Delitos electorales

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LOS DELITOS ELECTORALES Y CÓMO DENUNCIARLOS

A cuatro ojos para la votación de mañana Antiguos

El año pasado se definieron sanciones para cuatro delitos electorales nuevos. Las penas van de 4 a 9 años de cárcel. Denuncie. Entran en vigencia cuatro nuevos delitos electorales (ver infografía), después de la reforma a Ley 599 del 2000 sobre mecanismos de participación democrática. Esta modificación dio origen a la Ley 1864 del 2017, que contiene sanciones para quienes incurren en estas faltas, y se aplicarán en las elecciones de mañana y a las de Presidencia de la República.

convenzan a otras personas para que lo hagan. Pena: entre 4 y 9 años de cárcel. Elección ilícita de candidatos Perturbación de certamen democrático

Los nuevos Financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas Fuentes de financiación prohibidas según el Artículo 27 Ley 1475 de 2011. Consulte aquí la norma: https://goo.gl/SHWfGm. Sobrepasar los límites de gastos de una campaña electoral La persona que administre recursos de una campaña y exceda los topes establecidos. Pena: entre 4 El Partido Centro Democrático y la Misión de Observación Electoral (MOE) impulsaron esta Reforma para sancionar faltas relacionadas con la financiación de las campañas políticas. Marlon Pavón, subcoordinador del Observatorio de Justicia Electoral de la MOE, explicó que la nueva norma autoriza a la Fiscalía para que judicialice estos crímenes. "Estas irregularidades eran competencia del Consejo Nacional Electoral y recibían sanciones administrativas. Se decidió modificar la anterior ley tras el escándalo de Odebrecht y la presunta financiación irregular de campañas en las elecciones del 2014", explicó Pavón. Con imagen de freepik.es

y 8 años de cárcel. Omisión de información del aportante Persona que aporte dinero a una campaña y no lo reporte como lo establece la ley. Pena: entre 4 y 8 años de cárcel. Intervención en política Servidores públicos que hagan política. Pena: multa y pérdida del cargo público.

S O T I L E D RALES O

ELECT

Uso de mentiras o engaños para aparentar situaciones que no se corresponden con la realidad. Pena: entre 4 y 9 años de cárcel. Constreñimiento al sufragante Amenazar y presionar para obtener el voto por un determinado candidato. Pena: entre 4 y 9 años de cárcel. Fraude al sufragante Engañar al elector para que vote por determinado candidato o partido político. Pena: entre 4 y 8 años de cárcel. Fraude en la inscripción de cédulas

Denuncie Canales para denunciar delitos electorales: - www.pilasconelvoto.com - uriel.mininterior.gov.co - Al WhatsApp de la MOE: 3152761969

La persona que inscribe su cédula en una localidad, municipio o distrito diferente al que nació o reside para obtener ventaja en una elección popular. De igual forma, quienes

Queda inhabilitado el candidato al que se le compruebe que su elección fue ilícita. Pena: entre 4 y 9 años de cárcel. Corrupción de sufragante La persona que ofrezca beneficios o dé regalos para comprar votos. Pena: entre 4 y 8 años de cárcel. Tráfico de votos Ofrecimiento de grupos ciudadanos para que voten por determinado candidato, se abstengan o voten en blanco a cambio de dinero o dádivas. Voto fraudulento Suplantar a un ciudadano habilitado para votar, votar más de una vez o sin tener el derecho a hacerlo. Pena: entre 4 y 8 años de cárcel. Pena: entre 4 y 9 años de cárcel. Favorecimiento de voto fraudulento Jurados de votación que saben que se está votando de manera

fraudulenta y no hacen nada para impedirlo. Pena: entre 4 y 9 años de cárcel. Mora en la entrega de documentos de votación Jurados de votación, claveros, registradores y delegados que no entregan oportunamente documentos electorales para alterar la votación. Alteración de resultados electorales Quien altere el resultado de una votación o introduzca documentos o tarjetones indebidamente. Este delito se da en el conteo de votos. Pena: entre 4 y 8 años de cárcel. Ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédula Persona que desaparece o retiene cédulas de otros para impedir que voten. Pena: entre 4 y 9 años de cárcel. Denegación de inscripción Servidor público electoral o persona que dilate o entorpezca la inscripción de candidatos. Pena: entre 4 y 8 años de cárcel.


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