Cuadernillo Convocatoria Mesa de Emergencia Habitacional

Page 1

20 de mayo de 2014

Documento sobre la convocatoria De Emergencia habitacional en la Ciudad de Buenos Aires. Índice del contenido Convocatoria Mesa Permanente Emergencia Habitacional 2Foto aérea del sitio 3Propuesta inicial elaborada por las familias y sus delegados 4Informe elaborado por los Arqs. Fermín Estrella, Mauricio Contreras y Beatriz Pedro 5Presentación ante la Jueza Liberatori de la propuesta de urbanización y nuevo barrio 6Folleto proyecto nuevo Barrio Papa Francisco. 7Declaración para la conferencia de prensa del martes 13 de Mayo 8Informe elaborado por Científicos de Exactas y Agronomía sobre la contaminación del suelo. 9Artículo - Arq. Pablo Pschepiurca (Clarín Arquitectura) 10- Artículo - Arq. Guadalupe Granero Realini (Clarín Arquitectura) 11- Artículo - Arqs. Fermín Estrella, Mauricio Contreras y Beatriz Pedro enviado al Clarín Arquitectura 1-


CONVOCAMOS a una MESA DE TRABAJO PERMANENTE

“Para una Solución Correcta y Definitiva de la Emergencia Habitacional en Buenos Aires” Centrados en la lucha por la tierra urbana y la vivienda, en el caso del Nuevo Barrio “Papa Francisco” y la Urbanización con Radicación de la Villa 20 en Lugano. “Por Urbanismo Social al servicio de las necesidades populares o Urbanismo Inmobiliario para pocos”

Por la situación actual violenta y discriminatoria En Buenos Aires, Río, San Pablo, México, Caracas, Bogotá, se hace necesaria la convocatoria de Mesas de Trabajo Permanente, para aclarar las causas y buscar soluciones a la Emergencia Habitacional y la violencia sobre las poblaciones desprotegidas de la región. Solucionando así 100 años de políticas públicas equivocadas y de leyes fundamentales incumplidas que nos llevaron a la situación actual de violencia, persecución y muertes innecesarias. Convocamos a Convocar: A los sectores sociales, políticos, sindicales, jurídicos, religiosos, académicos, científicos, asociaciones profesionales, universidades y a los poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, y la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Para integrar una MESA DE TRABAJO PERMANENTE: Que proponga una solución definitiva, democrática, plural, científica y jurídica sobre la Emergencia Habitacional de las Poblaciones carenciadas en la Región Latinoamericana y en especial en la Ciudad de Buenos Aires. Con el objetivo de: Analizar las causas verdaderas del problema y orientar una solución urgente e inmediata, social, económica y jurídica justa y correcta que permitan desarrollar una vida digna sin persecuciones discriminatorias en las poblaciones populares urbanas y solicitar un RECURSO DE AMPARO A LOS CASOS JUDICIALIZADOS y la aplicación de la Ley 1770/05 en el caso de referencia. Protegerlas y librarlas de: 1_El flagelo de la especulación inmobiliaria interna y externa. 2_Las Leyes que se proponen para erradicarlas con violencia o engaños jurídicos. 3_Las condiciones de explotación como rehenes de los punteros políticos de turno y sus mandantes,que producen, desarrollan y mantienen las redes de narcotráfico, prostitución, trabajo esclavo, trabajo infantil ,especulación inmobiliaria en las villas y políticas internas de terror y amedrentamiento violento. 4_Los continuos vejámenes y persecuciones policiales. 5_ La desigualdad ante la Ley en las Villas. 6_Las condiciones de vida las que son sometidos los ciudadanos sin posibilidad de acceso a la Tierra Urbana y la Vivienda Digna con formas de pago accesibles. 7_Ser comunidades estigmatizadas y discriminadas, con el abandono por los Gobiernos y Administraciones de turno. 8_La desprotección en Salud, Educación, agua potable, energía, cloacas, iluminación urbana, vialidad, equipamiento y Seguridad Social. Para permitirles el derecho natural de ser reconocidas y aceptadas socialmente en: 1_Su calidad social que les permiten construir redes solidarias sin apoyo ni créditos accesibles. 2_Su lucha en la reducción de la mortalidad infantil. 3_Su capacidad de subsistir y resistir en condiciones infrahumanas. 4_Su increíble Capacidad para “CONSTRUIR CIUDAD EN LA CIUDAD” en tiempos record y a costos mínimos. 5_La generación de una Cultura y Economía Urbana Diferente, que debe ser protegida e incorporada a la Cultura y la Economía urbana Establecida, y que rinde un beneficio importante en el desarrollo socio-económico, cultural y laboral de nuestras ciudades. A realizarse en la Semana de la Patria como Cabildo Abierto Martes 20 de Mayo 2014 a las 18 hs. Salón Arturo Jauretche, Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. Perú 160 Convocan PROFESIONALES: Arq. Beatriz Pedro, Arq. Fermín Estrella, Arq. Mauricio Contreras Taller Libre de Proyecto Social -FADU-UBA ORGANIZACIONES: APDH (Asamblea Permanente por los Derechos Humanos) Adhieren LEGISLADORES: Alejandro Bodart, Gustavo Vera, Pablo Bergel, Pablo Ferreyra, otros. Para agregar convocantes y adhesiones:emergenciahabitacionalbsas@gmail.com




Informe del Taller Libre de Proyecto Social, solicitado por las familias de la Villa 20 8‐03‐2014

A las familias de la villa 20 que se encuentran en el predio líndate. (son 9 carillas)

El Taller Libre de Proyecto Social de la FADU/ UBA, ha sido convocado para asesorarlos, por los vecinos que reclaman por viviendas en el predio asignado por la Ley 1770/05, para las familias emergentes de la villa 20 y al esponjamiento para su urbanización. La solicitud planteo el requerimiento de abordar los siguientes temas: 1‐ Sintetizar la legitimidad del reclamo. 2‐ Recabar información técnica sobre las posibles formas de saneamiento. 3‐ Dar fundamento a la propuesta que han elaborado para ir resolviendo urbanización, vivienda y saneamiento en forma simultanea. Visitamos el predio y se pidió que acompañáramos a los vecinos a la reunión de la Comisión de Vivienda de la Legislatura que se realizo el viernes 7 de marzo a las 15hs. En este informe escrito se propone sintetizar los tres temas sobre los que fuimos consultados, desde nuestros conocimientos disciplinares y en nuestra condición de profesores universitarios de una cátedra libre de la FADU/UBA. Creemos que la atención de la necesidad de estas familias es además de un derecho, una exigencia de interés público para la cual no hay que escatimar esfuerzos y recursos.

