ITALIA

‘La Locomotora de Carchi’ se encontraba en el sexto puesto en la novena vuelta de 2018. Hoy ocupa la vigésima posición. Ayer fue el primer día de descanso para los ciclistas del Giro de Italia. Después de disputarse nueve etapas, Richard Carapaz se ubica en el puesto 20 de la clasificación general a 5:06 del líder Valerio Conti. ‘La locomotora de Carchi’ empezó las dos etapas iniciales ubicándose entre los primeros 15 pedalistas de la clasificación. El carchense tuvo problemas mecánicos en la tercera etapa de la competencia, lo que significó caer del puesto 13 al 38. Sin embargo, Carapaz logró ganar la cuarta etapa y ascender a la décimo sexta posición. Las siguientes etapas fueron de transición hasta llegar a la contrarreloj de la novena fracción. Ahí, el ciclista ‘Tricolor’ fue la sorpresa al ser el mejor sudamericano en llegar a la meta. Se reubicó en el puesto 20 y recuperó más de un minuto. Aunque al principio de la competencia, Mikel Landa

apuntaba a ser el líder del Movistar Team, los resultados recientes de Carapaz lo han posicionado como el cabeza de su equipo. “Hemos visto que él (Carapaz) está compitiendo más fuerte que yo, así que ahora estaré en su espalda protegiéndolo”, declaró Landa, quien cuando fue parte del Sky llevó a Chris Froome a ganar el Tour de Francia. “Sabemos que podemos luchar por una buena posición (...) aún queda mucho todavía (…), no sabemos cómo se va a presentar, son dos semanas muy agresivas con mucha montaña” explicó Carapaz. “Yo, un poco más con tranquilidad, sin ninguna presión, a hacer un buen trabajo para el equipo”, agregó. En el Giro d’Italia de 2018, Carapaz tuvo un comienzo más complicado, pero logró un ascenso épico. Empezó la primera etapa en la casilla 71, pero con el paso de los días no paró de subir

Richard Carapaz Comparativo 2018 Etapa Pos.

Tiempos

1 2 3 4 5 6 7 8 9

00:13:03 04:04:23 09:06:32 14:24:16 18:30:49 22:47:06 26:32:53 31:44:18 37:38:35

71 58 49 28 27 12 11 8 6

Dif con el líder 01:01 01:02 01:02 01:08 01:08 01:23 01:23 01:06 01:20

en la clasificación general. Su mejor momento ocurrió cuando ganó la octava etapa, un hecho histórico para el deportista. Con esta victoria, Carapaz se elevó al 8vo puesto. El carchense no paró de subir y terminó la etapa 9 en la 6ta casilla. Carapaz mantuvo la intensidad y terminó el Giro en el cuarto lugar. (FN)

Pos.

Tiempos

14 13 38 16 16 27 25 25 20

00:13:41 04:58:29 10:22:34 16:20:41 19:36:25 25:28:45 29:36:19 35:19:51 36:13:38

2019 Dif con el líder 00:47 00:47 01:33 01:21 01:21 06:45 06:45 06:45 05:06

Continúa la competencia ° Hoy se disputa la décima etapa del Giro de Italia que comprende 145 kilómetros entre las ciudades de Ravena y Módena. El trayecto es plano en su mayoría

y termina con 5 kilómetros rectos en carreteras anchas, ideal para el sprint final. Valerio Conti es el primero de la clasificación general, seguido por el esloveno Primoz Rogli, a 1’ 50” y tercero es Nans Peters a 2:21. A partir de la etapa 12 hasta la 15, los trayectos serán de montaña y media montaña. Richard Carapaz, buscará aprovechar estas etapas para reducir su tiempo y subir en la clasificación general.

Djokovic, Nadal y Federer, el podio de la ATP antes de Roland Garros Las leyendas Novak Djokovic, Rafael Nadal y Roger Federer conforman, en este orden, el podio de la ATP, en la lista publicada ayer, en una semana marcada por el comienzo del cuadro principal de Roland Garros, el domingo. Djokovic y Nadal se enfrentaron en la final del Torneo de Roma, con victoria para el segundo (6-0, 4-6, 6-1), que viajará a París en busca de su histórico 12º título. Federer, lesionado en la pierna derecha, tuvo que renunciar a jugar el viernes su partido de cuartos en Roma. Aventaja a tres de los mejores jóvenes del circuito, Dominic Thiem, Alexander Zverev y Stefanos Tsitsipas, que gana una plaza y es sexto. El argentino Diego Schwartzman, protagonista de una semifinal de altura en Roma contra Djokovic, gana cuatro puestos y es 20º. Su compatriota Juan Martín del Potro, noveno, es el mejor sudamericano de la lista.

ETAPA. Richard Carapaz es especiaista en montaña y media montaña.

MINUTERO Puig supera la primera ronda en Estrasburgo

PARÍS, AFP •

La puertorriqueña Mónica °Puig superó la primera ronda

Raptors vencen a Bucks tras dos tiempos extras RANKING. Novak Djokovic está a la vanguardia de la clasificación de la ATP. AFP

Clasificación ATP Primeros lugares

1. Novak Djokovic (SRB) 12355 pts 2. Rafael Nadal (ESP) 7945 3. Roger Federer (SUI) 5950 4. Dominic Thiem (AUT) 4845 5. Alexander Zverev (GER) 4155

De la mano del astro Kawhi Leonard, los Toronto Raptors vencieron ayer, tras dos tiempos extras, a los Milwaukee Bucks por 118-112 y se acercaron en la final de la Conferencia Este de la NBA por 2-1. AFP

del Torneo de Estrasburgo al batir ayer a la alemana Tatjana Maria por un doble 6-1. No pudo en el debut la mexicana Renata Zaratúa, que cayó ante la alemana Laura Siegemund por 6-4 y 7-6 (7/5).

Williams incorpora a Chadwick como pilota de pruebas El equipo Williams de °Fórmula Uno ha sumado a

la británica Jamie Chadwick como pilota de desarrollo para trabajar de cerca tanto en pista como en la fábrica del equipo, participando también en simuladores y actividades de mercadotecnia de la marca. Chadwick pilota actualmente en las W Series pero en el pasado ha cosechado triunfos tanto en monoplazas como en autos deportivos. AFP


CULTURA

Valencia presentará ‘La escalera de Bramante’ en la UASB El escritor y catedrático Leonardo Valencia presentará su última novela ‘La escalera de Bramante’ mañana a las 18:30, en el Salón de Honor de la sede de la Universidad Andina Simón Bolívar (UASB). Tras un largo proceso de escritura, que le tomó al autor alrededor de ocho años, la obra fue publicada por la editorial colombiana Seix Barral y

presentada en la FilBo2019, el pasado 2 de mayo. La narración transcurre entre 1945 e inicios del siglo XXI y es su obra de ficción más extensa hasta el momento. La conversación con el autor estará a cargo de Annamari de Piérola, jefa de Publicaciones de la UASB, y el escritor Carlos Arcos Cabrera. La entrada al evento es libre. (AA)

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Houdini, un viaje más allá de la ilusión

Fotografías, videos y cámaras interactivas recogen la historia del Gran Houdini. Una exposición para la familia.

El proyecto nació no solo para exaltar la figura de un personaje fascinante, sino para recorrer de su mano la época en la que se asienta la sociedad del espectáculo de masas”.

La curadora española María a las aguas heladas, completaSantoyo inauguró el pasado 17 mente inmovilizado por cadenas de mayo la exposición ‘Houdini: y candados. En toda su carrera, las leyes del asombro’, un vistazo ninguno de sus actos falló. MARÍA SANTOYO, CURADORA. Tras una extensa trayectoria, a la vida y obra del más grande ilusionista de todos los tiempos. Houdini consiguió alcanzar uno Réplicas de afiches y notas de de sus más grandes sueños: ser reconocido. El ilusionista que publicitaban los shows de prensa con su nombre, fotografías, videos, cabinas TOME NOTA falleció el 31 de octubre de Houdini, además de una muestra 1926 con peritonitis, como fotográfica y audiovisual. que simulan sus escapes resultado de una apendimás famosos y juegos de Asimismo, el público puede muestra está citis sin diagnosticar que experimentar en carne propia ilusión óptica componen La en el Centro se agravó por un golpe en lo que el escapista sentía al estar el recorrido por la historia Corporativo Ekopark, Torre 2, el estómago, que era parte de Houdini. encerrado bajo el agua de su en la avenida de uno de sus actos. La entrada a la muestra Simón Bolívar, famoso acto ‘La cámara de Al morir, cuenta es gratuita y estará abierta vía Nayón. tortura china’, graSantoyo, su esposa EL DATO hasta el 14 de septiembre, cias a una cabina con Bess Houdini inen la Fundación Telefónica. simuladores de audio. tentó contactarlo medianOtra de las novedaMuseo te espiritistas, en busca de El des es la exhibición de El gran escapista Interactivo de una réplica exacta de Harry Houdini, cuyo nombre una señal. Tras no obtener Ciencia (MIC) contenireal era Erik Weisz, es conocido respuesta por 10 años, se aportó dos sobre el fun- la camisa de fuerza que mundialmente por actos de ilu- rindió diciendo: “10 años cionamiento del usaba el Gran Houdini cerebro y la persionismo y escapismo. Desde sus es suficiente para buscar a cepción para la para sus actos, dejando muestra. a todos sus espectadoinicios, los espectáculos de Hou- un hombre”. res perplejos y llenos dini fueron conocidos por su pede dudas al ver que se ligrosidad, poniendo la vida del Exposición artista en riesgo. La muestra estará abierta todos soltaba en tan solo unos seEn la conferencia ‘¿Cómo hace los días a partir de las 10:00 am. gundos. Sin duda alguna, ‘HoudiHoudini lo que hace Houidini?’, Los visitantes podrán conocer Santoyo recordó algunos de sus la vida del ilusionista a partir ni: Las leyes del asombro’ es trucos más famosos, como el es- del inicio de su carrera, hasta su un lugar para poner la mente a prueba y compartir expecape del bidón de leche o el esca- muerte y legado. pe ‘Bajo cero’. Este último conLa colección cuenta con distin- riencias nuevas en familia. sistía en lanzarse desde puentes tas réplicas de afiches de la época (DLH)

Gael García se consolida como director en Cannes CANNES, EFE • El mexicano Gael García Bernal se estrenó en Cannes como director en 2007 con ‘Déficit’. Ayer, regresó a un festival que le ha visto crecer con ‘Chicuarotes’. Junto a él estaban su ‘padre’ y ‘hermano’ cinematográficos, Alejandro González Iñárritu y Diego Luna, con quienes acudió por primera vez al festival en 2000, con ‘Amores Perros’. “Esa película me hizo conocer el cine. Cambió mi vida y aquí fuimos testigos de esa profunda transformación”, dijo García Bernal poco antes de la proyección.

ESPECTÁCULO. Houdini fue su propio agente y utilizó estrategias de publicidad para atraer a las audiencias. (Foto de Cortesía)

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE MERCADO SECUNDARIO DE HIPOTECAS CTH S.A.. De conformidad con lo previsto por el Estatuto Social de la compañía, se convoca a los señores accionistas de la Corporación de Desarrollo de Mercado Secundario de Hipotecas CTH S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se llevará a efecto el día miércoles 29 de mayo de 2019, a las 17:00 pm, en las oficinas de CTH, ubicadas en las Avenidas Naciones Unidas E3-39 y Amazonas, Edificio La Previsora, Torre A, piso 6, oficina 601, de la ciudad de Quito, domicilio principal de la compañía, para tratar el siguiente orden del día: 1.

ESCENA. ‘Chicuarotes’, que fue rodada en San Gregorio Atlapulco, está protagonizada por Benny Emmanuel y Gabriel Carbajal. (Foto: variety.com)

Película

‘Chicuarotes’ sigue la historia de Cagalera y Moloteco, dos adolescentes que ven en la compra de una plaza en el sindicato de electricistas una vía de escape para la pobreza, pero que en su intento por conseguir los 20.000 pesos caen en una espiral de violencia. “Estoy muy orgulloso del trabajo que hemos conseguido”, añadió el director. La película fue proyectada en las Sesiones

Especiales de Cannes. El delegado general del festival, Thierry Frémaux, aseguró que fue una de las primeras que vieron en el proceso de selección y destacó que la huella que les dejó en la memoria hizo que pasara la selección del comité. “Van a amar a esos adolescentes como los hemos amado nosotros”, insistió el representante de Cannes, cuya edición 72 se clausurará el sábado.

Designación del Auditor Interno de la Compañía.

Se convoca expresamente, en forma individual y particular al Auditor Externo de la compañía, quién también es su comisario KPMG del Ecuador Cía. Ltda., cuya dirección es: Av. República del Salvador, número 734 y Portugal Edificio ATHOS, 3er Piso, Quito. De conformidad con la ley, los documentos a ser conocidos y aprobados por la Junta, se encuentran a disposición de los accionistas en la oficina de la CTH S.A. Atentamente, Juan Manuel Borrero Viver Presidente del Directorio

P.A.B.22889


AVISOS A12

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QUITO Planta Editora Av. Galo Plaza Lasso N62-08 y Nazareth Teléfono PBX 2475-724 Fax Secretaría: 2476-085 Fax Publicidad: 2485-708 Fax Redacción: 2483-742 e-mail de publicidad: fplanta@lahora.com.ec

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VARIOS Confío en Ti, mi Dios, Padre, Hijo y Espíritu Santo, Mi único Salvador. Con todas mis fuerzas te pido que me concedas la gracia que tanto deseo (pida 3 deseos, uno de negocios y dos imposibles) Rece Nueve Ave Marías durante nueve días, al noveno día publique este anuncio y se cumplirá aunque no lo crea, observe lo que ocurrirá al cuarto día de su publicación. Doy gracias por los favores recibidos

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Se convoca a todos los acreedores de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crédito Comuna Ejido en Liquidación a la asamblea en la que se dará lectura al informe de situación final de la liquidación, que se llevará a cabo el día jueves 23 de mayo de 2019, a las 15h30, en la Av. Amazonas N32-87 entre La Granja y Mariana de Jesús, con el siguiente orden del día: 1.- Registro de los asistentes. 2.- Lectura del orden del día. 3.- Resoluciones.

Atentamente, Eco. Amalia del Rocío Sandoval A. Liquidadora

P.A.B.22890

AVISO

Quito, 20 de mayo de 2019

Se va a proceder al pago de: DEVOLUCIÓN DE APORTES Del que en vida fue:

CBOS. MOREIRA LARA EDWIN PATRICIO

Se comunica A todos los empleados y ex-empleados de Inmobiliaria Verzam acercarse a las oficinas para cobrar las utilidades 2018.

Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DÍAS a contarse de la presente publicación JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL PAP/73346AT

PAR/110962/EG

E CARTELERA DE CINES EN QUITO CINEPLEX TUMBACO ESTRENO JOHN WICK 3: Parabellum - 2D

(ESPAÑOL) - 12 AÑOS 14:50 – 16:30 – 18:50 – 19:20 – 21:45

LA RAZÓN DE ESTAR CONTIGO - 2D

(ESPAÑOL) - TODO PÚBLICO 14:20 – 17:15 – 19:00 UGLYDOLLS - 2D (ESPAÑOL) - TODO PÚBLICO 14:00 – 15:50 – 17:40

EL SOL TAMBIÉN ES UNA ESTRELLA 2D (ESPAÑOL) - 12 AÑOS 14:30 – 21:10 AVENGERS: Endgame - 2D (ESPAÑOL) - 12

AÑOS 15:30 – 16:50 – 20:15 – 21:20

Pokémon DETECTIVE PIKACHU - 2D

(ESPAÑOL) - TODO PUBLICO 13:30 – 19:30 MAESTRAS DEL ENGAÑO - 2D (ESPAÑOL) - 12 AÑOS 21:30

CINEMARK John wick: parabellum d-box dob 13:15 John wick: parabellum d-box dob 16:00 John wick: parabellum d-box sub 19:00 21:50 Ugly dolls: extraordinariamente feos dob 13:30 15:30 18:00

John wick: parabellum dob 20:30 Pokemon detective pikachu 3d d-box dob (TP) 14:00 16:15

Avengers: endgame 3d d-box dob 18:30 Avengers: endgame d-box sub 22:15 Avengers: endgame dob 13:00 16:40 20:15 Pokemon detective pikachu dob 15:00 17:15 Pokemon detective pikachu sub 19:30 21:40 La razon de estar contigo dob 14:15 16:30 18:50

La razon de estar contigo dob 21:00 Maestras del engaño sub 14:45 El sol tambien es una estrella dob 17:30 El sol tambien es una estrella sub 19:45 Maestras del engaño sub 22:00

SUPERCINES SAN LUIS El Sol También es una Estrella Español

15:30 18:00 20:30

La Razón de Estar Contigo: Un Nuevo Viaje Español 14:00 16:20 18:40 21:00 UglyDolls: Extraordinariamente Feos

Español 14:20 16:20 18:20 20:20 Aquí y Ahora Subtitulada 15:10 17:10 La Escuela del Terror Español 19:10 21:15 Maestras del Engaño Español 17:45 19:50 Pokémon Detective Pikachu Español 14:20 19:00 Español 3D 16:40 Pequeña Otra Vez Español 15:15 Avengers: Endgame Español 16:00 16:30 17:00 19:45 20:15 20:45 La Maldición de La Llorona Español 21:20 Parque Mágico Español 14:30

MULTICINES CCI

SUPERCINES 6 DE DICIEMBRE

MULTICINES EL RECREO

MULTICINES EL CONDADO

El Sol También es una Estrella Español 14:00 EL SOL TAMBIÉN ES UNA ESTRELLA

El Sol También es una Estrella Español 14:10

La Razón de Estar Contigo: Un Nuevo Viaje

UglyDolls: Extraordinariamente Feos Español UglyDolls: Extraordinariamente Feos

16:30 19:00 Subtitulada 21:30

Español 15:20 17:40 20:00 22:20 Tolkien Subtitulada 16:00 18:30 21:00

UglyDolls: Extraordinariamente Feos

Español 15:10 17:10 19:10 21:10 Aquí y Ahora Subtitulada 16:20 20:45 La Escuela del Terror Español 20:20 22:30 Lo que fuimos Subtitulada 18:30 20:50 Maestras del Engaño Esp. 17:40 19:50 22:00 Pokémon Detective Pikachu Español 21:15 Español 3D 19:00 Pequeña Otra Vez Español 15:40 18:00 Avengers: Endgame Español 14:10 15:30 18:00 19:20 21:50 Subtitulada 21:10 Español 3D 17:20 La Maldición de La Llorona Español 18:40 Un Amor Inquebrantable Español 15:00 Parque Mágico Español 14:20 El Mayor Regalo Español 16:10 Hellboy Español 16:20

ESPAÑOL 15:10 19:35 TOLKIEN SUBTITULADA 20:30

UGLYDOLLS: EXTRAORDINARIAMENTE FEOS ESPAÑOL 11:40 16:40 18:45 AQUÍ Y AHORA SUBTITULADA 19:05 LA ESCUELA DEL TERROR ESPAÑOL 14:50 16:55

MAESTRAS DEL ENGAÑO ESPAÑOL 13:00 17:25

POKÉMON DETECTIVE PIKACHU ESPAÑOL

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AVENGERS: ENDGAME ESPAÑOL 11:05 13:00 14:25 16:40 18:00 20:20 21:35 ESPAÑOL 3D 15:45 19:20 LA MALDICIÓN DE LA LLORONA ESPAÑOL 20:50

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El Sol También es una Estrella Español 13:30 15:20 19:45

Español 11:40 14:35 16:40 18:45 Aquí y Ahora 19:00 21:05 La Escuela del Terror 14:50 16:55 Maestras del Engaño Español 13:10 17:35 Pokémon Detective Pikachu Español 11:20 13:20 15:40 18:00 20:20 13:20 15:40 18:00 20:20 Avengers: Endgame Español 11:40 13:00 13:40 Avengers: Endgame Español 11:05 13:00 14:25 16:40 18:00 20:30 21:35 14:20 15:50 16:40 17:20 18:00 19:30 20:20 21:00 La Maldición de La Llorona Español 20:50 21:35 Español 3D 15:00 18:40 La Maldición de La Llorona Español 17:20 19:30 10:45 13:30 15:35 17:40 18:40 19:45

Aquí y Ahora Subtitulada 18:25 20:45 La Escuela del Terror Español 14:15 16:20 Maestras del Engaño Español 13:00 15:10 Pokémon Detective Pikachu Español 11:30


Niño muere atropellado por recoger un carrito que cayó a la calle

Dos asaltantes de locales caen con todos los ‘juguetes’ el teléfono celular. El asalto no dura ni medio minuto. Operativo y captura

La Subdirección de Investigaciones de Delitos contra la Propiedad (Sidpro-BAC) ya estaba tras los pasos de los individuos. Luego de recibir la alerta del robo desplegaron unidades para cercarlos. Dos de ellos fueron capturados en la calle. Ambos portaban armas de fuego e incluso antes de ser aprehendidos apuntaron a los policías para intentar escapar, pero no lo consiguieron. Los uniformados los superaban en número y los tuvieron rodeados. Si uno de los delincuentes intentaba algo los agentes estaban listos para hacer uso de sus armas de dotación. Según datos de la SidproBAC, estos antisociales no actuaban solos. Al parecer, el resto de la banda logró evadir a la Justicia abandonando a sus compinches. (FLC)

Luego de perpetrar un asalto en Colón. Dos sujetos ingresaun establecimiento comercial ron portando armas de fuego. Un video captado por una situado en la avenida Colón, en el norte de Quito, los presuntos cámara de seguridad del esdelincuentes fueron detenidos tablecimiento revela que los antisociales fingen ser clienen la vía pública. Se trata de dos hombres de tes y que dos empleados los nacionalidad ecuatoriana, quie- atienden, el uno en el área de nes pertenecerían a una organi- la caja y otro en la zona de las bebidas. zación dedicada al robo a Los malhechores mano armada de negocios esperan a que otros y personas. Según la in- EL DATO compradores salgan formación policial, antes de dar los golpes, estos La banda delicti- para mostrar sus inestaría relatenciones. El primero sujetos hacían inteligen- va cionada con al en sacar un revólver cia a sus víctimas, iden- menos cuatro de estafue el que estaba en el tificaban sus rutas y vul- robos blecimientos nerabilidades. El mismo comerciales de mostrador. Amedrenprocedimiento seguían la misma zona. ta al cajero, lo arrincona y sin dejar de con los locales, los hamapuntarlo toma todo el pones sabían la hora a la que tenían mayor afluencia de dinero. Lo propio ocurre en los personas. Para concretar sus delitos, frigoríficos. El empleado es esta agrupación utilizaba ar- arrojado al piso, mientras mas de fuego. Los perjudicados que el antisocial le arrebata tenían que escoger entre seguir viviendo o entregar sus bienes. Tras conseguir apropiarse de lo ajeno, los delincuentes escapaban a bordo de taxis, se desconoce si con complicidad de los conducAVISO Se va a proceder al pago de: tores.

