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CAPÍTULO XVI
DISPOSICIONES FINALES
INTERPRETACIÓN Y VACÍOS
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El Consejo Directivo queda facultado para que, por vía de autoridad, interprete este Manual en los aspectos que no sean de clara aplicación. Igualmente, para llenar los vacíos que presente el mismo.
DELEGACIÓN RECTORAL
Se delega al Rector para que, conforme a las necesidades institucionales, haga modificaciones en los capítulos que lo ameriten.
MODIFICACIONES
Este manual podrá ser modificado a iniciativa de la Rectoría, el Consejo Académico o de la tercera parte del Consejo Directivo.
El presente manual de convivencia deroga el anterior en todas sus partes.
VIGENCIA
El presente manual de convivencia comienza su vigencia a partir del día 17 del mes de enero del año escolar 2022.
“Si tienen con sus estudiantes firmeza de padre para sacarlos y alejarlos del desorden, deben sentir también por ellos ternura de madre, para acogerlos y procurarles todo el bien que esté en sus manos”. (San Juan Bautista de La Salle)
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