1‐ LA LEGITIMIDAD DEL RECLAMO Recabamos el texto de la Ley 1770/05 en el que se da fundamento a la asignación del predio para el barrio de viviendas, delimitando el mismo, destinándolo a las familias emergentes de la villa 20 y al esponjamiento para su urbanización. “Artículo 1º.‐ Aféctase el polígono comprendido por las Vías del Ferrocarril Gral. Belgrano, Av. Escalada, Av. Gral. Francisco Fernández de la Cruz, límite con el Distrito C3 II, límite con el Distrito U31, ambos del Código de Planeamiento Urbano, y calle Batlle y Ordóñez a urbanización de la villa 20, de acuerdo a las normas establecidas en el Parágrafo 5.4.6.9., Distrito U8 ‐ Lugano V, del Código de Planeamiento Urbano. Artículo 2°.‐ Aféctase a la urbanización de la villa 20, el polígono comprendido por la Av. Francisco Fernández de la Cruz, eje de la calle Pola y línea de deslinde con el Distrito U8. El mencionado polígono será destinado a viviendas y equipamiento comercial.”

Plano con la indicación del predio afectado por art. 1 y 2. El área indicada abarca la actual villa 20 más el predio amurallado y el predio vacio.

Taller Libre de Proyecto Social / FADU‐ UBA 1


Informe del Taller Libre de Proyecto Social, solicitado por las familias de la Villa 20 8‐03‐2014 En el año 2006 la Nación y la ciudad acuerdan el reintegro de las tierras con destino al cumplimiento de lo establecido por la ley 1770/05. En el año 2007, por “convenio particular” entre la Nación y la Ciudad, se le asigna a la Fundación Madres de Plaza de Mayo el lugar para ejecutar un plan de viviendas. En el año 2010 comienza la remoción de los automóviles que es casi total en el predio amurallado y total en el predio vacio. Constatamos que el 90% de los autos ha sido retirado. En este momento se pude observar que más del 60 % del mismo está cercado por un muro y en su interior se está construyendo una platea, sin que se sepa su destino ni si se está cambiando el uso a esa parte del predio, y por parte de quién es el accionar.

Estos antecedentes ratifican la legitimidad del reclamo de los vecinos y la búsqueda de solución para que en el predio de puedan construir viviendas para las familias emergentes y la urbanización de la villa 20, que era el destino de la afectación. Y exige el cumplimiento de la Ley1770 por parte de todas las autoridades correspondientes. En Anexo 1 el texto de la ley y su modificatoria del 2006. Foto aérea con indicación de la ocupación de más del 60% del predio y su cerramiento. 26/10/2013

Taller Libre de Proyecto Social / FADU‐ UBA 2


Informe del Taller Libre de Proyecto Social, solicitado por las familias de la Villa 20 8‐03‐2014 Foto de la zona del predio amurallada y de la platea. 6‐3‐2014

2‐ LA CONTAMINACIÓN Y DESCONTAMINACION DEL TERRENO Dado el destino que tuvo parte del predio como cementerio de autos provenientes del abandono o que estaban judicializados, que fueran acumulados incorrectamente por la Policía Federal, se sostiene como argumento que dada la contaminación, no se podría cumplir con el objetivo de la Ley 1770. Según informe publicado en internet por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, en el 2009 se elaboró un protocolo de saneamiento y en el 2010 (ver informe anexo) se inicio el desmalezamiento, fumigación y desaguace. Se informa el INTI realizo un estudio que confirmo la contaminación con plomo e hidrocarburos. Proponemos se soliciten los estudios que sobre la contaminación del terreno que hayan pedido tanto la nación como la ciudad y las propuestas de remediación. Recabamos información al respecto. ‐ Causas de la contaminación: la contaminación se debe fundamentalmente al derrame de acido sulfúrico y degradación de las placas de plomo de las baterías de la chatarra mal acondicionada desde el principio. Y por la cría del mosquito del dengue en las aguas acumuladas de dicha chatarra. ‐ Qué afectan, en cuantos años y por cuantos años? Taller Libre de Proyecto Social / FADU‐ UBA 3


Informe del Taller Libre de Proyecto Social, solicitado por las familias de la Villa 20 8‐03‐2014 a) el acido sulfúrico tarda1 …… tiempo en degradarse y ser transportado por las napas freáticas, siendo estas el factor de contaminación. b) Las placas de plomo tardan en degradarse2……. tiempo y ser arrastradas por las napas freáticas, siendo estas el factor de contaminación. c) Hay que recabar los estudios realizados por los médicos del CESAC 18 a los efectos de determinar cómo y en qué grado afectan cada uno de los factores de contaminación y si han bajado las incidencias dado las limpiezas realizadas. Otros casos de predios contaminados en el AMBA en situación de mayor gravedad de contaminación que están siendo tratados con plazos no perentorios, que pueden orientar para valorar un programa de acciones mediatas e inmediatas como se propone aplicar en este caso: a) En la cuenca Riachuelo ‐ Matanza en particular en la cuenca media y baja el Riachuelo transporta gran cantidad de contaminantes en escala muy superior. b) La situación generada por el centro atómico de Ezeiza, donde casi todas las napas freáticas y de mayor profundidad han sido contaminadas por los deshechos de dicho material radioactivo desde hace más de 50 años. Métodos de remediación: Hay varios métodos de descontaminación de terrenos de este tipo, desde los mas complejo, caros y que implican bastante tiempo, hasta los materiales bloqueadores de la contaminación terrestre a las viviendas: a) Biorremediacion (1) Se define como biorremediación a cualquier proceso que utilice microorganismos, hongos, plantas o las enzimas derivadas de ellos para retornar un medio ambiente alterado por contaminantes a su condición natural. b) Fitorremedicion (2) La fitorremediación es la descontaminación de los suelos, la depuración de las aguas residuales o la limpieza del aire interior, usando plantas vasculares, algas (ficorremediación) u hongos (micorremediación), y por extensión ecosistemas que contienen estas plantas. Así pues, se trata de eliminar o controlar las diversas contaminaciones. c) Lavado de suelos (3) Técnica de extracción de los contaminantes del suelo por la aplicación de agua. d) Bloqueo de suelos

1

Se requiere una consulta a especialistas para completar esta información.