SEGURO DE CESANTIA

Asalto

El sábado por la noche, los criminales siguieron con sus fechorías. Esta vez el ‘blanco’ era un local de una reconocida cadena de pasabocas y confites situado en la avenida

DE QUIEN EN VIDA FUE:

I

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

SGOS. RODRÍGUEZ BONILLA LUIS EDUARDO

QUIENES SE CREYEREN CON DERECHO A ESTE BENEFICIO PODRÁN ACERCARSE A PRESENTAR EL RECLAMO RESPECTIVO EN EL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL EN QUITO EN EL TRANSCURSO DE TREINTA (30) DÍAS A CONTARSE DE LA PRESENTE PUBLICACIÓN. JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL

A13

La desgracia se ensañó con un para enfrentar la situación. La niño de apenas 4 años. Él mu- madre del pequeño lucía desrió atropellado ayer al mediodía consolada. Aparentemente un mientras cruzaba la calle Benja- leve descuido le costó la vida a mín Chávez, en La Gasca, en el su hijo, quien sufrió lesiones en las extremidades superiores y la norte de Quito. El confuso incidente se dio cabeza. El sargento segundo Juan Garluego de que el pequeño fue recía, del Servicio de Investitirado de la escuela por su gaciones de Accidentes de madre. Ambos entraron EL DATO Tránsito (SIAT), dijo que el a una tienda para que el menor se sirviera una be- Los peritos del conductor del Volkswagen plateado fue detenido y bida gaseosa. Un carro de SIAT tomaron y juguete, que cargaba en versiones levantaron indi- trasladado ante la Fiscalía las manos, se le cayó en la cios para poner- de Tránsito para que las aulos a consideracalzada y el chico quiso re- ción del Fiscal. toridades competentes sean quienes definan el grado de gresar a recogerlo, pero un responsabilidad en la muervehículo lo atropelló. El automotor subía en sen- te del menor. Ante el llanto de su madre y tido oriente-occidente, al parecer la presencia del niño tomó consternación de los curiosos, el por sorpresa al conductor y no cuerpo del niño fue embarcado en logró esquivarlo. Él no se dio a la ambulancia de Medicina Legal la fuga, permaneció en el sitio que lo llevó a la morgue. (FLC)

CAPTURA. Así fueron neutralizados los sospechosos por agentes policiales.

Los antisociales fueron detenidos luego de ‘visitar’ un negocio. La Policía busca al resto de la banda.

POLICIAL

P/21060 P.A.P.73337

LABOR. El pequeño cuerpo fue levantado por agentes del SIAT.

SERVICIO SOCIAL Ayúdanos a encontrarlo Juan Emilio Pilca Colón, de 41 años, lleva cuatro años desaparecido. Sus familiares ya pusieron la denuncia para que la Policía lo busque, pero de su paradero aún no se sabe nada. Él fue visto por última vez el 8 de marzo de 2015 en el sector de La Y de Calacalí. Las autoridades esperan información válida al 1800 33 54 86.


Multimillonario pagará la deuda estudiantil de cerca de 400 graduados

CURIOSO A14

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

I

SORPRESA. Con este insecto en casa, cualquiera prefiere no ingresar. (Foto: periodismo.com)

Se compró una tarántula para mantener alejada a la suegra En un desesperado intento por tener un descanso de sus “molestos” suegros y recuperar su privacidad, un usuario de Reddit se aprovechó de la severa aracnofobia de su suegra y adquirió una tarántula como mascota. El usuario de Reddit ‘ProbablyAssholeGuy’ no es realmente un fanático de las arañas. Piensa que son geniales y todo eso, pero en realidad no se habría conseguido una si no fuera por la ventaja adicional de mantener a la madre de su esposa lejos de su casa. En un post que recientemente se hizo viral en la red social, el hombre señaló que sus suegros realmente lo tenían harto con sus visitas inesperadas y flagrantes violaciones de privacidad, pero a pesar de quejarse con su esposa durante años, ella simplemente ignoró sus preocupaciones. Entonces, cuando se dio cuenta de la reacción de su suegra al ver una pequeña araña en un rincón de la casa, tuvo la

idea de usar su aracnofobia para mantenerla alejada. ¿Estuvo bien?

“Le pregunté a mi esposa de antemano si le parecía bien, pero no le dije la motivación. Funcionó de mil maravillas, el papá todavía viene, pero la madre no puede soportar estar en la misma casa que la tarántula». El hombre publicó su historia en el subreddit ‘AmITheAsshole’, donde las personas le piden a la comunidad que juzgue si estaban equivocados por hacer ciertas cosas en ciertas circunstancias. Este usuario en particular quería saber si era un estúpido por no ser directo con su esposa, a pesar de que ella no objetó cuando dijo que quería tener una tarántula. La mayoría de las personas estuvieron de acuerdo en que lo que hizo estuvo bien, porque le preguntó a su esposa antes de comprar la tarántula, y ella estaba al tanto de la aracnofobia de su madre. (periodismo.com)

Smith es uno de los filántropos negros más destacados de Estados Unidos. En las universidades en Estados Unidos es común que una persona exitosa y de renombre dé un discurso a los alumnos que se gradúan. Para los graduados de 2019 de Morehouse College, en Atlanta, Georgia, el de este domingo fue un discurso que nunca olvidarán. El orador, el multimillonario inversionista tecnológico, Robert F. Smith, hizo más que darles a los alumnos los típicos consejos para ser exitoso en la vida. Ante la sorpresa de los jóvenes y los profesores de la facultad, Smith les manifestó que pagaría toda la deuda estudiantil de los graduados. “En nombre de las ocho generaciones de mi familia que han estado en este país, vamos a poner un poco de combustible en su autobús”, anunció Smith durante su discurso. “Esta es mi clase, 2019. Y mi familia está haciendo una subvención para eliminar sus préstamos estudiantiles”. Filántropo

Smith, de 56 años, fundó la firma de capital privado Vista Equity Partners en 2000 para invertir en compañías de software y, según la revista Forbes, tiene un patrimonio neto

GENEROSO. La fortuna personal de Smith está valuada en 5.000 millones de dólares. (Foto: cnn.com)

personal de 5.000 millones de dólares. Además, es uno de los filántropos negros más destacados de EE.UU. El multimillonario, quien recibió un doctorado honorario de Morehouse College durante la ceremonia de graduación, ya había anunciado una donación de 1,5 millones de dólares a esa casa de estudios. Morehouse College es una tradicional facultad para varones de la comunidad negra. Cerca de 400 estudiantes se beneficiarán del gesto de Smith. Aunque no está claro el monto exacto de la deuda estu-

diantil de los graduados -ya que la facultad aún tiene que calcular la cifra total- se estima que es de al menos 10 millones de dólares o incluso más. Tras la sorpresa que causó la noticia, la clase de 2019 y sus profesores rompieron en aplausos, como quedó registrado en algunos videos subidos a redes sociales que se hicieron virales. Aaron Mitchom, de 22 años, lloró ante la noticia de que no tendría que pagar los 200 mil dólares que debe en préstamos que había sacado para sus estudios en Finanzas. (BBC)

Identifican una nueva especie de dinosaurios en Portugal Un equipo de paleontólogos portugueses identificó una nueva especie de dinosaurios saurópodos, a la que han denominado ‘Oceanotitan dantasi’, gracias a unos restos descubiertos en 1996 en una playa de Lourinhã, ciudad ubicada a 70 kilómetros al norte de Lisboa. La identificación de esta nueva especie confirma la presencia de una gran diversidad de saurópodos en Portugal durante el Jurásico Superior, a niveles de otras zonas del planeta como América del Norte y África, informó ayer la Facultad de Ciencias de la Universidad de Lisboa. El investigador luso, quien

LISBOA, EFE •

De Norma Jeane a Marilyn Monroe

Cerca de 1940, una mujer de nombre Norma Jeane Baker se tomó esta fotografía en una cabina de instantáneas de la época. Años más tarde, esa dama pasaría a ser un icono de la cultura pop y del mundo bajo el nombre de Marilyn Monroe. (Foto: taringa.net)

lideró el estudio, Pedro Mocho, trabaja en el Instituto Dom Luiz de Ciencias de esta universidad y en la Sociedad de Historia Natural de Portugal, contó con la ayuda del Museo de Historia Natural de Los Ángeles (Estados Unidos) y con la colaboración de paleontólogos españoles del grupo de Biología Evolutiva de la UNED y de la FCTP-Dinópolis de Teruel. En esta labor, iniciada en 2013 y publicada este mes en la revista científica Journal of Vertebrate Paleontology, los investigadores detallan los restos fósiles del ‘Oceanotitan dantasi’, perteneciente a los saurópodos, unos dinosaurios herbívoros que podían alcanzar grandes

EJEMPLARES. La nueva especie fue descubierta en 1996 por José Joaquim, un portugués experto en paleontología. (Foto ilustrativa: pixabay)

dimensiones y que se caracterizaban por sus colas y cuellos largos. Esta especie, de tamaño medio, habitó la Cuenca Lusitana hace unos 150 millones de años y es uno de los miembros más antiguos de un grupo de saurópodos denominado ‘Somphospondyli’, muy diversificado durante el periodo.


REPORTE A15

tiempo lectura 15 min.

MARTES 21 DE MAYO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR

I

La exhibición permanecerá abierta al Los horarios son de público en el Museo de Arte Colonial martes a sábado de 09:00 a 17:00. hasta el 30 de mayo.

RECUERDOS. La llegada de la línea uno (Iñaquito – Villa Flora) forma parte de la representación de la Maldonado y Alpahuasí. Mazapanta vivió gran parte de su niñez en esa zona.

EL QUITO ANTIGUO COBRA VIDA EN CUADROS DE MADERA El Maestro Marco Mazapanta es el autor de la exhibición ‘Quito tallado en madera’.

MAJESTUOSA. La imagen de la Basílica se impone con detalles minuciosos y una gran fortaleza.

DETALLE. Mazapanta hizo una minuciosa fachada de la Iglesia de La Compañía, en homenaje a su maestro Neptalí Martínez.

TREN. La locomotora pasa por el puente de llucos en Alausí. Este fue el primer trabajo del maestro cuando decidió tallar cuadros.

La bocina del tren sacaba a los quiteños de sus casas. Salían a la rotonda de rieles, cerca de la Alpahuasi, para cambiar la dirección del tren y redirigirlo hacia el sur. El Maestro Marco Mazapanta, de 57 años, aún recuerda esa escena de su niñez cada vez que mira su primer trabajo. Aún escucha la bocina de la locomotora acercándose al cuadro que le tomó cinco meses concluir, hace ya 20 años. Se define como uno de los últimos talladores de madera en relieve de Quito. Es un exalumno de la Escuela de Arte Quiteño Bernardo de Legarda y pupilo del maestro Neptalí Martínez. Recuerda que su maestro le decía que cuando aprendiera a utilizar la herramienta, él escogerá el camino a seguir. Así fue que decidió dedicarse al tallado en relieve. Veía las pinturas del Quito antiguo y pensaba que podría hacer lo mismo con madera tallada. No se imaginaba que 28 años después de haber iniciado como artista de la escuela quiteña, realizaría su primera exposición en solitario. Su mirada del Quito antiguo se expone en 30 de sus obras, que “han significado entre 20 y 25 años de trabajo”. Todas se exponen en una sala del Museo de Arte Colonial. Ahí, el silencio que rodea su trabajo permite ‘escuchar’ las conversaciones que antiguamente ocurrían en la Alpahuasí y Maldonado, donde Mazapanta creció. También se puede ver el tren llegando a la estación de Alausí o los rezos de las monjas que caminan por el ‘Quito Conventual’. (ECV)

No puedo morir sin saber que alguien más continuará con este arte. No puedo dejar morir a esta técnica de la escuela quiteña conmigo”, MARCO MAZAPANTA, MAESTRO DE TALLADO.

SUSURROS. Cerca de la obra ‘Quito Conventual’, los detalles permiten imaginar como conversan las monjas que habitan en el cuadro.


50c incl. IVA MARTES 21 DE MAYO DE 2019

Quito, Ecuador

36 PÁGINAS

Los cogieron después de robar Luego de perpetrar un asalto en un establecimiento comercial situado en la Av. Colón, en el norte de Quito, los presuntos delincuentes fueron detenidos en la vía pública. PÁGINA A13

Los mimados del ‘Bolillo’ El seleccionador de Ecuador, el colombiano Hernán Darío Gómez, dio a conocer la lista de jugadores que llevará a la Copa América. PÁGINA B11

Vico C 250 ladrillos de ‘coca’ a pique

El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas informó del hallazgo de una avioneta accidentada en una zona de Esmeraldas, fronteriza con Colombia, que llevaba droga. PÁGINA B1

pasó un día en coma inducido PÁGINA B7

‘Papá’ rescató el empate al último minuto PÁGINA A9


Revista judicial

c00

LUNES 24de noviembRe de 2008 La Hora Quito, ecuadoR

MARTES, 21 de maYo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR Revista no: 12529 Director dr. Francisco ViVanco rioFrío

Autor: Dr. EDuArDo HErmosA torrEs.

Una nueva alerta para el empleador. El Mobbing o acoso laboral es un fenómeno que ha existido históricamente, sin embargo, en los últimos tiempos se ha colocado sobre el tapete de discusión. Este tipo de acoso ha llegado a escalar en el problema de tal forma que se lo empezó a denominar como crimen psicológico. La Organización Internacional del Trabajo, conocida por sus siglas OIT, a finales del siglo pasado lanzó ya una alerta a todos los países del mundo en el sentido de velar por las condiciones en las que se desempeñan las relaciones laborales de los trabajadores al interior de las organizaciones. Se han revelado datos alarmantes en cuanto a la pérdida económica que significa para las empresas el hecho de tener acoso laboral dentro de ellas. No obstante la importancia capital sobre las pérdidas económicas registradas, mayor relevancia tiene el deterioro físico, emocional y social al que se pueden ver sometidas las personas que son víctimas de acoso laboral. Al ser la nueva Constitución del Ecuador garantista de los derechos de todos los ciudadanos, esto implica que se deba velar también por el bienestar de los trabajadores para que desarrollen sus actividades dentro de un ambiente laboral adecuado. El mobbing o acoso laboral afecta de manera directa al ambiente sano dentro del cual toda persona tiene derecho a desarrollar sus actividades. El artículo 33 de la Constitución, efectivamente establece que: “El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.”

Editora diana Briones Puga

es una edición de diario la hora

http//www.derechoecuador.com

Dirección: Panamericana norte Km 31/2 y nazareth | telf: 2475723 al 728 | E-mail: revistajudicial@lahora.com.ec

ACOSO LABORAL O MOBBING

El Ecuador es uno de los aún pocos países en Latinoamérica y el mundo entero, en contar con legislación que trate el tema del acoso laboral. Es así como en el

CONSULTA SOBRE EL COGEP

Registro Oficial Suplemento 116 de 9 de Noviembre del 2017, se introdujeron varias modificaciones al Código del Trabajo y que tienen relación directa con

el tema tratado. Definición del Acoso Laboral En el artículo innumerado colocado luego del artículo 46 del

¿Cuál es la legitimación en causa de personas jurídicas extinguidas?

rEsPuEstA Para determinar la legitimación pasiva de una persona jurídica ya extinta, se debe solicitar al juez de la materia que en el futuro conocerá la causa en lo principal, como diligencia preparatoria el nombramiento de un curador de bienes de la persona ausente. el juzgador deberá calificar la petición y oficiar a la superintendencia respectiva, con el próposito que estas entidades sugieran el nombre de un curador;

si el ente regulador no lo indica, será el juez quien designe a una persona de reconocida honorabilidad. de acuerdo al caso propuesto en la pregunta, esto es, prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio contra una cooperativa extinta, la demanda deberá plantearse contra el curador dativo y el gad respectivo; y notificarse al Procurador general del estado. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley de la Corte Nacional de Justicia

c1

Código del Trabajo, el legislador nos brinda la definición de lo que debemos entender por acoso laboral, el cual para mejor ilustración me permito citar: “Art. ...- Definición de acoso laboral: debe entenderse por acoso laboral todo comportamiento atentatorio a la dignidad de la persona, ejercido de forma reiterada, y potencialmente lesivo, cometido en el lugar de trabajo o en cualquier momento en contra de una de las partes de la relación laboral o entre trabajadores, que tenga como resultado para la persona afectada su menoscabo, maltrato, humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral. El acoso podrá considerarse como una actuación discriminatoria cuando sea motivado por una de las razones enumeradas en el artículo 11.2 de la Constitución de la República, incluyendo la filiación sindical y gremial. Las conductas que se denuncien como Acoso laboral serán valoradas por la autoridad de trabajo, según las circunstancias del caso, y la gravedad de las conductas denunciadas. La autoridad competente apreciará las circunstancias de acuerdo a la capacidad de estas de someter a un trabajador a presión para provocar su marginación, renuncia o abandono de su puesto de trabajo.” A partir de esta definición, podemos obtener varias cosas de mucho valor. En principio, se ha dado una definición de lo que es acoso laboral. Esta definición está muy de la mano de la teoría que se maneja a nivel mundial. En especial, podemos citar a Heinz Leymann, considerado el más importante exponente a nivel mundial sobre este tema, quien en su trabajo intitulado “The Content and Development of Mobbing at Work”, lo define como: “…el proceso de atormentar, hostigar, o aterrorizar psicológicamente a otros en el trabajo.” No obstante, también podemos mirar con preocupación que no CONTINUA EN LA PáGINA - C2


Revista judicial c2

MARTES 21 de maYo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR

existe absoluta claridad sobre lo que en realidad significa el acoso laboral o mobbing, debido a que se mezclan conceptos. Si bien es cierto se introduce una buena definición de lo que es el acoso laboral, pero a renglón seguido se habla también del acoso por discriminación, al que debe darse un tratamiento diferenciado; y, discriminación por filiación sindical y gremial. Definitivamente son temas que pueden tener similitudes, pero que la esencia es totalmente diferente y por tanto reviste un tratamiento específico para cada caso. Período de duración del Acoso Laboral Otro punto a considerar en esta definición es el que hace referen-

DIVORCIOS UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL DE LA SEÑORA YEPEZ VELA CYNTHIA MARIA, SE LE HACE SABER LA SIGUIENTE DEMANDA EXTRACTO JUDICIAL ACTOR: LEON LAVERDE RAUL ALBERTO DEMANDADO: YEPEZ VELA CYNTHIA MARIA JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL No. 17204-2019-01662 UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, martes 30 de abril del 2019, las 08h28, VISTOS: Por sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, creada mediante Resolución N° 051-2017, de fecha 17 de abril de 2017, suscrita por el Pleno del Consejo de la Judicatura de conformidad con lo establecido en el Artículo 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial. En lo principal la demanda de DIVORCIO presentada por el ciudadano RAUL ALBERTO LEON LAVERDE, reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta al procedimiento Sumario establecido en el capítulo III, arts. 332 del Código Orgánico general de Procesos.- En mérito del juramento rendido por el Actor sobre la imposibilidad de dar con el domicilio de su cónyuge la señora CYNTHIA MARIA YEPEZ VELA, se dispone citarlo por la prensa conforme lo estipulado en el 119 del Código Civil, en armonía con el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, mismas que deberán en fechas distintas; para tal efecto por secretaría confiérase el extracto y la documentación correspondiente; una vez citado contestará la demanda y anunciará sus pruebas en el término de 15 días, acorde a lo determinado en los arts. 151 y 333.3 de la norma Ibídem y 159 de la misma norma, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Judicatura ubicada en las calles Av. Amazonas y Juan José Villalengua, en la ciudad Quito, cantón Quito, provincia de Pichincha, así como el de señalar domicilio judicial y/o dirección del correo electrónico de un profesional del Derecho. La audiencia única tendrá lugar dentro del término establecido en el art.

cia al período de duración del acoso, toda vez que el legislador indica que acoso laboral es aquel que es ejercido de forma reiterada. Pero con esa definición, quién está en capacidad para determinar cuánto tiempo es suficiente para decir que una persona sufrió daño psicológico por acoso laboral. La doctrina mundial indica en reiteradas ocasiones que el acoso debe ser tal que por lo menos se ejerza 3 veces a la semana y en un período no inferior de 6 meses. Esto resulta evidente y necesario ya que si no delimitamos con exactitud esto, bien podría tomarse por parte tanto del trabajador (con miras a obtener una jugosa liquidación) o de parte del empleador (para deshacerse de un trabajador), el establecer que existe un caso de acoso laboral dentro de la empresa. De igual manera, causa preocupación el procedimiento y tratamiento que se va a dar a las denuncias que se presenten sobre estos casos. En principio

333.4 de la norma procesal vigente. 2) la audiencia única se señalará conforme el art. 333.4 de la norma Procesal.- 4) Con relación a la prueba anunciada por la parte actora se dispone: 4.1) Prueba Testimonial.en audiencia única recéptese los testimonios de las personas nominada por la parte actora, quienes serán notificados en la dirección señalada en cumplimiento del art. 191 Ibídem para su concurrencia en el día y hora de la audiencia. 4.2) téngase en cuenta la prueba documental. 5) consígnese el casillero judicial que señala para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa técnica.- Actúe el Ab. Edgar Rolando Ávila en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.AB. EDGAR ROLANDO AVILA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC/111894/AT EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL Nro. DE JUICIO: 17203-2019-01590 ACTOR: CAICEDO SALVADOR PABLO IVAN DEMANDADO: BARBARA CRISTINA DA SILVA MACHADO CUANTÍA: INDETERMINADA TRAMITE: SUMARIO JUEZ: DR. LUIS LABRE OBJETO: CITACION AUTO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL D I ST R I TO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, martes 16 de abril del 2019, las 10h19, VISTOS: Una vez que el procurador judicial del accionante ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta judicatura en providencia anterior.- DR. LUIS LABRE, en calidad de Juez encargado de este despacho, de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, avoco conocimiento de esta causa y previo el sorteo de ley.- En lo principal; [1] CALIFICACIÓN: La demanda de DIVORCIO POR CAUSAL, presentado por la señora KATYA LORENA CAICEDO SALVADOR apoderada general de PABLO IVAN CAICEDO SALVADOR, a través de su procurador judicial, revisado que ha sido se determina que es clara y al reunir los demás requisitos de ley establecidos en el Arts. 142 y 143 del COGEP., se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO SUMARIO

prevista en el Art. 332 numeral 4 y Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos; y los principios constitucionales determinados en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República del Ecuador; [2] CITACIÓN: Por cuanto el procurador judicial de la accionante ha dado cumplimiento con el juramento establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a la demandada señora BARBARA CRISTINA DA SILVA MACHADO, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, si contados VEINTE DÍAS a partir de la última publicación la demandada no señala domicilio judicial, así como contesta la demanda, acto de proposición que debe cumplir lo dispuesto en los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, se sustanciará la causa en rebeldía. Para el efecto por secretaría remítase despacho suficiente a la casilla judicial de la accionante, en la que deberá constar el extracto de la demanda y este auto a fin que se dé cumplimiento a esta diligencia; [3] Las partes deberán comparecer a la Audiencia Única acorde a lo previsto en el Art. 86 del Código Orgánico General de Procesos, personalmente o mediante procuración judicial con cláusula especial para transigir; [4] ANUNCIO DE PRUEBAS: Conforme la prueba anunciada por la actora, la naturaleza de la misma y la motivación realizada para su obtención acorde a lo que determina el Art. 142.7 del COGEP.; [4.1] DOCUMENTAL: Incorpórese a los autos los documentos que acompaña la actora en su demanda, los mismos que serán valorados en su momento y de ser procedente; [4.2] DECLARACIÓN DE PARTE: Téngase como anuncio de prueba de la actora, la declaración de parte actor y de su apoderada general, mismos que serán valorados en su momento y de ser procedente; [4.3] TESTIMONIAL; Téngase como anuncio de pruebas de la actora, la declaración del testigos nominados en su demanda, mismo que será valorado en su momento; a quienes por principio de economía y celeridad procesal se le notificara al casillero judicial señalado por la accionante; [8] NOTIFICACIONES: Tómese nota de la casilla judicial y el correo electrónico señalados por la accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor quien actúa con procuración judicial.- Actúe la Abogada Gennyth Tulcanaza Chávez, en su calidad de secretaria de este despacho judicial.- NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CÚMPLASE.- F) DR. LUIS LABRE.JUEZ ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Lo que le comunico para los respectivos fines legales.-

las reformas introducidas en el Código del Trabajo: “…serán valoradas por la autoridad de trabajo, según las circunstancias del caso, y la gravedad de las conductas denunciadas”. Según se ha dicho en la propia definición del Código del Trabajo y la teoría mundial que trata sobre este tema también lo revela, el Mobbing o acoso laboral causa daños psicológicos muy severos, que en los estadios más graves pueden llevar al acosado a terminar con su vida. En consecuencia, y sin hacer de menos, bajo ningún punto de vista, a la autoridad del trabajo, pero ninguno de ellos está en capacidad para a simple vista poder realizar un reconocimiento profundo del estado de afectación psicológica que tiene el acosado. Dentro de las causales por las cuales el empleador puede dar por terminado el contrato de trabajo luego de obtener el visto bueno, se introdujo el numeral 8 dentro del artículo 172; y, el procedimiento que se establece que

de forma previa a la petición del visto bueno procederá la apertura de una conciliación que presidirá la autoridad laboral competente, en la que serán oídos, además del interesado, los representantes de los trabajadores y el empleador o quien le represente. Una situación muy parecida se encuentra en el artículo 173 que establece las causales para la terminación unilateral del contrato de trabajo por parte del trabajador previa obtención del visto bueno. El procedimiento establecido en ambos casos es exactamente igual. Lo ideal, al tratarse de una afectación que no necesariamente es evidente a simple vista, es contar con un examen psicológico practicado por un perito legista que avale lo siguiente: a) que efectivamente existe una afectación psicológica; b) que determine la causa y el causante de tal afectación psicológica; y, c) el grado de deterioro psicológico producido en el acosado. Pero para llegar a esto el perito experto en la mate-

Una virtud simulada es una impiedad duplicada: a la malicia une la falsedad. s a n ­ a g u s t í n­ Certifica.AB. GENNYTH TULCANAZA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma sello Pap/73325/EG

MENORES REPUBLICA DEL ECUADOR. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q. DE PICHINCHA. Cítese con el siguiente extracto de la demanda de AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE MENORES: cuyo tenor es el siguiente: ACTOR: BRAVO RODRIGUEZ TATIANA ALEXANDRA DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR HUMBERTO VLADIMIR SALAZAR MUÑOZ CLASE DE JUICIO: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE MENORES CAUSA N° 17981-2019-01400 TRAMITE: VOLUNTARIO CUANTIA: INDETERMINADA EXTRACTO.CONTENIDO DE LA DEMANDA: BRAVO RODRIGUEZ TATIANA ALEXANDRA, en mi calidad de representante legal de mi hija menor Camila Arleth Salazar Bravo, ante su autoridad comparezco con la siguiente demanda de autorización de venta de derechos y acciones de un bien - f) parte actora. AUTO DE SUSTANCIACIÓN.- Quito, martes 9 de abril del 2019, las 16h19, VISTOS: En esta fecha avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado del despacho del Dr. Patricio Román, conforme la acción de personal No. 5176-DP17-2019-MS para el periodo comprendido del 01 hasta el 11 de abril del 2019.- En lo principal, el artículo 146 primer inciso del Código Orgánico General de Procesos, atribuye al juzgador la obligación de examinar si la demanda cumple con los requisitos legales generales y especiales que sean aplicables al caso, a fin de que puedan merecer la admisibilidad. [1] Examinada la demanda de AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y,

DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA que antecede, previo a calificar la misma, dentro del TÉRMINO DE TRES DÍAS, la parte actora COMPLETE Y ACLARE su demanda conforme lo dispuesto en el Art. 142 numerales 4, 5, 6, 7, 9, 10 y 13 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con los artículos 143 numeral 5 y 58 ibídem, es decir: [1.1] Deberá indicar con precisión el lugar en que se citarán a los herederos conocidos y a los presuntos y desconocidos de los señores Humberto Vladimir Salazar Muñoz y Rafael Humberto Salazar Cholango (padre y abuelo de la menor de edad Camila Arleth Salazar Bravo). [1.2] Adjuntará la partida de nacimiento de la menor de edad Arleth Salazar Bravo; [1.3] Deberá adjuntar la partida de defunción de los señores Humberto Vladimir Salazar Muñoz y Rafael Humberto Salazar Cholango (padre y abuelo de la menor de edad Camila Arleth Salazar Bravo); [1.4] Justificará documentadamente la propiedad que se encuentre a nombre de la menor Camila Arleth Salazar Bravo; [1.5] La narración de los hechos detallados y pormenorizados que sirven de fundamento a las pretensiones, debidamente clasificados y numerados. [1.6] Los fundamentos de derecho que justifican el ejercicio de la acción, expuestos con claridad y precisión. [1.7] La pretensión clara y precisa que se exige. [1.8] La cuantía del proceso, tomando en consideración lo dispuesto en el artículo 144 del COGEP; [2] Bajo prevenciones de ARCHIVO como lo dispone el artículo 146 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos en caso de incumplimiento.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.AUTO DE SUSTANCIACIÓN.- Quito, miércoles 1 de mayo del 2019, las 14h48, Vistos.- Avoco conocimiento de la presente causa por el sorteo correspondiente.- Agréguese al proceso los escritos presentados.Previamente a disponer lo que corresponda en derecho, la accionante en el término de 3 días, en horas hábiles comparezcan a esta Judicatura a rendir el juramento de conformidad con el artículo 56 del COGEP, que en su parte pertinente dice: “La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien

se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, la hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador del proceso o mediante deprecatorio a la o al juzgador del domicilio o residencia.- Por tanto la accionante bajo su responsabilidad con juramento declarará que pese a las averiguaciones ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de otros herederos, de presuntos y desconocidos herederos, de albaceas, fideicomisarios, acreedores hereditarios u otros interesados en la sucesión de Humberto Vladimir Salazar Muñoz y Rafael Humberto Salazar Cholango. NOTIFÍQUESE. AUTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOILESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 1 de mayo del 2019, las 16h04, VISTOS: Dr. Willian Patricio Román Cañizares Juez de esta Unidad Judicial, de conformidad con lo establecido, por el sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa. Déjese sin efecto la providencia anterior, por cuanto la accionante ya ha declarado con juramento desconocer herederos presuntos y desconocidos como otros interesados.- En lo principal, se considera que la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334 numeral 6 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia, se dispone: 1.- Que se tenga en cuenta el domicilio judicial de los actores 2) Téngase en cuenta las pruebas anunciadas.- 3.- CITACIÓN.- Cítese los demandados en las direcciones y en la forma indicadas en la demanda a los señores: Jhosue Wladimir Salazar Bravo, Suska Amparito Muñoz Jaramillo, Christian Omar Salazar Muñoz, Diego Fernando Salazar Muñoz, Erika Araceli Salazar Muñoz, Ana Lucía Salazar Haro, para el efecto remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones de esta Unidad judicial; previniendo a los demandados la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito y correo electrónico para posteriores notificaciones.- CITACION A HEREDEROS PRESUNTOS, DESCONOCIDOS Y MAS INTERESADOS EN LOS BIENES DE LA SUCESIÓN de Humberto Vladimir Salazar Muñoz y Rafael Humberto Salazar Cholango.- Una vez que las accionantes han declarado con juramento desconocer el domicilio de herederos desconocidos, presuntos, y más interesados en la sucesión, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 58 del Orgánico General de Procesos, CÍTESE a los herederos presuntos y desconocidos por la prensa, en tres publicaciones en fechas distintas, en la forma con-

ria debe aplicar baterías de examen psicológico especializadas que si existen, de tal suerte que se obtenga una evidencia real que no deje al libre criterio de las personas de establecer que se ha producido o no un caso de acoso laboral dentro de la empresa. Conclusión En síntesis, si bien es cierto que hemos dado un paso hacia la armonización de las normas internas con los postulados internacionales, sobre todo aquellos establecidos por la Organización Internacional del Trabajo, creo que falta mucho hasta poder tener un procedimiento claro y expedito que no permita la re victimización del afectado dentro del proceso, el tratamiento psicológico necesario para restablecer su salud emocional y su posterior reinserción laboral, o en último caso mal utilizar este proceso por parte de personas inescrupulosas.

templada en el numeral 1 del Art. 56 COGEP, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, al efecto por Secretaría confiérase el extracto de la demanda correspondiente, a fin de que se haga conocer de esta acción de autorización de venta de bienes de menores.-CONVOCATORIA AUDIENCIA.- Una vez citadas las partes se convocará a la respectiva audiencia. 3) ANUNCIO DE MEDIOS PROBATORIOS.- Téngase en cuenta el anuncio de prueba señalado por los peticionarios.- CUMPLASE y NOTIFIQUESE. Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones en esta judicatura. - CERTIFICO Ab. Susana Guarango Jara SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q. DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/111923/AT

EJECUTIVOS EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: LA DEMANDADA JANNET ESPERANZA ALVARADO CHAMBA, HEREDERA CONOCIDA DEL CAUSANTE JOSÉ CHRISTIAN ALVARADO CHAMBA ACTOR: DR. IVÁN ALBERTO RACINES ENRÍQUEZ, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: JOSÉ CHRISTIAN ALVARADO CHAMBA. Y ANGEL WILLIAM ALVARADO CHAMBA. OBJETO: PAGO DE CAPITAL E INTERESES ARTS. 413 Y 415 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL JUICIO: EJECUTIVO NO. 173232013-0186 JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 9 de abril del 2013, las 14h26. VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, dése el trámite ejecutivo.- Se acepta al trámite en la vía ejecutiva, en consecuencia los demandados JOSÉ CHRISTIAN ALVARADO CHAMBA, en calidad de deudor principal y ANGEL WILLIAM ALVARADO CHAMBA, en calidad de garante solidario; de conformidad con el inciso primero del Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, cumplan con la obligación requerida o propongan excepciones en el término de tres días, luego de ser citados legalmente.- CÍTESE a

los demandados, en el lugar indicado para el efecto.- Agréguense al proceso los documentos presentados; téngase en cuenta el casillero judicial señalado y la autorización conferida a los profesionales con los que suscribe.- Notifíquese. f).- DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO, JUEZA. JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 27 de mayo del 2014, las 17h01. Agréguese a los autos el escrito presentado.- Atendiendo a lo solicitado por el actor y conforme a lo dispuesto en el art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se REFORMA el juicio Ejecutivo presentado por El Dr. Diego Francisco Larrea Alarcón, procurador judicial del Banco Pichincha C.A. en contra de Angel Federico Alvarado y Elva Esperanza Chamba, herederos de JOSÉ CHRISTIAN ALVARADO CHAMBA y ANGEL WILLIAM ALVARADO CHAMBA, por lo tanto, se la califica de clara, precisa y se la acepta a trámite.NOTIFIQUESE a los señores Angel Federico Alvarado y Elva Esperanza Chamba, en persona o por una sola boleta, con la demanda y más documentos, en el lugar señalado para el efecto y CITESE a ANGEL WILLIAM ALVARADO CHAMBA en el lugar señalado para el efecto, con el contenido de la demanda, auto de calificación, reforma y esta providencia.- A los presuntos y desconocidos herederos de JOSÉ CHRISTIAN ALVARADO CHAMBA, CITESE por la prensa de acuerdo a previsto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en un diario de amplia circulación de la ciudad de Quito.- Con costas a cargo del actor.- Notifíquese. f).- DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 23 de agosto del 2017, las 11h13. Vistos: Previo a resolver lo pertinente, se considera: PRIMERO.En el Estado Constitucional de Derechos y Justicia, como lo es el Estado Ecuatoriano, uno de los principios fundamentales es el de la tutela judicial, siendo elemento integrador del mismo, el debido proceso, que se complementa cuando ejerciendo el derecho a la defensa, se cumple con el mandato procesal de la citación en debida y legal forma; esto se expresa en la fundamental razón de ser del proceso en relación a la defensa, es decir, que se tenga pleno conocimiento del mismo, ello se consigue cuando el demandado conoce el contenido de lo que se pretende en su contra, del tiempo racional para preparar su defensa, de la deducción de sus excepciones, la actuación de pruebas y la obtención de una resolución oportuna.SEGUNDO.- En la Constitución de la República del Ecuador, cuando en su capítulo octavo, se trata de los derechos de protección, se señala en el Art. 76, que “En todo proceso en el que se determinen derechos


y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:... 7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías... a) Nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento”.- Dice el Art. 346 del Código de Procedimiento Civil, numeral 4, que es solemnidad sustancial común a todos los juicios e instancias: “4.- Citación de la demanda al demandado o a quien legalmente le represente”.- Siendo obligación del Juez, declarar de oficio la nulidad cuando se trate del numeral 4 del Art. 346, lo dice el Art. 349 ibídem; siempre que puede influir en la decisión de la causa, esto, por el principio de trascendencia.- TERCERO.- El tratadista Dr. Juan Isacc Lovato, manifiesta que “la citación da comienzo a la Litis dependencia; mediante ella se constituye la relación jurídico procesal. Además, es solemnidad sustancial común a todos los juicios e instancias, cuya omisión anula el proceso” si la citación es el acto por el cual se hace conocer al demandado el contenido de la demanda y la providencia recaída en ellos, lo más lógico es que se busque al demandado, que se procure encontrarle, para hacerle saber personalmente.- De la revisión del proceso tenemos, que a fojas 31 que la parte actora reforma su demanda y demanda a los herederos presuntos y desconocidos del señor Alvarado Chamba Jose Christian; a fojas 34 señala que demanda como herederos conocidos a los señores Ángel Federico Alvarado y Elva Esperanza Chamba; y , su hermana JANNETH ESPERANZA ALVARADO CHAMBA. Sin embargo de la revisión del proceso no consta que se haya citado a los herederos presuntos y desconocidos del señor Alvarado Chamba Jose Christian, en tal virtud de conformidad con el Art. 1014 del Código de Procedimiento Civil se declara la nulidad de la providencia de 01 de agosto del 2017, a costa de la parte actora y en su lugar se dispone: 1.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora, por cuanto no se ha citado a los herederos presuntos y desconocidos Alvarado Chamba Jose Christian, se niega pasar autos para resolver, tanto más que la demandada Elva Esperanza Chamba; ha contestado la demanda a fojas 38. 2.- A fin de continuar con el trámite correspondiente, de oficio de conformidad con el Art. 130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial se convalida el auto de cali-

ficación de 27 de mayo del 2014, en el sentido de que se toma en cuenta como demandada a la señora JANNETH ESPERANZA ALVARADO CHAMBA, quien debe contestar en el término de tres días de citada proponga excepciones que se crea asistida; a quien se la deberá citar en el lugar indicado a fojas 34, para lo cual se requiere que la parte actora presente las copias necesarias en el término de 3 días bajo prevenciones de archivo, adjuntado dichas copias a su escrito. En el término de 3 días la parte actora acuda a esta judicatura, a rendir juramento sobre los herederos presuntos y desconocidos de Alvarado Chamba Jose Christian. Notifíquese. f) DR. SALTOS PINTO LUIS SEBASTIÁN, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, martes 25 de septiembre del 2018, las 14h29, Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora. Atendiendo el mismo se dispone: 1.- En virtud del juramento rendido, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a la demandada Jannet Esperanza Alvarado Chamba, heredera conocida del causante José Christian Alvarado Chamba, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, que se harán cada una ellas en fechas distintas. 2.Atento al juramento rendido por la parte actora constante a foja (fs. 88), de conformidad con el Art. 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a los herederos presuntos y desconocidos del causante José Christian Alvarado Chamba, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito; para lo cual, por Secretaría de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, dejando constancia en autos, emita el correspondiente extracto. NOTIFÍQUESE.- DR. SALTOS PINTO LUIS SEBASTIÁN, JUEZ Particular que le hago conocer a Usted CÍTANDOLE y previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.AB. VICTOR REYES CHULDE SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS CENTRO INTEGRAL MATERNO INFANTIL NEOGESTION S.A. En uso de mis facultades de conformidad con el Estatuto Social de la compañía CENTRO INTEGRAL MATERNO INFANTIL NEOGESTION S.A. y en atención a los dispuestos en la Ley de Compañías, se convoca a los Accionistas de la compañía CENTRO INTEGRAL MATERNO INFANTIL NEOGESTION S.A. a Junta Ordinaria de Accionistas a celebrarse el día 30 de mayo de 2019, a las 18h00, en el inmueble de la compañía, ubicada en la calle Francisco Montalvo OE19A N74-56 COCHAPAMBA de la ciudad de Quito, con la finalidad de tratar el siguiente orden del día: PRIMERO: CONOCER Y RESOLVER SOBRE EL INFORME DEL GERENTE GENERAL POR EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2018. SEGUNDO: CONOCER Y RESOLVER SOBRE EL INFORME DE COMISARIO PRINCIPAL DEL PERIODO 2018. TERCERO: CONOCER EL INFORME DE LOS AUDITORES EXTERNOS DEL PERIODO 2018. CUARTO: CONOCER Y RESOLVER SOBRE EL CONJUNTO COMPLETO DE ESTADOS FINANCIEROS, POR EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2018. QUINTO: RESOLVER SOBRE LOS RESULTADOS DE LA COMPAÑÍA POR EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2018. SEXTO: VARIOS De manera especial e individual se convoca al Comisario Principal, Sr. Nelson German Aguirre Tapia, a la Presente Junta. Se informa además a los señores Accionistas que, todos los documentos que se tratarán en el orden del día, se remitirán vía email a cada Accionista, adicionalmente estará en exhibición y a disposición en las instalaciones de la compañía ubicada en la calle Francisco Montalvo OE19A N74-56 COCHAPAMBA de la ciudad de Quito, desde la presente fecha en horas hábiles.

UNIDAD JUDICIAL CIIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO E X T R A C T O DE CITACION J U DICIAL A.- LANDÍVAR FERNÁNDEZ DE CÓRDOVA FLAVIO JOAQUÍN Y KATALINA SAUD GAME ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL ECONOMISTA ÁNGELO LUIS CAPUTI OYAGUE, PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO DE GUYAQUIL S.A DEMANDADO: .- LANDÍVAR FERNÁNDEZ DE CÓRDOVA FLAVIO JOAQUÍN Y KATALINA SAUD GAME CAUSA NO.: 17321-1999-1432 TRAMITE: EJECUTIVO JUEZ.- DR. CARLOS ENRIQUE SOTO JIMENEZ PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA. Quito, miércoles 12 de septiembre del 2018, las 08h30, Agréguense al proceso el oficio, documentos; y escrito presentado por la parte actora, en atención al mismo se dispone:- En atención a lo resuelto por la Sala Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Pichincha en auto de 24 de julio de 2017, las 11h31; y auto de la Corte Nacional de Justicia Sala Especializada de lo Civil y Meracantil en auto de 6 de junio de 2018, las 11h33 se dispone: La reforma a la demanda es clara y reúne los requisitos legales.- De acuerdo a lo establecido en el artículo 421 del Código de Procedimiento Civil, el demandado FLAVIO JOAQUIN LADIVAR FERNANDEZ DE CÓRDOVA, en el término de tres días desde la citación, cumpla con la obligación demandada, o propongan excepciones en el mismo término.- Cítese al demandado con todo lo actuado en el lugar indicado en la reforma a la demanda.- Cítese a los señores FLAVIO JOAQUIN LANDIVAR FERNANDEZ DE CORDOVA Y CATALINA SAUD GAME en calidad de otorgantes de la garantía hipotecaria con todo lo actuado en el lugar que se indica en la reforma a la demanda.- Para el efecto remítase suficiente despacho por Secretaría.- La parte actora deberá proporcionar las copias necesarias.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y dirección de correo electrónico para notificaciones señalado por la parte actora.- CITESE Y NOTIFIQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA .Quito, viernes 10 de mayo del 2019, las 08h57, Avoco conocimiento de la presente causa, Dr. Carlos Wilfrido Naranjo Borja, en calidad de Juez Encargado, mediante acción de personal número 5623-DP17-2019-VS. Agréguese

El progreso es una cooperación; sin el concurso de muchos hombres no se realiza. Baldomero­ argenté al proceso el escrito presentado. En atención a lo solicitado por la parte actora y, en virtud al juramento rendido por la parte actora de fecha 07 del mes de mayo del año 2019, se ordena citar por la prensa a la señores Landívar Fernández de Córdova Flavio Joaquín y Katalina Saud Game, conforme lo dispone Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto confiérase el respectivo extracto, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar.NOTIFIQUESE. . Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.PEREZ SALAZAR PAUL EFRAIN SECRETARIO Hay firma y sello PAC/111920/AT EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 17230-2018-17762 UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: JIMMY ORLANDO RODRIGUEZ MORENO ACTOR: ABG. ANA BELEN SERRANO GALARRAGA, PROCURADORA JUDICIAL DE LA CORPORACION DE DESARROLLO DE MERCADO SECUNDARIO DE HIPOTECAS CTH S.A. DEMANDADO: JIMMY ORLANDO RODRIGUEZ MORENO JUICIO: 17230- 2018-17762 MATERIA CIVIL: EJECUTIVO.CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO CUANTÍA: USD. 45.000,00 DEFENSOR: DR. RAUL FERNANDO VILLACIS MORA CASILLA JUDICIAL: 3178.- CORREO ELECTRÓNICO: fvestudiojurico@ outlook.com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: En sentencia se condene a los demandados, paguen a la CORPORACION DE DESARROLLO DE MERCADO SECUNDARIO DE HIPOTECAS CTH S.A., los siguientes valores: 1.- Los dividendos vencidos (USD. 13.984,26).- 2.- El saldo del préstamo o capital reducido más el interés (USD 5.667,65).- 3.- El interés legal (11.269,97).- 4.- El interés por mora (USD 5.352,30).- 5.- Tasas, gastos, costas y expensas judiciales.- 6.Los honorarios profesionales del defensor.- Dr. LEONARDO ANDRES

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA INTANASA DEL ECUADOR S.A. SE CONVOCA A TODOS LOS ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA INTANASA DEL ECUADOR S.A. A LA JUNTA EXTRAORDINARIA QUE SE LLEVARA A CABO EN LA CIUDAD DE QUITO, EL DIA 28 DE MAYO DEL 2019, A LAS 11 HORAS, EN EL DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA UBICADO EN EL PASAJE PANORAMA N32-56 E IGNACIO BOSSANO, PLANTA 1B, EN LA CIUDAD DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, PARA TRRATAR LOS SIGUIENTES PUNTOS DEL ORDEN DEL DIA: 1.- CONSTATACION DEL QUORUM 2.-AUMENTO DE CAPITAL DE LA COMPAÑÍA A LA SUMA DE USD 10.000 3.-CIERRE DE LA JUNTA