2

Se requiere una consulta a especialistas para completar esta información

Taller Libre de Proyecto Social / FADU‐ UBA 4


Informe del Taller Libre de Proyecto Social, solicitado por las familias de la Villa 20 8‐03‐2014 Fuente: Técnicas de recuperación de suelos contaminados. Irene Ortiz Bernad, Juana Sanz García, Miriam Dorado Valiño, Susana Villar Fernández CEIM, Universidad de Alcalá y Comunidad de Madrid.

De acuerdo a los puntos anteriores opinamos lo siguiente: ‐ Hay que tener en cuenta que la tierra del terreno contaminado no será usada para siembra ni tareas agrícolas. Por lo tanto no será usada como fértil, transmisora de contaminantes a través de los alimentos. ‐ Las napas freáticas contaminadas de los acuíferos subterráneos no serán usadas como agua potable, porque el agua potable de toda la región de Villa Soldati, Lugano 1 y 2, Barrio Cardenal Samoré y Villa 20, y de las viviendas próximas proviene de la planta de AySA de Palermo, y se distribuye por las cañerías de la ciudad para toda esta zona. Por lo tanto los contaminantes que estas aguas subterráneas transporten no llegaran a los habitantes. Lo anterior indica que la contaminación mencionada en los diversos informes presentados anteriormente tendría una incidencia relativa en la construcción y habitabilidad de las viviendas. Taller Libre de Proyecto Social / FADU‐ UBA 5


Informe del Taller Libre de Proyecto Social, solicitado por las familias de la Villa 20 8‐03‐2014

Opinamos que en primera instancia debería realizarse un análisis de 4 o 5 pozos de tierra extraída, en el predio en cuestión, de aproximadamente 3 metros profundidad, para analizar la composición y densidad de los contaminantes.

Recomendamos consultar con médicos sanitaristas, especialistas en ciencias ambientales de ciencias exactas de la UBA, especialistas del centro de contaminación ambiental del INTI, por la incidencia y densidad de los contaminantes existentes en suelo y seres humanos. Dada esta situación recomendamos aislar las losas de cimentación de hormigón armado de los ácidos clorhídricos, sulfúricos y emanaciones de plomo, con una capa tipo film como la que utiliza el CEAMSE en sus depósitos de residuos urbanos, donde se acumulan diversos contaminantes entre los cuales están los nombrados.

3‐ PLAN PROGESIVO DE SANEMIENTO CONSTRUCCIÓN Y OCUPACIÓN TRANSITORIA: ES POSIBLE HACERLO POR PARTES.

Consideramos totalmente factible la propuesta de los vecinos de ir realizando estas tareas de saneamiento por partes. Este plan se elaborara con las familias en una mesa de trabajo. Se anexa esquema: el plano sobre la foto aérea indica grandes áreas de trabajo: ‐ Empezar por el predio que esta amurallado que como se manifiesta en el plano (numero 1) es casi el 60 % de la superficie, e ir construyendo las viviendas en la medida de su saneamiento e ir ocupándolas a medida por las familias que están en la parte no amurallada del predio. ‐ A medida que se va asignado a las familias, se inicia el saneamiento de la parte en que están las familias (numero 2,) según un plan acordado con las familias y sus representantes, siguiendo el mismo criterio. ‐ Se organizara la manera en que las familias estarán en forma transitoria en el terreno de forma de cuidarlas de los factores de contaminación, especialmente el agua y se garantizara la situación sanitaria Taller Libre de Proyecto Social / FADU‐ UBA 6


Informe del Taller Libre de Proyecto Social, solicitado por las familias de la Villa 20 8‐03‐2014

1 - Predio amurallado por el que se puede empezar el saneamiento y la construcción.

2- predio donde se encuentran actualmente las familias

PLAN DE VIVIENDAS: como establece la Ley 1770 y su modificatoria, el Proyecto Urbanístico, las tipologías y los programas bajo los cuales se construirá serán acordados en una mesa con los representantes de los vecinos, atendiendo a las necesidades de suelo, vivienda y trabajo. Arq. Beatriz H. Pedro / Arq. Fermin Estrella Gutiérrez / Arq. Mauricio Contreras. Profesores y docentes de Taller Libre de Proyecto Social‐ FADU‐ UBA‐ 7 de marzo de 2014 ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐

ANEXO 1‐ Textos de la Ley 1770 /05 y su modificatoria de2456/06 Ley 1770 /2005 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1º.‐ Aféctase el polígono comprendido por las Vías del Ferrocarril Gral. Belgrano, Av. Escalada, Av. Gral. Francisco Fernández de la Cruz, límite con el Distrito C3 II, límite con el Distrito U31, ambos del Código de Planeamiento Urbano, y calle Batlle y Ordóñez a urbanización de la villa 20, de acuerdo a las normas establecidas en el Parágrafo 5.4.6.9., Distrito U8 ‐ Lugano V, del Código de Planeamiento Urbano. Artíclo 2°.‐ Aféctase a la urbanización de la villa 20, el polígono comprendido por la Av. Taller Libre de Proyecto Social / FADU‐ UBA 7