NELLY VICTORIA BURGOS MENDOZA

Atentamente, Dr. Fernando Agama PRESIDENTE

LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/111918/AT

GERENTE PAP/73340/AT

PAR/110961/EG

EGUIGUREN BERMEO.- JUEZ.AUTO ADMISORIO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, jueves 11 de enero del 2018, las 15h05, VISTOS: Agréguese al proceso los escrito y la documentación con el cual completa su demanda la actora AB. ANA BELEN SERRANO GALARRAGA, En calidad de Procuradora Judicial de la Corporación de Desarrollo de Mercado Secundario de Hipotecas CTH S.A. En lo principal, se dispone: 1.- La demanda que antecede presentada por AB. ANA BELEN SERRANO GALARRAGA, En calidad de Procuradora Judicial de la Corporación de Desarrollo de Mercado Secundario de Hipotecas CTH S.A., conforme lo justifica con la documentación adjunta es clara, precisa, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo cuerpo legal invocado; por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- 2.- Conforme lo estipulado en el Art. 351 segundo inciso del COGEP y en mérito de la documentación agregada a la demanda, esto es, el Certificado emitido por el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito que consta en fojas 16 de los autos se desprende que los señores JIMMY ORLANDO RODRIGUEZ MORENO y MAYRA BEATRIZ PINTADO LIMA por sus propios derechos, y por los que representan en la sociedad conyugal por ellos formada constituyeron PRIMERA HIPOTECA ABIERTA A FAVOR DE LA ASOCIACION MUTUALISTA DE AHORRO Y CREDITO PARA LA VIVIENDA PICHINCHA, sobre el bien inmueble de los demandados que consiste en la casa C SEIS, planta baja alícuota parcial 0,2383%, planta alta alícuota 0,9796, patio de servicio y jardín alícuota parcial 0,2383, alícuota total 2,1402%, Estacionamiento SEIS, alícuota 0,1098%, que forman parte del Conjunto Habitacional Palermo Manzana G2, situado en la Parroquia Chillogallo, cantón Quito, con matrícula No. CHILL001687 que es de propiedad de los demandados JIMMY ORLANDO RODRIGUEZ MORENO y MAYRA BEATRIZ PINTADO LIMA, y de conformidad al artículo 375 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, se dispone el EMBARGO, para la ejecución de la diligencia ordenada, en razón del sorteo en el SATJE se designa como depositario judicial al señor JULIO CESAR GORDILLO MALDONADO, quien de ser necesario contará con el apoyo de los miembros de la Policía Nacional; para lo cual, deberá oficiar a la Policía Nacional a fin de que conjuntamente con el depositario judicial cumplan el embargo ordenado, conforme lo dispuesto en los artículos 384, 387 y 388 del Código Orgánico General de Procesos. Posteriormente, de acuerdo a lo determinado en el artículo 389 del COGEP, inscríbase el embargo en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, debiéndose notificar a su titular para que tome nota del particular en los libros correspondientes. Una vez cumplido el embargo, remítase a esta Unidad Judicial Civil la correspondiente acta de ejecución de embargo contentiva de los requisitos señalados en el artículo 388 del COGEP. Hecho lo cual, cítese a los demandados JIMMY ORLANDO RODRIGUEZ MORENO y MAYRA BEATRIZ PINTADO LIMA en el lugar señalado en el libelo de la demanda y en el escrito que completa la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial.- 3.- En aplicación de los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince días (15 días) para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del citado código, y en el caso de formular oposición acompañen la prueba de conformidad con lo dispuesto en el Art. 351 inciso 5 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- 4.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que

se formule oposición debidamente fundamentada.- 5.- Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Actúe el Abg. Jesús de la Cruz en calidad de Secretaria de la Unidad.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.OTRO AUTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, lunes 29 de abril del 2019, las 15h39, En virtud de que la parte actora ha reconocido bajo juramento desconocer el domicilio de la parte demandada y por ser procedente, mediante secretaría, confiérase el extracto correspondiente a fin de que se cite por la prensa conforme lo dispone el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar.-NOTIFÍQUESE. Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- CERTIFICO.ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC/111926/AT UNIDAD JUDICIAL CIIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO E X T R A C T O D E CITACIÓN J UDICIAL CITACION CHAVEZ MARIO FABIAN HAGO SABER LO SIGUIENTE: ACTOR: DR. WLADIMIR GALARZA LEÓN EN SU CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A DEMANDADO CHAVEZ MARIO FABIAN CAUSA No.: 17306-2009-0748 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: $23.500.00 JUEZ.- DR. CARLOS ENRIQUE SOTO JIMENEZ PROVIDENCIA: JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 15 de junio del 2009, las 14H35.- VISTOS.VISTOS.- La demanda presentada por el DR. GONZALO BENALCAZAR PAVÓN, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO DEL AUSTRO S.A., en contra de MARIO FABIÁN CHAVEZ, es clara, precisa y reúne los requisitos legales en consecuencia se la acepta al tramite correspondiente por la vía ejecutiva prevista en la sección 2da parágrafo 2do Arts. 419 y siguientes del código de Procedimiento Civil. Por lo que el demandado MARIO FABIÁN CHAVEZ dentro del término de tres días pague la obligación demandada o dentro del mismo término proponga excepciones, bajo prevenciones de Ley. CITESE al demandado en la dirección señalada por la parte actora. Previa fotocopia certificada y recibo en autos desglósese y entréguese la documentación aparejada a la demanda, para lo cual téngase en cuenta la autorización que confiere la actora al Dr. Wladimir Galarza, para que retire a su nombre dicha documentación. Agréguese a los autos la documentación y tómese en cuenta la casilla judicial No. 2222. CITESE y NOTIFÍQUESE. su defensor. NOTIFIQUESE.- f) Dr. Mario Ortiz Estrella. Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 24 de abril del 2019, las 11h44, Agréguese al proceso el escrito que antecede. Atento lo solicitado por la parte y en virtud al juramento rendido por la parte actora de fecha 24 de ABRIL DEL 2019, se ordena citar por la prensa al señor CHAVEZ MARIO FABIAN, conforme lo dispone Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto confiérase el respectivo extracto, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar.-NOTIFIQUESE. F) Dr. Carlos Enrique Soto Jimenez. JUEZ.Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.ABG. PEREZ SALAZAR PAUL EFRAIN SECRETARIO Hay firma y sello PAC/111931/AT EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 17230-2018-01495 UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: ALEX GERMAN CARDENAS CARRERA Y LIGI MARITZA VARGAS RIVERA ACTOR: ING. SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO,

Revista judicial MARTES 21 de maYo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR REPRESENTATE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHOORRO Y CREDITO PUELLARO LTDA. DEMANDADOS: ALEX GERMAN CARDENAS CARRERA Y LIGI MARITZA VARGAS RIVERA JUICIO: 17230- 2018-01495 MATERIA CIVIL: EJECUTIVO.COBRO DE PAGARE A LA ORDEN CUANTÍA: USD. 4.000,00 DEFENSOR: ABG. MAYRA LORENA JACHO TAPIA CASILLA JUDICIAL: 2684.- CORREO ELECTRÓNICO: may_cp20@outlook.com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: En sentencia se condene a lis cónyuges ALEX GERMAN CARDENAS CARRERA portador de la cédula de ciudadanía Nro. 1709622797 y LIGIA MARITZA VARGAS RIVERA, portador de la cédula de ciudadanía Nro. 1710740398, en calidad de avales solidarios al pago de: 1.- El valor constante en la tabla de amortización, que al último corte asciende a la suma de TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN DOLARES CON OCHENTA Y OCHO VENTAVOS (USD. 3.231,88), conforme la tabla de amortización.- 2.- Gastos extrajudiciales conforme determina el art. 456 numeral tercero del Código de Comercio.- 3.- Las costas procesales en las que se incluirán los honorarios de mi Abg., patrocinador.- Dr. LEONARDO ANDRES EGUIGUREN BERMEO.- JUEZ.AUTO ADMISORIO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, viernes 9 de febrero del 2018, las 15h40.- VISTOS.Dr. Leonardo Andres Eguiguren Bermeo, Juez de la Unidad Judicial Civil de la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, mediante acción de Personal Nro. 9637-DNTH-2017-CIP, del 30 de noviembre de 2017 del Consejo Nacional de la Judicatura; avoco conocimiento de la presente causa y en virtud del sorteo de ley constante del proceso.- En lo principal, se dispone: 1.- La demanda que antecede presentada por Sonia Guadalupe Quintero Montero Representante legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Puellaro Ltda, conforme lo justifica con la documentación adjunta es clara, precisa, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo cuerpo legal invocado; por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.2.- Se ordena la citación de los demandados señores CARLOS ENRIQUE VARGAS RIVERA, como deudor principal y los señores ALEX GERMAN CARDENAS CARRERA en la dirección indicada en el libelo de demanda para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial.- 3.- En aplicación de los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince días (15 días) para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del citado código, y en el caso de formular oposición acompañen la prueba de conformidad con lo dispuesto en el Art. 351 inciso 5 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.OTRO AUTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, viernes 26 de abril del 2019, las 11h42, En lo principal, en virtud del juramento rendido en acta de fecha 23 de abril del 2019, las 14h30, CITESE a los demandados Alex German Cárdenas Carrera y Ligia Maritza Vargas Rivera, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- CERTIFICO.ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA

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IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P-237181/VF/PAP73316

ORDINARIOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: ROMERO BELTRAN KEITH DAVID ACTORES: CORDERO BORRERO GUSTAVO FERNANDO y CUESTA RAMIREZ MONICA DE LOS DOLORES DEMANDADO: ROMERO BELTRAN KEITH DAVID JUICIO No. 17230-2019-01404 TRAMITE: ORDINARIO - VICIOS REDHIBIITORIOS FECHA DE INICIO: 23/01/2019 CUANTIA: $ 180.000,oo JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 4 de febrero del 2019, las 16h14, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza titular de esta Unidad judicial y en virtud del sorteo respectivo. Agréguese al proceso el escrito presentado. En lo principal, la demanda presentada por los señores GUSTAVO FERNANDO CORDERO BORRERO y MONICA DE LOS DOLORES CUESTA RAMIREZ es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE a Procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos, y en virtud a lo prescrito en el artículo 289 ibídem. Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto interlocutorio al señor KEITH DAVID ROMERO BELTRAN, en el lugar que se indica, para lo cual remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones. Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede al señor KEITH DAVID ROMERO BELTRAN, EL TÉRMINO DE 30 DÍAS, contados a partir de la citación, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151, 152 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibidem, de ser el caso.- ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados; situación que estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 294.7 literal d) del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba que se realice en la respectiva audiencia.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados a efecto de sus notificaciones, y la autorización conferida a su defensor técnico para el patrocinio en la presente causa. Conforme lo determinado en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que por Secretaria se haga conocer el extracto de la demanda y este auto inicial al correo electrónico construirinmobiliaria@htomail.com, que ha sido proporcionado por la parte actora, hecho que no sustituirá a la citación oficial. Actúe el doctor Paúl Tapia en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial Civil.- NOTIFIQUESE y CÍTESE.- f) Dra. LIZBETH RON CADENA, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 10 de mayo del 2019, las 15h25, Atento el juramento rendido y de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada señor ROMERO BELTRAN KEITH DAVID por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.NOTIFÍQUESE.- f) Dra. LIZBETH RON CADENA, Jueza. Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 15 de mayo del 2019. Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO


Revista judicial c4

MARTES 21 de maYo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR

Hay firma y sello PAC/111919/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN. Citación judicial a VACA TOSCANO CARLOS NEPTALI, se le hace saber: Actor: Abg. Wilson Gustavo Pambaquishpe Terán en calidad de procurador judicial del señor Jorge Fernando Carrera Maldonado. Demandados: VACA TOSCANO CARLOS NEPTALI Juicio No. 17233-2019-01615 Trámite: Ordinario Cuantía: Veintitrés mil dólares (USD$ 23.000,00) Fundamentos de derecho: Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos. Abogado del Actor: Abg. Wilson Gustavo Pambaquishpe, casillero judicial No. 2601 Fecha de inicio: 20 de marzo de 2019 Asunto: Pago de capital adeudado, más intereses legales. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 1 de mayo del 2019, las 08h40, VISTOS.Puesto que ha sido el proceso en mi despacho el día de hoy 01 de mayo del 2019. En lo principal, por haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto que antecede, se dispone lo siguiente: PRIMERO.CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA Y ADMISIÓN A TRÁMITE: Una vez revisada la demanda, presentada por el ABG. WILSON GUSTAVO PAMBAQUISHPE TERAN en calidad de PROCURADOR JUDICIAL del señor JORGE FERNANDO CARRERA MALDONADO, como lo acredita con el instrumento público que acompañan, en contra de VACA TOSCANO CARLOS NEPTALI, por sus propios derechos; por ser clara, precisa y reunir los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, se la CALIFICA y se admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. SEGUNDO.CITACIÓN.- En virtud del juramento rendido por la parte actora y del oficio No. MREMH-CZ9-2019-1817-O de 29 de enero del 2019, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, que señala que el señor VACA TOSCANO CARLOS NEPTALÍ, no registra salida del Ecuador y tampoco registro consular en el exterior, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado VACA TOSCANO CARLOS NEPTALI, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, la parte interesada acérquese a esta Unidad Judicial a retirar el extracto correspondiente a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. -TERCERO.- CONTESTACIÓN A LA DEMANDA.- Conforme lo establecido en el Art. 291 del COGEP, se concede al demandado VACA TOSCANO CARLOS NEPTALI el término de TREINTA (30) DIAS días contados desde la citación, para que conteste la demanda, misma que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152, 153 del COGEP y demás pertinentes ibídem.-En la contestación a la demanda la parte accionada puede reconvenir a la parte actora y además deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, los mismos que deberán ser pertinentes, útiles y conducentes, para su defensa.CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA: Tómese en cuenta todos los anuncios probatorios propuestos por el accionante en su demanda, para los fines pertinentes. El demandado de igual forma, deberá tomar en cuenta los anuncios de prueba, a fin de que contradiga los mismos de conformidad al inciso segundo del Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos. Se les recuerda a las partes que los anuncios de pruebas serán ADMITIDOS de ser pertinentes, útiles y conducentes en la audiencia preliminar, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos.-QUINTO.-CUANTÍA, NOTIFICACIONES Y CASILLERO.Téngase en cuenta la cuantía manifestada, así como el casillero judicial y correos electrónicos señalados por la parte actora, para recibir sus notificaciones. Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda por la parte actora.NOTIFIQUESE.Particular que pongo en su conoci-

miento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones. Ab. ELIZABETH CHECA A. SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL QUITUMBE. Hay firma y sello PAC/111927/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP CITACIÓN JUDICIAL AL DEMANDADO: CARLOS NEPTALI VACA TOSCANO ACTOR: WILSON GUSTAVO PAMBAQUISHPE TERAN PROCURADOR JUCICIAL DEL SEÑOR JORGE FERNANDO CARRERA MALDONADO TIPO DE PROCESO: CIVILORDINARIO ACCION: COBRO DE DINERO No. DE JUICIO: 17233-2019-01616 CUANTIA: $. 6. 556, 25 SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 25/100 NORMATIVA LEGAL: ARTICULO 289 DEL COGEP Y 1572 DEL CODIGO CIVIL AUTO DE SUSTANCIACION: Quito, martes 23 de abril del 2019, las 09h51, VISTOS: Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto que antecede se considera lo siguiente: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE: La demanda presentada por el compareciente ABG. WILSON GUSTAVO PAMBAQUISHPE TERAN, en su calidad de PROCURADOR JUDICIAL del señor JORGE FERNANDO CARRERA MALDONADO, conforme lo justifica con el PODER ESPECIAL suscrito en el CONSULADO DEL ECUADOR EN MURCIA; es clara, precisa y cumple con los requisitos legales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), situación por la cual se la ADMITE al PROCEDIMIENTO ORDINARIO, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado, y en virtud de lo prescrito en el artículo 289 ibídem; SEGUNDO.- CITACIÓN: A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescrito en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa; En mérito del juramento rendido por la parte actora que obra a fojas 35, se dispone que se cite al demandado CARLOS NEPTALI VACA TOSCANO; por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del COGEP; por Secretaria confiérase el extracto correspondiente, el mismo que, se lo envía al casillero judicial de la parte actora, ejecutoriado este auto. En aplicación del principio de cooperación con la Administración de Justicia y de economía procesal, la parte actora una vez hechas las publicaciones haga llegar a esta Judicatura debidamente adjuntadas, recortadas y pegadas en hojas formato A4 tamaño Inen., (No adjuntar periódicos enteros) para lo cual se le concede el término de 20 días; So pena de lo establecido en numeral 1 del artículo 132 del Código Orgánico de la Función Judicial. TERCERO.CONTESTACIÓN: De acuerdo a lo previsto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada CARLOS NEPTALI VACA TOSCANO, el término de treinta días, luego de citado para que conteste la demanda en la forma establecida en el artícu-

lo 151 del mismo cuerpo normativo así como señale casillero judicial y correo electrónico; CUARTO.ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), y 359 del COGEP, sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. Actúa el Abg. Alvaro Rodriguez Ortega, Secretario Encargado, mediante Acción de Personal No. 6042-DP17-2019-MS, de fecha 22 de abril del 2019. F). DR. DAVID CEDEÑO CAMACHO/ JUEZ. CUMPLASE y NOTIFIQUESE.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Angel Ricardo Simbaña Araujo SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL QUITUMBE. Hay firma y sello PAC/111928/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CÍTESE CON LA SIGUIENTE DEMANDA ORDINARIO: VACA TOSCANO CARLOS NEPTALI, CUYO EXTRACTO ES EL SIGUIENTE: JUICIO: ORDINARIO ACTOR: WILSON GUSTAVO PAMBAQUISHPE TERAN PROCURADOR JUCICIAL DEL SEÑOR JORGE FERNANDO CARRERA MALDONADO DEMANDADO: VACA TOSCANO CARLOS NEPTALI CAUSA: 17233-2019-01613 CASILLA JUDICIAL: 2601 CUANTIA: $6.550,00 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 4 de abril del 2019, las 14h32, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y certificado presentado por la parte actora, por haberse dado cumplimiento con lo dispuesto en auto precedente, dentro del término establecido por la ley. En lo principal se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada por el Abg. Wilson Gustavo Pambaquishpe Terán, en su calidad de Procurador Judicial del señor JORGE FERNANDO CARRERA MALDONADO, es completa, clara, precisa y cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I, Art. 289 del citado Código.- CITACIÓN.- 1) El demandante Abg. Wilson Gustavo Pambaquishpe Terán, en su calidad de Procurador Judicial del señor JORGE FERNANDO CARRERA MALDONADO, concurra a esta Unidad Judicial Civil, el 05 de abril del 2019, las 09h00, a fin de rendir su declaración bajo juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, residencia y/o domicilio del demandado señor CARLOS NEPTALI VACA TOSCANO, como ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien pide se le cite por la prensa, portando su respectiva cédula de ciudadanía y papeleta de votación; Cumplido lo anterior se procederá con la citación del demandado por la prensa.- TÉRMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de TREINTA (30) días una vez citado, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del COGEP.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el libelo de la demanda, así como el escrito de aclaración de la misma; para lo cual se observará lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva

Lo que embellece al desierto es que en alguna parte esconde un pozo de agua. d e ­ s a i n t -e x u p e ry ,­ a n t o i n e­

audiencia preliminar, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda. NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado para el efecto. Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, la Abg. Lady Estefania Alvarado López, mediante Acción de Personal No. 2007-DP172018-KV de fecha 14 de febrero del 2018.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 5 de abril del 2019, las 14h19, VISTOS: En lo principal en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el accionante ABG. WILSON GUSTAVO PAMBAQUISHPE TERÁN, en su calidad de Procurador Judicial del señor JORGE FERNANDO CARRERA MALDONADO (a fs.34), expresando bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado señor CARLOS NEPTALI VACA TOSCANO, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado señor CARLOS NEPTALI VACA TOSCANO, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual por secretaría se entregará el extracto respectivo a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto, además la parte actora deberá dar fiel cumplimiento a lo dispuesto en auto de 04 de marzo del 2019,las 14h32. Actúe como Secretaria de esta Unidad, la Abg. Lady Estefania Alvarado López, mediante Acción de Personal No. 2007-DP17-2018-KV de fecha 14 de febrero del 2018.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 6 de mayo del 2019, las 15h46, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por el accionante. En lo principal, en auto de fecha viernes 5 de abril del 2019, las 14h19, se hizo constar erróneamente que: “además la parte actora deberá dar fiel cumplimiento a lo dispuesto en auto de 04 de marzo del 2019, las 14h32”; siendo lo correcto: “además la parte actora deberá dar fiel cumplimiento a lo dispuesto en auto de 04 de abril del 2019, las 14h32”, en atención al numeral 8 del art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial que señala: “…8.- Convalidar de oficio o a petición de parte los actos procesales verificadas con inobservancia de formalidades no esenciales, si no han viciado al proceso de nulidad insanable ni han provocado indefensión…”.- En tal virtud y con fundamento en la norma legal antes invocada, se convalida el mes de la providencia tal como queda anotado en líneas anteriores, por lo expuesto queda subsanado el lapsus en el que se incurrió. NOTIFIQUESE.f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS, JUEZ Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.Certifico. AB. LADY ESTEFANIA ALVARADO

LLAMADA A ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA ACCENDOIT ECUADOR S.A. EN LIQUIDACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el Art. 393 o Ley de Compañías, se notifica a los Acreedores de la compañía ACCENDOIT ECUADOR S.A. en Liquidación, para que el término de 20 días, a partir de la fecha de la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten sus derechos como tales, en la siguiente dirección: calle Vicente Cárdenas E4-133 y Av. Amazonas Edif. OFIMEDIC, 4to piso, Of.4B, parroquia Iñaquito, cantó Quito, provincia de Pichincha. Transcurrido este término, la Liquidadora tomará en cuenta solamente a los acreedores que hayan probado su calidad y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía ACCENDOIT ECUADOR S.A. en Liquidación.

LÓPEZ SECRETARIA Hay firma y sello PAC/111929/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P. CITACION JUDICIAL JUICIO ORDINARIO NO. 172302018-17475 PARA: ALTAMIRANO ARIAS MARIA ELENA JUEZ PONENTE: DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI SALAZAR MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: ORDINARIO ACCION COBRO DE DINERO ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A.- PROCURADOR JUDICIAL DEMANDADO: ALTAMIRANO ARIAS MARIA ELENA CUANTIA: US$ 25.836,52 EXTRACTO DE LA DEMANDA (…) Cesión de derechos de acreedor: Mediante escritura pública del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis INTERDIN S.A. EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, vendió a favor de de Diners Club S.A. Sociedad Financiera el negocio de emisión y adquirencia de tarjetas de crédito Visa. De acuerdo a la solicitud y contrato de emisión y uso de la tarjeta de crédito VISA INTERDIN S.A., el emisor de tarjeta en es esa época INTERDIN S.A. ADMINSITRDORA DE TARJETAS DE CREDITO otorgó a la demandada, la tarjeta de crédito VISA cuenta No.4154650001071008. PRETENSIÓN: Por lo expuesto y con fundamento en las normas sustantivas y adjetivas antes enunciadas demando en PROCEDIMIENTO ORDINARIO, a fin de que en sentencia se le conmine al pago inmediato del capital e intereses vencidos (…).UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 27 de noviembre del 2018, las 10h25, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede. en lo principal, se dispone lo siguiente: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda y en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa y clara por cumplir los requisitos formales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, se la ADMITE a trámite mediante

el Procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 289 ibídem.- SEGUNDO.- CITACIÓN.Cítese a la parte demandada señor ALTAMIRANO ARIAS MARIA ELENA, en la dirección señalada en el libelo inicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones. CUARTO.CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días una vez citada, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y 153 del mismo Cuerpo Normativo; además deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción conforme lo dispuesto en el artículo 152 ibídem. QUINTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios de prueba formulado por la parte actora en su libelo y escrito de ampliación y aclaración de la demanda., el mismo que estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.SEXTO.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalados por la compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Defensor Técnico.- Agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora.- Actúe la Ab. Miriam Vizcarra en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil.- CITESE y NOTIFIQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 24 de abril del 2019, las 16h38, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada ALTAMIRANO ARIAS MARIA ELENA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.NOTIFÍQUESE.Lo que NOTIFICO a usted (s) para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAB/22887/AT REPUBLICA DEL ECUADOR. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA

CONVOCATORIA A Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Compañía de Transporte Estudiantil Oro Negro TRAESONE C.A. En cumplimiento de la Ley de Compañías y los Estatutos Sociales, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria que se celebrará el día Viernes 31 de Mayo del 2019, a las 9:00 horas en las oficinas de la compañía ubicadas en la Parroquia de Tumbaco, Calle Vicente Rocafuerte S1-163 y Rita Lecumberry, con el objeto de resolver el siguiente orden del día: 1.- Nombramiento de nuevos Administradores y Comisarios para el periodo 2019-2021. Se convoca de manera personal e individual al Comisario Principal señor Miguel Segovia. Tumbaco, 21 de Mayo del 2019

Quito, 20 de mayo de 2019.