Informe del Taller Libre de Proyecto Social, solicitado por las familias de la Villa 20 8‐03‐2014 Francisco Fernández de la Cruz, eje de la calle Pola y línea de deslinde con el Distrito U8. El mencionado polígono será destinado a viviendas y equipamiento comercial. Artíclo 2° bis.‐ El Instituto de la Vivienda de la Ciudad deberá realizar un nuevo censo en el término de treinta (30) días de promulgada la presente Ley, a fin de determinar la cantidad de viviendas a construirse en la actual Villa 20 y en los terrenos afectados por el art. 1° de la ley. A tal efecto se garantizará la participación vecinal. (Incorporado por Art. 1º de la Ley 1.853 BOCBA 2358 del 13/01/2006) Artículo 3°.‐ Encomiéndase al Poder Ejecutivo a realizar, en el termino de noventa (90) días de promulgada la presente ley, una audiencia pública con los vecinos y vecinas a fin de establecer conjuntamente las obras a realizar en lo relativo a tipología edilicia, emplazamientos, apertura de calles, equipamiento de servicios y toda otra inquietud que consideren importante tanto el I.V.C. como los habitantes de la Villa 20. Asimismo, el Poder Ejecutivo debe realizar antes de comenzar las obras mencionadas en el párrafo anterior, el saneamiento del suelo. Artículo 4°.‐ El Gobierno de la Ciudad, a través de los organismos competentes y los vecinos y vecinas de la villa 20, se comprometen a garantizar la adjudicación de las unidades a las familias que correspondan, de acuerdo al artículo 2°, y a impedir la intrusión de las viviendas que se reasignan, garantizando la asignación de las tierras a los vecinos censados de la Cooperativa 25 de Marzo que así lo necesiten. Artículo 5°.‐ Comuníquese, etc. ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ Ley CABA Nº: 2054 / 2006 Publicado en el B.O. CABA Nº 2518 el 07‐09‐2006 Urbanización Villa 20. Modifica ley 1770. Buenos Aires, 3 de agosto de 2006. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1° ‐ Modificase el artículo 2° bis de la Ley N° 1.770, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2° bis ‐ El Instituto de Vivienda de la Ciudad deberá realizar un nuevo censo en el término de treinta (30) días de promulgada la presente ley, a fin de determinar la cantidad posible de viviendas a construirse en la actual Villa 20 y en los terrenos afectados por el art. 1° de la presente ley. La realización del censo deberá contar con la participación de veedores de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, a fin de garantizar la participación de los vecinos del barrio y la transparencia del censo". Artículo 2° ‐ Incorpórase el artículo 3° bis a la Ley N° 1.770 con el siguiente texto: Artículo 3° bis ‐ Los veedores estipulados en el artículo 2° bis de la presente ley, deberán garantizar, asimismo, la participación de los vecinos en la etapa de evaluación de las distintas alternativas y en la formulación de las pautas del proyecto de urbanización. Durante este proceso se deberán realizar en la zona exposiciones periódicas y debates sobre la evolución del proceso de implementación del mismo". Artículo 3° ‐ Modifícase el artículo 4° de la Ley N° 1.770, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 4° ‐ El Gobierno de la Ciudad, a través de los organismos competentes y los vecinos y vecinas de la Villa 20, se comprometen a garantizar la adjudicación de las unidades a las familias de la Villa 20 que correspondan, de acuerdo al Nuevo Censo Taller Libre de Proyecto Social / FADU‐ UBA 8


Informe del Taller Libre de Proyecto Social, solicitado por las familias de la Villa 20 8‐03‐2014 Poblacional de los habitantes de la Villa 20 establecido en el artículo 2° bis, y a impedir la intrusión de las viviendas que se reasignan, asignando también tierras a los vecinos censados de la Cooperativa 25 de Marzo que así lo necesiten". Artículo 4° ‐ Comuníquese, etc. de Estrada – Bello

Taller Libre de Proyecto Social / FADU‐ UBA 9


1

Presentación del cuerpo de delegados a la Jueza Liberatori / marzo 2014

SOLICITA

SER

TENIDOS

POR

PARTE

ACTORA.

ACOMPAÑA

PROPUESTA DE REMEDIACIÓN Y URBANIZACIÓN DEL PREDIO Sra. Jueza: • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •

Jessica Martínez ; Alberto Maciel; Cristian Ibarra; Noelia Gonzalez; Emanuel Duarte; Silvia Silveros; Cyntia Gutierrez; Reynaldo Arnez; María del Carmen Cabral; María del Carmen Roa; Susan Solíz; Albertina Medina; Emanuel Ríos; Marcelo Urquiza; Matías Torres; Fredy Quintanilla; Edgar Vera; Patricia Claros; Roxana Torres; Mariana Macriaka;

en nuestra calidad de de delegados de las familias que actualmente se encuentran ocupando el predio colindante a la Villa 20 "Barrio Papa Francisco, con el patrocinio letrado de Jonatan Emanuel Baldiviezo (T. 101 F. 26 CPACF), constituyendo domicilio procesal en la calle Lavalle N° 1388 Casillero 1262, en los autos caratulados "Asesoría Tutelar Justicia Contencioso Administrativo y Tributario C/ GCBA s/ Otros Procesos Incidentales", Expte. N° 12975/5, nos presentamos y decimos:

1


2

I. OBJETO Venimos a acompañar al expediente la propuesta de urbanización y remediación del suelo discutida y consensuada con todas las familias que actualmente se encuentran ocupando el predio colindante a la Villa 20 y sostenida técnicamente por profesores y cátedras de la Universidad de Buenos Aires. Asimismo, solicitamos ser tenido por parte actora en calidad de tercero litisconsorcial de acuerdo a los artículos 84 inc. 2 y 85 del CCAyT de la Ciudad en el presente proceso de amparo colectivo. II. PROPUESTA DE URBANIZACIÓN A) Nuestras peticiones y propuestas tienen como objeto que se cumpla con los derechos reconocidos en la ley N° 1770 y con la política de urbanización con radicación definitiva que allí se establece que comprenden tanto a los predios actuales de la Villa 20 como a los predios lindantes ubicados entre la calle Pola, Av. Fernández de la Cruz y Escalada

actualmente

ocupados

por

las

familias

a

quienes

representamos y la policía federal. B) En virtud de la democracia participativa que rige el gobierno de la Ciudad (art. 1 de la Constitución de la Ciudad), que sostiene que el proyecto de urbanización del predio debe ser discutido y aprobado por las familias y sus representantes, es que hemos elaborado este proyecto de urbanización. C) Destacamos como propuesta que durante la remediación de los suelos y urbanización del predio por etapas las familias permanecerán en éste como garantía de cumplimiento de la política de urbanización.

2


D)

3

Las familias adjudicatarias a ubicar en los futuros inmuebles

surgirán de un censo de las familias que se encuentran ocupando el predio, realizado a través de una Comisión de Trabajo, constituido por legisladores/as, delegados/as de la ocupación y la Pastora Social de la Ciudad de Buenos Aires. Se cruzará este relevamiento con los relevamientos y censos realizados en la Villa 20. No serán adjudicatarios las familias que poseen vivienda y no se encuentren hacinadas. Se incorporarán entre los adjudicatarios a las familias de la villa 20 que disponga el GCBA por cuestiones de urbanización y prioridad. E) Destacamos que las familias nos comprometemos a pagar en cuotas y con financiamiento accesible las viviendas que se construirán. F) Las familias que se mantendrán en el predio organizarán formas de vivienda transitoria que les permita estar en condiciones habitables. Se solicita que el GCBA garantice los servicios públicos y la asistencia necesaria. Asimismo, se solicita que el GCBA otorgue líneas de crédito o adjudique viviendas a las familias que no puedan esperar el saneamiento y la construcción de las viviendas nuevas en el predio. G) La urbanización del predio deberá realizarse con trabajadores/as que actualmente

se

encuentran

ocupando

el

predio

y

también

con

trabajadores/as que habitan la Villa 20. H) De acuerdo a la Evaluación del Pasivo Ambiental existente en el Predio Libre de la Villa 20, elaborado en septiembre de 2013 por la empresa Green Cross contratada por la Agencia de Protección Ambiental (APRA), la superficie a remediar corresponde al vértice sur del terreno, donde se acumula la mayor concentración de contaminantes (alrededor de 10.000 m2) y a la misma cantidad de superficie en el resto del terreno que

3


4

acumulada también alcanza 1hs. Es decir, sólo 2 hectáreas se encontrarían contaminadas para uso residencial de las 12 hectáreas. También se informa que asumiendo que se va a trabajar hasta una profundidad de 1 m, el volumen de tierra a tratar sería de unos 20.000 m3 lo que, a costo de aproximadamente 1.000 – 1.200 $/m3 requerirá prever una inversión del orden de 20 a 25 millones de pesos. En base a esta evaluación se acompañó al expediente un Plan de Remediación. Este plan de remediación tiene puntos cuestionables: -Únicamente versa sobre 4 hectáreas de las 12 hectáreas que tiene el predio en su totalidad. - 18 de las 19 tareas no se refieren a la remediación sino a la evaluación del Pasivo Ambiental, evaluación que como se detalló ya fue realizada por la empresa Green Cross. - Como tarea de remediación sólo se expresa que aquellos suelos que superen los niveles de referencia "estarán sujetos a Tratamiento y Disposición". No se brinda más detalle siendo la actividad esencial de un plan de remediación. -La mayor parte del Plan de Remediación hace referencia a la Investigación y detección de contaminantes en los suelos cuestiones ajenas a lo que debe contener un plan de remediación que parte de la base que estos estudios ya fueron realizados. -En las consideraciones finales se indica que "es requisito sustancial que el predio correspondiente al ex cementerio de autos se encuentre libre de ocupantes". Esta afirmación no ha sido fundamentada técnicamente en el documento "Plan de Remediación" ni analizada otras alternativas acordes al actual estado de ocupación del predio por familias. Por estos motivos, proponemos que se realice una nueva evaluación del Pasivo Ambiental del predio con participación y control de las familias y que a partir de ésta se elabore un Plan de Remediación que abarque el predio en su totalidad (12 hectáreas) y se analice la

4


5

posibilidad de realizar la remediación por etapas sin la condición de que el predio deba estar libre en su totalidad para comenzar con dichas tareas. I) Durante todo el proceso de urbanización, las fuerzas de seguridad deberán custodiar las obras a fin de evitar que estas sean intrusadas. J) Sobre la base de estas consideraciones presentamos la propuesta que hemos elaborado en conjunto con los profesores del Taller Libre de Proyecto Social de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires,

de urbanización del predio que de

respuesta a la remediación y construcción de las viviendas necesarias simultáneamente y evitando que las familias deban abandonar el predio que actualmente están ocupando. Se puede consultar el CV de los arquitectos en: Arq. Fermín Estrella

www.ferminestrella.com.ar

Arq. Beatriz Pedro: www.tlps.com.ar, www.catedrapedro.blogspot.com.ar, www.estructuras123cisternas.blogspot.com.ar Arq. Mauricio Contreras www.tlps.com.ar A continuación describimos el plan de urbanización, el plan integral de remediación y las etapas para llevarlo adelante con las familias que se encuentran en el predio. Plan de urbanización bajo normativa de Urbanización especial en el predio libre de la Villa 20. (ver plano)(todas las medidas se verificaran en el proyecto definitivo). Se propone realizar un conjunto de 4 barrios de viviendas de media densidad (pb y tres pisos), con espacios para actividades comunitarias

5


6

sobre una calle principal con boulevard, sub-dividido por 4 calles transversales en 10 manzanas de dimensiones diferentes. Sobre la calle Pola se destinará un predio para un Centro de Uso Comunitario compartido con los barrios vecinos El conjunto se emplazará retirado 12mts sobre la avenida Cruz y 50 mts sobre la calle Pola, zonas en la que se propone la remediación del suelo por fitoremediación. Sobre avenida Cruz ese suelo será destinado a parque lineal que se constituya en protección y transición de la vida vecinal, respecto de la dos vía de circulación rápida, y sobre Pola se destinara a equipamiento comunitario. La calle boulevard de 17ms de ancho (de 14ms de ancho con veredas de 1,50m) comenzará en la calle Pola hasta la Avenida Escalada (siguiendo aproximadamente la línea de la Avenida Cruz). Las calles transversales inicialmente empezaran en la actual línea de borde de las manzanas lindantes de la villa 20,

serán vehiculares de

10ms de ancho (7ms de ancho con veredas de 1,50m) y tendrán salida a la avenida Cruz. Estas calles transversales siguen la dirección de la trama de calles y pasajes de la villa 20 y orientarán las medidas de esponjamiento para abrir las calles correspondientes. En el borde del predio con la villa se propone consolidar el pasaje peatonal existente llevándolo a 6 m de ancho en toda su extensión. Al interior de las manzanas se organizaran pasajes peatonales de 6ms de ancho que permiten el ingreso de ambulancias y dan acceso a las zonas de viviendas. Las manzanas de subdividirán en sub-manzanas de 24m de ancho por largos variables (según plano).

6


7

En estas se construirán edificios de viviendas de planta baja y tres pisos sin ascensor, que se emplazarán sobre la línea de frente de los pasajes, con línea de frente interno a los 9ms dejando un pulmón de manzana destinado a patios. Las escaleras de acceso se encontraran en un hall abierto en el frente de los edificios. Plano N°1 de la propuesta de urbanización (se adjunta plano en escala mayor) Referencias: en rosa las calles vehiculares / en celeste los pasajes peatonales / en verde las zonas verdes / en naranja las zonas de actividades comunitarias.

7


8

Cuantificación de la cantidad de viviendas según alternativas de densidad. Baja densidad: cómo mínimo: 810 viviendas en lote propio de 6 x 12ms. Barrio 1: 170 viviendas / barrio 2: 150 viviendas / barrio 3: 190 viviendas / barrio 4: 300 viviendas Media densidad: cómo máximo: 3240 departamentos en edificios de pb y 3 pisos. Barrio 1: 680 departamentos / barrio 2: 600 departamentos / barrio 3: 760 departamentos / barrio 4: 1200 departamentos.