Ab. María Verónica Loyola Casajoana Liquidadora Suplente

JOFRE G.JATIVA CARPIO GERENTE PAR/110953/EG

PAR/110963/EG

QUITUMBE DEL D.M.Q. DE PICHINCHA. Cítese con el siguiente extracto de la demanda de DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO: cuyo tenor es el siguiente: ACTOR: MUÑOZ PADILLA CARMELINA DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE JOSE RAUL CHINCHE GARCES CLASE DE JUICIO: DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO CAUSA N° 17981-2019-01391 TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: INDETERMINADA EXTRACTO.CONTENIDO DE LA DEMANDA: MUÑOZ PADILLA CARMELINA, por mis propios y personales derechos acudo ante usted para presentar la siguiente demanda de DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO- f) parte actora. AUTO DE SUSTANCIACIÓN.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOILESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q DE PICHINCHA. Quito, viernes 12 de abril del 2019, las 09h30, Vistos.- Al amparo del Art. 146 del COGEP se dispone que la accionante complete le demanda y de cumplimiento al Art. 142 No. 4, esto es determine con claridad los legitimados pasivos, tomando en cuenta que los llamados a contestar la demanda son todos aquellos que puedan tener interés en la causa, y determine como serán representados los herederos del demandado dentro de esta causa, por ser menores de edad.Notifíquese. f) Dr. William Román.AUTO DE CALIFICACIÓN.-UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOILESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q DE PICHINCHA. Quito, miércoles 8 de mayo del 2019, las 10h29, VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; y por el sorteo de ley, en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en Quitumbe. Este despacho judicial dispone: [1] CALIFICACIÓN y PROCEDIMIENTO: En lo principal, la demanda de DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO, presentada por la señora CARMELINA MUÑOZ PADILLA en contra de herederos presuntos y desconocidos de JOSE RAUL CHINCHE GARCES que antecede, es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO determinado en el Art. 289 y siguientes del COGEP.- [2] CITACIÓN. . [2.1.] Cítese a los demandados, esto es a herederos desconocidos y presuntos de quien en vida ha sido JOSE RAUL CHINCHE GARCES, y a todos quienes puedan tener interés en esta causa, con el contenido de la demanda la forma pedida por la

accionante, por tres publicaciones en un periódico de amplia circulación, conforme el Art. 56 del COGEP para lo cual confiérase el respectivo extracto para las publicaciones en la prensa para citar a dichos demandados.- [2.2.] Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, para que conteste la demanda conforme los Artículos 151, 152 y siguientes del COGEP.- [3] ANUNCIO DE PRUEBAS. Téngase en cuenta la prueba anunciada por la accionante, misma que será admitida y practicada en los momentos procesales oportunos de ser del caso. [4] NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por la accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogada defensora.- Las partes presentarán sus escritos directamente en LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA con sede en la parroquia Quitumbe del D.M.Q. - CÍTESE, OFÍCIESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dr. William Román Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones en esta judicatura. - CERTIFICO Ab. Susana Guarango Jara SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q. DE PICHINCHA Hay firma y sello PAP/73342/AT R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: MARTHA CECILIA MONTENEGRO GER Y SEGUNDO ALBERTO CHICAIZA TAIPE ACTOR: AB. NATHALIA PAREDES DEL CASTILLO PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO CAPITAL S.A. DEMANDADOS: MARTHA CECILIA MONTENEGRO GER Y SEGUNDO ALBERTO CHICAIZA TAIPE JUICIO ORDINARIO No. 173232014-0117 CUANTIA: $ 15.000,00 OBJETO: PAGO CAPITAL E INTERESES, COSTAS PROCESALES, HONORARIOS PROFESIONALES. JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito,, viernes 14 de febrero del 2014, las 07h55. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez titular. La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. En consecuencia dese a la misma el trámite Ordinario.- De conformidad con el contenido de los Arts.396 y 397 del Código de Procedimiento Civil, córrase traslado a los demandados: CHICAIZA TAIPE SEGUNDO ALBERTO y MONTENEGRO GER MARTHA CECILIA, con la demanda

CONVOCATORIA Se convoca a la junta general de accionistas a fin de aprobar el balance final de liquidación y el cuadro de reparto del haber social de la Compañía DISTRIBUIDORA LA ESPERANZA SA., EN LIQUIDACION, a llevarse a cabo el día martes 28 de mayo de 2019 a las 10H00 en la siguiente dirección: Panamericana Norte Km 45,5 La Esperanza-El Quinche. Sr. Milton Puga Castro LIQUIDADOR PAP/73341/EG


y esta providencia, por el término de quince días, a fin de que contesten o propongan las excepciones correspondientes. Por lo tanto CÍTESE, a los demandados CHICAIZA TAIPE SEGUNDO ALBERTO y, MONTENEGRO GER MARTHA CECILIA, deudores principales en el domicilio señalado, a quienes se les entregará las copias que para este fin se acompañan. Agréguese al proceso los documentos presentados. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el actor y la calidad que comparece. Actúa el Abg. Raúl Vélez Naranjo, en calidad de secretario.Notifíquese. F) Dra. Rita Ordóñez Pizarro Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 9 de mayo del 2019, las 08h58, Atento al juramento rendido por la parte accionante y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese a los demandados por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional, para lo cual confiérase el extracto correspondiente debiendo la parte interesada hacer llegar las publicaciones en el término de diez días. Notifíquese. F) Dra. María de los Angeles Ambas- Jueza. Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Dr. Luis Alfredo Chulde Ruano SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAB/22886/ EG

SOCIEDADES CONYUGALES NOTARIA TERCERA DEL CANTON RUMIÑAHUI DR. MARCELO PAZMIÑO BALLESTEROS C.C. RIVER MAL-LUIS CORDERO 377 EXTRACTO Se pone en conocimiento del público en general que mediante escritura pública otorgada ante el Señor Doctor MARCELO PAZMIÑO BALLESTEROS, Notario Publico Tercero del Cantón Rumiñahui, el día Jueves dos de Junio del dos mil dieciséis, los señores EDISON RAFAEL ROJAS SUQUILLO Y ANDREA VANESSA MUÑOZ MEDINA, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, la misma que fue disuelta mediante sentencia de divorcio veinte y uno de Julio del dos mil catorce por el Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, Provincia de Pichincha.-Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria de la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial Nro. 406 de 28 de Noviembre del 2006,que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantil, la escritura de Liquidación de Sociedad Conyugal, previo el tramite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público en general, el extracto de la liquidación del patrimonio de la Sociedad Conyugal correspondiente a los señores EDISON RAFAEL ROJAS SUQUILLO Y ANDREA VANESSA MUÑOZ MEDINA, otorgada mediante escritura pública de Jueves dos de junio del dos mil dieciseis, ante el suscrito Doctor. Marcelo Pazmiño Ballesteros, Notario Público Tercero de Cantón Rumiñahui, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido termino. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes Atentamente, D r. M A RC E LO PA Z M I Ñ O BALLESTEROS NOTARIO TERCERO DEL CANTON RUMIÑAHUI Hay firma y sello PAC/111934/AT

SOCIEDAD CIVIL EXTRACTO Se pone en conocimiento del público en general que en la Notaría Cuadragésima de Quito, se ha presentado una petición por parte del Abogado Ronald Contreras Yametti, solicitando la aprobación de la Reforma de Estatutos Sociales del Centro Médico Maternal Páez, Almeida y Naranjo Sociedad Colectiva Civil la misma que fue elevada a escritura pública el 23 de abril del año 2019, ante la Doctora

Paola Andrade Torres, Notaria Cuadragésima de Quito, con número 20191701040P01697. La reforma de los estatutos del Centro Médico Maternal Paez, Almeida y Naranjo Sociedad Colectiva Civil, se refiere al artículo cuarto correspondiente al objeto, el mismo que dirá: artículo cuarto: El objeto de la Sociedad es la prestación de servicios médicos de toda índole, tipo y especialidad; incluyendo, pero sin limitarse a la prestación de servicios médicos de las especialidades de cirugía, ginecología y obstetricia. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá celebrar todo tipo de acto o contrato permitido por la Ley; y, en especial podrá adquirir, enajenar, importar o exportar bienes muebles e inmuebles, todo tipo de medicinas, materiales y equipos médicos, paramédicos o de cualquier otra índole necesarios para la ejecución de su giro de negocio o para el correcto funcionamiento de la Sociedad, igualmente, para el cumplimiento de su objeto podrá realizar actividades de investigación y desarrollo, tales como pero sin limitarse a la investigación académica en el área de la salud por medio de otros tipo de enseñanza para lo cual podrá recibir a estudiantes de Centros Universitarios o de Educación en General para que cursen externados o realicen sus prácticas profesionales o preprofesionales”. RAZON: En atención al pedido formulado que antecede y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 29 de artículo 18 de la Ley Notarial, se dispone la publicación del extracto, por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación del domicilio principal de la compañía, previa a su aprobación e inscripción en el Registro Mercantil correspondie Dra. Paola Andrade Torres NOTARIA CUADRAGESIMA DE QUITO Hay un sello PAB/22892

VARIOS REPUBLICA DEL ECUADOR COMPLEJO JUDICIAL SUR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL Citase con el siguiente extracto de la demanda dentro del Juicio Ordinario a los demandados, herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos +José Miguel Solórzano Ordóñez y + Zoila Josefina Gómez Vásquez, cuyo tenor es el siguiente: ACTOR: CUSHICONDOR CUSHQUI LUIS ENRIQUE y QUINGA CUSHICONDOR BRIGIDA DEMANDADO: J OS E MIGUEL SOLORZANO ODONEZ (+),PRESUNTOS HEREDEROS DE ZOILA JOSEFINA GOMEZ VASQUEZ DE SOLORZANO (+) Y JOSE MIGUEL SOLORZANO ORDOÑEZ (+)ZOILA JOSEFINA GOMEZ VASQUEZ DE SOLORZANO. JUICIO: 17233-2018-04636 O B J E TO PRSCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CUANTIA: USD.85.479,41 EXTRACTO DE LA DEMANDA: concurrimos ante usted para demandar como en efecto demandamos a quienes constan como propietarios en el Certificado del Registro de la Propiedad, los cónyuges Zolila Josefina Gómez Vásquez de Solórzano y José Miguel Solórzano Ordóñez cuyos derechos sobre el referido inmueble quedaron extinguido por la prescripción que ejercitamos con la presente acción de extinción del Dominio y Posesión, por Prescripción Extraordinario Adquisitiva de Dominio del inmueble, cuya individualidad dejamos especificada y comedidamente pedimos que en sentencia disponga que otorgue a nuestro favor el Dominio del referido inmueble es decir que se sirva declararnos propietarios del inmueble que corresponde al predio 562422 clave catastral 3360802033, lote Nro. 21 nomenclatura actual S26-11 ubicado en el barrio San miguel La Victoria, sector “La Victoria”, pasaje Oe1D de la parroquia Chillogallo, según el Certificado del Registro de la Propiedad parroquia Guamaní según la actual cédula catastral, distrito Metropolitano de Quito, cantón Quito provincia de Pichincha y además, ordene al mismo tiempo la inscripción en el Registro de la Propiedad del cantón Quito, ya que según el Art. 2413 del Código Civil la sentencia judicial que declara que una prescripción hará las veces de una escritura pública. PROVIDENCIAS PERTINENTES: Las que siguen: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA . Quito, lunes 15 de abril del 2019, las 08h27, VISTOS.- Avoco conocimiento en esta causa, en calidad de Juez Civil y Constitucional de Pichincha, según nombramiento emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura, notificado con Acción de Personal No.9795-DNTH-NB, de

02 de septiembre del año 2013; Juez Civil y Constitucional del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, según Resolución No.191-2014 de 17 de septiembre del año 2014, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, notificada con Acción de Personal No.8600- DNTH-2014-JT, de 28 de octubre del 2014; Juez Civil, Laboral, Constitucional y de Inquilinato de esta Unidad Judicial con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, por traslado desde la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito; según Acción de Personal No.1402-DP17-2018MP, de 06 de febrero del año 2018, emitida por la Dirección General del Consejo de la Judicatura, en base a la Resolución 051-2017, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Registro Oficial No.994 de 28 de abril del año 2017; Acción de No.1402DP-17-2018-MP de 06 de febrero 2018, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura; según Acción de Personal No.9963-2018-DP17-MP, de 17 de agosto del 2018, emitida por la Dra. Yolanda Yupangui Carrillo, Delegada Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura, en atención a la Resolución No.048A-2018, suscrita por el Presidente del Consejo Nacional de la Judicatura de 14 de agosto 2018; y, en virtud del sorteo de la presente causa que precede.- La demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio que presentan, Luis Enrique Cushicondor Cushqui y Brígida Quinga Cushicondor; en contra de los herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos, +Zoila Josefina Gómez Vásquez y +José Miguel Solórzano Ordoñez, reúne los requisitos legales establecidos en el Art. 142; del Código Orgánico General de Procesos, COGEP; demanda a la cual se ha adjuntado los documentos pertinentes previstos en el Art. 143; en consecuencia, se la admite a trámite correspondiente mediante procedimiento ordinario, establecido en el Título I, Capítulo I, Artículo 289 al 298 del COGEP.- Previo a considerar la citación por la prensa a los demandados, herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos: +Zoila Josefina Gómez Vásquez y +José Miguel Solórzano Ordoñez, los demandantes, concurran a esta, Unidad Judicial de lo Civil, Laboral, Constitucional y de Inquilinato, con Sede en la parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, ubicada entre las Avenidas. Llira Ñan y Otoya Ñan; y, entre el Edificio del Cuerpo de Bomberos - Quitumbe, y el edificio de la Policía Nacional, Distrito-Quitumbe; “COMPLEJO JUDICIAL SUR”, dentro de tres días y en horas hábiles a expresar con juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de los indicados demandados; y, que han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quienes piden sean citados por la prensa, como acudir a los registros de público acceso; bajo las prevenciones establecidas en el inc. 6° del numeral 2 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, en caso de faltar a la verdad.-Regístrese la casilla judicial física No.1914; el casillero judicial electrónico; y, el correo electrónico señalados por los demandantes para recibir sus posteriores notificaciones. Téngase en cuenta la autorización que confieren a sus Defensores Dr. David Astudillo Andrade y Dr. Antonio Borja Fierro.En acatamiento al Memorando circular-CJ-DNDMCSJ-2017-0011-MC TR: CJ-INT-2017-54593, de 29 de diciembre de 2017 remitido por la Dirección Nacional de Gestión Procesal con el cual se comunica la directriz referente a la recepción e incorporación de los certificados electrónicos otorgados por el Registro de la Propiedad de Quito; y, previo a considerar lo dispuesto en el Art. 202 del Código Orgánico General de Procesos que establece: “Los documentos producidos electrónicamente con sus respectivos anexos, serán considerados originales para todos los efectos legales. Las reproducciones digitalizadas o escaneadas de documentos públicos o privados que se agreguen al expediente electrónico tienen la misma fuerza probatoria del original. Los documentos originales escaneados, serán conservados por la o el titular y presentados en la audiencia de juicio o cuando la o el juzgador lo solicite. Podrá admitirse como medio de prueba todo contenido digital conforme con las normas de este Código.”; se dispone que, previa a la incorporación al proceso del documento electrónico presentado por el demandante, la Secretaria de esta Unidad Judicial verifique la existencia de dicho documento a través de la apertura del medio electrónico respectivo o mediante la página web del Registro de la Propiedad y siente la razón referente a la existencia del certificado electrónico en el medio informático de almacenamiento que se encuentra en el proceso.- Los litigantes, ahora pueden gestionar

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su proceso en línea, ingresando a la siguientes dirección electrónica: www.funcionjudicial-pichincha. gob.ec; servicios Corporativos; Ingreso de Requerimientos.Actúe la Dra. Miryam Jacqueline Molina Maldonado, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial, según Acción de Personal No.13342DP17-2018-KV de 05 de noviembre 2018.-NOTIFÍQUESE.- f) EDWIN ERNESTO CEVALLOS AMPUDIA JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, martes 23 de abril del 2019, las 08h59, Atenta la aseveración juramentada de los demandantes, respecto a la imposibilidad de conocer la individualidad de los demandados, cítese con un extracto de la demanda, del auto inicial y de este auto a los demandaos, herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos +José Migue Solórzano Ordóñez y + Zoila Josefina Gómez Vásquez, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, para cuyo efecto, por Secretaria elabórese el extracto, correspondiente y remítaselo a la casilla judicial de los demandantes. Citación que se dispone realizar para que los demandados, en el término de (30) días, contesten la demanda.Debiendo el demandado, al contestar la demanda: 1).-Pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la parte actora; 2).- Pronunciarse sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda; 3).- Pronunciarse sobre la autenticidad de la prueba documental acompañada a la demanda, con la indicación categórica de lo que admiten y de lo que niegan; 4).- Deducir todas las excepciones de las que se crea asistido; mismas que podrán reformarse hasta antes de la audiencia preliminar; y, 5).- Anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda la información que sea necesaria para su actuación, en la forma establecida en el Art.152 del COGEP.- Los efectos de la falta de contestación a la demanda se encuentran establecidos en el Art. 157 del COGEP.Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual, por Secretaría ofíciese al funcionario respectivo adjuntado copia de las piezas procesales correspondientes y remítase el Oficio a la casilla judicial del demandante, dejando constancia en el SATJE.- Cuéntese en la sustancian de esta causa con los representantes legales del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a quienes se les citará con la demanda y con este auto, en sus despachos.-NOTIFIQUESE.- F) EDWIN CEVALLOS AMPUDIA JUEZ. Lo que comunico y le cito a ustedes para los fines legales pertinentes. Para recibir sus posteriores notificaciones sírvanse señalar la casilla judicial de un abogado en esta Unidad Judicial DRA. M I RYA M MOLINA MALDONADO SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC/111917/AT UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: LUISA TAPUY en el juicio de ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL que sigue VILLA FAREZ MARIA ANGELITA en contra de LUISA TAPUY CAUSA: ACO G I M I E N TO INSTITUCIONAL Nro. DE JUICIO: 17203-2017-09568B.P. ACTOR: DINAPEN - SANDOVAL MONICA DEL PILAR, DIRECTORA Y REPRESENTANTE LEGAL DEL HOGAR DEL NIÑO SAN VICENTE DE PAUL DEMANDADO: LUISA TAPUY CUANTÍA: USD INDETERMINADA JUEZ: DR. BENJAMIN PINEDA CORDERO OBJETO: UBICACIÓN PROGENITORA DE MENOR DE EDAD QUIEN SE ENCUENTRA EN ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 18 de septiembre del 2017, las 10h22,

VISTOS: En virtud del contenido de la acción de personal número 5103-DNTH-2015-JT de fecha 03 de marzo del 2015, suscrita por la Directora Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura AVOCO conocimiento, en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador, actualmente denominada Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en la parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, de la provincia de Pichincha acorde con la Resolución 051 - 2017 dictada por el Pleno de Consejo de la Judicatura con fecha 17 de abril del 2017 y vigente desde el 24 de abril del 2017; y en conformidad con el sorteo electrónico precedente. [1] CALIFICACIÓN y PROCEDIMIENTO. En lo principal, del oficio No. 2017-3563-JEPROPENA-P, en 2 fojas que antecede se desprende que el niño ABRAHAN N.N., se encuentra en el Centro de Acogida Casa Hogar San Vicente de Paúl, de esta ciudad de Quito. Con fundamento en el artículo 332 número 3 del Código Orgánico General de Procesos, dese a la presente causa el procedimiento sumario. [2] MEDIDA DE PROTECCIÓN. Como medida de protección y con fundamento en los artículos 215, art. 217, art. 232 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, se dispone, que el niño ABRAHAN N.N.,, permanezca en acogimiento institucional, hasta que este despacho judicial disponga lo contrario, en el Centro de Acogida Casa Hogar San Vicente de Paúl, al efecto ofíciese a fin de que cumpla con lo dispuesto por esta Unidad Judicial. [3] INFORMES. Acorde con lo prescrito por los arts. 11, 44, 45, 75, 175 de la Constitución de la República, Convención Sobre los Derechos del Niño, Art. 3 numeral 1 “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”. El Art. 9 numeral 1 “1. Los Estados Partes velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando éstos viven separados y debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño”. Artículo 19° de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, que determina “Derechos del Niño Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.”; Art. 8, art. 260, art. 268, art. 269 y siguientes del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, art. 30, art. 235 del Código Orgánico de la Función Judicial intervengan: a) La DINAPEN de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, b) La Oficina Técnica adscrita a esta Unidad Judicial de la Familia Mujer Niñez y Adolescencia, c) La Fiscalía de la ciudad de Quito, e informen sobre el estado actual, condición familiar, estado de salud, del niño ABRAHAN N.N.„ así como de su entorno familiar, padres, hermanos, tíos, tías paternos y maternos, u otros familiares dichos informes serán remitidos a esta Unidad Judicial, concediéndoles el término de diez días contados a partir de su notificación. [4] CITACIÓN, dada la naturaleza de la causa medida de protección, por el momento esta autoridad judicial se exime de disponer citación alguna. [5] AUDIENCIA ÚNICA. De conformidad con el artículo 333.4 del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia única se fijará una vez que obre en autos los informes que se ha dispuesto. Se advierte a las partes procesales los efectos de la falta de comparecencia a la audiencia, determinados en el Art. 87 del Código Orgánico General de Procesos. Actúe el Ab. Andrés Crespo Izquierdo, Secretario del despacho mediante acción de personal No. 7113-DP17-2016-KV de 15/08/2016. NOTIFÍQUESE y OFÍCIESE. f).- PINEDA CORDERO BENJAMIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL;

AUTO UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, martes 30 de abril del 2019, las 10h44, VISTOS: Una vez que el accionante, ha dado cumplimiento con lo dispuesto en auto de sustanciación inmediato anterior y ha declarado bajo juramento el desconocimiento del domicilio de la demandada dentro del presente proceso y constando finalmente de autos a fojas 120 el respectivo certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana contenido en el oficio Nro. MREMH-CZ9-2019-5233-O de fecha 26 de marzo de 2019, de conformidad con lo establecido en los numerales 1 y 2 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esta autoridad judicial bajo responsabilidad de la parte accionante doctora Mónica del Pilar Sandoval en calidad de directora y representante legal del Hogar del Niño San Vicente de Paúl, dispone y ordena se proceda a la citación a la demandada señora Luisa Tapuy, mediante los medios de comunicación y concretamente mediante publicaciones por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación nacional con asiento principal en esta ciudad de Quito, así como mediante transmisiones radiales en alguna de las estaciones de radio de la localidad de Sangolquí del cantón Rumiñahui en esta provincia de Pichincha, para lo cual por secretaría confiérase el extracto correspondiente. - NOTIFÍQUESE y CÍTESE. f).- PINEDA CORDERO BENJAMIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL Lo que comunico a usted para los fines de Ley, y LO CITO advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para que reciba futuras notificaciones que le correspondan en la presente causa.Certifico.AB. ANDRES CRESPO IZQUIERDO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAB/22853/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MARTHA CECILIA NUÑEZ QUIÑONEZ, DEL JUICIO E S P EC I A L (REQUERIMIENTO JUDICIAL), PROPUESTO EN SU CONTRA POR: DR. JAIME MANUEL FLOR RUBIANES EN CALIDAD DE REPRESENTANTE JURÌDICO DEL BANCO DEL PICHINCHA ACTOR: DR. JAIME MANUEL FLOR RUBIANES EN CALIDAD DE REPRESENTANTE JURÌDICO DEL BANCO DEL PICHINCHA DEMANDADO: MARTHA CECILIA NUÑEZ QUIÑONEZ JUICIO: No. 17230-2015-14054 TRAMITE: ESPECIAL CUANTIA: INDETERMINADA FECHA DE INICIACIÓN: 28 de septiembre del 2015 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 28 de septiembre del 2015, las 13h52.- Vistos: VISTOS.- En virtud del sorteo, avoco conocimiento en la presente causa. La demanda que antecede es clara, completa y contentiva de los requisitos preceptuados en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil; consecuentemente, se admite a trámite especial. El señor actuario de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 95 del Código de Procedimiento Civil NOTIFIQUE a los demandados JOSE FERNANDO MANZANO NARANJO y MARTHA CECILIA QUIÑONEZ, con las cesiones y traspasos de los créditos realizados por PROINCO SOCIEDAD FINANCIERA, a favor del BANCO DEL PICHINCHA C.A., hoy BANCO PICHINCHA C.A., notas de traspaso que constan en los contratos de mutuo referidos en el acápite II del libelo, en la dirección señalada, para el efecto depréquese a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Atacames, provincia de Esmeraldas, remitiéndole la documentación suficiente y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Tómese en cuenta el domicilio legal que señala el actor en la calidad con la que comparece a juicio, casillero judicial No. 259, correos electrónicos y la autorización que les confiere a sus defensores. NOTIFIQUESE OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 7 de mayo del 2019, las 11h25, En atención a lo dispuesto en oficios No. 110-SG-EXH-378-2017-MMV, presentado dentro de la causa 17321-2014-0519; y el oficio No. 0165-SG-EXH-390-2017-MMV, dentro de la causa No. 17230-2014-