‐ Dos

Alternativas por barrio según densidad (ver plano) alternativas

según Barrio

densidad

1

Mínimo: viviendas en lote 170

Barrio

Barrio

Barrio

Total

2

3

4

150

190

300

810

600

760

1200

3240

propio Máximo: detos en pb y tres 680 pisos

Alternativas en predio ocupado por las familias y predio ocupado por la policía federal (ver plano)

Dos

alternativas

según Predio

ocupado Predio ocupado por la

densidad

por las familias

policía federal

Mínimo: viviendas en lote propio

235

575

Máximo: deptos en pb y tres pisos

940

2300

8


9

Plan de remediación. Si bien proponemos que se realice una nueva evaluación del Pasivo Ambiental del predio, hemos elaborado un proyecto que separa las zonas más contaminadas (según la evaluación presentada por el gobierno de la Ciudad), dejándolas libres para iniciar en ellas un proceso de fitoremediación. (ver en el plano siguiente, las zonas indicadas con gris) Respecto de la construcción en la superficie restante, proponemos delimitar las manzanas y sub-manzanas. Demarcar por etapas las construcciones y

realizar las fundaciones correspondientes y la

instalación de la red cloacal; luego al interior de cada construcción se retirara 10 cm de tierra, se compactará la superficie, se colocara un film aislante, se rellanará y compactará nuevamente y luego se harán los contrapisos. La instalación de la red de agua se hará aérea y en caso de ser necesario llevarla por tierra se las llevará por canales de hormigón que las mantengan aisladas de la tierra en profundidad. Plano N°2 con localización de las zonas más contaminadas según el informe del Gob. de la ciudad. Se indican en gris y se encuentran en la zona de cruz y pola y sobre la avenida Cruz.

9


10

Etapas de urbanización del predio y construcción de viviendas y equipamiento comunitario con remediación. Alternativa 1: proponemos que los trabajos constructivos se inicien en el sector del predio que está entre las calles Fernández de la Cruz, Escalada y el paredón actualmente ocupado por la Policía Federal.

Una vez

finalizada las obras y adjudicadas las viviendas, se dará lugar al inicio de obras de construcción en el sector que ha quedado desocupado por las familias adjudicatarias. (ver plano siguiente) Plano N°3 indicando las zonas ocupadas por la policía federal y por las familias.

Predio ocupado por las familias

Predio ocupado por la policía federal

Alternativa 2: para el supuesto de que no se pueda iniciar en forma inmediata la urbanización en el sector ocupado por la policía federal, proponemos las etapas y el orden en que se realice la urbanización en el sector del predio actualmente ocupado por las familias. Se dividirá este sector del predio en 5 partes. Se irán reubicando las familias en los sectores restantes.

10


11

Sector 1: se reubicaran las familias y esta zona se usara como obrador. Sector 2: se reubicaran las familias y se dará inicio a la construcción de viviendas. Sector 3: se reubicaran las familias y se dará inicio a la construcción de viviendas. Sector 4: se reubicaran las familias y se dará inicio a la construcción de viviendas. Sector 5: se reubicaran las familias y se dará inicio a la construcción de viviendas. Plano N°4 de localización de los 5 sectores en que se irán realizando las obras en la zona ocupada por las familias

Sector 2

Sector 4

Sector 3

Sector 5

Sector 1

11


12

III. PETITORIO Por lo expuesto, solicitamos: a) Se nos tenga por parte actora en calidad de tercero litisconsorcial de acuerdo a los artículos 84 inc. 2 y 85 del CCAyT de la Ciudad en el presente proceso de amparo colectivo. b) Se tenga presente esta propuesta de Remediación y Urbanización del Predio para encontrar una solución habitacional para todas las familias y se convoque a una nueva audiencia para su tratamiento. Tener presente y proveer conforme.

12




CONFERENCIA DE PRENSA DE LAS Y LOS VECINOS DEL BARRIO "PAPA FRANCISCO" - VILLA 20 | LUGANO

MARTES 13-05 | 11:30 hs EN LA PUERTA DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (IVC)_ CARLOS PELLEGRINI 211 La crisis habitacional en las villas de la Ciudad se ha profundizado en esta última década. La especulación inmobiliaria se ha extendido a las villas sin ningún control o regulación estatal, y sólo destinan dinero para realizar parches sin avanzar en las políticas estructurales para urbanizarlas. Los altos alquileres presionan a las familias al hacinamiento o su expulsión de los barrios, que frente a quedar en la calle buscan soluciones alternativas y predios cercanos para habitar. El Gobierno de la Ciudad, por otra parte, constantemente intenta destinar los predios libres para futuros planes de urbanización a destinos especulativos y privados. Este es el caso del predio en el que hoy nos encontramos los habitantes del Barrio Papa "Francisco". En este predio de acuerdo a la ley N° 1770 sancionada en el año 2005 se deberían haber construido 1600 viviendas. Esta ley no se aplicó en todos estos años. La solución no es tratar esta situación como un delito común de usurpación, sino como un conflicto social de grave crisis habitacional y de calidad de vida en las Villas de la Ciudad. La solución es garantizar el derecho a la vivienda y avanzar con la urbanización integral de los barrios cumpliendo con la debida participación de sus habitantes en la decisión de los planes de urbanización. Las familias humildes que habitamos el Barrio "Papa Francisco" exigimos: > La inmediata urbanización con radicación de la Villa 20 de Lugano y el cumplimiento de la LEY N° 1770 (sancionada en el año 2005). > La inmediata realización del Censo que exige la LEY N° 1770 con fiscalización y participación de los vecinos y sus delegados. Contemplando las condiciones propuestas por los habitantes del Barrio Papa Francisco. Y dándole prioridad a los mismos, ya que se debe tener en cuenta las terribles condiciones socio-habitacionales que están atravesando. > La regularización de las tierras lindantes al Barrio Papa Francisco que son parte de la LEY N° 1770, y que hoy están siendo usurpadas por la Policía Federal Argentina por el incumplimiento del GCBA. > La apertura de una "Mesa de Trabajo" para avanzar en la urbanización con radicación de la Villa 20. Donde estén contemplados las partes y los actores sociales afectados (delegados/as y vecinos/as del barrio, el GCBA, el IVC, la Defensoría del Pueblo, la justicia, etc.) > Que no se criminalice a los verdaderos vecinos de la toma, que sufrimos una verdadera emergencia habitacional. Y que no se denuncien a los militantes sociales que nos acompañan. CONTACTO >> Cristian: 15-6707-3440 // Manuel: 15-6972-6014 // Poni: 15-2443-5312


Informe sobre el estudio de metales traza en suelo: Barrio Papa Francisco Introducción La contaminación en suelo es puntual, más aún en metales traza. La movilidad de los metales depende de la dinámica hidrogeológica y de la constitución del suelo. Si el Pb se adsorbe a la fracción mineral del suelo (arcillas, silicatos, aluminosilicatos) presenta menor labilidad, esto suele ocurrir con el tiempo. El suelo contaminado con plomo puede ser un riesgo debido a su ingesta directa, a su incorporación a las cosechas, o a su entrada directa a los hogares. En general, se entiende como suelo no contaminado al que posea concentraciones de plomo menores a 50 ppm, pero hay áreas urbanas en las que éstos llegan a exceder las 200 ppm (AAP 1993). La norma de la EPA (USEPA) para plomo en el suelo de áreas de juego es de 400 ppm, mientras que para áreas que no son de juego la norma es de 1200 ppm. En Argentina no existe una norma con valores límites, pero sí con valores guía; para el plomo el valor guía es de 500 ppm. El área donde se encuentra actualmente el Barrio Papa Francisco es una fracción del predio sobre el que se ha realizado un estudio ambiental por parte de la Fundación Green Cross, el cual se tomó como antecedente. Materiales y Métodos Sitio de estudio: Barrio Papa Francisco (lindante con villa 20; entre las calles Pola y Av. Fernández de la Cruz).

x

x Pola 50 m

160 m

x x 380 m

Av. Fernández de la Cruz

Las “x” señalan los puntos de muestreo. Muestreo: El perfil del suelo se estudió tomando una muestra en el horizonte orgánico entre 0 y 5 cm, y una muestra del horizonte B (de composición principalmente mineral) ente 70 y 120 cm (5 cm de espesor), según se indica en la siguiente tabla:

1


SITIO 1 2 3 4 5

PROFUNDIDAD (m) 0.74 0.75 0.70 1.20 0.80

El día 29 de marzo de 2014 se realizó una toma de ocho muestras en el predio del barrio Papa Francisco, dichas muestras se rotularon como: - Sitio 1 SUP, Sitio 1 PROF (34º40’38.7’’ S, 58º27’52.8’’ O) - Sitio 2 SUP, Sitio 2 PROF (34º40’39.2’’ S, 58º27’52.4’’ O) - Sitio 3 SUP, Sitio 3 PROF (34º40’32.9’’ S, 58º27’48.4’’ O) - Sitio 4 PROFA, Sitio 4 PROFB (34º40’34.1’’ S, 58º27’47.6’’ O) El día 06 de abril de 2014 se realizó la toma de dos muestras más, en el predio del barrio La Dulce, sobre la Av. Cruz, frente al predio del barrio Papa Francisco; dichas muestras se rotularon como: - Sitio 5 SUP, Sitio 5 PROF (34º40’37.8’’ S, 58º27’47.1’’ O) Este sitio se consideró como control de suelo proveniente de un predio habitado. Esto consigna el total de 10 muestras. En cada sitio se delimitó una parcela de 1m 2 que se dividió en cuadrantes equivalentes. De los cuadrantes opuestos se tomaron muestras en los horizontes y a las profundidades ya mencionadas. Fueron homogeneizadas por el método del cuarteo. Las muestras fueron reservadas en frascos de vidrio, limpios y herméticos; los mismos fueron sellados hasta su tratamiento. La mineralización de las muestras y la determinación de metales traza se realizaron en el laboratorio de Servicios Analíticos Especiales de la Facultad de Agronomía de la Universidad de Buenos Aires (ver archivo adjunto). Resultados Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

muestra SITIO 1 SUP SITIO 1 PROF SITIO 2 SUP SITIO 2 PROF SITIO 3 SUP SITIO 3 PROF SITIO 4 PROF A SITIO 4 PROF B SITIO 5 SUP SITIO 5 PROF

Cd ug/g nd nd nd nd 0,20 ± 0, 00 nd nd nd nd nd

Cr ug/g 39,80 ± 0.57 21,72 ± 0.55 35,26 ± 0.89 23,86 ± 0.83 51,21 ± 2.60 27,13 ± 0.86 21,87 ± 0.44 22,73 ± 1.69 13,64 ± 0.28 13,58 ± 2.71

Cu ug/g 78,37± 1.14 38,45 ± 0.16 60,02 ± 1.14 27,84 ± 0.77 180,21 ± 2.59 88,02 ± 8.05 24,01 ± 0.37 16,87 ± 1.36 10,23 ± 0.87 10,40 ± 0.39

Fe mg/g 21,96 ± 1.93 16,48 ± 1.65 25,43 ± 3.09 19,38 ± 0.29 39,22 ± 3.94 23,06 ± 0.28 29,91 ± 1.51 32,43 ± 1.58 21,77 ± 1.13 20,59 ± 0.07

Pb ug/g 186,47 ± 50.78 95,20 ± 0.41 206,27 ± 0.07 43,25 ± 6.64 208,08 ± 5.36 799.03± 23.03 130,41 ±76.25 34,82 ± 5.08 27,78 ± 6.67 38,29 ± 0.98

Zn mg/g 0,236 ± 0.01 0,146 ± 0.003 0,265 ± 0.001 0,090 ± 0.02 0,416 ± 0.031 0,372 ± 0.001 0,148 ± 0.026 0,132 ± 0.040 0,069 ± 0.007 0,100 ± 0.008

2


ND: NO DETECTABLE, Limite de detección = 0.05 mg/L

Los valores subrayados están por arriba de los niveles guías

Discusión Según la legislación vigente para la República Argentina (Ley 24051, Dto. Nº 831/93) los niveles guías de calidad de suelo para Uso Agrícola (límite 1) y Residencial (límete 2) son:

Cadmio Cromo total Cobre Plomo Zinc

Límite 1 (ug/g) 3 750 150 375 600

Límite 2 (ug/g) 5 250 100 500 500

Por lo tanto, sólo se observan valores por encima de los niveles recomendables para uso residencial para los metales Cu (80% más) y Pb (59.8% más) en el sitio 3, siendo el primero superficial y el segundo en profundidad. Las muestras correspondientes al sitio 5 (control) poseen valores normales de metales traza, algunos similares a otras muestras del barrio Papa Francisco. Los resultados obtenidos muestran heterogeneidad entre la zona superficial y profunda del terreno en un mismo sitio, con valores menores en profundidad (excepto para el Pb en el sitio 3). El estudio previo realizado por la Fundación Green Cross sobre el predio ampliado, muestra resultados similares en este sentido, informando sobre el muestreo de 30 sitios que sólo 3 se ven afectados por valores altos en contenido de Pb, y 7 de los 30 (incluyendo estos tres) muestran contaminación con algún metal. Conclusión Estos resultados muestran que existe heterogeneidad en la distribución de metales traza en el terreno, tanto horizontal como verticalmente; sin embargo sólo encontramos niveles altos de algún metal en dos muestras puntuales, mientras que en 6 de las 8 muestras se encontraron valores por debajo de los niveles guía. De esta forma, parecería posible una remediación por remoción del suelo contaminado y reemplazo por suelo limpio sólo en las zonas puntuales afectadas.