Revista judicial MARTES 21 de maYo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR 3436, emitido por la Corte Nacional de Justicia, en el que el Presidente de la Corte Nacional señala “ La citación mediante fijación de carteles procede cuando de la certificación otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, se desprende que la ciudadanía ecuatoriana que va a ser citada ha salido del país y está registrada en un consulado, caso contrario se considerara inejecutable; y, mediante Resolución de la Corte Nacional de Justicia 7, Registro Oficial 279 de 09-jul.-2018; Por lo que, cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia inicial, atenta al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la señora MARTHA CECILIA NUÑEZ QUIÑONEZ, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- Notifíquese. f) Ab. Saltos Pintos Luis. Juez.Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. Ab. Víctor Reyes Ch. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC/111925/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N° 281338-2019RHGLL ACTOR: DANNA CHRISTINA CEVALLOS REA ACCIONADO: DIEGO RAFAEL GUZMAN ORTA CAUSAL: 1, DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO. Dentro del Trámite de VISTO BUENO signado con el número No. 281338- 2019-RHGLL, presentado por la señora DANNA CHRISTINA CEVALLOS REA, Propietaria y Representante legal del local comercial denominado LA PELU, su calidad de Empleador, en contra de su trabajador el señor DIEGO RAFAEL GUZMAN ORTA, se ha dictado lo que sigue: INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 16 de mayo del 2019, a las 15H20.- Dentro de la solicitud de Visto Bueno signada con el No. 281338- 2019-RHGLL, presentado por la señora DANNA CHRISTINA CEVALLOS REA, Propietaria y Representante legal del local comercial denominado LA PELU, su calidad de Empleador, en contra de su trabajador el señor DIEGO RAFAEL GUZMAN ORTA, Agréguese el escrito y anexo presentado por la parte accionante, la misma que por cumplir con los requisitos de ley se la acepta a trámite. En lo principal agréguese al trámite la Declaración Juramentada celebrada ante Notario Público por la parte actora indicando que desconoce el domicilio de la accionada, Certificación de Registro Consular, y atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones.- 2) Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la autorización otorgada al profesional del derecho que suscribe en la presente causa.NOTIFIQUESE. f) Abg. Ramón Hipólito García Llanos Lo que comunico para los fines de Ley Abg. Ramón Hipólito García Llanos INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/111932/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIADE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: DARIO JAVIER VASQUEZ PAZ ACTOR: Dr. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO. Procurador Judicial del Banco DINERS CLUB DE ECUADOR S.A DEMANDADA: DARIO JAVIER

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VASQUEZ PAZ CUANTIA: USD$ 10.500 (DIEZ MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) JUICIO No: 17230-2015-06684 TRAMITE: VERBAL SUAMRIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIADE PICHINCHA. Quito 12 de junio dl 2015, las 08h20 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de jueza encargada, mediante acción de personal No. 4234-DP-UPTH- de 4 de junio del 2015.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales. Es procedente el trámite Verbal Sumario, en consecuencia entréguese copia de la demanda y auto de calificación a la parte demandada señor: DARIO JAVIER VASQUEZ PAZ, a quien se la citará en el lugar que se indica en la demanda, para lo cual envíese atenta comisión dirigida al señor Teniente Político de la Parroquia de Tumbaco.- Agréguese la documentación acompañada. Tómese en cuenta la casilla judicial señalada.Notifíquese F).- DRA MARIA BELEN DOMINGUEZ -JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIADE PICHINCHA Quito, miércoles 8 de mayo del 2019, las 11h02, Agréguese al proceso el escrito que antecede.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese al señor DARIO JAVIER VASQUEZ PAZ mediante tres publicaciones en la prensa en tres días distintos, en un diario de amplia circulación nacional, para lo cual por Secretaria envíense el extracto correspondiente, al casillero judicial del peticionario, dejando constancia en autos.- Para el efecto el accionante facilite las copias necesarias.- NOTIFÍQUESE.- F) DRA. GRIMANESA ERAZO. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, electrónico o correo electrónico en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.ABG. ZOILA ELENA SALAZAR SALAZAR SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAB/22888/AT EXTRACTO VISTO BUENO N° 281248-2018CRM ACTOR: SFM FACILITY SERVICIOS C O M P L E M E N TA R I O S S.A. REPRESENTANTE LEGAL: JUAN CARLOS VÁSQUEZ ARAUJO ACCIONADO: PAPA SANTI MARCOS GUSTAVO CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO. Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 281248-2019-CRM, que sigue la empresa SFM FACILITY SERVICIOS COMPLEMENTARIOS S.A., representada legalmente por el señor JUAN CARLOS VÁSQUEZ ARAUJO, en su calidad de “Empleador”, en contra del/a señor/a MARCOS GUSTAVO PAPA SANTI, en su calidad de “Trabajador”, se ha dictado lo que sigue: INSPECCIÓN DEL TRABAJO - DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y SERVICIO PUBLICO DE QUITO .- Quito, 14 de mayo del 2019, a las 16H30.- Dentro de la presente petición de Visto Bueno N° 281248-2019-CRM, que sigue la empresa SFM FACILITY SERVICIOS COMPLEMENTARIOS S.A., representada legalmente por el señor JUAN CARLOS VÁSQUEZ ARAUJO, en su calidad de “Empleador”, en contra del/a señor/a MARCOS GUSTAVO PAPA SANTI, en su calidad de “Trabajador”, la misma que por ser de ley se la acepta al trámite.- Agréguese al expediente el escrito y los anexos presentados por el accionante de fecha 13 de mayo de 2019, en lo principal atendiendo al mismo se dispone: 1) Tómese en cuenta la Declaración Juramentada Notariada realizada por el accionante, señor Juan Carlos Vásquez Araujo, Gerente General de la compañía SFM FACILITY SERVICIOS COMPLEMENTARIOS S.A. en su calidad de “Empleador”, en contra del señor MARCOS GUSTAVO PAPA SANTI, por imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia del accionado, señor MARCOS GUSTAVO PAPA SANTI.2) En aplicación al Art. 183.545 atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabaja-


Revista judicial c6

MARTES 21 de maYo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR

dor mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, por cuanto el empleador bajo juramento declara, desconocer el domicilio del accionado el mismo que no ha salido del país de acuerdo a la Certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que se adjunta. Al señor MARCOS GUSTAVO PAPA SANTI, se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones.- 3) Tómese en cuenta el Casillero Judicial 1203 y/o el correo electrónico señalados así como la autorización otorgada a los profesionales que suscribe en la presente causa.- 4) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspección del Trabajo dentro del término de los diez días siguientes a la emisión de esta providencia en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.- NOTIFÍQUESE.. f) CRISTIAN RAMIRO MONTENEGRO DE LA CRUZ. INSPECTOR DEL TRABAJO Lo que comunico a Usted para los fines de Ley.Hay firma y sello PAP/73324/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: Barona Viteri Ruben Alfredo ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADOS: Barona Viteri Ruben Alfredo JUICIO: Civil No. 17230-2018-14943 TRAMITE: CONCURSAL FECHA DE INICIO:28-09-2018 CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ PONENTE: DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO DEMANDA: “…disponer la presunción de insolvencia y se declare haber lugar el CONCURSO DE ACREEDORES correspondiente al señor RUBEN ALFREDO BARONA VITERI.…”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 10 de octubre del 2018, las 16h14, VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede el Distrito Metropolitano de Quito, en virtud del sorteo realizado.- La demanda formulada por el doctor Juan Carlos Cueva Serrano, en calidad de Procurador Judicial del representante legal de BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., es clara y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de CONCURSO NECESARIO.- De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponde al juicio número 17311-2007-0649, se advierte la razón de fecha 11 de julio del 2014, que certifica que la parte demandada señor RUBEN ALFREDO BARAONA VITERI, no ha dado cumplimiento al mandamiento de pago dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al artículo 416, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se presume la INSOLVENCIA de RUBEN ALFREDO BARAONA VITERI, con número cédula de ciudadanía N° 1707815849, en consecuencia se declara ha lugar al concurso de acreedores; por consiguiente con fundamento en el artículo 424 en concordancia con el artículo 423 del COGEP, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1.- CÍTESE a la parte demandada RUBEN ALFREDO BARAONA VITERI con el escrito de demanda y este auto, en el lugar señalado, en la forma prevista por los artículos 54 y 55 del COGEP, al efecto, envíese suficiente despacho a la oficina correspondiente, quien podrá oponerse al presente procedimiento concursal en el término de diez (10) días después de citada, pagando la deuda, conforme lo dispone el artículo 426 ibídem, la parte accionante preste las facilidades del caso; 2.- Oportunamente se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Se requiere al deu-

dor RUBEN ALFREDO BARAONA VITERI conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, que presente los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 4.- Se declara la interdicción del deudor RUBEN ALFREDO BARAONA VITERI, con número cédula de ciudadanía N° 1707815849, por lo tanto se dispone que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos del fallido que se entregarán al síndico designado oportunamente realizado la citación, quien será la depositaria de los bienes del fallido y se le notificará oportunamente para la posesión del cargo; 5.- La anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 6.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte RUBEN ALFREDO BARAONA VITERI.- 7.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 8. Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; y, 9. Se prohíbe que RUBEN ALFREDO BARAONA VITERI, con número cédula de ciudadanía N° 1707815849, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.Agréguese al proceso los documentos que se acompañan.- Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro.- Juez…………… UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, viernes 16 de noviembre del 2018, las 16h54, Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora. A petición del ejecutante, de acuerdo a la disposición del Art. 100 del COGEP, se corrige el error mecanográfico incurrido en el auto dictado el 10 de octubre de 2018, en lo que respecta al primer apellido del demandado, siendo lo correcto BARONA VITERI RUBEN ALFREDO y no como consta.- NOTIFIQUESE. f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro.- Juez…………… UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 15 de abril del 2019, las 15h59. En vista de la declaración bajo juramento realizado por la parte accionante de las gestiones que ha realizado para dar con el paradero del demandado y de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia del demandado, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor Barona Viteri Ruben Alfredo, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad; por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda y de las providencias respectivas el cual será enviado al casillero judicial señalado por la parte accionante.NOTFIQUESE.- f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro.- Juez…………… Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 23 de abril del 2019. Certifico.AB. RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP PAB/22882 EXTRACTO REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha. gob.ec EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACION BUCHELI JARA IVAN ANDREE HAGO SABER LO SIGUIENTE: ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO BUCHELI JARA IVAN ANDREE CAUSA No.: 17301-2014-0905 TRAMITE: ESPECIAL CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ.- DR. CARLOS ENRIQUE SOTO JIMENEZ PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO

DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 9 de octubre del 2014, las 08h57.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. De las copias certificadas que se acompañan, se desprende que el demandado señor IVAN ANDRES BUCHELI JARA, se halla comprendido en la situación prescrita en el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores. En consecuencia, procédase a la ocupación y depósitos de sus bienes, libros, correspondencia y más documentos del fallido, los mismos que se entregarán al síndico del concurso Dr. Luis Enrique Villa, con quien se contará en la presente causa. Publíquese la formación del concurso en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, oportunamente se señalará día y hora para la junta de acreedores. Que se acumule todos los juicios seguidos en contra del deudor por obligaciones de dar o hacer. Remítase copias necesarias a uno de los señores Fiscales Distritales de Pichincha, para la calificación de la insolvencia. El deudor en el término de ocho días presente el balance de sus bienes en forma legal. Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del cantón a fin de que se inscriba el presente auto, así como también ofíciese a los siguientes órganos: Contraloría General del Estado, Procuraduría General del Estado, Dirección de Migración, Servicio de Rentas Internas (S.R.I.), Superintendente de Bancos, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Municipio de Distrito Metropolitano de Quito, Notarías del cantón Quito, Registro de la Propiedad del Cantón Quito, Registro Mercantil del cantón Quito, Consejo Nacional Electoral, Director General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, Comisión Nacional de Tránsito, sin perjuicio de esta declaratoria, el deudor en el término de tres días de ser legalmente citado, podrá oponerse a la insolvencia, pagando la deuda o dimitiendo bienes saneados y suficientes. Se dispone citar al demandado en el lugar que se indica, para lo cual remítase atento deprecatorio al señor Juez de lo Civil del cantón Rumiñahui. Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el compareciente.- NOTIFIQUESE.. f) Dra. Rocío Jaqueline Ayala Reyes. Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial Civil, mediante acción de personal No. 8709-DNTH-2015-SBS, de fecha 23 de junio del 2015. De conformidad a lo dispuesto en el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador que dispone: “El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales, consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades”, y lo ordenado en el numeral 8vo del Art. 130 de la Ley Orgánica de la Función Judicial, que indica: “Convalidar de oficio o a petición de parte de los actos procesales verificados con inobservancia de formalidades no esenciales, si no han viciado al proceso de nulidad insanable ni han provocado indefensión”; por lo manifestado anteriormente se convalida el auto dictado en esta causa con fecha 9 de octubre del 2014, las 08h57, en el sentido de que el nombre correcto del demandado es IVAN ANDREE BUCHELI JARA, en lo demás las parte se sujetarán a lo dispuesto por esta autoridad en auto anterior. Actúa como Secretaria Titular la Ab. Martha Cecilia Simbaña Quishpe, mediante acción de personal No. 4031 –DP-UPTH de 27 de mayo del 2015. NOTIFÍQUESE.- F) Dra. Rocío Jaqueline Ayala Reyes. Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 1 de febrero del 2019, las 16h17, En atención al juramento rendido por el señor DR. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO en calidad de Procurador Judicial del BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S. A., quien dice que pese a múltiples averiguaciones realizados a los archivos públicos a los que ha podido acceder, le ha sido imposible el determinar el domicilio, paradero o residencia del demandado SR. BUCHELI JARA IVAN ANDREE y conforme a lo previsto en el Art. 56 del COGEP, cíteselos por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita el esta ciudad de Quito a fin de que comparezcan a la presente causa y hagan valer sus derechos.

Suele afirmarse que cada batalla es un malentendido. t H o ­m a s ­ c a r ly ­l e

Notifíquese..-F) Dr. Carlos Enrique Soto Jimenez. JUEZ.Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.AB. PAUL PEREZ SALAZAR SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAB/22881 EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: AL SEÑOR PROAÑO SILVA EDGAR VLADIMIR ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO DEMANDADO/A: PROAÑO SILVA EDGAR VLADIMIR JUICIO No: 17230-2019-04844 CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: CONCURSAL OBJETO: QUE SE DECLARE LA PRESUNCIÓN DE INSOLVENCIA DEL DEMANDADO Y QUE HAYA LUGAR AL CONCURSO DE ACREEDORES, Y SE ORDENE A LA PRÁCTICA DE LAS DILIGENCIAS ESTA B L EC I DAS EN LOS NUMERALES 1 Y 2 Y EN EL CUARTO INCISO DEL ART. 424 DEL COGEP, Y QUE ADEMÁS SE NOTIFIQUE LA PRESUNCIÓN DE INSOLVENCIA DEL DEMANDADO Y EL INICIO DEL CONCURSO DE ACREEDORES, MEDIANTE OFICIO, A LAS SIGUIENTES INSTITUCIONES: SUPERINTENDENCIA DE BANCOS, SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA Y REGISTRO MERCANTIL. JUEZ: AB. CINTHYA MOLINA ANDRADE DEFENSOR: DR. ROGRIGUEZ VINCES ANTONIO RAMÓN FECHA DE INICIO: 27-02-2019 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, martes 23 de abril del 2019, las 14h09, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- PRIMERO: La solicitud que antecede cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de acreedores de conformidad con el 422 ibídem. SEGUNDO: De las copias certificadas adjuntas se desprende que, el demandado señor PROAÑO SILVA EDGAR VLADIMIR con número de cedula de ciudadanía No. 171676438-4, se halla comprendida en la situación prevista en el numeral 1 del Art. 416 del Código Orgánico General de Procesos, por lo cual se presume su INSOLVENCIA y se declara con lugar al concurso de acreedores.- TERCERO: En consecuencia, al tenor de lo dispuesto en el Art. 424 ibídem, en concordancia con el Art. 423, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1) CÍTESE a la parte demandada señor PROAÑO SILVA EDGAR VLADIMIR con número de cedula de ciudadanía No. 171676438-4, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. En virtud de la Disposición Reformatoria Primera contenida en el Código Orgánico Administrativo, la citación ordenada en la presente causa, publíquese en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. El demandado podrá OPONERSE al presente procedimiento concursal en el término de DIEZ (10) días después de citado, pagando la deuda, conforme lo dispone el Art. 426 ibídem.- 2) Una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral primero del Art. 424 del COGEP.- 3) Se le requiere al deudor antes señalado la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem.- 4) Se declara la interdicción la parte demandada señor PROAÑO SILVA EDGAR VLADIMIR con número de cedula de ciudadanía No. 171676438-4 y por tanto se dispone que: se ocupen sus bienes, correspondencia y demás documentos del fallido, mismos que se entregarán al síndico de concurso,

quien será depositario de sus bienes. Para tal efecto, mediante sorteo en el SATJE se designa como síndico a SEGOVIA ALBARRACIN HUGO FERNANDO(fernando.segovia@ grusamse.com), a quien se notificará en legal forma en el correo electrónico registrado en el sistema SATJE, a efectos de que en veinticuatro horas exprese su aceptación o excusa del cargo, conforme lo dispuesto en el Art. 434 del COGEP. De aceptarlo, deberá posesionarse del mismo el día 02 DE MAYO DEL 2019, LAS 11:30AM, en las instalaciones de esta judicatura ubicada en el COMPLEJO JUDICIAL NORTE UBICADO EN LA AV. AMAZONAS Y CALLE JUAN JOSÉ VILLALENGUA SECTOR IÑAQUITO QUINTO PISO. Quien deberá presentar el informe previsto en el Art. 435 del código procesal precitado en el término de quince días (15) contados desde su posesión, el mismo que deberá contener los requisitos previstos en el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial.- Los honorarios de la síndico designada, conforme el Art. 30 del referido Reglamento se regulan en USD $394.00, que deberán ser cubiertos por la parte actora.- 5) Se dispone el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad del fallido señor PROAÑO SILVA EDGAR VLADIMIR con número de cedula de ciudadanía No. 171676438-4, de conformidad a los Arts. 376 y siguientes del COGEP.- 6) Se dispone la anotación de la Insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- 7) Se ordena la publicación del presente auto que declara la presunción de insolvencia del fallido, en la página web del Consejo de la Judicatura.- 8) Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la parte demandada señor PROAÑO SILVA EDGAR VLADIMIR con número de cedula de ciudadanía No. 171676438-4 para cuyo efecto ofíciese a las Coordinaciones de la Unidades Civiles del cantón Quito. 9) Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, del presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario.- 10) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones previas a la calificación de insolvencia de la parte demandada señor PROAÑO SILVA EDGAR VLADIMIR con número de cedula de ciudadanía No. 171676438-4, para cuyo efecto ofíciese. 11) Se prohíbe que el deudor, señor PROAÑO SILVA EDGAR VLADIMIR con número de cedula de ciudadanía No. 171676438-4 se ausente del territorio nacional; para el efecto ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. CUARTO: Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico designado por la parte accionante.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. MARÍA LOURDES TAYA A. SECRETARIA Hay firma y sello PAR/110928/ EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHACOGEPTRÁMITE ORAL EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: CHOEZ LOOR MARIELA NATALIA ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO DEMANDADOS: CHOEZ LOOR MARIELA NATALIA JUICIO No:17230-2018-15676 CUANTIA: Indeterminada UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 25 de octubre del 2018, las 09h14, VISTOS.- En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal se dispone: PRIMERO.- CALIFICACIÓN.- La solicitud de insolvencia y concurso de acreedores cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por

lo que se admite a trámite mediante CONCURSO NECESARIO de conformidad con los Art. 414, 416, 422, 424 y más pertinentes ibídem.SEGUNDO.- De las copias certificadas que se agregan, se desprende que MARIELA NATALIA CHOEZ LOOR no ha pagado a la entidad actora el valor del mandamiento de ejecución expedido el 5 de abril del 2018 que asciende a la suma de US$ 3.880,64, como tampoco ha dimitido bienes equivalentes; en tal virtud, de conformidad al numeral 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN del señor MARIELA NATALIA CHOEZ LOOR, por sus propios derechos; en consecuencia de conformidad a lo previsto en el artículo 424 ibídem se declara con lugar al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación en el lugar señalado a MARIELA NATALIA CHOEZ LOOR, por sus propios derechos, con una copia de la demanda y este auto inicial, de acuerdo con los Arts. 53 y siguientes del COGEP, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, debiendo prevenir a la fallida de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- La parte actora comparezca a esta Unidad Judicial y proporcione las copias para la citación de la demandada.CUARTO.- CONTESTACIÓN.- Se concede a la fallida el término de DIEZ DÍAS (10) a partir de la citación para que se oponga pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el Art. 426 del Código Orgánico General de Procesos.- QUINTO.DILIGENCIAS.- 1.- Oportunamente y una vez citada la deudora se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral 1 del Art. 424 del COGEP; 2.- Se requiere a la deudora conforme al numeral 2 del artículo 424 COGEP, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 3.- Se designa como Síndico a CABASCANGO PAUCAR ANA ELIZABETH (anita_cabascango@hotmail.com; 022333632; 0995352188) a quien se le notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes de la fallida, para lo cual, se le designará día y hora para su posesión así como el término para la presentación del respectivo informe, una vez que haya fenecido el término para que el demandado presente oposición y no lo hiciere; 4.- No se dispone el embargo señalado en el número 4 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos por cuanto no se ha justificado lo determinado en el inciso segundo del Art. 375 y numeral 4 del artículo 377 del invocado cuerpo legal; 5.- Se dispone la anotación de insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura conforme el numeral 5 del Art. 423 ibídem; 6.- Únicamente después de transcurridos los diez días concedidos para la oposición del deudor conforme el Art. 426 ibídem, se publicará en la página web del Consejo de la Judicatura el auto que se declara la insolvencia, conforme dispone el numeral 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos; 7.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de MARIELA NATALIA CHOEZ LOOR; 8.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, tanto en el Registro de la Propiedad como en el Registro Mercantil de este cantón Quito para lo se remitirá atento oficio; 9.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 10.- Se prohíbe a MARIELA NATALIA CHOEZ LOOR, portadora de la Cédula de Ciudadanía No. 130786693-7, ausentarse del territorio nacional ecuatoriano, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.- 11.- Notifíquese a las entidades señaladas en el inciso cuarto de las pretensiones contenidas en la demanda.- Todos los oficios solicitados serán emitidos únicamente después de transcurridos los diez días concedidos para la oposición del deudor conforme el Art. 426 ibídem, a excepción del oficio señalado en el numeral 10 que será emitido de forma inmediata.- SEXTO.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.-Téngase en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados por la parte actora y la autorización conferida a su abogado defensor.-Actúa la Ab. Patricia Feijoo en su calidad de Secretaria.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 29 de abril del 2019, las 15h32, Vistos.- En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la demandada

CHOEZ LOOR MARIELA NATALIA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.-f) DR. EDWIN GERMAN PANCHO MALES. JUEZ.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para posteriores notificaciones. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO Hay firma y sello PAR/110929/EG UNIDAD JUDICIAL CIIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO E X T R A C T O D E CITACIÓN JUDICIAL CITACION ACOSTA ZAMBRANO EDWIN JACINTO HAGO SABER LO SIGUIENTE: ACTOR: PRODUBANCO S.A., RODRIGUEZ VICENS ANTONIO RAMON (REPRESENTANTE) DEMANDADO ACOSTA ZAMBRANO EDWIN JACINTO CAUSA No.: 17320-2012-1466 TRAMITE: VERBAL SUMARIO C UA N T I A : C UAT RO MIL CUATROCIENTOS DÓLARES JUEZ.- DR. CARLOS ENRIQUE SOTO JIMENEZ PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de diciembre del 2012, las 14h19.VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura, mediante acción de personal No. 4196-DNP-OQ, de 23 de septiembre del 2012.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite verbal sumario.- En consecuencia, con la demanda y este auto, cítese en legal y debida forma a la parte demandada EDWIN JACINTO ACOSTA ZAMBRANO, en la dirección que se señala para el efecto.- Tómese en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. Antonio Rodríguez Vicens, como Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A. Produbanco.Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada para posteriores notificaciones; así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Actúe la Dra. Mercy Criollo, en calidad de secretaria designada por el Consejo de la Judicatura.- Cítese y Notifíquese.- f) Dr. Fernando Landazuri Salazar. Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 8 de marzo del 2019, las 15h04, En atención al juramento rendido por el señor DR. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VICENZ en calidad de Procurador Judicial de PRODUBANCO S. A., quien dice que pese a múltiples averiguaciones realizados a los archivos públicos a los que ha podido acceder, le ha sido imposible el determinar el domicilio, paradero o residencia del demandado EDWIN JACINTO ACOSTA ZAMBRANO y conforme a lo previsto en el Art. 56 del OGEP, cíteselo por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita el esta ciudad de Quito a fin de que comparezca a la presente causa y haga valer sus derechos. Notifíquese.-F) Dr. Carlos Enrique Soto Jimenez. JUEZ.Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.ABG. PEREZ SALAZAR PAUL EFRAIN SECRETARIO Hay firma y sello PAR/110930/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: Paulina Anastasia Guerra Sáenz ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO DEMANDADOS: Paulina Anastasia Guerra Sáenz JUICIO: Civil No. 17230-2019-02814 TRAMITE: CONCURSAL FECHA DE INICIO: 19-02-2019 CUANTIA: 5901,95 JUEZ PONENTE: DRA.RITA ORDOÑEZ PIZARRO DEMANDA: “…declarar que se presume la insolvencia de la demandada y que hay lugar el concurso de acreedores.…”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 18 de marzo del 2019, las 08h34, VISTOS: La demanda formulada por el doctor Antonio Ramón Rodríguez Vicéns, en calidad de procurador judicial del

BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO es clara y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite en procedimiento de CONCURSO NECESARIO.- De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponde al juicio número 17230-2014-3450, se advierte la razón de fecha 18 de enero del 2019, se certifica que la señora Paulina Anastasia Guerra Sáenz, no dio cumplimiento al mandamiento de pago dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al artículo 416, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se presume la INSOLVENCIA de la señora Paulina Anastasia Guerra Sáenz, en consecuencia se declara ha lugar al concurso de acreedores; por consiguiente con fundamento en el artículo 424 en concordancia con el artículo 423 del COGEP, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1.- CÍTESE a la señora Paulina Anastasia Guerra Sáenz, con la demanda y este auto, atento juramento rendido por el actor de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de la demandada y haber adjuntado el certificado concedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítesela en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, para lo cual concédase el extracto correspondiente.- 2.Oportunamente se convocará a la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Se requiere a la deudora señora Paulina Anastasia Guerra Sáenz, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, que presente los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 4.- Se declara la interdicción de la deudora señora Paulina Anastasia Guerra Sáenz, por tanto se dispone que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos del fallido que se entregarán al síndico y se le notificará oportunamente para la posesión del cargo; 5.- La anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 6.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte de la señora Paulina Anastasia Guerra Sáenz; 7.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 8. Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; y, 9. Se prohíbe que la señora Paulina Anastasia Guerra Sáenz con cédula de ciudadanía 170734375-0, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.- Agréguese al proceso los documentos que se acompañan.- Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.-f) Dra.Rita Ordoñez Pizarro.- Juez…………… Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 29 de abril del 2019. Certifico.AB.RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP Hay firma y sello PAR/110931/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: JENNY MARGARITA MONTALVO PAREDES CAUSA NO. 17230-2019-03334 ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A PRODUBANCO TRAMITE: CONCURSAL ACCION: CONCURSO DE ACREEDORES CUANTIA: INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 24 de abril del 2019, las 09h33, VISTOS: Agréguese al proceso el acta que antecede.- Por cuanto se ha dado cumplimiento al auto de sustanciación de 8 de abril del 2019, las 10h18, se dispone: CALIFICACIÓN.- PRIMERO: En lo


principal, la solicitud que antecede presentada por el Dr. Antonio Ramón Rodríguez Vicéns en calidad de Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A., es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143, 414, 416, 422 y 424 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de acreedores de conformidad con el 422 ibídem.- SEGUNDO: De las copias certificadas adjuntas se desprende que, la demandada señora JENNY MARGARITA MONTALVO PAREDES se halla comprendida en la situación prevista en el numeral 1 del Art. 416 del Código Orgánico General de Procesos, por lo cual se presume su INSOLVENCIA y se declara con lugar al concurso de acreedores.- TERCERO: En consecuencia, al tenor de lo dispuesto en el Art. 424 ibídem, en concordancia con el Art. 423, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1) CÍTESE a la demandada, Señora JENNY MARGARITA MONTALVO PAREDES, con la demanda y este auto, en la dirección señalada, para cuyo efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones.- La demandada podrá OPONERSE al presente procedimiento concursal en el término de DIEZ (10) días después de citada, pagando la deuda, conforme lo dispone el Art. 426 ibídem.- 2) Una vez citada la deudora, se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral primero del Art. 424 del COGEP. 3) Se le requiere a la deudora antes señalado la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem.- 4) Se declara la interdicción de la deudora JENNY MARGARITA MONTALVO PAREDES y por tanto se dispone que: se ocupen sus bienes, correspondencia y demás documentos del fallido, mismos que se entregarán al síndico de concurso, quien será depositario de sus bienes.- 5) Se dispone la anotación de la Insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- 6) Se ordena la publicación del presente auto que declara la presunción de insolvencia de la fallida, en la página web del Consejo de la Judicatura.- 7) Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la señora JENNY MARGARITA MONTALVO PAREDES.- 8) Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, del presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario.- 9) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones.- 10) Se prohíbe que la deudora, señora JENNY MARGARITA MONTALVO PAREDES con cédula de ciudadanía número 1710344787 se ausente del territorio nacional; para el efecto ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.CUARTO: Agréguese al proceso los documentos acompañados por el actor.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correos electrónicos designados por la parte accionante.Actúe el Ab. Josue Ayala en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 2 de mayo del 2019, las 16h33, Agréguese al proceso el escrito que antecede.En atención a lo manifestado por la parte actora, y de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la demandada JENNY MARGARITA MONTALVO PAREDES por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. Téngase en cuenta la autorización conferida mediante escrito que antecede a fin de retirar el extracto correspondiente .- NOTIFIQUESE.-f) MARTINEZ SALAZAR KARINA ALEJANDRA, JUEZA. Lo que se C I T A para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. AB. JOSUE AYALA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO-COGEP Hay firma y sello PAR/110932/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MARIA FERNANDA VALVERDE BELTRAN ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO. DEMANDADO: MARIA FERNANDA VALVERDE BELTRAN T RA M I T E /A S U N TO : C I V I LCO N C U R SA L- CO C U R SO DE ACREEDORES

JUICIO No. 17230-2019-05507 CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO No. 17230-2019-05507 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 22 de abril del 2019, las 12h02, VISTOS: Agréguense a los autos el escrito y anexo que anteceden. En lo principal, por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el auto inmediato anterior, se considera: PRIMERO.- La solicitud que antecede presentada por el Dr. Antonio Ramón Rodriguez Vicens, en calidad de Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A., PRODUBANCO, cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de conformidad con el 422 ibídem. SEGUNDO: De las copias certificadas adjuntas se desprende que la demandada MARIA FERNANDA VALVERDE BELTRÁN, con cédula de ciudadanía No. 1708172695, se halla comprendida en la situación prevista en el numeral 1 del Art. 416 del Código Orgánico General de Procesos, por lo cual se presume su INSOLVENCIA y se declara con lugar al concurso de acreedores.- TERCERO: En consecuencia, al tenor de lo dispuesto en el Art. 424 ibídem, en concordancia con el Art. 423, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1) CITACIÓN.- En virtud del juramento realizado por la parte actora, y en atención a que, conforme al certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores, la demandada no se halla inscrita en Registro Consular alguno, se ordena la citación a la demandada MARIA FERNANDA VALVERDE BELTRAN por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente; quien podrá OPONERSE al presente procedimiento concursal en el término de DIEZ (10) días después de citada, pagando la deuda, conforme lo dispone el Art. 426 ibídem.- 2) Se le requiere a la deudora antes señalada la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem, dentro del mismo término previsto para presentar su oposición.- 3) Se declara la interdicción de la deudora MARIA FERNANDA VALVERDE BELTRAN, con cédula de ciudadanía No. 1708172695, y por tanto se dispone que: se ocupen sus bienes, correspondencia y demás documentos de la fallida, mismos que se entregarán al síndico de concurso, quien será depositario de sus bienes. Para tal efecto, mediante sorteo en el SATJE se designa como síndico de quiebra a ANGÉLICA CACHIPUENDO TIPÁN (Cel. 0985967409, email: mundocontableac@hotmail.com); a quien se notificará en legal forma en el correo electrónico registrado en el sistema SATJE, a efectos de que en veinticuatro horas exprese su aceptación o excusa del cargo, conforme lo dispuesto en el Art. 434 del COGEP. Su posesión y entrega del informe se lo hará después de que la demandada se encuentre citada. 4) Se dispone la anotación de la Insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- 5) Se ordena la publicación del presente auto que declara la presunción de insolvencia de la fallida, en la página web del Consejo de la Judicatura.6) Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de MARIA FERNANDA VALVERDE BELTRAN, con cédula de ciudadanía No. 1708172695.- 7) Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, del presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario.- 8) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones previas a la calificación de insolvencia.- 9) Se prohíbe que la deudora, MARIA FERNANDA VALVERDE BELTRAN, con cédula de ciudadanía No. 1708172695, se ausente del territorio nacional; para el efecto ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.CUARTO: Agréguense al proceso los documentos acompañados por la parte actora y la calidad en la que comparece, así como el casillero judicial y correo electrónico designados.- Actué la Dra. María Isabel Solano, en calidad de Secretaria de ésta Unidad Judicial Civil. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. f) Dra. Carmen Romero Ramírez, Jueza.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, (Ecuador), para posteriores notificaciones.Dra. María Isabel Solano Camacho SECRETARIA Hay firma y sello PAR/110933/EG REPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P CITACION JUDICIAL PARA: VALLEJO DIAZ JULIA MARIA DEL CISNE JUICIO CONCURSAL NO. 172302019-03406 JUEZ PONENTE: DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI SALAZAR MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: CONCURSAL ACCION CONCURSO DE ACREEDORES ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO DEMANDADO: VALLEJO DIAZ MARIA DEL CISNE CUANTIA: INDETERMINADA EXTRACTO DE LA DEMANDA (…) Conforme a las copias certificadas correspondientes al juicio verbal sumario No. 17313-2012-0948, que sigue Banco de la Producción Produbanco en contra de MARIA DEL CISNE VALLEJO DIAZ, en el Juzgado Décimo Tercero de lo CivilUnidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, aparece que, requerida la demandada con el mandamiento de ejecución, que ordenó que pagara la cantidad de US$8.117.96, o dimita bienes equivalentes, no han cumplido, según consta en la razón sentada por el señor Secretario.-PRETENSIÓN: Al calificar la demanda, en el auto inicial y por tanto, al declarar que se presume la insolvencia de la demandada y que hay lugar al concurso de acreedores, se servirá ordenar la práctica de las diligencias establecidas en los numerales 1 y 2 y en el cuarto inciso del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, que regula el contenido del auto inicial en el concurso necesario. En la misma forma, se servirá ordenar la práctica de las diligencias dispuestas en los numerales 3,4,5,6,7,8,9 y 10 del Art. 423 del COGEP.- (…) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, martes 19 de marzo del 2019, las 13h33, VISTOS: Al constatar que la solicitud de Concurso de Acreedores presentada por DR. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VICENS, en su calidad de procurador judicial del BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO, conforme consta de la documentación adjunta, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), en concordancia con el artículo 422 del invocado cuerpo legal, se califica la demanda y admite a trámite mediante CONCURSO NECESARIO de conformidad con los artículos 414, 416, 422 y 424 ibídem. De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 17313-2012-0948, se advierte la razón sentada con fecha 27 de junio del 2017, suscrita por el Ab. Gilber Colina, secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, quien certifica que VALLEJO DIAZ JULIA MARIA DEL CISNE, no ha dado cumplimiento al mandamiento de pago dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN de la señora VALLEJO DIAZ JULIA MARIA DEL CISNE, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 1.- Se dispone que la parte actora, comparezca el 21 de marzo del 2019, a las 15h00, a esta Unidad Judicial en las instalaciones del Complejo Judicial Norte, ubicado en la avenida Amazonas y Juan José Villalengua, esquina, sector Iñaquito; y rinda el juramento de rigor al que hace referencia el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. 2.- Verificada que sea la citación a la señora VALLEJO DIAZ JULIA MARIA DEL CISNE se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Se le requiere al deudor conforme lo determinado en el número 2 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem, mediante informe que contenga un detalle todos los bienes, un estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor, y los libros de cuenta si los tuviera; detalle además los títulos de crédito activos; 4.- Se designa como Síndico a CABASCANGO PAUCAR ANA ELIZABETH 0995352188, quien se posesionará de su cargo una vez que transcurra el término para la oposición previsto en el artículo 425 del Código Orgánico

El medio más seguro para permanecer siendo pobre es el de ser un hombre honrado. napoleón General de Procesos, para lo cual se le notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido; 5.- A fin de disponer lo determinado en el número 4 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el artículo 424 ibídem; se dispone que se justifique lo determinado en el número 4 del artículo 377 del invocado cuerpo legal e inciso cuarto del artículo 384 eiusdem; 6.- La anotación de insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que se declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 7.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte la señora VALLEJO DIAZ JULIA MARIA DEL CISNE; 8.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, tanto en el Registro de la Propiedad como en el Registro Mercantil de este cantón Quito; 9.Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 10.- Se dispone la prohibición de salida del país de la señora VALLEJO DIAZ JULIA MARIA DEL CISNE con C.C. 170451309-0, para lo cual ofíciese a la Oficina de MIgración. Agréguese al proceso los documentos que se acompaña. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados, a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe la Ab. Miriam Vizcarra en calidad de Secretaria.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 9 de abril del 2019, las 15h26, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada VALLEJO DIAZ MARIA DEL CISNE, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, Juez.- CERTIFICO.Lo que NOTIFICO a usted (s) para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay forma y sello Par/110934/eg UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P. CITACION JUDICIAL JUICIO CONCURSAL NO. 172302019-02283 PARA: BARRAGAN HERRERA PATRICIA XIMENA JUEZ PONENTE: DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI SALAZAR MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: CONCURSAL ACCION CONCURSO DE ACREEDORES ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A PRODUBANCO D E M A N DA D O : BA R RAGA N HERRERA PATRICIA XIMENA CUANTIA: INDETERMINADA EXTRACTO DE LA DEMANDA (…) De las copias certificadas otorgadas el 23 de noviembre del 2018, correspondientes al juicio verbal sumario No. 17230-2015-16439, que sigue BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO en contra de PATRICIA XIMENA BARRAGAN HERRERA, en la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Quito, provincia de Pichincha, aparece que, requerida la demandada con el mandamiento de ejecución, dictado el 7 de agosto de 2018, a las 10:09 hs., que ordenó que pague la cantidad de $5.055,64, o dimita bienes equivalentes, no ha cumplido, según consta en la razón sentada por el señor Secretario de 8 de noviembre del mismo año.- PRETENSIÓN: Según todo lo expuesto y de acuerdo con las normas legales mencionadas, demando a PATRICIA XIMENA BARRAGAN HERRERA, con cédula de ciudadanía No. 170453521-8 en

procedimiento concursal de acreedores necesarios, al declararse que se presume la insolvencia de la demandada y que hay lugar al concurso de acreedores, se ordenara la práctica de las diligencias establecidas en los numerales 1 y2 y en el cuarto inciso del Art. 424 del COGEP (…).UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 13 de febrero del 2019, las 14h52, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo realizado. Al constatar que la solicitud de Concurso de Acreedores presentada por RODRIGUEZ VICENS ANTONIO RAMON (PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO), conforme consta de la documentación adjunta, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), en concordancia con el artículo 422 del invocado cuerpo legal, se califica la demanda y admite a trámite mediante CONCURSO NECESARIO de conformidad con los artículos 414, 416, 422 y 424 ibídem. De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 17230-2015-16439, se advierte la razón sentada con fecha 08 de noviembre del 2018, suscrita por la Dra. Maritza Tamayo Gallegos, secretaria de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, quien certifica que BARRAGAN HERRERA PATRICIA XIMENA, no ha dado cumplimiento al mandamiento de pago dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN de la señora BARRAGAN HERRERA PATRICIA XIMENA, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 1.- se dispone que la parte actora, comparezca el 26 febrero del 2019, a las 14h30, a esta Unidad Judicial en las instalaciones del Complejo Judicial Norte, ubicado en la avenida Amazonas y Juan José Villalengua, esquina, sector Iñaquito; y rinda el juramento de rigor al que hace referencia el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos.- 2.- Verificada que sea la citación a la señora BARRAGAN HERRERA PATRICIA XIMENA se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.Se le requiere al deudor conforme lo determinado en el número 2 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem, mediante informe que contenga un detalle todos los bienes, un estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor, y los libros de cuenta si los tuviera; detalle además los títulos de crédito activos; 4.- Se designa como Síndico a VICTOR HUGO CLAVIJO JARAMILLO, teléfono 09 95157646, quien se posesionará de su cargo una vez que transcurra el término para la oposición previsto en el artículo 425 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se le notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido; 5.- A fin de disponer lo determinado en el número 4 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el artículo 424 ibídem; se dispone que se justifique lo determinado en el número 4 del artículo 377 del invocado cuerpo legal e inciso cuarto del artículo 384 eiusdem; 6.- La anotación de insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que se declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 7.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que

forme parte la señora BARRAGAN HERRERA PATRICIA XIMENA; 8.Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, tanto en el Registro de la Propiedad como en el Registro Mercantil de este cantón Quito; 9.Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 10.- Se dispone la prohibición de salida del país de la señora BARRAGAN HERRERA PATRICIA XIMENA con C.C. 1704535218, para lo cual ofíciese al Ministerio de Relaciones Exteriores. Agréguese al proceso los documentos que se acompaña. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados, a efecto de sus futuras notificaciones.Actúe la Ab. Mónica Perez Valarezo, en calidad de secretaria encargada de la Dra. Miriam Vizcarra.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 16 de abril del 2019, las 15h35, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada BARRAGAN HERRERA PATRICIA XIMENA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, Juez.- CERTIFICO.Lo que NOTIFICO a usted (s) para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAR/110935/eg RAZON correspondiente al Juicio No. 17230201902418(20586429) REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A MORENO SANGOTUÑA LIVIA TATIANA JUICIO No. 17230-2019-02418 ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO DEMANDADO: MORENO SANGOTUÑA LIVIA TATIANA TRAMITE: CONCURSAL CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS SECRETARIO (E): AB. TANIA VILLARREAL OBJETO: En virtud de que la demandada no ha dado cumplimiento con el mandamiento de ejecución emitido dentro del juicio verbal sumario No. 17324-2007-0521 por el valor de USD 10105.38, por lo que de conformidad con los Arts. 414 y 416 numeral 1 del COGEP solicita que se declare la insolvencia de la demandada. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 13 de marzo del 2019, las 15h39, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, Ab. Gabriela Estefanía Lemos Trujillo, en calidad de Jueza Ponente de la Unidad Judicial Civil, con sede en el D. M. de Quito, en calidad de Jueza Titular. Se dispone: 1) La demanda es clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de CONCURSO NECESARIO. 2) De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 17324-2007 - 0521, se advierte la razón sentada por el Secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, quien certifica que LIVIA TATIANA MORENO SANGOTUÑA no ha dado cumplimiento al mandamiento de ejecución dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN de LIVIA TATIANA MORENO SANGOTUÑA, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 2.1. Citación; la parte actora DR. ANTONIO RAMÓN RODRÍGUEZ VICÉNS en calidad de procurador judicial del BANCO DE LA PRODUCCION S.A PRODUBANCO, comparezca EL DÍA 22 DE MARZO DEL 2019, A LAS 9H00, a la Unidad Judicial Civil, ubicada en el Complejo Judicial del Norte de la Avenida Amazonas

Revista judicial MARTES 21 de maYo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR y José de Villalengua, para que dé cumplimiento a lo ordenado en el Art. 56 del Código Orgánico General de procesos y bajo juramento declare de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia y que ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a la señora LIVIA TATIANA MORENO SANGOTUÑA, como acudir a los registros de público acceso. Una vez cumplida la citación conforme el Art. 56 del Código Orgánico General de procesos en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos; 2.2. Verificada que sea la citación a la parte demandada, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 2.3. Se le requiere al deudor, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 2.4. Se designara Síndico una vez citado la demandada a quien se le notificará en legal y debida forma, téngase en cuenta la aceptación a dicho cargo; Quien deberá presentar el informe previsto en el Art. 435 del código procesal precitado en el término de quince días (15) contados desde su posesión, el mismo que deberá contener los requisitos previstos en el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial.- Los honorarios de la síndico se designaran, conforme el Art. 30 del referido Reglamento, que deberán ser cubiertos por la parte actora 2. 5. Una vez citada la demandada se procederá con la anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura, así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 2.6. Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte LIVIA TATIANA MORENO SANGOTUÑA; 2.7. Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 2.8. Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 2.9. Se prohíbe que LIVIA TATIANA MORENO SANGOTUÑA, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. 3) Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. 4) Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. F. Ab. Gabriela Lemos (Jueza) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, martes 26 de marzo del 2019, las 14h55, VISTOS: De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la demanda señora LIVIA TATIANA MORENO SANGOTUÑA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE. F. Ab. Gabriela Lemos (Jueza). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito y casilla electrónica para posteriores notificaciones. AB. TANIA PAOLA VILLARREAL SOTO SECRETARIA Hay firma y sello PAR/110936/eg RAZON correspondiente al Juicio No. 15951201500569(14892971) R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA. MUJER. NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: CARLOS FRANCISCO GREFA