3




Texto enviado el 12 de mayo a la sección O.3 del Clarín Arquitectura

LUGANO: ¿OTRO PROBLEMA O UNA NUEVA SOLUCIÓN? Una visión urbanística antigua considera las villas y asentamientos como un problema a erradicar pero una nueva visión las considera una oportunidad. Mg. Arq. Beatriz Pedro. Profesora. Titular del TLPS de la FADU UBA.

Mientras recordamos al Padre Mujica y su tarea comprometida con las villas de la CABA, políticas de los gobiernos abandonan, ofenden, acusan y demonizan a los actuales villeros, sus organizaciones y sus causas. Comparto las reflexiones elaboradas con Fermín Estrella, Mauricio Contreras y el equipo docente del Taller Libre de Proyecto Social (www.tlps.com.ar) de la FADU/UBA. Un problema que no se acierta a solucionar en 85 años muestra que la visión para solucionarlo es incorrecta. Las políticas públicas de las democracias o la Dictadura, apoyadas en el urbanismo tradicional y sus nuevas ediciones (1), basadas en el aprovechamiento de la renta urbana, siguen considerado las villas y asentamientos como un problema a erradicar. Las villas no son un delito de usurpación ilegal sino el producto natural de la emergencia habitacional producida por la crisis social que viven miles que no pueden alcanzar las necesidades básicas del vivir, sometidos hoy a las nuevas formas de operatorias urbanísticas que profundizan la desigualdad en la ciudad. En la Comuna 8, el urbanismo inmobiliario de los gobiernos actuales frena la construcción de viviendas sociales, impulsa desalojos violentos, incumplimiento de leyes, negocios inmobiliarios, canchas de golf, fábricas contaminantes y venta de los parques públicos. Y simultáneamente los vecinos de la Villa 20 construyen en 8 años 3.3 has con 320 casas por ha; 1066 viviendas con 4300 habitantes como mínimo. Es decir: “invirtieron más de 53 millones de pesos en ciudad” sin ningún tipo de crédito, ni apoyo, ni asesoramiento urbano. Ese crecimiento demuestra una vitalidad extraordinaria que incorporada para la solución de la emergencia habitacional hubiera producido un crecimiento armónico y orgánico de ese sector de la Ciudad con otras políticas públicas y urbanísticas. En la UBA, en el TLPS (2), de la FADU, con un enfoque diferente elaboramos leyes y propuestas urbanísticas para estos barrios tomándolos como posibilidad. Por eso, nos pusimos al lado de las familias y las organizaciones sociales del nuevo barrio Papa Francisco, aceptando el desafío académico y profesional de buscar un nuevo camino para resolver. Encontramos en carpas y casillas NECESIDADES de familias jóvenes, con niños y embarazadas, trabajadores informales, de la construcción y empleadas domesticas. Vivian en condiciones de hacinamiento e insalubridad con alquileres inaccesibles. Y encontramos LEGITIMIDAD (3) por 9 años de incumplimiento Estatal de la Ley 1770/05, que por unanimidad en la Legislatura, afecto el predio con destino a la urbanización de la Villa 20; y que en lugar trabajar para cumplir la urbanización, permitió un cementerio de autos foco de enfermedad en la zona. Y por los 3 años de incumplimiento por ambos gobiernos de la ciudad y nacional, de las promesas con las que fueron desalojados miles del Parque Indoamericano

Nota enviada a Clarín Arquitectura/ 12-05-2014/ 1


Trabajamos con los 21 delegados y vecinos en la elaboración de una propuesta de urbanización con remediación y por etapas, que se presento a Jueces, Legisladores e Instituto de la Vivienda. (4). Un nuevo barrio, no una villa, fue tomando forma: una calle con boulevard con equipamientos comunitarios, calles vehiculares y peatonales. Edificios bajos sin ascensores con consorcios chicos, con departamentos de 2 y 3 dormitorios, espacios verdes compartidos; terrazas y espacios de trabajo y guardado. Que se construya con su trabajo y se pague con financiamiento accesible. Y se sumo un equipo de biólogos para aportar un análisis independiente para pensar la remediación. No se necesitan las tesis de Rio para “Pacificar Socialmente” las favelas con el Ejercito produciendo caos social mientras los negocios inmobiliarios producen aumentos del 200% del costo habitacional. (6) Ni “modernizar” los asentamientos populares con edificios de “alta gama” como la estrategia de Colombia. La insensibilidad política de los gobiernos que producen negocios privados con terrenos públicos, la emergencia habitacional irresuelta y el mantenimiento de miles en condiciones de precariedad y hacinamiento, pone a las poblaciones trabajadoras en manos de personajes que pasan de Gobierno a Gobierno y que producen los negocios de alquileres, droga, prostitución y trabajo esclavo en las barriadas populares, y trae más violencia urbana. En el TLPS creemos en la posibilidad de un crecimiento armónico de la ciudad donde los habitantes estigmatizados pasen a ser ciudadanos reconocidos de nuestras ciudades. Se necesitan el apoyo y el máximo de los esfuerzos para lograrlo. Y se requiere comprender estos procesos y avanzar en soluciones de fondo. En esto trabajamos desde hace más de 13 años. --------------------------------------------------------------------------------------------------(1) Hernán de Soto (2) El TLPS desde hace 13 años, propone y realiza soluciones basadas en integrar a los vecinos en la toma de soluciones, para dotar de infraestructura y mejoramiento e integrar los barrios a la trama urbana de la Ciudad. (3) Las constituciones Nacional y de la CABA, la incumplida Ley 1770/2005 (4) www.slideshare.net/tallerlibredeproyectosocial/proyectodeurbanizacionynuevobarrioenelprediodeL ugano (5) CNN ( Los negocios Inmobiliarios en el Rio del Mundial .( 11-5-14) ----------------------------------------------------------

Nota enviada a Clarín Arquitectura/ 12-05-2014/ 2


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.