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AGUINDA. RUBEN OCTAVIO GREFA AGUINDA. VERONICA YOLANDA GREFA AGUINDA, VICTORIA GREFA AGUINDA. CESAR CLEMENTE GREFA AGUINDA. LUZMILA NELY AGUINDA TAPUY, CARMEN M AG DA L E N A CA L A P U C H A PIZANGO, DORIS MARILYN AGUINDA TAPUY. VIVIANA JANINA AGUINDA TAPUY, JUAN DAVID CALAPUCHA AGUINDA. EDWIN RODOLFO CALAPUCHA AGUINDA. LEONARDO FIDEL CALAPUCHA AGUINDA, JEOVER ERNESTO CALAPUCHA AGUINDA, PATRICIO RAUL CALAPUCHA PIZANGO, TERESA CATALINA CALAPUCHA PIZANGO Y PRESUNTOS HEREDEROS DE LA SRA. SALOMÉ ROSAURA AGUINDA TAPUY. SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, AGUINDA GREFA RITA ROSA MARIA, presentó una demanda de partición de bienes hereditarios en contra suya, causa número 159512015-00569. cuyo extracto es como sigue: 09-06-2018. 15h55. “VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo proveído con anterioridad. estimase clara y completa la demanda de Inventarios que antecede presentada ya que reúne los requisitos de forma exigidos por la ley, por lo que se la acepta a trámite especial que le corresponde.- En lo principal, con la copia certificada que se acompaña se establece que el día primero de junio de mil novecientos ochenta y ocho y el dos de diciembre del año dos mil diez. fallecieron en la ciudad de Archidona de la Provincia de Napo los que en vida se llamaron FRANCISCO ANTONIO AGUINDA A. y TERESA GREFA YUMBO, respectivamente, ante este hecho se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes, con la intervención de perito que será designado oportunamente y conforme a las regulaciones sobre la materia”; demanda que fue reformada con fecha 06 de enero de 2018, las 12:11 incluyendo a más demandados. Con fecha Tena, jueves 26 de julio del 2018, las 08h16, y auto de convalidación de fecha 15 de enero del 2019, las 15h51.- En lo principal dispone la CITACIÓN A TRAVÉS DE UNO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.Incorpórese a los autos el escrito y anexos de la parte actora AGUINDA GREFA RITA ROSA MARIA de- fecha 20 de julio de 2018. “(...) En base al acta de declaración juramentada realizada por la accionarte que obra a fojas 411 de autos en donde consta que es imposible determinar la individualidad, domicilio, residencia de: CARLOS FRANCISCO GREFA AGUINDA. RUBEN OCTAVIO GREFA AGUINDA, VERÓNICA YOLANDA GREFA AGUINDA, VICTORIA GREFA AGUINDA. CESAR CLEMENTE GREFA AGUINDA, LUZMILA NELY AGUINDA TAPUY. CARMEN M AG DA L E N A CA L A P U C H A PIZANGO, DORIS MARILYN AGUINDA TAPUY. VIVIANA JANINA AGUINDA TAPUY, JUAN DAVID CALAPUCHA AGUINDA, EDWIN RODOLFO CALAPUCHA AGUINDA, LEONARDO FIDEL CALAPUCHA AGUINDA, JEOVER ERNESTO CALAPUCHA AGUINDA, PATRICIO RAUL CALAPUCHA PIZANGO, TERESA CATALINA CALAPUCHA PIZANGO Y PRESUNTOS HEREDEROS DE LA SRA. SALOME ROSAURA AGUINDA TAPUY, acorde el numeral 1 del Art. 56 en concordancia con el Art. 58 del COGEP, se dispone sean citados por medio de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Tena. La que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de este auto, la o el juzgador convocará a audiencia en un término no menor a diez días ni mayor a veinte días siguientes a la citación. En dicha audiencia, escuchará a los concurrentes y se practicarán las pruebas que sean pertinentes. A continuación, aprobará o negará lo solicitado. Las personas citadas o cualquier otra que acredite interés jurídico en el asunto, podrán oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda. (...) Actúe la Abg. Leonor Ortiz como secretaria de este despacho. NOTIFIQUESE. LO CERTIFICO Abg.Leonor Ortiz SECRETARIA/ UNIDAD JUDICIAL FMNA-T Hay firma y sello PAR/ 73331/EG


Revista judicial c8

MARTES 21 de maYo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL DE CITACION AL SEÑOR JOFFRE NIVALDO VILLAGÓMEZ CEPEDA CAUSA: 17231-2017-00725 ACCION: CONCURSO DE ACREEDORES PARTE DEMANDADA: JOFFRE NIVALDO VILLAGÓMEZ CEPEDA PARTE ACTORA: EMILIO LARA DILLON, PROCURADOR JUDICIAL DE SEGUROS EQUINOCCIAL S.A. JUEZ: DR. LUIS VICENTE SALAZAR ROMÁN SOLICITUD PERTINENTE DE LA PARTE ACTORA: “…La presente demanda se fundamenta, en el segundo inciso del Art. 414 del Código General de Procesos COGEP, en concordancia con el numeral 1 del Art. 416, 417, 418, 422 y 424 Ibíd., toda vez que se presume la insolvencia del señor JOFFRE NIVALDO VILLAGÓMEZ CEPEDA, por lo que solicito a Usted que se sirva declarar que haya lugar al concurso de acreedores necesario y ordenar todas las medidas exigidas por las normas legales mencionadas…”.-f) Parte Actora PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, jueves 14 de septiembre del 2017, 16h48 VISTOS: ABG. LUIS VICENTE SALAZAR ROMAN, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el del Cantón Rumiñahui, Provincia de Pichincha, mediante Acción de Personal No. 8182-DNTH-2014, del 14 de octubre del 2014.- 1.- CALIFICACION: La demanda formulada por el Dr. EMILIO LARA DILLON, en su calidad de Apoderado Especial (Procurador Judicial)de SEGUROS EQUINOCCIAL, se la califica como clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de CONCURSO NECESARIO. 2.- PRESUNCION DE INSOLVENCIA: De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 17317-2014-0982, se advierte la razón de fecha 18 de abril de 2017, suscrita por la Dra. Estefanía Salvador Gallegos, Secretaria de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, quien certifica que VILLAGOMEZ CEPEDA JOFFRE NIVALDO, no han dado cumplimiento al mandamiento de pago dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN de VILLAGOMEZ CEPEDA JOFFRE NIVALDO, con cedula de ciudadanía 1710327196, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 2.1. CITACION: Cítese al demandado, en el domicilio señalado, a fin de que en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos; para tal propósito, remítase suficiente despacho a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia; 2.2. SEÑALAMIENTO DE AUDIENCIA: Verificada que sea la citación a la parte demandada, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 2.3. REQUERIMIENTO AL DEUDOR: Se le requiere al deudor, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 2.4. DESIGNACION DE SINDICO: Se designa como Síndico a DORIS PAULINA CALERO MUÑOZ (0995157646 doris.calero@hotmail. com) a quien se le notificará en legal y debida forma y tendrá veinticuatro horas para aceptar o excusarse; en caso de aceptarlo, será el depositario de los bienes del fallido; 2. 5. ANOTACION: La anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura, así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto

que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 2.6. DISPOSICIONES: Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte VILLAGOMEZ CEPEDA JOFFRE NIVALDO, con cedula de ciudadanía 1710327196; 2.7. Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 2.8. Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 2.9. Se prohíbe que de VILLAGOMEZ CEPEDA JOFFRE NIVALDO, con cedula de ciudadanía 1710327196, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. 3) Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. 4) Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. Actúe la Dra. Doris Vinocuna Villacís, en calidad de Secretaria de esta Judicatura.- CITESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-f) Dr. Luís Salazar, Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, martes 19 de marzo del 2019, las 15h28, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal: Atendiendo lo solicitado por la parte actora y por haber dado la declaración bajo juramento de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado, de conformidad con lo que establece el numeral 1 del Art. 56 del COGEP, CÍTESE al señor JOFFRE NIVALDO VILLAGÓMEZ CEPEDA. Para el efecto, por Secretaría emítase el extracto con el que deberá ser citada el mismo que contendrá un resumen de la demanda o solicitud pertinente, de la calificación de la demanda y de la providencia respectiva y que deberá ser publicado en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. Para el efecto, una vez ejecutoriada esta providencia, el accionante comparezca al Archivo de esta Unidad Judicial (Av. General Rumiñahui N11-57 e Isla Baltra, edificio Ponce, planta baja) en días y horas hábiles para retirar el mencionado extracto. No se remite a la casilla judicial solicitada por cuanto la casilla judicial no pertenece a esta jurisdicción. Actúe la Dra. Doris Vinocuna, como Secretaria de esta Judicatura. NOTIFÍQUESE.-.-f) Dr. Luís Salazar, Juez Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndoles de la obligación de señalar domicilio judicial, dentro del perímetro legal, para recibir posteriores notificaciones Dra. Doris Patricia Vinocuna Villacis SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIA Hay firma y sello PAR/110960/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA PÓNGASE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA JUDICATURA, SE ESTÁ TRAMITANDO EL JUICIO DE PRESUNCIÓN DE INSOLVENCIA EN CONTRA DE LA SEÑORA RAQUEL TALERO CRUZ, PROPUESTO POR EL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADA: RAQUEL TALERO CRUZ JUICIO: 17306-2012-0663 TRAMITE: ESPECIAL por INSOLVENCIA CUANTÍA: Indeterminada “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 28 de abril del 2015, las 11h58.- …“VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de Primer Nivel de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal No. 8476DNTH-2014-SBS, de 29 de Octubre del 2014, emitida por la Ing. María Cristina Lemarie Acosta, Directora Nacional de Talento Humano, y la Econ. Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de

la Judicatura.- La demanda que antecede, propuesta por el Dr. JOSE PATRICIO RON TORRES, en calidad de Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA, en contra de la señora RAQUEL TALERO CRUZ, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, esto es, cumple lo previsto en el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, como son: 1. La designación del juez ante quien se la propone; 2. Los nombres completos, estado civil, edad y profesión del actor y los nombres completos del demandado; 3. Los fundamentos de hecho y de derecho, expuestos con claridad y precisión; 4. La cosa, cantidad o hecho que se exige; 5. La determinación de la cuantía; 6. La especificación del trámite que debe darse a la causa; 7. La designación del lugar en que debe citarse al demandado, y la del lugar donde debe notificarse al actor; y, 8. Los demás requisitos que la ley exija para cada caso”; por lo que, se la admite a trámite por la vía especial, prevista en el Título II, Sección 4a., Arts. 507 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- De las copias certificadas que se acompañan, se desprende que la señora RAQUEL TALERO CRUZ, fue requerida con el Mandamiento de Ejecución en el Juicio Verbal Sumario número 742-2010, seguido en su contra en el Juzgado Tercero de lo Civil de Pichincha, hoy Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito.- Como la accionada no ha pagado la deuda ni ha dimitido bienes equivalentes y por lo mismo, atento a lo previsto por el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, se presume la insolvencia de la señora RAQUEL TALERO CRUZ, contra quien se dirige la presente acción, en consecuencia de tal presunción, se declara con lugar el concurso de acreedores que se manda a formar.Procédase a la ocupación y depósito de sus bienes, libros, correspondencia y más documentos, los cuales se entregarán al Síndico Dr. Roberto Almeida, al que se le designa para el efecto, previas las formalidades de Ley.- Ofíciese en legal y debida forma, a los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, para la acumulación de causas seguidas en contra de la deudora, por obligaciones de dar o de hacer, a excepción de las hipotecarias, si sus dueños prefieren hacer valer sus derechos por cuerda separada.Remítase copias de todo lo actuado a uno de los señores Fiscales de esta Provincia, a fin de que califique la insolvencia de la señora RAQUEL TALERO CRUZ.- Publíquese el extracto de la demanda y de este auto, por la Prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en el Distrito Metropolitano de Quito.- Ofíciese a la Superintendencia de Bancos; Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; Superintendencia de Economía Popular y Solidaria; Gerente General del Banco Central del Ecuador; Presidente del Directorio de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados; Contraloría General del Estado; Servicio de Rentas Internas; Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; Consejo Nacional Electoral; Agencia Nacional de Tránsito del Ecuador.Notifíquese a los señores Notarios, Registradores de la Propiedad y Registros Mercantiles del País, a fin de que no otorguen ni inscriban ninguna Escritura o contrato en los que intervenga la demandada.- Se ordena la prohibición de salida del país de la demandada, señora RAQUEL TALERO CRUZ; al efecto, ofíciese a la Dirección Nacional de Migración y al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, para los fines legales pertinentes.- Concédase a la deudora el término de 8 días, para que presente el activo y pasivo; en caso de no hacerlo, se ordenará la formación de dicho inventario por medio del Síndico del Concurso.Cítese a la parte accionada en la dirección señalada en la demanda, quien en el término de 3 días, podrá oponerse pagando la deuda o dimitiendo bienes equivalentes, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalado por el accionante.- Téngase en cuenta la autorización conferida a su abogado patrocinador.- Agréguese a los autos el escrito y anexos de 1 de Abril del 2015.- Actúe el Dr. Francisco Vásquez, en calidad de Secretario Encargado de esta Judicatura, según acción de personal número 2577-DP-UPTH, de 15 de Abril del 2015, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura”.- CUMPLASE, CITESE y NOTIFIQUESE”. f).- DR. JORGE ALEJANDRO MIRANDA CALVACHE, JUEZ. Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito y correo

Son distintas la aguas que cubren a los que entran al mismo río. H e ­r á ­c l i ­t o ­ d e ­ e f e ­s o

electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Geovanny Reyes Chulde SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAB/22879/EG REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha. gob.ec Juicio No: 17203-201810141 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTON QUITO. EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR JORGE RUBEN SALAZAR ZUTHER ACTOR: JORGE ANDRE SALAZAR MEJIA Y MARIA FERNANDA SALAZAR MEJIA D E M A N DA D O : RO M I N A ALEXANDRA DEL ROSARIO ESPINOSA IDROBO Y OTROS JUICIO: INVENTARIO No. 1720300800-2019 TRAMITE: SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA FUNDAMENTO LEGAL: ARTS. 415 y 418 DEL CODIGO CIVIL. ABOGADO DEFENSOR: DR. GALO IRIGOYEN CASILLA ELECTRONICA: nellairigoyen@gmail.com AUTO CALIFICACIÓN CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 8 de marzo del 2019, las 14h47, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito; previo la razón del sorteo de Ley y escrito que antecede, dispongo.[1] CALIFICACIÓN: En lo principal, la demanda de inventarios que ha presentado los señores Jorge André y Maria Fernanda Salazar Mejia en contra de la señora Romina Alexandra del Rocío Espinosa Idrobo, es clara, completa, precisa y reúne los requisitos establecidos en el Art. 142 Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en procedimiento VOLUNTARIO, acorde a lo contemplado en el Art. 334 y 341 del Código Orgánico General de Procesos y los principios constitucionales determinados en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República del Ecuador.- [2] De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 incisos 5 y 6 del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, para los fines de ley.- [3] CITACION: Cumplida que sea la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad, con el contenido de la demanda y este auto interlocutorio, CITESE a la demandada en la dirección proporcionada para el efecto el libelo de la demanda. Se conmina a la parte actora a fin de que comparezca al archivo de esta Unidad Judicial, y preste las facilidades para la reproducción de las copias para la citación conforme a lo dispuesto en el Memorando circular CJ-DNGP2018-289-MC dentro del trámite CJ-INT-2018-16413 de fecha 18 de julio del 2018. Mediante EXTRACTO cítese a los herederos presuntos y desconocidos que pudiere haber concebido el causante, el cual se enviara a la casilla judicial de los accionantes.- [4] Citados que sean las partes procesales, se procederá a la formación de inventarios, avalúo y tasación de los bienes que pudiere haber dejado el causante señor Jorge Rubén Salazar Zuther, con intervención del perito que será designado mediante sorteo, para que proceda a la formación de inventarios, avalúo y tasación de los bienes en presencia de los interesados, y cumpliendo con los requisitos del Arts. 342 del mismo cuerpo normativo antes invocado, para lo cual tanto la parte actora como la parte demandada presten las facilidades que el caso amerite, a quien se concederá un término prudencial para que presente el informe correspondiente; así también se regulará los honorarios del perito.- [5] Tómese en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial y electrónico señalado por

la parte accionante para recibir sus notificaciones posteriores, también tómese en cuenta el nombramiento y autorización manifestada en favor de su Defensor.- [6] Agréguese la prueba documental.- [7] Actue el Ab. Gabriel Rodriguez en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.- CÍTESE.- NOTIFÍQUESE.CÚMPLASE. AB. GABRIEL RODRIGUEZ VASQUEZ SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL ES P EC I A L I ZA DA TERCERA DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SECRE DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAP/73345/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: MEDARDO VLADIMIR ROJAS CHANGO JUICIO: No. 17230-2017-07906 ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR PROCURADORA JUDICIAL DEL ECON ANGELO LUIS CAPUTI OYAGUE- PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A DEMANDADOS: MEDARDO VLADIMIR ROJAS CHANGO, JAIME VINICIO ROJAS SALVADOR, NELY SILVANA CHANGO SANGOQUIZA TRAMITE: EJECUTIVO ACCION: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO CUANTIA: USD $ 22.971,10 PRETENSIÓN: Que a los demandados se les condene a los demandados al pago de los siguientes rubros: 1.- La cantidad impaga, 2.- Los dividendos del capital vencido; 3.- Los dividendos del capital declarados vencidos en esta demanda; 4.Intereses legales; 5.- Intereses de mora; 6.- Gastos de cobranza y seguro del capital vencido; 7.- Costas procesales y honorarios profesionales. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 16 de junio del 2017, las 14h48, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito. Se dispone: PRIMERO.Previo a proveer lo que en derecho corresponda, la parte actora, en el término de tres días, bajo las prevenciones del inciso segundo del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, ACLARE su demanda, conforme lo determina el artículo 142 IBIDEM, numeral: 9) La pretensión clara y precisa que se exige de acuerdo a la documentación adjunta, cantidad que se exige. De manera que se dé cumplimiento a lo previsto en las normas antes indicadas, bajo prevenciones de ley.- SEGUNDO.- NOTIFICACIONES y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Defensor Técnico.- Actúe la Dra. María Elena Guerrero en calidad de Secretaria de esta Unidad.NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- ) AB. RUTH RACINES MOLINA. JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 29 de junio del 2017, las 14h49, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior, se dispone: la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un Contrato de Mutuo, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 3 del 347 del mismo Código, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo previsto en el Art. 348 ibídem, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. Cítese a los demandados MEDARDO VLADIMIR ROJAS CHANGO, en calidad de deudor principal y JAIME VINICIO ROJAS SALVADOR y NELY SILVANA CHANGO SANGOQUIZA, en calidad de deudores solidarios, para el efecto remítase suficiente despacho,

previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. En aplicación de los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Por cuanto la parte actora ha proporcionado la dirección de correo electrónico de la parte demandada, se ordena que se le haga conocer en la dirección electrónica, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada con el instrumento que adjunta. Hágase saber al accionante en la casilla judicial y correo electrónico señalados para el efecto. Actúa la Dra. María Elena Guerrero en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) AB. RUTH RACINES MOLINA. JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 23 de mayo del 2018, las 16h01, Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos - COGEP, y en virtud del juramento rendido en acta de 07 de mayo del 2018, CITESE al demandado señor MEDARDO VLADIMIR ROJAS CHANGO, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo y remítase a la casilla judicial N. 3214.- NOTIFÍQUESE.f) AB. RUTH RACINES MOLINA. JUEZA. Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. DR. ALEJANDRO BOLIVAR OCHOA REGALADO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITOCOGEP Hay firma y sello Par/110948/ EG MINISTERIO DEL TRABAJO REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N 280471-2019CIRG ACTOR: TATIANA ALEJANDRA GARCIA SALAZAR ACCIONADO: KAREN ANDREA AGILA FALCONES CAUSAL: Art. 172 numeral 1 del Código de Trabajo. INSPECCION DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 15 de mayo de 2019. a las 15H00.- Dentro de la solicitud de visto bueno signada actualmente con el N° 280471-2019- CIRG, que sigue el (la) señor (a) TATIANA ALEJANDRA GARCIA SALAZAR, en calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) KAREN ANDREA AGILA FALCONES, en calidad de trabajador (a).- En lo principal se dispone: 1) Agréguese al expediente la declaración juramentada y el certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores remitido por la parte accionante.- 2) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (Ley Supletoria), por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 3) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se remitirán a la Inspección del Trabajo dentro del término de diez días siguientes contados a partir de la precitada notificación, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 4) Tómese en cuenta el casillero judicial y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe la presente causa.-NOTIFÍQUESE.- f) AB. CONSUELO RECALDE G. Lo que comunico para los fines Ley AB. CONSUELO RECALDE G. INSPECTORA DEL TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAP/ 73348/eg =======

ANULACIONES

banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8062473600 Nro. Cartola 16598320907 Cliente CASTILLO TULCANAZA, RUPERTO-OMAR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8170088100 Nro. Cartola 17768140570 Cliente TOAPANTA BAUTISTA, VICTOR-MAURICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8046348200 Nro. Cartola 16592690412 Cliente BUENANO PEREZ, LUIS-ANDRES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8031766900 Nro. Cartola 16885890281 Cliente AGUILAR CASPI, ALICIA-ELIZABETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8121375200 Nro. Cartola 16568780197 Cliente GRANDA QUEZADA, WALTER-OSWALDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8182102000 Nro. Cartola 17883860011 Cliente CABEZAS TAPIA, LUIS-MIGUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8018804400 Nro. Cartola 17651080149 Cliente CORTEZ TAMAYO, YADIRA-PAOLA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8257063200 Nro. Cartola 18336650306 Cliente LARA LIMA, JOALENA-MAVEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8037405700 Nro. Cartola 16860170386 Cliente MATAMOROS AGUIRRE, OLGERELIVAR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8161355200 Nro. Cartola 17672080334 Cliente ANDRADE SANCHEZ, MARCELO-SEBASTIAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8002052600 Nro. Cartola 17687930416 Cliente ALBARACIN CHAVEZ, JORGE-DANILO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA

Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8055691600 Nro. Cartola 17794150742 Cliente MORENO VELASCO, JOSE-ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8406955800 Nro. Cartola 19219290004 Cliente CHILIGUANO PACHACAMA, MATEO-NICOLAS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8067580900 Nro. Cartola 16907550517 Cliente AROCA RIVADENEIRA, SANTIAGO-DAVID del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8026846400 Nro. Cartola 17232561203 Cliente CARBO VEINTIMILLA, MARIAALEXANDRA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8421790300 Nro. Cartola 19322450008 Cliente CAIZA YUNGAN, FRANKLIN-GEOVANNY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8006685000 Nro. Cartola 16638110466 Cliente TEJADA GOMEZ, ANGEL-WELINTON del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8191337400 Nro. Cartola 17985760119 Cliente MARQUEZ CADENA, JUAN-PABLO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR

banco inTErnacionaL Por orden del titular de la cuenta corriente No. 6301611953 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 311 al número 325 P/AC/ ()NR

cooPEraTiVa DE ahorro Y crEDiTo oScuS LTDa. COOPERATIVA OSCUS LTDA. La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 738071, perteneciente a CAMPOS MORALES JORGE LEONARDO, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 21 de mayo 2019 P* 151500 PAP/73334

ANULACIONES VARIAS “Queda anulado por perdida el certificado de depósito No. 5925502247184 que pertenece al Banco Solidario.” PAP/73329/AT


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